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La señora MATTHEI.-
Señor Presidente , en primer lugar, quiero estampar mi protesta, porque aquí se ha dicho que el trabajo de empleada doméstica es poco digno.
Ningún trabajo es poco digno. La poca dignidad emana de malas relaciones de las personas, cuando unas no respetan los derechos de otras, pero no de la naturaleza de un trabajo.
En mi casa, por ejemplo, labora una mujer desde hace 15 años. Proveniente de una localidad lejana, llegó sin saber muchas cosas. Hoy día sabe cocinar. Como aprendió a conducir, lleva a mis hijos al colegio. Les enseñó a caminar, a leer, a pintar, y muchas otras cosas. Quiere a mis niños como lo hago yo. Y yo la quiero a ella como parte de la familia.
Por lo tanto, me molesta sobremanera que alguien diga que ese tipo de trabajo es poco digno.
Cuando aparece un problema de menoscabo de la dignidad, es porque algún patrón no se está comportando como un ser humano debe hacerlo frente a otro.
Estoy segura de que, si una empleada doméstica queda embarazada y existe aquella relación de confianza, el vínculo no se va a romper y no será despedida por esa circunstancia.
Conozco a numerosas familias que han educado y ayudado a crecer a hijos de la empleada doméstica como si fueran suyos. Y muchos de nosotros conocemos casos en que, cuando esas servidoras han alcanzado muy avanzada edad, son acogidas en la casa donde trabajaron, hasta que mueren; ya no laboran, pero son la "nona", un miembro más de la familia. ¡Es algo maravilloso!
Ahora, cuando se rompe la relación de confianza, no veo cómo la empleada doméstica puede seguir viviendo en la casa. Si aquello sucede (los motivos son numerosos y distintos: una disputa, un malentendido en asuntos de plata, etcétera), no imagino de qué manera cumplir la exigencia legal de que esa persona siga habitando allí durante dos años. Es imposible. Llegaríamos finalmente a situaciones en que habría que seguir pagándole un sueldo por dos años, pero sin cumplir sus quehaceres. Ello, porque (como bien decía el Senador señor Viera-Gallo) el trabajo en cuestión tiene una particularidad: se lleva a cabo en la intimidad del hogar.
En consecuencia, estoy bastante complicada con la supresión del último inciso del artículo 201. Por un lado, creo que toda mujer debe contar con protección para su embarazo; pero, por otro, considero muy difícil que una persona, bajo el amparo de la ley, siga trabajando durante prácticamente dos años (nueve meses de embarazo, tres meses de postnatal, un año para amamantar) y viviendo en un hogar donde ya se perdió la relación de confianza.
Por tales razones, voy a votar en contra de la supresión del referido inciso, pero espero que el señor Ministro del Trabajo subrogante cumpla con lo que prometió aquí en el sentido de enviar un proyecto que considere esas particulares condiciones de las labores domésticas. Ello, porque debemos dar mayor protección a las trabajadoras de casa particular en caso de maternidad, pero sin llegar al extremo, en mi concepto, de eliminar el inciso en cuestión.
En todo caso, me alegra que se haya propuesto la supresión de dicha norma, pues eso significa que empezaremos a discutir sobre un asunto que hasta ahora prácticamente no había estado en el debate público.
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