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El señor RÍOS ( Vicepresidente ).-
Corresponde tratar el proyecto de ley que figura en primer lugar de la tabla. Fue iniciado en moción de los Senadores señores Sabag, Silva, Viera-Gallo, Urenda y el que habla; se encuentra en primer trámite constitucional, y establece un indulto general con motivo del jubileo 2000. Cuenta con informe de la Comisión de Derechos Humanos, Nacionalidad y Ciudadanía.
--Los antecedentes sobre el proyecto (2633-07) figuran en los Diarios de Sesiones que se indican:
Proyecto de ley: (moción de los señores Ríos, Sabag, Silva, Viera-Gallo y Urenda).
En primer trámite, sesión 13ª, en 28 de noviembre de 2000.
Informe de Comisión:
Derechos Humanos, sesión 16ª, en 12 de diciembre de 2000.
El señor SEPÚLVEDA ( Secretario subrogante ).-
Como se ha dicho, la iniciativa se encuentra informada por la Comisión de Derechos Humanos, Nacionalidad y Ciudadanía, la cual, en su informe, expresa que los principales objetivos del proyecto son conceder un indulto general a los condenados por sentencia ejecutoriada que no hubiesen cometido, entre otros, delitos con resultado de muerte, lesiones graves o gravísimas o en que las víctimas sean menores de edad. Además, el proyecto concede un indulto general consistente en la condonación de todo el saldo de la pena a los condenados privados de libertad que padezcan alguna enfermedad invalidante, grave e irrecuperable que les impida desplazarse por sus propios medios, siempre que dicha condena no tuviere por fundamento una infracción a la ley Nº 18.314, que determina las conductas terroristas y fija su penalidad.
El informe describe los antecedentes tenidos en vista durante la discusión de la iniciativa y resume el debate habido en el seno de la Comisión. Concluye proponiendo a la Sala, por la unanimidad de los miembros presentes de la Comisión, Honorables señores Sabag, Silva y Viera Gallo , la aprobación general del proyecto en los términos que figuran en dicho informe.
Cabe destacar que los artículos 1º, 2º, 3º, 4º, 5º y 7º son normas de quórum calificado, por lo que requieren para su aprobación del voto conforme de 24 señores Senadores. Por su parte, el artículo 6º necesita para ser aprobado de un quórum de las dos terceras partes de los Senadores en ejercicio, esto es, de 31 señores Senadores, por tratarse de delitos contemplados en el artículo 9º de la Constitución Política.
El señor RÍOS ( Vicepresidente ).-
El señor Presidente de la Comisión de Derechos Humanos va a dar cuenta del proyecto.
El señor VIERA-GALLO.-
Señor Presidente , sólo deseo insistir en que este proyecto de ley fue discutido por la Comisión y, en último término, suscrito por todos sus miembros. Responde, como se ha dicho aquí, a una petición que planteó la Iglesia Católica, por ser éste el año del Jubileo, en la línea de dar una señal de clemencia en favor de la población carcelaria. Responde, también, a una tradición histórica del país, como se dice en el informe, donde ha habido al menos 14 leyes de esta naturaleza en distintas circunstancias políticas, desde 1823 hasta 1990.
El fundamento es, básicamente, el siguiente: por una parte, tener un gesto que ayude a la reinserción social de aquellas personas que están condenadas, que no son reincidentes y que han sido responsables de delitos menores, y, en segundo lugar, ayudar al despoblamiento del sistema carcelario, que, como se ha visto incluso en días recientes, ha hecho crisis en el país.
Teniendo en cuenta esas dos ideas, el grueso del proyecto se refiere a una rebaja, que es de dos meses por año o fracción igual o superior a seis meses, de las penas privativas o restrictivas de libertad que tengan una duración igual o inferior a cinco años. Además de eso, se concede un beneficio especial de seis meses para las madres que tuvieren un hijo menor de dieciocho años y para las personas que tengan más de setenta. Asimismo, se otorga un indulto general a todos los mayores de ochenta años.
Otra situación particular que se hizo presente es la de diez personas recluidas en recintos carcelarios que se hallan afectadas por una enfermedad invalidante, grave e irrecuperable, que les impide desplazarse por sus propios medios. Entre ellas se encuentra Marcela Rodríguez , protagonista de un hecho de terrorismo. Pienso que es bastante significativo que en la Comisión se haya manifestado una visión común en cuanto a que quienes han cometido delitos más graves también merecen un acto de clemencia.
Debo señalar que en el caso de la persona que incurrió en una conducta terrorista no se otorga un indulto general en el sentido de quedar en libertad de inmediato, sino que se conmuta la pena por la de extrañamiento.
Esto es todo, señor Presidente.
