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El señor SEGUEL (Vicepresidente).-
Corresponde conocer el proyecto, en primer trámite constitucional, que modifica el decreto ley Nº 3.500, de 1980, en materia de inversiones de los fondos de pensiones.
Diputados informantes de las Comisiones de Trabajo y Seguridad Social y de Hacienda son los señores Riveros y Dittborn, respectivamente.
Antecedentes:
-Informe complementario de la Comisión de Trabajo e informe de la Comisión de Hacienda, sesión 27ª, en 14 de agosto de 2001. Documentos de la Cuenta Nºs 8 y 9, respectivamente.
El señor SEGUEL (Vicepresidente).-
Solicito el acuerdo de los señores diputados para que pueda ingresar a la Sala el superintendente de Administradoras de Fondos de Pensiones señor Alejandro Ferreiro.
¿Habría acuerdo?
No hay acuerdo.
Tiene la palabra el diputado señor Riveros.
El señor RIVEROS.-
Señor Presidente , la Comisión de Trabajo y Seguridad Social informa, complementariamente, en primer trámite constitucional y primero reglamentario, sobre el proyecto iniciado en mensaje de su Excelencia el Presidente de la República , que modifica el decreto ley Nº 3.500, de 1980, en materia de inversiones de los fondos de pensiones.
A las sesiones que la Comisión destinó al estudio complementario de la referida iniciativa legal, asistieron los ministros del Trabajo y Previsión Social y de Hacienda, la subsecretaria de Previsión Social y el superintendente de Administradoras de Fondos de Pensiones .
En primer lugar, informaré sobre las consideraciones preliminares.
En la sesión 61ª, celebrada el 9 de mayo del año en curso y durante la discusión del primer informe del proyecto, referido al marco de las inversiones de los fondos de pensiones, en particular a los límites de las inversiones en el extranjero, la Cámara acordó remitirlo nuevamente a la Comisión para incorporarle las modificaciones sobre la creación de multifondos en el sistema de administradoras de fondos de pensiones, que el Ejecutivo había anunciado.
Con fecha 29 de mayo último, su Excelencia el Presidente de la República formuló una indicación sustitutiva del proyecto que modifica el decreto ley Nº 3.500, de 1980, en materia de inversiones de los fondos de pensiones a que nos hemos referido, que fue motivo del primer informe de la Comisión, entregado por el diputado señor Paya, a través de la cual incorporó la creación de multifondos en el nuevo sistema de pensiones y refundió ambas materias en un nuevo proyecto de ley.
En atención a dicha indicación sustitutiva y al mencionado acuerdo de la Sala de la Corporación, el presente informe tiene carácter de complementario del primero, el cual fue emitido por la Comisión el 17 de abril del presente año.
Ahora me referiré sólo a los multifondos y tocaré el tema de los límites de las inversiones de los fondos de pensiones en el extranjero, en relación con la indicación aprobada en la Comisión de Hacienda.
Sistema de multifondos.
Necesidad de la creación de multifondos en el sistema de pensiones.
El Ejecutivo señala que, actualmente, cada AFP puede administrar dos tipos de fondos de pensiones: Fondo tipo 1, al que pueden ingresar todos los afiliados al sistema de pensiones basado en la capitalización individual, y Fondo tipo 2, al que sólo pueden ingresar los afiliados pensionados y aquellos a los cuales les falten diez años o menos para cumplir la edad legal para pensionarse.
A partir de lo anterior, debemos concluir que el sistema de AFP ya tiene creado el mecanismo de multifondos y que el proyecto propone ampliar el número de fondos existentes a cinco por cada administradora, diferenciados a partir de la proporción de su portafolio invertida en títulos de renta variable, donde a mayor renta variable mayor riesgo y mayor retorno esperado.
La posibilidad de invertir en una cartera de inversiones cuyo riesgo está asociado al horizonte de inversión del afiliado, esto es, el tiempo que le falta para cumplir la edad legal para pensionarse y la posibilidad que tiene de recuperarse de períodos de bajos retornos, permite, según se señala, elevar el valor esperado de la pensión, haciendo posible aumentar la eficiencia con la que el sistema de pensiones debería lograr su objetivo fundamental: entregar a sus afiliados un ingreso que permita reemplazar, en forma adecuada, a aquel que obtenía durante su vida activa. Por lo tanto, la implementación de un sistema de multifondos se justifica en la medida en que permita a los trabajadores acceder a mejores pensiones y, por lo tanto, a un mejor nivel de vida durante su etapa de retiro.
Además, se afirma que la creación de un sistema de multifondos permitirá a los afiliados lograr una distribución de cartera más acorde a sus preferencias y necesidades, en cuanto a riesgo y rentabilidad. Ello obedece a que los afiliados pueden tener diferentes preferencias en relación a la composición del portafolio de sus fondos de pensiones, que se reflejan en distintos grados de aversión al riesgo. La creación de multifondos permitirá el ejercicio de las preferencias por parte de los afiliados, generando un aumento de su bienestar. Se indica, a modo de ejemplo, que afiliados más jóvenes podrían optar por un fondo de pensiones con un mayor nivel de riesgo y retorno esperado, de forma tal de aumentar el valor esperado de su pensión, mientras que afiliados de mayor edad o ya pensionados, deberían optar por un fondo de mínimo riesgo, de forma de minimizar las fluctuaciones en el valor de su pensión.
Efectos positivos de la creación de los multifondos.
La implementación de un sistema de multifondos tendrá, a juicio del Ejecutivo , una serie de efectos positivos, tanto para el sistema de pensiones, en particular, como para el mercado de capitales, en general. Entre ellos, se mencionan los siguientes: mejor asignación de recursos, incentivos a buscar información, mejoramiento del servicio que entregan las AFP y participación de los afiliados.
Contenido del proyecto.
Elección de fondos para los afiliados.
La indicación propone la libre elección de fondos de pensiones para todos los afiliados al sistema previsional, con excepción de los pensionados y de aquellos afiliados hombres mayores de 55 años y mujeres mayores de 50 años de edad. Estos últimos podrán optar por alguno de los tres fondos de menor riesgo relativo. La razón de esta restricción es evitar que los afiliados en edad cercana a pensionarse o ya pensionados tomen altos riesgos en sus inversiones, que puedan afectar irreversiblemente el nivel de sus jubilaciones y las garantías estatales de pensión mínima comprometidas.
En este sentido se modifica el artículo 23 del decreto ley Nº 3.500.
No obstante lo anterior, los afiliados que, al incorporarse al sistema de pensiones, no seleccionan un tipo de fondo, serán asignados de acuerdo con su edad a uno de los cinco fondos. La forma de hacerlo consiste en su separación en tres tramos etarios, donde a los afiliados más jóvenes les corresponderá uno más intensivo en renta variable, y a los de mayor edad, un fondo más intensivo en renta fija. Cuando el afiliado haya sido inicialmente asignado a un fondo, con posterioridad será traspasado al que le corresponda según su tramo de edad, en caso de no manifestar su elección por algún tipo de fondo.
Límites de inversión.
La indicación sustitutiva establece límites máximos y mínimos de inversión en instrumentos de renta variable, según tipo de fondo, para permitir una efectiva diferenciación de éstos.
Los límites propuestos son los siguientes: Fondo A, límite máximo 80 por ciento, límite mínimo 50 por ciento; Fondo B, límite máximo 60 por ciento, límite mínimo 30 por ciento; Fondo C, límite máximo 40 por ciento, límite mínimo 20 por ciento; Fondo D, límite máximo 20 por ciento, límite mínimo 10 por ciento. El Fondo E, no autorizado, opera sólo con renta fija.
Para los efectos anteriores, se modifica el artículo 45 del decreto ley Nº 3.500.
