REPÚBLICA DE CHILECÁMARA DE DIPUTADOSLEGISLATURA 349ª, ORDINARIASesión 40ª, en jueves 11 de septiembre de 2003(Ordinaria, de 10.34 a 14.04 horas) Presidencia del señor Jarpa Wevar, don Carlos Abel. Presidencia accidental del señor Tuma Zedan, don Eugenio. Secretario, el señor Loyola Opazo, don Carlos. Prosecretario, el señor Álvarez Álvarez, don Adrián.REDACCIÓN DE SESIONESPUBLICACIÓN OFICIAL ÍNDICE I.- ASISTENCIA II.- APERTURA DE LA SESIÓN III.- ACTAS IV.- CUENTA V.- ORDEN DEL DÍA VI.- PROYECTOS DE ACUERDO VII.- INCIDENTES VIII.- DOCUMENTOS DE LA CUENTA IX.- OTROS DOCUMENTOS DE LA CUENTAÍNDICE GENERALPág. I. Asistencia 7 II. Apertura de la sesión 9 - Minuto de silencio en memoria de los caídos el 11 de septiembre de 1973 y de la Canciller de Suecia, Anna Lindh 9 III. Actas 9 IV. Cuenta 9 - Permiso constitucional 9 - Inclusión, en la Cuenta, de proyecto de ley que sanciona el abigeato 10 V. Orden del Día. - Informe de la Comisión Investigadora sobre la existencia de sectas religiosas 10 - Informe de la Comisión de Salud sobre cumplimiento de normas de decreto supremo Nº 1.876, de 1996, del Ministerio de Salud, y de medidas adoptadas por el Instituto de Salud y el Ministerio de Salud Pública respecto de sumarios pendientes en el Instituto de Salud Pública que afectan a Bestpharma S.A. 24 VI. Proyectos de acuerdo. - Inclusión de comunidades indígenas en propuesta presidencial sobre derechos humanos 36 - Nominación a premio nobel de la paz 39 VII. Incidentes. - Homenaje a las Fuerzas Armadas y de Orden. Precisiones sobre el 11 de septiembre de 1973 41 - Situación de los medios de comunicación durante el gobierno de la Unidad Popular 43 - Reflexiones sobre significado de la fecha del 11 de septiembre de 1973 en nuestra historia 45 - Celebración de eucaristía en la Cámara de Diputados con motivo del 11 de septiembre 49 - Realización de obras de servicio público en Villa Capricho de comuna de Galvarino. Oficios 49 - Otorgamiento de bono a trabajadores de construcción de planta de celulosa en San José de la Mariquina. Oficios 49 - Propuesta para la reunificación de Chile 50 - Actitud del Congreso Nacional en resguardo de la democracia 54 Pág. VIII. Documentos de la Cuenta. 1. Oficio del honorable Senado por el cual comunica que ha aprobado, en los mismos términos que la Cámara de diputados, el proyecto que otorga un bono extraordinario. (boletín Nº 3339-05) 56 2. Oficio del honorable Senado por el cual comunica que ha dado su aprobación a la proposición formulada por la Comisión Mixta, constituida para resolver las divergencias suscitadas con ocasión de la tramitación del proyecto que modifica la ley Nº 18.314, sobre conductas terroristas, en conformidad con lo dispuesto por el Convenio Internacional para la Represión de la Financiación del Terrorismo. (boletín Nº 3123-07) 56 3. Oficio del honorable Senado por el cual comunica que ha aprobado, en los mismos términos que la Cámara de Diputados, el proyecto de acuerdo sobre aprobación del “Acuerdo entre el Gobierno de la República de Chile y el Gobierno de la República Argentina en el Área de la Coproducción Cinematográfica” y su Anexo I, suscrito en Buenos Aires el 16 de diciembre de 1994. (boletín Nº 3161-10) 57 4. Oficio del honorable Senado por el cual comunica que ha dado su aprobación a las modificaciones introducidas por esta Cámara de Diputados al proyecto que modifica la ley de Matrimonio Civil en lo relativo a las causales de incapacidad que afectan a sordomudos. (boletines Nºs 1909-07 y 2026-07) 57 5. Oficio del honorable Senado por el cual comunica que ha dado su aprobación al proyecto, de origen en una moción, que deroga el número 32 del artículo 496 del Código Penal, que sanciona al que con objeto de lucro interpretare sueños, hiciere pronósticos o adivinaciones. (boletín N° 3282-07) (S) 58 6. Informe complementario de la Comisión de Obras Públicas, Transportes y Telecomunicaciones sobre el proyecto que modifica la ley N° 18.290, de Tránsito, con el objeto de regular la obligación de informar al Registro de Vehículos Motorizados las alteraciones o destrucción parcial o total de los vehículos. (boletín N° 3104-15) 58 - Proyectos de ley de origen en una moción: 7. De la diputada señora Soto, doña Laura, y de los diputados señores Errázuriz; Bustos; Burgos; Pérez, don José; Ceroni, y Forni, que faculta a secretarios de tribunales a partir herencias que indica. (boletín N° 3355-07) 60 8. De los diputados señores Leal, Burgos, Robles, Encina, Walker, Saffirio, Araya, Luksic, Riveros y Villouta, que modifica los códigos de Procedimiento Penal y Procesal Penal con la finalidad de facilitar el control de identidad de las personas y la actuación de las policías frente a denuncias de la comisión de delitos, sin necesidad de orden previa de autoridad competente. (boletín N° 3357-07) 61 9. De los diputados señores Saffirio, Uriarte, Burgos, Ojeda, Villouta, Urrutia, Encina, Molina, Kuschel y Tuma, que modifica la ley de cuentas corrientes bancarias y cheques. (boletín N° 3358-03) 64 Pág.10. De los diputados señores Saffirio; Burgos; Bustos; Luksic; Tuma; Silva; Galilea, don José Antonio, y Meza, que regula la competencia desleal. (boletín N° 3356-03) 65 11. De los diputados señores Delmastro, Bertolino, Bayo, Vargas, Hidalgo y García, sobre emblemas nacionales. (boletín N° 3359-04) 69 12. Proyecto de ley de origen en una moción de la diputada señora Sepúlveda, doña Alejandra y de los diputados señores Recondo; Alvarado; Von Mühlenbrock; Uriarte; Hernández; Ojeda; Meza; Galilea, don Pablo, y Quintana, que sanciona el abigeato y propone medidas a favor de la seguridad de los sectores rurales. (boletín N° 3360-01) 73 IX. Otros Documentos de la Cuenta. 1. Comunicación: - Del diputado señor Ascencio por la cual solicita autorización de la Sala para ausentarse del país, por un plazo superior a 30 días, a contar del 11 de septiembre actual, para dirigirse a Estados Unidos. 2. Oficios: Ministerio del Interior - Señor Ramón Pérez, primer encuentro turístico internacional denominado “Discover Chile 2003”. - Señora Caraball, problema vecinos de La Cisterna. Ministerio de Relaciones Exteriores - Señora Caraball, información sobre institución Life. Ministerio de Hacienda - Señor Navarro, normativa de las empresas productoras de bebidas que permiten vender sus envases. - Señor Kuschel, fiscalización de alerce. Ministerio de Obras Públicas - Señor Vargas, informe sobre situación actual de la planta de revisión técnica de Quillota. - Señor José Antonio Galilea, licitación de concesiones para operar plantas de revisión técnica de vehículos en la Novena Región. - Señor Valenzuela, medidas de seguridad en tren Santiago-Rancagua. Ministerio de Defensa Nacional - Señor Navarro, antecedentes sobre acciones de grupos no identificados en el tramo Coronel-Arauco. Ministerio de Agricultura - Señor Kuschel, tala ilegal de alerce, provincia de Llanquihue. - Señor Kuschel, bonificaciones forestales en la Décima Región. - Señora González, importación de tomates a través de Arica. - Señor Bertolino, concurso público implementado por el SAG en la Cuarta Región. Ministerio del Trabajo y Previsión Social - Señor Navarro, requerimiento efectuado respecto de diversos empleadores. Ministerio de Vivienda y Urbanismo - Señor Navarro, acciones de difusión y aplicación de ley copropiedad durante el período 1990-2003. - Señor Barros, problemas que enfrenta comité habitacional “Carmen Valenzuela” de la comuna de Santa Cruz. I. ASISTENCIA -Asistieron los siguientes señores diputados: (74)NOMBRE (Partido* Región Distrito)Alvarado Andrade, Claudio UDI X 58Álvarez-Salamanca, Büchi, Pedro RN VII 38Álvarez Zenteno, Rodrigo UDI XII 60Barros Montero, Ramón UDI VI 35Bauer Jouanne, Eugenio UDI VI 33Bayo Veloso, Francisco RN IX 48Becker Alvear, Germán RN IX 50Bertolino Rendic, Mario RN IV 7Burgos Varela, Jorge PDC RM 21Caraball Martínez, Eliana PDC RM 27Cardemil Herrera, Alberto RN RM 22Correa De la Cerda, Sergio UDI VII 36Cristi Marfil, Marí Angélica IND-UDI RM 24Cubillos Sigall, Marcela UDI RM 21Delmastro Naso, Roberto IND-RN IX 53Díaz Del Río, Eduardo UDI IX 51Egaña Respaldiza, Andrés UDI VIII 44Errázuriz Eguiguren, Maximiano RN RM 29Escalona Medina, Camilo PS VIII 46Forni Lobos, Marcelo UDI V 11Galilea Carrillo, Pablo RN XI 59Galilea Vidaurre, José Antonio RN IX 49García García, René Manuel RN IX 52García-Huidobro Sanfuentes, Alejandro UDI VI 32González Román, Rosa UDI I 1González Torres, Rodrigo PPD V 14Guzmán Mena, Pía RN RM 23Hernández Hernández, Javier UDI X 55Ibáñez Santa María, Gonzalo UDI V 14Jaramillo Becker, Enrique PPD X 54Jarpa Wevar, Carlos Abel PRSD VIII 41Kast Rist, José Antonio UDI RM 30Kuschel Silva, Carlos Ignacio RN X 57Leay Morán, Cristián UDI RM 19Longton Guerrero, Arturo RN V 12Longueira Montes, Pablo UDI RM 17Lorenzini Basso, Pablo PDC VII 38Luksic Sandoval, Zarko PDC RM 16Martínez Labbé, Rosauro RN VIII 41Masferrer Pellizzari, Juan UDI VI 34Melero Abaroa, Patricio UDI RM 16Mella Gajardo, María Eugenia PDC V 10Meza Moncada, Fernando PRSD IX 52Molina Sanhueza, Darío UDI IV 9Monckeberg Díaz, Nicolás RN VIII 42Mora Longa, Waldo PDC II 3Norambuena Farías, Iván UDI VIII 46Ojeda Uribe, Sergio PDC X 55Olivares Zepeda, Carlos PDC RM 18Ortiz Novoa, José Miguel PDC VIII 44Palma Flores, Osvaldo RN VII 39Paya Mira, Darío UDI RM 28Pérez Arriagada, José PRSD VIII 47Pérez Lobos, Aníbal PPD VI 35Pérez Varela, Víctor UDI VIII 47Prieto Lorca, Pablo IND-UDI VII 37Quintana Leal, Jaime PPD IX 49Recondo Lavanderos, Carlos UDI X 56Riveros Marín, Edgardo PDC RM 30Rojas Molina, Manuel UDI II 4Saffirio Suárez, Eduardo PDC IX 50Salaberry Soto, Felipe UDI RM 25Salas De la Fuente, Edmundo PDC VIII 45Sepúlveda Ortiz, Exequiel PDC X 53Tapia Martínez, Boris PDC VII 36Tarud Daccarett, Jorge PPD VII 39Tuma Zedan, Eugenio PPD IX 51Ulloa Aguillón, Jorge UDI VIII 43Uriarte Herrera, Gonzalo UDI RM 31Urrutia Bonilla, Ignacio UDI VII 40Varela Herrera, Mario UDI RM 20Vilches Guzmán, Carlos RN III 5Villouta Concha, Edmundo PDC IX 48Von Mühlenbrock Zamora, Gastón UDI X 54 -Con permiso constitucional no estuvieron presentes los diputados señores Enrique Accorsi, Gabriel Ascencio, Fidel Espinoza y Antonio Leal.-II. APERTURA DE LA SESIÓN -Se abrió la sesión a las 10.34 horas. El señor JARPA (Vicepresidente).- En el nombre de Dios y de la Patria, se abre la sesión.MINUTO DE SILENCIO EN MEMORIA DE LOS CAÍDOS EL 11 DE SEPTIEMBRE DE 1973 Y DE LA CANCILLER DE SUECIA, ANNA LINDH. El señor JARPA (Vicepresidente).- Solicito a las señoras diputadas y a los señores diputados guardar un minuto de silencio por todos los caídos el 11 de septiembre de 1973. Asimismo, por la Canciller de Suecia, la socialdemócrata Anna Lindh, fallecida hoy como consecuencia de un atentado criminal. -Los señores diputados, funcionarios y asistentes a tribunas guardan, de pie, un minuto de silencio. El señor JARPA (Vicepresidente).- Tiene la palabra el diputado señor Riveros. El señor RIVEROS.- Señor Presidente, en mi calidad de presidente de la Comisión de Relaciones Exteriores, solicito que recabe el asentimiento de la Sala para enviar, en nombre de la Corporación, las condolencias al Gobierno de Suecia y al Parlamento de ese país, a través de su embajada, por el asesinato de la señora ministra de Relaciones Exteriores de Suecia, señora Anna Lindh, hecho que ha conmovido a la comunidad internacional. El señor JARPA (Vicepresidente).- Solicito el asentimiento de la Sala para acceder a la petición del diputado Riveros. ¿Habría acuerdo? Acordado. Tiene la palabra la diputada María Eugenia Mella. La señora MELLA (doña María Eugenia).- Señor Presidente, con motivo de los actos de violencia ocurridos y del asesinato de la ministra de Relaciones Exteriores de Suecia, señora Anna Lindh, solicito, en nombre de la bancada democratacristiana, hacer extensivo el minuto de silencio a nuestros compatriotas que fueron víctimas de violencia en el país. Pido dejar constancia en acta de mi petición.III. ACTAS El señor JARPA (Vicepresidente).- El acta de la sesión 35ª se declara aprobada. El acta de la sesión 36ª queda a disposición de las señoras diputadas y de los señores diputados.IV. CUENTA El señor JARPA (Vicepresidente).- El señor Prosecretario va a dar lectura a la Cuenta. -El señor ÁLVAREZ (Prosecretario) da lectura a la Cuenta.PERMISO CONSTITUCIONAL. El señor JARPA (Vicepresidente).- Recabo el asentimiento de la Sala para conceder el permiso constitucional solicitado por el diputado señor Gabriel Ascencio para ausentarse del país por un plazo superior a treinta días, a contar del 11 de septiembre en curso, para dirigirse a Estados Unidos de América. ¿Habría acuerdo? Acordado.INCLUSIÓN EN LA CUENTA, DE PROYECTO DE LEY QUE SANCIONA EL ABIGEATO. El señor JARPA (Vicepresidente).- Solicito el acuerdo de la Sala para agregar a la Cuenta de la presente sesión el proyecto de ley, iniciado en moción, que sanciona el abigeato y propone medidas en favor de la seguridad de los sectores rurales. (boletín Nº 3360-01). Acordado.V. ORDEN DEL DÍAINFORME DE LA COMISIÓN INVESTIGADORA SOBRE LA EXISTENCIA DE SECTAS RELIGIOSAS. El señor JARPA (Vicepresidente).- En el Orden del Día, corresponde conocer el informe de la Comisión investigadora sobre la existencia de sectas religiosas. Diputado informante es el señor Eduardo Díaz. Antecedentes: -Informe de la Comisión Investigadora, sesión 8ª, en 4 de abril de 2002. Documentos de la Cuenta Nº 9. El señor JARPA (Vicepresidente).- Tiene la palabra el diputado informante. El señor DÍAZ.- Señor Presidente, en nombre de la Comisión investigadora sobre la existencia y actividades de las sectas religiosas en el país, paso a informar acerca del cometido que le fue encomendado, en virtud de un proyecto de acuerdo aprobado por la honorable Corporación en su sesión 8ª, ordinaria, de 22 de junio de 2000. La información obtenida y analizada es concluyente en cuanto a que, en el campo de las sectas religiosas, se evidencia la existencia de graves lesiones a las libertades individuales y sociales básicas, como lo son las de conciencia, de religión y de culto, la violación de la moral y de las buenas costumbres y una clara vulneración del orden público. El impacto negativo de las propuestas sectarias respecto de las conductas individuales y colectivas debe ser materia de preocupación responsable por parte del Congreso Nacional, en especial cuando su papel investigador puede convertirse en un medio positivo para contribuir a educar sobre un tema que impacta a diversas sociedades, particularmente a la nuestra. En mérito de los antecedentes expuestos y de conformidad con las disposiciones legales y reglamentarias pertinentes, y de los artículos 297 y siguientes del Reglamento de esta Corporación, se creó una Comisión investigadora a fin de establecer si los organismos públicos correspondientes han cumplido o no su cometido en cuanto a velar por que el Centro de Estudios Tibetanos, cuya personalidad jurídica se concedió mediante el decreto Nº 902, del Ministerio de Justicia, de 10 de agosto de 1988, no promueva, induzca o realice actividades que vulneren las normas que autorizaron su formación, las disposiciones de sus estatutos, las leyes, el orden público o las buenas costumbres, como también si de los antecedentes recopilados por la Comisión pudieran establerse los constitutivos de ilícitos que deban denunciarse a la autoridad respectiva. Asimismo, la Comisión se abocó a investigar el funcionamiento e instalación en Chile de sectas religiosas de perfil destructivo, para lo cual recabó toda la información de las autoridades pertinentes, con el objeto de efectuar un diagnóstico de la realidad que vive el país en esta materia y formular proposiciones de carácter legal, administrativo u otras que se estimaran convenientes, con el objeto de enfrentar, mediante la aplicación de una política de Estado, la existencia de tales organizaciones, cuyas acciones impactan a numerosas sociedades, entre ellas la nuestra. A raíz de lo expuesto, se propuso a la Cámara que la Comisión estuviese integrada por trece diputados, designados en la forma que indica el artículo 214 del Reglamento de la Corporación, y que tuviera un plazo de noventa días para cumplir con su cometido. En conformidad con el acuerdo precedentemente indicado, la Comisión quedó integrada por los diputados señores: Bustos Ramírez, don Juan; Díaz del Río, don Eduardo; Galilea Carrillo, don Pablo; Ibáñez Santa María, don Gonzalo; Letelier Norambuena, don Felipe; Longton Guerrero, don Arturo; Luksic Sandoval, don Zarko; Silva Ortiz, don Exequiel, y Soto González, doña Laura, y por los entonces diputados señores Cornejo González, don Aldo; Espina Otero, don Alberto; Krauss Rusque, don Enrique; y Pollarolo Villa, doña Fanny. Una vez constituida, la comisión procedió a elegir presidente. Celebró catorce sesiones ordinarias y siete reuniones en Comité. La Comisión trabajó asesorada de manera permanente por los expertos en sectas religiosas señores Humberto Lagos y Jorge Precht, quienes participaron activamente en el proceso investigativo, en los requerimientos formulados a las autoridades sobre el tema en análisis, en las audiencias de testigos y en los interrogatorios a que éstos fueron sometidos. Prestaron declaración ante esta Comisión el ministro de Justicia de la época, señor José Antonio Gómez; el subsecretario del Interior y actual colega nuestro, señor Jorge Burgos; el jefe de la división jurídica del Ministerio del Interior, señor Carlos Mackenney; en representación del general director de Carabineros, los generales Francisco Smith y Federico Schwerter, el coronel Luis Muñoz y el teniente Pablo Zeballos; el director general de la Policía de Investigaciones de Chile, señor Nelson Mery, y los funcionarios de ese servicio detectives Rómulo Aitken, Sol Castillo, Viviana Valdés, Tatiana de la Barra y Washington Ormeño; el jefe de la Dirección de Seguridad Pública e Informaciones, señor Gustavo Villalobos; los asesores permanentes de la Comisión, señores Jorge Precht y Humberto Lagos; el experto en sectas religiosas, sacerdote Francisco Sampedro; la señora María Pía Morales Mutis, la señorita María Pura Mutis Arce y don Gonzalo Mutis Arce; los periodistas del programa “Contacto” de Canal 13 de Televisión, señores Jaime Villa y señorita Carolina Simpson; los señores Víctor Lermanda, Carlos Pérez de Hacha, Juan Cristóbal Barahona, María Elena Verdugo, Juan Pablo Torres, Álvaro Medina, Patricio Castro Gutiérrez, Juan Guillermo Prado, Juan Contreras Nocce, Alicia Aballay, Egidia Torres, la señora Eliana Echeverría y su hija Claudia Vallejos; la presidenta del Centro de Estudios Tibetanos, doña Amanda Lorca; su secretario subrogante, don Francisco Diet; su tesorero, don Jorge Henríquez, y el directivo de esa entidad don Fernando Bórquez. Además, se remitieron diversos oficios, a fin de conocer los objetivos declarados por el Centro de Estudios Tibetanos, la existencia de sectas en nuestro país, los antecedentes personales de personas vinculadas a sectas que actúan en Chile y las actividades de personas vinculadas al Centro de Estudios Tibetanos. La Comisión investigadora también tuvo en consideración la experiencia europea relacionada con fiscalización tributaria, laboral, de salud, de educación, de protección de la niñez y juventud de la actividad sectaria. La experiencia demuestra la enorme cantidad de recursos financieros de que disponen ciertas sectas multinacionales y la reticencia de las iglesias tradicionales a participar muy abiertamente en combatirlas por temor a la adopción de ciertas medidas estatales que podrían afectar su propia actividad. Sobre la base de estas consideraciones, se concluyó que en Chile la libertad religiosa no es absoluta, pues su ejercicio está garantizado sólo cuando no atenta contra el orden público, la moral y las buenas costumbres. Además, la personalidad jurídica puede ser cancelada y el derecho de asociación, restringido, en atención a la seguridad nacional. Asimismo, la Comisión investigadora estimó que debe protegerse jurídicamente no sólo la libertad de conciencia, sino también el derecho a la libre formación de la conciencia. A raíz de lo anterior, la Comisión tomó conocimiento de las distintas dimensiones y dificultades que muestra el combate del fenómeno sectario, lo que no significa que en Chile tales particularidades se den con la misma gravedad. En el cumplimiento de sus objetivos, la Comisión realizó un exhaustivo análisis sobre el fenómeno social expresado en las sectas religiosas, poniendo especial énfasis en la revisión de casos ligados a grupos sectarios religiosos de perfil destructivo y, de manera particular, a los del Centro de Estudios Tibetanos o secta tibetana. Las conclusiones de las revisiones analíticas efectuadas son las que detallo a continuación.El fenómeno de las sectas religiosas. La definición sociológica de secta religiosa que sirvió de fundamento a las tareas que realizó la Comisión investigadora es la siguiente: se trata de una agrupación social, generalmente con pocos integrantes, hermética, exclusiva y excluyente, que, siendo de estructuración voluntaria en su origen, promociona una misión especial, dirigida por un líder con ciertos carismas que afirma ser la divinidad encarnada o la divinidad misma. Usa métodos pedagógicos especializados para captar fieles, y medios técnicos, tales como lavado de cerebro, violación psíquica, control mental, etcétera, que llevan a los fieles a una pertenencia fanática, según la cual sólo pueden prestar obediencia e incondicionalidad a toda exigencia del liderazgo institucional. Los fieles del grupo son llevados a una ruptura relacional con el entorno -familia, centros de estudio, amigos, etcétera- que es estigmatizado como lugar de pecado. En el origen del grupo sectario religioso existe una lectura negativa de la sociedad dominante, seguida por la creación de rincones de insatisfacción que pueden constituirse en vías expeditas para llevar a algunos individuos a prácticas disidentes en la búsqueda de espacios de seguridad subjetiva y de construcción de criterios de identificación que les permitan estructurar un grupo con fuerte capacidad de movilización afectiva. La presencia de líderes carismáticos es parte fundante desde los primeros momentos de vida del grupo religioso disidente, porque las necesidades de identificación y de seguridad están representadas por el “maestro”, “líder” o “divinidad”, que conforta y domina con una autoridad absoluta y no sujeta a dudas. El grupo disidente, al momento de escindirse del movimiento social madre, sufre una especie de conciencia vergonzante, producto de la inestabilidad y del rechazo de éste; pero rápidamente se genera una conciencia orgullosa de la ruptura, afirmada en la seguridad afectiva que se construye y en el nuevo destino, exclusivo y excluyente, que sus integrantes estiman propio.Sectas religiosas destructivas. En este punto del informe, debe advertirse que tanto una definición de secta como de secta destructiva debe construirse desde la perspectiva de las ciencias sociales; además, debe tenerse en cuenta que una definición de tan complejo tema no puede ni debe adscribirse a tipificaciones de carácter jurídico, considerando especialmente la ambigüedad conceptual y de hecho de los grupos que nos ocupan. En consideración a lo dicho, parece procedente adoptar como definición sociológica de secta destructiva la propuesta por el Congreso de Especialistas en Sectas, celebrada en Racine, Wisconsin, Estados Unidos de América, en septiembre de 1985, que acordó describirla como “Todo movimiento totalitario, presentado bajo la forma de asociación o grupo religioso, cultural o de otro tipo, que exige una absoluta devoción o dedicación de sus miembros a alguna persona o idea, empleando técnicas de manipulación, persuasión y control destinadas a conseguir los objetivos del líder del grupo, en detrimento de su entorno familiar y social”.La experiencia en Chile sobre sectas religiosas destructivas. La Comisión investigadora revisó numerosos casos de sectas religiosas, escuchó a diversas personas que relataron sus experiencias en relación con el tema, dialogó con diversos especialistas y examinó material escrito que da cuenta del fenómeno, todo lo cual le permitió establecer un perfil característico resumido de las actividades de grupos sectarios religiosos destructivos que operan en el país. Sobre el particular, puedo reseñar lo siguiente:a) Tienen un gran fanatismo y un liderazgo exclusivo que asegura ser portador de significaciones metasociales proveniente del ámbito divino.b) Respecto de los fieles, en todos los casos revisados se produce la ruptura con su entorno y gran daño a su medio familiar.c) Es manifiesto el condicionamiento de los fieles, que son subyugados por medio de técnicas que manipulan su voluntad, reduciéndolos a una condición de esclavos. Es frecuente la exigencia de conductas indignas: sexualidad pervertida, exigencias dietéticas que provocan lesiones orgánicas y psíquicas, regímenes de sueño gravemente alterados, etcétera.d) En materia de bienes, se explicita el enriquecimiento ilícito, a través de la explotación esclava de los fieles, a quienes se les exige trabajo gratuito, aportes obligados de dinero, no sujeción a las leyes laborales, trabajo infantil, etcétera.e) En materia de género, las mujeres son victimadas de manera más radical, llevándolas, en muchos casos, al comercio sexual como medio de obtener dineros para los líderes y el grupo. Existen sectas internacionales que han sido acusadas e investigadas por comercio sexual y abusos en contra de niños.f) En materia de salud, se evidencian prácticas que atentan en contra de la salud física y mental de los fieles, y, en muchos casos, del entorno.g) Comportamientos agresivos en perjuicio de formas religiosas tradicionales, como, por ejemplo, profanaciones de templos, de cementerios, de tumbas y, en general, de todo aquello que represente al mundo cristiano.h) Inducción al suicidio, a la autoinmolación y a prácticas extraordinariamente lesivas para la dignidad de las personas. A título ejemplar, podemos recordar la autoinmolación de tres muchachos que, en 1984, en las playas de la ciudad de Coronel, se suicidaron transformándose en piras humanas. En el caso de profanaciones de cementerios y tumbas, destacan las prácticas de necrofilia y necrofagia y la realización de rituales ocultos con el uso de restos humanos y animales.La realidad social de grupos religiosos de perfil destructivo en el país. La Comisión investigadora, a través de los medios de información con que contó, tiene la convicción de que la realidad social chilena presenta evidencias muy concretas de la operación clandestina y pública de sectas religiosas que atentan gravemente contra la dignidad de las personas, que son victimadas por una pertenencia fanática, acrítica e incondicional. Se ha llegado a la conclusión fundada de que el grupo Los Niños de Dios, las sectas satánicas, la secta Nedara, sectas de inspiración afrobrasileñas, sectas con raíces orientales, la secta Tibetana, la Dianética o Iglesia de la Cienciología, el Movimiento Teocrático, grupos ligados a la santería cubana, y otros, funcionan en el país provocando lesiones individuales y colectivas al cuerpo social chileno. Es evidente que en el país están presentes grupos sectarios destructivos, que operan con la certeza de quedar impunes, pues están conscientes de que la legislación nacional es claramente insuficiente, tanto desde el punto de vista judicial como administrativo, para impedirles sus actividades. En el marco de la legalidad nacional, son dos las fórmulas jurídicas que operan para facilitar el ejercicio de la libertad religiosa. Nos referimos al decreto supremo reglamentario Nº 110, de Justicia, que atiende la concesión de personalidad jurídica de derecho privado a entidades religiosas y no religiosas sin fines de lucro, y a la ley Nº 19.638, de 1999, que reconoce la calidad de personas de derecho público a los entes religiosos que la soliciten, vía Ministerio de Justicia. En el caso de las sectas religiosas de perfil destructivo, la Comisión investigadora constató que su presencia en la sociedad chilena se corresponde más con actividades de hecho, teniendo en cuenta que muchas de ellas saben que sus prácticas lindan en el terreno delictivo, lo que las inhibe en la búsqueda de reconocimientos legales. Respecto de la llamada secta Tibetana, que operaba en el país como persona de derecho privado sin fines de lucro, los antecedentes recogidos fueron derivados por la Comisión al Ministerio de Justicia para la respectiva revisión administrativa del cumplimiento o no de las obligaciones legales de rigor. Dicho Ministerio realizó una acuciosa investigación de las denuncias referidas, y concluyó, por decreto Nº 89, de 26 de enero de 2001, que la decisión del Supremo Gobierno era cancelar la personalidad jurídica del Centro de Estudios Tibetano.La Comisión Investigadora y la secta Tibetana. El rescate de María Pía Morales Mutis de las manos de la secta Tibetana; la cancelación de la personalidad jurídica que a ésta le servía como mascarada disimulatoria de los objetivos reales claramente destructivos de la dignidad de las personas, y el impacto público de las actividades del grupo, son acciones reivindicatorias en que le correspondió un rol importante a la Comisión investigadora y demuestran la validez y trascendencia de lo resuelto por la honorable Cámara de Diputados al crear la instancia especializada que hoy concluye su tarea.Técnicas de control sobre las conductas individuales, usadas por grupos sectarios destructivos. La Comisión investigadora detalla en este informe los elementos básicos usados por las sectas para manipular la voluntad de los fieles, sometiéndolos a un régimen de vida esclavo, dependiente y acrítico. Las técnicas más conocidas en la actividad de dominación de las conductas individuales y colectivas, ejecutadas por grupos de perfil sectario, son las siguientes: el control mental, el lavado de cerebro, la violación psíquica, la persuasión coercitiva o coactiva, el adoctrinamiento o concientización radicalizada y la hipnosis. Las sectas, especialmente las religiosas, ponen el acento en aspectos tales como la persuasión coactiva, el uso de violencia física y psíquica en fieles; la construcción psicológica y física “nueva”, que se expresa, por ejemplo, en el consentimiento, en la desinformación, en el confinamiento físico y/o psicológico, en el no acceso a la información extragrupal, en la estricta supervigilancia de agentes contralores; en la amenaza, vía terror simbólico, a conductas “infieles” y de traición; en la desubicación física, contextual y psicológica del fiel; en la vulnerabilidad de los fieles al peso de las exigencias sectarias, y en el sometimiento y la anulación de la capacidad de elaborar materias como la culpa y la consecuencia de la catástrofe.Conclusiones. Como conclusiones, la Comisión investigadora somete a la aprobación de la Cámara tres capítulos: El primero, relativo al Centro de Estudios Tibetanos o secta Tibetana; el segundo, sobre la instalación de sectas religiosas de perfil destructivo, y el tercero, sobre proposiciones en el orden normativo, administrativo, pedagógico y de accionar parlamentario.I. Conclusiones de la Comisión investigadora sobre las sectas religiosas en Chile. En relación con el trabajo de la Comisión investigadora, específicamente sobre el fenómeno social de las sectas religiosas destructivas, se pudo establecer las conclusiones que se detallan de la siguiente manera:1. Respecto del Centro de Estudios Tibetanos o secta Tibetana, éste responde de manera clara al perfil religioso de una secta destructiva.2. El fenómeno social de la presencia de sectas religiosas destructivas en el país es de una evidencia incontestable, la que se constata a partir de diversos elementos objetivos que las muestran con conductas, públicas y ocultas, muy activas, como, por ejemplo, profanaciones de iglesias, de cementerios, de tumbas; sacrificios humanos por la vía de la autoinmolación; misas negras, con sacrificios de animales y prácticas de necrofagia -es decir, ingesta de restos cadavéricos humanos- y de necrofilia -relaciones sexuales con cadáveres humanos-; marcajes territoriales con simbología sectaria, etcétera.3. Se constata un desconocimiento generalizado en la sociedad chilena respecto de la existencia, actividades y métodos de acción de este tipo de grupos sectarios religiosos destructivos. 