REP�BLICA DE CHILE DIARIO DE SESIONES DEL SENADO PUBLICACI�N OFICIAL LEGISLATURA 334�, EXTRAORDINARIA Sesi�n 53�, en martes 20 de mayo de 1997 Especial (De 10:18 a 16) PRESIDENCIA DE LOS SE�ORES SERGIO ROMERO, PRESIDENTE, Y EUGENIO CANTUARIAS, VICEPRESIDENTE SECRETARIOS, LOS SE�ORES JOS� LUIS LAGOS L�PEZ, TITULAR, Y CARLOS HOFFMANN CONTRERAS, SUBROGANTE ____________________ � N D I C E Versi�n Taquigr�fica P�g. I. ASISTENCIA................................................................................���........� II. APERTURA DE LA SESI�N................................................................���.. III. TRAMITACI�N DE ACTAS................................................................���.. IV. CUENTA.................................................................................................���.. Acuerdos de Comit�s............................................................���� V. ORDEN DEL D�A: Proyecto de ley, en segundo tr�mite, que dispone la restituci�n o indemnizaci�n por bienes confiscados y adquiridos por el Estado (se aprueba en general)..�����������..������ Proyecto de ley, en primer tr�mite, que modifica los C�digos de Procedimiento Penal y Org�nico de Tribunales respecto de notificaci�n de resoluciones que indica y visita de jueces a recintos carcelarios, respectivamente (se aprueba en general y particular).�. Proyecto de ley, en segundo tr�mite, que moderniza el sector portuario estatal (queda pendiente su discusi�n general).......�.................�.. VERSI�N TAQUIGR�FICA I. ASISTENCIA Asistieron los se�ores: --Alessandri Besa, Arturo --Bitar Chacra, Sergio --Calder�n Ar�nguiz, Rolando --Cantuarias Larrondo, Eugenio --Carrera Villavicencio, Mar�a Elena --Cooper Valencia, Alberto --D�az S�nchez, Nicol�s --D�ez Urz�a, Sergio --Err�zuriz Talavera, Francisco Javier --Feli� Segovia, Olga --Fern�ndez Fern�ndez, Sergio --Frei Bol�var, Arturo --Frei Ruiz-Tagle, Carmen --Gazmuri Mujica, Jaime --Hamilton Depassier, Juan --Hormaz�bal S�nchez, Ricardo --Horvath Kiss, Antonio --Huerta Celis, Vicente Enrique --Larra�n Fern�ndez, Hern�n --Larre Asenjo, Enrique --Lavandero Illanes, Jorge --Letelier Bobadilla, Carlos --Martin D�az, Ricardo --Matta Aragay, Manuel Antonio --Mc-Intyre Mendoza, Ronald --Mu�oz Barra, Roberto --N��ez Mu�oz, Ricardo --Ominami Pascual, Carlos --Otero Lathrop, Miguel --P�ez Verdugo, Sergio --Pi�era Echenique, Sebasti�n --Prat Alemparte, Francisco --R�os Santander, Mario --Romero Pizarro, Sergio --Ruiz De Giorgio, Jos� --Ruiz-Esquide Jara Mariano --Siebert Held, Bruno --Sinclair Oyaneder, Santiago --Sule Candia, Anselmo --Thayer Arteaga, William --Vald�s Subercaseaux, Gabriel --Zald�var Larra�n, Adolfo --Zald�var Larra�n, Andr�s Concurrieron, adem�s, los se�ores Ministros Secretario General de la Presidencia, de Transportes y Telecomunicaciones, y de Bienes Nacionales, y los se�ores Subsecretarios de Transportes y de Bienes Nacionales, y el se�or Asesor Jur�dico del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones. Actu� de Secretario el se�or Jos� Luis Lagos L�pez, y de Prosecretario, el se�or Carlos Hoffmann Contreras. II. APERTURA DE LA SESI�N --Se abri� la sesi�n a las 10:18, en presencia de 43 se�ores senadores. El se�or ROMERO (Presidente).- En el nombre de Dios, se abre la sesi�n. III. TRAMITACI�N DE ACTAS El se�or ROMERO (Presidente).- Se da por aprobada el acta de la sesi�n 40�, ordinaria, en 15 de abril del a�o en curso, que no ha sido observada. El acta de la sesi�n 41�, especial, en 16 de abril del presente a�o, se encuentra en Secretar�a a disposici�n de los se�ores Senadores, hasta la sesi�n pr�xima, para su aprobaci�n. IV. CUENTA El se�or ROMERO (Presidente).- Se va a dar cuenta de los asuntos que han llegado a Secretar�a. El se�or HOFFMANN (Prosecretario).- Las siguientes son las comunicaciones recibidas: Mensaje De Su Excelencia el se�or Presidente de la Rep�blica con el que retira la urgencia, y la hace presente nuevamente con el car�cter de "Suma", al proyecto de ley que moderniza el sector portuario estatal. --Queda retirada la urgencia, se tiene presente la nueva calificaci�n y se manda agregar el documento a sus antecedentes. Oficios Dos de la C�mara de Diputados: Con el primero comunica que ha dado su aprobaci�n a la enmienda que introdujo el Senado al proyecto de ley sobre reajuste del ingreso m�nimo mensual; de las asignaciones familiar y maternal; del subsidio familiar, y que concede otros beneficios que indica. --Se toma conocimiento y se manda agregar el documento a sus antecedentes. Con el segundo comunica la n�mina de se�ores Diputados que, en representaci�n de esa Corporaci�n, integrar�n las Comisiones de Reja y P�rtico que recibir�n a Su Excelencia el se�or Presidente de la Rep�blica el 21 de mayo. --Se toma conocimiento. Del se�or Ministro de Transportes y Telecomunicaciones, con el que responde un oficio enviado en nombre del Senador se�or Horvath, relacionado con los programas de telefon�a rural de las Und�cima y Duod�cima Regiones. De la se�ora Ministra de Bienes Nacionales, con el que contesta un oficio enviado en nombre del Senador se�or Mu�oz Barra, relativo a la regularizaci�n de los t�tulos de dominio de diferentes habitantes de las comunas de Pur�n y Ercilla, Novena Regi�n. Del se�or Director del Servicio de Salud de Atacama, con el que remite copia del balance general del a�o 1996 y de otros documentos relacionados con el Servicio que dirige. --Quedan a disposici�n de los se�ores Senadores. Informe Segundo informe de la Comisi�n de Constituci�n, Legislaci�n, Justicia y Reglamento, reca�do en el proyecto de reforma constitucional, en primer tr�mite, que crea el Ministerio P�blico. --Queda para tabla. Mociones Del Senador se�or Otero, con la que inicia un proyecto de reforma constitucional sobre creaci�n de un Consejo de Estado, supresi�n de los Senadores designados y otras materias. --Pasa a la Comisi�n de Constituci�n, Legislaci�n, Justicia y Reglamento. Del Senador se�or Bitar, con la que inicia un proyecto de ley sobre modificaci�n del art�culo 203 del C�digo del Trabajo, con el prop�sito de extender a todas las trabajadoras los beneficios que proporcionan las salas cunas. --Pasa a la Comisi�n de Trabajo y Previsi�n Social. El se�or ROMERO (Presidente).- Terminada la Cuenta. ACUERDOS DE COMIT�S El se�or LAGOS (Secretario).- En reuni�n de hoy los Comit�s adoptaron los siguientes acuerdos: 1.- Tratar en la presente sesi�n los proyectos que se indican. a) Proyecto de ley de la C�mara de Diputados que dispone la restituci�n o indemnizaci�n por bienes confiscados y adquiridos por el Estado a trav�s de los decretos leyes N�s. 12, 77 y 133, de 1973; 1.697, de 1977, y 2.346, de 1978, fijando las 11 como hora de votaci�n; b) Facultar a la Mesa para que, si fuere posible, una vez despachado el proyecto anterior, ponga en discusi�n el proyecto que modifica el C�digo de Procedimiento Penal respecto a la forma en que han de practicarse las notificaciones de las resoluciones que indica, y el C�digo Org�nico de Tribunales en lo relativo a la visita semanal que efect�an los jueces a los recintos carcelarios; c) Proyecto de ley sobre modernizaci�n del sector portuario estatal. Si no se alcanzare a despachar en la ma�ana, proceder a votarlo, a m�s tardar, a las 17; y d) Proyecto que modifica el decreto ley N� 701, de 1974, sobre fomento forestal (hasta su total despacho). 2.- Facultar a la Mesa para suspender a las 14 esta sesi�n especial, y reanudarla a las 15:30 con el proyecto sobre puertos, si estuviere pendiente. 3.- Ampliar hasta por una hora el plazo para formular indicaciones al proyecto que modifica el C�digo del Trabajo a fin de conceder los derechos que indica a los padres trabajadores. 4.- Postergar para la sesi�n ordinaria del martes 3 de junio la discusi�n del proyecto de reforma constitucional que crea el Ministerio P�blico, coloc�ndolo en primer lugar del Orden del D�a. _______________________ El se�or ROMERO (Presidente).- Solicito la autorizaci�n de la Sala para que permanezca en el Hemiciclo el Subsecretario de Bienes Nacionales se�or Sergio Vergara. --Se autoriza. V. ORDEN DEL D�A RESTITUCI�N O INDEMNIZACI�N POR BIENES CONFISCADOS El se�or ROMERO (Presidente).- Proyecto de ley de la C�mara de Diputados que dispone la restituci�n o indemnizaci�n por bienes confiscados y adquiridos por el Estado a trav�s de los decretos leyes N�s 12, 77 y 133, de 1973; 1.697, de 1977, y 2.346, de 1978. 378-12 �Los antecedentes sobre el proyecto figuran en los Diarios de Sesiones que se indican: Proyecto de ley: En segundo tr�mite, sesi�n 34�, en 12 de septiembre de 1995. Informes de Comisi�n: Medio Ambiente y Bienes Nacionales, sesi�n 31�, en 11 de marzo de 1997. Hacienda, sesi�n 31�, en 11 de marzo de 1997. El se�or LAGOS (Secretario).- El proyecto, iniciado en mensaje del Ejecutivo y aprobado por la C�mara de Diputados, se encuentra en segundo tr�mite constitucional. La Comisi�n de Medio Ambiente y Bienes Nacionales hace presente en su informe que las normas que se refieren a la organizaci�n y atribuciones de los tribunales de justicia requieren qu�rum de ley org�nica constitucional para ser aprobadas. Tambi�n se�ala que en el primer tr�mite se consult� al respecto a la Corte Suprema, la que se pronunci� favorablemente. El objetivo principal del proyecto es reparar, mediante la restituci�n de los bienes o, siendo ello imposible, la indemnizaci�n pertinente, a las personas naturales o jur�dicas a las que se hubiere privado del dominio de sus bienes por aplicaci�n de los decretos leyes N�s 77, de 1973, y 1.697, de 1977, en virtud de los cuales se procedi�, por una parte, a disolver los partidos pol�ticos que en estos cuerpos normativos se indicaron y, por otra, a afectar el uso, goce y disposici�n de un conjunto de bienes pertenecientes a diversas organizaciones sociales. En cuanto a la discusi�n general, el informe hace notar que en el primer tr�mite constitucional el Ejecutivo formul� una indicaci�n, con la que except�a a los partidos pol�ticos de la aplicaci�n de las normas de la iniciativa. Ello, en raz�n de no haberse reunido en dicha oportunidad el qu�rum constitucional necesario para aprobar la idea de legislar en lo relativo a estas asociaciones voluntarias. En seguida, la Comisi�n informa que aprob� en general el proyecto con los votos afirmativos de la Honorable se�ora Carrera y de los Senadores se�ores D�az, Horvath y Huerta, y la abstenci�n del Senador se�or Siebert. En lo tocante a la discusi�n particular, se consigna el an�lisis del articulado, el debate producido acerca de �l y los acuerdos adoptados al respecto. Y en la parte resolutiva del informe se propone la aprobaci�n del proyecto de la C�mara de Diputados, con las modificaciones que se indican. Su texto consta de 15 art�culos permanentes y 2 transitorios. Por su parte, el informe de la Comisi�n de Hacienda deja constancia de la participaci�n en ella de la se�ora Ministra de Bienes Nacionales, del Jefe de la Divisi�n Jur�dica de dicha Cartera y del Asesor de la Direcci�n de Presupuestos. Luego, hace presente que diversas disposiciones requieren, para su aprobaci�n, qu�rum de ley org�nica constitucional -es decir, de los cuatro s�ptimos de los se�ores Senadores en ejercicio, lo que significa 26 votos favorables-, ya que inciden tanto en la Ley Org�nica Constitucional de los Partidos Pol�ticos como en la de Organizaci�n y Atribuciones de los Tribunales de Justicia. En seguida, hace una relaci�n de las normas de la iniciativa y de las indicaciones presentadas por el Ejecutivo, consign�ndose, en cada caso, los acuerdos alcanzados. En virtud de los antecedentes contenidos en el informe, especialmente en lo relativo al financiamiento, se deja constancia de que el proyecto no producir� desequilibrios macroecon�micos ni incidir� negativamente en la econom�a del pa�s. Por la unanimidad de sus miembros presentes, se�ores Lavandero, Ominami y Andr�s Zald�var, la Comisi�n de Hacienda recomienda aprobar el proyecto despachado por la de Medio Ambiente y Bienes Nacionales, con las modificaciones contenidas en su informe. El texto propuesto consta de 19 art�culos permanentes y dos transitorios. El se�or ROMERO (Presidente).- Terminada la relaci�n de la iniciativa. En discusi�n general. Ofrezco la palabra a la se�ora Ministra de Bienes Nacionales. La se�ora DELPIANO (Ministra de Bienes Nacionales).- Se�or Presidente, nos da mucho gusto que este proyecto haya llegado a su segundo tr�mite constitucional y se proceda, en este momento, a su discusi�n. Quiero se�alar que el Ejecutivo tuvo a la vista el conjunto de decretos leyes mediante los cuales se confiscaron bienes a personas naturales, organizaciones sindicales y partidos pol�ticos entre 1973 y 1978. Lo que se busca a trav�s del proyecto en estudio es, precisamente, dentro del proceso de normalizaci�n del pa�s, poder restituir los bienes o indemnizar el da�o causado por la confiscaci�n realizada por aplicaci�n de los decretos leyes se�alados recientemente en la relaci�n de la iniciativa. Los se�ores Senadores pueden encontrar en sus carpetas, junto con el proyecto, un cuadro con el resumen de los inmuebles confiscados; en qu� situaci�n se encuentran; a qui�nes afect�, y cu�l es la estimaci�n del valor comercial de ellos. Creo que puede ser un antecedente importante de tener a la vista, para saber de qu� estamos hablando en esta iniciativa. En s�ntesis, se trata de 254 inmuebles confiscados. Existe un n�mero de bienes muebles -que corresponden, de acuerdo a la iniciativa, a personas naturales y jur�dicas, no a partidos pol�ticos- que no se halla determinado en dicho cuadro por cuanto la informaci�n de que se dispone es incompleta, y las personas afectadas directamente deber�n comprobar, con los antecedentes que tengan en su poder, la real existencia de esos bienes. En definitiva, estamos hablando -reitero- de 254 bienes inmuebles confiscados, de los cuales 60 pertenecen a personas naturales; 60, a personas jur�dicas; 113, a partidos pol�ticos, y 21, a organizaciones sindicales. Por �ltimo, quiero se�alar nuestra disposici�n para responder cualquier consulta que deseen hacernos Sus Se�or�as. El se�or ROMERO (Presidente).- Se encuentran inscritos los Senadores se�ores Horvath, Otero, Sule y Hamilton. Quiero hacer presente a la Sala que los Comit�s acordaron iniciar la votaci�n del proyecto a las 11. A partir de esa hora, se proceder� a fundar el voto. El se�or SULE.- Se�or Presidente, puede borrar mi nombre del listado de Senadores para intervenir en esta parte de la sesi�n, pues lo har� durante la fundamentaci�n del voto. El se�or ROMERO (Presidente).-. De acuerdo, se�or Senador. Tiene la palabra el se�or Presidente de la Comisi�n de Medio Ambiente y Bienes Nacionales. El se�or HORVATH.