La propuesta establece un adecuado rango entre el límite mínimo y el límite máximo, entre los cuales el administrador del portafolio podrá optimizar su inversión.
Respecto del límite para la inversión de los fondos de pensiones en el extranjero, se propone establecer un límite para el total de recursos administrados por cada AFP, es decir, para el conjunto de las inversiones externas que se realicen con los cinco fondos de una administradora. De este modo, se da mayor libertad al administrador de portafolio para que determine cuál es el porcentaje óptimo de inversión externa en cada fondo de pensiones.
Se propone también fijar un límite para el plazo promedio de la cartera de inversiones en renta fija en el caso del Fondo E, a fin de disminuir la volatilidad de sus retornos.
Obligatoriedad de la creación de fondos.
La indicación propone que la creación de los fondos sea obligatoria para las administradoras de fondos de pensiones, y que los cinco fondos sean implementados en forma simultánea una vez que entre en vigencia la ley.
Traspasos entre fondos.
Se establece que los afiliados podrán traspasarse libremente entre los fondos de una misma administradora de fondos de pensiones. No obstante, si un afiliado se traspasa más de dos veces en un año calendario, deberá pagar una comisión fija a contar del tercer traspaso. Ello se fundamenta en que se trata de inversiones de largo plazo y con el objeto de evitar costos de administración excesivos y eventuales efectos negativos sobre el mercado de capitales.
Este tema figura en la modificación del artículo 32 del decreto ley Nº 3.500.
Rentabilidad mínima.
Se propone mantener el esquema base del mecanismo actual de medición de la rentabilidad mínima, es decir, una banda definida a partir del promedio de la rentabilidad real del sistema.
Sin embargo, la medición de la rentabilidad mínima se efectuará para cada tipo de fondo, con el objeto de evitar que los fondos se diferencien lo menos posible, para no desviarse demasiado de la rentabilidad promedio.
De ahí que se proponga ampliar la banda de medición de rentabilidad mínima para los dos fondos con mayor porcentaje de su cartera invertido en instrumentos de renta variable y mantener la actual para los tres fondos de menor riesgo.
Para ello se modifica el artículo 37 del decreto ley Nº 3.500. Respecto de los Fondos tipos A y B se introduce una enmienda importante a la garantía de rentabilidad mínima, lo que también tiene incidencia en el encaje, en caso de que exista una rentabilidad por debajo del mínimo establecido.
Dice lo siguiente:
“1. “En el caso de los Fondos Tipos A y B:
“a) La rentabilidad real anualizada de los últimos treinta y seis meses promedio de todos los fondos del mismo tipo, según corresponda, menos cuatro puntos porcentuales”.
En la actualidad, el sistema de fondos de pensiones garantiza una rentabilidad mínima no menor a dos puntos porcentuales del promedio del sistema. Ahora, se lleva a cuatro puntos porcentuales. De manera que llamo la atención sobre este aspecto. Para los otros fondos se mantiene la rentabilidad mínima exigida en los términos actuales, es decir, que no sea menor a dos puntos porcentuales bajo el promedio del sistema.
También se modifica el artículo 39 del decreto ley Nº 3.500, sobre la reserva de fluctuación de rentabilidad, en consonancia con lo dicho sobre los Fondos tipos A y B respecto de la rentabilidad mínima.
Estructura de las comisiones.
Con el objeto de no aumentar la complejidad del sistema para los afiliados y de no dificultar la labor del empleador, se mantiene la estructura actual de comisiones, proponiéndose que las que cobran las AFP en la actualidad sean uniformes para todos los afiliados, independientemente del fondo que elijan.
Cuenta de ahorro voluntario.
La iniciativa sustitutiva propone que las cuentas de ahorro voluntario puedan permanecer en un fondo distinto de aquel en que se encuentra la cuenta de capitalización individual, sin ningún tipo de restricción por edad o para los pensionados. Lo anterior se debe a que se trata de ahorros de libre disponibilidad, con propósitos distintos a los previsionales.
Conflictos de intereses.
Se propone permitir a las administradoras de fondos de pensiones efectuar transacciones directas entre los distintos fondos que administran, por el equivalente a los traspasos de los afiliados entre fondos. Esta medida tiene por objeto no introducir costos innecesarios en el funcionamiento del sistema de pensiones, dado los mayores movimientos de cartera que se espera que se produzcan en el sistema de multifondos.
Se propone, además, establecer la obligación para las AFP de informar a la Superintendencia acerca de transacciones entre los distintos fondos manejados por una misma administradora, que se suma a los resguardos que existen actualmente en la ley para cautelar la seguridad de las inversiones que se realizan con los recursos previsionales.
En cuanto al período transitorio, la indicación propone establecer normas especiales sobre excesos y déficit de inversión que permitan la adecuada diversificación de los fondos en la etapa de implementación del sistema. Para tal efecto, se establece un año de flexibilidad en el cumplimiento de límites máximos y mínimos para la estructuración de portafolio.
A su vez, se propone mayor flexibilidad en la medición de la rentabilidad mínima durante los primeros años de operación.
Por último, los afiliados que al iniciarse el sistema de multifondos no seleccionen un tipo de fondo, dentro del plazo de 90 días establecido en la ley, serán asignados de acuerdo con su edad, de conformidad con el artículo 3º transitorio.
El artículo 1º transitorio, en términos generales, señala que las modificaciones que se introducen al decreto ley Nº 3.500, de 1980, entrarán en vigencia el primer día del sexto mes siguiente al de la publicación de la ley en el Diario Oficial. Sin embargo, las modificaciones a que se refieren las letras a) y n) del número 14 y el inciso decimoctavo del nuevo artículo 47, sustituido por el número 17, entrarán en vigencia el primer día del mes siguiente al de su publicación en el Diario Oficial.
Ideas matrices o fundamentales del proyecto.
En conformidad con el número 1º del artículo 287 del Reglamento de la Corporación y para los efectos de los artículos 66 y 70 de la Constitución Política de la República, como asimismo de los artículos 24 y 32 de la ley Nº 18.918, orgánica constitucional del Congreso Nacional, cabe señalar que la idea matriz o fundamental del proyecto consiste en la creación de un esquema de multifondos en el sistema previsional, con el objeto de incrementar el valor esperado de las pensiones que obtendrán los afiliados e introducir perfeccionamientos a la inversión extranjera de los fondos de pensiones.
Artículos calificados como normas orgánicas constitucionales o de quórum calificado.
La Comisión estimó que el proyecto en informe, en su artículo único, números 14, letras a), e), g), m), n) y p), y 17, permanentes, y el artículo 8º transitorio, contiene normas de rango orgánico constitucional, en virtud de lo dispuesto por el artículo 97 de la Constitución Política de la República, por incidir en atribuciones y funciones del Banco Central.
Por otra parte, el citado artículo único, en sus números 1, 3, letra a), y 7, letras a), b) y c), permanentes, y 3º transitorio, revisten el carácter de normas de quórum calificado por incidir en el ejercicio del derecho a la seguridad social, en virtud de lo dispuesto en el Nº 18º del artículo 19 de nuestra Carta Fundamental.
Por último, cabe señalar que algunos diputados, entre los cuales me cuento, no obstante concordar con los términos expresados en la indicación sustitutiva propuesta por el Ejecutivo , reiteraron su inquietud por la premura en legislar respecto de estos temas, dejando para más adelante los necesarios y urgentes perfeccionamientos al actual sistema de pensiones en lo que se refiere a su administración, en materias tales como, entre otras, el costo de las comisiones que cobran las administradoras de fondos de pensiones y la concentración de su propiedad. En especial, señalaron su preocupación por la adscripción obligatoria de aquellos afiliados que no manifiesten expresamente su voluntad de incorporarse a uno u otro fondo, y por la eventual ocurrencia de fenómenos parecidos a los sucedidos al inicio del nuevo sistema previsional en el que muchos trabajadores, por falta de una adecuada y expedita información, se traspasaron a él sin medir los efectos que ello implicaría en el monto de sus pensiones.
