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El señor SALAS (Vicepresidente).-
El señor Prosecretario va a dar lectura al siguiente proyecto de acuerdo.
El señor ÁLVAREZ ( Prosecretario ).-
Proyecto de acuerdo Nº 170, de las diputadas señoras González, doña Rosa y Soto, doña Laura, y de los diputados señores Pérez, don Víctor; Bertolino, don Mario y Egaña, don Andrés.
“Considerando:
Que el contrato de compraventa de vehículos motorizados es uno de los negocios de mayor frecuencia en la vida comercial contemporánea y que de ello dan cuenta los cientos de transferencias en la propiedad de este tipo de bienes que se verifican a diario en el país.
Que. lamentablemente, se ha vuelto cada vez más común el hecho de que en muchos de esos contratos quien asegura ser dueño del bien que se vende, en realidad no lo es, puesto que es producto de un robo o de un hurto (siendo válida, en Chile, la venta de cosa ajena, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 1815 del Código Civil).
Que la sustracción de vehículos y la adulteración de sus documentos han hecho que muchas negociaciones terminen con un comprador que ha pagado un precio, pero que no puede hacer efectivo el dominio, pues la especie no era de propiedad del supuesto vendedor.
Que en esa falta de certeza, derivada esencialmente de la reducida información que existe actualmente en cuanto a los vehículos que han sido hurtados o robados, ha permitido que muchos delincuentes no sólo afecten la propiedad del legítimo dueño del vehículo, sino que también terminen defraudando al comprador que de buena fe ha pagado el precio por su compra.
Que resulta conveniente, por tanto, que los compradores de automóviles dispongan de algún mecanismo de información que les permita conocer si el bien que adquieren está o no denunciado como robado o hurtado.
Que la medida señalada anteriormente, si bien daría mayor certeza a quien accede a la compraventa, no es de fácil implementación, pues requeriría que el Ministerio de Justicia estableciera un dominio o un sitio en internet, en que se diera cuenta de una nómina actualizada de los vehículos que han sido denunciados al Servicio de Encargo y Búsqueda de Vehículos Motorizados de Carabineros de Chile.
Que, con una acción de esta naturaleza, se alcanzaría una serie de efectos virtuosos, como la cooperación en la búsqueda de los vehículos sustraídos indebidamente, el combate a los delincuentes y bandas organizadas que están detrás de este tipo de ilícitos y, finalmente, hacer más seguro el comercio de los vehículos motorizados.
La Cámara de Diputados acuerda:
Solicitar a S.E. el Presidente de la República que disponga que el Ministerio de Justicia establezca una publicación en el servicio de internet de su dominio en donde se informe y actualice diariamente la nómina detallada de todos los vehículos que se encuentren declarados como sustraídos ante el Servicio de Encargo y Búsqueda de Carabineros de Chile. Para el efecto, este servicio deberá remitir diariamente, al Ministerio de Justicia, la última información que tenga al respecto, indicando la mayor cantidad de características del bien sustraído, la que deberá ser íntegramente divulgada en el dominio de internet del Ministerio señalado.
Asimismo, solicitarle que disponga que el Ministerio de Justicia proceda a publicar en el Diario Oficial , el primer lunes de cada mes, la nómina antes consignada”.
El señor SALAS (Vicepresidente).-
Si le parece a la Sala, se aprobará por unanimidad el proyecto de acuerdo.
¿Habría acuerdo?
Aprobado.
"