- Se�or Presidente, el principal objetivo del proyecto, tal como se�ala el informe e hizo presente la se�ora Ministra, do�a Adriana Delpiano, es reparar, a trav�s de la restituci�n de los bienes o, cuando ello no fuera posible por razones de cambio -que despu�s analizaremos en lo particular-, la indemnizaci�n, a las personas naturales o jur�dicas a las que se haya privado del dominio de sus bienes por aplicaci�n de los decretos leyes N�s 77, de 1973, y 1.697, de 1977, en virtud de los cuales se procedi�, por una parte, a disolver los partidos pol�ticos y, por otra, a afectar el uso, goce y disposici�n de un conjunto de bienes pertenecientes a gran n�mero de organizaciones sociales. En esta materia, la Comisi�n de Bienes Nacionales del Senado trabaj� estrechamente con la se�ora Ministra y el se�or Subsecretario de la Cartera, y, tal como se�ala el informe, tuvieron participaci�n -mediante un proceso de publicaci�n para la concurrencia abierta- las distintas entidades o personas que se sintieron afectadas o beneficiadas por el proyecto, entre las cuales se destacan los se�ores Fanor Verdugo Reyes y Luis Parra V�liz, tesorero nacional y asesor jur�dico, respectivamente, de la Central �nica de Trabajadores; Rigoberto Turra Paredes y Luis Jim�nez Vergara, presidente y director nacional, respectivamente, de la Confederaci�n Nehu�n; Fernando Vel�squez Serrano, secretario de la Organizaci�n de la Confederaci�n Surco, y Manuel Luna Abarza, abogado de la entidad, en representaci�n de la Confederaci�n Nacional de Sindicatos y Federaciones de Trabajadores Campesinos, Ind�genas y Actividades Anexas "El Surco", sucesora de la ex Confederaci�n Nacional Campesina e Ind�gena "Ranquil"; Adri�n Fuentes, presidente de la Confederaci�n Nacional de Sindicatos de Trabajadores de la Construcci�n, Maderas, Materiales de Edificaci�n y Actividades Conexas; la se�ora Patricia Co�om�n, presidenta de la Confederaci�n Nacional de Federaciones y Sindicatos de Trabajadores Textiles y Ramos Similares y Conexos de Chile, y los se�ores Luis Contreras Contreras y Mario L�pez Bravo, presidente y secretario, respectivamente, de la Asociaci�n Chilena de Pensionados y Montepiadas. La Comisi�n, aparte de analizar la extensa n�mina de bienes muebles, se�alada por la se�ora Ministra, fue recibiendo en forma paralela a otras personas que se sent�an con derecho -y lo tienen legalmente - de lograr una indemnizaci�n o la recuperaci�n de su bien. En tal sentido, hubo especial discusi�n acerca del valor con que se indemnizar�a en caso de que el bien no pudiese ser restituido, acord�ndose, en definitiva con el Ejecutivo de que se pagar� conforme al valor real que aqu�l tenga hoy en d�a, por cuanto su mera actualizaci�n seg�n el �ndice de Precios al Consumidor, pod�a resultar algo muy distinto de lo real. En segundo lugar, se hizo �nfasis en que el procedimiento fuese lo m�s transparente y administrativo posible, para evitar que todos estos casos terminaran en procesos judiciales. Creemos que ello es tambi�n importante para las partes, a fin de obviar p�rdidas de tiempo y costos. Asimismo, se acord� con el Ejecutivo la extensi�n de los plazos, con el objeto de que las personas que se sintiesen con derecho a percibir la referida indemnizaci�n la pudiesen lograr holgadamente, evitando que, por resquicios o la fijaci�n de plazos breves, el proceso se vea empa�ado o no se alcance el objetivo del proyecto. En cuanto a la competencia de la Comisi�n de Hacienda, el Ministerio respectivo se�al� que el financiamento del proyecto estaba previsto. En nuestra Comisi�n, en verdad, no se analiz� la devoluci�n de los bienes de los partidos pol�ticos, por cuanto es una materia que no reuni� el qu�rum necesario en la C�mara de Diputados, seg�n se se�al�, y el Ejecutivo no repuso indicaci�n al respecto. Entiendo que la Comisi�n de Hacienda trat� el tema en forma diferente, por lo que la competencia respecto del punto en cuesti�n se la dejamos entregada a ella. Es cuanto puede informar resumidamente la Comisi�n de Medio Ambiente y Bienes Nacionales, dado el plazo de que disponemos para votar el proyecto. Concedo una interrupci�n, con la venia de la Mesa, al Senador se�or Siebert. El se�or ROMERO (Presidente).- Con cargo al tiempo de Su Se�or�a, tiene la palabra el Honorable se�or Siebert. El se�or SIEBERT.- Deseo recalcar lo dicho recientemente por el Presidente de la Comisi�n de Medio Ambiente y Bienes Nacionales -la cual yo tambi�n integro-, pues a la Sala lleg� un proyecto que la Comisi�n antedicha no vio. En efecto, en la C�mara de Diputados se extrajo todo lo concerniente a la devoluci�n de los bienes de los partidos pol�ticos; y fue as� como se trat� en el organismo especializado nuestro. Pero la Comisi�n de Hacienda repuso dicha materia, como consecuencia de una intervenci�n del Senador se�or Ominami, quien condicion� su inclusi�n para seguir analizando otros proyectos que figuraba en la tabla de ella. Por lo tanto, el hecho de que en la Comisi�n de Hacienda se haya repuesto un asunto que no ha sido visto por el organismo t�cnico especializado, me parece irregular, por decir lo menos. El se�or ROMERO (Presidente).- Puede continuar el Honorable se�or Horvath. El se�or HORVATH.- Deseo finalizar se�alando que todav�a persiste un grado de preocupaci�n respecto del uso de algunos de los bienes confiscados que se hallan en organizaciones de beneficencia, de desarrollo comunitario, sobre los cuales, en alg�n momento dado, la autoridad deber� decidir qui�n ha de quedarse con ellos, a fin de no dejar a dichas entidades amarradas de mano en el cumplimiento de sus funciones. Y eso, evidentemente, constituir� un trabajo bastante arduo para el Ministerio de Bienes Nacionales. El se�or THAYER.- �Me permite, se�or Presidente? El se�or ROMERO (Presidente).- Tiene la palabra Su Se�or�a. El se�or THAYER.- Se�or Presidente, tengo una duda que desear�a aclarar con anterioridad a la votaci�n. Quiero saber c�mo entiende la Mesa -para estar bien seguro- el art�culo 178 del Reglamento respecto de la votaci�n del proyecto en debate que es de qu�rum de ley org�nica constitucional. Es decir, si las abstenciones influyen en el resultado, podr�a suceder que no se obtenga la mayor�a necesaria en la primera votaci�n. La referida norma se�ala: "Si proclamada la votaci�n se advierte que las abstenciones o los votos diferentes del que se pide, determinan que quede sin resolverse la proposici�n que se vota, se proceder� de inmediato a repetir la votaci�n, con requerimiento a los Senadores que se hayan abstenido para que emitan su voto,". Una interpretaci�n es que lo contemplado en dicho precepto se aplique tambi�n a las iniciativas cuya aprobaci�n requiere qu�rum especial; y que los Senadores que por duda, perplejidad o el deseo de manifestar disidencia, se abstengan, podr�an tener la opci�n de pronunciarse por "S�" o por "No" en la nueva votaci�n. El segundo inciso de la citada disposici�n expresa: que "Si en la segunda votaci�n insisten en su abstenci�n o en votar de manera diferente, se considerar�n sus votos como favorables a la posici�n que haya obtenido mayor n�mero de votos." Me parece muy dif�cil que este �ltimo precepto se aplique en iniciativas que requieren de qu�rum constitucional, porque requiere, para su aprobaci�n, un determinado n�mero de votos favorables. Sin embargo, no veo raz�n por la cual no se aplique lo consignado en el primer inciso en las votaciones de qu�rum org�nico constitucional, pues, en m�s de alguna oportunidad -no estoy preocupado s�lo por este asunto, porque se trata de un criterio general- ha habido abstenciones que impiden una resoluci�n del Senado y no se ha dado la opci�n por una segunda votaci�n con el requerimiento que en aqu�l se se�ala. �sa es mi pregunta, y me gustar�a que la Mesa la respondiera antes de proseguir la discusi�n. El se�or ROMERO (Presidente).- Hice la consulta pertinente, y, adem�s, tengo bastante clara la situaci�n. En los proyectos cuya aprobaci�n exige un qu�rum determinado, los votos afirmativos deben alcanzar la mayor�a requerida, y no existe la posibilidad de sumar las abstenciones a la posici�n que haya obtenido el mayor n�mero de votos. �se es el precedente que permanentemente ha existido al respecto. No ha habido duda alguna ni vacilaci�n del Senado en los siete a�os en que ha correspondido conocer de situaciones similares. La Secretar�a del Senado comparte el criterio de la Mesa. Por consiguiente, para alcanzar el qu�rum especial requerido para aprobar el proyecto deben obtenerse los votos favorables necesarios, sin sumar las abstenciones. El se�or THAYER.- Se�or Presidente. lo reci�n se�alado por Su Se�or�a resuelve s�lo un punto, y estoy de acuerdo con esa interpretaci�n. La duda que tengo es si acaso procede o no procede una segunda votaci�n. El se�or ROMERO (Presidente).- No, se�or Senador. El se�or THAYER.- Gracias, se�or Presidente. El se�or ROMERO (Presidente).- Tiene la palabra el Honorable se�or Otero. El se�or ZALD�VAR (don Andr�s).- �Me permite una interrupci�n, se�or Senador? El se�or OTERO.- Con la venia de la Mesa, con mucho gusto. El se�or ZALD�VAR (don Andr�s).- S�lo para una cuesti�n de orden. Deseo intervenir, con el objeto de referirme al informe en representaci�n de la Comisi�n de Hacienda. El se�or ROMERO (Presidente).- Su Se�or�a est� inscrito inmediatamente despu�s del Honorable se�or Otero. El se�or ZALD�VAR (don Andr�s).- As� es, pero estimo que deber�a intervenir antes. Incluso resultar�a m�s conveniente para el propio Senador se�or Otero. El se�or OTERO.- Cedo mi turno al Honorable se�or Zald�var. El se�or ROMERO (Presidente).- Entonces, tiene la palabra el Honorable se�or Andr�s Zald�var. El se�or ZALD�VAR (don Andr�s).- Gracias, se�or Senador. Se�or Presidente, efectivamente la Comisi�n de Hacienda conoci� el proyecto sobre el cual hoy debe resolver la Sala. A nuestro juicio, es de bastante trascendencia y se refiere a uno de los problemas pendientes que requieren de soluci�n. Como lo ha se�alado la se�ora Ministra, en la iniciativa se incluyen los bienes confiscados por el Estado durante un determinado periodo de tiempo. Seg�n el informe anexo entregado por el propio Ministerio, el total de los confiscados y posteriormente enajenados es de 113 inmuebles, con una tasaci�n cercana a los 10 mil 700 millones de pesos, mientras que 141 confiscados a diferentes personas, instituciones y partidos y permanecen en poder del Fisco, teniendo un valor de 11 mil 800 millones de pesos, aproximadamente. La Comisi�n de Hacienda adopt� acuerdos sobre el proyecto que nos ocupa no s�lo por implicar un gasto fiscal, sino tambi�n porque le corresponde a ella pronunciarse sobre la materia, para lo cual se encuentra habilitada. Podemos discrepar con alg�n se�or Senador, pero no hemos cometido ning�n abuso al requerir un informe acerca de la totalidad de los bienes confiscados y c�mo preceder a su restituci�n o indemnizaci�n. Por lo tanto, la Comisi�n no ha incurrido en ning�n acto arbitrario ni de presi�n indebida, sino que ha hecho presente algo que, a nuestro entender, correspond�a. Y fue el propio Ejecutivo quien, accediendo a esa petici�n, envi� una indicaci�n complementaria, la cual fue estudiada por ella e incorporada al texto que proponemos al Senado. Puede discutirse el monto de las indemnizaciones; pero, a mi juicio, �se no es el punto relevante. Lo m�s importante radica en saber -el Senado debe tenerlo presente- si, frente a un acto de confiscaci�n durante un per�odo extraordinario de nuestra historia, procede o no procede en justicia reparar el da�o a quienes sufrieron el hecho. Tanto la C�mara de Diputados, como la Comisi�n de Medio Ambiente y Bienes Nacionales, presidida por el Senador se�or Horvath, y la de Hacienda, lo estimaron as� y, por ello, fue aprobada la idea de legislar. El gasto fiscal puede ser te�rico o efectivo, seg�n sean las decisiones que se tomen. Sobre los bienes enajenados, al Fisco no le queda sino responder y pagar las indemnizaciones pertinentes, de acuerdo con el sistema de tasaci�n establecido en el proyecto, el cual, aparte ser muy estricto, queda sometido plenamente al tr�mite judicial, pues se fija un procedimiento que debe cumplirse a trav�s de los tribunales de justicia. En cuanto a los bienes en especies, si el Fisco pretende dejarlos en su poder, tendr� que pagarlos, porque el goce y usufructo de un bien no pueden imponerse a t�tulo gratuito sobre la base de un acto de autoridad. Por lo tanto, deber� proceder la indemnizaci�n, para lo cual se fijan procedimientos de tasaci�n, de reclamo judicial y de pago para resguardar esa figura. El desembolso de 24 � 27 mil millones de pesos -se�alado en el proyecto, de acuerdo al informe financiero- puede resultar mayor o menor, seg�n las decisiones que tome el Estado chileno. Por otra parte, la Comisi�n de Hacienda, acept� algo que, en estricto derecho, tal vez no corresponda: en lugar de un pago al contado -el cual podr�a significar un desembolso de recursos muy importante para el Erario-, se establece un sistema de pago diferido a cinco a�os plazo, con lo cual se facilita la soluci�n del asunto por parte del Fisco, junto con cumplirse el objetivo se�alado en el proyecto, en el sentido de saldar las deudas con algunas personas, instituciones y partidos pol�ticos, y cuya mantenci�n afecta sus patrimonios. En lo relacionado con reclamos, verificaci�n de dominios o titularidad para ejercer el derecho de restituci�n, la legislaci�n propuesta consigna un procedimiento ante los tribunales de justicia, con lo que se evita que la autoridad administrativa intervenga. Ello me parece bastante l�gico, sobre todo si existe controversia en cuanto a qui�n es el titular de la acci�n. El se�or OTERO.- �Me permite una interrupci�n para aclarar ese punto, se�or Senador, con la venia de la Mesa? El se�or ZALD�VAR (don Andr�s).- Con mucho gusto, Su Se�or�a. El se�or OTERO.- Se puede recurrir al tribunal siempre y cuando el Ministerio de Bienes Nacionales haya rechazado el requerimiento, pero para obtener el beneficio no hay que cumplir un tr�mite judicial, sino ante esa Cartera. El se�or ZALD�VAR (don Andr�s).- Exacto; como es l�gico suponer, el tr�mite se inicia en el Ministerio de Bienes Nacionales, donde se encuentran todos los antecedentes. Sin embargo, frente a cualquier controversia o a intereses contrapuestos -como en el caso de un particular que considera que quien reclama cierto derecho no es el titular-, se establece un sistema de notificaciones para iniciar el proceso correspondiente. En caso de saberse y que ello se encuentre comprobado, no hay controversia y, por lo tanto, tampoco, juicio. Se establece igualmente un procedimiento de tasaciones y de comisiones para el monto de la indemnizaci�n. Con anterioridad, se hab�a sugerido un sistema similar al estipulado para los partidos pol�ticos: el Servicio de Registro Electoral ten�a la capacidad de determinar al titular de la acci�n, mientras que ahora ella radica en los tribunales de justicia. �sas son las razones por las cuales, revisado el proyecto, establecidas todas las normas y teniendo en cuenta las indicaciones del Ejecutivo que lo adicionaron, la Comisi�n de Hacienda acord� aprobarlo y recomendar a la Sala que haga lo mismo para que pueda transformarse en ley de la Rep�blica. El se�or ROMERO (Presidente).- Faltan siete minutos para dar inicio a la votaci�n. Tiene la palabra el Senador se�or Otero y, a continuaci�n, los Honorables se�ores Hamilton y Pi�era. Se entiende que a partir de las 11, las intervenciones de los se�ores Senadores que resten ser�n consideradas como fundamentaciones del voto. El se�or OTERO.