Debo señalar, con claridad, que los costos del sistema de pensiones tienen conexión con el proyecto en informe, toda vez que, precisamente, los trabajadores que pueden recurrir a los fondos con mayor riesgo son los más impactados con los costos de la administración, en particular con la renta fija que se extrae del fondo, que debe ser recuperada con un nivel de rentabilidad acorde con los costos que el sistema involucra para los afiliados.
También existió preocupación especial en lo relativo al aumento de los límites de inversión en el extranjero de los fondos de pensiones, en circunstancias de que la actual situación económica interna ameritaría estudiar fórmulas que permitieran orientar parte de dichos recursos en el fortalecimiento de la pequeña y mediana empresa nacional, afectada seriamente por la crisis conyuntural que atraviesa el país.
Puede resultar un contrasentido que parte importante del principal ahorro del país -los fondos de pensiones-, de más de 35 mil millones de dólares, se invierta en el extranjero. Es más, que se aumente el límite de las inversiones en tal ámbito, mientras que Chile, sin lugar a dudas, requiere de mayores capitales. Por ello, solicitamos al Ejecutivo el envío de una indicación -tuvo problemas de aprobación dentro de la Comisión de Trabajo y Seguridad Social, pero finalmente fue aprobada, aunque no en los términos óptimos que hubiésemos querido-, por lo menos para dar una señal en la línea correcta.
No me explayaré en ella. Será parte de la materia que abordará el colega informante de la Comisión de Hacienda, pero, en síntesis, la indicación implica un desafío para la etapa de aplicación gradual del mayor límite de inversión en el extranjero. De todos modos, debe buscarse la forma de hacerla más atractiva en el ámbito interno, con el objeto de hacer confluir un mercado de capitales dinámico, que permita aprovechar el ahorro de los fondos de pensiones, principalmente en nuestro país, con un nivel de rentabilidad adecuado.
Es todo cuanto puedo informar.
He dicho.
El señor SEGUEL (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el diputado señor Dittborn, informante de la Comisión de Hacienda.
El señor DITTBORN .-
Señor Presidente , voy a hacer un resumen muy apretado de los principales objetivos y herramientas del proyecto que modifica el decreto ley Nº 3.500, porque el diputado señor Riveros ha efectuado una larga y detallada exposición del mismo.
El proyecto, llamado también de multifondos, de origen en un mensaje de su Excelencia el Presidente de la República y que fue aprobado en forma unánime en la Comisión de Hacienda, crea cinco fondos dentro de las administradoras de fondos de pensiones.
En la práctica, es parte de un paquete legislativo que ha enviado el Ejecutivo últimamente al Congreso, en el marco de una reforma muy profunda e importante al mercado de capitales y de inversión. Algunos de los proyectos iniciaron su trámite en la Cámara de Diputados, y otros, en el Senado.
Los objetivos del proyecto son básicamente dos: primero, incrementar la rentabilidad de los fondos de pensiones en el largo plazo y, por ende, mejorar el nivel de las pensiones que entrega el sistema de AFP, y segundo, modificar los límites de inversión de los fondos de pensiones.
La mayor rentabilidad y el aumento de las pensiones se originarán mediante el incremento de la renta variable de los fondos, y este punto es bien importante, frente a una cifra que me causó mucho impacto.
Es sabido por los economistas que en el largo plazo la mayor rentabilidad está asociada a instrumentos de renta variable y no a instrumentos de renta fija. Por lo tanto, preocupa que las AFP, en los últimos cuatro o cinco años, hayan disminuido en forma importante la proporción del fondo de pensiones que se invierte en renta variable.
Una sola cifra para ilustrar el hecho: en 1996, los fondos de pensiones tenían en promedio un 35 por ciento de sus ahorros invertidos en renta variable, en acciones, fundamentalmente. La cifra en ese rubro hoy es del 7 por ciento. Es decir, ha disminuido de un 35 por ciento a un 7 por ciento la proporción de los fondos de pensiones invertidos en renta variable.
Sin duda, ello obedece a que el mercado bursátil ha perdido su importancia en los últimos años. Menos empresas han accedido a él y otras no han aumentado su capital, lo que ha generado la escasez de acciones. Esto significa, en el largo plazo, un castigo muy importante para los afiliados a las AFP, que reciben pensiones más bajas.
El proyecto pretende revertir tal situación a través de la posibilidad de que los fondos de pensiones se inviertan en instrumentos de renta variable en el extranjero y, en el largo plazo, aumentar el nivel de las pensiones.
Debo recordar que el 16 por ciento de los fondos de pensiones está invertido en el extranjero, dentro del rango permitido del 10 al 20 por ciento. Lo grave es el tope de la inversión en renta variable en el extranjero, cuyo rango permitido es del 5 al 10 por ciento. Por lo tanto, otro aspecto muy importante del proyecto es que permite incrementar la inversión en renta variable de los fondos de pensiones, lo que debiera aumentar las pensiones en el largo plazo.
Quiero destacar los aspectos más importantes de la discusión particular del proyecto. Uno de ellos lo mencionó el diputado señor Riveros : se establece la existencia de una misma cotización para los cinco fondos de pensiones. Recordemos que hoy sólo existen dos: el Fondo A, que es aquel al cual nos encontramos casi todos afiliados, y el Fondo B, de renta variable, que es sólo para aquellas personas que están muy próximas a jubilar.
El proyecto crea cinco fondos de pensiones: el tipo A, que tendría sólo renta variable -sería el más riesgoso, por llamarlo de alguna manera- y los tipos B, C, D y E. Este último tendría el ciento por ciento de inversión en renta fija y sería el menos riesgoso. Los cinco tendrán una misma cotización, lo que constituirá una ayuda para el imponente, ya que todos tendrán un mismo nivel de mantención y los afiliados no necesitarán comparar costos.
Por su parte, las AFP deberán implementar el sistema de multifondos dentro de los seis meses después de publicada la ley en el Diario Oficial. A partir de esa fecha, los imponentes elegirán el tipo de fondo en que deseen estar, con algunas restricciones en cuanto a la edad. Por ejemplo, no se permitirá que las personas que estén a punto de jubilar se inscriban en el fondo de máxima renta variable -que es el más riesgoso-, porque ello podría perjudicar el nivel de sus pensiones en el caso de que se vieran afectados por una baja en la Bolsa de Comercio. Sin embargo, a las personas más jóvenes les convendrá incorporarse al fondo de renta variable -tipo A-, porque es donde podrán obtener una mayor rentabilidad a largo plazo.
Si el afiliado no elige un fondo, se le asignará uno de acuerdo con su edad y con las restricciones que contiene la ley en estudio.
Como también señaló el diputado señor Riveros , las personas podrán hacer dos traspasos en forma gratuita, de un fondo a otro dentro de un año calendario. Si son más de dos, el traspaso tendrá un costo para el afiliado.
El proyecto contiene una gran cantidad de aspectos técnicos que no vale la pena entrar a detallar, entre otros, se elimina el activo contable depurado como requisito para la elegibilidad de las acciones, que es algo que entraba e impide la elección de ciertas acciones para los fondos de pensiones. También se corrigen los límites de inversión por emisor para cautelar aspectos como la concentración de las inversiones del fondo en determinados emisores y para evitar conflictos de intereses entre los dueños de las administradoras y las empresas donde se invierte.
