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El señor RUIZ (don José).-
Señor Presidente , para clarificar la razón de ser de la enmienda propuesta en el segundo informe, debe destacarse el aspecto referido a la modernidad.
Los adelantos que nos entrega la ciencia para mejorar la calidad de vida de la gente producen también efectos perversos si no se toman determinados resguardos. Es beneficioso que la ciencia nos proporcione medios importantes para que la mujer proteja la vida que lleva en su seno cuando se encuentra en la maravillosa situación de engendrar un hijo; pero cuando permite detectar mediante instrumentos la ocurrencia de ese estado, lo hace para facilitar, y no para perjudicar. Sin embargo, la legislación no se ha puesto a tono con los nuevos avances.
En razón de que el Código del Trabajo tiene por finalidad proteger a quien se encuentra en condición de mayor debilidad en la relación laboral, la mujer, de por sí discriminada en nuestra sociedad, siente que tal diferenciación alcanza un grado insoportable cuando se encuentra embarazada. Lo que aquí se busca es evitar que esto ocurra cuando ella quiere acceder a un puesto de trabajo.
Este asunto, como lo señalaba el Senador señor Viera-Gallo , no sólo tiene que ver con el derecho a la vida, sino también con la dignidad de la persona, ya que muchas veces la mujer se siente denigrada cuando postula a una labor remunerada. Por eso la redacción propuesta para el número 1, letra a) del artículo único, persigue dejar perentoriamente establecido que "Ningún empleador podrá condicionar la contratación de trabajadoras, su permanencia o renovación de contrato, o la promoción o movilidad en su empleo, a la sola ausencia o existencia de embarazo, ni exigir para dichos fines certificado o examen alguno para verificar si se encuentra o no en estado de gravidez.".
Dicho texto mejora notablemente el de la Cámara de Diputados, pues no sólo protege a la mujer que aspira a desempeñar un trabajo, sino que también la ampara en su desarrollo laboral dentro de una empresa. Impide que su movilidad en ésta se condicione a circunstancias relativas a un embarazo.
Por tales razones considero importante que se apruebe la norma en debate en la forma en que viene propuesta en el segundo informe de la Comisión de Trabajo.
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