- Se�or Presidente, nos parece que la iniciativa en debate presenta serios problemas de car�cter jur�dico. Primero, porque el tema es de mucha m�s f�cil soluci�n que lo planteado en ella. Efectivamente, el art�culo 700 del C�digo Civil se�ala: "El poseedor es reputado due�o, mientras otra persona no justifica serlo.". �Qu� ha ocurrido aqu�? Ciertos bienes, de personas naturales o jur�dicas, fueron requisados durante un Gobierno que us� la fuerza para cumplir tal cometido. Esa manera de proceder se halla expresamente establecida en el art�culo 710 del C�digo Civil: "Posesi�n violenta es la que se adquiere por la fuerza. "La fuerza puede ser actual o inminente.". Lo que jur�dicamente ha ocurrido en este caso es que, simplemente, se cre� un t�tulo que est� viciado; un t�tulo colorado nacido de posesi�n violenta. Por lo tanto, la persona perjudicada por dicho t�tulo ten�a y tiene todo el derecho a ir a los tribunales de justicia y efectuar la demanda respectiva. Se ha argumentado que en el Gobierno militar ello no era posible y que, dado el tiempo transcurrido, oper� la prescripci�n. A ese respecto, debo aclarar que la prescripci�n, seg�n el art�culo 2492 del C�digo Civil, "es un modo de adquirir las cosas ajenas, o de extinguir las acciones y derechos ajenos, por haberse pose�do las cosas o no haberse ejercido dichas acciones y derechos durante cierto lapso de tiempo, y concurriendo los dem�s requisitos legales.". Es decir, tocante a las personas que perdieron sus bienes por la aplicaci�n de estos decretos, oper� la prescripci�n, porque si estuvi�ramos dentro del plazo legal, ellas podr�an entablar la demanda correspondiente, y ganarla en los tribunales de justicia por aplicaci�n del art�culo 710 del C�digo Civil, que define la posesi�n violenta. Ahora bien, la prescripci�n es ordinaria o extraordinaria. La �ltima, que es la que procede cuando se trata de t�tulos colorados, es de diez a�os; y aqu� ha operado dicha prescripci�n. Sin embargo, el art�culo 2494 del citado C�digo claramente establece: "La prescripci�n puede ser renunciada expresa o t�citamente; pero s�lo despu�s de cumplida.". En consecuencia, en este caso corresponde dictar una ley que otorgue un nuevo plazo para entablar las acciones por parte de los afectados, sin necesidad de una legislaci�n especial. Si se fijara aquel plazo, corresponder�a a la justicia ordinaria (como es propio del Estado de Derecho actual) determinar si la demanda es o no aceptable. El gran problema que surge es que, si se demanda al Fisco ahora, �ste opondr� la excepci�n de prescripci�n, y obviamente la va a ganar. Lo que el proyecto persigue es que los propietarios afectados puedan obtener la restituci�n de sus bienes, o bien la indemnizaci�n correspondiente. Sin embargo, la ley y el C�digo Civil son mucho m�s claros: permiten entablar las acciones correspondientes para recuperar un bien ra�z. �Por qu�? Porque, para los sucesores en el dominio de un t�tulo colorado, �ste sigue siendo colorado. O sea, el vicio de la posesi�n no se sanea, por lo que perfectamente podr�a entablarse la demanda en la justicia civil. Pero lo que para nosotros es tan claro, el proyecto en debate lo hace sumamente dif�cil, adem�s de afectar gravemente otro derecho: el de igualdad ante la ley. Se�or Presidente, nadie en Chile puede negar que la aplicaci�n de la Ley de Reforma Agraria constituy� un acto de fuerza que no respet� los derechos de los propietarios. Esta realidad fue tan evidente -lo digo porque a m� me toc� actuar como abogado en esa �poca-, que las opciones eran muy simples: o el afectado renunciaba a la indemnizaci�n, o no se le otorgaba reserva. Y eso es posesi�n violenta. Es la amenaza de la fuerza. Incluso a uno de mis clientes se le amenaz�, por ser extranjero, con ponerlo en la frontera en las siguientes 24 horas. Todas las pruebas est�n en los procesos correspondientes, de manera que lo que estoy afirmando es cierto. Cuando asumi� el Gobierno militar, se encontr� con esa situaci�n. Y tambi�n los gobernadores militares declararon que dar�an las reservas siempre y cuando se renunciara a la indemnizaci�n. Y hubo cientos de propietarios en el pa�s que tuvieron que acceder. �Sobre qu� bases? Sobre las de la fuerza y la posesi�n violenta. Si esto es as�, parece l�gico -concuerdo con los se�ores Senadores que piden que se vuelva al Estado de Derecho- que todos los que fueron objeto de "expropiaciones" ilegales tengan el mismo derecho. Yo votar�a favorablemente una idea de legislar en el sentido de dar un nuevo plazo de un a�o -como lo establece el proyecto- para que aquel que ha sido privado injustamente de su propiedad o del derecho a la indemnizaci�n que le corresponde, demande ante los tribunales de justicia; y en el sentido de que el Consejo de Defensa del Estado no pueda oponer la excepci�n de prescripci�n. Ser�an, as�, los tribunales de justicia (y no un Ministerio pol�tico) los que determinar�an qui�n tiene raz�n, y qui�n no. Me parece l�gico, adecuado y plausible que, cuando ha habido por parte de un Gobierno, cualquiera que �ste sea, acciones de fuerza y de violencia que hayan afectado el derecho de propiedad, se d� a los propietarios el plazo correspondiente. Esto, porque la misma validez del argumento de que durante el Gobierno militar los partidos pol�ticos no pudieron proceder, tiene el otro seg�n el cual durante dicha Administraci�n se ejerci� presi�n sobre los propietarios agr�colas dici�ndoles que su problema se arreglar�a en la medida en que renunciaran a la indemnizaci�n. Tal renuncia no fue v�lida, porque tambi�n estuvo afectada por la violencia. Esta es una verdad. Si queremos ser justos, tenemos que medir a todos con la misma vara. �Por qu� privilegiar s�lo a los partidos pol�ticos? �Cu�l es la raz�n para no hacer la misma justicia a los miles de propietarios agr�colas que sufrieron la violencia, no s�lo del r�gimen militar, sino tambi�n la de reg�menes anteriores? Se�or Presidente, me parece que �ste es el fondo. Yo, por lo menos, estar�a dispuesto a votar favorablemente un proyecto que en forma muy clara, simple y breve dispusiera la apertura de un plazo para que todas las personas afectadas jur�dicamente en razones de Derecho, puedan demandar ante los tribunales de justicia la indemnizaci�n que les corresponde, o entablar la acci�n reivindicatoria respectiva; y que el Fisco (como muy bien lo puede hacer, porque lo dice el citado art�culo 2494) renuncie a oponer la excepci�n de prescripci�n. En esa forma, sin violentar nuestro ordenamiento jur�dico, manteni�ndolo plenamente vigente y respetando los conceptos de igualdad ante la ley y de igualdad de trato que debe darse a las personas, estar�amos abriendo la puerta para que una decisi�n no se adopte pol�ticamente, sino para que, jur�dicamente, todo aquel que tiene el derecho pueda hacerlo reconocer ante los tribunales de justicia. Creo que as� estar�amos satisfaciendo el anhelo de todo el mundo. Por las consideraciones expuestas; porque este proyecto no satisface la l�nea de acci�n que estoy se�alando; porque altera la normativa que permite lograr el mismo resultado, y porque constituye una soluci�n artificial, me abstendr� en la votaci�n. El se�or ROMERO (Presidente).- Tiene la palabra el se�or Subsecretario de Bienes Nacionales. El se�or VERGARA (Subsecretario de Bienes Nacionales).- Se�or Presidente, el Gobierno considera que no hubo posesi�n violenta en este caso como lo ha se�alado el Senador se�or Otero, por cuanto no tuvo lugar un acto formalmente ilegal. En efecto, lo que pretende el proyecto es establecer que, en justicia, se restituyan bienes que se confiscaron conforme a leyes vigentes, que hoy est�n reconocidas en el ordenamiento jur�dico. Todos los decretos leyes dictados durante el Gobierno militar se reconocen actualmente como legislaci�n v�lida, de manera que no entendemos que en la especie haya habido posesi�n irregular, ya que la confiscaci�n se realiz� conforme a una ley que hoy es v�lida. Por otra parte, el Gobierno acoge de alguna manera la posibilidad de dar a esta iniciativa otra forma, que el Senador se�or Otero estime m�s adecuada, para lo cual propongo que ello se estudie durante la discusi�n particular. Esto, porque el punto tendr�a que ver m�s bien con el procedimiento y la mec�nica de la materia. El se�or ROMERO (Presidente).- Agradezco las palabras del se�or Subsecretario, que interpreto como que no existe oposici�n por parte del Ejecutivo para revisar, durante la discusi�n particular, el planteamiento expuesto por el Honorable se�or Otero. Queda as� abierta la posibilidad de discutir m�s adelante el procedimiento que se utilizar�a para abordar la situaci�n. Habiendo llegado la hora de t�rmino del debate, y con la venia de los dos se�ores Senadores que estaban inscritos para intervenir, corresponde pronunciarse sobre esta iniciativa. En votaci�n general el proyecto. --(Durante la votaci�n). El se�or CALDERON.- Se�or Presidente, considero que esta iniciativa constituye un acto de justicia ante una usurpaci�n de que han sido objeto partidos pol�ticos y organizaciones sociales. Voto que s�. El se�or COOPER.- Se�or Presidente, sin duda, este proyecto confirma la garant�a constitucional, vigente, del derecho de dominio; asimismo, cumple con su finalidad de restituci�n o indemnizaci�n por bienes que fueron expropiados o confiscados, y tambi�n es cierto que cauciona los derechos de terceros que pudieran haberse afectado. Sin embargo, no hace justicia, como aqu� se ha se�alado, en innumerables casos en que tambi�n hubo expropiaci�n o confiscaci�n en tiempos de la Unidad Popular. Por eso, se�or Presidente, como no se hace justicia completa, me abstengo. El se�or D�AZ.- Se�or Presidente, parece que lo m�s justo es proceder a la devoluci�n de sus bienes a quienes fueron privados de ellos por haber sido tales bienes confiscados, requisados u objeto de cualquier otro acto que signifique p�rdida de la propiedad. Los democratacristianos conocemos el enorme esfuerzo de verdaderas generaciones de gente muy modesta y de partidos pol�ticos que juntaron recursos para adquirir sus bienes en determinadas y humildes comunas. Considero que devolver las sedes confiscadas a partidos pol�ticos corresponde a la m�s leg�tima justicia. Voto que s�. El se�or D�EZ.- Se�or Presidente, he reflexionado mucho sobre el proyecto que se somete a nuestra consideraci�n en este momento, y el argumento m�s valioso que encontr� para oponerse a �l es el que dice relaci�n a la diversidad de trato para situaciones que parecen ser an�logas, como ocurre con la privaci�n del derecho de propiedad. Luego de profundizar en la materia, llegu� al siguiente criterio: uno no puede negarse a hacer justicia cuando se la puede hacer a un sector y no a otro. Si la justicia fuera leg�tima s�lo cuando se pudiera hacer respecto de todos, nunca se har�a justicia. Aqu�, no est� en mis manos hacer justicia a quienes se vieron privados de sus bienes por motivos distintos de los que se�ala el proyecto, pero s� est� en mis manos dar una soluci�n justa a quienes aparecen comprendidos en sus disposiciones. En seguida, hay una consideraci�n de inter�s general que debemos tener presente. Nosotros hemos iniciado una etapa nueva en la historia jur�dico-pol�tica de Chile con la Constituci�n de 1980, la cual, en lo que se refiere al derecho de propiedad, presenta dos grandes diferencias con la Carta Fundamental de 1925. En �sta, los derechos individuales estaban consagrados para los "habitantes", de manera que la garant�a constitucional del derecho de propiedad no era aplicable, en estricto Derecho, a los partidos pol�ticos, porque no eran habitantes. La Constituci�n de 1980 cambi� la expresi�n "habitantes" por "personas", con el fin de comprender expresamente el derecho de propiedad de las personas jur�dicas. Y consider�, adem�s -tal como lo expres� el Tribunal Constitucional en una sentencia sobre la deuda subordinada de los bancos-, que el derecho de propiedad existe sobre cualquier cosa que influya en el patrimonio de una persona. En consecuencia, la Carta de 1980 extendi� la garant�a del derecho de propiedad tanto en lo relativo a sus titulares como en lo concerniente a su objeto. Y me parece que el esp�ritu de la misma es que nosotros llevemos a la pr�ctica lo anterior, aunque las consecuencias pol�ticas de ello no nos resulten agradables, convenientes, ni simp�ticas. Por otra parte, creo que el Poder Legislativo jam�s debe negarse -por lo menos, yo lo pienso as�- a indemnizar un da�o causado por el Estado, aunque hayan transcurrido todos los plazos de prescripci�n, que en todo caso son legales y no obligan a la ley. Es como la obligaci�n natural de los ciudadanos: un hombre honrado cumple sus obligaciones aunque est�n prescritas, y si las paga, el pago es v�lido porque est� pagando una obligaci�n natural. �sta, que es la norma de los particulares, debe ser la norma moral del Estado. Siempre hay derecho a cobrar al Estado. Y si nosotros, los legisladores, lo permitimos en una ley evitando la influencia de la prescripci�n, estamos, en el fondo, autorizando el pago de una obligaci�n natural, igual que en el C�digo Civil, lo cual me agrada mucho, porque pienso que en el sistema constitucional moderno hay que ir m�s al fondo (al bien com�n y a la justicia) que a lo que diga la ley, que s�lo es un instrumento para lograr el bien com�n. Por eso, voy a votar favorablemente el proyecto, aunque tengo inquietudes con respecto a la situaci�n de algunas instituciones, en especial de aquellas sin fines de lucro y con una larga trayectoria social, que se encuentran con el derecho de uso sobre los bienes de que se trata y de los cuales se ver�an privados. Creo que estamos obligados, tambi�n en conciencia, a asumir ese problema concreto mediante el establecimiento de disposiciones que obliguen al Estado a mantener el status de dichas instituciones. Hay ah� una especie de propiedad, ya que ellas est�n de buena fe gozando de un bien sobre el cual han construido, mejor�ndolo e incorpor�ndolo al servicio. Ese derecho debe ser igualmente respetado, por lo que, con esa finalidad, formularemos las indicaciones correspondientes. Por las razones indicadas, se�or Presidente, voto a favor del proyecto. El se�or ERR�ZURIZ.- Se�or Presidente, en primer lugar, debo se�alar que corresponde a los tribunales hacer justicia y que s�lo en situaciones muy excepcionales, cuando eso no es posible y ellos no pueden restablecer la equidad, ya sea por prescripci�n o por otras razones, el legislador, como en este caso, debe intentar restaurar los valores que han sido atropellados. En seguida, aplaudo que personas que ayer no respetaban el derecho de propiedad hoy est�n tratando de restablecer la equidad y restaurar la propiedad a sus leg�timos due�os. Me alegro de que con sectores de Izquierda y otros, que ayer pensaban diferente, estemos hoy juntos en la tarea com�n de respetar el derecho de propiedad consagrado en la Constituci�n. Si entre las propiedades particulares confiscadas, cuyo valor asciende a m�s de 6 mil millones de pesos, figuran casos tan especiales como el de Solange Duhart -amiga m�a de juventud-, y los de Marianne y Pedro Gast�n Pascal Allende -tambi�n amigos, hijos de Laurita Allende-, no puedo sino estar absolutamente de acuerdo en restituir esos bienes, que ayer fueron conculcados. Y lo mismo har�a en el caso de Laurita Allende, si hubiese bienes personales de ella. Si fuerzas que ayer pensaban muy distinto de nosotros, hoy est�n dispuestas a efectuar dicha restituci�n, yo no puedo negarme a ello. Sin embargo, se�or Presidente, considero necesario hacer presente que el proyecto es parcial, pero a�n tenemos oportunidad de mejorarlo. Por ejemplo, hay que perfeccionar lo que dice relaci�n a partidos pol�ticos que desaparecieron, como el Partido Nacional, que posteriormente se refundi� y se fusion� con la Uni�n de Centro Centro. Asimismo, vale la pena considerar el caso de muchos agricultores cuyos bienes fueron expropiados y a quienes, sin embargo, no se hizo justicia durante el R�gimen Militar. No se les devolvi� ni restaur� lo que les correspond�a. No existen esos casos de equidad,� El se�or HAMILTON.- �Tenemos a David Copperfield en el Senado�! El se�or ERR�ZURIZ.-�a pesar de los esfuerzos que se han desarrollado con posterioridad para intentar alcanzarla. A ra�z de la reforma agraria, a�n existen casos de agricultores que no han logrado ning�n reconocimiento de sus derechos y, simplemente, han sido despojados. Por consiguiente, tal como lo he conversado con otros se�ores Senadores, nos guardamos el derecho de formular las indicaciones pertinentes, con el objeto de que en esos casos tambi�n se restaure el principio de equidad y se evite el mantenimiento de las situaciones de injusticia. Voto en general a favor del proyecto. El se�or SULE.- �Gracias a la Laurita�! El se�or MU�OZ BARRA.- �L�stima que la Laurita no est� viva�! El se�or ROMERO (Presidente).- Para fundar su voto, tiene la palabra la Honorable se�ora Feli�. La se�ora FELI�.