-
http://datos.bcn.cl/recurso/cl/documento/666877/seccion/akn666877-po1-ds5-ds30-ds43
- bcnres:tieneTipoParticipacion = bcnres:Intervencion
- bcnres:tieneEmisor = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/2194
- rdf:type = bcnres:Participacion
- rdf:type = bcnres:SeccionRecurso
- bcnres:tieneCalidad = http://datos.bcn.cl/recurso/cl/cargo/2
- rdf:value = "
El señor DÍEZ.-
Señor Presidente , otra vez estamos en presencia de un tema muy delicado, que tiene innumerables aspectos y puntos de vista, y que envuelve una realidad social muy variada.
El gran número de asesoras del hogar obedece fundamentalmente a que las dueñas de casa trabajan y aquéllas las suplen en las labores domésticas y en el cuidado de los hijos. Tengo en mi mente la conversación que sostuve con profesoras de Temuco respecto a la situación de estas empleadoras. Si nosotros, lisa y llanamente, les decimos que deben dar un año de subsidio maternal, se produce una situación absolutamente absurda.
El señor RUIZ (don José ).-
¿Me permite una interrupción?
El señor RÍOS ( Vicepresidente ).-
El Honorable señor Ruiz De Giorgio está solicitando una interrupción.
Puede hacer uso de ella Su Señoría.
El señor RUIZ (don José ).-
En realidad, no es así, señor Senador. No se da un año de subsidio, sino un año de fuero. Es decir, durante ese tiempo no se puede despedir a la asesora del hogar. En todo caso, el subsidio no lo paga el empleador, sino la seguridad social.
El señor DÍEZ.-
Señor Presidente , me alegro de esta explicación, porque del debate se desprendía una cosa distinta. Pero, aun con esa solución, se necesita que alguien desempeñe esa labor en el tiempo. Ese empleador no tiene un estado socioeconómico tan diferente del de la persona que contratan para realizar labores de casa. Carecen de medios económicos; ésa es la realidad. En Chile hay cientos de miles de hogares que poseen medios económicos estrechos para subsistir y que, sin embargo, las emplean.
Entiendo que debemos llegar a una solución para proteger a estas trabajadoras y al hijo que está por nacer, a fin de no forzar el aborto, sino todo lo contrario: incentivarlas a tener sus niños, etcétera. Pero esto supone un proyecto mucho más complejo y distinto. Supone analizar cómo se adapta la situación general del subsidio maternal, permisos, salarios, etcétera, a la circunstancia de que estas trabajadoras tienen facultades distintas, porque viven en el hogar.
Asimismo, aquí se presenta otra situación diferente. A muchas de estas personas que trabajan puertas adentro es ilusorio decirles que lo hagan puertas afuera, porque son de lugares apartados, son campesinas, son emigrantes de otros países que no tienen otra casa donde vivir.
Por su parte, parece lógico que el Ejecutivo analice la materia y nos presente una solución, porque toda la información está en su mano y únicamente a él le corresponde la iniciativa en materia de previsión social. Y este problema se puede resolver mediante la aplicación de un recargo en las imposiciones mensuales, destinado a formar un fondo para pagar los subsidios mencionados. La Constitución no nos entrega iniciativa en materia de previsión social y éste es, en realidad, un caso de esa naturaleza. Analizando las cosas como son, honestamente creo que la indicación y el acuerdo de la Comisión son inconstitucionales, debido a que no hubo patrocinio del Ejecutivo sobre un tema que claramente es de previsión social.
Por consiguiente, lo lógico sería remitir el proyecto a Comisión, esperar la proposición del Ejecutivo -que tiene iniciativa en esta materia, nosotros no- y adoptar una solución seria y global -como señaló el Honorable señor Silva -, que comprenda todo en forma orgánica y que funcione.
Esa muy distinto señalar a un empleador de clase media -un profesor de enseñanza media o básica-: "Usted impondrá uno o dos por ciento mensual para formar un fondo con el que se pague un subsidio por las instituciones de auxilio social correspondientes", que decirle: "Durante tres meses tendrá que pagar un sueldo a una persona que no trabaja con usted; entonces usted debe pedir permiso para atender su casa o contrata a otra asesora del hogar". Como dije, es muy distinta la perturbación que se produce.
Por eso, insisto al Senador señor Ruiz en la necesidad de llegar a una solución que en este tipo de casos es normal: se envía el proyecto a la Comisión, se informa al Gobierno de la urgencia de formular la indicación correspondiente, ofreciéndole nuestra cooperación, y se aborda este problema con una seriedad que no cause efectos contraproducentes tanto en las personas que deseamos proteger como en las que no cuentan con recursos suficientes y que hacen uso de las asesoras del hogar para organizar su trabajo y su vida. Por lo tanto, solicito a Su Señoría que nos dé el acuerdo para obrar de la manera señalada.
"
- bcnres:esParteDe = http://datos.bcn.cl/recurso/cl/documento/666877/seccion/akn666877-po1-ds5
- bcnres:esParteDe = http://datos.bcn.cl/recurso/cl/documento/666877