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El señor BITAR.-
Señor Presidente , esta iniciativa, que es una mera extensión de una anterior que el Senado aprobó, amplía el beneficio de contar con salas cunas, establecido en el artículo 203 del Código del Trabajo, a los centros comerciales. Aquella legislación, que data de 1995 ó 1996, imponía esta exigencia sólo a las empresas que empleaban a más de veinte trabajadoras. No se aplicaba, por ejemplo, en un "mall" comercial donde las trabajadoras, si bien podrían sumar mil en total, en cada uno de sus establecimientos no alcanzaban a veinte. Para esos casos, el Senado aprobó una norma que se incorporó al 203 y cuyo texto es el siguiente:
"Las empresas que ocupan veinte o más trabajadoras de cualquiera edad o estado civil deberán tener salas anexas e independientes del local de trabajo, en donde las mujeres puedan dar alimento a sus hijos menores de dos años, y dejarlos mientras estén en el trabajo.". Hasta ahí lo vigente antes de la ley que aprobamos en el Senado.
Luego, a ese texto se agregó: "Igual obligación corresponderá a los centros o complejos comerciales administrados bajo una misma razón social o personalidad jurídica cuyos establecimientos ocupen entre todos veinte o más trabajadoras".
La moción en debate, que fue aprobada por la Comisión de Trabajo y Previsión Social, señala que el mismo beneficio se hace obligatorio para complejos industriales y de servicios. Su artículo único dispone: "Introdúcese en el inciso 1° del artículo 203 del Código del Trabajo, entre las palabras "comerciales" y "administrados" la frase: "e industriales y de servicios.". Entonces, la norma diría:
"Igual obligación corresponderá a los centros o complejos comerciales e industriales y de servicios administrados bajo una misma razón social o personalidad jurídica cuyos establecimientos ocupen entre todos 20 o más trabajadoras.".
El Ejecutivo participó en el trabajo de la Comisión y acogió la proposición por considerar que simplemente extendía un beneficio ya establecido.
Se citaron, como ejemplos, el caso de la ZOFRI en Iquique, que motivó la aprobación de la ley Nº 19.408; el de las mujeres que trabajan al lado, en las empresas de depósitos o en las bodegas adyacentes; y el de la ciudad industrial Huechuraba -mencionado por el Ejecutivo- en donde existe un complejo de empresas con administración común y que cuenta con mucho más de veinte trabajadoras.
He dicho.
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