- Se�or Presidente, votar en general un proyecto importa la aprobaci�n de los t�rminos en que se propone a la Sala. En esa perspectiva, no estoy de acuerdo con esta iniciativa en la forma como ha sido sugerida al Senado. A mi juicio, �sta es una cuesti�n que debiera resolver la justicia. �Cu�ndo? Hoy no existe ning�n t�tulo para reclamar, porque ello tendr�a que nacer de una declaraci�n previa de inconstitucionalidad de la ley. Pero, tal como lo record� el Honorable se�or D�ez, la garant�a constitucional del derecho de dominio establecida en la Constituci�n de 1925 estaba referida a los individuos y no a las personas jur�dicas. Entonces, desde ese punto de vista, s�lo podr�a tratarse de personas naturales -no jur�dicas- que reclamaran sus derechos sobre la base de la inconstitucionalidad de la ley, lo que, sin duda, implicar�a un criterio discriminatorio respecto de un mismo problema. En esa l�nea, creo que podr�a ser admisible un proyecto de ley que dispusiera la remoci�n, por as� decirlo, del t�tulo que permiti� la confiscaci�n sin pago de ninguna especie. En mi opini�n, hay tres materias que son netamente de resoluci�n de los tribunales ordinarios de justicia. �Qui�n es el titular del beneficio? Trat�ndose de personas naturales, no hay problemas. Pero en el caso de personas jur�dicas, s� los hay. Porque lo normal es que las personas que existen hoy no sean las mismas que hubo en el pasado. Y, desde ese �ngulo, debe determinarse, por ejemplo, si la Central �nica de Trabajadores, organismo al que, adem�s, se le cancel� la personalidad jur�dica, corresponde a la actual Central Unitaria de Trabajadores, o lo que fuere. Lo anterior tambi�n es v�lido respecto de los partidos pol�ticos y de todas las personas jur�dicas. Luego, respecto del primer punto, que es esencial, la ley debe consagrar las bases para determinar qui�n es el titular del beneficio. Y la aplicaci�n de aqu�lla corresponde a los tribunales de justicia. Si la persona jur�dica no existe, el derecho desaparece. Y el hecho de que haya militantes no importa de ninguna manera una identidad. Ese tema no es en absoluto materia administrativa. En segundo t�rmino, �qu� se va a indemnizar y por qu� concepto? La iniciativa de la Comisi�n de Hacienda se�ala que, trat�ndose de bienes inmuebles, el monto de la indemnizaci�n se determinar� sobre su valor a la fecha de publicaci�n de la ley en proyecto. La verdad es que, transcurridos veintitantos a�os, el mayor valor depender� de factores quiz� muy ajenos a lo que corresponder�a al monto del bien ra�z que se trata de indemnizar. Tambi�n en ese aspecto la iniciativa deber�a establecer los par�metros b�sicos para, conforme a ellos, proceder a la determinaci�n judicial. Por otro lado, me parece absolutamente inconveniente la observaci�n de la Comisi�n de Hacienda en el sentido de reconocer el lucro cesante. Aqu�, se�or Presidente, no existe ning�n lucro cesante, pues hoy d�a no hay t�tulo alguno. En tercer lugar, tambi�n es importante lo relacionado con las entidades que han obtenido del Estado alguna indemnizaci�n y que, en consecuencia, deber�an ser compensadas con lo que pudiera resolver el tribunal correspondiente. Es un hecho p�blico y notorio que, sin entrar en la Ley de Presupuestos -por supuesto-, se entreg� a la CUT un inmueble para su funcionamiento. Entonces, si a esta Central le correspondiera el d�a de ma�ana una indemnizaci�n por concepto de inmuebles confiscados, lo natural ser�a descontarle lo que ya se le ha dado. Ahora, trat�ndose de entidades no tan conocidas como la CUT, es posible que se les haya otorgado otro tipo de reparaciones que tal vez no est�n en conocimiento de las personas, pero que s� deber�an considerarse al momento de conceder una indemnizaci�n. Finalmente, y como observaci�n en cuanto a la constitucionalidad del proyecto, quiero hacer presente que en el informe de la Comisi�n de Hacienda se dice que con fecha 22 de enero de 1997 se envi� oficio a la Corte Suprema, atendidas las modificaciones del proyecto en relaci�n con las facultades de los tribunales. Empero, no se expresa si hubo o no contestaci�n. La iniciativa, entonces, no podr�a ser aprobada en cuanto contuviera modificaciones -por cierto, las contiene- atinentes a esas atribuciones. Por las consideraciones expuestas, me abstengo. El se�or FERN�NDEZ.- Se�or Presidente, el proyecto en an�lisis no contiene las normas que algunos se�ores Senadores han planteado en el curso del debate y, a mi juicio, sus disposiciones no se avienen con la realidad jur�dica. Lo preceptuado en los decretos leyes n�meros 12, 77 y 133, de 1973, etc�tera, que se mencionan en la iniciativa, corresponde a actos leg�timos, reconocidos por nuestra legislaci�n, por nuestra judicatura. De tal manera que, cuando se obr� conforme a lo se�alado en tales decretos leyes, se hizo de acuerdo con la ley, y ello ha producido los efectos y las consecuencias jur�dicas que la legislaci�n prev� para estos casos. Vale decir, hoy d�a nos encontramos con que esas situaciones han sido saneadas, sea en virtud de la ley que lo estableci�, o bien, por el transcurso del tiempo, o bien, por el cumplimiento de los dem�s requisitos que nuestro propio ordenamiento fija. En consecuencia, no es efectivo que aqu� estamos hablando del derecho de propiedad. Creo que eso constituye una equivocada manera de plantear el tema. El derecho de propiedad no se halla en cuesti�n, ni se discute en este momento, por cuanto han operado todos los mecanismos legales que nuestro ordenamiento jur�dico prev� para estos eventos. Entonces, habi�ndose adoptado por autoridades competentes, que no fueron cuestionadas, y reconocido por el ordenamiento jur�dico vigente -o sea, el transcurso del tiempo-, nos encontramos frente a actos jur�dicamente v�lidos. Distinta es la situaci�n si se pretende se�alar que estamos ante actos que en su momento fueron justos o injustos. �se es un tema completamente diferente. Pero el derecho de propiedad no est� en juego. �sta es una situaci�n leg�timamente consolidada, de acuerdo con nuestro propio ordenamiento. Seg�n las leyes actualmente vigentes, �sta es una situaci�n afianzada y, por consiguiente, no est� afectado el derecho de propiedad. Si as� lo entendi�ramos, tendr�amos que concluir que esos decretos leyes y todos los dem�s no son leg�timos, con lo cual se derrumbar�a la estructura institucional completa y entrar�a en cuesti�n todo nuestro ordenamiento constitucional. Y, por ende, con el mismo derecho con que hoy se pretende indemnizar o restituir a aquellos que se�ala el proyecto en debate, se podr�a pedir por cualquier persona la restituci�n hacia atr�s, no s�lo en los casos aqu� se�alados, como el de la reforma agraria, sino que, incluso, ser�a factible remontarse muchos a�os en la historia -aun al siglo pasado-, con lo cual la situaci�n del derecho no se consolidar�a jam�s. Las instituciones jur�dicas tienen objetivos muy claros. Pero uno de ellos es la consolidaci�n en el tiempo. Y, en definitiva, no se puede ir hacia atr�s en forma indefinida con el objeto de rever situaciones. Repito: a mi juicio, no est� en cuesti�n el derecho de propiedad. Diferente es que haya quienes opinen que esos actos no debieron ejecutarse, que no fueron convenientes, que han afectado a personas, etc�tera. �sa es una situaci�n distinta. Constituye una apreciaci�n de otro orden, no jur�dica. Las situaciones jur�dicas se consolidan por el derecho. De tal manera que aqu� no est� en cuesti�n el derecho de propiedad. Hablar de este derecho es, simplemente, no conocerlo, no entenderlo. �l no se halla en juego. El derecho de propiedad del Fisco se encuentra consolidado, es indubitable. El Fisco no tiene obligaci�n de otorgar beneficio, de restituir, ni de indemnizar por ning�n motivo. De manera que �se es el concepto del derecho de propiedad que nosotros debemos sostener. Repito: hay quienes pueden afirmar que el acto no debi� dictarse o que result� inconveniente o injusto. �sas son apreciaciones diferentes. Con ese criterio, tendr�amos que empezar a rever todas las situaciones ocurridas en Chile, respecto de actos justos o injustos. Vale decir, si entramos ya en el campo de la justicia o de la injusticia de los actos legislativos, se abre un forado de impredecibles consecuencias. O sea, todos los actos legislativos -incluido el que hoy d�a estamos analizando, en el evento de ser aprobado- ma�ana podr�an ser cuestionados como injustos o ileg�timos. Por lo tanto, el ordenamiento institucional completo decae, todo nuestro ordenamiento jur�dico se resiente cuando empezamos a desconocer las normas que lo fundamentan. En nombre del derecho de propiedad, no se puede invocar una norma de esta naturaleza, porque �l est� consolidado y el Fisco nada debe, nada adeuda. Por esas consideraciones, voto en contra del proyecto. La se�ora FREI (do�a Carmen).- Se�or Presidente, en raz�n de las apreciaciones del Senador se�or D�ez, que me parecieron muy apropiadas y de gran versaci�n -para m� fueron una suerte de clase jur�dica-, doy mi entusiasta aprobaci�n a la iniciativa. El se�or GAZMURI.- Se�or Presidente, despu�s de siete a�os en el Parlamento, a veces no dejan de sorprender las argumentaciones de algunos colegas. De verdad, estoy notablemente sorprendido esta ma�ana al escuchar a Senadores que son destacados portaestandartes del derecho de propiedad defender una legislaci�n que estableci� confiscaciones sin reparaci�n de ning�n tipo. Creo que no se encontrar�n en la historia jur�dica del pa�s decretos de esta naturaleza. Incluso, a prop�sito de la alusi�n hecha aqu� en cuanto a la reforma agraria -no vamos a efectuar una discusi�n sobre ese proceso-, cabe recordar que por lo menos hubo el principio -puede discutirse si se cumpli� o no- de la reparaci�n y del pago. Pero no ocurri� as� en los casos de que se trata ahora. Por lo tanto, me parece que la iniciativa en estudio consagra reparaciones m�nimas de justicia hist�rica. En tal perspectiva, al igual que la Senadora se�ora Frei, deseo destacar, no s�lo el sentido del derecho, sino tambi�n la amplitud de criterio y el esp�ritu de justicia que hay detr�s de la fundamentaci�n de voto del Honorable se�or D�ez. Resulta dif�cil ser justo cuando los adversarios se favorecen de los actos de justicia. Pero la grandeza pol�tica y de esp�ritu y el sentido del derecho se prueban precisamente cuando hay actos de reparaci�n que favorecen a quienes no piensan exactamente como uno. Y, a mi modo de ver, en la oposici�n a este proyecto existe mucha mezquindad hist�rica. Voto que s�. El se�or HAMILTON.- Se�or Presidente, una de las caracter�sticas de la Carta de 1980 la constituyen precisamente la extensi�n, la fuerza y la sustentaci�n que se da al derecho de dominio, lo que se contradice con la acci�n que el mismo Gobierno que prepar� e impuso esa Constituci�n tuvo respecto de los bienes pertenecientes a organizaciones y a personas que eran sus adversarios. Tales personas no fueron expropiadas, ni menos recibieron indemnizaci�n. Como dijo con toda raz�n un se�or Senador, sus bienes fueron confiscados sin indemnizaci�n. Eso se hizo a trav�s de leyes, las que, por mucho que hayan sido reconocidas, siguen siendo injustas. Ahora estamos tratando precisamente de reparar las injusticias para hacer justicia. Si el camino para cometer la injusticia fue la ley, el camino para deshacerla y repararla es tambi�n la ley. Y �se es el objetivo de la ley en proyecto. Algunos se�ores Senadores sostienen que lo apropiado ser�a que los interesados o afectados acudieran a los tribunales de justicia. Sin embargo, aparte que ha transcurrido demasiado tiempo, que muchos de ellos estuvieron fuera del pa�s, que ha operado la prescripci�n, etc�tera, es indispensable tener en cuenta que cualquier proceso de esta naturaleza ante la justicia ordinaria puede demorar varios a�os. Por lo dem�s, los cuerpos legales que la iniciativa en debate procura corregir no se aplicaron a trav�s de la justicia, sino de la administraci�n, y no se estableci� ning�n sistema de reclamaci�n ante los tribunales. En consecuencia, me parece que la ley en proyecto viene a llenar un vac�o, con sentido de justicia y de reparaci�n, lo cual tambi�n forma parte importante de lo que debi�ramos llamar la reconciliaci�n de los chilenos despu�s de la gran divisi�n que vivimos por m�s de 17 a�os. Voto a favor. El se�or HORMAZ�BAL.- Se�or Presidente, un n�mero important�simo de inmuebles fueron confiscados a 60 personas naturales, 60 personas jur�dicas, 113 partidos pol�ticos y 21 organizaciones sindicales, seg�n detalla el anexo del informe de la Comisi�n de Hacienda. Esos son los hechos. Se trata, entonces, de establecer qu� ocurri� con 254 inmuebles confiscados (es factible que haya otros derechos conculcados). La controversia podr�a darse en t�rminos jur�dicos respecto de si las normas que se dictaron fueron o no correctas. Pero lo que no tiene contradicci�n es que, mediante una pr�ctica que los tribunales chilenos vienen siguiendo desde la d�cada del 30, los decretos leyes aprobados en �pocas de dictaduras siguen teniendo valor jur�dico. Se procedi� as� en los a�os 30 y se aplic� al t�rmino de un per�odo, el a�o 89. Por consiguiente, desde esa perspectiva, hay adem�s cierta tradici�n chilena en el sentido de, para evitar da�os mayores en lo que respecta a la continuidad de nuestro ordenamiento legal, seguir asignando valor jur�dico a los decretos leyes aprobados en tales condiciones. Eso fue lo que hicieron los tribunales de justicia cuando se dictaron los decretos leyes N�s. 12, 77, 133, 1.697 y 2.346. Porque diversas organizaciones recurrieron a ellos y dijeron: "��ste es un acto abusivo!". Pero, como se trataba de cuerpos legales vigentes, los tribunales no dieron lugar a la mayor�a de los procesos que se iniciaron. En consecuencia, se complet� lo jur�dico en lo formal: se reconoci� valor al decreto ley dictado en ese instante. Se�or Presidente, hasta cierto momento del debate, no parecia cuestionable que deb�a buscarse un mecanismo para solucionar el problema planteado. Y aqu� hay un desaf�o para todos. Si nos preguntaran: "De tener ustedes la oportunidad de corregir una injusticia, �lo har�an?", creo que ning�n Senador podr�a responder negativamente a priori. A lo mejor, cada uno de nosotros quisiera tener la posibilidad de cambiar alg�n acto nuestro equivocado, de corregir una conducta que provoc� efectos da�inos, dolor o agravio a otra persona. Incluso, para nosotros, los creyentes, expresar nuestro arrepentimiento por las fallas o los errores cometidos es parte de una actitud mental, sicol�gica y razonada para enfrentar de mejor forma el desaf�o de cada d�a y del futuro. De repente, aqu� surgen opiniones en el sentido de que determinada medida constituy� una injusticia. Pero m�s de alguien sostiene: "Como hay tantas injusticias en el mundo, desaprovecho la oportunidad de corregir �sta, porque hay otras pendientes". Me parece un juicio respetable, pero no me gusta. Porque si yo tengo la oportunidad de corregir en parte injusticias, doy -como dir�a Confucio- un primer paso, pues un camino de mil millas comienza con este peque�o acto. Si estuviera comprometido en el juicio pol�tico temporal -"Yo dict� esos decretos leyes. Cre� en ese momento que era justo. Pero hoy d�a tengo la oportunidad de producir un efecto distinto"-, no me negar�a a restablecer el equilibrio. El inciso tercero del art�culo 1� de la Constituci�n de 1980 establece que "El Estado reconoce y ampara a los grupos intermedios a trav�s de los cuales se organiza y estructura la sociedad y les garantiza la adecuada autonom�a para cumplir sus propios fines espec�ficos." Cuando a organizaciones sindicales, sindicatos, federaciones, confederaciones y partidos pol�ticos les quitaron sus bienes, se perjudic� su leg�timo derecho a actuar. Por lo tanto, el que se trate de un derecho que la Carta Fundamental no otorga sino que reconoce, implica, en el lenguaje jur�dico, que ese derecho exist�a desde antes, porque la vieja discusi�n sobre el derecho natural y el positivo no es reciente, por lo menos, en el acontecer nacional. Es decir, cuando la Constituci�n lo reconoce y no lo otorga, establece, de hecho, que estas instituciones tuvieron la oportunidad, el derecho y el deber de actuar y, para eso, los medios materiales de que dispon�an les eran elementos sustantivos. Me llama la atenci�n el hecho de que algunos colegas que defienden el derecho de propiedad cuando, por ejemplo, es afectado por un impuesto al tabaco, o lo es o no por el acceso gratuito a las playas, o se garantiza en tal o cual forma, hoy d�a se pierdan una espl�ndida oportunidad de hacer prevalecer un criterio que considero justo y jur�dicamente correcto. Creo que el camino escogido puede adolecer de imperfecciones -es posible corregirlo m�s adelante-, pero poder reparar lo injusto con lo justo es una oportunidad que no debemos despreciar. Voto a favor. El se�or HORVATH.