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La señora MUÑOZ, doña Adriana (Presidenta).-
Corresponde tratar los proyectos de acuerdo.
El señor Prosecretario va a dar lectura al primero de ellos.
El señor ÁLVAREZ ( Prosecretario ).-
Proyecto de acuerdo Nº 59, de los señores Accorsi, Palma, Robles, Navarro, Aguiló y Salas:
“Considerando:
Que actualmente la ley N° 18.469, que regula el ejercicio del derecho a la salud establece un sistema de prestaciones y sienta las bases del sistema público de atención de salud, excluye de los beneficiarios señalados en su artículo 5° a los trabajadores independientes o por cuenta propia, que no se encuentren cotizando en algún sistema de pensiones, pese a que el Código del Trabajo, desde hace ya casi 20 años, contempla a esta categoría de trabajadores y les asigna plenos derechos laborales y de seguridad social. Más aun, se debe hacer presente que el hecho de no cotizar en un sistema de pensiones no elimina la calidad de trabajador independiente, con los derechos adscritos a dicha condición.
Que, además, en la misma legislación, de manera concordante con las disposiciones que regulan al sector privado de salud, se autoriza la incorporación al sistema privado, administrado por las Instituciones de Salud Previsional, a esta clase de trabajadores y de su grupo familiar.
Que, en consecuencia, existe una desigualdad manifiesta entre el sistema público y el privado de salud previsional, que es necesario corregir para lograr, por una parte, idénticas condiciones de sana competencia entre ambos subsectores del sistema de salud del país y, al mismo tiempo, asegurar el derecho de estos trabajadores a acceder al sistema público de salud en calidad de afiliados aportantes.
Que, en esa línea, creemos necesario y oportuno que se modifique la ley N° 18.469, más aun cuando estamos "ad portas" de un proceso legislativo de corrección y perfeccionamiento de los sistemas de salud, una de cuyas bases es el aseguramiento del acceso a los sistemas de prestaciones sanitarias.
Que, atendido el hecho de que esta clase de materias, es de iniciativa exclusiva del Presidente de la República , venimos en solicitar que Su Excelencia el Presidente de la República presente a tramitación legislativa una iniciativa que tenga por finalidad, justamente, modificar el artículo 5° de la ley N° 18.469, permitiendo la incorporación al sistema público de salud administrado por el Fondo Nacional de Salud a los trabajadores independientes que no se encuentren cotizando en un sistema de pensiones, para lo cual deberán suscribir un contrato con el Fondo Nacional de Salud que establecerá las condiciones y montos de las prestaciones recíprocas.
La Cámara de Diputados acuerda:
Solicitar a S.E. el Presidente de la República que, si lo tiene a bien, se sirva enviar a tramitación legislativa un proyecto de ley, cuya idea matriz sea la modificación de la ley N° 18.469, con la finalidad de permitir la incorporación al Fondo Nacional de Salud, como beneficiarios a los trabajadores independientes que no coticen en sistema de pensiones."
El señor SALAS (Vicepresidente).-
Ofrezco la palabra para hablar a favor del proyecto de acuerdo.
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra para hablar en contra.
Ofrezco la palabra.
En votación.
-Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 17 votos; por la negativa, 3 votos. No hubo abstenciones.
El señor SALAS ( Vicepresidente ).-
No hay quórum. Se va a repetir la votación.
-Repetida la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 16 votos; por la negativa, 1 voto. Hubo 1 abstención
El señor SALAS ( Vicepresidente ).-
Nuevamente no hay quórum.
Señores diputados, como en estos momentos se ofrece un cóctel con motivo de celebrarse el Día del Periodista, al cual han sido invitados los diputados, propongo a la Sala dejar pendiente la votación de este proyecto de acuerdo y el tratamiento de los restantes para la sesión del próximo martes.
¿Habría acuerdo?
Acordado.
"