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La señora ALLENDE, doña Isabel (Presidenta).-
Tiene la palabra el diputado Edgardo Riveros .
El señor RIVEROS.-
Señora Presidenta, el proyecto de ley es de extraordinaria importancia para producir varios efectos: en primer lugar, de certeza; en segundo lugar, de poder responder genuinamente a derechos que la ciudadanía tiene, y en tercer lugar, de claro ordenamiento de los actos de la administración.
Quiero destacarlos, porque fluyen de manera significativa del proyecto y del informe que ha dado nuestro colega Gabriel Ascencio , quien nos ha ilustrado también de manera muy elocuente.
En cuanto a la certeza, ésta no sólo beneficiará al requirente, sino también al funcionario público. Muchas veces, normas de este tipo se ven como una carga para el funcionario; pero la verdad es que un buen ordenamiento del procedimiento también lo beneficia, porque le da certeza, insisto, en su gestión. Lo peor que le puede pasar a un funcionario público es moverse en un cuadro de incertidumbre, tal como también le puede pasar al requirente. Es lógico que la incertidumbre conlleve una parálisis, la que muchas veces se transforma en una burocracia que no soluciona problemas. Por lo tanto, el efecto de certeza, a mi juicio, es muy importante.
Desde esa perspectiva, hay que tomar en cuenta la valoración que se ha hecho en relación con el silencio, tanto el positivo como el negativo, que debe considerarse como una excepción. Si uno mira el tema del silencio administrativo como una regla por aplicar, ciertamente está colocando las cosas en un orden que no corresponde. El silencio administrativo, tanto en su aspecto negativo como en el positivo, indudablemente ayuda a este elemento de certeza, pero también a fortalecer el procedimiento de administración. Sería muy negativo que, en definitiva, la aplicación de las normas de silencio se transformara en la regla general.
Me parece importante destacar ese tema dentro de lo que estamos realizando.
El factor de certeza también tiene que ver con lo legislativo, con nuestra tarea, así como con el Ejecutivo, como organismo colegislador. El profesor Alejandro Silva Bascuñán , durante el estudio del proyecto en la Comisión respectiva del Senado, sostuvo que si no hay una buena regulación del procedimiento administrativo, no es posible cumplir con lo que establece el artículo 38 de la Constitución Política, relativo a la regulación de lo contencioso administrativo. Si no contamos con procedimientos administrativos, es imposible que tengamos tribunales administrativos, porque éstos no tendrían norma real que aplicar.
Por eso, con este proyecto, que esperamos que se convierta en ley de la República prontamente, no tan sólo vamos a producir un buen impacto en el procedimiento, sino también a establecer una base fundamental para avanzar luego en lo referente a lo contencioso administrativo, así como a dar pleno cumplimiento a la norma establecida en el artículo 38 de nuestra Constitución Política.
Además de la certeza, hay otro aspecto que tiene que ver con el ordenamiento. En este sentido, hay que relacionar las normas del proyecto. A mi juicio, hay que considerar en una relación estrecha lo que dice el artículo 24, sobre plazos, y otros aspectos, como los que se señalan en los artículos 64, 65 y 66, respecto del silencio administrativo.
Me parecen idóneos los plazos, pero insisto en que las cosas deben colocarse en tal orden que el plazo de seis meses no se transforme en la regla general, sino excepcional, y que los otros plazos que están establecidos, sobre todo de acuerdo con la naturaleza de los trámites, se cumplan realmente y no estemos siempre pensando en plazos máximos.
Es decir, junto con la certeza y el ordenamiento, aquí tenemos también un cuadro que permitirá mejorar la eficiencia del aparato del Estado en beneficio del desarrollo del país y, particularmente, de las personas. Lo que tiene incidencia fundamental fue el fundamento del proyecto, es el hecho de permitir que nuestra economía también pueda tener un apoyo sobre la base de trámites que no burocraticen el procedimiento, sino que, dando certeza y estando bien ordenados, permitan generar un cuadro importante de garantías. Sin duda, como lo señaló el diputado señor Gabriel Ascencio , con este proyecto de ley estamos llenando un vacío.
Por todas estas razones salvo respecto de la posibilidad de que un artículo específico sea rechazado por esta Sala, lo más posible es que tengamos un trámite expedito para que este proyecto se convierta en ley de la República prontamente, porque es una necesidad de toda la agenda que, sobre esta materia, han estructurado el Gobierno, los actores políticos y el Congreso.
He dicho.
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