El señor RÍOS ( Vicepresidente ).-
Señores Senadores, la iniciativa en debate está en la tabla de Fácil Despacho. Por lo tanto, les ruego tener presente lo dispuesto en el artículo 87 del Reglamento, que establece que un proyecto de esa clase se discutirá en general y en particular a la vez, hasta por diez minutos, divididos por partes iguales entre los Senadores que lo sostengan y los que expongan un criterio distinto.
El señor HAMILTON.-
Salvo que todo el mundo esté de acuerdo.
El señor RÍOS ( Vicepresidente ).-
Deseo consignar que el Honorable señor Sabag ha formulado una indicación.
También debo advertir que el proyecto es de quórum especial. La Secretaría me informa que se requieren 31 votos para su aprobación.
Ofrezco la palabra a algún señor Senador que lo apoye.
Puede usar de ella el Honorable señor Zurita.
El señor ZURITA.-
Señor Presidente , el proyecto no es ninguna novedad. Por décadas han existido preceptivas similares en nuestra historia. Pero es novedoso en algunos aspectos, ya que establece distintos requisitos, así como la posibilidad de indultar por edad, por maternidad, por filiación.
Ahora bien, tengo una duda. ¿Estará bien que los patrocinadores de la iniciativa -los cinco miembros de la Comisión de Derechos Humanos- sean quienes la han informado? No es que considere nulo el informe, pero me asalta la duda de si no habría sido quizás más "transparente" -como se dice ahora- que proviniera de cinco señores Senadores distintos. Y tampoco lo señalo por estimar que el asunto está mal informado, ni porque disienta. Simplemente, me asaltó una duda reglamentaria.
En lo demás, el proyecto...
El señor HAMILTON.-
¿Me concede una interrupción, señor Senador, con la venia de la Mesa?
El señor ZURITA.-
Por supuesto.
El señor RÍOS ( Vicepresidente ).-
Tiene la palabra el Honorable señor Hamilton, con cargo al tiempo del Senador señor Zurita.
El señor HAMILTON.-
No le veo ningún inconveniente a que un proyecto nazca en la misma Comisión que lo informa. Son muchos los ejemplos que se pueden citar. Así surgió, después de un largo debate en la Comisión de Constitución, la última reforma a la Carta Fundamental, que dio origen al Estatuto de los ex Presidentes, proyecto firmado, aprobado e informado por los miembros del organismo técnico aludido y que posteriormente el Senado aprobó por unanimidad.
Gracias.
El señor RÍOS ( Vicepresidente ).-
Puede continuar el Honorable señor Zurita.
El señor ZURITA.-
No he pretendido tachar de improcedente el informe, sino manifestar una duda.
¡En la duda, abstente, entonces...!
El señor STANGE.-
Pido la palabra.
El señor ZURITA.-
Reitero que la iniciativa es novedosa en algunos aspectos.
Incluso, me resulta muy atractiva la definición de amnistía que contiene el informe, que expresa que ella "constituye la más amplia expresión del derecho de gracia, toda vez que mediante esta institución se tiene por inexistente la violación de la ley penal que fuere perpetrada.". ¡Qué útil es esto para destruir algunas interpretaciones que pretenden que se investiguen delitos inexistentes! Si el delito no existe, ¿qué ocurre? Que no hay nada que investigar, salvo determinar si el hecho se registró dentro del lapso en que la ley establece la amnistía.
Por eso, considero interesante que la Comisión, a la que reconozco todo su valor -como dije, la duda pasó-, haya planteado una definición tan clara, tan precisa y tan acertada. Sería hasta aberrante investigar un delito inexistente.
Pienso que muchos preguntarán por qué perdonar a los delincuentes cuanto estamos agobiados por la delincuencia. En realidad, se confunde el efecto de cosa juzgada civil con el efecto de cosa juzgada penal. El efecto de cosa juzgada civil, que da un derecho en contra de alguien, no puede ser tocado. Pero la cosa juzgada penal es obligatoria para el "non bis in ídem" -es decir, no se puede volver a juzgar- y no impide lo que ahora se quiere hacer: la justicia con clemencia, que no la hacen los jueces, en este caso, sino el Poder Legislativo.
Algunos dirán que se emite una mala señal. Creo que no hay buenas ni malas señales. Con el proyecto se pretende resolver varios problemas, entre ellos el del hacinamiento carcelario. O sea, si alguien está condenado a una pena leve, al permanecer hacinado en una cárcel se expone a un hecho que acabamos de ver: morir quemado, sin haber ido al Infierno.
Entonces, como digo, no es ni una buena ni una mala señal, sino una medida lógica para buscar la tranquilidad de la población y el bienestar de delincuentes que han cometido delitos leves -o aun graves, en algunos casos- a quienes, por enfermedad, por edad o por la levedad de la pena, se desea sacar de un medio que, lejos de rehabilitarlos, los perjudica por ser perverso.