4. Por la especificidad de algunos comportamientos delictivos de grupos religiosos destructivos, se aprecian ciertas carencias en las legislaciones penal y civil, dificultándose respuestas eficaces y oportunas, desde el punto de vista procesal, a determinadas conductas, tales como manipulación mental, lavado de cerebro, trabajo esclavo, regímenes de propiedad de bienes y de recolección de dinero.5. El análisis crítico realizado por la Comisión investigadora acerca de la ley Nº 19.638, sobre nueva estructura jurídica para las iglesias y organizaciones religiosas, demuestra vacíos y carencias que podrían animar la pretensión de existencia legal en grupos religiosos con claros perfiles destructivos. Ello, a partir de la imposibilidad jurídica del Ministerio de Justicia para emitir un juicio previo respecto de conductas conocidas de quienes, corporativamente, requieran el reconocimiento de la calidad de persona de derecho público, que acuerda el texto jurídico citado.II. Proposiciones de reformas normativas para enfrentar el tema de las sectas destructivas.1. Derecho de familia y actividad sectaria: Como es conocido, numerosas sectas vinculan el sexo con el ámbito religioso, ya sea a través de la abstinencia sexual o, por el contrario, priorizando la libre opción sexual. La Comisión investigadora insta a los senadores integrantes de la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento de la Cámara alta, que examina el proyecto de ley de matrimonio civil, a incluir en sus consideraciones los efectos que tiene en la vida conyugal la actividad sectaria. Ciertas sectas preconizan prácticas sexuales que llevan a un adulterio sistemático, incompatible con la obligación de fidelidad. Otras afectan el deber de cohabitación, pues exigen la presencia física del adepto en los locales de la secta. La vida familiar se puede volver intolerable si uno de los cónyuges tiene actitudes fanáticas o de proselitismo excesivo en el seno del hogar, como podrían ser el no celebrar fiesta alguna, imponer una alimentación extraña, rehusar cuidados médicos, exigir ritos y plegarias excesivas, etcétera. En relación con el derecho de menores, es necesario recordar que Chile ratificó la Convención sobre Derechos del Niño el 13 de agosto de 1990, publicada en el Diario Oficial el 27 de septiembre de 1990, cuyo eje es el principio jurídico del “interés superior del niño”, expresado en el Nº 1 del artículo 3º: “En todas las medidas concernientes a los niños que tomen las instituciones públicas o privadas de bienestar social, los tribunales, las autoridades administrativas o los órganos legislativos, una consideración primordial a que se atenderá será el interés superior del niño”. En el mismo sentido se orienta nuestro Código Civil, por ejemplo, en su artículo 242, inciso segundo. El artículo 14 de la Convención sobre Derechos del Niño señala: “1. Los Estados Partes respetarán el derecho del niño a la libertad de pensamiento, de conciencia y de religión. “2. Los Estados Partes respetarán los derechos y deberes de los padres y, en su caso, de los representantes legales, de guiar al niño en el ejercicio de su derecho de modo conforme a la evolución de sus facultades. “3. La libertad de profesar la propia religión o las propias creencias estará sujeta únicamente a las limitaciones prescritas por la ley que sean necesarias para proteger la seguridad, el orden, la moral o la salud pública o los derechos y libertades fundamentales de los demás.” Por su parte, la ley Nº 19.638, en su artículo 6º, letra d), reconoce el derecho de los padres para elegir la educación religiosa y moral que esté de acuerdo con sus propias convicciones para los menores no emancipados. El mismo derecho es reconocido a los guardadores para los incapaces bajo su tuición y cuidado. La Comisión investigadora estima que la norma referida debe perfeccionarse para dar pleno cumplimiento al artículo 14 de la Convención sobre Derechos del Niño, y que sería recomendable estudiar el establecimiento de una premayoría de edad en materia religiosa, a los 15 años, para que el joven pueda hacer su opción personal, tal como lo disponen los ordenamientos de Suiza y de la República Federal de Alemania. Ello sería conforme al nuevo artículo 222 del Código Civil. La Comisión investigadora propone, además, que la Academia Judicial desarrolle cursos para jueces de menores acerca de la actividad sectaria. Recordemos que Chile cuenta, además, con la ley Nº 19.325, sobre Violencia Intrafamiliar, y que el artículo 234 del Código Civil expresa: “Los padres tendrán la facultad de corregir a los hijos, cuidando que ello no menoscabe su salud ni su desarrollo personal”. Pero, puesto que el artículo 19, Nº 1, de la Convención sobre los Derechos del Niño, establece que “Los Estados Partes adoptarán todas las medidas legislativas, administrativas, sociales y educativas apropiadas para proteger al niño contra toda forma de perjuicio o abuso físico o mental, descuido o trato negligente, malos tratos o explotación, incluyendo el abuso sexual, mientras el niño se encuentre bajo la custodia de los padres, de un representante legal o de cualquier otra persona que lo tenga a su cargo”, la Comisión investigadora propone al Ministerio de Justicia y al Servicio Nacional de Menores estudiar la creación de un Defensor del Niño.2. Derecho laboral y seguridad social frente al problema de las sectas. La normativa existente debería revisarse por la Dirección del Trabajo y el ministerio del ramo, a lo menos, en dos dimensiones, para:a) Determinar si la relación entre los adeptos y los ministros de culto de una secta y la organización sectaria constituye un verdadero contrato de trabajo, yb) Revisar qué derechos y deberes tiene el empleador corriente respecto del trabajador que pertenece a una secta o un nuevo movimiento religioso.3. Derecho tributario y actividades sectarias. Un problema tributario delicado planteado por las sectas es la búsqueda de beneficios para ser reinvertidos en la asociación, que no tiene fin lucrativo. Asimismo, algunas sectas organizan abiertamente sus actividades económicas bajo la forma de sociedades comerciales, pero manipulan al adherente que es asociado a una corporación o fundación sin fines de lucro, pero que controla dichas sociedades comerciales. Además, como se sabe, la Constitución chilena exime del pago del impuesto territorial a los templos y sus dependencias destinados exclusivamente al ejercicio del culto. Lo lógico parece ser interpretar esa norma respecto de iglesias, confesiones e instituciones religiosas con personalidad jurídica vigente que hayan construido dichos templos para ese uso exclusivo o que hayan habilitado inmuebles existentes mediante refacciones mayores para convertirlos en templos. Respecto de los dineros de culto, diezmos, donaciones u ofrendas, deberían dejarse de lado los aportes módicos de donativos en dinero y en especie. Pero, respecto de donaciones cuantiosas -valores, títulos, inmuebles-, debería entenderse que sólo las instituciones religiosas con personalidad jurídica vigente tienen capacidad jurídica para recibir tales donaciones. En todo caso, para efectos civiles y tributarios debería evitarse toda confusión entre el patrimonio de los dirigentes religiosos y ministros de culto y el patrimonio de las entidades religiosas. La Comisión investigadora, a efectos de evitar la manipulación de recursos succionados de los creyentes, en especial de los sectores con menos educación -situación común en las sectas-, invita a las autoridades de gobierno, en especial a las autoridades tributarias, a estudiar, en conjunto con las iglesias reconocidas, el sistema llamado en derecho comparado “tributo religioso”.4. El derecho penal frente al problema de las sectas. En general, el derecho penal chileno se encuentra provisto de medios para hacer frente a delitos que cometan los dirigentes o ministros de culto sectarios. Sin embargo, ciertas figuras jurídicas pueden ser objeto de perfeccionamiento: publicidad engañosa, estafas y engaños, abuso de confianza, abuso de posición dominante, abandono de personas en peligro, ejercicio ilegal de profesiones médicas y sicológicas, y, en general, los delitos que se vinculan a la pedofilia, como, por ejemplo, sustracción de menores y abandono del hogar. La Comisión investigadora insta al Ministerio de Justicia y al Consejo de Defensa del Estado a realizar los estudios para el perfeccionamiento de los tipos penales existentes para hacer frente al flagelo de las sectas. Asimismo, insta al Ejecutivo y al Consejo de Defensa del Estado a estudiar los tipos penales recientemente discutidos en la Asamblea Nacional y en el Senado francés en la llamada ley About-Picard, y ver si es necesario introducir tipos equivalentes en el ordenamiento penal chileno. Sin embargo, la Comisión investigadora, después de tomar conocimiento del amplio debate habido tanto dentro del Parlamento de Francia como fuera de éste, estima que, en principio y salvo mejor estudio y parecer, no es conveniente establecer en Chile el delito de manipulación de conciencia, ni la disolución, por vía administrativa de las sectas por el delito de constitución y organización de las mismas.5. Reforma en el ámbito del derecho eclesiástico del Estado. La ley Nº 19.638, que regula la constitución jurídica y organización de las iglesias y otras confesiones religiosas, debería modificarse, con plena participación de todas las iglesias y confesiones religiosas con notorio arraigo en Chile, según los siguientes criterios:1º Proceder a precisar mejor lo que se entiende como “entidad religiosa”, dejando fuera de la protección legal como tal a grupos esotéricos, parasicológicos, satánicos o cuya finalidad no sea religiosa, como entidades educacionales, de formación profesional o de desarrollo personal, de cultura física, de medicina alternativa y ecológicos.2º Precisar mejor que, para que una entidad religiosa goce de la protección legal y reglamentaria como entidad de dicha naturaleza, debe permanecer en el tiempo dedicada a la prosecución de fines religiosos. Ello para prevenir que, con el transcurso del tiempo, devenga en una entidad cuyos fines hayan dejado de ser religiosos.3º Proceder a precisar que el derecho a acceso para prestar asistencia religiosa en recintos hospitalarios, carcelarios y establecimientos de las Fuerzas Armadas y de Orden y Seguridad Pública, sólo puede ser ejercido por sacerdotes, pastores y ministros de culto debidamente acreditados por entidades religiosas que gocen de personalidad jurídica, conforme a la ley chilena. La Comisión investigadora deja constancia de que no comparte el criterio expresado por el señor contralor general de la República, en orden a que “no resulta admisible que dicha asistencia religiosa sea condicionada a que quien la preste cuente con personalidad jurídica” -oficio del contralor Nº 34.472, de 13 de septiembre de 2001-, pues el ministro de culto que presta tal asistencia lo hace acreditado por representantes legales de un culto y actuando en nombre de una entidad religiosa, la que debe tener personalidad jurídica para tener representantes acreditadores.4º La Comisión investigadora concluye que debe dotarse a los ministerios de Justicia y del Interior de mecanismos idóneos para realizar un control preventivo en la etapa de registro y constitución de la entidad religiosa. Por ello, se estima altamente conveniente la modificación del actual reglamento de inscripción de entidades religiosas, derivado de la ley Nº 19.638, de 21 de marzo de 2000.5º La Comisión hace suya la necesidad expresada por los señores ministros del Interior y de Justicia, en el sentido de incorporar en la ley Nº 19.638, que la solicitud mediante la cual se pida la inscripción en el registro público de las entidades religiosas a que se refiere la ley, sea patrocinada por un abogado habilitado para el ejercicio de la profesión, como, por ejemplo, lo establecen el artículo 3º, párrafo dos, del decreto supremo Nº 110, de 1979, del Ministerio de Justicia; el oficio ordinario Nº A0329, de 28 de agosto de 2000, del Ministerio del Interior, y el oficio ordinario Nº 2.761, de 4 de agosto de 2000, del Ministerio de Justicia.6º La Comisión también hace suyas las conclusiones del Ministerio de Justicia, contenidas en el oficio solicitado, en cuanto a regular el procedimiento de reforma de estatutos de una entidad religiosa regida por la ley Nº 19.638, y a regular los sistemas de registro y control posterior de una persona jurídica creada por una entidad religiosa de derecho público regida por la ley Nº 19.638.7º La Comisión investigadora, asimismo, hace suya la proposición de incluir, en la ley Nº 19.638, normas que resguarden explícitamente la protección de los derechos de la infancia, propuesta efectuada por el ministro de Justicia en el sentido de que debe habilitarse a la autoridad de Salud competente para que emita un pronunciamiento sobre la obligatoriedad de la asistencia sanitaria para el menor de edad, cuando la necesite, aun cuando sus padres o tutores la nieguen por sus concepciones religiosas.III. Proposiciones de reformas administrativas para enfrentar las sectas destructivas. La Comisión investigadora sugiere adoptar las siguientes reformas en la administración pública:1. A nivel del Ministerio del Interior. A este Ministerio, en conformidad con su ley orgánica, le corresponde el principal papel para enfrentar el problema de las sectas destructivas. Por ello, la Comisión propone crear, bajo la dependencia del subsecretario del Interior, un observatorio interministerial de sectas, siguiendo los modelos francés y suizo, cuyo objeto sea el siguiente: “Analizar el fenómeno de las sectas, incentivar a los servicios públicos para tomar medidas contra las sectas que atenten contra la dignidad de la persona humana o amenacen el orden público; contribuir a la información y formación de funcionarios públicos en los métodos de lucha contra las sectas; informar al público sobre los peligros que encierra el fenómeno sectario, y participar en las reflexiones y trabajos que conciernen al tema de las sectas”.2. A nivel de los servicios policiales. La Comisión acoge la sugerencia del ministro del Interior, señor José Miguel Insulza Salinas, respecto de “la creación de unidades especializadas, tanto en la policía uniformada como civil, que tengan por objeto reunir y manejar la información sobre la materia”. La Comisión, como consecuencia de su trabajo, alerta a las policías y al Colegio Médico sobre la necesidad de perseguir el ejercicio ilegal de la medicina por grupos sectarios, bajo pretexto de terapias alternativas, y de aplicar estrictamente el Código de Ética a aquellos médicos vinculados a pacientes que pertenecen a sectas.3. A nivel del Ministerio de Justicia. Como se ha señalado anteriormente, la Comisión recomienda la creación de un departamento de personas jurídicas religiosas y de una comisión asesora de libertad religiosa, que incluya en su seno una comisión permanente.4. A nivel del Ministerio de Defensa. En el seno del Ministerio de Defensa podría materializarse la propuesta del subsecretario de Carabineros, en el sentido de crear una instancia formal de intercambio de información a nivel internacional respecto de sectas consideradas peligrosas o que enfrenten problemas legales en otras latitudes del mundo. Igualmente, la Comisión sugiere a la ministra de Defensa estudiar la conveniencia de crear, en el seno del Estado Mayor de la Defensa, un ámbito de estudio y sugerencias sobre “sectas y seguridad nacional”, en especial, en referencia a la actuación de grupos sectarios al interior de las Fuerzas Armadas, atendidas las dimensiones que ha tomado la vinculación de las sectas con el terrorismo y su impacto en la política y la defensa externa.5. A nivel de los Ministerios de Hacienda y de Economía. La Comisión sugiere que el Servicio de Impuestos Internos elabore un informe sobre evasión y elusión tributaria de entidades sectarias. Igualmente, insta a las autoridades económicas a preocuparse del fenómeno del lavado de dinero y de las inversiones externas de entidades sectarias. Respecto del Ministerio de Economía, propone que estudie, en conjunto con el de Justicia, la posibilidad de extender las facultades de las comisiones revisoras de cuentas, creadas para las asociaciones gremiales de empleadores del sector privado, y aplicarlas a las entidades religiosas regidas por el decreto supremo Nº 110 y por la ley Nº 19.638, de manera que los libros de actas y de contabilidad de dichas entidades se lleven al día y con acceso de los afiliados. Asimismo, plantea que el ministerio respectivo debería gozar de facultades inspectivas, sin perjuicio de aplicar multas si no se efectuasen las correcciones dispuestas en el plazo de treinta días.6. A nivel del Ministerio de Salud. La Comisión sugiere que se encargue a los servicios de salud “implementar programas de asistencia sicológica y, eventualmente, de rehabilitación o reinserción, para los ex miembros o víctimas de sectas que hayan incurrido en delitos”, conforme a la proposición del subsecretario de Carabineros en el oficio citado.7. A nivel del Ministerio de Educación. La Comisión propone que el Ministerio de Educación incorpore, en los programas de estudio dirigidos a diferentes niveles educacionales (básicos, medios, técnicos y superiores), la formación sistemática que dé cuenta del complejo fenómeno social contenido en la existencia de sectas religiosas, y que ponga especial énfasis en aquellas que tienen un claro perfil destructivo, en cuanto sus prácticas sociales e ideológicas son medios lesionantes de la dignidad de las personas y ponen en grave riesgo la integridad física y síquica de ellas.IV. La Cámara de Diputados y la promoción de seminarios. La Comisión sugiere que la Cámara de Diputados asuma un rol activo en la promoción de seminarios especializados para difundir información sobre el tema de las sectas religiosas, para lo cual se pueden utilizar los contenidos de este informe como forma de estructurarlos, adicionando otros medios pedagógicos que contengan datos serios y relevantes sobre la materia. El concurso de los honorables parlamentarios será vital como contribuyente al conocimiento del fenómeno social de las sectas religiosas en Chile.V. Informe a los parlamentos latinoamericanos. Tratándose de un tema relevante que va más allá de las fronteras nacionales, la Comisión propone el envío de este informe a los parlamentos latinoamericanos, teniendo especialmente en cuenta que, en seminarios interparlamentarios internacionales realizados en esta Cámara, fueron numerosas las solicitudes que en tal sentido plantearon legisladores visitantes.VI. Envío del informe a diversos organismos. La Comisión recomienda, dada la relevancia del tema tratado, que se entregue el informe de la Comisión a los tribunales de justicia, a los diversos ministerios relacionados con la temática (Interior, Educación, Justicia, Trabajo, Relaciones Exteriores, etcétera) a las iglesias y otras entidades que se estime conducentes, considerando que su difusión contribuirá al conocimiento sobre las sectas religiosas, particularmente las destructivas, y sus formas de acción en el país. Con las conclusiones y recomendaciones propuestas, esta Comisión investigadora cree haber cumplido con los objetivos enunciados en el proyecto de acuerdo que dio origen a su creación. Es todo cuanto puedo informar. He dicho. El señor JARPA (Vicepresidente).- Tiene la palabra el diputado Gonzalo Ibáñez. El señor IBÁÑEZ (don Gonzalo).- Señor Presidente, después de un largo tratamiento, se presenta a esta Sala el informe evacuado por la Comisión investigadora destinada a estudiar el tema de la sectas religiosas en nuestra patria. Pero en este punto quiero ser muy preciso: el objetivo de una Comisión como ésta no es estudiar la actividad de particulares, sino la de organismos públicos, administrativos y de gobierno que tengan por objeto cumplir con deberes respecto de determinadas materias en el ámbito de la vida nacional, en este caso, relativos a la eventual existencia de sectas denominadas religiosas, pero que, en el fondo, constituyen asociaciones ilícitas para la comisión de delitos en el país. En este sentido, quiero, de manera previa enfocar adecuadamente el problema que nos ocupa y mostrar el escenario en el cual se desarrolla la eventual acción de sectas o asociaciones de esa naturaleza. Ese escenario está marcado por la proclamación amplia, abierta y persistente de dos grandes principios: primero, el Estado no tiene ninguna adscripción religiosa y mantiene una neutralidad total frente a los distintos cultos; y, segundo, el Estado, que no tiene ninguna adhesión a un determinado credo moral o a un determinado conjunto de principios de carácter ético, establece la más amplia libertad para que los individuos puedan elegir el modelo ético al cual ajustar sus propias conductas. Son declaraciones extraordinarias que llamarían a una inmediata adhesión si no fuera porque casi de inmediato se aprecian las consecuencias -como las que hoy nos ocupan-. Aprovechando la amplia tolerancia, libertad y neutralidad religiosa, y la amplia y generosa libertad, tolerancia y neutralidad moral y ética, proliferan en el país actividades y grupos frente a los cuales, en definitiva, uno no puede dejar de concluir que su acción atenta gravemente contra los principios del orden social, la dignidad de las personas y los ejes mínimos sobre los cuales debe desarrollarse la vida humana. Por eso, antes de entrar en el análisis de esos grupos y de sus actividades y de cuál es la relación de los organismos públicos respecto de ellos, corresponde que hagamos -si estamos preocupados frente a la acción de estas sectas- un análisis de cuáles son o deben ser los parámetros morales mínimos en torno de los cuales ha de estructurarse la vida en sociedad. Eso no puede dejar de hacerse. Sobre todo lo que no puede hacerse, manteniendo ese tipo de principios, es condenar determinadas conductas, que son expresión de esos principios. Aquí hay motivos de reflexión profunda. No podemos condenar determinadas actitudes, grupos, conductas u objetivos, si previamente decimos que somos totalmente neutrales frente a conductas, principios u objetivos hacia los cuales debemos orientar las distintas libertades individuales. Por ello, aunque fui invitado a formar parte de esta Comisión -y de hecho la integré-, me manifesté tremendamente escéptico acerca de las posibilidades de llegar a conclusiones razonables respecto de las actividades de las sectas. El curso que tuvo la investigación demostró que estaba acertado, porque a cada instante nos veíamos enfrentados a la disyuntiva de elegir, por una parte, una actitud de alabanza de esos principios de tolerancia y neutralidad total, y, por otra, condenar las prácticas que se realizaban amparadas en esos principios. Sin embargo, la realidad es más fuerte que las declaraciones que se puedan formular en un momento dado. Esa fue la razón por la que decidí participar en esta Comisión para dar mi apoyo a lo que pudiera hacerse por el bien de nuestra patria. En el orden religioso, corresponde afirmar dos cosas, como lo hace la Iglesia Católica en el Concilio Vaticano II y en la Declaración de Libertad Religiosa, a la cual quiero referirme especialmente. Cada persona o individuo tiene la obligación moral, tanto en el orden religioso como en cualquier orden de cosas, de buscar la verdad y de esforzarse decididamente para alcanzarla y, una vez logrado eso, adherir a ella sin reserva. Nosotros, como personas humanas libres, tenemos el deber moral de buscar la verdad y de adherir a ella. Pero otra cosa es lo que pueda hacer el Estado en esta materia, el cual no debe coaccionar a nadie para que adopte un determinado credo, sin perjuicio de que, eventualmente, el mismo Estado profese un credo. Sin embargo, él no puede en ningún momento forzar a una persona a profesar un determinado credo o impedirle que practique otro, salvo límites extremos, en los que, a través de una actividad denominada religiosa, se transgredan las bases del ordenamiento moral mínimo que sustenta a una nación. El Estado sólo puede actuar frente a actitudes que, so pretexto de ser actos religiosos, atenten contra el orden moral, político o jurídico sustantivo de una nación. Por eso, es delicado calificar de sectas a determinados grupos que practican algo parecido a un culto religioso, pero que no provocan ningún daño a la sociedad. El culto practicado puede ser extravagante, estrambótico o curioso; pero mientras no altere el orden público ni atente contra las bases morales, no le corresponde al Estado realizar ninguna intervención. La experiencia demuestra que hay actos que son contrarios a las bases fundamentales de una sociedad; por ejemplo, aquellos que, so pretexto de religión, impiden las transfusiones de sangre o los trasplantes de órganos; incitan al desenfreno sexual, a la ruptura familiar; promueven conductas que atentan contra la propiedad, como el hurto y el robo; alteran el orden público; intentan burlarse de los emblemas de la patria o promueven actos de intolerancia y de confrontación religiosa. En ese sentido, hemos sido testigos, con motivo de una festividad religiosa, el 16 de julio, de que un grupo de personas trató de impedir la procesión y la peregrinación a La Tirana. Por desgracia, tampoco ha sido inusual la incitación al suicidio. Es un hecho que en la sociedad contemporánea, y tal vez como consecuencia de la disolución de las creencias religiosas y de la falta de adhesión a los credos tradicionales de nuestra patria, han proliferado grupos y sectas que, de religiosos, sólo tienen el nombre, y que se constituyen en sucedáneos bastante deprimentes de lo que debe ser una actividad religiosa y moral adecuada a nuestra condición humana. La Comisión investigadora que hoy entrega su informe se originó en una preocupación surgida con motivo de un incidente ocurrido en el sector de Recreo, Viña del Mar, donde un grupo denominado “secta tibetana”, al parecer incitó a una joven a huir de su hogar. Ella fue llevada a España, donde habría sido objeto de presiones para ingresar al comercio sexual; pero pudo regresar a Chile y reintegrarse a su familia. Ciertamente, en todos los grupos de este tipo suceden actos ilícitos y contrarios a la moral y a las buenas costumbres, los que deben ser penados de acuerdo con la legislación vigente. A pesar de lo señalado en el informe de la Comisión investigadora, hechos como el que acabo de mencionar son excepcionales, pues no hemos sido testigos, como sucedió en la década de los ‘60, de actos masivos de abandono de hogar, hurto, promiscuidad sexual y otros, con motivos religiosos. La situación en nuestro país se encuentra relativamente bajo el control, no policial ni mucho menos, sino de las costumbres y de la moralidad de la ciudadanía, en la que podemos confiar. Por otra parte, los organismos públicos han actuado frente a los eventuales ilícitos con adecuada prudencia, ponderación y firmeza. No podemos acusar a la Policía de Investigaciones ni a Carabineros de Chile de haber sido extremadamente débiles frente a este tipo de situaciones, ni a los tribunales de justicia, de haberlos dejado sin la adecuada sanción. Por supuesto, a nuestra patria le falta una inyección de religiosidad y de inteligencia en ese orden de cosas, para no caer en lo que, muchas veces, es simple sensiblería. Pero de ahí a concluir que estamos en una situación de peligro, derivada de esas sectas, me parece que hay una distancia bastante grande. A propósito de la condena de las sectas, a las cuales se las denomina así para, obviamente, estigmatizarlas y darles un nombre que despierte el repudio público, es muy fácil caer en una cacería de brujas; en una persecución intelectual; en un acorralamiento de quienes no piensan como uno; en una intolerancia que puede traer efectos más nefastos que aquellos que se quieren evitar. Si damos curso a todas las recomendaciones de la Comisión investigadora, el remedio puede resultar peor que la enfermedad y, en definitiva, generar más daños que los que están produciendo esas agrupaciones. No vale la pena crear grupos especiales que sigan a esas sectas, ni comisiones permanentes dedicadas al estudio de la actividad religiosa en el país. Sería extremadamente grave; no creo que estemos en una situación que amerite, ni de lejos, una reacción de esa naturaleza, que me parece completamente desproporcionada. Por eso, por mi escepticismo frente al informe, mi inclinación es a negarme a este tipo de recomendaciones. Al mismo tiempo, insto a los organismos públicos a que, de acuerdo con la actual legislación, suficiente para estos efectos, generen el necesario y prudente control de la actividad de esos grupos. He dicho. El señor JARPA (Vicepresidente).