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El señor RÍOS ( Vicepresidente ).-
En el segundo lugar del Orden del Día figura el proyecto de la Cámara de Diputados que modifica el Código de Procedimiento Penal para perfeccionar las normas sobre libertad provisional y proteger a las personas ante la delincuencia, con segundo informe complementario de la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento.
¿Los antecedentes sobre el proyecto (2176-07) figuran en los Diarios de Sesiones que se indican:
Proyecto de ley:
En segundo trámite, sesión 10ª, en 6 de julio de 1999.
Informes de Comisión:
Constitución, sesión 26ª, en 31 de agosto de 1999.
Constitución (segundo), sesión 8ª, en 4 de noviembre de 1999.
Constitución (segundo complementario), sesión 17ª, en 1º de diciembre de 1999.
Discusión:
Sesiones 32ª, en 14 de septiembre de 1999 (se aprueba en general); 8ª, en 4 de noviembre de 1999 (vuelve a Comisión de Constitución).
El señor RÍOS ( Vicepresidente ).-
Informo a Sus Señorías que se encuentra en la Sala el señor Ministro del Interior .
Tiene la palabra el señor Secretario para hacer la relación del proyecto.
El señor LAGOS ( Secretario ).-
Recuerdo a los señores Senadores que el segundo informe complementario fue acordado por la Sala el 4 de noviembre del año en curso, a fin de que la Comisión de Constitución revisara el proyecto a la luz de las observaciones que se le habían formulado.
En la misma sesión, además, fueron aprobados reglamentariamente el artículo 1º en sus números 1, 3 y 4 (estos dos últimos pasan a ser números 6 y 7, respectivamente) y el artículo 2º, que tiene carácter orgánico constitucional, con el voto favorable de 29 señores Senadores.
Las modificaciones adicionales introducidas por la Comisión de Constitución a su segundo informe aparecen en la página 14 del documento complementario.
Hago presente a los señores Senadores que obra en su poder un texto comparado que consta de cuatro columnas. La primera corresponde a la legislación vigente; la segunda, al texto aprobado en general y en particular; la tercera, a las modificaciones propuestas en el segundo informe complementario, y la última, al texto final del proyecto de aprobarse tales modificaciones.
Con relación al artículo 1º del proyecto, la Comisión propone en su informe incorporar los siguientes números 2 y 3, nuevos, pasando el actual número 2 a ser número 4:
"2) Reemplázase, en el inciso primero del artículo 363, la frase "estrictamente indispensable para el éxito de diligencias precisas y determinadas de la investigación" por "como necesaria para el éxito de las investigaciones del sumario.". Esta modificación fue aprobada por la unanimidad de los miembros de la Comisión (5 votos contra 0).
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