A partir de la vigencia de la ley, los afiliados tendrán 90 días de plazo para elegir el fondo al cual deseen pertenecer, con las restricciones que se establecen de acuerdo con la edad del imponente. Si en dicho plazo las personas no se acercaran a la AFP a realizar el trámite, la respectiva administradora elegirá el fondo para cada imponente según su edad.
En resumen, se trata de un proyecto importante que amplía la libertad de los afiliados para elegir entre un mayor número de fondos de pensiones, distintos entre sí. De dos que hay actualmente, se pasará a cinco en el futuro, pero lo más importante es el impacto que tendrá para la gente joven, por cuanto tendrá la posibilidad de optar por el de mayor renta variable, “el más riesgoso” y, por lo mismo, el de mayor rentabilidad a largo plazo.
Por lo tanto, la gente joven será la más beneficiada con el mejoramiento de sus pensiones en el largo plazo, pero quienes estamos cerca de jubilar no podremos gozar de los beneficios del proyecto, porque con las restricciones que contiene no se nos permite optar por el fondo más riesgoso.
Es todo cuanto puedo informar.
He dicho.
El señor SEGUEL (Vicepresidente).-
En discusión el proyecto.
Tiene la palabra el diputado señor Ortiz.
El señor ORTIZ .-
Señor Presidente , me alegra mucho que mi colega señor Julio Dittborn haya hecho un reconocimiento especial de este proyecto de ley, que forma parte de los tres que anunciara el Presidente de la República señor Ricardo Lagos el 21 de mayo pasado en el Congreso Pleno, en función del aumento de las inversiones y del consumo y de la creación de miles de empleos.
Por tal razón, el proyecto de mercado de capitales ingresó en la Cámara de Diputados el 4 de junio, y en un tiempo récor de 15 días -es decir, el 19 de junio-, terminó su primer trámite constitucional.
Hace algunos días se puso término al primer trámite constitucional del proyecto institucional en el Senado de la República.
El tercer proyecto tiene que ver con el sistema de multifondos.
Los dos diputados informantes han destacado el significado de la creación de cinco fondos: mejorar las pensiones a través de la eficiencia del sistema previsional, de manera que sus afiliados reciban al jubilar una suma similar al ingreso que obtenían durante su vida activa.
Soy consecuente y no dependo de los escenarios. Mediante la ley Nº 19.200, en diciembre de 1993 se hizo posible que el profesorado -mi gremio- pudiera cambiar su sistema de jubilación y que, en vez del promedio de las 60 últimas mensualidades, lo hiciera con el promedio de las últimas 36 mensualidades. Eso significó aumentar de un 48 a un 82 por ciento el promedio de su última renta y permitió que hicieran uso de ese derecho miles de profesores que tenían los requisitos para impetrar el beneficio de jubilación.
Después de dos modificaciones al Estatuto Docente que significaron elevar ese ochenta y dos por ciento al ciento por ciento de su última renta, jubilaron más de 6 mil profesores con una indemnización de entre 15 y 16 meses. Sin embargo, no pueden acceder al mismo beneficio, aunque cumplan los requisitos, los profesores y los funcionarios de la Administración Pública que están en el sistema de administradoras de fondos de pensiones. Sus pensiones bajan a la mitad de la última renta en ejercicio. Por eso, me alegra que mi Gobierno haya enviado este proyecto de ley que -espero que se apruebe por unanimidad- que aumenta el nivel de las pensiones.
El riesgo de invertir en renta variable está asociado al horizonte de una mejor pensión para el afiliado, quien obtendrá un ingreso que reemplace en forma adecuada el que obtenía durante su vida activa. Sin embargo, esto implica la eficiencia en la administración del sistema de pensiones.
Al respecto, algunas estimaciones demuestran que la posibilidad de que el afiliado pueda acceder a distintas carteras de inversión durante su vida activa le permite acumular un mayor saldo en su cuenta individual, lo que va en directo beneficio de su pensión.
Con retornos históricos de los fondos de pensiones, durante el estudio de este proyecto de ley, se realizaron simulaciones para determinar el saldo que acumularía un trabajador al final de su vida activa, comparando los resultados de la situación actual con el esquema de este proyecto de multifondos.
Se dieron tres escenarios. El primero, un afiliado activo, que utiliza las posibilidades de cambiar sus recursos entre fondos y que elige siempre la alternativa de mayor riesgo, es decir, permanece los primeros treinta años en el Fondo A, de 25 a 55 años de edad, y diez años en el fondo C, de los 56 a los 65 años de edad. El segundo, un afiliado pasivo, que no elige fondo y que le es asignado de acuerdo con el proyecto de ley. El tercero, un afiliado que permanece en el fondo C. Si se comparan los resultados en cuanto al saldo acumulado en la cuenta individual entre las situaciones A y C y B y C, simulando doscientos escenarios de trayectoria de retorno durante la vida activa del afiliado, se obtuvieron los siguientes resultados.
Perdón, señor Presidente , ¿cuántos minutos me restan?
El señor SEGUEL ( Vicepresidente ).-
Ha terminado su tiempo.
El señor ORTIZ .-
Pero tengo el tiempo de dos discursos de diez minutos cada uno.
El señor SEGUEL ( Vicepresidente ).-
Señor diputado , le corresponden dos discursos de cinco minutos.
El señor ORTIZ.-
Sí, señor Presidente.
El saldo final acumulado en la cuenta de capitalización individual en el modelo de multifondos del afiliado activo, en un 98 por ciento de los casos supera el saldo final de la situación actual.
El saldo promedio del esquema de multifondos para este escenario supera en un 105 por ciento el saldo promedio en la situación actual.
Después, en el caso del afiliado pasivo versus la situación actual, se comprobó que en un 64 por ciento el saldo final acumulado en la cuenta de capitalización individual en el modelo multifondos supera el saldo final de la situación actual.
En consecuencia, puede reconocerse con estas simulaciones que los multifondos ayudarán en forma real y efectiva a cumplir el gran objetivo: mejorar las pensiones.
Existe la posibilidad de elegir cartera, de una mejor asignación de recursos, de incentivos para buscar información, de mejoramiento del servicio que entregan las administradoras de fondos de pensiones y de participación, vital para los afiliados. En resumen, el proyecto propone ampliar el límite global de la inversión de los fondos de pensiones en el exterior y establece, para estos efectos, un rango que fluctúa entre un 20 por ciento y un 30 por ciento del valor de los fondos de las AFP, dentro del cual el Banco Central determinará el límite definitivo.
Considero que, al preocuparnos de los ahorros de los millones de trabajadores chilenos en el sistema de administradoras de fondos de pensiones, el proyecto va por el camino correcto. Las AFP no pueden decir que no se está legislando en el sentido de que tengan opción de invertir en el extranjero y en el país para hacer efectiva una mejor rentabilidad y dar mayor tranquilidad en su jubilación a los trabajadores chilenos.
Por eso, votaremos favorablemente.
He dicho.
El señor SEGUEL (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el diputado señor Mario Bertolino.
El señor BERTOLINO .-
Señor Presidente , el proyecto en análisis apunta en la línea correcta, cual es dar mayor libertad para que los afiliados de las AFP -siempre y cuando se implementen las medidas pertinentes- puedan recibir una rápida y efectiva información y, según su edad y expectativas, decidir en qué fondos les conviene tener sus ahorros previsionales de manera de mejorar su rentabilidad y contar con una mejor jubilación.
Desde ese punto de vista, es bueno lo que se ha hecho; pero sí tengo algunas aprensiones que quiero dejar planteadas, para la historia fidedigna de la ley, las cuales solicito al ministro que las aclare con posterioridad.