- Ofrezco la palabra. Ofrezco la palabra. Cerrado el debate. En votación el informe de la Comisión investigadora sobre existencia y actividades de sectas religiosas. -Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguientes resultado: por la afirmativa, 43 votos; por la negativa, 0 voto. Hubo 1 abstención. El señor JARPA (Vicepresidente).- Aprobado. -Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados: Álvarez, Barros, Bauer, Bayo, Becker, Bertolino, Caraball (doña Eliana), Cardemil, Delmastro, Díaz, Egaña, Errázuriz, Forni, García (don René Manuel), González (doña Rosa), González (don Rodrigo), Guzmán (doña Pía), Hernández, Jaramillo, Jarpa, Kast, Kuschel, Longton, Lorenzini, Luksic, Masferrer, Mella (doña María Eugenia), Molina, Norambuena, Ojeda, Olivares, Ortiz, Pérez (don Víctor), Prieto, Saffirio, Salas, Sepúlveda (doña Alejandra), Tapia, Ulloa, Uriarte, Urrutia, Varela y Von Mühlenbrock.-Se abstuvo el diputado señor Tuma.INFORME DE LA COMISIÓN DE SALUD SOBRE CUMPLIMIENTO DE NORMAS DE DECRETO SUPREMO Nº 1.876, DE 1996, DEL MINISTERIO DE SALUD, Y DE MEDIDAS ADOPTADAS POR EL INSTITUTO DE SALUD PÚBLICA Y EL MINISTERIO DE SALUD PÚBLICA RESPECTO DE SUMARIOS PENDIENTES EN EL INSTITUTO DE SALUD PÚBLICA QUE AFECTAN A BESTPHARMA S.A. El señor JARPA (Vicepresidente).- A continuación, corresponde conocer el informe de la Comisión de Salud, acerca de la investigación sobre el cumplimiento de las normas del decreto supremo Nº 1.876, de 1996, del Ministerio de Salud, y de las medidas adoptadas por el Instituto de Salud Pública y el Ministerio de Salud respecto de los sumarios pendientes en el Instituto de Salud Pública que afectan a BestPharma S.A. Diputado informante es el señor Francisco Bayo. Tiene la palabra su señoría. -Informe de la Comisión Investigadora, sesión 34ª, en 28 de agosto de 2003. Documentos de la Cuenta Nº 6. El señor BAYO.- Señor Presidente, me corresponde dar a conocer a esta honorable Sala, tan interesada en los problemas de la salud en Chile, el informe que la Comisión de Salud ha evacuado, en cumplimiento del mandato de la Corporación, relacionado con el proyecto de acuerdo Nº 194, de emitir, en el plazo de sesenta días, un informe sobre el cumplimiento de las normas del decreto supremo Nº 1.876, de 1996, y de las medidas adoptadas por el Instituto de Salud Pública y el Ministerio de Salud respecto de los 214 sumarios -se decía- pendientes en el Instituto de Salud Pública, especialmente de los veinte que afectan a BestPharma S.A., que, a juicio del Ministerio de Salud, son los más delicados. Para empezar, es necesario precisar el marco jurídico correspondiente a las materias que la Sala nos mandató investigar. Dicho marco jurídico lo compone, en primer lugar, el Código Sanitario, que, en su Libro IV, habla “De los Productos Farmacéuticos, Alimentos de Uso Médico, Cosméticos, Productos Alimenticios y Artículos de Uso Médico”, y establece, en su Título I, que el Instituto de Salud Pública será la autoridad encargada “del control sanitario de los productos farmacéuticos y cosméticos, y de velar por el cumplimiento de las disposiciones que sobre la materia se contienen en el presente Código”. En segundo lugar, el decreto ley Nº 2.763, de 1979, que reorganiza el Ministerio de Salud y crea los servicios de salud, el Fondo Nacional de Salud, el Instituto de Salud Pública de Chile y la Central de Abastecimiento del Sistema Nacional de Servicios de Salud, Cenabast. En lo que respecta a la Central de Abastecimientos, se señala que ésta depende del Ministerio de Salud para los efectos de someterse a la supervigilancia de éste en lo que dice relación con su funcionamiento. Además, establece que provee de medicamentos, instrumental y demás elementos e insumos que puedan requerir los organismos, entidades, establecimientos y personas integrantes o adscritas al sistema, y que, para estos fines, la Central podrá adquirir, almacenar, distribuir, transportar, arrendar y vender esos elementos a los organismos, entidades, establecimientos y personas que formen parte del Sistema. Asimismo, dispone que “un reglamento contendrá las normas de carácter sanitario sobre producción, registro, almacenamiento, tenencia, distribución, venta e importación, según corresponda, y las características de los productos farmacéuticos, cosméticos y alimenticios”. Finalmente, integra al marco jurídico el decreto supremo Nº 1.876, de 1996, del Ministerio de Salud, que fija el reglamento del Sistema de Control de Productos Farmacéuticos, Alimentos de Uso Médico y Cosméticos. Este cuerpo legal, tal como lo señala el artículo 1º, regula el registro, importación, producción, almacenamiento, tenencia, expendio o distribución, la publicidad y promoción de los productos farmacéuticos, alimentos de uso médico y cosméticos. El Instituto de Salud Pública es la autoridad competente encargada del control sanitario de los productos señalados, así como de velar por el cumplimiento de las disposiciones que, sobre la materia, contiene el Código Sanitario y su reglamentación. También le corresponde registrar los productos farmacéuticos y cosméticos, y autorizar, inspeccionar y controlar los establecimientos que fabriquen, importen, distribuyan y controlen la calidad de esos productos. Entre las normas del señalado decreto supremo Nº 1.876, es necesario destacar el artículo 11, que -en relación con la investigación que nos mandató la Sala- establece que todo producto importado o fabricado en el país debe contar con un registro sanitario previo a su comercialización o distribución en el territorio nacional. Establece, además, los requisitos y tramitación que debe cumplir la solicitud de registro de los medicamentos y las condiciones para el envase y rotulación de los mismos. En su Título VI, regula el control de calidad, señalando normas sobre el rol del Instituto de Salud Pública, de evaluación, de eficacia y calidad de los productos; de fiscalización de procedimientos y control de partidas o lotes, de denuncia por productos defectuosos, y la aprobación o rechazo de una partida o lote del control de serie. Con esto queremos señalar la tremenda responsabilidad que le cabe, de acuerdo con este decreto supremo, al Instituto de Salud Pública. En lo relativo a la planta física, señala normas respecto del diseño del edificio, plantas y dependencias donde se producen fármacos, labor de los departamentos de producción y control de los laboratorios, fabricación y envasado, y la determinación de la forma en que se harán. Asimismo, regula la organización y funcionamiento de los laboratorios, señalando que los departamentos de producción deben estar bajo la responsabilidad de un profesional químico-farmacéutico, y que la dirección técnica debe ser de responsabilidad de un profesional, médico, bioquímico, cirujano microbiólogo o médico veterinario. También se establecen normas relativas a la fabricación de productos biológicos. El Título VIII establece las sanciones a los infractores de las normas del reglamento. La Comisión, en el cumplimiento de su cometido, celebró ocho sesiones ordinarias y procedió a escuchar opiniones y declaraciones de autoridades y personas del Instituto de Salud Pública, de la Central de Abastecimiento del Sistema Nacional de Servicios de Salud, de la Cámara de la Industria Farmacéutica, de la Asociación de Industriales de Laboratorios Farmacéuticos y del Laboratorio BestPharma, principal, entre comillas, inculpado. A continuación, se incluyen las ideas centrales expuestas por los representantes de las entidades ya mencionadas. Para mayor abundamiento sobre el particular, se adjuntan las versiones taquigráficas, las que pueden ser consultadas por los señores parlamentarios. En primer término, los representantes del Instituto de Salud Pública precisaron que cuando un importador o laboratorio desea registrar un producto debe presentar un dossier con la información científica, cumplir con una metodología analítica y efectuar un control de calidad en un laboratorio externo, responsabilidad que recae en el importador o fabricante. En cambio, si se trata de un producto ya existente, basta con una copia. Luego, se deben presentar las licencias respectivas, aprobadas por un laboratorio autorizado por el Instituto de Salud Pública. En relación con BestPharma, precisaron que se trataba de una importadora declarada, que trae productos extranjeros, y que todos los medicamentos de las transnacionales de la Cámara de la Industria Farmacéutica son importados y no se fabrican en Chile. Al tratarse de productos importados, éstos vienen con la certificación del país de origen, y señalan si cumplen con la normativa de “Buenas Prácticas en Manufacturas”, GMP. De acuerdo con la normativa internacional, nuestro país no cuenta con facultades para inspeccionar en el exterior. En Chile no existen productos cuya molécula se fabrique en el país. Por lo tanto, al hablar de productos farmacéuticos, se debe entender que la referencia se hace al producto completo, es decir, al principio activo -la molécula- más todos los excipientes, incluido el folleto médico y la caja. El Instituto de Salud Pública controla que el producto final sea el adecuado. Es aquí donde se presenta la mayor cantidad de problemas. Cuando el producto ya está en el mercado y se detectan fallas, éstas son conocidas mediante dos fuentes. Una son las denuncias, que pueden ser de particulares, o bien, como en el caso de BestPharma, hechas a través de los servicios de salud. En cualquiera de los dos casos, deben hacerse con productos en la mano. El procedimiento se inicia concurriendo al laboratorio correspondiente, retirando las muestras del producto y disponiendo su análisis. La mala calidad de un producto puede, incluso, deberse al folleto. Si se comprueba la mala calidad del producto, éste es retirado del mercado. Cada medicamento está inscrito con un protocolo de análisis, que se repite, salvo los casos en que la denuncia es por el envase. Por un tema de costos -es muy importante destacarlo-, muchas veces se sanciona el envase, sin practicar el análisis. También se realiza un programa de control de estantería, que si bien no es lo amplio que sería deseable, por un problema de recursos, corresponde a las necesidades del país. En relación con la bioequivalencia, algunas pruebas in vitro dan un indicio de cómo podría ser; pero esta es una materia que se está trabajando con el Ministerio de Salud para la implementación de una normativa sobre el particular, dada la complejidad y el costo del tema. En relación con el tema de la importación de productos, no se han detectado problemas de falsificación; es decir, en Chile, según el Instituto de Salud Pública, no hay fármacos que no hayan sido registrados o que no tengan los permisos correspondientes. Todo producto farmacéutico, cuando llega a Aduanas para ingresar al territorio nacional y ser comercializado, requiere de un certificado de uso y destino que otorga el Instituto de Salud Pública, para lo cual se verifica que esté registrado y que, además, la fórmula declarada guarde relación con la registrada por el mismo Instituto. Frente al proyecto de acuerdo que sostiene que BestPharma importa productos farmacéuticos que no cumplen con el reglamento, el Instituto de Salud Pública asegura que BestPharma tiene patente de laboratorio. Comenzó trayendo algunos productos a granel, que, por lo tanto, sólo cumplían la última etapa del proceso que consiste en colocar los medicamentos en blíster y en cajas. Esa circunstancia lo certifica como laboratorio, porque para el Instituto de Salud Pública el producto farmacéutico llega hasta la caja. Respecto de si BestPharma contaba con certificación GMP, se insistió en que el análisis de costo debía ser solventado por ellos, ateniéndose a las especificaciones aprobadas por el Instituto de Salud Pública. El control de estantería lo hace el servicio de salud, sacando al azar muestras de los estantes de las farmacias, control que se ha ampliado también a los productos que almacena la Central de Abastecimiento del Sistema Nacional de los Servicios de Salud. El Instituto de Salud Pública sostuvo que, en general, la planta de funcionarios era muy reducida, lo que impedía aumentar este tipo de controles. Por ejemplo, cuenta con un total de nueve inspectores, lo que es insuficiente. La norma sobre “Buenas Prácticas de Manufactura”, conocida por su sigla en inglés GMP, debería tener una aplicación general. Cuando un laboratorio solicita permiso para funcionar, se le exige un piso básico, que puede ir perfeccionando, de modo de certificar, primero, en plantas, luego, en procesos, y posteriormente, en laboratorios, el control de calidad. Es el proceso que se aplica en el país. Por otra parte, es importante destacar que esta norma es dinámica; porque puede suceder que un laboratorio que tiene el certificado GMP, de Buenas Prácticas de Manufactura, pueda perderlo sencillamente si alguna de sus condiciones varía o si una nueva línea de producción todavía no se certifica. Es un proceso continuo. Los inspectores están permanentemente visitando los laboratorios y comprobando si cumplen o no con la formativa; pero, recuerdo, con las limitaciones de infraestructura o infradotación de funcionarios destinados a esta actividad. La certificación constituye un logro para los laboratorios, ya que les permite tener un buen marketing y exportar en mejores condiciones. Para el Instituto de Salud Pública, ISP, significa que tienen una alta exigencia y, por lo tanto, las visitas -cuando estos laboratorios las tienen- son menos frecuentes. De todos modos, este tipo de certificación no está contemplada en la legislación y, por lo tanto, no es exigible, por lo que algunos sostienen que se trata de un certificado de buena conducta -no de buena manufactura- que permite exportar en mejores condiciones. De un total de 28 plantas existentes en el país, sólo 18 cuentan con esta certificación. En el caso de BestPharma, no se podía certificar porque era una planta que sólo envasaba y no se tenían antecedentes sobre la elaboración del medicamento. Además de BestPharma, existen otros laboratorios que no cuentan con esta certificación, porque la mayoría importa sus productos. El Instituto de Salud Pública hizo presente que, en estas circunstancias, requería tener facultades en forma discrecional para certificar en caso de duda, lo cual también podría materializarse a través de consultorías externas. El problema fundamental radica en que muchas veces ingresan productos farmacéuticos cuyo origen de producción es desconocido. En relación con la bioequivalencia, se adujo que requería una alta tecnología que implicaba costos elevados. También, dice relación con el índice de credibilidad, puesto que se efectúa con distintos grupos humanos, que pertenecen a culturas y razas diferentes que no siempre resultan equivalentes, o bien que los resultados pesquisados no son iguales de un país a otro.Sumarios. En torno de esta materia, los representantes del Instituto de Salud Pública expresaron que eran alrededor de 250 los sumarios. Con posterioridad, comprobamos que eran 264. En el oficio Nº 180, de 9 de julio de este año, constan antecedentes sobre los sumarios. Entre el 60 y el 70 por ciento de ellos se refiere a problemas de publicidad; el resto se relaciona con la rotulación o envase, y muy pocos con la calidad. Los diecisiete sumarios de BestPharma -los únicos en los que aparecen sancionados-, terminaron con la aplicación de sanciones pecuniarias, de acuerdo con la infracción. En la actualidad, se origina un promedio de tres sumarios diarios, en su gran mayoría, por publicidad. Más adelante me referiré a eso. Los rótulos y la calidad son revisados por el ISP. Las sanciones van desde la amonestación hasta la clausura, pasando por una escala de sanciones pecuniarias que van desde una a mil UTM. Respecto de las cadenas de farmacias, Laboratorios Fasa está constituido legalmente y tiene razón social distinta sin perjuicio de que venda sus productos en las Farmacias Ahumada. Tiene patente y planta de laboratorio, e, incluso, importa productos. En lo que dice relación con el rótulo parecido, la ley faculta al Instituto de Salud Pública para sancionar o denegar el nombre. Así, por ejemplo, el nombre Fasamol no es igual a Paracetamol, aunque se parezca físicamente a él. Existe otra figura, llamada control de serie, que consiste en que algunos antibióticos, hormonas o productos que tienen problemas, estén obligados a someterse a un control antes de ser comercializados. El control de serie lo hace el ISP con algunos productos que reiteradamente tienen problemas, y consiste en “castigarlos” con dos o tres controles de serie para comprobar que el problema no se mantenga. Ahora, me voy a referir a un tema que se pondrá de actualidad en los próximos meses, cuando veamos en la Sala un proyecto de ley aprobado en la Comisión de Salud en el día de ayer. Los productos de venta libre tienen más facilidades con el rótulo -se dice en el informe-, y no así los productos de venta con receta médica, que se encuentran más fiscalizados. Probablemente, en los productos OTC -Obstáculos Técnicos al Comercio-, haya más similitudes en rótulos y colores, pero no existen en el país. Esto en relación con la venta de algunos productos ópticos a futuro, de venta, incluso en supermercados. La Comisión formuló preguntas a los representantes del ISP. Respecto de que no se habrían adoptado medidas efectivas en contra de BestPharma por irregularidades denunciadas, se expresó que el ISP tomó medidas al retirar la fenitoína y que sólo tardó el cierre de los sumarios. Según antecedentes que constan en los anexos, los representantes de BestPharma aseguran que en ningún momento el Instituto de Salud Pública analizó el contenido de las ampollas sino que, sencillamente, se basó en los caracteres organolépticos y, por lo tanto, el laboratorio reclamó contra el Instituto por haber tomado una decisión, en este caso punitiva, sin tener la información suficiente ni realizar el análisis correspondiente. Ante lo señalado en el proyecto de acuerdo en el sentido de que el ministro Artaza restó importancia al problema, el director subrogante del Instituto de Salud Pública se limitó a responder que “la sociedad BestPharma ha sido denunciada en numerosas oportunidades y se han estado realizando las investigaciones pertinentes”. En relación con la presunta denuncia a Asilfa, Asociación de Laboratorios Farmacéuticos, el ISP concluyó que ella nunca existió formalmente. En cuanto a la denuncia de 29 de marzo de 2003, que dio cuenta de que en el consultorio de Cerro Navia se detectó que dos de los antibióticos utilizados para la bronquitis infantil, amoxicilina y eritromicina, presentaban alteraciones organolépticas, el ISP reconoció que ambos productos pertenecían a BestPharma, pero hizo notar que en ambos casos la potencia fue la esperada y la rotulada y que sólo tenía alteraciones organolépticas, las cuales se estudiaron. Con respecto a que, entre otras irregularidades, los productos importados por BestPharma no indican el nombre del laboratorio de origen de los mismos ni dónde se fabrican, se informó que BestPharma identifica como “Rpch” los medicamentos provenientes de China; que el Instituto de Salud Pública ha aplicado reiteradas sanciones por este motivo, y que BestPharma cuenta con veinte procedencias, situación que ha sido enmendada en algunas oportunidades y que también se repite en otros laboratorios. El Instituto de Salud Pública no lleva registro sobre el volumen de principios activos que se importan, pero tiene antecedentes sobre el porcentaje que se maneja, para lo cual pueden hacer muestreos de lo registrado en un mes. Declararon también, los representantes del Instituto de Salud Pública que la Central de Abastecimiento del Sistema Nacional de Servicios de Salud no compra masivamente, como se menciona en el proyecto de acuerdo, pero señalaron que harán un muestreo de estantería. Se informó que cuando el laboratorio vende y lleva el producto a la Central de Abastecimiento, debe presentar un control de calidad de un laboratorio externo, con lo cual se sustrae de esa responsabilidad. El ISP hace el control básico más algunos extras; es decir, se agregan algunos parámetros adicionales. El control de estantería no va dirigido a las alertas. Las alertas son las denuncias, y es el control de calidad que presentan. Posteriormente, la Comisión recibió a la Central de Abastecimiento del Sistema Nacional de Servicios de Salud, ente público regido por el decreto ley Nº 2.763, de 1979, cuya misión es la intermediación de fármacos e insumos para abastecer al Sistema Nacional de Servicios de Salud, de atención primaria municipalizada y extrasistema. Tiene más de setenta años de vida y cuenta con más de quinientos puntos, que son los usuarios; no recibe aporte fiscal y su financiamiento se obtiene de la intermediación que efectúa por las compras y ventas que realiza al sistema. Cumple un doble rol, ya que genera una mecanismo de regulación de precios al sistema y, además, intermedia. Asimismo, constituye un referente en lo que dice relación con los precios. También concurre el sistema de salud pública con una deuda importante y con poca capacidad de negociación con privados. Desde 2000, la Cenabast ha perdido una parte importante del mercado. A esa fecha, intermediaba casi 15 mil 500 millones de pesos en fármacos e insumos para hospitales. En 2002, esta cifra descendió a 13 mil 500 millones de pesos. En términos generales, la participación de la Central en la intermediación de fármacos ha descendido de 19 a 15 por ciento. La Central trabaja de un modo muy cercano con el registro sanitario del ISP, y requiere de todas las economías de escala del sistema. Adquiere los productos a través de licitaciones públicas, con precios conocidos, y opera como intermediario de fármacos entre los hospitales y los consultorios de atención primaria, y los proveedores. En pocas palabras, agrega y consolida demanda, licita y adjudica a través de una comisión de adquisiciones. Puede actuar mediante licitación pública, por regla general, y, excepcionalmente, por licitación privada. Del total de compras efectuadas el 2002, la mitad correspondía al Programa Nacional de Aseguramiento y Certificación de Calidad y al Programa de Alimentación Complementaria del Adulto Mayor. Al analizar esta materia desde el punto de vista de las compras, las cifras demuestran que 13 mil 500 millones de pesos corresponden a intermediación, con ciento veintiún proveedores. Los principales proveedores de la Central son: Laboratorios Chile, con 1 mil 400 millones de pesos y 82 productos, y BestPharma, con 1 mil 300 millones de pesos y 87 productos. Por lo tanto, participan con el 10 por ciento cada uno. Con una menor proporción participan los laboratorios Sanderson, Leon Burzuztky Fridman, Rider y otros. La Central cuenta, además, con otros proveedores pequeños, principalmente Pymes. Respecto del considerando del proyecto de acuerdo que señala que, a pesar de todas las irregularidades denunciadas la Central compra masivamente medicamentos de BestPharma, se precisó que las adquisiciones alcanzan al 10 por ciento, proporción equivalente a la de Laboratorios Chile. Existen dos causas que impiden que los hospitales y servicios de salud adquieran el ciento por ciento de los productos en la Central. En primer lugar, no están obligados a hacerlo, y en segundo, las ventas son de contado, lo que constituye un impedimento para los hospitales, cuyo nivel de endeudamiento es de todos conocido. Dentro de las críticas que se hacen a la Central está su falta de agilidad. Por otra parte, los representantes de la Cámara de la Industria Farmacéutica de Chile descartaron referirse a BestPharma, pues aclararon que no forma parte de la Cámara, pero sí lo hicieron respecto de la calidad de los medicamentos en Chile, de las funciones que desarrolla el ISP como ente regulador y respecto de la necesidad de modernizar el sistema. Sobre el primer aspecto, señalaron que era fundamental posibilitar el acceso racional a medicamentos de calidad certificada, en su sentido técnico y valórico. Respecto del ISP, acotaron que debería transformarse en una agencia de regulación moderna que privilegiara garantía de calidad y que operara de manera más ágil, características de las que adolece en la actualidad. El Instituto de Salud Pública tarda mucho tiempo en los procesos, en los casos en que los medicamentos ya cuentan con la aprobación de entidades como el FDA (Administración de Drogas y Alimentos) o el Emea (Agencia Europea para la Evaluación de los Medicamentos).El señor JARPA (Vicepresidente).- Señor diputado, le ruego redondear sus ideas porque el Orden del Día va a terminar a las 12.38 horas. El señor BAYO.