Por las razones consignadas y por disponer de sólo cinco minutos -que me han bastado y sobrado-, apruebo el proyecto.
El señor RÍOS ( Vicepresidente ).-
Tiene la palabra el Honorable señor Martínez.
El señor MARTÍNEZ.-
Señor Presidente, sin duda, el proyecto merece una amplia acogida. Hemos escuchado una definición muy clara de cuál es el verdadero sentido de la amnistía.
Aprovechando el espíritu que anima a la iniciativa y sobre la base de los planteamientos de la Iglesia Católica chilena, que ha propuesto una suerte de amnistía a un número mucho mayor de personas que cumplen condenas, me parece que es el momento de una meditación, con el único espíritu de contribuir a aproximarnos a una solución al antagonismo entre quienes discrepan del sentido de la intervención del 11 de septiembre de 1973 y al problema de los familiares de personas desaparecidas cuyos cuerpos no han sido encontrados.
La verdad es que, siendo la amnistía el olvido del hecho, creo que se debiera plantear antes una realidad histórica. En Chile hubo cuatro amnistías después de la Revolución de 1891, que dejó una enorme cantidad de muertos. No se trata de considerar el número, sino el carácter gravísimo de lo acontecido, que hasta el día de hoy remueve las conciencias.
Esta situación me lleva a decir dos cosas.
Primero, apoyo ampliamente el proyecto. El caso, por ejemplo, de la mujer parapléjica que cometió un acto terrorista, con muertos, etcétera, merece, desde el punto de vista humanitario, la consideración de todas las personas que tienen una visión más amplia de la caridad.
Segundo, aunque me digan, por supuesto, que no es posible, que no están dadas las condiciones políticas, que hay muchos sentimientos en el aire, sugiero que en el Senado se inicie el proceso -porque la sociedad chilena tiene que ir lisa y llanamente por ese camino- hacia una amnistía general para todos los delitos de origen político cometidos desde 1978 hasta hoy, cualquiera que sea su efecto, causa, daño, violencia. Ello, con el fin de beneficiar a cualquier persona, sin importar su posición ideológica o política y su motivación. Insisto en que la sociedad debe hacerlo.
Se podrá argumentar que no hay ambiente. Pero creo que las grandes tareas que debe realizar el Senado de la República para posicionarse pasan por una labor de ese tipo. El proyecto nacido de la visión de los cinco señores Senadores de la Comisión de Derechos Humanos, en mi opinión, es una muestra de lo que se puede hacer si se amplía la perspectiva y se piensa en un gran país, en una gran sociedad, en una gran nación.
Tenemos claro que la enseñanza más sobresaliente es que los hechos ocurridos no deben repetirse. Pero me parece que es la oportunidad de ir pensando ya en una amnistía general para todas las personas -cualquiera que sea su posición política, la causa que las motivó, etcétera- envueltas en ellos. Creo que es el momento de ir comenzando.
Ésa es mi opinión. Formulo una invitación al respecto a los señores Senadores -ojalá que la acogieran todos-, pues es el momento de mirar hacia el futuro.
Nada más.
El señor RÍOS (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el Honorable señor Bitar.
El señor BITAR.-
Señor Presidente, con relación al proyecto en debate, que votaré a favor, sólo quiero decir que en el curso de los últimos meses he detectado -y es de conocimiento público- que más de mil condenados por delitos graves a penas superiores a cincos años y un día se hallan en la calle por no haber sido encontrados para ponerlos en la cárcel.
Ese hecho, que he puesto en conocimiento del señor Presidente de la Corte Suprema , después de conversar con el General Director de Carabineros y con la Policía de Investigaciones y de informar a los Ministerios de Justicia y de Interior, se origina -según los oficios respondidos al Senado a raíz de una intervención anterior que realicé- en que, cuando se solicita a Carabineros e Investigaciones la detención de una persona, la información proveniente de la Justicia no indica la pena a la que ha sido condenada ni la condición en que se encuentra.
Al respecto, espero que se concrete el compromiso de la Corte Suprema en orden a emitir un auto acordado que determine la entrega de información nueva, a fin de que no se repita dicha situación.
En cuanto a los casos identificados, la idea es que, gracias a la acción de la Corte Suprema de solicitar a cada juzgado del crimen los antecedentes de los condenados a cinco años y un día o más que están en la calle, una operación especial de Carabineros e Investigaciones conduzca a las aprehensiones respectivas.
Señalo lo anterior por cuanto, a mi juicio, la línea que se debe seguir ha de avanzar en dos direcciones: una, en la contenida en el proyecto, que votaré a favor, y otra, en la de contar con un sistema de acción selectiva, eficaz, con buena información, que no permita lo que acontece hoy, esto es, que condenados por delitos graves, por homicidio, violación, robo con violencia, se encuentren sin ser detenidos por fallas en la información y en el funcionamiento del sistema judicial policial.