- Se�or Presidente, por los antecedentes que se nos han proporcionado y por los informes respectivos, considero que el proyecto permite una devoluci�n -o una indemnizaci�n, en su caso- fundamentalmente justa. Primero, como se ha se�alado, consagra el derecho de propiedad y en seguida plantea, de alguna manera, una valorizaci�n real y posible del da�o causado. El art�culo correspondiente dispone claramente que no se indemnizar� el lucro cesante ni cualquier otro menoscabo sufrido como consecuencia de los actos se�alados en la norma anterior. Evidentemente que durante los a�os transcurridos, desde el per�odo que estamos analizando, se ha producido un da�o, el que no ser� compensado. Y si esto se pone en la balanza y se lo compara con otros casos, o se analizan las razones por las cuales se aplicaron estas medidas extremas, sin duda que el procedimiento propuesto apunta a una soluci�n del problema por una v�a real, posible, y en la l�nea de la justicia. Insisto en que el mecanismo administrativo es el adecuado, pues, en la medida en que se recurra a los tribunales de justicia, el problema se va a encarecer y enredar y no se lograr� el objetivo del proyecto. Sin embargo, deseo hacer resaltar un elemento contenido en el segundo inciso del art�culo 8�, que dice que "Igual indemnizaci�n se pagar� si el Fisco optare por mantener en su patrimonio alguno de los bienes ra�ces en cuesti�n, por encontrarse �stos adscritos al uso de un �rgano de la Administraci�n del Estado y fueren necesarios para los fines propios de la respectiva entidad,". A mi juicio, la medida es conveniente, pero excluye a diversas instituciones de bien p�blico o comunitario, como centros de desarrollo comunitario, municipalidades, centros de beneficencia, corporaciones, y a jubilados y montepiadas que se encuentran en la misma situaci�n que aqu�llos. Creo que en este aspecto deber�a haber un mayor grado de atenci�n o focalizaci�n en el proyecto, porque si uno revisa todos los casos, comprobar� que son pocos, pero no por ello hay que dejarlos fuera. Esto sin perjuicio de que puedan haber casos adicionales. Insisto en que las heridas del pasado hay que saberlas cicatrizar y mirar hacia adelante. Y como el proyecto va en ese sentido, lo voto a favor. El se�or HUERTA.- Consecuente con el informe de la Comisi�n que lleva mi firma, voto favorablemente. El se�or LARRA�N.- Se�or Presidente, iniciativas de esta naturaleza, que nos vuelven hacia situaciones ocurridas en el pasado -las que, por lo dem�s, fueron particularmente complejas y duras para todos-, no son f�ciles de resolver. Uno, por cierto, desear�a que todos los hechos del pasado, donde apreciamos la existencia de alg�n acto de injusticia, fuesen reparados. Por eso, cuando a prop�sito de esta iniciativa se trae a la memoria el proceso de reforma agraria, se hace una comparaci�n que, en lo tocante a la propiedad, es procedente, es pertinente. Porque efectivamente all� hubo situaciones -independientemente, a lo mejor, de la voluntad de quienes propiciaron esa reforma- que se tradujeron en injusticias muy grandes respecto de quienes fueron expropiados, o no fueron debidamente reparados, o que, si�ndolos, lo fueron en realidad de manera burlesca. Sin embargo, volver atr�s en el proceso de reforma agraria lo considero absolutamente insostenible. Y, en cierto modo, advierto alguna semejanza con esta iniciativa. No creo que aqu� halla involucrado un problema de derecho de propiedad, o si debemos o no volver a revisarlo. M�s bien me parece un tema de regularizaci�n de las situaciones existentes. Y la verdad es que, desde muy antiguo, existe en derecho la prescripci�n, que es una instituci�n que tiene por objeto dar certeza a las relaciones jur�dicas que se establecen en el tiempo. Siempre en derecho hay dos valores que, de alguna manera, est�n presentes entre sus objetivos, que son la justicia y la seguridad. Pero constituyendo la justicia un valor superior, no la hay si en la base se carece de certeza en las relaciones entre las personas al interior de la sociedad. Y opino que remover esta situaci�n genera incertidumbre. Por eso, no me siento entusiasmado por este proyecto. No considero razonable volver sobre estos hechos. He estado examinando la lista de los bienes, los que se encuentran en distintas situaciones. Abrir tal proceso ser�a recomenzar una etapa sin destino, imposible y sin sentido, y ser�a tambi�n rever los casos que, durante el proceso de la reforma agraria, puedan aparecer m�s claramente injustos. Por lo tanto, m�s que en la reparaci�n de injusticias frente a un proceso confiscatorio, podr�amos pensar en indemnizaciones. Pero no veo por qu�, si se opta por este camino, se pretende otorgarlas a unos y no a otros. Yo estar�a dispuesto a estudiar un proceso indemnizatorio abierto a todas las situaciones del pasado que fueran equivalentes, no s�lo a algunas, porque entonces ya no se est� buscando la justicia, sino la defensa de ciertos intereses. Y en ese sentido no comparto esta l�nea de argumentaci�n de fondo. Por eso, prefiero abstenerme de votar en este proyecto. El se�or LARRE.- Se�or Presidente, he escuchado con suma atenci�n el debate y considero que en el transcurso de esta ma�ana se han empleado argumentos que realmente nos llevan a plantear a la Sala la siguiente alternativa: o se hace justicia a todos o a nadie. Aqu� se ha dicho que el derecho aplicado por parcialidades es en beneficio del inter�s general. Sin embargo, sin el af�n -a la Sala le consta cu�l es mi disposici�n- de recordar hechos del pasado, quiero manifestar que, si no consideramos a todos, estar�amos faltando al principio de igualdad ante la ley. Hubo muchos agricultores que, en el inicio del Gobierno de las Fuerzas Armadas, frente al caos que viv�a el campo chileno y para resolver los problemas, estuvieron dispuestos a entregar al Estado gran parte de sus propiedades, conform�ndose, la gran mayor�a, con lo que fue el concepto de las 40 hect�reas de riego b�sicas. Y eso signific� para algunos pr�cticamente perder todos sus bienes. Fueron cientos en la Regi�n que represento. Y, con gran respeto a esta Sala, debo decir que personalmente intervine en innumerables casos para ayudar a agricultores y al Gobierno en la recuperaci�n de la tranquilidad y la productividad del campo de la Regi�n que represento. Sinceramente, no podr�a volver all� y decir a esos cientos de agricultores que acept� el concepto de justicia por parcialidades, la aplicaci�n de la teor�a de los "cortes de salame", y que hoy le toc� a la reparaci�n, devoluci�n e indemnizaci�n de los bienes confiscados a los partidos pol�ticos, a las organizaciones sociales o a aquellos personeros que desempe�aban funciones p�blicas. Creo que ning�n productor entender�a que la justicia empezara por los partidos pol�ticos; lo digo con mucho respeto. Y planteamos al Gobierno, a la se�ora Ministra aqu� presente, la b�squeda de alguna f�rmula que permita otorgar justicia a todos. En tales condiciones, en la esperanza de que realmente el Ejecutivo mantenga su af�n de reparaci�n respecto de todos los chilenos, que, voluntariamente o no, se vieron sujetos a estas situaciones -quien sabe si anormales en determinado momento; pero era la legislaci�n de aquel entonces-, me abstendr� de votar. De otra manera, no estar�amos aplicando el concepto de igualdad para todos en el derecho de propiedad. Me abstengo. El se�or LAVANDERO.- Se�or Presidente, quiero dejar p�blicamente establecido que, aun cuando en muchas oportunidades he discrepado de las opiniones del Honorable se�or D�ez, nunca he dejado de admirar su consecuencia, en especial en temas constitucionales. Entonces, me alegro de haber escuchado a quien tambi�n representa la misma Regi�n que yo. Nunca dejo de asombrarme por sus actitudes, a veces de independencia, pero de independencia fundamentada en un buen criterio, en particular respecto de la materia de que es especialista, cual es la Constituci�n Pol�tica. Quiero agregar otro hecho importante. El proyecto no contemplaba la devoluci�n de los bienes confiscados a los partidos pol�ticos. Fue precisamente el Senador se�or Pi�era quien nos convoc�, a todos los miembros de la Comisi�n de Hacienda, a hacer respetar plenamente el derecho de propiedad injustamente amagado, y nosotros, en forma un�nime, aceptamos esa invocaci�n. Y tambi�n exigimos al Gobierno el acuerdo -el proyecto que envi� s�lo pretend�a restablecer el derecho de propiedad a las personas naturales- para ampliar la aplicaci�n del N� 24 del art�culo 19 no s�lo, como digo, a las personas naturales, sino tambi�n a las jur�dicas y, por lo tanto, a los partidos pol�ticos. A mi juicio, est� bien que el Poder Judicial se mueva por criterios de legalidad. Pero no puede un Senador exigir al Congreso que se gu�e por las mismas normas que el Poder Judicial. El papel del Parlamento es dictar las leyes para que exista justicia, para que ella pueda ser administrada por el Poder Judicial. Reitero: lo importante es que se respete el derecho de propiedad que est� afectado. Y cuando aqu� se dice que existe discriminaci�n entre la situaci�n derivada de la reforma agraria de Gobiernos anteriores y esta situaci�n, quiero recordar a los Senadores que hemos despachado 19 leyes -y hay otra m�s, que luego conoceremos en la Comisi�n de Hacienda- destinadas a corregir las posibles injusticias que pudieren haberse cometido con unos y otros. Si se cree que mientras no se resuelva el otro problema no va a solucionarse el de los afectados por la confiscaci�n de sus bienes, tambi�n ser�a factible pensar que ning�n ciudadano podr�a repetir acciones ante el Poder Judicial, para defender sus derechos amagados, por el hecho de que en alguna ocasi�n estos derechos no hubieran sido restablecidos. Eso significar�a no tener fe en las instituciones democr�ticas ni en la independencia del Poder Judicial. Es l�gico que alguien pueda equivocarse; a lo mejor, alguien se equivoc�. Pero no es l�gico que, por el hecho de que alguien se haya equivocado, hoy d�a esa situaci�n se mantenga. Por eso, a la luz de la Constituci�n Pol�tica, �qu� pasar�a hoy si a una persona se le confisca su propiedad? �Qu� dice el N� 24 del art�culo 19? Que la persona tiene derecho a usar, gozar y disponer libremente de su propiedad; que nadie puede, en caso alguno, ser privado de ella, del bien sobre que recae o de algunos de los atributos o facultades esenciales del dominio; que -no voy a referirme a toda la norma- la indemnizaci�n por la expropiaci�n deber� ser pagada en dinero efectivo al contado. Estos son los requisitos establecidos para privar del dominio a una persona. Y a las personas involucradas aqu�, tanto naturales como jur�dicas, no se les respetaron estos derechos, que se encuentran consagrados en la propia Constituci�n de 1980. Se�or Presidente, �cu�l es el ejemplo que damos hacia el futuro, cuando, por determinada raz�n, nos saltamos derechos consagrados en la Carta Fundamental, en este caso el derecho de propiedad? �Podr�a ser aceptable que ma�ana, porque hoy no se respet� un derecho, se invocara esa misma situaci�n para vulnerar el derecho de propiedad? Aqu�, est�n en juego valores inmanentes, importantes, de la convivencia social, pol�tica y, sobre todo, econ�mica. Por ello, con el debido respeto a los Senadores que votar�n a continuaci�n, les pido que tengan presente la gravedad que significa dudar del derecho de propiedad establecido en la Constituci�n Pol�tica, sobre todo en actos futuros. Por esa raz�n, voto favorablemente el informe de la Comisi�n de Hacienda. El se�or MATTA.- Se�or Presidente, el proyecto cuya aprobaci�n se nos propone en esta oportunidad constituye, sin lugar a dudas, la expresi�n de los principios b�sicos del r�gimen democr�tico y un avance concreto hacia su consolidaci�n en nuestro pa�s. Mediante sus disposiciones se pretende reparar con la restituci�n de los bienes o, en su defecto, con la indemnizaci�n pertinente, a las personas naturales o jur�dicas -o a sus sucesoras- a las que se hubiese privado del dominio de ellos por la aplicaci�n de los decretos leyes Nos. 77, de 1973; 1.697, de 1977, y 2.346, de 1978. En efecto, tras el 11 de septiembre de 1973, tuvimos que presenciar, junto con el quiebre del sistema democr�tico, la disoluci�n forzosa de los partidos pol�ticos existentes a la fecha, que constituyen la m�s clara manifestaci�n de participaci�n ciudadana. Adem�s, por el mismo acto coactivo se afect� y arrebat� el derecho de propiedad de tales bienes pertenecientes a diversas organizaciones pol�ticas y sociales de la �poca. Estos lamentables hechos no s�lo desconocieron en forma brutal el derecho fundamental de asociarse sin permiso previo, o de sindicarse libremente, en los casos previstos por la ley, sino que tambi�n significaron el principio del debilitamiento del movimiento sindical y de la viva discusi�n pol�tica, para dar paso a la represiva noci�n de "democracia protegida". Concretamente, el derecho de propiedad, tantas veces defendido a ultranza por los seguidores del liberalismo exacerbado, se vio arbitrariamente desconocido por dichos cuerpos legales. Tras larga tramitaci�n legislativa, que data del 17 de enero de 1991, y despu�s de una extensa discusi�n, no exenta de dificultades tanto en la C�mara de Diputados como en el Senado, hemos de prestar nuestra aprobaci�n a la iniciativa en comento en la cual, para dar cumplimiento a su objetivo, se reglamenta un procedimiento administrativo para impetrar la restituci�n o indemnizaci�n por parte de personas naturales o jur�dicas, o de sus sucesoras, que por todos estos hechos se han visto afectadas en su patrimonio. Especial menci�n merece la inclusi�n, entre los beneficiarios de la ley en proyecto, de los partidos pol�ticos, de sus sucesores o de quienes se reputen como tales, toda vez que han sido las entidades que, junto con las organizaciones sindicales y sociales, han sufrido el m�s significativo desmedro moral y patrimonial. Por las razones precedentemente expuestas, entrego mi voto favorable a la iniciativa. El se�or MU�OZ BARRA.- Se�or Presidente, junto con anunciar, por supuesto, mi voto afirmativo, quiero se�alar, con gran convicci�n, que realmente no creo que en la actualidad, cuando ya hemos vuelto al sistema democr�tico, exista alg�n argumento real para negar la devoluci�n o reparaci�n de los bienes pertenecientes a los partidos pol�ticos. Hasta 1973, �stos exist�an legalmente y, por lo tanto, aqu�llos estaban amparados por la ley. Hubo un acto de confiscaci�n, y por ese motivo no comparto el argumento de que este acto de reparaci�n y de justicia podr�a orientarse hacia la reconciliaci�n de los sectores sociales del pa�s. Aqu�, simplemente, estamos dando una demostraci�n de fe en la Ley Fundamental, que consagra el derecho de propiedad. Si realmente hay consecuencia de parte de todos los sectores pol�ticos que aceptan esta determinaci�n jur�dica, la iniciativa debiera aprobarse por unanimidad. Escuch� a un se�or Senador que me antecedi� en el uso de la palabra decir -y concuerdo con �l- que ser�a ideal poder reparar los errores e injusticias cometidos en el pasado por todos. Y junto con hacerlo en algunos aspectos que inciden en el plano material, cu�nto me encantar�a que pudi�ramos reparar, tambi�n, el derecho a la vida, por ejemplo, tan conculcado en a�os anteriores. Por eso, si somos consecuentes con esta determinaci�n respecto del derecho de propiedad, todos los sectores pol�ticos debi�ramos entregar nuestro voto favorable al proyecto. Reitero mi respaldo a la iniciativa. El se�or N��EZ.