- Muy bien, señor Presidente. Los representantes de la Cámara de la Industria Farmacéutica señalaron que las fallas de calidad continuarán mientras no se cumpla con la normativa internacional recomendada por la Organización Mundial de la Salud. La falta de cumplimiento de la normativa legal se fundamenta en un problema de costos, puesto que algunos laboratorios han solicitado prorrogar esta exigencia; de lo contrario, podrían verse obligados a cerrar. Las buenas prácticas de manufactura de la Organización Mundial de la Salud son cumplidas por el 13,3 por ciento de las plantas existentes. En Chile, hay cincuenta y ocho plantas, entre farmacéuticas y cosméticas, pero sólo ocho de ellas tienen certificación de calidad. Las fallas del registro sanitario son prácticamente el origen de los problemas de la calidad. En tanto se implementan las exigencias de nivel internacional es vital establecer un control de estantería al universo de los productos. El control de estantería que implementó el Instituto de Salud Pública se hizo a un limitado número de productos -alrededor de 80-, en circunstancias de que en el país se venden 3 mil 950 productos en ocho mil presentaciones. La solución es licitar el control de estantería al sector privado, pues de esa manera surgirían los laboratorios de control de calidad. Así, el Instituto de Salud Pública se reservaría para lo que le señala la ley y el reglamento: mantener el poder de verificar la calidad de los laboratorios que hacen estos ensayos y ser un ente verificador y controlador. No basta que el ISP controle el producto en la planta, en el laboratorio productor, sino que tiene que hacerlo en el sistema de distribución. El ISP, como agencia regulatoria, debería orientarse a garantizar la calidad. Esta nueva agencia debería insertarse en el plan de modernización del Estado, dentro de los principios de transparencia. Es necesario establecer un registro sanitario electrónico, para otorgar seriedad e impersonalidad y un gobierno electrónico del sistema de control de los medicamentos en el país. Es importante que opere el silencio administrativo, ya que el Instituto se demora, a veces, quince meses en aprobar un producto nuevo y, en otras, en un trámite simple de cambio de rótulo se demora entre cuatro y cinco meses, en circunstancias de que el reglamento señala que lo debe hacer en la décima parte de ese tiempo. Por su parte, Asilfa es una entidad que reúne a la mayor parte de la industria farmacéutica chilena. Los laboratorios asociados a Asilfa cumplen con las normas GMP. Respecto del tema de fallas de calidad, hay estadísticas en el ISP que señalan que la incidencia de fallas de calidad en la industria nacional son inferiores cuando se comparan con los productos extranjeros. En lo que dice relación con los problemas de BestPharma, relativos a la rotulación, rechazan una información aparecida en la prensa que se imputa a uno de sus asociados en cuanto a la existencia de una guerra comercial. Respecto de la fiscalización, Asilfa ha resuelto el problema de inequidad en la fiscalización de productos nacionales e importados, por cuanto ingresan al país medicamentos cuyo origen y lugar de fabricación se desconoce y no hay constatación en el mercado de que lo que se trae corresponde a lo que el ISP aprobó. Tampoco se verifica el cumplimiento de las normas GMP en los países de origen. Respecto del Laboratorio Chile, hoy existen más de doscientas denuncias, el 70 por ciento de las cuales no tiene ninguna importancia, ya que la mayoría dice relación con la publicidad de algún laboratorio. El ISP debería centrar sus recursos prioritariamente en las denuncias graves, y las otras resolverlas más bien por una vía administrativa. Existe inequidad entre el tratamiento que se da a los laboratorios que producen en Chile y a los que importan. Los verdaderamente nacionales son fiscalizados por el ISP. En cuanto al laboratorio Recalcine, se señaló que la mayoría de las veces los registros sanitarios de las compañías internacionales vienen con su dossier de información de la casa matriz, que no tiene nada que ver con el laboratorio donde finalmente se producen los medicamentos. En consecuencia, con los medicamentos que Chile importa se corre un serio riesgo si no se elabora un plan de control eficiente. Laboratorios BestPharma aseguró que su participación comenzó en los años ‘90, y que la penetración del mercado tomó más o menos tres años. Después de quince años, vende aproximadamente 15 millones de dólares anuales, da empleo a unas cien personas y cuenta con 18 químico-farmacéuticos. Ante una consulta sobre calificación de calidad, se respondió que existe un instituto internacional de certificación denominado Bureau Veritas. Su estrategia para entrar en el mercado es traer medicamentos de buena calidad a precios competitivos, por lo cual han tenido un fuerte ingreso. A lo anterior ha sumado un servicio eficiente de entrega, reemplazando a la Central de Abastecimientos del Sistema Nacional de Servicios de Salud en muchos hospitales a lo largo de todo Chile. Otro factor favorable fue que el Laboratorio Chile, después de ser privatizado -en esa época se llamaba Formulario Nacional-, abandonó la producción de fármacos de bajo costo. Es importante tener presente que actualmente BestPharma maneja aproximadamente 200 millones de unidades de productos farmacéuticos en el mercado nacional. Eso es muy importante cuando hay que catalogar, definir o preguntar si existen problemas de calidad, y también cuando hay que hacer comparaciones entre este laboratorio y otros. También fabrica medicamentos en diversos países y continentes. Todos sus proveedores cumplen con los estándares GMP.El señor JARPA (Vicepresidente).- Señor diputado, le reitero la solicitud de que redondee su informe. El señor BAYO.- Termino, señor Presidente. Lamentablemente, voy a tener que omitir parte importante del informe. Respecto del equipo técnico de BestPharma, en Chile existen tres expertos en auditación profesional del famoso indicador GMP y todos ellos pertenecen a BestPharma. El análisis sistemático de las diferentes aseveraciones contenidas en el proyecto de acuerdo, a la luz de los antecedentes analizados en los capítulos anteriores, especialmente en sus considerandos, ha permitido que la Comisión concluya lo siguiente:1. BestPharma es un laboratorio y, además, importador de productos farmacéuticos, en conformidad con las normas del reglamento de control contenidas en el decreto Nº 1.876, de 1996, del Ministerio de Salud. Por lo tanto, no se confirman las denuncias en ese sentido.2. Dicho laboratorio ha sido sometido a diecisiete sumarios por reiteradas denuncias presentadas a partir de 10 de octubre de 2002, en circunstancias de que es proveedor de la Central de Abastecimientos del Sistema Nacional de Servicios de Salud desde hace varios años.3. Las causales de estos sumarios tienen su origen en problemas de rotulación de envases o de publicidad y algunos de calidad, tal como consta en el informe. Al respecto, en el anexo Nº 1 se adjunta un detalle de los sumarios.4. La Comisión tomó conocimiento de la existencia de doscientos sesenta denuncias. El 60 por ciento de ellas corresponde a problemas de publicidad y el resto se refiere a problemas de rotulación o de envase.5. El Instituto de Salud Pública presenta un evidente retraso en lo que se refiere a la tramitación de los sumarios, lo que significó a su vez que estos antecedentes no fueran enviados con la suficiente oportunidad a la Comisión.6. Existen insuficiencias en lo referente a los controles de importación, de fabricación, de distribución y de calidad de los productos, en especial, en el almacenamiento.7. Es evidente la necesidad de concordar políticas que garanticen el acceso racional a medicamentos de calidad certificada.8. Al tenor de lo anteriormente expresado, la Comisión concluyó que la mayoría de las denuncias podrían encontrar su explicación en la existencia de una ardua competencia comercial entre las empresas del rubro. Ello fue confirmado en forma unánime por varios de nuestros invitados. En consecuencia, la Comisión propone establecer una política nacional respecto de los medicamentos, en orden a precisar el rol que debe asumir en este sentido el Instituto de Salud Pública. Respecto de la calidad, la tarea de hoy es “garantizar el acceso racional a medicamentos de calidad certificada”. Es fundamental poner en vigor medidas que aseguren la calidad. Esto supone exigir, en primer término y en forma perentoria, el cumplimiento de las buenas prácticas de manufactura. Es necesario ampliar el control de estantería para evaluar el universo de los productos muestreados en los lugares de expendio. Por último, debe implementarse un sistema de control de los residuos de solventes utilizados en la elaboración de materias primas importadas. En el plano de la conducción del sistema es necesario señalar la enorme importancia y desafíos que en la moderna concepción sobre control oficial de medicamentos tiene el Instituto de Salud Pública. Actualmente el instituto tiene graves deficiencias en su funcionamiento que perjudican el acceso a los medicamentos. En el caso de los medicamentos nuevos, el registro sanitario demora trece meses, versus ciento veinte días que señala el reglamento. O sea, trece meses en lugar de cuatro. En cuanto a las modificaciones de registros, se demora dieciséis meses en promedio. Los registros sanitarios deben realizarse dentro del plazo que el reglamento establece para ello. Recientemente se ha producido un hecho insólito al divulgarse por la prensa varios casos de sumarios sanitarios no fallados, los que causaron un serio impacto en la imagen de la industria. Por ello, es preciso que el Instituto de Salud Pública se haga cargo con más propiedad la conducción; controle adicionalmente a droguerías y farmacias a nivel nacional; se desprenda de toda actividad productiva propia y asuma de oficio la lucha contra el clandestinaje y la falsificación. Debe, además, abrirse a la participación mediante convenios con el mundo académico y el sector privado. El instituto deberá transformarse en una agencia regulatoria moderna, realizando una división radical en su actual estructura.Constancias reglamentarias. El informe fue aprobado por la unanimidad de los miembros de la Comisión de Salud de ese entonces, los señores Accorsi, Aguiló, Forni, Masferrer, Melero y Olivares, y la diputada señora Ibáñez, doña Carmen. De conformidad con el Nº 6 del artículo 301 del Reglamento de la Corporación, la Comisión acordó enviar este informe al señor ministro de Salud por estimar que prácticamente, la totalidad de las medidas a implementar corresponden a esa secretaría de Estado. Del mismo modo, se deja constancia de que sin perjuicio de las disposiciones de este informe que fueron aprobadas, la Comisión consideró pertinente consignar una opinión respecto de las políticas de prescripción y dispensación de medicamentos, materia que el proyecto de acuerdo no contempla. A nuestro juicio, es indispensable que en Chile se haga algo al respecto. He dicho. El señor JARPA (Vicepresidente).- Quedan diez minutos para la discusión del informe. Se encuentran inscritos el diputado Marcelo Forni y la diputada Rosa González. Tiene la palabra, por cinco minutos, el diputado Marcelo Forni.El señor FORNI.- Señor Presidente, primero, solicito prorrogar el Orden del Día por diez minutos. El señor JARPA (Vicepresidente).- ¿Habría acuerdo para acceder a la petición del diputado Forni? No hay acuerdo. Tiene la palabra señor diputado. El señor FORNI.- Señor Presidente, la investigación que nos ocupa, solicitada mediante un proyecto de acuerdo, motivado en la denuncia de parlamentarios de todos los sectores sobre supuestas irregularidades cometidas por el laboratorio BestPharma S.A., es el mejor ejemplo de lo que no hay que hacer con los proyectos de acuerdo. Para todos quienes estuvimos en la Comisión, esto fue una irresponsabilidad, porque ninguno de los puntos contemplados en el proyecto fueron comprobados; se trató de denuncias absolutamente infundadas. Esto no quiere decir que BestPharma no haya cometido irregularidades; pero, por lo menos, en la Comisión no se pudieron comprobar. Asimismo, en ningún momento -que fue lo que se difundió a través de los medios de comunicación- se comprobó la mala calidad de los medicamentos que se distribuyen en Chile. Lo que sí quedó establecido es que si esto no ocurre, es decir, que los medicamentos no sean malos, no es precisamente por los controles que haga el Instituto de Salud Pública. Se detectaron fallas de calidad debido a graves carencias de modernidad, a falta de recursos e infraestructura y a sistemas de control de calidad adecuados. Tampoco sabemos, porque no se logró explicar en la Comisión, por qué aún no se exige, de una vez por todas y en forma perentoria, el cumplimiento de las buenas prácticas de manufacturas. Si se había fijado como plazo el 1 de mayo de 2002 para que todas las plantas se rigieran por estas normas, no hay explicación para que se sigan concediendo prórrogas y para que esas buenas prácticas de manufacturas se extiendan hasta el año 2005. También existe, porque así lo detectó la Comisión, un deficiente control de los estudios de estabilidad que avalan nada menos que el período de eficacia del producto y la falta de vigilancia a las especificaciones de calidad y pureza de las materias primas que se importan para la elaboración de medicamentos. El decreto Nº 1.876, de 1996, del Ministerio de Salud, mandata al Instituto de Salud Pública efectuar ese control. Pero, lamentablemente, parece que no está cumpliendo adecuadamente con esa función. El mismo decreto contempla, entre los antecedentes que se deben acompañar a la solicitud de registro sanitario, la especificación de calidad y pureza de las materias primas que se utilizan en la confección de los medicamentos. También señala que cualquier cambio de origen que se produzca con posterioridad debe ser informando a la autoridad, la que efectuará muestreos para verificar la mantención de las especificaciones sobre la base de las cuales se otorgó dicho registro. Suele suceder que las especificaciones con que se obtiene el registro cambian en los lotes sucesivos de producción, sin que la autoridad, en este caso el Instituto de Salud Pública, pueda verificar con certeza esta anomalía. Lo más grave es el control de estantería, que es el que se practica en los centros de distribución, ya que es prácticamente nulo, cubre pocos productos y los resultados que entrega son verdaderamente preocupantes en cuanto a la calidad de los medicamentos. Por lo tanto, hay que ampliarlo y hacer un control de estantería en la Central Nacional de Abastecimiento Cenabast, encargada de comprar gran parte de los medicamentos que se distribuyen a lo largo y ancho del país. Recordemos que hace muy poco tiempo tuvimos problemas con los medicamentos y también con los alimentos que distribuye la Cenabast. Este control de estantería que permite verificar los productos muestreados en los lugares de expendio es clave; pero, lamentablemente, los resultados de este control de estantería se otorgan seis meses después de que son realizados. Es evidente que si los resultados se entregan seis meses después de realizado este control de estantería no tienen ningún efecto, toda vez que los lotes de medicamentos han sido repartidos en todos los hospitales y consultorios a lo largo y ancho del país. Por otra parte, es fundamental -así lo dijo el diputado Bayo en su extenso informe- implementar un control de los residuos de solventes utilizados en la elaboración de materias primas importadas para fabricar productos farmacéuticos, pues existen residuos que son potencialmente cancerígenos, neurotóxicos y teratogénicos.El señor JARPA (Vicepresidente).- Señor diputado, le ruego redondear la idea, pues ha terminado su tiempo. El señor FORNI.- Señor Presidente, como se trata de un tema muy importante, sólo quiero plantear que esto no puede significar el término de la investigación relacionada con los medicamentos; muy por el contrario, debe ser el punto de partida para el inicio de un estudio y de una política nacional de medicamentos. He dicho. El señor JARPA (Vicepresidente).- Tiene la palabra la diputada señora Rosa González. La señora GONZÁLEZ (doña Rosa).- Señor Presidente, en este importante informe llama profundamente la atención el hecho de que en gran parte de él se especifique claramente que es el Ministerio de Salud el que debe regular y normar estos temas. Sin embargo, después de escuchar al diputado Bayo y de analizar los antecedentes expuestos por la Comisión de Salud, notamos que son reiterativos al señalar que las fallas de calidad continuarán, mientras no se cumplan las normas internacionales recomendadas por la Organización Mundial de la Salud. Tenemos, entonces, un problema bastante serio. Debemos considerar que hablamos de remedios internados en forma ilegal. Por informaciones entregadas por los medios de comunicación, mucha gente se ha dado cuenta de que la internación de medicamentos a través de nuestras fronteras es un tema realmente impresionante. En Arica denunciamos el tema y, sin embargo, seguimos siendo contaminados por distintos medicamentos, lo que revela un notable relajamiento -por decirlo de alguna forma- del Ministerio de Salud en la aplicación de las normas. Existe mucha gente contaminada. Como dijo muy bien el diputado Forni, no se trata solo de los medicamentos; el problema de los alimentos también preocupa a la comunidad. Por lo tanto, faltan antecedentes en el informe. Las conclusiones entregadas por la Comisión deberían ser mucho más determinantes respecto de las responsabilidades. Específicamente, deberíamos habernos preocupado de lo que atañe al Ministerio de Salud, puesto que todos tenemos la clara convicción de que se han gastado muchos recursos en otros rubros, dejándose de lado lo relacionado con los medicamentos, cuestión que afecta a todos y a cada uno de los chilenos. A mi juicio, deberíamos retomar el tema, a fin de llegar a conclusiones definitivas que permitan resolver el problema de los medicamentos y de los laboratorios que no cumplen con las reglas y, principalmente, asegurar que el Ministerio de Salud y el Instituto de Salud Pública se preocupen de la aplicación de las normas que dicta la Organización Mundial de la Salud. Son muchos los temas que podríamos tocar -por ejemplo, los cambios de recetas en las farmacias-, pero, lamentablemente, el tiempo no nos alcanza. Esto debería ser de primordial importancia para el Congreso Nacional y para el ministerio correspondiente, de modo de llegar a conclusiones definitivas y así cumplir efectivamente con nuestro rol de fiscalizadores y atender las necesidades de la gente, proponiendo medidas concretas sobre un tema tan importante para los chilenos. Por eso, debemos tomar medidas concretas, de manera que el remedio no resulte peor que la enfermedad. He dicho. El señor JARPA (Vicepresidente).- Por un asunto de Reglamento, tiene la palabra el diputado Sergio Ojeda. El señor OJEDA.- Señor Presidente, a varios diputados nos gustaría intervenir sobre esta materia; pero como terminó el tiempo, pido que la discusión quede pendiente para una próxima sesión, porque se trata de un tema bastante delicado. El señor JARPA (Vicepresidente).- Diputado Ojeda, efectivamente, quedará pendiente la discusión y votación de este informe. Reitero a los señores diputados que quedó pendiente la discusión del informe de la Comisión de Salud. -Hablan varios señores diputados a la vez. El señor JARPA (Vicepresidente).- Diputado señor Juan Masferrer, el diputado Sergio Ojeda solicitó que quedara pendiente la discusión del informe. El señor MASFERRER.- Pido la palabra, señor Presidente. El señor JARPA (Vicepresidente).- Tiene la palabra su señoría. El señor MASFERRER.- Señor Presidente, no sé si me expresé bien; pero no he pedido que se postergue su votación, sino que se vote de inmediato, a fin de terminar su tratamiento. El señor JARPA (Vicepresidente).- Señor diputado, ya di las explicaciones del caso. Tiene la palabra el diputado Francisco Bayo para referirse a una cuestión de Reglamento.El señor BAYO.- Señor Presidente, creo que no se está pidiendo postergar la votación, sino continuar la discusión, pues aquí se han hecho algunas aseveraciones que no corresponden a la realidad de los hechos.El señor JARPA (Vicepresidente).- Señor diputado, lo que dije es que quedaba pendiente su discusión; no su votación. No se ha cerrado el debate.El señor BAYO.- Gracias, señor Presidente.VI. PROYECTOS DE ACUERDOINCLUSIÓN DE COMUNIDADES INDÍGENAS EN PROPUESTA PRESIDENCIAL SOBRE DERECHOS HUMANOS. El señor JARPA (Vicepresidente).- El señor prosecretario dará lectura al primer proyecto de acuerdo. El señor ÁLVAREZ (Prosecretario).- Proyecto de acuerdo Nº 284, de los diputados señores Escalona, Tuma, Espinoza, Silva, Saffirio, Jarpa, Palma y señoras, Vidal, doña Ximena; y Mella, doña María Eugenia: “Considerando:1. Que su Excelencia el Presidente de la República, Ricardo Lagos, ha entregado al país una propuesta sobre DD.HH., denominada “No hay mañana sin ayer”, cuyo objetivo esencial es lograr avanzar en el reencuentro nacional sobre las bases de los principios de verdad, justicia y reparación.2. Que el país se encuentra empeñado en la paulatina implementación de los contenidos de la Ley Indígena, destinada al respeto y promoción de los derechos de los pueblos originarios establecidos en el territorio nacional y cuya demanda histórica de reparación constituye una deuda no resuelta por el Estado de Chile.3. Que existen evidencias que comunidades mapuches, como es el caso de la comunidad Lorenzo Pilquimán, situada en el Área de Desarrollo Indígena del lago Lleu-Lleu, en la provincia de Arauco, sufrieron la discriminación étnica como también violencia del Estado a través de fuerte e intesa represión en el período de tiempo que abarca la propuesta anunciada por el Presidente Ricardo Lagos.4. Que la violación de los DD.HH. afecta no sólo a personas de forma individual, sino que también a grupos humanos, en este caso, comunidades mapuches pertenecientes a la nación chilena. En virtud de lo expuesto, los diputados abajo firmantes vienen en proponer el siguiente proyecto de acuerdo: La honorable Cámara de Diputados acuerda oficiar al Presidente de la República con el objeto que la propuesta sobre reparación en materia de DD.HH. incluya en el ámbito de la indemnización simbólica y austera, anunciada por su Excelencia, la extensión de este reconocimiento a grupos de personas o comunidades indígenas que sufrieron represión sistemática del Estado de Chile en el período comprendido por la referida propuesta. Sugiérese para tal efecto la formación de una comisión de Estado que califique tales situaciones”. El señor JARPA (Vicepresidente).- Tiene la palabra el diputado Eugenio Tuma para hablar a favor del proyecto de acuerdo. El señor TUMA.- Señor Presidente, en el último tiempo, el Presidente de la República entregó al país una propuesta acerca de cómo abordar el tema de la deuda que el Estado y nuestra sociedad tienen con las personas que vieron violados sus derechos humanos. Tal propuesta, denominada “No hay mañana sin ayer”, tiene por objetivo esencial lograr avanzar en el reencuentro nacional sobre la base de la verdad, la justicia y la reparación. A nuestro juicio, en materia de reparación, se ha abordado la reparación a personas individualmente consideradas. Sin embargo, existen agrupaciones de personas, como las comunidades indígenas, que fueron objeto de represión en el período a que alude la propuesta hecha por el Presidente de la República. Por eso, consideramos indispensable incluirlas también a ellas y no sólo a las personas. Existen evidencias de que algunas comunidades mapuches de diversos sectores de las regiones Octava, Novena y Décima, como es el caso de la comunidad Lorenzo Pilquimán, situada en el Área de Desarrollo Indígena del lago Lleulleu, en la provincia de Arauco, fueron víctimas de discriminación étnica y de violencia del Estado, a través de una fuerte represión, en el período que abarca la propuesta anunciada por el Presidente Ricardo Lagos. En consecuencia, solicitamos a la honorable Cámara que apruebe el proyecto de acuerdo, de modo que se oficie al Presidente de la República con el objeto de que la propuesta sobre reparación en materia de derechos humanos incluya, en el ámbito de la indemnización simbólica y austera que ha anunciado, la extensión de este reconocimiento a grupos de personas o comunidades indígenas que sufrieron la represión sistemática del Estado de Chile. He dicho. El señor JARPA (Vicepresidente).- Tiene la palabra el diputado señor Sergio Ojeda. El señor OJEDA.- Señor Presidente, creo que no existe motivo para oponerse a un proyecto que tiende a reivindicar la memoria o el nombre de las víctimas de las violaciones a los derechos humanos. Ello coincide y se adecua perfectamente al nuevo espíritu, a la nueva instancia y a los nuevos pasos que está dando el supremo Gobierno en esta materia, más todavía si existe, al parecer, un entendimiento entre todas las fuerzas políticas que nos permitirá avanzar en el marco de la verdad, la justicia, la reparación, el perdón y la reconciliación. Estoy absolutamente de acuerdo con el proyecto. En consecuencia, anuncio el voto favorable de la bancada del Partido Demócrata Cristiano. He dicho. El señor JARPA (Vicepresidente).- Ofrezco la palabra. Ofrezco la palabra. Para hablar en contra del proyecto de acuerdo, tiene la palabra el diputado señor Longton. El señor LONGTON.- Señor Presidente, todos estamos de acuerdo en que se reparen las violaciones a los derechos humanos; pero, no me parece bien ni justo que exista la reparación doble que piden los patrocinantes del proyecto, ya que algunas personas recibirían la indemnización como tales y, además, por pertenecer a una etnia. He dicho. El señor JARPA (Vicepresidente).- Tiene la palabra el diputado señor Eduardo Díaz. El señor DÍAZ.- Señor Presidente, los chilenos de origen mapuche están aburridos de la demagogia y de que se les discrimine. Por cierto, estamos por apoyar las indemnizaciones en esta materia. Como partido, hemos propuesto al Presidente de la República su otorgamiento por violaciones a los derechos humanos. En Liquiñe, tuvimos un encuentro con familiares e hijos de detenidos desaparecidos -muchos de ellos de origen mapuche-, con quienes elaboramos una fórmula de carácter nacional. Por eso, nos parece populista la proposición de otorgar a algunos, según su origen, dos o tres indemnizaciones. Creemos que todo chileno, descendiente de mapuches, de italianos, de aymaras, de alemanes, etcétera, que haya sufrido violación de sus derechos humanos merece ser indemnizado y reparado. He dicho. El señor JARPA (Vicepresidente).- Tiene la palabra el diputado señor Jorge Burgos. El señor BURGOS.- Señor Presidente, ¿hay chilenos que no son de origen mapuche? Creo que todos somos de origen mapuche. He dicho. El señor JARPA (Vicepresidente).- Cerrado el debate. En votación el proyecto de acuerdo. -Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 16 votos; por la negativa, 25 votos. No hubo abstenciones. El señor JARPA (Vicepresidente).- Rechazado. -Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados: González (doña Rosa), González (don Rodrigo), Jaramillo, Jarpa, Lorenzini, Luksic, Mella (doña María Eugenia), Ojeda, Olivares, Ortiz, Saffirio, Sepúlveda (doña Alejandra), Tuma, Ulloa, Varela y Villouta. -Votaron por la negativa los siguientes señores diputados: Barros, Bauer, Becker, Bertolino, Cardemil, Cristi (doña María Angélica), Delmastro, Díaz, Egaña, Forni, Galilea (don Pablo), García-Huidobro, Guzmán (doña Pía), Kast, Kuschel, Leay, Longton, Molina, Monckeberg, Mora, Pérez (don Víctor), Prieto, Uriarte, Urrutia y Von Mühlenbrock.NOMINACIÓN A PREMIO NOBEL DE LA PAZ. El señor JARPA (Vicepresidente).- El señor Prosecretario va a dar lectura al proyecto de acuerdo siguiente. El señor ÁLVAREZ (Prosecretario).- Proyecto de acuerdo Nº 286, de las diputadas señoras María Eugenia Mella y Adriana Muñoz y de los diputados señores Roberto Delmastro, Eugenio Tuma, Ignacio Urrutia, Cristián Leay, Osvaldo Palma, Pablo Galilea y Marcelo Forni. “Considerando: Que el profesor Muhammad Yunus, en 1983, en Bangladesh, creó el revolucionario modelo del microcrédito, destinado a los más pobres entre los pobres, a través del Grameen Bank, que ha permitido que millones de personas, especialmente mujeres, hayan iniciado exitosamente el camino de salida de su estado de indigencia y pobreza. Que este modelo ha sido aplicado en más de sesenta países en todo el mundo, incluso en países desarrollados, donde ha aliviado la pobreza existente, creando fuentes de autoempleo, sacando a millones de personas de la desesperanza, entregándoles confianza y dándoles mayor dignidad. Actualmente, el Grameen Bank de Bangladesh cuenta con más de mil cien sucursales, con más de 2,5 millones de clientes y ha otorgado créditos que sobrepasan los tres mil millones de dólares, demostrando la validez del modelo para derrotar el flagelo de la pobreza. El modelo creado por Muhammad Yunus le ha significado el reconocimiento de muchas instituciones en todo el mundo, que han sido testimoniados a través de otros tantos premios internacionales, entre los cuales se encuentran: Gandhi Award, USA; Ramón Magsaysay, Manila; Aga Khan Award, Ginebra; Mohamed Shabdeen Award, Sri Lanka; World Food Price, USA; President Award, lndependent Day Award y Central Bank Award, Bangladesh; World Technology Award, USA; Volvo Environment Price, Suecia; Premio Príncipe de Asturias, España; Premio Pegaso d’Oro, Italia; Business Innovation Price, USA; Simón Bolívar Price, Venezuela Unesco, además de diversos nombramientos en instituciones internacionales de diversa índole. El significativo aporte que el profesor Yunus ha hecho en la lucha contra la pobreza ha demostrado que al haber voluntad y objetivos claros, los pobres pueden salir de su estado cuando se les da la oportunidad y se les devuelve la confianza en sí mismos. La Cámara de Diputados acuerda: Proponer al Instituto Nobel de Noruega, para el Premio Nobel de la Paz, al Profesor Muhammad Yunus, de Bangladesh, considerando su extraordinario aporte para disminuir la pobreza en el mundo a través del modelo del microcrédito para los más desposeídos”. El señor JARPA (Vicepresidente).- Para hablar a favor, tiene la palabra el diputado señor Roberto Delmastro. El señor DELMASTRO.- Señor Presidente, como todos sabemos, en 1983, el profesor Muhammad Yunus, de Bangladesh, creó el llamado microcrédito, el cual ha posibilitado que millones de personas, en todo el mundo, inicien el largo camino de salida de la pobreza. La modalidad ha sido imitada y copiada en más de 60 países, incluido algunos desarrollados, y ha permitido que personas de escasos recursos, indigentes, tengan acceso al crédito, cosa que en la ortodoxia del campo financiero es imposible. El Grammen Bank, que es el banco de los pobres en Bangladesh, tiene más de 1.100 sucursales en ese país; más de dos millones y medio de clientes -quizás es el banco más grande del mundo- y ha otorgado créditos, de pequeñas cantidades de dinero, por más de tres mil millones de dólares. Reitero, el microcrédito ha significado la salida de la pobreza de mucha gente y ha motivado el homenaje y reconocimiento al profesor Yunus en diversas partes del mundo. Por esa razón, un grupo de diputados hemos estimado conveniente -a propósito de su visita a nuestro país el próximo sábado- proponer este proyecto de acuerdo, pues, conforme a las bases del Premio Nobel de la Paz, los parlamentos del mundo pueden sugerir candidatos. Esperamos que la Academia de Suecia acoja nuestra proposición y le otorgue este galardón merecido al profesor Yunus, quien, con su modelo de microcrédito, ha demostrado que es posible derrotar el terrible flagelo de la pobreza que, como hemos sabido por las últimas encuestas, sigue en aumento, especialmente en América Latina. He dicho. El señor JARPA (Vicepresidente).- Tiene la palabra el diputado Cristián Leay. El señor LEAY.