En primer lugar, por qué fijamos en la ley un rango de inversión entre 15 y 35 por ciento, porcentaje que, en apariencia, parece alto, pero que a mi juicio no lo es, más aún cuando el Banco Central debe definir que rango autoriza.
¿No sería más lógico, para que la ley sea moderna, con proyecciones, permitir hasta el 50 por ciento y que el Banco Central fije los montos y los rangos donde lo estime conveniente? Puede darse el caso de que, en un momento, el 35 por ciento sea poco y tengamos que legislar de nuevo para elevarlo. ¿Por qué hacer una ley con un horizonte tan reducido?
En segundo lugar, me llamó la atención el hecho de que muchos diputados manifestaran su intención de que las AFP tuviesen mejores condiciones para invertir mayores recursos en el país. Hay que recordar que los fondos acumulados alcanzan a la suma de 35 mil millones de dólares, que equivale casi al 50 por ciento del producto geográfico nacional; es decir, es un gran volumen de recursos, el que, en un futuro muy próximo, será demasiado importante en relación con la economía nacional que, a mi juicio, es muy pequeña para poder invertirlos y multiplicarlos. De ahí la importancia de aumentar el margen de inversión en el extranjero.
Recordemos el viejo adagio que dice que quien reparte sus inversiones en distintas canastas, obviamente tendrá una mejor forma de defenderse o de obtener mayor rentabilidad.
También considero lógico que haya quienes piensen en por qué no aprovechar estas grandes sumas para dar impulso a nuestro desarrollo económico sin arriesgarlas, ya que debemos reconocer que las economías, tanto de nuestro país como del hemisferio, y en general de los países en vías de desarrollo, son equivalentes a una montaña rusa -valga la comparación-, en que de repente estamos muy bien y luego bajamos, y así sucesivamente.
Tampoco podemos pretender que estos recursos tengan o sigan la misma onda, sino que sean lo más parejo posible, incluso con mayor rentabilidad. Últimamente hemos sido gravemente afectados por situaciones económicas de otros países.
Por lo tanto, ¿no sería conveniente, por ejemplo, para permitir esta inversión en nuestro país, que se facultase a las AFP para operar a través del decreto 600, de inversión extranjera, que presenta una serie de ventajas?
Espero que el señor ministro aclare mis inquietudes.
El proyecto es bueno y la bancada de Renovación Nacional lo va a apoyar. Esperamos que rinda los frutos que todos deseamos.
He dicho.
El señor SEGUEL (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el señor ministro del Trabajo.
El señor SOLARI ( Ministro del Trabajo y Previsión Social).-
Señor Presidente , deseo responder al diputado señor Bertolino.
En primer lugar, en este proyecto, de un límite en torno del 10 y 20 por ciento de inversión en el extranjero, hemos avanzado hasta el 30 por ciento, lo cual, a nuestro juicio, y también al de las Comisiones de Hacienda y de Trabajo, constituye un avance importante en el sentido de que toda la administración que regula los fondos del decreto Nº 3.500 se ha caracterizado, en cada uno de sus pasos, por tener gran prudencia para preservar que los fondos acumulados no corran grandes riesgos.
Al mismo tiempo, se mantiene la atribución del Banco Central para fijar el rango.
Además, en la actualidad, el total de la inversión de los fondos de pensiones en el exterior asciende a 14 por ciento. Por tanto, no estamos en presencia de un problema de rigidez o de estrechez de los límites para la inversión en el extranjero.
Entonces, en la medida en que se pruebe la eficiencia y, por sobre todo, la rentabilidad de la inversión, siempre existirá la buena disposición de ampliar los límites. Pero, insisto, la prudencia en la aplicación de los fondos de los trabajadores debe ser la consigna que guíe todas las transformaciones futuras.
En cuanto a la utilización de los fondos y a la posibilidad de dinamización del mercado interno de capitales, quiero decir que el aumento de inversión fuera de Chile genera mayores posibilidades para las empresas chilenas, toda vez que en el mercado de capitales quedan espacios libres para que éstas actúen.
Los otros aspectos y transformaciones que se lleven a cabo en el contexto de la reforma del mercado de capitales también permitirán abrir espacios, tanto en la bolsa como en otros instrumentos financieros, para empresas particularmente pequeñas.
Pero me quedo con lo principal. La capacidad de hacer más inversiones en el extranjero abrirá espacios para la inversión financiera en Chile de empresas pequeñas y medianas.
Además, el desarrollo de una nueva institucionalidad del mercado de capitales -tema muy avanzado en el trámite legislativo- también permitirá que otras empresas puedan contar con recursos en distintas opciones de inversión en renta variable.
He dicho.
El señor SEGUEL (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el diputado señor Pedro Muñoz.
El señor MUÑOZ .-
Señor Presidente , el proyecto en estudio constituye un mejoramiento de la actual normativa del decreto ley Nº 3.500, que regula el sistema previsional privado.
Poco tiempo después de su puesta en vigor, se plantearon diversas propuestas para optimizar el funcionamiento de las administradoras de fondos de pensiones en tres sentidos principales: primero, disminuir los costos para los afiliados; segundo, asegurar una rentabilidad adecuada en las inversiones de los fondos, y tercero, modificar los requisitos establecidos para la obtención de beneficios por parte de los cotizantes.
El proyecto se orienta en el sentido de mejorar la rentabilidad. Fue debatido en la Sala en una ocasión anterior, y reenviado a la Comisión respectiva con el objeto de analizar algunas enmiendas a su texto.
El Presidente de la República incorporó una indicación sustitutiva, destinada fundamentalmente a crear un sistema de multifondos y a establecer diversas disposiciones referidas a las carteras de inversión. A través de ellas se pretende compatibilizar el interés de los cotizantes en obtener ganancias para sus aportes con el riesgo que se debe afrontar, sobre todo en algunas carteras de inversión donde priman los instrumentos de renta variable.
La experiencia acumulada por el sistema demuestra que la existencia de un solo fondo ha ocasionado graves problemas a los cotizantes.
En efecto, superadas las auspiciosas tasas de rentabilidad de los primeros años, éstas cayeron hasta registrarse índices negativos durante largos períodos, lo que ocasionó un indudable perjuicio a los afiliados, quienes vieron disminuir su fondo. Ello, hace algunos años, motivó la creación de un segundo fondo destinado a aquellos afiliados próximos a pensionarse, cuya inversión en instrumentos de renta fija evita las negativas fluctuaciones en una etapa en que son particularmente perjudiciales.
Pues bien, diversos estudios técnicos han señalado que dicha experiencia podría multiplicarse, aumentando las posibilidades de los cotizantes para influir en el destino de sus fondos, de forma de compartir la responsabilidad de la administración, disminuir los riesgos financieros de algunos instrumentos y mejorar la información con que cuentan los usuarios.
El mecanismo propuesto supone la existencia obligatoria de cinco fondos de libre acceso que combinan en diversas proporciones -máximas y mínimas- los instrumentos de renta variable y fija, con la sola limitación de que durante la edad más próxima a la jubilación se puede optar exclusivamente por aquellos tres fondos de menor riesgo. Al mismo tiempo, la iniciativa contempla diversas normas relativas al régimen de inversión de fondos en el exterior que, en lo sustantivo, significan un aumento en el límite global de recursos que pueden destinarse a este fin y una mayor diversificación de los instrumentos.
En otro sentido, se incorporan diversas disposiciones que establecen límites y resguardos en materia de inversiones nacionales.
Sin duda, la enmienda principal -objeto de esta indicación sustitutiva- es un avance muy importante para el sistema previsional, en cuanto permite disminuir el riesgo para los cotizantes, los que podrán participar de la decisión que se tome sobre sus fondos.