- Se�or Presidente, no cabe duda de que estamos frente a un proyecto que apunta b�sicamente a la reparaci�n, a la justicia y, en el fondo, a aumentar el grado de reconciliaci�n en nuestro pa�s. Reparaci�n, porque es indudable que a las personas naturales o jur�dicas se las da��, objetivamente, m�s all� de las razones que hubo en su momento para expropiarles sus bienes conforme a los referidos decretos leyes. Justicia, porque, en cuanto �rgano del Estado, nos cabe la responsabilidad de generarla y dictar leyes que puedan ser administradas adecuadamente para los efectos de dar paso a un acto de ecuanimidad que la naci�n requiere. Si esa justicia es parcial y no llega a todos los sectores, hagamos los esfuerzos para que alcance a todos los que eventualmente puedan sentir que no fueron objeto de una reparaci�n adecuada conforme a las normas jur�dicas que nos rigen. Estas bancadas no tienen dificultad alguna para estudiar todo lo ocurrido en materia de reforma agraria. Uno tiene la impresi�n -tal vez no dispongamos de los antecedentes correspondientes- de que despu�s del Gobierno militar muchas personas que hab�an sufrido expropiaciones en virtud de la Ley de Reforma Agraria fueron objeto de reparaci�n. Entonces, si existe disposici�n para estudiar el punto, no tenemos inconveniente en hacerlo, porque el pa�s requiere de actos de justicia de fondo, y que los que implementemos, efectivamente, lleguen a todos los sectores que, por distintas razones, de car�cter hist�rico, pueden haber sido afectados en sus intereses y en sus propiedades. Me llama la atenci�n que seamos tan r�gidos para entender el tema de la prescripci�n. Todos hemos seguido -entiendo- el debate producido en los Estados Unidos a prop�sito del descubrimiento del hecho de que se expropiaron cuadros, joyas, dep�sitos bancarios de millones de seres humanos, ciudadanos europeos de origen jud�o, y el Gobierno norteamericano no ha tenido dificultad alguna para abrir un debate e, inclusive, llegado el momento, reparar a esos millones de v�ctimas de la usurpaci�n, expropiaci�n o robo por parte del r�gimen nazi. Considero que, en ese sentido, se est� abriendo paso a un hecho particularmente importante para el Derecho Internacional: hacer posible que cuestiones como la sucedida con el pueblo jud�o sean tambi�n en el futuro objeto de reparaci�n, en un acto como el que pretende el Gobierno norteamericano. Votar� favorablemente por las razones que se�al� anteriormente y por la disposici�n del Ejecutivo, expresada por el se�or Subsecretario de Bienes Nacionales, a estudiar otros temas pendientes, al parecer, en funci�n de las inquietudes manifestadas por algunos Honorables colegas en esta oportunidad. El se�or OMINAMI.- Se�or Presidente, no cabe duda de que la materia que nos convoca remite a una situaci�n para muchos ingrata y tambi�n dolorosa. Lo primero que deseo decir es que me felicito de que en el Senado podamos desarrollar una discusi�n como la que hemos estado realizando hoy d�a, tranquila y con altura de miras, respecto de una situaci�n particularmente dif�cil. En segundo lugar, debo aclarar que se ha planteado este tema, no con el af�n de volver atr�s a remover heridas dolorosas, sino, simplemente -como se ha sostenido aqu�-, para reparar una injusticia. Si es posible lograr esto, me parece que el Senado no deber�a escatimar esfuerzos con tal fin. Ac� se hizo una comparaci�n de este caso con el de algunos agricultores que fueron v�ctimas del proceso de reforma agraria. Sobre el particular, deseo expresar que estas personas tuvieron la posibilidad de reclamar; se les consult� en alg�n momento del proceso de reparaci�n, participaron en �l y, finalmente, llegaron a un acuerdo. A lo mejor, la soluci�n no dio cabal cuenta de sus leg�timos intereses. Y, desde ese punto de vista, si hay situaciones que pueden ser objeto de un reestudio, examin�moslas nuevamente a prop�sito de la discusi�n particular de este proyecto de ley. Pero no cerremos el paso a la reparaci�n de graves injusticias que se cometieron en relaci�n con un derecho que todos consideramos -particularmente, la C�mara Alta- fundamental, cual es el derecho de propiedad. Si �ste ha de ponerse en la condici�n de un derecho b�sico de la organizaci�n social, debe ser reconocido para todos, y no solamente para algunos. Por otra parte, cabe destacar que el costo financiero de esta iniciativa es mucho menor que el se�alado por algunos se�ores Senadores. La mayor parte de los bienes de los que trata se encuentra en la actualidad en poder del Estado. Por lo tanto, simplemente corresponde que �ste devuelva aquello que leg�timamente no le pertenece. Ser�n, m�s bien, minoritarias las situaciones donde deber� operarse por la v�a de la compensaci�n monetaria. En ese mismo plano, conviene hacer notar que el proyecto es bastante deficitario, pues no otorga compensaciones al contado, tal como lo contempla nuestro ordenamiento legal, sino que se paga a cr�dito. Adem�s, no considera una reparaci�n por los da�os ya causados, toda vez que excluye expresamente la figura del lucro cesante, lo cual les ocasionar� un muy grave perjuicio a los leg�timos due�os de los bienes confiscados. Por �ltimo, deseo valorar positivamente el voto favorable a la iniciativa de muchos se�ores Senadores de Oposici�n. A mi juicio, es muy importante en la vida pol�tica tomar determinaciones que pudieran tener un efecto negativo en la contingencia, pero que demuestran algo que es mucho m�s relevante: saber sostener las causas justas y que apuntan -como muy bien lo dijo el Honorable se�or D�ez en su intervenci�n- a restablecer una adecuada moral p�blica por parte del Estado. Por esas razones, voto favorablemente. El se�or OTERO.- Se�or Presidente, en mi opini�n, el tema de fondo es que, cuando una persona ha sido privada injustificada o ilegalmente de su propiedad -o bien, legalmente, de acuerdo a la normativa que exista en determinado momento-, tiene derecho a la indemnizaci�n. As� lo establece la Constituci�n Pol�tica de la Rep�blica y as� lo contemplaba tambi�n la Carta de 1925. Se puede privar a una persona por medios leg�timos o ileg�timos. Sin embargo, en ambas situaciones, cualquiera que sea el caso, cabe el derecho a la indemnizaci�n. Prueba de ello es que la expropiaci�n se realiza mediante ley. Y la ley es un medio leg�timo, pero obliga a indemnizar al propietario. Aqu� se hablado de personas, naturales o jur�dicas, que han sido privadas de su derecho de propiedad. No voy a calificar si ello fue en forma justa o injusta, o si se realiz� leg�tima o ileg�timamente; lo claro es que se les priv� de tal derecho, y por este solo motivo deben ser indemnizadas. Adem�s, a ellas les asiste el derecho a una acci�n judicial, pero el Estado puede detenerla por la v�a de la prescripci�n. Por eso se�al� que la salida -y lo permite el C�digo Civil desde el a�o mil ochocientos cincuenta y tantos- es renunciar a la prescripci�n. Por �ltimo, es del caso manifestar que al Estado le corresponde pagar la indemnizaci�n, pues fue �l el que expropi� o confisc�. Y, por lo tanto, esta situaci�n no afecta al actual tenedor. Sin embargo, mientras la se�ora Ministra no se obligue expresamente en esta Sala a garantizar que el Ejecutivo formular� una indicaci�n tendiente a establecer la igualdad ante la ley en la forma que lo he planteado, me abstendr� de votar. El se�or PI�ERA.- Se�or Presidente, estimo que la expropiaci�n de bienes ocurrida en 1973 sin indemnizaci�n constituy�, sin duda, una injusticia. No fue la primera ni ha sido la �nica; pero s� esperamos que sea la �ltima. Desde ese punto de vista, a mi juicio, no hubo posesi�n violenta, ya que la expropiaci�n se realiz� en virtud de un decreto ley que es considerado v�lido -el N� 77-, el cual cancel� la personalidad jur�dica de la CUT, y conforme al decreto ley que declar� il�citos y disueltos todos los partidos pol�ticos. Esa legislaci�n -al igual que todo el resto de la normativa dictada por el Gobierno militar-, estemos o no de acuerdo con ella, es v�lida. Desde tal perspectiva, pienso que en este caso particular debi� procederse de acuerdo a la Constituci�n de 1925 y determinar un procedimiento de indemnizaci�n. Pero ello no ocurri�, no obstante que el referido Texto Constitucional la contemplaba, no en los t�rminos en que la consagra la Carta de 1980, sino que establec�a una indemnizaci�n que no necesariamente apuntaba al valor comercial del bien y al pago al contado, como lo dispone la actual Constituci�n. Las personas afectadas pudieron haber reclamado ante los tribunales de justicia. No lo hicieron� El se�or GAZMURI.- La mayor�a estaba presa, se�or Senador. El se�or PI�ERA.- Su Se�or�a, no necesito que me recuerde cosas que todos sabemos. Y el plazo de prescripci�n ordinario -no extraordinario, porque no hubo posesi�n violenta- venci� a los cinco a�os, en 1978. Considero perfectamente razonable pensar que entre el per�odo 1973-1978 esas personas, naturales y jur�dicas, no tuvieron las verdaderas oportunidades de ejercer los derechos constitucionales. Por eso, observo que este caso requiere un tratamiento excepcional. Por otra parte, me parece sorprendente que, respecto de un proyecto de ley enviado por el Ejecutivo, cuyo objetivo era indemnizar a las personas naturales y jur�dicas, a las organizaciones sindicales y a los partidos pol�ticos, en la C�mara de Diputados se aprobara la indemnizaci�n para todos, menos para los partidos pol�ticos. �stos son personas jur�dicas de Derecho P�blico, y nunca en Chile han recibido aportes del Estado. En consecuencia, sus bienes expropiados, al igual que los pertenecientes a las organizaciones sindicales y a las personas naturales y jur�dicas, hab�an sido adquiridos con la colaboraci�n voluntaria de sus militantes, simpatizantes y donantes. Por eso, me pareci� bastante absurdo -as� lo record� el Senador se�or Lavandero a prop�sito del debate en la Comisi�n de Hacienda- que cuando se aplica un principio de car�cter universal, el Congreso lo haga valer para todos, menos para los partidos pol�ticos, como si �stos fuesen organismos nefastos, con ti�a, que solamente producen mal, y como si no nos atrevi�ramos a aplicar un derecho a una colectividad pol�tica. Eso me pareci� muy absurdo. Y es verdad lo que manifest� el Honorable se�or Lavandero en el sentido de que fue el Senador que habla quien expuso este punto en la Comisi�n de Hacienda por cuanto, a mi juicio, constitu�a una discriminaci�n arbitraria e injustificada por parte de la C�mara de Diputados haber aprobado el proyecto excluyendo especialmente a los partidos pol�ticos. Se�or Presidente, comparto, en principio, la idea de que resulta mejor un procedimiento judicial. Y, por ello, me hago eco de las palabras del Senador se�or Otero en el sentido de que tal vez la verdadera soluci�n, la m�s correcta, consiste en establecer un plazo extraordinario de suspensi�n de la prescripci�n o, alternativamente, un t�rmino de la misma �ndole para que se puedan seguir los juicios indemnizatorios que debieron haber tenido lugar en su �poca, lo que no ocurri� por razones que todos conocemos. Me queda muy claro, en lo atinente a montos -y no nos equivoquemos en esta materia-, que de los 7 mil 500 millones de pesos correspondientes a los partidos pol�ticos, m�s de dos tercios se destinan a dos de ellos: el Dem�crata Cristiano y el Socialista. Pero no se trata de un problema de c�lculo, sino de defender un principio, independientemente de los n�meros. Hago presente que quien determina el sucesor legal de un organismo sindical, de acuerdo con el informe de la Comisi�n de Hacienda, es la Direcci�n del Trabajo, en tanto que los que lo hacen respecto de un partido pol�tico son los tribunales de justicia. Veo en ello una asimetr�a: en un caso, se dispone una v�a administrativa; en otro, una judicial. En mi opini�n, existen dos soluciones. Una, la contemplada por el proyecto, en orden a fijar indemnizaciones mediante ley; la otra, la sugerida por el Honorable se�or Otero, en lo relativo a que operen los mecanismos de la justicia, para lo cual cabe establecer un plazo extraordinario a fin de poder presentar demandas de indemnizaci�n. Creo que la segunda es m�s apropiada, por responder a lo que se intenta resguardar: el derecho a defenderse de una acci�n injusta del Gobierno de turno, que alteraba los derechos que la Constituci�n otorga a los afectados. Voto favorablemente en general el proyecto, se�or Presidente -sin perjuicio de una serie de observaciones que deseo plantear en particular-, por dos razones fundamentales. La primera de ellas radica en que as� se fortalece el derecho de propiedad y se act�a en forma consecuente, de modo que en el pa�s no se vuelvan a cometer atropellos en esa materia. Y, para ser consecuente al respecto, es necesario defender el derecho no solamente cuando �ste beneficia, sino siempre y en toda ocasi�n. Y, en segundo lugar, estimo que en cierta forma la iniciativa en estudio importa un grano de arena m�s al proceso de reconciliaci�n entre los chilenos. En el perd�n cristiano, se�or Presidente, deben mediar tres requisitos para su autenticidad: arrepentimiento, �nimo de enmendar y voluntad de reparar el da�o causado. Me gustar�a pensar que nosotros, como representantes de un Poder P�blico, manifestamos arrepentimiento frente al hecho injusto de expropiaciones indebidas, �nimo de enmendar y voluntad de reparar el da�o causado. El se�or R�OS.