- Señor Presidente, además de sumarme a los dichos del diputado Delmastro, quiero resaltar el modo de enfrentar la pobreza del señor Muhammad Yunus. Durante muchos años, en el mundo, se creyó que mediante una simple acción asistencial se podría enfrentar la pobreza. Sin embargo, el profesor Yunus da oportunidades a la gente al creer en sus proyectos, su esfuerzo, otorgándoles pequeños préstamos para que con sus pequeñas herramientas puedan sacar adelante a sus respectivas familias. La iniciativa del profesor Yunus ha sido adoptada en Chile por la fundación La Vaca, que lleva dos años de funcionamiento que fue visitada por el profesor Yunus cuando estuvo en nuestro país. La Vaca ha financiado los proyectos de más de mil familias chilenas. Incluso, debo agregar que la fundación ha recuperado el 98 por ciento de los créditos otorgados, cifra que supera largamente la cartera crediticia de cualquier banco nacional y denota la respuesta positiva de la gente al sistema. Por eso, estimo que es merecida la nominación al Premio Nobel de la Paz de un hombre que cree en la persona, en su esfuerzo y su trabajo. El proyecto del señor Yunus no sólo ha introducido un sentido de superación en muchas de las familias pobres que se han visto beneficiadas, sino que también ha contribuido a la superación de la pobreza en el mundo. Por eso, pido que el proyecto de acuerdo se apruebe por unanimidad. El señor JARPA (Vicepresidente).- Para hablar en contra, ofrezco la palabra. Ofrezco la palabra. Cerrado el debate. En votación el proyecto de acuerdo. ¿Habría unanimidad?El señor MORA.- Señor Presidente, pido que se vote. El señor JARPA (Vicepresidente).- En votación. -Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 41 votos. No hubo votos por la negativa ni abstenciones. El señor JARPA (Vicepresidente).- Aprobado. -Votaron por la afirmativa los siguientes señores diputados: Barros, Bauer, Bayo, Becker, Bertolino, Cardemil, Cristi (doña María Angélica), Delmastro, Díaz, Egaña, Forni, Galilea (don Pablo), García-Huidobro, González (doña Rosa), González (don Rodrigo), Guzmán (doña Pía), Hernández, Ibáñez (don Gonzalo), Jarpa, Kast, Kuschel, Leay, Longton, Longueira, Masferrer, Melero, Molina, Monckeberg, Norambuena, Ortiz, Pérez (don Víctor), Prieto, Saffirio, Salaberry, Sepúlveda (doña Alejandra), Tuma, Ulloa, Uriarte, Urrutia, Varela y Von Mühlenbrock.VII. INCIDENTESHOMENAJE A LAS FUERZAS ARMADAS Y DE ORDEN. PRECISONES SOBRE EL 11 DE SEPTIEMBRE. El señor JARPA (Vicepresidente).- En Incidentes, el primer turno corresponde al Comité de la Unión Demócrata Independiente. Tiene la palabra el diputado Jorge Ulloa. El señor ULLOA (de pie).- Señor Presidente, considero indispensable rendir un homenaje a quienes siempre han tenido un solo objetivo y una sola meta: Chile. Me refiero a las Fuerzas Armadas y de Orden, que, el 11 de septiembre de 1973, decidieron, por un clamor ciudadano, interrumpir lo que venía amenazando como una gran noche negra a nuestro país. Al respecto, tengo absolutamente claro que hoy existen, sobre ello, visiones distintas. Sin embargo no puedo dejar de decir que somos muchos, millones, los que damos las gracias permanentemente a las instituciones que se convirtieron en la salvaguardia que tuvo Chile para su posterior crecimiento y desarrollo. Es necesario entregar no sólo la visión político-partidista que pudiera ser crítica, sino que es estrictamente indispensable remitirse a los hechos, a los hechos de quienes la vivieron y fueron parte de quienes tomaban las decisiones en aquel período. Alguien escribió una larguísima carta -de cerca de catorce páginas-, de las cuales sólo me voy a permitir extraer algunos párrafos. Frente a la pregunta de qué ocurrió en Chile, el ex Presidente Eduardo Frei Montalva señalaba: “Este régimen -refiriéndose a la Unidad Popular y al Presidente Allende- fue siempre minoría y nunca quiso reconocerlo.” Agregaba: “No sólo fueron minoría en el Parlamento. Fueron minoría en los municipios, en las organizaciones vecinales, profesionales y campesinas, en los principales sindicatos industriales y mineros y fueron derrotados en todas las organizaciones universitarias en que votaban los académicos y los estudiantes.” “En vez de reconocer este hecho”, añadía el ex Presidente Frei Montalva, “se trataba, de manera implacable, de imponer un modelo de sociedad inspirado claramente en el marxismo leninismo. Para lograrlo, aplicaron torcidamente las leyes o las atropellaron abiertamente, desconociendo los tribunales de justicia. Cada vez que perdían una elección en las organizaciones sindicales, campesinas o estudiantiles, desconocían el hecho y creaban una organización paralela afecta al gobierno.” También decía que el Congreso reclamó continuamente, durante tres años, la violación de las leyes y el atropello del derecho, sin ser oído, y que esto culmina cuando, aprobadas dos reformas constitucionales, el Presidente de la República, a la sazón don Salvador Allende, se negó a promulgarlas. Buscando un pretexto para no hacerlo, recurre, primero, al Tribunal Constitucional, el cual dio la razón al Congreso. Sin embargo, eso también fue inútil. Pretendió, después, promulgar esas reformas de manera trunca, o sea, omitiendo parte del texto, lo que rechazó la Contraloría General de la República. ¿Qué hizo entonces el Presidente de la República don Salvador Allende? Se negó, lisa y llanamente, a respetar la decisión del Congreso Nacional. Esta extensa carta no hace sino mostrar un escenario dramático en que la fractura del sistema político-constitucional había llegado a un punto de no retorno. El ex Presidente Frei Montalva continuaba señalando que el fondo del problema era que este gobierno -refiriéndose al Presidente Allende- era minoritario y que se presentaba, por una vía legal y pacífica, hacia el socialismo, pero que estaba absolutamente decidido a instaurar en el país una dictadura totalitaria y que así lo señalaron no sólo la Corte Suprema, la Contraloría y el Congreso, sino también en su declaración el Colegio de Abogados. El ex Presidente Frei Montalva señaló que se agregó el Colegio Médico, que tradicionalmente había apoyado al señor Allende. Todo ello condujo a una situación extraordinariamente crítica. Pero como esta carta es muy conocida y se apela, a veces, a ella descalificándola, me remitiré a otras declaraciones del ex Presidente de la República Eduardo Frei a un diario español, donde señala que “La gente de Europa no se imagina lo que era esto. Este país está destruido, no saben lo que ha pasado. Los medios informativos callaron lo que estaba ocurriendo desde el año 1970 en que Salvador Allende, rompiendo todas sus promesas y alejándose de la legalidad, inicia una obra de destrucción sistemática de la Nación, o sencillamente dieron noticias falsas al mundo.” El mundo no sabe que el marxismo chileno disponía de un armamento superior en número y calidad al del Ejército. Un armamento para más de 30 mil hombres, en circunstancias de que el Ejército chileno no supera normalmente esa cifra. ¡Qué diferencias! ¡Qué curiosidad! Algunos que llamaron a las armas y a la sublevación, hoy señalan que apenas tenían unos cuantos fusiles. En esa entrevista, el ex Presidente Frei expresa que la guerra civil estaba perfectamente preparada por los marxistas, y eso es lo que el mundo desconoce o no quiere conocer. Reitero en esta Sala, para todo Chile y para la memoria histórica del país que “los militares han salvado a Chile y a todos nosotros, cuyas vidas no son tan importantes como las de Chile, pero son vidas humanas, y muchas y todas amenazadas perentoriamente”. En esa entrevista, se preguntaba Eduardo Frei Montalva por qué se ha mentido en el mundo, por qué en Europa donde no conocían a Salvador Allende, ni estaban al tanto de nuestros dramas, que son muchos, se idealiza a un hombre tan frívolo, más frívolo política que moralmente como Allende. Cuando un gobierno se niega a cumplir las leyes sociales, desatiende las advertencias del Colegio de Abogados, insulta y desobedece al Tribunal Supremo, menosprecia a la inmensa mayoría del Congreso Nacional, provoca el caos económico, detiene y mata a obreros, arrasa con las libertades individuales y políticas, desabastece el mercado, se producen en un país condiciones que no se han producido nunca como en Chile tan claras y abundantes en la historia del mundo, nace el derecho a rebelión y se convierte en un deber. He mencionado las palabras del ex mandatario para mostrar que el derecho a rebelión, como lo planteaba Santo Tomás de Aquino, estaba dado con todas sus condiciones el 11 de septiembre de 1973. Pero no sólo una persona señala esto. También están los dichos de alguien que hace pocos días dijo que Eduardo Frei Montalva era un golpista. Y aun más, es el propio ex Presidente de la República, Patricio Aylwin, quien en un discurso pronunciado en la avenida Grecia señaló que “Nos hemos reunido para repudiar las burdas maniobras con que se pretende sembrar el odio y la cizaña en nuestro pueblo y decir ante la faz de Chile y el mundo que no nos dejaremos engañar, envilecer ni dividir.” Son tantas las expresiones de aquellos que hicieron posible el 11 de septiembre de 1973, que lo impulsaron y lo empujaron y que hoy lo desconocen, tratando de borrar con el codo lo que firmaron con la mano en el pasado, que no puedo sino desde esta tribuna decir que nuestras Fuerzas Armadas actuaron exclusivamente por un imperativo moral. Quiero rendir homenaje en esta oportunidad a cuatro soldados que vistiendo distintos uniformes, pero con un mismo objetivo, que era el bien del país, guiaron a sus respectivas instituciones para sacar a Chile de su postración y llevarlo a los niveles actuales, de los que todos podemos decir que nos sentimos orgullosos. Me refiero al comandante en jefe del Ejército de la época, general Augusto Pinochet Ugarte, el viejo infante de la Patria que hoy, enfermo pero siempre con ganas de servir a Chile, ha planteado que no quiere ser motivo de desunión; a los entonces comandante en jefe de la Armada, almirante José Toribio Merino Castro; al comandante en jefe de la Fuerza Aérea, general Gustavo Leigh Guzmán, y al general director de Carabineros, César Mendoza Durán. En ellos básicamente quiero reflejar la conducta de los soldados chilenos de asumir, frente al desastre que vivía Chile, la sagrada obligación no sólo de cuidar nuestra Patria, no sólo de cuidar nuestras fronteras, sino también de salvar el ser nacional. Sinceramente, espero que, en algún minuto, Chile recuerde y no haga aplicable una vieja frase que dice que, “cuando la Patria está en peligro, el pueblo recurre a sus soldados y les pide ser héroes. Cuando el peligro ha pasado, los soldados son humillados y sus héroes, olvidados”. He dicho. -Aplausos.SITUACIÓN DE LOS MEDIOS DE COMUNICACIÓN DURANTE EL GOBIERNO DE LA UNIDAD POPULAR. El señor JARPA (Vicepresidente).- Tiene la palabra el diputado señor Andrés Egaña. El señor EGAÑA.- Señor Presidente, en los últimos días, distintos medios de comunicación han transmitido una cantidad impresionante de programas con motivo de los treinta años del 11 de septiembre. He visto varios, pero, lamentablemente, en su mayoría, han sido poco objetivos. Se ha querido cambiar absolutamente los hechos que ocurrieron durante el gobierno de la Unidad Popular, lo que, en definitiva, originó la intervención de las Fuerzas Armadas, el 11 de septiembre. Trataré de hacer un breve resumen de lo que realmente sucedió con los medios de comunicación de la época. Eché de menos reportajes sobre la situación de los medios de comunicación, realizados por los propios medios. Sería sumamente útil para tantos jóvenes que actualmente estudian periodismo y para tantos otros que, como aquí se ha señalado, más del 50 por ciento no habían nacido hace treinta años. El objetivo del gobierno de la Unidad Popular era controlar los medios de comunicación y asfixiarlos económicamente, como sucedió con varios de ellos que sucumbieron frente a esas maniobras y fueron comprados o intervenidos. ¿En qué situación se encontraban los medios de comunicación durante dicho gobierno? En cuanto a la prensa escrita, el diario “El Mercurio” y su cadena regional fueron perseguidos implacablemente, incluso clausurados. Se pretendió, a través de la estatización de la Papelera, suprimirle su materia prima, el papel. El diario La “Nación” era controlado por el gobierno de la época; el diario “El Siglo” pertenecía al Partido Comunista; el diario “Las Noticias de Última Hora” era del Partido Socialista; el diario “El Clarín”, que pertenecía a ese oscuro personaje, Darío Saint-Marie, estaba al servicio del gobierno de Allende; el diario “La Tercera” pertenecía a la familia Picó Cañas; el diario “La Prensa” estaba ligado a la Democracia Cristiana; el diario “Tribuna”, al Partido Nacional, cuyo director fue varias veces detenido, y el diario “Puro Chile” era del Partido Comunista. En cuanto a la radiodifusión, las radios Portales, Corporación y Magallanes dependían directamente del gobierno de la Unidad Popular. La radio Nacional era la voz del MIR; la radio Candelaria, del Mapu; la radio Luis Emilio Recabarren, de la CUT, que era manejada también por la Unidad Popular. Las únicas dos radios que podían dar una información de lo que realmente sucedía en el país eran la radio Agricultura y, particularmente, la radio Balmaceda. -El diputado Mora puede corroborar lo que estoy diciendo-. En cuanto a los canales de televisión, Televisión Nacional, que era el único medio que llegaba a todo el país, estaba absolutamente al servicio de la Unidad Popular. El Canal 9, de la Universidad de Chile, había sido tomado por los elementos del MIR, dado que en la elección de rector habían sido derrotados los sectores de la Unidad Popular y se resistían a entregar el canal a la autoridad democráticamente elegida. El Canal 13, cuya dirección ejecutiva ejercía el padre Raúl Hasbún, era objeto de una persecución feroz por parte del gobierno de entonces, que le negaba las divisas para comprar equipos y renovar su material y le impedía su extensión amparándose en resquicios legales. Ésa era la situación de los medios de comunicación durante la Unidad Popular. Se buscaba el control total para la instauración de la revolución socialista en Chile, tal como le había recomendado Fidel Castro a Salvador Allende, durante la visita que, por más de treinta días, realizó a nuestro país. Pero, a mi juicio, el principal daño del gobierno de Allende y de los periodistas de la Unidad Popular fue la utilización y aplicación de un tipo de periodismo en el que la siembra del odio y la descalificación eran increíbles. He traído sólo una muestra para que los diputados y la opinión pública puedan hacerse una idea de lo que estoy aseverando y para dar cuenta de hechos que mucha gente ha olvidado. Tengo en mis manos un ejemplar del diario “Las Noticias de Última Hora”, del 17 de abril de 1973, que en su editorial, titulado “Traidores y Carajos”, dedicado a la Democracia Cristiana, dice: “Una nueva ofensiva reaccionaria enfrentan el pueblo y el Gobierno Popular, encabezada ahora por los felones de la Democracia Cristiana. Con entusiasmo, desplazaron a los nazis del Pe-Ene del liderazgo opositor y anuncian el fuego de los infiernos en contra del Gobierno de los trabajadores...”. Agrega más adelante este diario del Partido Socialista: “Los Fuentealba, los Moreno, los Hamilton y los Zaldívar, mediocres lameculos de la burguesía de este país, embarcan nuevamente a su partido en la defensa de los patrones y de sus empresas. “Buena manera de encandilar a los millones de chilenos que ahora ven más claro lo que en esa época la izquierda denunció como la campaña del terror...”. Y, más adelante, continúa: “Los compraron hasta los huesos, con timbre, con todo. ¡Putas, simplemente putas!, y con el perdón de las compañeras de la noche”. “Como chilenos, señores dueños de la Democracia Cristiana, Frei, Carmona, Pareto y CIA están marcados por la traición (con mayúsculas). Vendieron su alma a los intereses de un país extranjero... Desparramaron inmundicia y carroña al espíritu de los chilenos, generando el odio, el temor, el miedo. Con dólares yanquis orquestaron los más colosales himnos al cinismo y el oportunismo político.”, señala al término del editorial. Después de escuchar esto, ¿alguien puede desconocer quiénes fueron los principales sembradores del odio para que, en definitiva, se produjeran los sucesos del 11 de septiembre de 1973? Para terminar, quiero reiterar, aquí, la parte final de la declaración que la UDI emitió en el día de hoy, a través de su Presidente, con motivo del 11 de septiembre: “Después de 30 años la Unión Demócrata Independiente constata con satisfacción y esperanza que Chile y el mundo han cambiado; que cayeron muros; que las ideologías extremas están en retirada, mientras avanzan las ideas de la libertad; que hay una mayor valoración por el ser humano y sus derechos; que muchos más creen que el Estado está al servicio de la persona y no al revés; que hoy son más los que creen en la democracia para cambiar la sociedad que los que propician la violencia y siembran el odio”. “Todo lo anterior es un cambio positivo, en el cual siempre hemos creído y que debemos fortalecer, porque nuestra principal misión es el futuro: derrotar la pobreza y crear una patria más grande, más libre y más justa.”. He dicho. -Aplausos.REFLEXIONES SOBRE SIGNIFICADO DE LA FECHA DEL 11 DE SEPTIEMBRE DE 1973 EN NUESTRA HISTORIA. El señor JARPA (Vicepresidente).- En el tiempo del Comité de la Democracia Cristiana, tiene la palabra el honorable diputado Eduardo Saffirio. El señor SAFFIRIO.- ¿Que hecho histórico, señor Presidente, ocurrió hace 30 años? El quiebre de la democracia en Chile, el bombardeo del palacio de la Moneda y la muerte del Presidente constitucional. El reemplazo de las normas de la Constitución Política del Estado, de 1925, por decisiones impuestas por la fuerza y la violencia. Por eso es que hoy digo que ése fue un día aciago. No hay nada que celebrar, nada que homenajear. Sí mucho que lamentar y que condenar. Señor Presidente, tengo pocas dudas de que si hoy en esta Cámara estuvieran representantes de los partidos históricos de la derecha, me refiero a Liberales y Conservadores, concordarían con estos juicios y también lamentarían y condenarían el quiebre democrático y la ruptura constitucional. Liberales y Conservadores siempre fueron coherentes. Reivindicaron a Portales que aplastó al militarismo, y por eso nunca se plegaron masivamente a liderazgos cuarteleros. Su fina inteligencia, cultura histórica, jurídica y de humanidad no los habría llevado a tomar otro camino, y, por supuesto, menos habrían estado dispuestos para pseudos homenajes a los golpistas; seudo homenajes, matonescos, ridículos, e iletrados. Hoy se conmemora, repito, una fecha aciaga en la historia de la República, y no sólo por el reemplazo de la democracia política por un gobierno de facto, por una dictadura que surgió de un golpe de Estado y gobernó hasta el final fundándose en la fuerza. No en el consenso, ni en las elecciones. Que mató desde el primero hasta el último día, como lo prueba no sólo el bombardeo de la Moneda sino también el asesinato en las calles de Santiago de Jecar Negme, asesinado después del plebiscito del 5 de octubre y poco antes de la elección presidencial de diciembre de 1989. Como es de conocimiento público señor Presidente, mi partido, la Democracia Cristiana, no tuvo una posición única frente al golpe de Estado. Unos, la mayoría, la directiva nacional, lo lamentaron. Otros, 13 altos dirigentes, lo condenaron el 13 de septiembre de 1973. Quiero decir, señor Presidente, que no achica a Patricio Aylwin, presidente nacional de la Democracia Cristiana en ese minuto, sino que al contrario, lo enaltece, el que haya reconocido públicamente en la década de 1990 que, a la luz de los hechos, fue mucho más correcta históricamente la declaración “de los trece”, que la declaración oficial de nuestro partido. Pero unos y otros, la directiva nacional de la Democracia Cristiana y los trece dirigentes que condenaron el golpe, pidieron tres cosas: Respeto a la memoria del presidente muerto, respeto a los derechos humanos y respeto a las conquistas sociales legítimas que habían conseguido empleados, obreros, campesinos y pobladores prácticamente durante los 100 últimos años de la historia de la República. Desde Balmaceda, de Arturo Alessandri, de los gobiernos radicales, del gobierno demócrata cristiano. Nada de eso se escuchó ni se cumplió. Y por eso los demócrata cristianos fuimos masivamente opositores a la dictadura militar, por eso formamos la Concertación, por eso ganamos el 5 de octubre de 1988 y hemos dado ya tres gobiernos democráticos a Chile, aliados con nuestros socios de la Concertación. Las fuerzas políticas que conformamos esta coalición fallamos en 1973. Ni nosotros ni nuestros liderazgos estuvieron, en general, a la altura del desafío que imponía la amenaza autoritaria. Cegados también por el ideologismo y la polarización política no escuchamos a quienes con lucidez alertaban sobre el peligro inminente. Si a alguien hay que recordar en esta fecha y rendirle homenaje no es a los carceleros de septiembre, sino que a personas como Raúl Silva Henríquez, cardenal de la iglesia católica, a Carlos Briones, ministro del Interior a finales del gobierno de Allende, a nuestro camarada, ex diputado, Bernardo Leighton. Y, sobre todo si aquí vamos a nombrar soldados, recordemos a los tres generales constitucionalistas Carlos Prats, Mario Sepúlveda y Guillermo Pickering. Este último, que me honró con su amistad, a quien hoy día recuerdo con emoción, y sin dejar de mencionar en esta Cámara que el general Pickering murió militando en nuestro partido, la Democracia Cristiana. Pero, porque socialistas, PPDs, radicales y demócrata cristianos aprendimos del dolor y la derrota, luego del golpe de Estado, creo que en estos años no hemos fallado en lo sustancial. Los pueblos no creen en los soberbios, ni en quienes autopredican, infantilmente, presuntas infalibilidades. El pueblo, supremo juez temporal en democracia, nos ha otorgado su confianza -y hasta hoy la Concertación ha ganado todas las elecciones populares de los últimos 15 años- justamente porque nos ha visto capaces de reconocer errores y de hacer una autocrítica. La confianza popular expresada en las urnas es el mayor llamado a la Concertación para recordarnos que no tenemos derecho a dividirnos, si queremos consolidar la democracia, avanzar en la justicia social y ampliar los espacios de pluralismo y tolerancia en esta sociedad. Radomiro Tomic gustaba citar el profeta Isaías y nos recordaba “donde no hay visión perece el pueblo”. Las mayorías nacionales no sólo confían en nosotros, sino que nos exigen capacidad de visión y de unidad para seguirlos representando. Por eso, de esta autocrítica ya han surgido tres gobiernos de la Concertación con grandes avances para Chile. De la tarea permanente de esforzarnos por ser mejores y cada día más fieles a las mayorías populares que representamos, puede surgir el renovado proyecto de futuro, al cual nos llamaba hace algunas semanas el ex Presidente Eduardo Frei Ruiz-Tagle. El mayor homenaje a la historia republicana que puede hacer la Concertación es ganar el futuro. Por eso es que ha sido tan oportuna la declaración de siete u ocho centros de estudios concertacionistas: Asuntos Públicos, Centro de Estudios Avance, Centro de Estudios del Desarrollo, Corporación Tiempo 2000, Ciudadanía Activa, Fundación Chile 21, Fundación Eduardo Frei y Sur Profesionales, quienes, junto con recordarnos los errores y hacer la autocrítica, realizan un balance maduro de lo mucho que hemos hecho por Chile y por su pueblo en estos 13 años de democracia como Concertación. Con errores y con fallas como cualquier obra humana. Pero ninguno de nosotros ha necesitado ver las publicaciones del censo para saber que hemos avanzado no sólo en la consolidación de la democracia, no sólo en terminar con las violaciones a los derechos humanos, sino que también en conquistas sociales y en ampliar las libertades culturales. Pero lo que importa hacia adelante es el futuro. Hemos dejado atrás, gracias a Dios, el terror de una dictadura criminal que terminó con conquistas sociales centenarias. Pero hoy hay que asumir nuevos temores de los chilenos: Frente a un proceso de globalización, que tiene luces y sombras, que abre oportunidades, pero que también genere amenazas, u otras inseguridades, que surgen del temor a la delincuencia, al poder desnudo del dinero, a la vejez sin pensiones, a las enfermedades sin cobertura, al desempleo, a la cesantía, a que se cierren los caminos para los jóvenes. Por eso estos centros nos llaman “a enfrentar los nuevos desafíos de cara al bicentenario, para formular un proyecto de país integral, que aborde las compatibilidades entre crecimiento económico, sustentabilidad y equidad social, entre desarrollo económico y desarrolló político, social y cultural, entre Estado y mercado, entre globalización y protección de la identidad local. Entre los desafíos propios de la sociedad del conocimiento y la modernidad tardía que enfrenta el país. A asumir los cambios experimentados por el país gracias a nuestro esfuerzo en estos trece años y de los que hemos sido protagonistas para abrir un nuevo espacio al crecimiento acelerado, para abrir nuevos espacios a los derechos y a las libertades ciudadanas. Para avanzar en el perfeccionamiento y profundización de nuestra democracia y en grados superiores de equidad y justicia social”. Sabemos que “somos parte de una de las coaliciones más estables, exitosas y duraderas de nuestra historia”, han dicho estos centros. Compartimos una trayectoria de realizaciones que le han cambiado el rostro al país y eso nos compromete para construir un nuevo proyecto histórico de futuro. Quiero decir que los diputados demócrata cristianos estamos dispuestos a asumir ese desafío, al cual nos llaman los centros intelectuales concertacionistas, para ser cada día mejores en el contacto con las mayorías populares que nosotros representamos en nuestros distritos, para discutir con ellos no sólo como hacemos del gobierno del Presidente Lagos un tercer gobierno exitoso, sino, sobre todo, cómo ganamos el futuro junto con nuestros aliados socialistas, PPD y radicales para seguir conduciendo a este país y ensanchando las alamedas para las mayorías populares. He dicho. -Aplausos. El señor JARPA (Vicepresidente).- Queda un minuto del Comité Demócrata Cristiano. Ofrezco la palabra. Ofrezco la palabra. En el tiempo del Comité del Partido por la Democracia, tiene la palabra el diputado Eugenio Tuma. El señor TUMA.- Señor Presidente, hace algunos días, en esta Cámara de Diputados, la Concertación ya rindió un homenaje al ex Presidente Allende y a todos los que entregaron su vida defendiendo la libertad y la democracia. Aunque no tenía la intención de intervenir en la presente sesión, quiero adherirme a las valientes palabras expresadas por el diputado Eduardo Saffirio. Además, quiero rechazar el intento de la Derecha, que con sus intervenciones en el día de hoy, ha tratado de poner una cuña en la Concertación. A la Concertación no la divide la Derecha; tiene muy claro cuál es su norte. La Concertación va a seguir trabajando por perfeccionar esta democracia imperfecta, la que hemos soportado durante trece años. La Concertación va a seguir bregando para que en algún momento cambiemos esta Constitución Política, verdadera camisa de fuerza para el país, con un sistema binominal que no representa los deseos de los chilenos y que no permite hacer los cambios que la sociedad entera quiere. Este 11 de septiembre nos recuerda una fecha dramática, no sólo para Chile, sino también para Estados Unidos, que conmemora dos años de ese atentado terrorista a las Torres Gemelas que, en su oportunidad, condenamos. De la misma manera, condenamos ese golpe militar, que no duró un día -no fue como el atentado a las Torres Gemelas-, sino diecisiete años. Fueron diecisiete años de ignominia, de sufrimiento, de apoderarse de la riqueza de los chilenos. Porque no sólo se adueñaron del poder, del control del aparato del Estado, pues también se quedaron con sus riquezas. Ministros y gerentes compraban y se vendían a sí mismos las riquezas y diferentes empresas del Estado. Y hoy un diputado de la UDI viene a defender ese golpe de Estado, a esos generales que fueron llamados traidores y rastreros, para defenderse a sí mismo, para defender sus intereses personales, los intereses de una clase incapaz de ganar el poder por la vía electoral. En 50 años, la Derecha no ha sido capaz de ganar una elección por la vía electoral. No ha sido capaz de eso; y, sin embargo, siempre se ha cobijado en las fuerzas armadas. Se fue a colocar debajo de las polleras de las fuerzas armadas para que esos generales rastreros interrumpieran la democracia, que era nuestro orgullo. Pudimos haber cometido muchos errores -lo hemos reconocido-, pero ellos no justificaban las vidas que troncharon, para actuar del modo que lo hicieron, para martirizar a tanto chileno, para humillar a un país entero durante tantos años. Felizmente, el 5 de octubre, marcó una fecha en la historia de Chile mucho más importante que el 11 de septiembre, porque ahí se levantó el país, se expresaron las fuerzas amantes de la libertad, de la democracia. Ahí están la Democracia Cristiana, el Partido Radical Social Demócrata, el Partido Socialista y el Partido por la Democracia, trabajando en torno a los quehaceres de los chilenos, en torno a lo que aman los chilenos: la libertad. Podemos tener diferencias, pero nunca ellas terminarán en violencia, menos como la ocurrida durante tantos años en Chile. No vamos a justificar un hecho de violencia por respeto de un derecho determinado, para un grupo de intereses determinado. No hay nada que justifique el atropello a la vida de un niño, de un hombre, de una mujer, de un anciano. Eso es lo que defendió Salvador Allende. Lo que más apreciaba en su vida era su propia vida y fue capaz de entregarla por nosotros, por Chile y por su pueblo. He dicho.CELEBRACIÓN DE EUCARISTÍA EN LA CÁMARA DE DIPUTADOS CON MOTIVO DEL 11 DE SEPTIEMBRE. El señor JARPA (Vicepresidente).