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El señor MONTES ( Presidente ).-
Tiene la palabra el diputado señor René Manuel García .
El señor GARCÍA (don René Manuel) .-
Señor Presidente , ya que ésta es la última sesión en que el señor ministro de Vivienda , con quien hemos trabajado tantos años, está con nosotros, formularé un par de consultas con respecto al ámbito rural.
Podría creerse que en los sectores rurales no hay lugares poblados. Sin embargo, en el hecho, se encuentran en ellos pequeños poblados o villorrios habitados por personas que incluso han accedido al subsidio habitacional. No sé si los propietarios de esos pequeños centros poblados tendrán la posibilidad de acceder a los beneficios de la ley. Si lo que se desea es favorecer a lo que es netamente rural, esos sectores van a quedar en un lugar intermedio por el hecho de ser villorrios o pequeñas ciudades y, por lo tanto, se les complicará la situación. Me gustaría que se aclarara ese punto.
Por otra parte, la gente percibe la “ley del mono” como si fuera una cosa extraordinaria, pero, en verdad, tanto las construcciones rurales como las urbanas están acogidas a las mismas normas de urbanización, vale decir, deben pagar los mismos derechos municipales y presentar los mismos planos.
A mi juicio, la ampliación de una vivienda social construida en una zona rural, ¡rural!, en el campo, debería quedar automáticamente regularizada. De otro modo, la gente se va a complicar al comprobar que deberán pagar derechos por una ampliación hecha con mucho esfuerzo y ganas para contar con una pieza más para albergar a la familia. A veces, uno cree que está mejorando ciertas cosas, pero no es así, y ese es el caso de esta norma, que está haciendo un flaco favor a la gente de los sectores rurales. Ese es un aspecto que deberíamos estudiar, ya que, seguramente, ellos se van a preguntar por qué ahora tienen que presentar un bosquejo de la ampliación e ir dos o tres veces a la municipalidad para que les sea regularizada su construcción, en circunstancias que nunca antes los habían molestado. Distinto es cuando se trata de villorrios propiamente tales, porque para ese caso existe una normativa expresa.
En definitiva, creo que en la parte netamente rural debería bastar con que los beneficiarios presenten la solicitud para que la ampliación quede automáticamente regularizada.
Por otra parte, estimo que el certificado de regularización debería quedar automáticamente incorporado en la inscripción conservatoria, porque así las personas no tendrían que preocuparse de solicitar anotaciones marginales de sus títulos de dominio.
Quiero hacer un poco de historia. Este tema se remonta a hace un par de años, cuando se conversó largamente con el ministro Hermosilla , quien después lo retomó en el Habitat II, donde se abordó la materia. Después apareció un proyecto de ley presentado por parlamentarios y auspiciado por el Ejecutivo , lo cual nos parece bien. En mi opinión, las iniciativas que van en beneficio directo de la gente son las que realmente deberían preocuparnos, porque son las que solucionan sus problemas.
Por lo anteriormente señalado, anuncio el voto favorable -siempre hemos aprobado este tipo de iniciativas, sobre todo si están relacionadas con la vivienda- de la bancada de Renovación Nacional.
He dicho.
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