Sin embargo, hay algunos aspectos que me merecen reparos y espero que puedan corregirse durante los trámites restantes del proyecto.
a) En cuanto al criterio presunto, que se atribuye a los afiliados que no expresan voluntad a favor de uno u otro fondo, resulta cuestionable suponer que opte por el de mayor riesgo, pues es evidente que ésta no es la conducta habitual. La ley no puede presumir la osadía, más aún tratándose de fondos previsionales. Lo lógico sería que el fondo supuesto fuera el C, vale decir, el intermedio, donde, a lo menos teóricamente, se cautelan en forma complementaria la rentabilidad y el riesgo.
b) Sin caer en una demagogia fácil, creo que, ante la situación que vive el país, resulta cuestionable extender los límites de inversión en el exterior. Si bien no manejo información detallada sobre el particular, ésta debiera ser sólo subsidiaria de la nacional, reducida, en todo caso, a instrumentos que aseguren ventajas y riesgos que no existan en el país. Asimismo, en caso de que ello fuera imprescindible, que se extiendan los plazos en que se haga efectivo ese aumento.
c) Considero necesario insistir en la necesidad de perfeccionar el sistema de comisiones, las que, si bien se han reducido, siguen siendo elevadas. Al mismo tiempo, es indispensable efectuar las enmiendas que permitan un mayor acceso de los cotizantes a los beneficios, flexibilizando los requisitos para acceder a la garantía legal.
Por todas estas consideraciones, la bancada del Partido Socialista aprobará el proyecto.
He dicho.
El señor SEGUEL (Vicepresidente).-
Tiene la palabra la diputada señora María Rozas.
La señora ROZAS (doña María) .-
Señor Presidente , luego del debate en la Comisión y de escuchar con atención a los colegas que han intervenido, da la impresión que estamos frente a un proyecto espectacular. Sin embargo, aun cuando comparto varios de los argumentos planteados, en honor a la verdad no puedo abstenerme de entregar -lo dije en la Comisión- una perspectiva distinta.
No cabe duda de que, desde un punto de vista económico, el proyecto es bueno; pero a la gente no se le ha dicho que permitirá ampliar la inversión de los fondos de los trabajadores chilenos en el exterior. En eso se ha centrado la discusión.
Hoy, cuando en Chile se está viviendo un nivel de cesantía muy grande y las empresas nacionales enfrentan dificultades, surge la pregunta: por qué no disponer en un proyecto que estos fondos, que son platas de los trabajadores, se inviertan en Chile y no salgan al extranjero. Los expertos y técnicos dicen que eso no es posible.
El proyecto mereció algunos reparos, ya que se está discutiendo la creación de multifondos o de distintas alternativas para los trabajadores; pero no se ha dicho en qué forma llegará la información a los afiliados, a los dueños de los fondos, que deben recibir los beneficios, cuando la mayor dificultad radica en que quienes administran sus platas no entregan la información como corresponde.
Esta situación se analizó en esta Cámara. Incluso, en una oportunidad, el superintendente de AFP hizo una serie de enmiendas administrativas con la finalidad, entre otras, de agilizar supuestamente la información a los afiliados; pero eso significó que quedaran quince mil vendedores cesantes. Por lo demás, todos saben que para leer, traducir o entender cierta información de la AFP -si es que les llega-, prácticamente hay que tener a mano un diccionario para descifrar jeroglíficos. Además, ¿creen ustedes que al presentar a los trabajadores alternativas distintas los dueños del negocio les señalarán cuál es la mejor, de acuerdo con su sueldo? Yo, por lo menos, estoy convencida de que los dueños de las AFP no lo harán, porque sólo les interesa lucrar con la plata de los trabajadores.
También he manifestado mi disposición contraria al proyecto por un tema de fondo, de marca mayor: estamos pidiendo una transformación del sistema de las AFP. Ese tema sigue pendiente. Aquí vienen y hablan quienes administran las platas de los trabajadores, pero todavía no hemos hecho la pregunta de fondo: ¿Qué opinan los dueños de las platas sobre cómo participarán ellos en las decisiones? Mientras no realicemos esa discusión de fondo -no quiero involucrar a nadie-, por lo menos, en términos personales, no estoy dispuesta a avalar buenos y grandes negocios para los dueños de las AFP, que no redundan en ningún beneficio para sus afiliados.
Desde el punto de vista técnico-económico, reconozco las bondades del proyecto y no me estoy oponiendo a eso; pero no estoy aquí para legislar en favor de quienes pretenden hacer buenos negocios con la plata de los trabajadores.
Hablo a título personal y, al igual como lo hice en la Comisión, votaré en contra del proyecto, porque desde el punto de vista práctico no significa ningún beneficio para los dueños de las platas, porque todos sabemos cómo operarán quienes las administran.
Por lo tanto, voy a votar en contra del proyecto mientras no se hagan las enmiendas de fondo que indiquen la forma en que los beneficios llegarán a los trabajadores y no se diga cómo se modificará el sistema previsional.
He dicho.
-Aplausos en las tribunas.
El señor SEGUEL (Vicepresidente).-
Ruego a los asistentes a las tribunas guardar silencio.
Tiene la palabra el diputado señor Carlos Vilches.
El señor VILCHES .-
Señor Presidente , considero que el proyecto en debate, que modifica el decreto ley Nº 3.500, de 1980, en materia de inversiones de fondos de pensiones, debe ser uno de los más importantes que ha tratado la Sala este año. Lo digo porque reviste importancia para todos los trabajadores, puesto que constituye una apuesta para sus posibilidades previsionales. Allí radica su relevancia. Tal vez no estamos legislando con toda la urgencia que quisiéramos, porque es necesario que todos los sectores involucrados, fundamentalmente los trabajadores, puedan entregar su opinión.
Se ha planteado, con bastante claridad, que actualmente existen dos fondos dentro del sistema de las AFP y que los trabajadores, en virtud de este proyecto, podrán optar a uno de los cinco fondos que se propone crear. El primero de ellos es el de más alto riesgo, porque -como se explicó- consiste en instrumentos financieros de renta variable. El más conservador es el fondo de pensiones tipo D, con rentas fijas a largo plazo.
Sin duda, esto tiene importancia porque las personas que inician sus ahorros previsionales podrán optar por una renta variable que les permitirá obtener mejor rentabilidad al final del período.
También me parece muy positiva la flexibilización que se introduce en cuanto a que quienes estén en el sistema podrán cambiarse de fondo hasta dos veces en el año.
Pero hay algo que es necesario saber. Por su intermedio, señor Presidente , quiero pedirle al ministro de Hacienda que nos informe cuántos son exactamente los recursos acumulados en los fondos de pensiones de las AFP. Quiero que lo diga oficialmente, porque no existe ningún sistema en el país que haya acumulado más recursos. Hoy, sus posibilidades de inversión -que están reguladas- sólo están limitadas a instrumentos financieros de renta variable en el exterior, los cuales podrían generar mayor rentabilidad. La pregunta tiene relación directa con una decisión país. En muchas oportunidades se ha propuesto que estos recursos sean invertidos en industrias productivas nacionales que tienen alto nivel de riesgo.
Ya debatimos y solicitamos en esta Sala que estos recursos fueran invertidos, por ejemplo, en la empresa más importante de Chile, como es Codelco. Pero esa pregunta no tuvo una respuesta adecuada y creo que ésta es la oportunidad de saber si esta modificación permitirá que las personas puedan decidir respecto de las inversiones.
Señor Presidente , el diputado señor René Manuel García me solicita una interrupción y, por su intermedio, se la concedo.
El señor SEGUEL ( Vicepresidente ).-
Puede hacer uso de la interrupción el diputado señor René Manuel García .