- Tiene la palabra el diputado señor Jaime Quintana. El señor QUINTANA.- Señor Presidente, en relación con el 11 de septiembre, me voy a permitir hacer un comentario. Tal vez, con el afán de bajarle un poco la intensidad y odiosidad a este debate y a otros que hemos escuchado en el hemiciclo, cuando no nos hacemos cargo del pasado, de las responsabilidades y cuando se defiende un régimen dictatorial, de la forma que hemos oído. En ese clima, al cual poco aportamos, me quedo con algo que un grupo de parlamentarios vivió hace pocos instantes aquí en la Cámara. Una forma muy particular, pero muy necesaria de homenajear este 11 de septiembre, ha sido con la celebración de una eucaristía en la capilla del Congreso. Desnudando nuestra alma ante Dios, podemos hacernos cargo de los errores del pasado y podemos aportar, verdadera y decididamente, a crear la convivencia que perdimos hace 30 años. He dicho.REALIZACIÓN DE OBRAS DE SERVICIO PÚBLICO EN VILLA CAPRICHO DE COMUNA DE GALVARINO. Oficios. El señor QUINTANA.- Señor Presidente, como el país no comienza hoy ni puede quedarse en el pasado, en los breves minutos que le restan a la bancada, deseo referirme a la esencia de lo que representamos en el Congreso, a la ciudadanía, a un tema de mi distrito. Solicito enviar oficio a la Dirección de Obras Hidráulicas de la región de La Araucanía a fin de que reponga la bomba del agua potable rural de la Villa Capricho, de la comuna de Galvarino, pues ha estado fallando en forma reiterada. Por ello, se ha debido usar agua de un canal de regadío, altamente contaminado, que pasa por fundos y parcelas. Me refiero al canal de regadío Chufquén, de Galvarino. Por lo tanto, es urgente efectuar el estudio de mejoramiento para sacar agua de napas del sector. Espero que el oficio a la Dirección de Obras Hidráulicas tenga una pronta respuesta. En segundo lugar, también respecto a la Villa Capricho, de Galvarino, pido que se oficie a la Dirección Regional de Vialidad con el fin de que se evalúe lo que está ocurriendo en el camino asfaltado Galvarino-Traiguén, destruido por camiones cargados de madera, lo cual ha traído como consecuencia numerosos accidentes con muerte de peatones. Se hace necesario, repito, una evaluación de Vialidad con el objeto de hacer un roce en la cercanía del camino, donde hay arbustos que restan visibilidad a los pobladores del sector y a los vehículos que transitan por ese lugar. He dicho. El señor JARPA (Vicepresidente).- Se enviarán los oficios solicitados por su señoría.OTORGAMIENTO DE BONO A TRABAJADORES DE CONSTRUCCIÓN DE PLANTA DE CELULOSA EN SAN JOSÉ DE LA MARIQUINA. Oficios. El señor JARPA (Vicepresidente).- En el tiempo del Partido por la Democracia, tiene la palabra el diputado Enrique Jaramillo. El señor JARAMILLO.- Señor Presidente, hace varios meses intervine en esta Sala para dar cuenta de una serie de situaciones irregularidades en la instalación de faenas en la construcción de una planta de celulosa en Valdivia. Dicha construcción, que ha ocupado cinco mil trabajadores, está llegando a su fin y con ello comienza la desvinculación laboral de sus empleados, quienes, con justicia, reclaman de parte de los contratistas y de la empresa que encargó la obra, Celulosa Arauco, un bono por término de faena. Esta práctica es común en esta clase de obras de infraestructura privada y, por ello, los trabajadores pusieron todo su empeño para terminar la obra antes de lo presupuestado por la parte empresarial. Lamentablemente, tanto la empresa contratista Sigfredo Copper como la empresa Celulosa Arauco, además de negarse a hacerse cargo del bono, poco a poco han comenzado a liquidar los contratos, lo cual ha motivado la movilización de los trabajadores, quienes han paralizado las faenas que aún restan en un gesto de molestia por la actitud patronal. Sé de la preocupación del ministro del Trabajo sobre la materia, quien ha dispuesto que el seremi del ramo se reúna con las partes para tratar de acercar posiciones. Lamentablemente, la inflexibilidad empresarial ha hecho infructuoso este esfuerzo de mediación, lo cual ha agudizado el conflicto. En esta Sala hemos insistido fuertemente, a través de los años, acerca de la necesidad de construir una economía generosa con los trabajadores y los empresarios y, en este caso, vemos como ese llamado a quienes obtienen importantes lucros, muchas veces, a los mal remunerados no les entregan la posibilidad de acercar posiciones. Se debe avanzar en una legislación que evite que el contrato de obras termine transformando a los trabajadores de la construcción, industria cada vez más pujante, en temporeros. Hago un llamado a las empresas a flexibilizar posiciones y, a los trabajadores les entrego, desde este hemiciclo, mi saludo solidario y comprometido con sus demandas, por considerarlas justas y oportunas. Pido que, por intermedio de la Gobernación de Valdivia, se haga llegar copia de mi intervención a la Central Única de Trabajadores de Valdivia, y al Sindicato de Trabajadores de la Celulosa de San José de La Mariquina. He dicho. El señor JARPA (Vicepresidente).- Se enviarán los oficios solicitados por su señoría.PROPUESTA PARA LA REUNIFICACIÓN DE CHILE. El señor JARPA (Vicepresidente).- En el tiempo del Comité Renovación Nacional, tiene la palabra la diputada señora Pía Guzmán. La señora GUZMÁN (doña Pía).- Señor Presidente, es triste hablar hoy, desde este hemiciclo casi vacío, sobre uno de los temas que más nos han conmovido en los últimos tiempos. Últimamente nos han recordado los tristes acontecimientos vividos hace mucho tiempo atrás, así como la infancia que nos tocó vivir, entre la violencia y las piedras. Cuando escuché ayer a la diputada señora Carolina Tohá referirse al tema desde su tribuna, ahora vacía, realmente la comprendí, me puse en su lugar. Señaló que su mundo se había destruido en un día como hoy, hace treinta años, cuando su padre murió días después del golpe. También, se refirió al exilio que debió vivir y a muchas otras cosas que le generaron dolor y sufrimiento. De verdad me pongo en su lugar y la comprendo. Me duele lo que debió vivir en esa época, tanto ella como nuestro país. No obstante, la comprensión y el dolor que sentimos no debe hacernos olvidar que había una situación que era imposible seguir aceptando en el Chile que estábamos viviendo. Por eso, solicito a la diputada señora Carolina Tohá y a los otros colegas de su sector político, como el diputado señor Camilo Escalona, que también se pongan en mi lugar, en mis zapatos. Para mí el 11 de septiembre de 1973 fue un día de liberación, que se debe conmemorar, pues significó la liberación de la arbitrariedad, la injusticia, la violencia y el miedo. Si hay algo que deben asumir las fuerzas de la Izquierda de la Concertación es que crearon miedo y temor en la ciudadanía. ¿Cuál era el eslogan en ese momento?: “Los momios al paredón y las momias al colchón”. Eso es lo que vivíamos; en ese ambiente nos criamos. ¿Acaso era ese un ambiente sano, un país vivible para los niños, los adolescentes y los adultos, que tenían que darnos en esos momentos formación, educación y entregarnos un futuro? ¡Por supuesto que no! La Izquierda debe hacerse responsable de que sembró odio. Además, debe asumir que nos convencieron -porque efectivamente le creo a Carlos Altamirano cuando señala que nada más tenían mil quinientas armas, no las ciento cincuenta a las que se refirió ahora- que todos los cordones industriales estaban armados. Las fuerzas armadas y Carabineros también lo creían, y actuaron conforme al temor que existía. La Izquierda debe aceptar lo acontecido en esa época, así como muchos de mi partido y de la Unión Demócrata Independiente lo han hecho, por lo que están tratando de colaborar para lograr una solución al problema de los derechos humanos de muchas personas. ¡Pónganse en nuestro lugar y comprendan el miedo que sentíamos! Si alguno de los presentes ha visto la serie de tres videos sobre la Unidad Popular llamada “La batalla de Chile”, realizada por Patricio Guzmán, que es de Izquierda, podrá aceptar que el golpe militar era lo que correspondía, debido a las condiciones que se vivían en esa época. Al respecto, el informe Rettig señala: “La Unidad Popular condujo a un quiebre institucional y a una división entre los chilenos que hizo más probable que se dieran las violaciones a los derechos humanos”. No lo digo yo, sino el informe Rettig. “La batalla de Chile” demuestra cómo los discursos de Garretón, de Altamirano y de otros nos conducían al despeñadero, quizás a una dictadura de otra ideología. El francés Ernest Renan escribió en 1882 que una nación es un alma. Dos cosas, que en realidad son sólo una, constituyen esta alma; una, el pasado, la otra, el presente; una, la posesión en común de un rico legado de memorias, la otra, el consentimiento actual, el deseo de vivir juntos, la voluntad de seguir apreciando la herencia recibida como una posesión en común. Creo que el alma de muchos chilenos, sobre todo de la clase política, está ciega, porque no estamos haciendo nación, no hemos generado una memoria común y no tenemos, muchas veces, el deseo de vivir juntos. Lo que está haciendo el gobierno en estos días -ayer y hoy- es sembrar la división y esto ha significado un retroceso gigantesco de los pasos dados desde que se creó la Comisión Rettig y la Mesa de Diálogo -recuerden la foto del general Salgado con Pamela Pereira dándose la mano-, ¿no era acaso ése el Chile que queríamos construir? Estos meses hemos vivido en forma diferente, en el pasado. Tampoco hemos querido asumir responsabilidades comunes por la odiosidad que se ha ido creando. Fracasaron los documentos del diputado Barrueto y del senador Andrés Zaldívar. ¿Por qué? Porque no tenemos posibilidades de acercarnos, porque estamos muy heridos, ustedes y nosotros. El 11 de septiembre de 1973 fue fruto de la Guerra Fría, que marcó dominios. Se construyó el muro de Berlín para separar una ciudad. En 1989 cayó. Vimos ese hecho por televisión como si fuera una fiesta. Y desde los 90 en adelante se usó mucho como metáfora. Yo lo utilicé porque era el signo de la libertad, el triunfo de la democracia, el triunfo de la reunificación de un pueblo y de un continente. Sin embargo, hoy podemos constatar nuestro propio “muro de Berlín”. Chile está dividido con un “muro de Berlín” que no nos deja ver al otro; que no nos deja traspasar los alambres y el cemento para ponernos en el lugar del otro, para que ustedes estén en nuestro lado. ¿Vamos a seguir así? ¿Así construiremos Chile en los próximos 30 ó 60 años? No quiero ese Chile, no quiero enseñarle a mis hijos ese Chile, Renovación Nacional no se la juega por ese Chile; al contrario, se la juega por la unidad, por la reunificación. Para que ese muro, ladrillo a ladrillo, por lado y lado, por occidente y oriente, lo vayamos botando. ¿Es posible para ustedes, Camilo, empezar a sacar los ladrillos de este “muro de Berlín”? He dicho. (Aplausos). El señor TUMA (Presidente accidental).- Tiene la palabra el diputado señor Francisco Bayo. El señor BAYO.- Señor Presidente, en 1973 yo era diputado, por lo cual tengo una experiencia que no tienen los colegas presentes. Hoy es un día no de celebración sino de recordación; pero como estoy consciente de que el espíritu que se vive es producto sólo de la acción del Gobierno, que nos tiende a dividir, quiero usar el poco tiempo de que dispongo para decir que nunca más en Chile debe pasar lo que pasó, pero debemos pelear con el fin de que nunca más en Chile haya un gobierno marxista, único responsable de lo que sucedió en 1973. Solicito formalmente que se incorporen a mi intervención los siguientes documentos: 1. El programa de gobierno de la Unidad Popular y las 40 medidas.2. Los mensajes presidenciales leídos en el Congreso Pleno por el presidente Salvador Allende.3. El acta de Fundación y Declaración de Principios de las Olas.4. El Estatuto de Garantías Constitucionales.5. La reforma a las tres áreas de la economía.6. Los comentarios del senador Patricio Aylwin al último mensaje presidencial de Salvador Allende.7. La carta del ex presidente Eduardo Frei.8. La declaración del 22 de agosto de la Cámara de Diputados de 1973, para que Chile conozca la verdad. He dicho. El señor TUMA (Presidente accidental).- En el tiempo del Comité Socialista y Radical, tiene la palabra el diputado señor Camilo Escalona. El señor ESCALONA.- Señor Presidente, el 11 de septiembre es uno de los días más difíciles y dolorosos de nuestra historia republicana. Hace treinta años murió Salvador Allende, se derrumbó la democracia y se instaló una cruenta dictadura. En las últimas semanas se han escrito miles de artículos, ensayos y libros interpretativos; se han producido impactantes reportajes televisivos y radiales; la sociedad chilena, en su conjunto, se interroga una y otra vez sobre esos hechos. No se trata de remover odios, como equivocadamente se ha dicho. La historia, por sí misma, no crea ni deshace hechos o circunstancias; la historia no se puede palpar, pero sus lecciones son penetrantes como el acero. Quienes no quieren recordar o se avergüenzan, tendrán sus motivos. Ante la fuerza de las lecciones de la historia, reaccionar con fanatismo sólo refleja soberbia e impotencia. El terrorismo de Estado no es la liberación de nada, es recluirse en ese mismo terror. Los efectos concretos y materiales de nuestro pasado reciente provocan y replantean un debate político y moral de la más grande importancia para Chile y para nuestra convivencia como nación. Se trata de un desafío inesquivable, que necesita una enorme lucidez y valentía de espíritu, porque requerimos convicciones esenciales que se transmitan a las nuevas generaciones. No nos podemos detener en lo pequeño y mezquino, como país en su conjunto precisamos rescatar lo fundamental. En este esfuerzo, debemos comenzar admitiendo que, frente a los hechos políticos, tenemos opiniones divergentes; es imposible que ello no ocurra. Existen y existirán visiones diferentes, no habrá una versión final. El régimen militar intentó estérilmente imponer una verdad oficial, de modo que si esa pretensión fracasó en dictadura, con mayor razón es inútil en democracia. En mi caso, como socialista, puedo afirmar que nosotros, menos que nadie, pretendemos imponer una verdad oficial. Luchamos por la libertad y el derecho de cada cual a tener su propia opinión y aceptarnos en la diversidad, pero eso exige rechazar el uso del crimen como arma política. En consecuencia, insistimos en la necesidad de hacer un esfuerzo real, con altura de miras, para que más allá de las opiniones propias, se puedan encontrar, frente a este día conmovedor, lecciones que sean comunes y que, incluso, inesperadamente, nos hagan coincidir acerca del futuro de Chile. A treinta años del quiebre institucional más cruento de nuestra historia republicana, existe ya, independientemente de cada actor individual, un sentido común del Chile que requerimos. Se trata de una interpelación profunda, de más allá del mundo político, que reclama y consolida en la conciencia del país la idea del “nunca más”. Sin duda, con ángulos diversos, pero sólo excluyendo a mínimas expresiones incorregiblemente dictatoriales, la nación chilena está por “un nunca más”. Creo que eso es lo más importante. Así lo han dicho desde el conjunto musical “Sol y Lluvia” hasta el comandante en jefe del Ejército, general Cheyre. Nunca más una crisis política que escape enteramente del control de sus propios actores y genere el espacio para que irrumpan poderes irracionales, nunca más actores civiles golpeando la puerta de los cuarteles, nunca más la cruenta y sistemática violación de los derechos humanos, nunca más detenidos-desaparecidos. Esta conciencia social del “nunca más”, verdadero acuerdo nacional no escrito, con toda su amplísima diversidad de expresiones históricas y emocionales, pero enteramente robusto y claro en su tronco principal, conlleva una voluntad política: que el bien común de la nación prevalezca en toda situación y circunstancia. El resultado de ello es muy claro: impide a todos y a cada uno empujar la controversia política y el conflicto de intereses al extremo en que los contendientes procuren la destrucción física del adversario. La preservación del ser humano está por encima del régimen social o económico. El “nunca más” es la reivindicación más apasionada, pero también más definitiva que debemos hacer del valor esencial y sagrado de la vida y de la dignidad humana, el pilar irremplazable de la paz y la estabilidad del país. Ese es el bien más precioso e intocable de nuestra civilización. Resulta repugnante, en consecuencia, el uso o la justificación de la tortura y de otras aberraciones contra las personas. Por eso, el bien común que resguarda la vida y la dignidad de todos no se puede destruir. Para que eso ocurra debe imperar una democracia sólida, sin quebrantos de ningún tipo. Ahora bien, ese “nunca más” que tiene a Chile y a sus hijos e hijas como su centro de gravedad, en ningún caso puede ser asumido como una intención de congelar sin transformaciones la convivencia nacional. El “nunca más” no es el fin de los sueños de justicia social y reivindicación de los más humildes. Muy por el contrario, es el compromiso que “nunca más” los sueños sean destruidos por la fuerza. En democracia es responsabilidad del sistema político encontrar los cauces constructivos que posibiliten que las controversias civiles por duras que parezcan se resuelvan por medios pacíficos, a través de métodos políticos que hagan imposible recurrir a la violencia fratricida entre ciudadanos de una misma patria. Chile ha ido forjando su camino, debe avanzar aún más, sin temores; reconstituyendo una institucionalidad plenamente democrática, reivindicando el valor ético, político y económico de un crecimiento solidario; retirando obstáculos para que haya verdad, justicia y reparación en derechos humanos. Sobre todo, recogiendo las vehementes aspiraciones de la juventud de vivir en un país, más hermanable, más afectivo y cariñoso. Chile debe asumir que el “nunca más” incorpora la voluntad nacional de evitar con justicia social, que se abran aquellos espacios de desigualdad e injusticia que desgarran el tejido social. Ése fue el desvelo de Salvador Allende y por esos sueños murió consecuentemente. Por todo ello, hay que concluir que la tarea de la política es hacer posible que los sueños e ideales existan junto a normas de convivencia que canalicen los anhelos sociales en instituciones democráticas, en cultura y en conductas que cotidianamente reparen las injusticias y posibiliten el espacio que a todos corresponden. La tarea política es lograr que los sueños se ejerzan en el uso irrestricto de la libertad de cada cual con el respeto a la vida y a la dignidad de todos. Muchos en estos días se han mostrado pesimistas ante un debate que a 30 años del golpe se torna áspero y parece no tener final. Sin embargo, si miramos el punto desde el cual provenimos, no cabe duda que hemos avanzado. Entre otras cosas, la teoría del enemigo interno hoy resulta fuera de cualquier hipótesis viable de convivencia nacional. Hoy, nos debemos aceptar como hijos de la misma nación. Chile es nuestro desafío y la tarea a enfrentar. Sin embargo, no podemos olvidar ni desentendernos de esa hora dolorosa. Las nuevas generaciones tienen derecho a la verdad. Asumamos que la generación que ahora tiene la responsabilidad de dirigir el Estado, de la que formamos parte y que sufrió ayer el quiebre de la democracia, no tiene otra opción que proclamar, un solemne “nunca más” por la vida, por el respeto al ser humano y por la consolidación democrática que permita que la libertad y la dignidad se ejerzan plenamente en una patria para todos. He dicho. -Aplausos.ACTITUD DEL CONGRESO NACIONAL EN RESGUARDO DE LA DEMOCRACIA. El señor TUMA (Presidente accidental).- Tiene la palabra el diputado Carlos Abel Jarpa. El señor JARPA.- Señor Presidente, ha sido una coincidencia el haberme tocado abrir presidiendo esta sesión en un día como hoy, 11 de septiembre, después de treinta años de que se cerrara esta Institución. Lo hice con un minuto de silencio, en memoria de todos los caídos en ese momento y por la muerte de la canciller sueca Ana Lindh, a manos de un terrorista. Ésta es la mejor demostración que puede dar este Congreso Nacional de que sus miembros somos capaces de escucharnos con respeto. En el tiempo que llevo en esta Corporación, he podido apreciar que hemos aprendido a conocernos, a respetarnos y a estimarnos. Estamos dando un ejemplo, pues el día en que se quebró la democracia fue precisamente cuando se dejaron de respetar los derechos humanos. Hubo un proyecto de acuerdo que legitimó el golpe de Estado. Por eso, esta institución tiene una gran responsabilidad. El pronunciamiento del 11 de septiembre de 1973 fue dado por golpistas, los mismos que estuvieron en el tacnazo durante el gobierno del Presidente Eduardo Frei, y que mataron al general Schneider. Lamentablemente, ese proyecto de acuerdo legitimó esa Institución y permitió que durante diecisiete años no se respetaran los derechos humanos. Ésa es la responsabilidad que hoy tiene este Congreso Nacional. En mi condición de médico oftalmólogo, en Chillán y Ñúble, me tocó atender a todo tipo de personas, cualquiera fuera su condición social, porque en la escuela de medicina me enseñaron que debía atender a mis semejantes, cualquiera fuese su condición social, política, económica, filosófica o religiosa. Por eso, hoy invito a todos mis colegas a realizar un gran esfuerzo para unirnos y querernos. No creo que exista ese muro, del que tanto se habla, entre nosotros, porque somos personas. Tenemos el deber de cuidar nuestras instituciones, pues no son las instituciones las que hacen a las personas, sino las personas las que hacen a las instituciones. Hoy, este Congreso Nacional tiene esa responsabilidad. Éste es el templo de la democracia; la democracia es el sistema político por el cual siempre estaremos dispuestos a trabajar. Quiero terminar con un solo ejemplo. El 31 de marzo de 1991 estaba en el puente El Ala, en Chillán -donde hoy probablemente también están- recordando a los detenidos desaparecidos. El 2 de abril, como gobernador de la provincia de Ñuble, estaba en una misa en memoria del ex senador Jaime Guzmán. Está en nosotros, en las personas, romper el muro que nos separa y del que tanto se habla.Con este mensaje, este Congreso Nacional está demostrando su voluntad de luchar para que en Chile siempre haya democracia, a fin que podamos expresarnos con respeto y aprendamos a querernos. He dicho. -Aplausos. El señor TUMA (Presidente accidental).- Por haber cumplido con su objeto, se levanta la sesión. -Se levantó la sesión a las 14.04 horas.JORGE VERDUGO NARANJO,Jefe de la Redacción de Sesiones.VIII. DOCUMENTOS DE LA CUENTA1. Oficio del Senado. “Nº 22.861 Valparaíso, 10 de septiembre de 2003. Tengo a honra comunicar a vuestra Excelencia que el Senado ha aprobado, en los mismos términos en que lo hizo esa honorable Cámara, el proyecto de ley que otorga un bono extraordinario, correspondiente al Boletín Nº 3339-05. Lo que comunico a vuestra Excelencia en respuesta a su oficio Nº 4524, de 9 de septiembre de 2003. Devuelvo los antecedentes respectivos. Dios guarde a vuestra Excelencia. (Fdo.): ANDRÉS ZALDÍVAR LARRAÍN, Presidente del Senado; CARLOS HOFFMANN CONTRERAS, Secretario General del Senado”.2. Oficio del Senado. “Nº 22.862 Valparaíso, 10 de septiembre de 2003. Tengo a honra comunicar a vuestra Excelencia que el Senado ha dado su aprobación a la proposición formulada por la Comisión Mixta, constituida para resolver las divergencias suscitadas con ocasión de la tramitación del proyecto que modifica la ley Nº 18.314, sobre conductas terroristas, en conformidad a lo dispuesto por el Convenio Internacional para la Represión de la Financiación del Terrorismo, correspondiente al boletín Nº 3.123-07. Hago presente a vuestra Excelencia que el referido informe fue aprobado con el voto conforme de 23 señores Senadores de un total de 45 en ejercicio, dándose cumplimiento de este modo a lo dispuesto en el inciso tercero del artículo 63 de la Carta Fundamental. Lo que comunico a vuestra Excelencia en respuesta a su oficio Nº 4520, de 3 de septiembre de 2003. Devuelvo los antecedentes respectivos. Dios guarde a vuestra Excelencia. (Fdo.): ANDRÉS ZALDÍVAR LARRAÍN, Presidente del Senado; CARLOS HOFFMANN CONTRERAS, Secretario General del Senado”.3. Oficio del Senado. “Nº 22.863 Valparaíso, 10 de septiembre de 2003. Tengo a honra comunicar a vuestra Excelencia que el Senado ha aprobado, en los mismos términos en que lo hizo esa honorable Cámara, el proyecto de acuerdo sobre aprobación del “Acuerdo entre el Gobierno de la República de Chile y el Gobierno de la República Argentina en el Área de la Coproducción Cinematográfica” y su anexo I, suscrito en Buenos Aires, el 16 de diciembre de 1994, correspondiente al Boletín Nº 3.161-10. Lo que comunico a vuestra Excelencia en respuesta a su oficio Nº 4364, de 12 de junio de 2003. Devuelvo los antecedentes respectivos. Dios guarde a vuestra Excelencia. (Fdo.): ANDRÉS ZALDÍVAR LARRAÍN, Presidente del Senado; CARLOS HOFFMANN CONTRERAS, Secretario General del Senado”.4. Oficio del Senado. “Nº 22.866 Valparaíso, 10 de septiembre de 2003. Tengo a honra comunicar a vuestra Excelencia que el Senado ha dado su aprobación a las modificaciones que introdujo esa honorable Cámara al proyecto que modifica le Ley de Matrimonio Civil en lo relativo a las causales de incapacidad que afectan a sordomudos, correspondiente a los boletines Nºs. 1909-07 y 2026-07. Lo que comunico a vuestra Excelencia en respuesta a su oficio Nº 4509, de 28 de agosto de 2003. Devuelvo los antecedentes respectivos. Dios guarde a vuestra Excelencia. (Fdo.): ANDRÉS ZALDÍVAR LARRAÍN, Presidente del Senado; CARLOS HOFFMANN CONTRERAS, Secretario General del Senado”.5. Oficio del Senado por el cual deroga el número 32 del artículo 496 del Código Penal, que sanciona al que con objeto de lucro interpretare sueños, hiciere pronósticos o adivinaciones. (boletín Nº 3282-07) (S) “Nº 22.864 Valparaíso, 10 de septiembre de 2003. Con motivo de la Moción, informe y antecedentes que tengo a honra pasar a manos de vuestra Excelencia, el Senado ha dado su aprobación al siguientePROYECTO DE LEY: “Artículo único.- Derógase el número 32 del artículo 496 del Código Penal.”.-o- Dios guarde a vuestra Excelencia. (Fdo.): ANDRÉS ZALDÍVAR LARRAÍN, Presidente del Senado; CARLOS HOFFMANN CONTRERAS, Secretario General del Senado”.6. Informe Complementario de la Comisión de Obras Públicas, Transportes y Telecomunicaciones acerca del proyecto de ley que modifica la ley Nº 18.290, de tránsito, con el objeto de regular la obligación de informar al registro de vehículos motorizados las alteraciones o destrucción parcial o total de los vehículos. (boletín Nº 3104-15)“Honorable Cámara: Vuestra Comisión de Obras Públicas, Transportes y Telecomunicaciones pasa a entregar un informe complementario respecto del proyecto de ley, iniciado en moción de los diputados señores Guillermo Ceroni, René García, Fidel Espinoza, Patricio Hales, Enrique Jaramillo, Jaime Jiménez, Zarko Luksic, Darío Paya, Ramón Pérez y Esteban Valenzuela, que modifica la ley Nº 18.290, de Tránsito, con el objeto de regular la obligación de informar al Registro de Vehículos Motorizados las alteraciones o destrucción parcial o total de los vehículos. El proyecto tiene por objeto establecer una sanción legal efectiva aparejada al incumplimiento de la obligación que pesa sobre el propietario de un vehículo motorizado y sobre las compañías de seguro, de solicitar ante el Servicio de Registro Civil e Identificación la cancelación de la inscripción cuando el vehículo sea abandonado, destruido o desarmado total o parcialmente. Con tal objeto, propone modificar el artículo 34 de la ley Nº 18.290, de Tránsito. Es necesario señalar que la Cámara de Diputados, el día 17 de julio del año en curso, acordó remitir nuevamente a esta Comisión el proyecto individualizado anteriormente, para que emita un informe complementario del primer informe, a fin de resolver algunas dudas planteadas por ciertos señores diputados durante la discusión general del mismo. En efecto, en la sesión Nº 19, realizada en la Sala de esta honorable Corporación, ocasión en la que se inició el estudio en general del proyecto de ley, se planteó que, en la forma como se aprobó el texto modificatorio del artículo 34 de la ley de Tránsito, se podía entender que la responsabilidad civil podría recaer sobre dos personas: el propietario del vehículo y aquella a cuyo nombre el vehículo se encuentra inscrito en el Registro de Vehículos Motorizados, lo cual significaría una dualidad. Al respecto, esta Comisión es de la opinión de que el proyecto no adolece de error alguno y que tal dualidad no se produce, por cuanto las calidades de propietario de un vehículo motorizado y de persona a cuyo nombre aparezca inscrito el vehículo en el Registro, no necesariamente son las mismas. Es esa la razón por la cual el artículo 38 de la ley de Tránsito preceptúa que “se presumirá propietario de un vehículo motorizado la persona a cuyo nombre figure inscrito en el Registro, salvo prueba en contrario”. En consecuencia, esta presunción simplemente legal permite a una persona probar que ha dejado de ser la propietaria de un vehículo motorizado, aun cuando dicho vehículo esté inscrito a su nombre. Tal situación era de muy común ocurrencia cuando la inscripción de un vehículo en el Registro de Vehículos Motorizados quedaba en manos del propio adquirente. Dicha posibilidad ha quedado erradicada legalmente a contar del 19 de diciembre de 2002, fecha en que fue publicada en el Diario Oficial la ley Nº 19.841, que prescribe que, en los casos en que el título traslaticio de dominio sea autorizado por un notario o por otro ministro de fe, deberá ser éste quien requiera la inscripción del vehículo a nombre del adquirente, dentro de los treinta días siguientes a la fecha de su adquisición. Además de la cuestión de fondo que se ha planteado, esta Comisión tuvo en cuenta las observaciones de carácter formal expresadas por los señores diputados en la honorable Cámara de Diputados, por lo que acordó, por la unanimidad de sus miembros presentes en la sesión, introducirle la siguiente modificación al nuevo inciso quinto, que el artículo único del proyecto añade al artículo 34 de la ley de Tránsito: Intercálase, a continuación de la palabra “cuando”, la expresión “estos últimos”. En consecuencia, habida consideración de lo expuesto, vuestra Comisión de Obras Públicas, Transportes y Telecomunicaciones recomienda la aprobación del siguientePROYECTO DE LEY “Artículo único.