No puedo dejar de mencionar este punto al señalar que voto a favor, marcando mi honda preocupación por el fenómeno descrito, del cual han sido alertadas e informadas todas las autoridades. He procedido con la mayor responsabilidad, exponiendo datos concretos, y aspiro a que la situación sea corregida a la brevedad. Por mi parte, haré gestiones nuevas para ese efecto ante las autoridades policiales, el Ministerio del Interior y la Justicia. Sin embargo, deseo dejar constancia de este asunto en el Senado, porque debemos actuar con clemencia en los casos contemplados en la iniciativa, pero con la máxima firmeza en los otros.
He dicho.
El señor RÍOS (Vicepresidente).-
La Mesa entiende que no hay intervenciones que impugnen el proyecto.
El señor STANGE.-
¿Me permite, señor Presidente?
El señor RÍOS ( Vicepresidente ).-
Tiene la palabra, Su Señoría.
El señor STANGE.-
Deseo que el señor Presidente de la Comisión me aclare una duda. Me parece que el artículo 4º se contrapone con el artículo 6º, cuyo inciso final señala otra pena: la de extrañamiento. Imagino que ello dice relación al caso específico de la "Mujer metralleta", que se acaba de mencionar.
El señor VIERA-GALLO.-
¿Me permite, señor Presidente?
El señor RÍOS (Vicepresidente).-
Tiene la palabra señor Senador.
El señor VIERA-GALLO.-
Señor Presidente, si el Honorable señor Stange lee atentamente el artículo 4º, podrá advertir que dice que "Quedarán siempre exceptuados de las rebajas de penas señaladas precedentemente, aquellos delitos que hubieren producido muerte, lesiones graves", etcétera. Ésa es la norma general del proyecto. El artículo 6º es una norma específica -no entra en contradicción con el artículo 4º, sino que es otro precepto- que concede un indulto general, cualquiera que sea la gravedad del delito, a todo afectado por una enfermedad invalidante y paralizante.
Cuando los delitos son de cualquier tipo, salvo terrorismo, la persona queda inmediatamente libre; en cambio, si se trata de terrorismo, el inciso final del artículo 6º señala que se le conmuta "el saldo de la pena que reste por cumplir, por la de extrañamiento.". En el caso de Marcela Rodríguez , eso significa que debería permanecer fuera de Chile más o menos hasta el año 2013. Ahora bien, se supone que para que ella pueda hacer uso de este beneficio tiene que encontrar un país que la acoja, o sea, que esté dispuesto a recibirla y en el cual pueda vivir con el tratamiento médico correspondiente.
En definitiva, no hay contradicción entre ambos artículos.
El señor STANGE.-
¿Las otras nueve personas se hallan en las mismas condiciones o no?
El señor VIERA-GALLO.-
En cuanto a ellas, los delitos involucrados son de distinta naturaleza, desde homicidio hasta narcotráfico. Pueden salir en libertad de inmediato. Sin embargo, deberán seguir un tratamiento médico que ya no dependerá más de Gendarmería, sino que correrá por cuenta de su familia.
El señor RÍOS (Vicepresidente).-
Si le parece a la Sala, se aprobará el proyecto.
--Se aprueba en general el proyecto, dejándose constancia, para los efectos del quórum constitucional requerido, de que emitieron voto favorable 33 señores Senadores.
El señor RÍOS ( Vicepresidente ).-
Conforme a lo establecido en el artículo 126 del Reglamento, por la sola aprobación general del proyecto se entienden aprobados todos los preceptos que no han sido objeto de indicaciones, salvo, en este caso, el artículo 1º.
El señor Secretario dará cuenta acerca de la indicación presentada.
El señor SEPÚLVEDA ( Secretario subrogante ).-
Ha llegado a la Mesa una indicación del Honorable señor Sabag , que tiene por objeto agregar, a continuación de la letra a) del artículo 1º, lo siguiente:
"Esta ley beneficiará también a quienes estén cumpliendo condenas, con reclusión permanente, con penas entre menos de un año y 540 días, por manejo en estado de ebriedad y que no hubiesen cometido daños a terceros, ni a la propiedad privada o pública, los cuales quedarán inmediatamente en libertad al promulgarse la presente ley.".
El señor RÍOS ( Vicepresidente ).-
En discusión la indicación.
Ofrezco la palabra.
La señora FREI (doña Carmen).-
¿Me permite, señor Presidente?
El señor RÍOS ( Vicepresidente ).-
Sí, Su Señoría.
La señora FREI (doña Carmen).-
Señor Presidente , no entiendo muy bien el sentido de la indicación. Por ello, solicito que lo explique su autor.
El señor RÍOS (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el Honorable señor Sabag.