El señor GARCÍA (don René Manuel) .-
Señor Presidente , sólo quiero que el ministro me aclare algo fundamental.
Aquí parece como que el Gobierno o nosotros no quisiéramos permitir inversiones y la verdad es que, ya sea en el extranjero o en nuestro país, en empresas rentables o no rentables, los únicos recursos que tienen absoluta garantía estatal son los de los trabajadores. Si se invierte mal, el Estado deberá reponer esos recursos más los intereses que dejaron de percibir. En consecuencia, debemos velar por que las inversiones sean rentables, y que ello se traduzca en que los trabajadores tengan un mejor pasar.
Si analizamos fríamente la situación, los dueños de Chile podrían ser los trabajadores, porque no existe nada que no se pueda comprar con los 45 mil millones, más o menos, a que alcanzan los fondos de pensiones de las AFP. En lugar de invertir, podrían ser los dueños de todas las empresas del país y tendríamos que ver quiénes las administran.
Por eso, ante todo me gustaría que el ministro nos aclarara lo que dijo el colega Vilches y si es verdad lo que afirmo respecto de los fondos. Hay diputados que manifiestan que no tienen garantía del Estado; pero yo digo que los únicos recursos que tienen garantía estatal, invertidos en Chile o en el extranjero, son los de las AFP.
Agradezco la interrupción que me concedió el diputado Carlos Vilches .
He dicho.
El señor SEGUEL (Vicepresidente).-
Recupera la palabra el diputado señor Vilches.
El señor VILCHES .-
Señor Presidente , se han hecho inversiones muy importantes. Creo que la máxima autoridad del sector económico del país, presente en la Sala, el ministro de Hacienda , también podría explicarnos si mediante la modificación que se hace en virtud del proyecto, se autorizará la inversión de estos recursos en proyectos tales como concesiones de carreteras, porque han llegado al país inversionistas extranjeros que, sin duda, han dado un nuevo impulso a nuestra infraestructura vial. Por eso, echamos de menos que estos recursos, tan importantes, cuantiosos y asegurados, no se utilicen para iniciar la nueva etapa que está viviendo el país ante la necesidad de salir del subdesarrollo.
Finalmente, anuncio que vamos a apoyar el proyecto porque implica modernización. Pero hay que decirlo, porque en verdad, nos guste o no nos guste, el sistema de las AFP ha sido copiado por muchos países más desarrollados que el nuestro. Ha sido así, y han venido expertos a perfeccionarse en esta materia.
Entonces, estamos modernizando el sistema de inversiones de estos recursos. En muchas campañas electorales se ha pretendido, demagógicamente, echar mano a ellos para utilizarlos en otros rubros; pero este sistema tiene prestigio y respaldo, y la modernización del decreto ley que se hace mediante este proyecto va en beneficio de todos los trabajadores y, fundamentalmente, del país.
He dicho.
El señor SEGUEL (Vicepresidente).-
Informo a la Sala que seis parlamentarios se hallan inscritos, y que existe unanimidad sobre el proyecto. Si todos hacen uso de la palabra no podrá ser votado en esta sesión.
Tiene la palabra el diputado señor Felipe Letelier.
El señor LETELIER (don Felipe) .-
Señor Presidente , pedí la palabra para referirme al proyecto porque no estoy de acuerdo con él. Lo único que me hace recordar es la forma en que entre 1980 y 1983 “arreaban” a los trabajadores y los presionaban para que se metieran en las AFP.
No puedo estar de acuerdo con esta iniciativa porque sé cómo fueron destruidas las cajas de previsión del país. Los gobernantes de entonces nunca respondieron cuando los periódicos preguntaban qué había sucedido con los recursos de esas entidades de los empleados particulares, públicos, periodistas y otros. Nunca se supo dónde fueron a parar esos dineros. La gente fue presionada y forzada a meterse en estas famosas AFP.
No puedo estar de acuerdo con el proyecto. Sí lo estoy con la colega María Rozas , porque este es el único país en que los trabajadores pagan para que les administren sus fondos y jamás reciben, a cambio, un céntimo de las ganancias por los pingües negocios que hacen las AFP, muchas veces fuera del país.
Me da pena escuchar a colegas cómo rinden pleitesía a estas instituciones que nada han hecho. Sólo han tomado los recursos de los trabajadores para sacarlos fuera del país, sin invertir en Chile.
Ahora bien, quiero ser claro frente a la propuesta de modificar el decreto ley Nº 3.500 para dar más facilidades a estas instituciones para invertir fuera del país: primero, quiero que me demuestren cuánto ha ganado Chile con las AFP. Me encantaría saberlo y eso es lo que también piensa la gente.
En Concepción existe una asociación de personas, que tiene por objeto analizar posibilidades para regresar al INP, porque se han dado cuenta de que a la hora de jubilar, las AFP les pagan menos de la mitad de lo que podrían recibir con el sistema antiguo. Esta asociación es conocida con el nombre de “Clotario Blest”. Así se recuerda en esa zona al líder sindical.
No se trata de un capricho o de una animadversión absurda respecto de estas instituciones. Se ha comprobado que durante los 21 años de funcionamiento del sistema sólo se ha abusado de los trabajadores, quienes no se han beneficiado ni en un céntimo con las cuantiosas ganancias que ellas han obtenido. Incluso, después de jubilados, muchas veces reciben una carta donde se les comunica que les queda una cuota más de su pensión, lo que no ocurre en el INP, pues el afiliado muere con una jubilación más digna y más justa.
Entonces, no puedo estar de acuerdo con el proyecto. Me gustaría que el Gobierno enviara otro, para que la gente tuviera la posibilidad de regresar al sistema antiguo y no quedar encajonados en este gran negocio de algunos pocos, en que la mayoría tiene que pagar por él.
He dicho.
-Aplausos.
El señor PARETO (Presidente).-
Tiene la palabra el diputado señor Enrique Jaramillo.
El señor JARAMILLO.-
Señor Presidente, es urgente realizar en el país el proceso de perfeccionamiento del mercado de capitales.
Con el proyecto, quizás el más importante que ha llegado este año a la Cámara, se presenta esa oportunidad.
No es sencillo el sistema privado de pensiones, pero hay que iniciar su discusión. Su complejidad técnica se suma a muchas otras situaciones negativas, como también a las dudas de varios diputados -entre quienes me sumo- de legislar sobre la materia.
Se trata de un sistema que fue diseñado teniendo en cuenta que los beneficios para los afiliados no serían tales. Sólo han tenido acceso a ellos algunos grupos económicos de la época. Por eso, hoy existe preocupación en los trabajadores, quienes ven, mes a mes, que se descuentan de sus sueldos una parte importante en beneficio de las administradoras de los fondos de pensiones y no de los afiliados.
También se ha dicho en esta Sala que las AFP fueron creadas en un contexto político que no era el mejor. Concuerdo con ello, porque el movimiento sindical no tuvo nada que decir y el Poder Legislativo se encontraba en receso. Entonces, no hubo una discusión en el país sobre cómo se iba a organizar la seguridad social que, por definición, debería estar llamada a acudir en auxilio de cada uno de los trabajadores cuando éstos, ya sea por su avanzada edad o enfermedad, no fueran capaces de sostenerse por sí mismos ni menos a sus propias familias.
Recientemente hemos visto cómo en algunos medios académicos y políticos se discute sobre la legitimidad y viabilidad del modelo. Algunos, como el presidente del instituto emisor, han expresado el riesgo de iniciar una discusión de fondo. Se dice que ello no es oportuno, pues retrasaría el empeño por recuperar las cifras del crecimiento de la economía chilena. Sin embargo, otros, entre los que me incluyo, reconocemos la necesidad de discutir a fondo todos los asuntos del país y éste en especial, sin exclusiones a priori, tanto en cuanto tengamos la responsabilidad ética y política de corregir aquellas fallas estructurales que son motivo de que nuestro país se estanque o crezca, pero en este escenario la brecha se acrecienta.