- Se�or Presidente, en verdad, el an�lisis de todo lo ocurrido en el pa�s durante los �ltimos 25 a�os dice relaci�n a una historia larga. Muchos de los presentes la hemos experimentado en distintas circunstancias y posiciones. Hemos sido Parlamentarios y conocemos efectivamente el proceso que vivi� Chile. Por mi parte, no quisiera que en esta ocasi�n nos encontr�semos ocupados en un proyecto tendiente a enmendar situaciones que, a la luz de normas constitucionales tanto anteriores como actuales, pudieron no proceder. El conjunto de expropiaciones, de problemas de todo orden, difiere absolutamente del procedimiento constitucional respectivo, de los hechos normales, del sentido y del esp�ritu de las personas. No deseo, por lo tanto, recoger opiniones sobre el particular, sino plantear un aspecto que, desde mi punto de vista, es de mucho m�s profundidad: la Constituci�n es muy buena, realmente. Y me alegro de que los se�ores Senadores, en algunas intervenciones, hayan expresado un reconocimiento a la Carta de l980. Los distintos n�meros del art�culo 19 de la Carta se�alan una serie de facultades, derechos y obligaciones representativos del sentido m�s profundo, sin duda alguna, de una sociedad que pretende desarrollarse en armon�a, en libertad y con plena responsabilidad, es decir, a lo que obligan los derechos del individuo. Por ello, pienso, se�or Presidente, que se deben ir "constitucionalizando" esos derechos y normas, lo que se vincula con hechos y situaciones a�n sujetos a disposiciones antiguas. Hoy, la propiedad de las personas jur�dicas, entre ellas los partidos pol�ticos, da lugar, en mi concepto, a un paso para constitucionalizar circunstancias ocurridas con anterioridad. Ayer se trat� de las tierras ind�genas, lo cual reviste mucha importancia. La ley que cre� la Corporaci�n Nacional de Desarrollo Ind�gena y el Fondo para Tierras y Aguas Ind�genas, y dispuso cu�les son las extensiones que deben ser devueltas no hizo m�s que constitucionalizar, en el fondo, a la luz de la Carta de 1980, el valor representado por la unidad de la naci�n. Y en ello se incorpor�, obviamente, a nuestras etnias. Lo determinado hace un tiempo acerca del patrimonio natural tambi�n signific� constitucionalizar en un aspecto no tan claramente establecido en la Carta de 1925 pero s� en la de 1980: el derecho a vivir en un ambiente libre de contaminaci�n. D�as atr�s se constitucionaliz� lo atinente al N� 6 del art�culo 19 de la Ley Fundamental, al terminarse con las discriminaciones atinentes a personas jur�dicas religiosas y ser dispuesta una integraci�n realmente admirable en ese �mbito, que esperamos, naturalmente, que tenga mucho �xito. O sea, se est�n constitucionalizando situaciones anteriores. Y ello, obviamente, redunda en una posici�n favorable -al menos, lo es la del Senador que habla- a todo aquello que, sobre la base de la Constituci�n vigente, lleve a ese resultado: algunos casos ser�n de naturaleza pol�tica; otros, de car�cter hist�rico, como el ind�gena; otros, de �ndole econ�mica, como el medio ambiente. En fin, se trata de una variedad, contenida, b�sicamente, en el art�culo 19 de la Carta. Falta constitucionalizar tambi�n otros aspectos. Qui�n sabe si en lo previsional se encuentra el paso m�s importante que se debe dar en ese sentido. En efecto, en todo lo referente a ese tema, la Constituci�n alude a la igualdad, pero actualmente existen enormes disparidades al respecto. Si fallece, por ejemplo, un jubilado del Servicio de Seguro Social, de la Caja de Empleados Particulares, de la Caja de Empleados P�blicos y Periodistas, la viuda recibe 50 por ciento de la pensi�n, en circunstancias de que en otras entidades previsionales se queda con el ciento por ciento. Ello no se concilia con el sentido de la Carta. Por tal motivo, el reci�n mencionado es un elemento que tambi�n se debe constitucionalizar, a fin de conseguir la plena armon�a y el desarrollo absoluto de la naci�n chilena. En la actualidad, �sta da pasos para su conformaci�n definitiva, y con mucha fuerza, pero sin duda alguna que las normativas a que he hecho referencia sirven para avanzar en procura de un �xito mayor. En consecuencia, en cuanto a los aspectos propios de la discusi�n en general del proyecto, y desde el punto de vista doctrinario ya se�alado, voto a favor. Anticipo que formular� algunas indicaciones, habi�ndome parecido importantes y respetables las anunciadas por algunos se�ores Senadores. El se�or ROMERO.- Se�or Presidente, en los �ltimos 30 a�os -pr�cticamente, desde mediados de la d�cada de los 60- se han registrado distintos acontecimientos, no exentos de conflictividad, naturalmente, y, a mi juicio, el an�lisis del proyecto se halla inserto, de alg�n modo, en la historia de ese per�odo. Porque no cabe la menor duda de que aqu�, en forma fundada, se han reivindicado situaciones muy injustas, que no han recibido el mismo trato que hoy se pretende respecto de aquella que nos ocupa, relacionada con la devoluci�n de los bienes de los partidos pol�ticos. Indiscutiblemente, nos hallamos frente a un tema que pareciera demandar la madurez c�vica necesaria para comprender que en alg�n momento de la historia, m�s all� de las divergencias suscitadas en el pasado, se requiere mirar efectivamente hacia el futuro y no volver permanentemente la vista atr�s. Ello se vincula en particular con la normativa en debate. Creo que la idea general apunta, como han expuesto algunos se�ores Senadores, m�s que a un acto de justicia, a uno de reconciliaci�n. Tal vez esta posibilidad pueda parecer lejana a algunas personas. Sin embargo, debemos respetar los sentimientos de quienes est�n sufriendo una determinada situaci�n y mirarlo desde un punto de vista de naci�n. En esta materia se plante� la reivindicaci�n de situaciones pertenecientes al pasado. Por eso, es indispensable que durante la discusi�n particular del proyecto, considerando y recogiendo las indicaciones y planteamientos hechos por diversos se�ores Senadores -en particular, el Senador se�or Ominami- podamos proceder a reparar lo que es necesario. Se ha hablado de situaciones derivadas de la reforma agraria. Al respecto, puedo se�alar concretamente que, en ese caso tan dif�cil, injusto, atrabiliario y arbitrario, todav�a quedan pendientes situaciones extremadamente graves. Existen casos respecto de los cuales se dict� sentencia y se cumplieron todas las instancias judiciales; pero, a pesar de ello, el Estado a�n se niega a resolver el asunto. Escuch� atentamente el debate y tengo la sensaci�n -y m�s que ella, el convencimiento- de que existe �nimo para acoger y resolver tal tipo de situaciones, pues implican problemas muy similares. En ese entendido -en eso quiero ser muy preciso y claro-, estoy dispuesto a votar favorablemente la idea de legislar en este proyecto. Adem�s, deberemos discutir e incorporar un problema que fue muy bien planteado por el Presidente de la Comisi�n de Constituci�n, Legislaci�n, Justicia y Reglamento. Existe un procedimiento por cumplirse ante los tribunales, cuyas caracter�sticas debemos tratar en la discusi�n particular. Entiendo que el Ministerio de Bienes Nacionales, a trav�s de la se�ora Ministra y del se�or Subsecretario, ha acogido de alg�n modo la posibilidad de rectificaci�n del procedimiento, para que se encauce hacia algo m�s acorde con lo normal en este tipo de situaciones. Tambi�n es necesario e indispensable concordar en lo in�til que resulta seguir con la idea de un procedimiento ordinario, porque es perfectamente posible establecer en la propia iniciativa que estamos debatiendo uno de car�cter sumario. Todos estos antecedentes me orientan en un sentido positivo. Lo hago con las reservas planteadas y entendiendo que efectivamente debemos pensar en el futuro del pa�s. Por estas razones, voto que s�. El se�or RUIZ (don Jos�).- Se�or Presidente, es importante lo ocurrido esta ma�ana en el Senado, porque se trata de un acto de justicia, aunque algunos lo interpreten de otra forma. Ello no importa, porque cada cual tiene leg�timo derecho a mirar el asunto seg�n su propio prisma. Ya hemos discutido en otras oportunidades en el Senado, por ejemplo, el problema de los exonerados; o sea, de quienes fueron despedidos de sus trabajos de acuerdo a la legislaci�n vigente en ese momento, pues se dictaron decretos y normas para legalizar el acto. El Senado y el Parlamento en general aceptaron la existencia de una situaci�n pendiente que era necesario corregir. En cuanto a la materia en an�lisis, no deseo entrar a un debate jur�dico, porque no me corresponde hacerlo y no soy el m�s habilitado para ello. Pero no cabe duda de que se produjeron determinadas situaciones; sin embrago, aunque constitucionalmente se reconozca validez jur�dica a los actos desarrollados durante el per�odo en referencia, no es menos cierto que las personas afectadas no pudieron defender sus derechos, pues no exist�a tal posibilidad. No s� si podr�amos retrotraer la situaci�n en 20 a�os y tratar de defender los derechos que fueron conculcados en esa �poca. El proceso de reforma agraria fue diferente, porque se realiz� en un r�gimen democr�tico, cuando exist�an leyes dictadas por el Parlamento y los afectados pudieron recurrir a los tribunales de justicia o a otros organismos para dirimir las controversias. Por lo tanto, sin entrar en el fondo de la discusi�n, me parece que corresponde aprobar el proyecto. Me alegro de que algunos Senadores de la Oposici�n tengan �nimo positivo para ello -seg�n se deduce de lo planteado en la Sala-, pues la iniciativa ayudar� efectivamente a solucionar problemas reales, en especial los del mundo social, que son claves, porque, en verdad, las organizaciones sindicales no tienen muchas posibilidades de que se les restituyan sus bienes. Adem�s, lo propuesto ayudar� en buena medida a la convivencia nacional y significar� un importante reconocimiento de la sociedad chilena a la funci�n pol�tica, pues si la C�mara de Diputados excluy� del proyecto a los partidos pol�ticos, fue porque se pens� que de esa forma su tramitaci�n -dig�moslo derechamente- ser�a m�s expedita, con la posibilidad de devolver r�pidamente los bienes a las organizaciones sociales. �sa fue la raz�n por la cual -al menos hasta donde yo s�-, los Diputados aceptaron excluir tal tema del proyecto en debate. Me alegro de que en el Senado exista mayor�a suficiente para aprobar la iniciativa y que podamos zanjar una cuesti�n que se arrastra durante demasiado tiempo. Voto a favor. El se�or RUIZ-ESQUIDE.- Se�or Presidente, me pronunciar� en forma positiva. Probablemente, en el segundo informe, vamos a proponer modificaciones que permitan una precisi�n m�s clara sobre algunos temas puntuales planteados. Sin embargo, deseo se�alar algunos puntos de vista al respecto. En primer lugar, me parece que debemos aprobar el proyecto en raz�n de su propio m�rito, como se ha se�alado. Estimo que no se puede expresar que su despacho abrir� el camino para resolver de la misma manera otros problemas que no tienen la misma g�nesis ni la misma naturaleza. La disoluci�n de los partidos pol�ticos y la expropiaci�n de sus bienes y los de las organizaciones sociales fueron legitimadas por una Constituci�n Pol�tica y una tesis central, que validaron lo obrado en aquel instante; pero nadie puede pensar que ello es similar a lo ocurrido antes de 1973 con relaci�n a otras materias. Se trata de cosas absolutamente distintas. Y quienes criticamos desde el comienzo aqu�lla situaci�n no podemos aceptar que haya sido respaldada por algunos, aun en la perspectiva de cambiar el sistema existente en Chile. En virtud de la situaci�n pol�tica, no es admisible justificar -ni siquiera por parte de quienes supon�an la legitimidad de lo obrado el 11 de septiembre de l973, ni menos por quienes consideramos que ello no debi� ocurrir- la destrucci�n de los partidos pol�ticos, cuya inactividad en la prolongaci�n del tiempo result� inconveniente. Deseo hacer dos observaciones finales. La primera dice relaci�n a lo se�alado por el Senador se�or Ruiz De Giorgio respecto de la exclusi�n de los partidos pol�ticos. Con franqueza, creo que la indicada por �l fue la raz�n que se tuvo para excluirlos. Se pens� que tal vez iban a alzarse voces demasiado duras para sostener que la devoluci�n de bienes a los partidos pol�ticos era contraria al inter�s nacional. Aprovecho la ocasi�n para destacar algo muy especial que ocurre en Chile: despu�s de haberse restablecido la democracia y de haber transcurrido gran parte de este per�odo de transici�n, donde los partidos pol�ticos son esenciales, pareciera que los mismos pol�ticos nos avergonz�ramos de serlo. Con demasiada frecuencia reconocemos casi con pudor que pertenecemos al Senado, a la C�mara de Diputados o a determinada colectividad pol�tica. Y de repente existe la sensaci�n de que fu�ramos a decir: "Exc�senme que tambi�n sea Senador", o "Exc�senme que sea Diputado". Y en nuestra cultura se da un valor bastante negativo a la acci�n pol�tica, hecho que alg�n d�a valdr�a la pena discutir. Reitero que �se fue el motivo. Levanto mi voz para decir que nunca fui partidario de excluir del texto a los partidos pol�ticos. Algunas veces uno puede equivocarse; otras, estar en lo cierto. En su momento me opuse a tal exclusi�n, aduciendo que �tica y pol�ticamente no correspond�a hacerlo. La vuelta a la democracia s�lo puede ser concebida a trav�s de los partidos pol�ticos, y ellos deben tener la plenitud de sus derechos. El Senador se�or Pi�era ha indicado ya c�mo se obtuvieron esos bienes y la justificaci�n que hay para su restituci�n. La segunda observaci�n se refiere a que, a mi juicio, lo m�s valioso recogido en el proyecto es la tesis central sobre la cual nos estamos pronunciando, no en virtud de lo que adem�s puede hacerse luego de aprobar la materia, sino en virtud de que esta iniciativa es parte de un proceso que debe continuar hasta que sean reparadas esas injusticias, sobre todo considerando que ellas se cometieron en un marco en el cual el ofendido no estaba en condiciones de reclamar. �sa es la esencia del tema. Mientras exista una posibilidad de reclamo, de defensa de tales derechos, uno podr� decir: "No comparto lo obrado por los tribunales, o por la autoridad". Pero no exist�a esa chance. Ahora, la gran reparaci�n que hemos de hacer en Chile, no s�lo hacia atr�s, sino tambi�n hacia adelante, consiste en que en el pa�s nunca m�s alguien pueda ser agraviado sin tener, simult�neamente, la oportunidad de defenderse. �sta es la esencia de la equidad en una democracia. Voto que s�. El se�or SIEBERT.- Se�or Presidente, quiero repetir las cr�ticas que expres� al comienzo del debate, en el sentido de que en la Comisi�n especializada no se analiz� lo concerniente a la devoluci�n de los bienes a los partidos pol�ticos. Este aspecto, excluido por el propio Ejecutivo en la C�mara de Diputados, se repuso en la Comisi�n de Hacienda, cuya labor tiene que ver con los aspectos econ�micos, financieros, presupuestarios de los distintos proyectos, pero no con el objetivo principal de ellos. Sinceramente, pienso que no corresponde rever situaciones como estas expropiaciones legales, realizadas, hace casi un cuarto de siglo, atendiendo a necesidades de la �poca, a la situaci�n que se viv�a, y sobre lo cual se legisl�. Por lo tanto, el asunto qued� resuelto definitivamente. En este caso no hay un problema de materia prescrita. �Qu� precedente puede sentar el rever algunas cosas provenientes de hechos especiales y particularmente graves y complicados, que nadie desea que se vuelvan a repetir? Hace 100 a�os, e incluso 50 a�os despu�s, se modific� el mapa de Europa a ra�z de un problema bastante desagradable y complicado que cost� la vida a millones de personas. �Podr�a reverse esa situaci�n? �Y podr�amos en Chile rever acontecimientos de nuestra historia que se resolvieron hace 100 a�os? En lo relativo al tema sobre el cual se pretende legislar, tendr�a que haberse dado vuelta la hoja y no volverlo a revisar. En mi opini�n, el Estado podr�a emplear esos fondos en cosas bastante m�s apropiadas, con mejores objetivos que beneficiar a los partidos pol�ticos. Por lo dem�s, �stos, seg�n la misma ley sobre partidos pol�ticos, no pueden pretender ser los sucesores de las colectividades cuyos bienes fueron expropiados hace 25 a�os. Si lo hacen, tendr�n que recurrir al complejo sistema concebido en la iniciativa en an�lisis. Aqu� se ha hablado mucho acerca del derecho de propiedad. Concuerdo con lo sostenido por otros se�ores Senadores, y espec�ficamente por el Senador se�or Larre, en el sentido de que si se trata de hablar del derecho de propiedad tendr�amos que entrar a revisar las expropiaciones o confiscaciones, muchas de ellas violentas -las actuaciones a que se refiere el texto propuesto no lo fueron, y as� se ha dicho tambi�n- de campos, de industrias, de f�bricas, sin entregar la compensaci�n adecuada o pertinente. Se ha afirmado que el Gobierno militar tuvo la oportunidad de corregir estas situaciones. Creo que su actitud de no reparar el ciento por ciento de los casos demuestra, precisamente, la grandeza de las medidas adoptadas, al no querer afectar expectativas que se hab�an forjado innumerables personas modestas que, por circunstancias especiales, se encontraban a las puertas de beneficiarse con bienes que el Estado les estaba concediendo, con frecuencia sin que ellas hubieran tenido relaci�n con los hechos que originaron la expropiaci�n, toma, confiscaci�n, o como quiera llam�rsele. En cuanto a la invitaci�n formulada por el Honorable colega se�or Ominami en orden a revisar tales situaciones, me gustar�a emplazar -tal como lo hizo el Senador se�or Otero- a los representantes del Ejecutivo presentes en la Sala, a que al menos comprometan al Fisco (ellos carecen de facultades para hacerlo, al igual que nosotros para proponerlo), dado que es atribuci�n exclusiva del Primer Mandatario, a rever las confiscaciones que no fueron reparadas en un ciento por ciento. Tocante a lo manifestado por el Honorable se�or Romero en su calidad de Senador, no de Presidente, en orden a que el proyecto conduce a la reconciliaci�n m�s que a la reparaci�n, ser�a conveniente que hici�ramos un balance, desde 1990 en adelante, sobre cu�ntos actos, gestos, hechos, iniciativas tendientes a la reconciliaci�n han partido de ambos lados. Si el texto en an�lisis conduce a la reconciliaci�n, bienvenida sea ella. Sin embargo, considerando que no siempre hemos recibido esa respuesta de parte de las bancas del frente, me abstengo. El se�or SINCLAIR.