El señor SABAG.-
Señor Presidente , conozco algunos casos de conductores que, al ser solicitados sus documentos, no se hallaban en estado normal, sino bajo la influencia de algunos grados alcohólicos, por lo que evidentemente fueron condenados y se encuentran recluidos. Pero no chocaron, ni causaron daño a la propiedad privada o pública, ni a nadie: sólo se les sorprendió manejando en esas condiciones.
Sobre esa base, pienso que a ellos también se les debería considerar en el proyecto. Por eso, haciendo uso de mi derecho, he formulado la indicación.
El señor BOMBAL.-
Señor Presidente, ¿a cuántas personas se beneficiaría?
El señor SABAG.-
Sólo conozco algunos casos. No sé cuántos hay en el país.
El señor VIERA-GALLO.-
¿Me permite, señor Presidente?
El señor RÍOS ( Vicepresidente ).-
Debo recordar que el proyecto se halla en la tabla de Fácil Despacho. Por lo tanto, pido a Sus Señorías ser breves.
El señor VIERA-GALLO.-
Es sólo para hacer un comentario.
El señor RÍOS ( Vicepresidente ).-
Tiene la palabra el Honorable señor Viera-Gallo , y luego, la Senadora señora Matthei.
El señor VIERA-GALLO.-
En realidad, señor Presidente , como se trata de condenados a penas muy bajas, al no haber cumplido un año de reclusión no pueden beneficiarse de la rebaja de dos meses.
El señor RÍOS ( Vicepresidente ).-
Tiene la palabra la Honorable señora Matthei.
La señora MATTHEI.-
Señor Presidente , por cierto, me da mucha pena que una persona esté en la cárcel por conducir bajo la influencia del alcohol, sin que haya chocado ni causado daño a nadie. Sin embargo, la verdad es que por el sólo hecho de manejar en esas condiciones se expuso ella y a terceros a colisiones y muertes.
Hay una campaña muy fuerte destinada a evitar que se conduzca bajo la influencia del alcohol. Si se observan las estadísticas de Carabineros, lejos, la mayor causal de muerte e invalidez radica justamente en accidentes provocados por conductores en estado de ebriedad o bajo la influencia del alcohol. Claro, da pena que haya infractores encarcelados, pese a que no ocasionaron daño a nadie. Pero es evidente que la suerte los acompañó, porque, en verdad, con su irresponsabilidad se expusieron ellos mismos y a terceros.
Chile exhibe una de las tasas más altas y vergonzosas de muerte y de invalidez por accidentes de tránsito en calles y carreteras. Mientras no abordemos el tema del alcoholismo no reduciremos estas cifras.
Así que, por lo menos yo, no aprobaré esta indicación.
Pido que se nos informe a cuántas personas se beneficiaría, pues no deseo dar ninguna señal equivocada.
Señor Presidente , he conversado con familiares de víctimas, con madres de niños atropellados. Se trata de personas que deberán permanecer el resto de sus vidas en silla de ruedas, inmovilizadas de la cintura para abajo, y ello debido a que un conductor bebió en exceso.
El señor ZURITA.-
¿Me concede una interrupción, señora Senadora ?
La señora MATTHEI.-
Con mucho gusto, con la venia de la Mesa.
El señor RÍOS (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el Honorable señor Zurita.
El señor ZURITA.-
Señor Presidente , es necesario saber que la pena por manejar en estado de ebriedad sin causar lesiones va de 61 a 540 días de reclusión. ¿Qué pena aplica el juez a un sujeto que demuestra buena conducta anterior y que es detenido por primera vez? Lo sanciona con 61 días; a menos que sea un magistrado muy "durazno" -como se dice en jerga- y lo condene a 300 días de cárcel.
Por otra parte, es posible que no alcancen a 50 los presos por manejar en estado de ebriedad, y lo estarán en la Sección Detenidos "Capitán Yávar" cumpliendo la pena o ya la tendrán remitida, porque una condena alta en estos casos sólo se aplica cuando se causa muerte o lesiones. Quien por primera vez es sorprendido conduciendo en estado de ebriedad normalmente es sancionado con 61 días, pero remitidos. Es decir, son muy pocos los que están cumpliendo la pena. Entonces, aprobar la indicación no favorecerá a muchos.
El señor RÍOS ( Vicepresidente ).-
Continúa con el uso de la palabra la Senadora señora Matthei.
La señora MATTHEI.-
Señor Presidente , quiere decir que quienes están presos son reincidentes o anteriormente habían incurrido en alguna conducta punible.
En el fondo, durante el período que media entre la presentación de este proyecto y el momento de su despacho todos los detenidos habrán conseguido su libertad, o bien nunca estuvieron presos, pues sus penas les fueron remitidas. Por eso, me gustaría saber cuántos serían los efectivamente beneficiados.
