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El señor RÍOS (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el Honorable señor Núñez.
El señor NÚÑEZ.-
Señor Presidente, cuando abordamos el tema en la Comisión de Gobierno –lamento que no se encuentre presente su Presidenta, la Honorable señora Carmen Frei , examinamos lo relativo a la constitucionalidad. Lo cierto es que, de acuerdo con ese análisis que entiendo que hay clara constancia de ello en el informe, el proyecto se encuadra perfectamente dentro de las normas constitucionales.
Sin embargo, algunas disposiciones a lo mejor podrían ser mejoradas en la Comisión de Constitución, por ejemplo, las relativas a inhabilidades. La Ley Orgánica Constitucional respectiva se refiere a inhabilidades de los concejales. Pero, al separar la elección de alcaldes y concejales y crear un figura jurídica ya definitiva, los alcaldes no quedarían afectos a inhabilidades. Si ello fuera así, este punto perfectamente podría dilucidarse en la Comisión de Constitución mediante la incorporación de la indicación pertinente. Pero si se genera un debate respecto de la constitucionalidad del proyecto, éste ocupará tiempo, en circunstancias de que la Comisión de Gobierno ya se pronunció sobre la materia.
En consecuencia, soy partidario de votar favorablemente la propuesta del Honorable señor Romero , pero con la condición de que se fije un plazo prudente, porque la Sala ya adoptó el acuerdo de votar esta iniciativa no más allá del 20 de abril. Si quedaran pendientes éste y otros temas, cabe recordar que los Senadores pueden recurrir al Tribunal Constitucional para aclarar las dudas de constitucionalidad.
El señor RUIZ (don José).-
Esta normativa debe remitirse a ese Tribunal de todas maneras, Honorable colega.
El señor NÚÑEZ.-
Así es, por tratarse de una materia propia de ley orgánica constitucional.
Reitero: concuerdo con lo planteado por el Honorable señor Romero , pero siempre que se mantenga lo resuelto en cuanto a votar en general el proyecto el 20 de este mes.
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