Cuando el Gobierno presenta este proyecto tan bien inspirado, obviamente surgen las preguntas de fondo respecto a si se da prioridad al bienestar de las personas, a la seguridad de los trabajadores, a la equidad del sistema privado de pensiones, o si se potencia la capacidad de las AFP para generar más y mejores oportunidades de negocios y que, por rebase, el beneficio debiera ir a sus afiliados.
Ahora bien, si se analizan las normas propuestas, se advierte que hay bastante que discutir, pero en atención al tiempo sólo me voy a referir a dos normas. La primera dice relación con la obligación de constituir multifondos de inversión. Es la idea matriz del proyecto y, desde ese punto, hay que analizarla para evitar que las personas que se encuentran cercanas a una jubilación, sufran a última hora una merma en sus fondos de retiro por las fluctuaciones del mercado. Por eso se creó el Fondo 2 de inversiones, al cual se accede en forma voluntaria. Sin embargo, hoy el sistema se extiende a cinco fondos, de manera de permitir al afiliado tomar el mínimo de riesgo, junto con definir en qué fondo y, por ende, en qué portafolio de inversiones su AFP debe poner los dineros que mensualmente le descuenta su empleador.
No obstante parecer adecuada la norma, atendido el actual modelo de administración, peca de poco realista, toda vez que los afiliados, de hecho, no tienen capacidad para manejar información relevante y oportuna para decidir de manera conveniente el destino de sus inversiones. Está claro que ellos no tomarán las decisiones económicas adecuadas. Eso es una falacia. ¿Acaso un obrero de la construcción, incluso un profesional, un docente o un médico, tiene el tiempo y la capacidad para acceder a una información económica relevante a fin de decidir el portafolio de sus inversiones? Eso lo discuto. En los hechos, las decisiones las seguirán tomando las AFP o las inducirán por medio de la publicidad o de la información parcial que suministran constantemente a sus afiliados.
En segundo lugar, hay una norma que me parece inapropiada. Se refiere al aumento global de los límites de inversión en el extranjero de los fondos de pensiones hasta el 30 por ciento. En este tema, concuerdo con el diputado señor Dittborn , quien dijo que es una proyección óptima para los jóvenes, pero a 20 años de su creación no ha tenido efecto alguno en la generación actual. Por eso tengo dudas de una inversión del 30 por ciento de los fondos de pensiones en el extranjero.
Señor Presidente , se nos ha informado que en abril de este año se invirtieron 4.662 millones de dólares de los ahorros de los trabajadores. Digamos las cosas por su nombre y especulemos un poco, en el sentido de qué ha sucedido con las inversiones en el exterior. Cuando analizamos la economía chilena, la mejor de Latinoamérica, con una tasa de inversión mínima, fruto de la crisis, realmente es peligroso e indignante saber que los fondos de los trabajadores están en un momento difícil. Por eso, si lo anterior aparentemente constituye un mínimo, cabe preguntarse qué pasaría si se aumentaran en 30 por ciento las inversiones en el extranjero de los fondos de los propios beneficiados.
Por lo tanto, no es ser populista preguntar por qué los dineros, que son de los trabajadores, no se emplean preferentemente en Chile para generar más trabajo. Al respecto, tal vez se me responda con una serie de complejidades económicas y financieras, a fin de tratar de dar la razón a la sinrazón. Creo que la ciencia económica no puede explicar el afán del desmedido lucro.
Asimismo, es bueno preguntarse qué pasa con el autónomo Banco Central, que regula y toma parte en la decisión de aumentar la inversión extranjera, cuando hemos sido testigos de sus amplias diferencias, en el pasado reciente, con la conducción económica del país que realiza el Ministerio de Hacienda.
En consecuencia, junto con anunciar mi voto negativo al aumento de los límites de inversión en el extranjero, hago un llamado a las señoras diputadas y a los señores diputados a fin de que analicen en profundidad este trascendental proyecto, el cual considero debería ser de discusión mucho más amplia, porque puede estar en juego parte importante de la economía del país. Nadie puede predecir lo que acontecerá en Latinoamérica, cuya situación es actualmente muy compleja. Me pregunto si deberíamos invertir donde hay complejidad. Ésa es la pregunta que me formulo, y en respuesta a ella, sobre todo en el momento actual porque atraviesa la economía chilena, no puedo concordar con que se establezca un aumento de inversión de los fondos de pensiones en el extranjero.
He dicho.
El señor PARETO (Presidente).-
Tiene la palabra el ministro de Hacienda.
El señor EYZAGUIRRE (Ministro de Hacienda).-
Señor Presidente, sólo para contestar algunas preguntas formuladas en la Sala.
En primer lugar, quiero informar que la cantidad que hoy acumulan los fondos de pensiones en el país es de aproximadamente 35 mil millones de dólares. Contrariamente a lo que muchos parecen suponer, lo que hace el proyecto es permitir que esas platas fluyan a más proyectos y a empresas que normalmente no tuvieron acceso al crédito. De alguna manera estamos distribuyendo los fondos de los trabajadores, que eran capitalizados fundamentalmente por grandes empresas con bajo riesgo, que estaban internacionalizadas y que son por todos ustedes conocidas. O sea, se pretende que los fondos vayan a sectores más diversos de la economía.
Por otro lado, con el proyecto los fondos de pensiones podrán financiar concesiones y ampliaciones, si es que las empresas públicas emiten bonos, y no tendrán limitación alguna para participar en nuevos proyectos que emprenda Codelco, en la medida en que esta empresa emita bonos o acciones.
La ampliación de los límites para invertir en el exterior ha sido prudente, porque el 30 por ciento establecido será alcanzado en forma gradual. No obstante, llama poderosamente la atención escuchar, en forma reiterada, que permitir que los fondos de pensiones vayan al exterior constituye una conspiración para no invertir dentro del país. Eso no es efectivo, porque la cantidad que hoy se ha acumulado en los fondos excede con mucho la disponibilidad de renta variable que existe en el mercado. De prohibirse la inversión en el exterior, estaríamos forzando a los fondos de pensiones, que son de los trabajadores, a ser depositados a bajas tasas de interés en los bancos. Por lo tanto, no hay ninguna incompatibilidad, dado el tamaño de dichos fondos, en permitir más inversiones en el exterior y, a la vez, financiar los proyectos que se vayan presentando en el país.
En segundo término, es habitual escuchar cierta sorpresa de algunos frente a las grandes rentabilidades que obtienen los capitales extranjeros que vienen a Chile. Pero no obedece a una misma lógica que los mismos que se quejan de esa situación consideren poco conveniente para el interés nacional que nuestros fondos puedan invertirse en el exterior.
En el mundo moderno es evidente que a los extranjeros les conviene diversificar riesgos por la vía de invertir en Chile, razón por la que también a los trabajadores chilenos les conviene efectuar esa diversificación por la vía de invertir en el exterior. Se puede observar que cuando la rentabilidad en Chile es baja, el dólar sube, por lo que invertir en el exterior constituye una natural cobertura de riesgo para los trabajadores.
Incorporar mayor grado de rentabilidad aumenta el riesgo, y como el Estado debe garantizar las pensiones mínimas, también debe resguardar que los fondos de pensiones siempre tengan un grado de cautela tal que no implique el desembolso masivo de recursos fiscales.
He dicho.
El señor PARETO (Presidente).-
Queda pendiente el debate del proyecto.
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