Lo único que puedo señalar es que el manejo en estado de ebriedad constituye uno de los peores crímenes en Chile, porque muere mucha gente inocente por causa de esa irresponsabilidad.
El señor RÍOS ( Vicepresidente ).-
Tiene la palabra el Honorable señor Valdés.
El señor VALDÉS.-
Señor Presidente, entiendo la intención y el momento para otorgar este tipo de beneficios, pero estoy realmente preocupado por el hecho de que Chile aparezca hoy con el más alto índice de accidentes de tránsito en el mundo, y estadísticamente se ha comprobado que en ellos mueren miles de personas.
Por otro lado, hay ciudades chilenas que, respecto de América Latina, exhiben récord de alcoholismo,...
El señor ZALDÍVAR, (don Adolfo).-
¡Valdivia!
El señor VALDÉS.-
... entre ellas, Valdivia, y la siguen otras ciudades del sur del país.
He conversado con miembros de la Corte de Apelaciones de Valdivia y hace algunas semanas me informaron que dentro de su jurisdicción, según datos estadísticos, 65 por ciento de los delitos se cometen bajo la influencia del alcohol. Por tanto, la iniciativa podría abarcar otras penas.
Quien es sorprendido manejando en estado de ebriedad, en vez de remitirle la pena, se hace merecedor a una anotación negativa en la licencia de conducir y, la segunda vez, ésta debería retirarse. Estimo que un conductor en esas condiciones constituye un peligro público, y ejecuta un acto "presuntivamente culposo". Y todo el mundo debe saber que se expone a cometer un delito al manejar ebrio.
Hay personas que han sido condenadas a 500 días de prisión, lo que puede ser exagerado. Me preocupa que la gravedad de la pena dependa, además, de la bondad del juez. Pero las señales que debemos dar, desde el punto de vista del alcoholismo en Chile, tienen que ser duras, rígidas y aparentemente sin compasión, porque quienes cometen esos delitos carecen de ella.
Pienso que respecto de esta materia deberíamos adoptar una posición muy parecida a la de tolerancia cero.
El señor RÍOS (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el Honorable señor Vega.
El señor VEGA.-
Señor Presidente , siguiendo planteamientos ya expresados, pienso que el número de beneficiados con la indicación del Senador señor Sabag no es tan significativo como para dar una señal importante en un proyecto que, cuando sea ley, será conocido por todos, se entenderá como respuesta al Jubileo y un excelente tributo del Senado a un cambio de escenario, todo lo cual merece un justo reconocimiento.
Sin embargo, incluir infracciones cometidas por conductores en estado de ebriedad en una iniciativa de esta naturaleza, profundidad y trascendencia no me parece una buena señal para la opinión pública.
El señor RÍOS ( Vicepresidente ).-
Tiene la palabra el Senador señor Fernández.
El señor FERNÁNDEZ.-
Señor Presidente , estimo interesante la proposición del Honorable señor Sabag.
No cabe considerar el problema desde el punto de vista de la frecuencia con que ocurren accidentes de tránsito causados por choferes en estado de ebriedad. Está claro que la indicación se refiere a quienes han infringido la respectiva norma de la Ley de Tránsito, pero sin causar daños a terceros ni a la propiedad pública o privada. De manera que aquí se estaría en presencia de una especie de falta o delito de peligro.
Si realmente se desea legislar incorporando otros factores, habría que incluir el exceso de velocidad como una causa mucho más grave de accidentes y que no se sanciona igual que conducir en estado de ebriedad. Ese comportamiento, que permanentemente vemos en la carretera cuando viajamos a Valparaíso, probablemente genera los accidentes de mayor gravedad por el alto riesgo que reviste. En todo caso, la Ley de Tránsito la considera falta gravísima.
Esta indicación no da una señal equivocada, ya que se indulta a quienes han conducido en estado de ebriedad pero que no han inferido daños a terceros ni a la propiedad. Además, ya los infractores han cumplido parte de su condena. Con ese mismo argumento, podría sostenerse que se da igual señal al indultar a quienes han cometido los demás delitos que contempla el proyecto.
Por eso, estimo atendible la indicación presentada por el Senador señor Sabag.
El señor RÍOS (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el Honorable señor Bitar.
El señor BITAR.-
Señor Presidente , quiero hacer la siguiente sugerencia.
Entiendo que la materia amerita una discusión y, para ello, se podría proponer que vuelva a Comisión para conocer los datos exactos. Pero hay una solución que puede analizarse en la Cámara de Diputados, donde el proyecto continuará su tramitación.