- Agréganse los siguientes incisos quinto y sexto, nuevos, al artículo 34 de la ley Nº 18.290, de Tránsito: “Serán civilmente responsables por los perjuicios que sufrieren los terceros que contraten de buena fe los propietarios y aquellos a cuyo nombre se encuentre inscrito el vehículo cuando estos últimos no hubieren dado cumplimiento a la obligación de solicitar la cancelación o de informar al Registro las modificaciones señaladas en el inciso anterior. Las compañías de seguros, por su parte, serán solidariamente responsables de los perjuicios que sufrieren los terceros de buena fe cuando éstas no hayan solicitado, según corresponda, la cancelación o la inscripción a su nombre del vehículo siniestrado y sólo aprovechen su salvamento.” Se designó diputado informante al señor Guillermo Ceroni Fuentes. Sala de la Comisión, a 10 de septiembre de 2003. Tratado y acordado, conforme se consigna en el acta de la sesión de fecha 9 de septiembre de 2003, con la asistencia de los diputados señores Hales Dib, don Patricio (Presidente); Araya Guerrero, don Pedro; Ceroni Fuentes, don Guillermo; Delmastro Naso, don Roberto; García García, don René Manuel; Luksic Sandoval, don Zarko; Norambuena Farías, don Iván, y Pérez Opazo, don Ramón. (Fdo.): PATRICIO ÁLVAREZ VALENZUELA, Secretario de la Comisión”.7. Moción de la diputada señora Laura Soto y de los diputados señores Errázuriz, Bustos, Burgos, José Pérez, Ceroni y Forni. Proyecto de ley que faculta a secretarios de tribunales a partir herencias que se indica. (boletín Nº 3355-07) El problema más agudo que afecta a personas de escasos recursos no es el trámite de posesión efectiva, sino la partición, que generalmente no es efectuada por las corporaciones de asistencia judicial. Luego, para partir la herencia, se debe recurrir a un abogado particular, el cual cobrará gastos por asesorías. Por otra parte, el partidor cobrará otro porcentaje. En general, la vivienda es el único bien que muchas personas poseen. Entonces, como la propiedad es vendida en pública subasta, el precio obtenido es muy bajo. Y de ese precio, gran parte se va a la asesoría a la que han debido recurrir. La Ley Nº 19.903, promulgada el 9 de septiembre de 2003, establece que la posesión efectiva de las herencias de un valor inferior a 15 unidades tributarias mensuales (UTM en septiembre de 2003 es de $ 29.681) se tramitarán gratuitamente por el Servicio de Registro Civil e Identificación. Este proyecto de ley, complementario del anterior, propone que la partición de esas mismas herencias pueda hacerla el secretario del tribunal, sin costo para los herederos. En esa forma, se reducen los gastos, en beneficio de los propios herederos. Por las consideraciones expuestas, vengo en proponer el siguientePROYECTO DE LEY ARTÍCULO 1º: Agrégase al artículo 480 del Código Orgánico de Tribunales, como Nº 6 pasando el actual a ser Nº 7, el siguiente: “6º En el caso de los secretarios de juzgados civiles y aquellos de competencia común: Efectuar la partición de los bienes que comprendan las herencias originadas en sucesiones intestadas abiertas en Chile cuyo monto no exceda de 15 unidades tributarias mensuales y cuya tramitación corresponda al Servicio de Registro Civil e Identificación.”. ARTÍCULO 2º: Agrégase como nuevo Título 10 del libro III del Código de Procedimiento Civil el siguiente: “De la partición de bienes ante los secretarios de Juzgados de Letras. Art. 667.- Cualquiera de los herederos a quienes se haya otorgado la posesión efectiva por resolución del Director Regional del Registro Civil, en caso de que la cuantía de la herencia no sea superior a 15 unidades tributarias mensuales podrá acudir ante el secretario del tribunal que corresponda al territorio de aquél, solicitando se proceda a la correspondiente partición de bienes. En caso de existir más de un secretario, la competencia de éste se determinará de acuerdo a los turnos, que establecerá la respectiva Corte de Apelaciones; Art.668.- Para determinar la cuantía de la herencia se estará a la valoración de los bienes que se haga conforme al artículo 4º de la ley Nº 19.903, de 2003. Art.669.- Las presentaciones en que se contenga la petición referida en el artículo 667, podrán constar en formularios que existirán en las secretarías respectivas y no requerirán de patrocinio ni mandato de abogado. Los secretarios, para los efectos de estas gestiones o juicios, en su caso, tendrán facultades jurisdiccionales que deberán desempeñar en el menor tiempo posible; Art.670.- Efectuada la presentación, se pondrá de la manera más expedita en conocimiento de los demás herederos, todos los cuales serán citados a una audiencia en la que se establecerá el procedimiento que seguirá la partición el que, en todo caso, será breve y sumario. Los incidente que se promuevan en este procedimiento serán resueltos de plano y sin ulterior reclamo por el secretario respectivo. Art.671.- En todo caso, podrán aplicarse supletoriamente las normas del título anterior en todo aquello que sea compatible con la naturaleza de la cuestión debatida y la rapidez que debe tener su resolución. Art. 672.- En estas gestiones no procederá recurso alguno. Art. 673.- Las actuaciones ante el secretario partidor serán gratuitas y no devengarán honorario alguno.”.”.8. Moción de los diputados señores Leal, Burgos, Robles, Encina, Walker, Saffirio, Araya, Luksic, Riveros y Villouta. Modifica los códigos de procedimiento penal y procesal penal con la finalidad de facilitar el control de identidad de las personas y la actuación de las policías frente a denuncias de la comisión de delitos, sin necesidad de orden previa de autoridad competente. (boletín Nº 3357-07) “Considerando:1º Que en Chile como también a nivel global existe una creciente preocupación de los ciudadanos por su seguridad personal y familiar. Los crecientes grados de violencia y de infracción a la ley en prácticamente todos los países del mundo son en si mismo una externalidad casi inevitable de los procesos de modernización que ha vivido el mundo y con especial velocidad y rigurosidad América Latina y Chile en las últimas dos décadas.2º Que el índice general de delitos en nuestro país ha aumentado en los últimos 10 años, eso ya nadie lo discute; que más violencia en los delitos tampoco y mucho menos que los indicadores de temor en la población a ser víctima de los delitos ha aumentado exponencialmente, por sobre incluso la media de los aumentos reales de la comisión e incidencia de los atentados a los bienes tutelados por la ley penal.3º Que en el caso de esta moción que sometemos hoy día a la consideración de la honorable Cámara de Diputados, lo que pretendemos es facilitar la acción policial; los procedimientos que emplean los agentes del Estado a cargo de la seguridad pública, de forma tal de permitirles acometer sus funciones con seguridad (material, y también jurídica) para ellos y sobre todo con mayor efectividad en el logro de sus funciones y misiones institucionales4º Que escuchando a los funcionarios policiales. Los diputados que suscriben han podido percibir como existen normas que si bien han sido objeto de recientes y reiteradas modificaciones legales, ellas, a la hora de ser puestas en ejecución, tienden a dificultar la acción preventiva y punitiva de las policías. Uno de los aspectos más sensibles, dice relación con el proceso de control de la identidad. La policía está facultada, en el caso del procedimiento regulado por el artículo 85 del Código Procesal Penal vigente a esta altura en varias regiones del país, es sin orden del fiscal, solicitar la identificación de cualquier persona, pero siempre y cuando se trate de casos fundados y la ley procesal penal, se encarga de precisarlos, diciendo que se está en presencia de ellos cuando exista un indicio de que la persona a quien se le solicitará la identificación hubiere cometido o intentado cometer un crimen, simple delito o falta; o cuando se dispusiere a cometerlo o en el evento, de que esta persona pudiera aportar o suministrar informaciones útiles para la indagación de un crimen, simple delito o falta. Acto seguido la misma disposición regla este procedimiento policial, señalando que el control de identificación se efectuará en el lugar en que la persona se encontrare, debiendo ésta acreditar su identidad por medio de los documentos de identificación respectivos expedidos por la autoridad pública, como cédula de identidad, licencia de conducir o pasaporte. De paso, y fruto de la Ley Nº 19.789 publicada en el Diario Oficial del 30 de enero de 2002, se agrega una facultad anexa, cual es que, paralelo al proceso de control de identidad, la policía queda facultada, también sin orden previa del fiscal o de la autoridad judicial a registrar las vestimentas, equipaje o el vehículo de la persona cuya identidad se controla. El problema, se presenta cuando existe negativa de la persona controlada a acreditar su identidad o cuando ella, accediendo a entregar su identidad no puede acreditarla legalmente mediante los instrumentos recién referidos. En ese caso, se autoriza para que la policía retenga, por breve espacio de tiempo, de hasta seis horas a la persona, conduciéndola hasta la unidad policial más cercana para fines de identificación. Se dan las facilidades para procurar una identificación satisfactoria por otros medios distintos de los documentos de identidad. En caso de no ser aún posible la identificación se le tomarán las huellas digitales con la finalidad de proceder a su identificación por esa vía. Este sistema de control de identidad, a juicio de los policías que a diario deben emplearlo es complejo y altamente vulnerable, pues existen muchas personas, que lisa y llanamente no portan sus documentos de identidad y/o ponen toda clase de obstáculos para ser identificadas, sobre todo, quienes intervienen efectivamente en acciones delictivas, los cuales conocen a esta altura las limitaciones de las atribuciones policiales en la materia, con lo cual, un mecanismo, que fue diseñado con la finalidad de proteger los derechos de los ciudadanos, termina convirtiéndose, cuando es usado por presuntos delincuentes, en un instrumento para asegurarse impunidad y huir de la acción de la justicia. Por lo anterior, creemos fundamental proponer como primera enmienda a la ley procesal penal vigente, tanto del sistema tradicional como para el caso del nuevo enjuiciamiento pena], que las policías puedan retener a los sujetos por un lapso superior de tiempo, de hasta 8 horas, lo que es fundamental en zonas más apartadas en donde no se cuenta ni con los medios humanos ni materiales (tecnológicos) para generar identificaciones de huellas dactilares en breve tiempo; asimismo, planteamos, que es menester cambiar la redacción de la norma que permite a tomar las huellas dactilares al sujeto que no se identifica o que no logra acreditar de manera idónea su identidad, de suerte tal de hacerlo claramente perentorio, la obligación de la persona objeto del control de identidad de dejarse tomar las huellas digitales. Ciertamente las policías no pueden conminar a decir verdad a una persona, pues ello sólo está permitido al juez; o algunos, confundiendo las instituciones y las norma, estimen que se lesiona el derecho de toda persona a guardar silencio y a no auto incriminarse; a nuestro juicio ninguno de estos dos argumentos es válido, toda vez, que un mínimo que puede exigir la ley y la sociedad a uno de sus integrantes, cuando está en pleno uso de sus facultades intelectuales, es que diga verdad sobre su identidad personal. No tiene por qué el Estado, el Fiscal o las policías tener que soportar la carga de tener que andar identificando a las personas, si ellas pueden hacerlo, aunque no puedan demostrarlo por medios documentales irredargüibles. Más aún y en relación al derecho a la no autoinculpación, acá no se trata que declaren bajo juramento de decir verdad sobre posibles hechos ilícitos en que hubiesen intervenido, sino que solamente respecto a cuál es su nombre y sus dos apellidos, tan solo eso; la identificación por sí sola no supone inculpación en hechos que puedan revestir los caracteres de un delito.5º Que otra adecuación normativa solicitada por los operadores del sistema de justicia criminal y en particular por las policías, es el relativo a la ampliación de otra facultad para actuar de oficio, con previa comunicación del juez o del fiscal, y es en relación a la capacidad para allanar la morada u otros lugares cerrados, cuando hubieren antecedentes precisos que se está cometiendo un ilícito. Se reciben múltiples informaciones que indican como las policías frente a denuncias responsables, por ejemplo, de vecinos, sobre la existencia de expendio de drogas en determinados lugares habitados, deben solicitar autorizaciones judicial del Ministerio Público, lo cual supone un retardo, que permite a los delincuentes avezados, que son conocedores, insistimos, de sus limitaciones, hacer desaparecer los elementos, instrumentos y efectos de los delitos, burlando de esta forma la acción policial y asegurándose la más completa impunidad. Este tipo de situaciones, junto con generar en las policías y en la población mucha frustración no ayudan de modo algo a perseguir los fines previstos por el legislador a la hora de satisfacer la pretensión punitiva del Estado. Creemos, que cuando se trata de indicios certeros, cuando existen antecedentes fiables, y una autoridad policial que se haga responsable de posibles abusos, debería permitirse por la ley que se actúe implementar información al fiscal y al juez sobre la oportunidad y procedencia de esta medida restrictiva de derechos constitucionales. Nuestros oficiales policiales tienen la formación profesional y la idoneidad personal suficiente, para actuar de manera prudente y proporcionada en casos como estos, asegurando la efectividad de la ley penal e impidiendo o la ejecución de los delitos o que se logre por parte de los hechores sustraerse de la acción de la justicia. Para conseguir lo anterior, es que proponemos una modificación, al Código Procesal Penal que permita, ante la existencia de una denuncia que la policía, sin orden del fiscal o del juez de garantía, proceda, desde luego a efectuar el allanamiento de los lugares cerrados en donde se pudiera estar cometiendo el delito, guardando los resguardos que la propia norma propuesta indica.6º Que consideramos, que estas medidas, que tiene la virtud de ser requerimientos que han nacido desde la propia realidad de los hechos, de la demanda de los operadores del sistema, permitan perfeccionar los mecanismos de lucha en contra del crimen, mejorando el accionar policial y llevando más protección y seguridad la población. Estas propuestas pueden ser perfectibles pero pedimos que dicho esfuerzo de perfeccionamiento, tenga por finalidad satisfacer de verdad necesidades públicas urgentes de la población de nuestro país y no determinados modelos de aproximación al fenómeno delincuencial. Los diputados que suscribimos venimos en presentar el siguientePROYECTO DE LEY “ARTÍCULO PRIMERO.- Introdúzcanse las siguientes modificaciones al Código Procesal Penal:1º En el inciso 3º del artículo 85, luego del primer punto y seguido agréguese la siguiente frase: “Una vez en el recinto policial, el jefe de la Unidad podrá requerir a la persona sujeta a control de identidad que bajo juramento de decir verdad declare su identidad, señalando su nombre y apellidos.”.2º En la última frase del inciso tercero, del Artículo 85, reemplázase la expresión “se le tomarán”, por “deberán tomársele.”.3º En el inciso 4º y final del Artículo 85 reemplázase el guarismo “seis” por “doce”.4º En el artículo 83 agréguese una nueva letra g), del siguiente tenor: “Carabineros de Chile y la Policía de Investigaciones, en caso de situación de flagrancia y siempre que hubieren sospechas de que los presuntos responsables del delito se encuentran en un determinado lugar cerrado, podrán, para los efectos de proceder a su detención, efectuar el registro de inmediato sin previa autorización del fiscal. El funcionario que practique el registro deberá individualizarse y cuidará que la diligencia se realice causando el menor daño y las menores molestias posibles a los ocupantes del lugar. Además, deberá otorgar al propietario o encargado del local, un certificado que acredite el hecho del registro, la individualización de los funcionarios que lo practicaron y de quien lo ordenó. Copia de este certificado deberá adjuntarse al parte policial respectivo, el cual deberá enviarse al Fiscal, dentro de las 24 horas siguientes de efectuada la diligencia. La infracción a las obligaciones establecidas en este artículo, será sancionada con la pena de reclusión menor en sus grados mínimo a medio.”. ARTÍCULO SEGUNDO.- Introdúzcanse las siguientes modificaciones al Código de Procedimiento Penal.1º En el artículo 260 bis, luego del tercer punto y seguido agréguese la siguiente frase “Una vez en el recinto policial, el jefe de la Unidad podrá requerir a la persona sujeta a control de identidad que bajo juramento de decir verdad declare su identidad, señalando su nombre y apellidos.”.2º En el artículo 260 bis, reemplázase la expresión “se le tomarán”, por “deberán tomársele”.3º En el artículo 260 bis, reemplázase el guarismo “seis” por “doce”.”.9. Moción de los diputados señores Saffirio, Uriarte, Burgos, Ojeda, Villouta, Urrutia, Encina, Molina, Kuschel y Tuma. Modifica ley de cuentas corrientes bancarias y cheques. (boletín Nº 3358-03)EXPOSICIÓN DE MOTIVOS La posibilidad de desarrollar intercambios comerciales ha permitido que las personas creen nuevas formas de solución a las obligaciones que estos intercambios generan. Instrumentos mercantiles que signifiquen seguridad y facilidad en su transporte son los que finalmente generaron lo que en nuestro medio hoy se conoce como medios de pago, que en el ámbito del derecho comercial han generado toda una teoría relativo a ellos. Dentro de ésta, juega un importante papel lo que podemos denominar las reglas destinadas a la protección de los tenedores y emisores de dichos medios. En efecto, la ley debe señalar claramente los casos y los pasos que los agentes de la actividad comercial deben realizar a fin de salvaguardar su eventual responsabilidad. De esta forma, la legislación debe adecuarse a los avances tecnológicos en forma tal que se franquee a los distintos operadores del mercado, medios que les permitan actuar de manera rápida y eficaz frente a situaciones que puedan presentarse. Lo anterior, especialmente en el caso de aquellos que son cuentacorrentistas, quienes, hoy, bajo el imperio de la actual Ley de Cuentas Corrientes Bancarias y Cheques, deben realizar una serie de trámites complejos y onerosos, si quieren dejar constancia por la pérdida de estos documentos bancarios. En virtud de lo expuesto, presentamos el siguientePROYECTO DE LEY “ARTÍCULO ÚNICO: Modifícase la Ley de Cuentas Corrientes Bancarias y Cheques en el siguiente sentido:1. En el artículo 26, inciso primero, agréguese la siguiente expresión, entre las palabras “escrito” y “al librado”: “o por cualquier otro medio fidedigno”.2. Intercálase el siguiente inciso segundo nuevo, pasando el actual a ser tercero: “Para los efectos del aviso del librador a que se refiere el inciso anterior, los bancos deberán proveer servicios de comunicación que permitan al librador su acceso gratuito durante las 24 horas del día y todos los días del año. El banco deberá entregar, en el acto de su registro un número o código de recepción del aviso antes referido, con indicación de la fecha y hora de su recepción.”.”.10. Moción de los diputados señores Saffirio, Burgos, Bustos, Luksic, Tuma, Silva, José Antonio Galilea y Meza. Proyecto de ley para regular la competencia desleal. (boletín Nº 3356-03) “Es cada vez mayor la preocupación que los distintos ordenamientos jurídicos demuestran por la protección de los agentes partícipes en actividades económicas y dicha preocupación es asumida con fuerza por los diferentes legisladores del mundo. Tal es el caso de las normativas económicas referidas a la competencia desleal, tema que ha sido tratado con diferente atención por el legislador nacional, pero sin que ésta tenga hasta ahora un tratamiento integral. La competencia desleal es un fenómeno complejo: puede afectar o no la libre concurrencia en el mercado, puede afectar o no a los consumidores. Sin embargo, ella siempre se dirige, por definición, contra otro u otros agentes del mercado, sea en materia de bienes, sea en materia de servicios. Es esta última situación la que debe ser regulada, pues ella no tiene tratamiento en otras normas jurídicas, como por ejemplo, la Ley que crea el Tribunal de la Libre Competencia o la ley de Protección de los Derechos del Consumidor. Por lo anterior, con el presente proyecto estimamos que se complementa debidamente el derecho chileno de la competencia, sobretodo en lo referido a la integración, interpretación y juzgamiento de materias del área referida. Adicionalmente, los actuales tiempos, en los que Chile se inserta con fuerza en el mercado internacional a través de los diferentes tratados que en materia económica se han llevado adelante hace necesaria que se realice un esfuerzo adicional en materias que al día de hoy carecen, a lo menos, de una regulación sistemática, que permita a los agentes del mercado, actuar con la seguridad de que se han de proteger valores como la buena fe, y la leal y honesta competencia económica. Pensamos, además, que abordar esta materia puede permitir una mayor defensa para aquellos agentes económicos que hoy se ven afectados de manera considerable por lo que comúnmente se denomina “piratería” esto es, imitación de productos en los que se aprovecha el trabajo, intelectual y material, de otros sin pagar los derechos correspondientes. Considerando que la Constitución garantiza la libertad para emprender actividades económicas, siempre que no sean contrarias a la moral, el orden público o a la seguridad nacional, y que estas se realicen respetando las normas legales que lo regulen, se hace obvio que existe un llamado del constituyente para que el legislador proceda a dictar los marcos jurídicos necesarios para el desarrollo de las actividades garantidas en el artículo 19 Nº 21 de la Constitución de 1980. El presente proyecto ha tomado elementos de las leyes Española, Argentina y Colombiana, sobre la materia, notando entre ellas gran similitud en el desarrollo de algunas disposiciones. Es necesario hacer notar la generalidad con que se abordan los contenidos en este proyecto, lo que es razonable, considerando que debe atenderse a conceptos como la buena fe y la honestidad en materia comercial, conceptos de gran adaptabilidad en el tiempo y que en concordancia con las demás disposiciones del proyecto dará origen a una nutrida jurisprudencia, que hará posible que la legislación no quede atrás ante la aparición de nuevos hechos, en un área esencialmente dinámica, como la destinada a la producción y comercialización de bienes y servicios, constituyéndose además, en una herramienta que permita a los productores, pequeños, medianos o grandes, real incentivo para agregar valor a sus productos redundando en la distinción de los mismos frente a la competencia. Finalmente, proponemos que la competencia para conocer de estas causas, corresponde a los tribunales civiles, quienes conocen de las acciones que esta ley concede, en la forma del procedimiento sumario, contemplado en el artículo 680 del Código de Procedimiento Civil, otorgando a las partes el recurso de apelación, con preferencia para su vista en el Tribunal de Alzada. En virtud de lo expuesto, presentamos el siguientePROYECTO DE LEY:“CAPÍTULO I NORMAS GENERALES Artículo 1º: La presente ley tiene por objeto sancionar los actos de competencia desleal cometidos en el mercado nacional realizado por cualquier agente que opere en él. Artículo 2º: Se presumen actos de competencia desleal en el mercado nacional, aquellos que, de acuerdo a las circunstancias del caso, se revelan objetivamente idóneos para: -Mantener o incrementar la participación, propia o de un tercero, en el mercado, -Poner barreras al ingreso, -Impedir un legítimo y natural aumento de participación en el mercado, o -Eliminar agentes partícipes en el mercado. Artículo 3º: La presente ley se aplicará para los casos de competencia desleal que estén fuera del ámbito de actuación del Tribunal de Libre Competencia o correspondan a las situaciones contempladas en la Ley de Protección de los derechos del Consumidor.CAPÍTULO II DE LA COMPETENCIA DESLEAL Artículo 4º: Se considera acto de competencia desleal, y por tanto ilícito y desenvolvimiento de actividades económicas y, en general, a las normas de corrección que deben regir en las actividades económicas. Artículo 5º: Se considera desleal toda conducta que tenga como objeto inducir al público a error sobre la actividad, prestaciones o establecimientos ajenos. En especial, se consideran desleales las conductas que consistan en la utilización, o difusión de indicaciones o aseveraciones incorrectas o falsas, la omisión de las verdaderas y cualquier tipo de práctica, que de acuerdo a las circunstancias en que tenga lugar induzca a error de las personas a quienes se dirija o alcance respecto de la naturaleza, modo de fabricación o distribución, características, aptitud para el uso, calidad o cantidad y, en general, las ventajas realmente ofrecidas por los productos o prestaciones. Se considerarán también como desleales, la ostentación o afirmación de posesión de premios, distinciones, medallas o certificados de cualquier naturaleza, que no se han obtenido, si se ocuparen en publicidad, etiquetas, envases recipientes o envolturas, como también realizar actos o utilizar expresiones que puedan inducir a error sobre la procedencia geográfica de un producto o servicio, o la utilización de no autorizada de denominaciones de origen, aún cuando se utilicen expresiones tales como tipo, modelo, clase, variedad u otro similar. Artículo 6º: Se considera desleal la realización o difusión de manifestaciones sobre la actividad, las prestaciones, el establecimiento o las relaciones mercantiles de un tercero, que sean aptas para menoscabar su crédito en el mercado, a menos que resulten ser exactas, verdaderas y pertinentes. En especial, no se estiman pertinentes las manifestaciones que versen sobre la nacionalidad, las creencias, ideologías, la vida privada o cualquier otra circunstancia estrictamente personal del afectado. Artículo 7º: Se considera desleal la comparación de la actividad, los productos, las prestaciones o el establecimiento propio o ajeno con los de un tercero, cuando aquella engañe a los consumidores. Artículo 8º: La imitación de iniciativas y prestaciones empresariales y mercantiles ajenas, es libre salvo que su exclusividad se encuentre amparada por la ley. Se considerara desleal la imitación exacta y minuciosa de las prestaciones e iniciativas de un tercero, cuando ellas generen confusión acerca de la procedencia empresarial de la prestación o comporte un aprovechamiento indebido de la reputación ajena, como también cuando esta estrategia se encuentre destinada a impedir la afirmación de imitados o terceros en el mercado y no guarde proporción con lo que pueda reputarse respuesta natural del mercado. Artículo 9º: Se considera desleal la divulgación o explotación, sin que medie la autorización del titular, de secretos industriales o cualquier otra especie de secretos empresariales a los que se haya tenido acceso legítimamente, con deber de reserva, o ilegítimamente a consecuencia de la utilización de espionaje industrial, sin perjuicio de lo que otras normas establezcan, o actividades similares con el fin de perjudicar al titular del secreto o de obtener provecho propio o ajeno. Artículo 10: La fijación de precios es libre, salvo disposición expresa en contrario. Se considera desleal las ventas realizadas bajo el costo o a precio de adquisición, cuando estas hagan susceptible de error a los consumidores respecto al nivel de precios de otros productos o servicios del mismo establecimiento, o tengan por objeto desacreditar la imagen de un producto o establecimiento ajeno. Artículo 11: Se considera desleal aquellas conductas que tengan por objeto o como efecto desorganizar internamente a la empresa, las prestaciones mercantiles o el establecimiento ajeno. Artículo 12: Se considera desleal todo acto que tenga como efecto u objeto desviar la clientela de la actividad, prestaciones mercantiles o establecimientos ajenos, siempre que sea contrario a las sanas costumbres mercantiles o al uso honesto en materia industrial o comercial.CAPÍTULO III ACCIONES PROCEDIMIENTOY TRIBUNAL COMPETENTE Artículo 13: Contra los actos de competencia desleal, podrán ejercerse las siguientes acciones: -Acción declarativa de acto de competencia desleal, si la perturbación creada por el mismo subsiste. -Acción de cesación del acto, o de prohibición del mismo si aún no se ha puesto en práctica. -Acción de remoción de los efectos producidos por el acto desleal. -El comiso y/o la destrucción de los productos, etiquetas, envases material publicitario infractor y demás elementos que hagan posible una falsa identificación. -Publicación de la sentencia condenatoria -Acción de resarcimiento de los daños y perjuicios ocasionados por el acto, si hubiere intervenido dolo o culpa del agente. En este caso podrá, además, ordenarse la publicación de la sentencia condenatoria. Artículo 14: Cualquier persona que resulte directamente perjudicada o amenazada en su interés económico por un acto de competencia desleal, podrá ejercer las acciones enunciadas en los números 1 a 5 del artículo anterior. La acción establecida en el número 6 sólo podrá ser ejercida por quien sea titular de la posición jurídica violada. Las asociaciones de consumidores podrán ejercer las acciones antes referidas a condición que el acto de competencia desleal perseguido afecte directamente los intereses de los consumidores. Artículo 15: Las acciones de competencia desleal prescriben en el plazo de dos años contados desde la fecha en que finaliza la realización del acto que origina la competencia desleal. Artículo 16: Será competente para conocer de las causas de esta ley el Juzgado de Letras en lo Civil del domicilio del demandado. Artículo 17: Las acciones que se deduzcan se tramitarán de acuerdo a las normas del Procedimiento Sumario contemplado en el Título XI del Libro III del Código de Procedimiento Civil. Contra la sentencia que se dicte en estos procedimientos sólo procederá la interposición del recurso de Apelación de acuerdo a las reglas contenidas en el Código de Procedimiento Civil. En la Apelación, estas causas gozarán de preferencia para su vista. Artículo 18: Además de las sanciones impuestas, según la naturaleza de la acción deducida, la sentencia podrá imponer al culpable de actos de competencia desleal, multas de hasta 5.000 Unidades Tributarias Mensuales, a beneficio fiscal, de acuerdo a las circunstancias de cada caso.”