Según informaciones del Honorable señor Zurita , que tiene mucha experiencia judicial, en estos casos normalmente las condenas son de 61 días. Entonces, es obvia la equivalencia con los dos meses de reducción de las penas señaladas en el proyecto. Pero como se trata de rebajar dos meses por año, una fórmula práctica podría ser que en este tipo de delitos el indulto se aplique sin aludir al año. Por lo tanto, regirían los dos meses de rebaja, sin considerar el cumplimiento de la pena durante un año. De este modo, automáticamente se eximen los condenados a 60 días.
En consecuencia, puede haber una fórmula de solución para el delito a que se refiere la indicación. Y si fuera necesario, su texto podría corregirse en la Cámara de Diputados.
La cuestión de fondo radica en que aquí se da respuesta a un planteamiento formulado por la Iglesia Católica. De modo que está en juego algo bastante más profundo. Y, en ese sentido, si bien yo también podría sugerir una fórmula mejor que la planteada por esta indicación, soy partidario de ir al fondo y aprobarla ahora, a fin de permitir que, luego, la Cámara de Diputados introduzca la corrección pertinente, la cual podría enmarcarse en los términos que indiqué.
El señor RÍOS (Vicepresidente).-
En votación.
--(Durante la votación).
El señor URENDA.-
Por tratarse de un proyecto de ley tan especial, patrocinado con motivo del Jubileo, y aun cuando tengo fuertes dudas, apruebo la indicación.
El señor ZALDÍVAR (don Adolfo).-
Voto que sí, con la prevención formulada por el Honorable señor Bitar.
La señora FREI (doña Carmen).-
Señor Presidente, hice la pregunta precisamente por abrigar algunas aprensiones, las que, después de oír las observaciones de algunos señores Senadores, especialmente de la Honorable señora Matthei , se han hecho más profundas. Creo que el problema del abuso del alcohol en nuestro país es muy grave. Y si una persona fue detenida y encarcelada es porque por milagro no causó un daño mayor. No es aceptable que alguien actúe de esa manera, sobre todo los jóvenes, los que seguramente piensan que si toman unos pocos tragos y no los sorprenden, no importa mucho porque no han provocado perjuicios. Pero si los detuvieron los carabineros fue porque o iban manejando de una manera que llamaba la atención o porque algo no andaba como es debido. Y si no hubo un accidente grave, es por milagro.
Por ello, voto en contra.
El señor HAMILTON.-
Señor Presidente, la indicación se propone extender este indulto general a los condenados por manejar en estado de ebriedad y que en la comisión de este delito no se haya producido ningún daño a la propiedad ni a la salud de terceros.
Aquí no se puede dramatizar con situaciones que pudieron haber ocurrido, pero no ocurrieron, o con las que ocurren y no están afectadas por la ley. Seg��n la jurisprudencia, el delito de manejar en estado de ebriedad se comete aun cuando no se esté conduciendo. Basta estar sentado y dispuesto a poner el vehículo en movimiento. En consecuencia, todas las razones que se puedan hacer valer contra la indicación también podrían aducirse en el caso del proyecto en discusión. Aquí estamos haciendo un gesto, un acto de clemencia, de buena voluntad, a pedido de la Iglesia Católica, y la indicación del Honorable señor Sabag es absolutamente consecuente con esa idea general.
Por tales razones, voto favorablemente.
El señor SEPÚLVEDA ( Secretario subrogante ).-
¿Algún señor Senador no ha emitido su voto?
El señor RÍOS ( Vicepresidente ).-
Terminada la votación.
El señor SEPÚLVEDA ( Secretario subrogante ).-
Resultado de la votación: 19 votos por la afirmativa y 13 por la negativa.
Votaron por la afirmativa los señores Aburto, Bitar, Boeninger, Canessa, Díez, Fernández, Hamilton, Horvath, Lavandero, Martínez, Moreno, Núñez, Ominami, Pizarro, Ruiz (don José), Sabag, Urenda,Viera-Gallo y Zaldívar (don Adolfo).
Votaron por la negativa los señores Bombal , Cordero , Chadwick , Frei ( doña Carmen) , Larraín , Matthei , Parra , Prat , Ríos, Silva , Stange , Vega y Zurita.
--Se rechaza la indicación por no reunir el quórum constitucional requerido, y queda despachado el proyecto.
El señor BOMBAL.-
¿Me permite unas breves observaciones, señor Presidente, relacionadas con el tema abordado por el proyecto que se acaba de aprobar?
En torno de las reflexiones hechas con motivo del Jubileo, deseo llamar la atención de la Comisión de Derechos Humanos y del señor Ministro de Justicia sobre un tema que hemos venido planteando desde hace algún tiempo con el Honorable señor Larraín acerca de la situación que afecta a algunos jóvenes que, habiendo cometido delitos muy graves, incluso de carácter terrorista, se encuentran recluidos en las cárceles de alta seguridad, y que, como los procesos correspondientes no han sido cerrados en más de ocho años -lo que ya es una situación bastante anómala-, no ha sido posible dictar sentencias condenatorias, porque las causas no pueden acumularse. Entonces, dentro del espíritu que ha motivado este proyecto, solicito a la Comisión de Derechos Humanos -sé que lo ha hecho- seguir preocupándose del tema.
Asimismo, pido al señor Ministro de Justicia, con quien también he conversado al respecto, estudiar la forma de agilizar el cierre de estos procesos. Porque más allá de la naturaleza de los gravísimos delitos cometidos, no parece razonable que, dentro del espíritu de reconciliación que nos anima hoy en día, en el caso de estos muchachos que se encuentran en la situación mencionada, y que a lo mejor en su época, siendo muy jóvenes, fueron inducidos a cometerlos, ni siquiera es posible dictar sentencia condenatoria por el hecho de que no se han acumulado los procesos.
Hago presente esta preocupación con el objeto de que también, en su momento, y con la prudencia del caso, podamos ocuparnos del asunto, si no legislando, por lo menos llamando la atención de la autoridad correspondiente hacia lo que administrativamente pueda hacerse.
El señor RÍOS (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el Honorable señor Viera-Gallo.
El señor VIERA-GALLO.-
Señor Presidente, sólo para contestar la inquietud del Senador señor Bombal , en el sentido de que ya nos hemos ocupado del tema. Personalmente, he tenido una larga entrevista con la señora del jefe del Grupo Lautaro , señor Ossandón , que está condenado a cadena perpetua en la Cárcel de Alta Seguridad. Ellos han formulado diversos planteamientos. Algunos de ellos serán justos, otros no. Y han ido incluso más allá de lo que Su Señoría está señalando. Aducen que han sido mal procesados, basándose en un informe jurídico elaborado por el ex Ministro de Justicia , don Francisco Cumplido , en cuanto a que ello obedecería a una aplicación equivocada de las llamadas "leyes Cumplido".
El tema es extremadamente complejo. En todo caso, es evidente la discrepancia entre el tratamiento brindado a los confinados en la Cárcel de Alta Seguridad y el que reciben, por ejemplo, quienes se encuentran en Punta Peuco, también condenados por hechos de violencia política. Es decir, lo que produce mayor irritación en los familiares de los reos del Grupo Lautaro -hay 32 de ellos en la Cárcel de Alta Seguridad- es que, mientras el régimen que los afecta es sumamente estricto, el ex general Contreras hasta da conferencias de prensa en Punta Peuco.
Como bien dijo el Honorable señor Martínez , algún día la sociedad chilena deberá analizar en su conjunto estos temas, que son de enorme envergadura. Hasta ahora, lo único que he hecho es recolectar la información planteada por Su Señoría. No sé si ha llegado el momento en que el Senado, o la Comisión de Derechos Humanos, los aborden. Evidentemente, la justicia debe aplicarse en forma similar: a igualdad de crimen, debe haber igualdad de tratamiento. Y no es así.
El otro grave problema relacionado con el Grupo Lautaro es que sus integrantes no han renunciado hasta ahora a la acción violenta.
Deseo señalar, asimismo, que en el caso de los chilenos presos y condenados en el Perú por terrorismo ha habido cierto cambio en su situación, por cuanto el movimiento Sendero Luminoso allegó a un acuerdo con el Gobierno del Presidente Fujimori, y desistió de los hechos de violencia, para el futuro. No se arrepintió del pasado.
Tal declaración por parte del grupo Lautaro hasta ahora no existe. O sea, de las 32 personas presas ninguna ha renunciado a eventuales acciones de violencia en el futuro.
El señor Arzobispo de Santiago se ha entrevistado varias veces con ellos. Hay todo un trabajo en ese sentido. Pero creo que estamos dando recién los primeros pasos.
La inquietud que el señor Senador plantea es muy justa, y creo que la Comisión de Derechos Humanos en su momento se abocará a resolverla. Incluso, no hay por qué pensar en que no podamos efectuar una visita a la cárcel de alta seguridad, ver las condiciones en que se encuentran estas personas y el problema relativo al cierre de sus procesos.
El señor RÍOS (Vicepresidente).-
Recupera la palabra el Senador señor Bombal.
El señor BOMBAL.-
Señor Presidente, me parece muy interesante la precisión hecha por Su Señoría. Sin duda, se trata de un asunto de largo alcance.
Empero, me refiero a la realidad procesal que enfrentan especialmente personas muy jóvenes, respecto de las cuales no se pueden cerrar los respectivos procesos. Creo que, más allá de los hechos que hayan cometido, tienen derecho a que al menos exista certeza sobre las condenas que pueden aplicar los tribunales. Ése es todo el punto.
Ahora, si se va más allá, dentro de lo que en su momento la Comisión considere analizar, también estimo que es parte de la restauración de la convivencia armónica y la paz que el país necesita.
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