.11. Moción de los diputados señores Delmastro, Bertolino, Bayo, Vargas, Hidalgo y García. Ley de emblemas nacionales. (boletín Nº 3359-04) “Considerando:1. Que los emblemas patrios han tenido un enorme significado para los distintos pueblos desde la antigüedad. Su historia se remonta a las tribus de Israel, los encontramos en Grecia y Roma, para continuar en el tiempo, y adquirir especial relevancia en los Estados modernos. Esta tradición se mantiene, no hay estado del mundo que no haya adoptado estos símbolos como representación distintiva de cada Estado y que no los consagre como identificación del ser nacional. Los emblemas patrios la bandera, el escudo y el himno son la representación material de valores comunes a una Nación constituida como Estado. Por ello, estos símbolos se han considerado siempre como objeto del respeto y la veneración de los pueblos que simbolizan. Y por ello, también, la mayoría de las legislaciones del mundo los protegen, y sancionan su irreverencia. La ofensa ocasionada a uno de estos símbolos se entiende como hecha al honor y al sentimiento de todo un pueblo que ve en ellos encarnado su ideal de patria.2. Que la Constitución Política de la República de Chile señala en su artículo 2º que: “Son emblemas nacionales la bandera nacional, el escudo de armas de la República y el himno nacional.” Por su parte, el artículo 22 de la Carta Fundamental estipula en su inciso primero que: “Todo habitante de la República debe respeto a Chile y a sus emblemas nacionales.3. Que los emblemas, por servir de identificación a los pueblos, tienen una vocación unitaria y deben, en consecuencia, estar por encima de las diversas opciones y proyectos políticos e ideológicos por correctos y ajustados que éstos sean. Recogen la herencia del pasado, las vivencias del presente y los proyectos de futuro.4. Que lamentablemente esta identificación no se observa en los prácticas ciudadanas que crecientemente tienden a disminuir su adhesión a estos símbolos de la nacionalidad.5. Que la circunstancia de que las disposiciones legales y reglamentarias vigentes sobre la materia estén diseminadas en multitud de textos dictados en diferentes tales como: la Ley 2.597, de 11 de enero de 1912; la Ley 12.927, de 6 de 1958, sobre Seguridad del Estado; el Decreto Supremo Nº 1.534, del Interior de 18 de octubre de 1967; la Ley 18.603 de Partidos; el Decreto con Fuerza de Ley Nº 22, del Ministerio de Hacienda de 1959; Decreto Supremo Nº 6.476 del Ministerio de Educación de 1980; y el Decreto Supremo Nº 260 del Ministerio del Interior de 1990, entre otras, hacen difícil el conocimiento de todas ellas, y es necesario, por tanto, su recopilación, y6. Que en razón de estos argumentos, es de imperiosa necesidad establecer una ley de emblemas nacionales, para que el culto a los mismos se realice en forma ordenada, a fin de que las generaciones presentes y futuras exalten los valores patrios. Por Tanto, venimos en presentar el siguientePROYECTO DE LEY“CAPÍTULO PRIMERODe los Emblemas Nacionales Artículo 1º.- Los emblemas nacionales son la Bandera Nacional, el Escudo de Armas de la República, y el Himno Nacional. La presente Ley regula sus características y difusión, así como el uso del Escudo y de la Bandera, y la ejecución del himno.CAPÍTULO SEGUNDODe las Características de los Emblemas Patrios Artículo 2º.- La Bandera Nacional es igual en la vaina a dos tercios de su vuelo y se compone de los colores azul turquí, blanco y rojo, combinados del modo siguiente: se divide en dos fajas horizontales de igual ancho, la faja inferior es roja y la superior azul turquí en tercera parte inmediata a la vaina y blanca en los dos tercios restantes de su vuelo, con una estrella blanca de cinco picos en medio del cuadro azul. El diámetro de esta estrella es igual a la mitad de un costado del cuadro que ocupa. El Estandarte Presidencial, la Banda Presidencial y la Escarapela o Cucarda constituyen una forma de presentación de la Bandera Nacional. El Estandarte Presidencial es el emblema del Poder Ejecutivo, se forma con la Bandera Nacional y el Escudo de Armas de la República bordado sobre sus colores en el centro del paño. La Banda Presidencial se compondrá de tres fajas horizontales de igual anchura , de las cuales serán : azul la del borde superior, blanca la del centro y roja la del borde inferior. La Escarapela o Cucarda tiene azul turquí al centro, blanco la segunda faja y roja la exterior, con una estrella de plata en el centro azul. Artículo 3º.- El Escudo de Armas presenta una estrella de plata de cinco picos al centro de un campo cortado, azul turquí el superior y rojo el inferior, y su forma es la fijada por el modelo oficial aprobado por decreto de Guerra 2.271 de 4 de septiembre de 1920, -conforme a la ley, y el cual, además, tiene por timbre un plumaje tricolor de azul turquí, blanco y rojo; por soportes un huemul rampante a su derecha y un cóndor a su izquierda en la posición que fija ese modelo, coronado cada uno de estos animales con una corona naval de oro; y por base un encaracolado cruzado por una cinta con el lema “Por la razón o la fuerza”, todo en conformidad al referido modelo. Artículo 4º.- El texto oficial del Himno Nacional de Chile se ajustará, en la letra, estrictamente al texto manuscrito que se guarda en el Ministerio de Educación, firmado por el señor don Eusebio Lillo, y en la música a la edición impresa en Londres por don Ramón Carnicer, con las modalidades técnicas que se expresan:1. Tonalidad: Do mayor,2. Agógica: Tempo introducción: 126 M/M. Tempo estrofa y coro: 108 M/M. Tempo finale 126 M/M.3. Melodía: Coro: modificado en los compases 3,4 y 7,8 donde la segunda voz pasa a la primera. Compases 16 y 17 pasa a la melodía, la escala del bajo; y anacrusa del compás 21 y compases 21, 22, 23 y 24 donde la línea melódica de “o el asilo contra la opresión” debe interpretarse las tres veces igual.4. Armonía: Do mayor. Unísono, dos y tres voces se conserva la armonización del original.CAPÍTULO TERCERODel uso y difusión de la Bandera Nacional Artículo 5º.- Con excepción de los días 21 de mayo y 18 y 19 de septiembre de cada año, en que deberá izarse obligatoriamente y al tope, ninguna persona ni reunión de personas podrá usar en público y enarbolar en los edificios públicos o particulares la Bandera Nacional sin la correspondiente autorización. Los Intendentes y Gobernadores podrán ordenar o permitir el uso o izamiento al tope o a media asta de la Bandera Nacional en el territorio de su jurisdicción, con autorización previa del Ministerio del Interior, en aquellos casos en que haya motivo justificado. Artículo 6º.- En el exterior de los edificios o construcciones, la Bandera Nacional se expondrá en ejemplar de tamaño proporcionado en buen estado de conservación y limpieza. Se la enarbolará en un asta de color blanco, cuya longitud no será inferior a cuatro tercios de su vuelo izada al tope, salvo el caso de lo dispuesto en el inciso 3º de este artículo. Cuando no fuere posible izarla en un asta o mástil, se la colocará extendida totalmente en forma horizontal o vertical, debiendo quedar en ambos casos, el cuadro azul en la parte superior y a la izquierda del espectador. En circunstancias que se expidiere autorización competente para izar la bandera en señal de duelo, ésta se colocará en el asta, sin lazo ni otro complemento, separada del tope o moharra, en forma tal que el centro de su vaina quede a una distancia de éste no mayor que la mitad del largo del mástil. En caso que no se use asta, sólo se le adicionará a la bandera un crespón negro, en el ángulo superior inmediato a la vaina, en forma que no cubra la estrella. Artículo 7º.- Si la Bandera Nacional hubiere de acompañarse de pabellones de otras naciones, se procederá como sigue:a) Cuando sólo sea uno el pabellón extranjero, se le ubicará a la izquierda del espectador.b) Si está acompañada de un número par de pabellones extranjeros, ocupará el centro de ellos.c) Si se coloca junto a un número impar, ocupará el primer lugar al lado izquierdo del espectador, u otra ubicación en forma que destaque. En todo caso, el ejemplar expuesto de la Bandera Nacional no podrá ser inferior en tamaño a los demás, ni colocarse a menor altura que éstos. Artículo 8º.- Cuando fuere preciso izar y arriar la Bandera Nacional en alguna ceremonia con concurrencia de banderas extranjeras, se le izará la primera y se le arriará la última. Artículo 9º.- Siempre que los colores nacionales azul turquí, blanco y rojo se usen en forma conjunta y vertical, en franjas paralelas, éstas serán de igual ancho y deberá ir el azul a la izquierda del espectador, el blanco al centro y el rojo a la derecha; y siempre que sean usados horizontal o diagonalmente, ocupará el azul la parte superior, el blanco el centro y el rojo la parte inferior. Si se emplea en forma concéntrica, el azul ocupará el centro y el rojo el exterior. Artículo 10.- El izamiento del pabellón extranjero en las embajadas y sedes de los Consulados, se ajustará a lo establecido por las Convenciones de Viena, sobre Relaciones Diplomáticas y Consulares respectivamente. Sin embargo, las personas naturales o jurídicas extranjeras domiciliadas en el país, de naciones con las que Chile mantiene relaciones diplomáticas o consulares, podrán izar el pabellón de su país en las oportunidades establecidas en el artículo 5º de la presente ley, o cuando celebren su aniversario patrio, en cuyo caso deberá igualmente izarse la bandera chilena, dándose en todo cumplimiento a las formalidades dispuestas en el artículo 7º. Artículo 11.- El Estandarte Presidencial es exclusivo y se enarbolará sólo en el lugar en que se encuentre el Presidente de la República.CAPÍTULO CUARTO Del uso y reproducción del Escudo de Armas de La República Artículo 12.- El Escudo de Armas de la República se colocará en todas las oficinas públicas, de instituciones oficiales autónomas o semi autónomas, municipales, puertos, aeropuertos, y sedes de las representaciones diplomáticas y consulares. Artículo 13.- Toda reproducción del Escudo de Armas de la República deberá corresponder fielmente al modelo a que se refiere el artículo 3º de esta ley.CAPÍTULO QUINTODe la ejecución y difusión del Himno Nacional Artículo 14.- La ejecución, y reproducción del Himno Nacional, se apegarán a la letra y música de la versión establecida en la presente Ley. La interpretación del himno se hará siempre de manera respetuosa y en un ámbito que permita observar la debida solemnidad. “Artículo 15.- La demostración civil de respeto al Himno Nacional se hará en posición de pié, con los brazos extendidos a ambos costados del cuerpo, o colocando la mano derecha extendida sobre el pecho a la altura del corazón. Los varones, con la cabeza descubierta. Quedan eximidos de esta norma de solemnidad, las personas que tengan alguna discapacidad física. Artículo 16.- En las ceremonias o actos en que se cante el Himno Nacional, éste se ejecutará en la siguiente forma: Quinta estrofa y coro. Artículo 17.- Cuando en una ceremonia de carácter oficial deban tocarse el Himno Nacional y otro extranjero, se ejecutará el patrio en primer lugar. Artículo 18.- Queda estrictamente prohibido alterar la letra o música del Himno Nacional. Asimismo, se prohíbe cantar o ejecutar el Himno Nacional con fines de publicidad comercial o de índole semejante. Artículo 19.- Es obligatoria la enseñanza del Himno Nacional en todos los planteles de educación básica y media.CAPÍTULO SEXTODisposiciones generales Artículo 20.- El uso de los Emblemas Nacionales por las Instituciones de la Defensa Nacional y por el Cuerpo de Carabineros de Chile, se ajustará a las normas reglamentarias de su competencia. Su uso por los establecimientos educacionales se regulará conforme a las disposiciones de esta ley, y el uso que de ellos se haga en embarcaciones particulares, por las que dicte el Ministerio de Defensa Nacional. Artículo 21.- Los partidos políticos, no podrán usar como nombres, siglas, símbolos ni lemas, el Escudo de Armas de la República, su Lema o la Bandera Nacional. Artículo 22.- Los Intendentes y Gobernadores, deberán tener especial preocupación en fomentar el sentimiento patrio y cuidar que se celebren, en su oportunidad, las efemérides nacionales y regionales, ya sea actuando por sí mismos o en coordinación con otras autoridades, especialmente municipales, educacionales o de las fuerzas armadas.CAPÍTULO SEPTIMOSanciones Artículo 23.- La fiscalización del cumplimiento de las normas establecidas en esta Ley estará a cargo de Carabineros de Chile, quienes denunciarán las infracciones al Juzgado de Policía Local respectivo. El Tribunal aplicará multas que irán desde media hasta cuatro Unidades Tributarias Mensuales. Con el producto de dichas Multas las Municipalidades constituirán un fondo destinado a la realización de actos patrióticos y a la adquisición de banderas nacionales y astas que serán distribuidas entre las Juntas de Vecinos y Escuelas Municipales de la respectiva comuna. Artículo 24.- Los que ultrajaren públicamente la Bandera, el Escudo, o el Himno Nacional serán castigados con las penas de presidio, relegación o extrañamiento menores en sus grados medio a máximo. Si se ejecutaren en tiempo de guerra, serán sancionados con presidio, relegación o extrañamiento mayores en su grado medio.”.12. Moción de la diputada señora Alejandra Sepúlveda y de los diputados señores Recondo, Alvarado, Von Mühlenbrock, Uriarte, Hernández, Ojeda, Meza, Pablo Galilea y Quintana. Sanciona el abigeato y propone medidas en favor de la seguridad de los sectores rurales. (boletín 3360-01) “Considerando:1. Gravedad del delito de abigeato. El hurto y robo de animales han sido, desde antaño, típicos problemas sufridos por quienes se dedican a la crianza y cuidado de ganado, en las zonas rurales. Actualmente, estas prácticas han registrado un aumento significativo, tanto respecto a la ocurrencia de los delitos como al volumen de animales considerados. Esta situación viene afectando fuertemente a los sectores rurales hace bastante tiempo. De hecho, existe una serie de iniciativas legislativas que se hacen cargo del problema, enfrentándolo de diversas perspectiva Es así, por ejemplo, que la moción presentada por algunos diputados el 22 de Agosto de 2002, que consta en el boletín Nº 3038-07, propone hacer obligatorio y no facultativo -como ocurriría en la actualidad- el aumento de la pena en un grado para el abigeato y para el caso que reconoce como más habitual, que consiste en el aprovechamiento del animal en el lugar mismo donde se comete el delito, en el cual se utilizan vehículos e instrumental similar al empleado en los mataderos. Además, propone facilitar a la policía la detención de los responsables de estos delitos y exime del trámite de ratificación de la denuncia. De la misma forma, existe una moción de algunos senadores presentada en el mes de Julio de 1999, que consta en el boletín Nº 2369-07, que también aumenta la rigurosidad con que la ley trata al delito de abigeato. La presente iniciativa también reconoce la gravedad de la situación que se vive en zonas rurales, debido a las enormes pérdidas que generan estos delitos y a la violencia creciente que emplean sus autores ante quienes tratan de presentar resistencia. Por esta razón, es que pretende hacer un nuevo aporte, distinto a lo dispuesto por las iniciativas citadas anteriormente, pero necesariamente complementario. Esta iniciativa, al igual que la primera de las mencionadas, también reconoce que la forma más habitual del abigeato consiste en el faenamiento del animal en el lugar donde se comete el delito, ya que así se aprovechan sus partes más valiosas y se facilita la huída.2. Contenido del proyecto En esta lógica se requiere, necesariamente, la participación de un vehículo que sirva para el transporte de los efectos del delito. En razón de esto, se proponen dos cosas.a) Presunción y porte de documentos: Primero, que quien transporte animales o sus partes, deba justificar la procedencia legítima de estos, por ejemplo a través de una guía de despacho. Esto permitirá a la policía poder detener a quienes no sean capaces de justificar la licitud del origen de la carga. A su vez, en caso de no justificación, se le dice al juez que ese hecho deberá considerarlo como una presunción de autor de robo o hurto de animales. Respecto de esta presunción que establece el proyecto, se debe decir que en lo referente a las partes de las especies que se señalan, apunta a un objetivo distinto a lo dispuesto por el inciso segundo del artículo 454 del Código Penal. En efecto, esta última disposición presume autor del delito de hurto o robo de animales a quien esté en poder de partes identificables de las especies robadas o hurtadas. Es decir, supone el conocimiento de la existencia de una especie concreta que fue robada o hurtada, en que la comparación de las partes encontradas con el animal robado o hurtado pueda, efectivamente, materializarse. Esta comparación resulta necesaria para dilucidar si las partes pertenecen o no a la especie objeto del delito. En síntesis, exige una especie concreta, en que exista conocimiento previo de su sustracción o mutilación, para efectos de poder relacionar a las partes encontradas con la especie en cuestión. Para el proyecto, en cambio, es indiferente si existe conocimiento previo de la sustracción o mutilación de una especie determinada; sólo le basta que exista una especie o partes de una especie animal, cuyo origen lícito no pueda justificarse. Esta presunción, por tanto, centra su supuesto en la imposibilidad de justificar la licitud del origen de las partes de una especie animal, y no en que esas partes encontradas en poder de una persona sean identificadas como partes de un animal objeto de un delito.b) Comiso del vehículo e instrumentos En segundo lugar, se propone que tanto el vehículo que sirva para transportar los animales o sus partes, caiga en comiso, así como los instrumentos utilizados para perpetrar el delito. Una disposición similar a la que se propone, se contempla en la Ley Nº 18.892, General de Pesca y Acuicultura, que en su artículo 108, letra d), señala que las infracciones a las medidas de administración pesquera serán sancionadas con el “comiso de las artes y aparejos de pesca con que se hubiere cometido la infracción y de los medios de transporte”. Las autoridades reconocen que esto ha sido la clave para el combate al tráfico del molusco loco en época de veda. De la misma manera, se establece la obligación para quienes transporten ganado, vivo o muerto, o sus partes, de exhibir a Carabineros una guía de despacho, factura o boleta respectiva. En caso contrario, el transportista queda expuesto a las sanciones dispuestas por el Código Tributario y al comiso del medio de transporte utilizado. Es decir, se establece la obligación de portar alguno de estos documentos y una sanción dura por incumplimiento, a fin de evitar al máximo posible prácticas destinadas al aprovechamiento de animales o sus partes, producto del hurto o robo de los mismos.c) Ampliación de supuestos de flagrancia A fin de facilitar la detención de los culpables de hurto o robo de animales, o de cualquier otro delito, se establece que la detención en caso de flagrancia procederá cuando existan señales que permitan sospechar de la participación del individuo en el delito, ya sean en sí mismo, en sus vestidos o en el medio de transporte en que sea sorprendido. La innovación que se propone es, precisamente, la de este último caso: las señales sospechosas que permiten la detención podrán existir también en el vehículo en que se transporte, y no solamente en el mismo individuo o en sus vestidos. De esta manera, por ejemplo, el hecho de encontrarse trozos de carne o partes de animales en el vehículo de quien no justifique el origen lícito de los mismos, permitirá la detención por la aparente comisión del delito de abigeato El proyecto busca que sea considerado como flagrancia el hecho de encontrar señales de la perpetración de un delito en los medios de transporte utilizados, además de aquellas que se encuentren en la persona misma del sospechoso o en sus vestidos. Es decir, añade el medio de transporte utilizado a los lugares en que la ley permite indagar sobre señales que hagan sospechar de la participación en un delito. Esta disposición amplía los supuestos de flagrancia, lo que haría lícita la detención que practicare cualquier persona amparada en la existencia de señales en el vehículo que hagan sospechoso de un delito a la persona a quien transporte. De la misma forma y por el mismo hecho, haría obligatoria la detención de esa persona por parte de la policía. Lo contemplado en el artículo 85 del Código Penal se refiere al control de identidad que puede realizar la policía en casos fundados; por ejemplo, cuando existan indicios de la participación de una persona en un ilícito. La policía puede, además, registrar vestimenta, equipaje y vehículo. En este caso, la policía efectivamente podría encontrar señales en el vehículo que hagan sospechar de la participación en un delito, y proceder a la detención; tal como podría encontrar señales en la persona misma del sospechoso o sus vestimentas (supuestos de la flagrancia) y también proceder a la detención. Ambas disposiciones buscan la detención del responsable a través de medios distintos o aprovechando circunstancias diferentes. Mientras la flagrancia permite la detención por cualquier persona, en la medida que el delito se esté cometiendo o se haya cometido hace poco, la vía del control de identidad queda reservada exclusivamente a la policía, y permite la detención aún cuando el delito no se hubiere cometido recientemente. La propuesta que hace el proyecto en este sentido, amplía los supuestos en que la ley permite detener al posible responsable de un delito flagrante. Es decir, el aporte que hace es permitir a las personas comunes que puedan ampararse en la flagrancia para detener al posible responsable de un delito, no sólo cuando fuere encontrado con objetos procedentes de aquél o con señales, en sí mismo o en sus vestidos que permitieren sospechar su participación en él, sino que también podrán proceder a practicar tal detención cuando encuentren aquellos objetos o señales en el vehículo que utilice. Esta disposición del proyecto, que afectaría no sólo al abigeato sino que sería de aplicación general, parece particularmente importante como instrumento de “defensa” para quienes son víctimas de este delito, por cuanto amplía el ámbito de amparo para la persona común que pretenda contribuir a la detención de un delincuente en caso de flagrancia.d) Desincentivos a la receptación Esta iniciativa también propone actuar contra el abigeato de una manera indirecta, atacando al tercero que aprovecha o comercializa los efectos. Es así como se cree conveniente sancionar con el comiso de todos los animales destinados a la comercialización, o sus partes, que se encuentren en poder del culpable de receptación. Se espera que una disposición como esta constituya un desincentivo para operar en el negocio del abigeato, ya que quien se dedique al comercio de las espacies hurtadas o robadas perderá todas las otras que se encuentren en su poder, además de los objetos del delito. Además, también como una forma de desincentivar la comisión del delito de abigeato, se propone aplicar al culpable de receptación de los efectos del abigeato el grado máximo de la pena establecida para el delito, la que consiste en presidio menor en cualquiera de sus grados y multa de cinco a veinte unidades tributarias mensuales (Artículo 456 bis A, Código Penal).e) Otras normas En otro orden de ideas, de manera de armonizar la legislación relativa al transporte de ganado, se modifica el DFL Nº 16, del Ministerio de Hacienda, del 09 de Marzo de 1963, sobre Sanidad y Protección Animal, permitiendo que el transporte de ganado se pueda realizar mediante la guía de despacho, factura o boleta respectiva, además de la guía de libre tránsito. Por lo anterior es que se somete a vuestra discusión el siguiente:PROYECTO DE LEY “ARTÍCULO 1.- Introdúcense las siguientes modificaciones al Código Penal:1) Agrégase al inciso primero del artículo 449, sustituyendo el punto final (“.”) por un punto seguido (“.”), la siguiente oración: “Caerán en comiso los vehículos de cualquier clase empleados para el transporte de los efectos del delito, aún cuando pertenezcan a un tercero no responsable que, dadas las circunstancias que rodeen al hecho, no pudo menos que saber que se trata de un ilícito.”.2) Agrégase en el inciso segundo del artículo 454, a continuación del punto a parte (“.”) que pasa a ser coma (“,”), la frase “o respecto de las cuales no justifique su legítima adquisición.”.3) Sustitúyese en el artículo 456 bis A, el inciso final por el siguiente: “Se impondrá el grado máximo de la pena establecida en el inciso primero, cuando el autor haya incurrido en reiteración de esos hechos, sea reincidente en ellos o se trate de los delitos señalados en el artículo 449. En este último caso, además, caerán en comiso todas las especies que el autor tenga destinadas a la comercialización.”. ARTÍCULO 2.- Reemplácese, en el artículo 130 letra d), del Código Procesal Penal, la frase “en sí mismo o en sus vestidos” por la siguiente: “en sí mismo, en sus vestidos o vehículo”.”. ARTÍCULO 3.- Para agregar al artículo 55 del Decreto Ley Nº 825, sobre Impuesto a las Ventas y Servicios, el siguiente inciso final: “Cuando se trate del transporte de caballos o bestias de silla o carga, ganado mayor o menor o porcino, o sus partes, la guía de despacho o la factura o boleta respectiva, podrá ser requerida por Carabineros de Chile. En caso que no se exhiba alguno de estos documentos, además de las sanciones que correspondan según los incisos precedentes, caerán en comiso las especies trasportadas así como los medios de transporte.”. ARTÍCULO 4.- Para sustituir el artículo 31 del D.F.L. Nº 16, del Ministerio de Hacienda, del 09 de Marzo de 1963, por el siguiente: “Artículo 31º.- Sólo se podrá transportar ganado por el territorio de la República mediante la guía de tránsito que establece el presente decreto o mediante la boleta, factura o guía de despacho que dispone el Decreto Ley Nº 825, sobre Impuesto a las Ventas y Servicios.”.