- Se�or Presidente, tal como han expresado algunos de los se�ores Senadores que me precedieron en el uso de la palabra, aqu� no est� cuestionado el derecho de propiedad. Muy por el contrario, nos encontramos frente a una situaci�n jur�dica consolidada. Eso es indubitable. Aprobar un proyecto de esta naturaleza, adem�s de ser inequitativo, puesto que favorecer�a s�lo a un grupo de personas y no a todas las que en el pasado sufrieron la p�rdida de sus bienes, constituir�a, a mi juicio, un precedente grave. El Senador se�or Ominami manifest� que existir�a la voluntad de extender esta reparaci�n a todas las personas, sean jur�dicas o naturales, afectadas por id�ntica situaci�n, pero no por parcialidades. Me parece muy bien. Pero mientras ello no ocurra, legislar en la forma propuesta es altamente inconveniente, no equitativo y de consecuencias futuras impredecibles. Por lo tanto, voto en contra. El se�or SULE.- Se�or Presidente, estamos llegando al t�rmino de la votaci�n general de un proyecto realmente importante -por lo menos as� lo visualizo yo-, que requiere, para ser analizado, mucha tranquilidad, y fundamentalmente paciencia. Sin embargo, ello no nos impide precisar, con el mayor respeto posible, que fueron la reparaci�n y la reconciliaci�n los fundamentos m�s plausibles que tuvimos en cuenta ambos bandos -por expresarlo de alguna manera- para aprobar la Constituci�n de 1980. Entonces, �c�mo pueden decir que no hemos tenido ning�n gesto? �Qu� gesto m�s hermoso el que tuvimos los que representamos hoy d�a casi el 60 por ciento de la voluntad popular cuando suscribimos un acuerdo con quien ten�a el poder -ileg�timo, a nuestro entender-, para darle curso progresivo a la vida de un pueblo como el chileno! De manera que al amparo de una discusi�n y de otros derechos muy respetables, no se puede cometer la acci�n de contrabandear con ideas, hechos, conceptos o posiciones que no corresponden a la realidad. Nos encontramos analizando en estos momentos un proyecto que restituye, o, cuando ello no es posible, indemniza, bienes confiscados a partidos pol�ticos o a instituciones sociales. Si no hay violencia en una confiscaci�n, entonces, Honorables colegas, yo no s� d�nde la habr�a. La violencia muda, pero que mata o destruye, es mucho m�s fuerte que la ruidosa. Por eso, sabiamente la Constituci�n de 1833 elimin� la confiscaci�n. Debo hacer una aclaraci�n a prop�sito de lo que se dijo respecto a que el proyecto que ahora llega al Senado es s�lo una parte de la iniciativa original, que inclu�a la restituci�n de los bienes a las organizaciones sociales y a los partidos pol�ticos. Lo que ocurri� es que, como en la C�mara de Diputados se exceptu� la parte relativa a los partidos pol�ticos, pues no alcanz� el qu�rum constitucional necesario, la normativa se desglos� y se dej� el resto que s� pod�a aprobarse en tal tr�mite. Pero, �para qu� hacer diferencia entre los partidos pol�ticos y las personas que modestamente los integramos? �Un partido pol�tico es distinto de sus adherentes o militantes? Cuando se trate de un club social, �vamos a hacer una distinci�n entre �l y sus socios para los efectos de proteger los derechos de esa instituci�n? Es absurdo. Yo comparto el fondo -es lo m�s hermoso- de las expresiones del Honorable se�or D�ez, y desear�a agregar muchos calificativos al respecto, pero no lo har� para evitar que se debilite nuestra posici�n. Y no estoy con la idea del "perro del hortelano", que se nos ha querido endosar en este debate. No tengo ning�n inconveniente en discutir aqu� la posibilidad de indemnizar cualquier derecho lesionado por alguna injusticia en cualquier momento de la historia de Chile; pero no acepto que se rechace esto, por no tener aquello. Realmente es absurdo, cruel e inhumano. Mi partido, el Partido Radical, se fusion� con otro y, en conformidad a la ley y a la Constituci�n, sigue siendo la misma persona. As� lo dice expresamente la ley, cualquiera que sean los agregados que se le coloquen. Los integrantes del Partido y los socios de los clubes radicales -donde la mayor�a de los presentes lo ha pasado muy bien, igual que yo- tenemos derecho a recuperar nuestros bienes. Fuimos uno de los m�s perjudicados al ser despose�dos de casi 40 inmuebles, algunos de los cuales estaban en nuestro dominio desde hace 80 � 90 a�os. Los perdimos. Para los militantes y simpatizantes de nuestro partido y clubes -Sus Se�or�as lo saben bien-, la sede social es un segundo hogar, donde se forjaron muchos sue�os por mejorar la calidad de vida de la sociedad, desde los particulares puntos de vista de cada uno. Exist�a -y espero que vuelva a existir-, por tanto, una vinculaci�n muy estrecha, tanto intelectual como emocional, con aquellos lugares. Pretendemos, se�or Presidente y Honorables colegas, reparar una injusticia: devolver y restaurar el derecho de propiedad en su plenitud y, por su intermedio, permitir desarrollar, sobre bases firmes y materiales, el derecho de asociaci�n que hoy prev� la legislaci�n para los partidos pol�ticos y las dem�s instituciones afectadas. En este breve caminar de nuestra nueva y singular democracia, es bueno demostrar a nuestro pueblo la voluntad de reparar y de conciliar, y, al resto del mundo, nuestra irrenunciable adhesi�n a la justicia. Voto favorablemente el proyecto. El se�or THAYER.- Se�or Presidente, uno de los aspectos gratos del Senado es lo enriquecedor de los debates cuando prima un sentido de serenidad, como el observado aqu�. Se ha tenido suficiente cuidado, en general, de no desviar la discusi�n hacia lo que podr�a ser el examen de otro problema muy interesante, el cual personalmente siempre he procurado eludir, pues es un debate casi inagotable: �por qu� pasaron las cosas que aqu� sucedieron hace 25 a�os? Como no puedo volver al pasado, por lo menos relatar�, desde mi propia perspectiva, un par de hechos bastante concretos. Aqu� hubo un proceso revolucionario, como ha habido varios en la historia de Chile e innumerables en la historia del mundo, que signific� la adopci�n de medidas de fuerza -digo "de fuerza", lo que no siempre es violencia-, muchas de las cuales implicaron una expropiaci�n de bienes sin indemnizaci�n en ese momento. A mi juicio, la circunstancia hist�rica, el medio ambiente que rodeaba tal proceso no hac�a factible entrar a determinar los montos de las indemnizaciones. Personalmente, en lo relativo a los bienes objeto de la ley en proyecto, parto de la base de que es ahora, en pleno ejercicio de la libertad y la democracia, cuando procede determinar si es justa o no una indemnizaci�n, si procede o no una restituci�n. En aquel momento no era posible, pero hoy s� lo es. Por eso, despu�s de haber escuchado todo el debate y (lo confieso) habiendo llegado a �l -como lo expres� a algunos se�ores Senadores- un poco en la disposici�n de abstenerme o de pronunciarme en contra del proyecto, he decidido votarlo a favor en general. A mi modo de ver, contiene normas que deben corresponder a una reparaci�n justa; otras tal vez implican una indemnizaci�n injusta. Sin embargo, para hacer esa calificaci�n es necesaria una discusi�n particular. Y, estando claro que el procedimiento de votaci�n, que no admite enmendar la abstenci�n en una segunda votaci�n, obliga a emitir un juicio de inmediato -por eso el m�o ser� favorable en esta oportunidad-, presentar� indicaciones para dirigir lo m�s posible este proceso a lo que es justo indemnizar, pero no a aquello que no es justo ni posible indemnizar. Sin embargo, para proceder as�, antes este proyecto debe estar aprobado en general. �se es mi punto de vista. Considero que la cuesti�n planteada con respecto a los partidos pol�ticos era la m�s dif�cil de resolver. �Por qu�? Porque no aparec�a justo que en este principio general se excluyera a cierta categor�a de personas jur�dicas. Pero tampoco era �tico ni est�tico que figurara reparado en primer lugar en sus eventuales injusticias ese tipo de persona jur�dica habiendo sufrido muchas otras personas naturales y jur�dicas injusticias m�s graves y apremiantes. En lo personal, no me puede convencer la argumentaci�n de que, o reparamos todas las injusticias, o no se repara ninguna. Eso no es admisible. En mi opini�n, debemos dejar en claro -ojal� corrijamos el lenguaje- que esta iniciativa, conforme a su texto, no restituye bienes a los partidos pol�ticos, sino que repara eventuales injusticias provenientes de confiscaciones sin indemnizaci�n, determinando cu�ndo procede indemnizar y cu�ndo restituir bienes a personas naturales y jur�dicas, sean o no partidos pol�ticos. En tal sentido, voto favorablemente. El se�or VALD�S.- Se�or Presidente, he escuchado con enorme inter�s el debate y he recogido muchas de las ideas aqu� expresadas con seriedad, dignidad y altura. Y celebro que la materia que nos ocupa se trate en este clima. En mi concepto, esta discusi�n se inserta en el proceso, que ha sido dif�cil pero exitoso, de la transici�n de un Gobierno autoritario a la plena democracia. Debemos estar orgullosos de ese proceso. Y creo que el Senado ha sido un actor muy fundamental para encauzarlo en normas de convivencia, de amistad y de argumentaci�n que nos han llevado progresivamente a dejar el pasado donde debe estar -�l no se olvida, pero no nos pesa para distorsionar nuestro pensamiento- y ver las situaciones que ha habido que corregir. Todos hemos trabajado en tal direcci�n. Eso dignifica la democracia, la asienta, la hace s�lida, y es celebrado por el mundo internacional. Y, por mucho que las encuestas u opiniones indiquen a veces que el Senado o los pol�ticos no tienen prestigio, yo no s� qu� har�an la sociedad y el pueblo sin los partidos. Porque, al llegar las elecciones, uno ve que todo el mundo est� preocupado de ellas, y cuando hay algo relevante, la gente se interesa. No somos espectaculares, pero s� indispensables. Se�or Presidente, se ha hecho un camino dif�cil; sin embargo, poco a poco ha sido aceptado por la comunidad. Se ha respetado y aceptado la legislaci�n dictada durante un per�odo en que no hab�a Congreso ni representaci�n popular, pero s� un Gobierno que deb�a legislar, en el sentido lato de la palabra. Hemos respetado una ley de amnist�a, mientras en otras partes las situaciones como �sta han sido objeto de tremendas discusiones, plebiscitos, etc�tera. Por leyes de la Rep�blica votadas en el Congreso, se ha indemnizado a exiliados. Se ha indemnizado y dado pensiones de gracia a muchos campesinos (decreto ley N� 208). Se ha indemnizado de distinta forma a v�ctimas de atropellos que han sido considerados como situaciones morales dignas de ser reparadas. Diversas otras leyes -aqu� se dijo que eran 19- han ido corrigiendo situaciones extremas sin provocar una discusi�n amarga, dif�cil, dura, en cuanto a qu� pas�, por qu� pas�, y sin abrir debate sobre hechos respecto de los cuales la historia ya est� emitiendo un juicio que no es del caso mencionar. La ley en proyecto -tengo la impresi�n de que es una de las �ltimas que quedan- no se refiere a situaciones particulares de personas, sino a instituciones. Y eso me preocupa mucho. A ese respecto, suscribo plenamente lo se�alado por el Senador se�or D�ez en cuanto al valor del Derecho en los tiempos buenos y en los tiempos malos, sea ventajoso para unos o para otros. Es lo �nico que en definitiva encauza y da estabilidad a la sociedad. El Derecho es la columna vertebral de una comunidad civilizada; la democracia se consolida en la medida en que tenga instituciones regidas por el Derecho. Mientras m�s instituciones cl�sicas, mejor; mientras m�s Derecho, mejor, aun cuando el rango no sea necesariamente legal, sino s�lo constitucional. No creo en un exceso de legislaci�n, sino en las normas pedag�gicas. Me parece importante tener presente que el prop�sito de la ley en proyecto es compensar. Se han planteado otras situaciones, anteriores o coet�neas, que pudieron haber sido objeto de injusticias. Me satisface pensar que ser�a factible corregirlas prob�ndose el da�o infligido, sea a la Constituci�n del 25, sea a la justicia. Porque importa poco la ley escrita: importa la justicia, que se revela m�s all� de que exista o no una ley. En este caso se corrige una situaci�n a mi juicio muy fundamental. Reconociendo la vigencia de los instrumentos jur�dicos emitidos durante el R�gimen militar iniciado el 11 de septiembre de 1973, que al comienzo fue extremadamente autoritario -por razones que todos conocemos-, la confiscaci�n que sufrieron los partidos pol�ticos, a mi entender, nunca debi� hacerse, porque �stos son consustanciales a la vida en democracia. Y la propia Junta Militar, al inicio de su gesti�n, declar� que asum�a el poder para restablecer el imperio de la Constituci�n y las leyes. �Qu� leyes? Las propias de una democracia. Y nadie concibe una democracia sin partidos pol�ticos. Entonces, me preocupa la cuesti�n de los partidos pol�ticos, porque sin ellos no hay democracia. Y fue muy injusto lo que se hizo (reconozco la legalidad de los decretos leyes dictados; ahora estamos corrigiendo la situaci�n producida). Efectivamente, pudo haberse castigado a personas por la comisi�n de delitos o de cr�menes. Pero la eliminaci�n de los partidos pol�ticos me pareci� siempre algo inusitado, indebido y propio de quien ten�a una concepci�n totalitaria. Por lo tanto, considero justo restituir los bienes confiscados a los partidos pol�ticos, que eran y son asociaciones fundadas en ideas y no en intereses, lo cual de alguna manera los distingue en cuanto a los abusos que pudieron cometerse con la reforma agraria y otras situaciones, que tambi�n deben ser reparados; si se prueban perjuicios efectivos, estoy de acuerdo en extender las prescripciones cuanto sea necesario. Pero los partidos pol�ticos son ideas, ilusiones, doctrinas. El se�or CANTUARIAS (Vicepresidente).- Se�or Senador, hace varios minutos que su tiempo expir�. Le ruego concluir su fundamentaci�n. El se�or VALD�S.- Muy bien, se�or Presidente. Otros se�ores Senadores no han recibido tal recomendaci�n. Pero yo la acojo con mucho gusto. Votar� a favor, particularmente porque, si no respetamos a los partidos pol�ticos y no les devolvemos lo que en forma injusta les fue confiscado, mantendremos una situaci�n de iniquidad. Y, a mi entender, en Chile hay que crear una sociedad de confianza, donde prevalezca la justicia. Voto que s�. El se�or ZALD�VAR (don Adolfo).- Se�or Presidente, �sta es una de las materias que nos dan la oportunidad de fijar entre nosotros criterios de gran importancia para la buena convivencia, la estabilidad pol�tica y el desarrollo de la democracia. Ella va m�s all� de devolver bienes a los partidos pol�ticos o a las organizaciones sindicales. Sin lugar a dudas, tiene mayor profundidad. Y en algunos planteamientos de se�ores Senadores que me antecedieron en el uso de la palabra ha ido quedando al descubierto. Pero ciertas intervenciones nos dejan en un pa�s que camina hacia atr�s. Creo haber dado muestras, en m�s de una oportunidad, de ser de las personas que desean mirar hacia adelante y reencontrarse en la convergencia, haciendo abstracci�n de las cosas que nos dividieron. Sin embargo, hay situaciones que ocurrieron, y en la medida en que las enfrentemos hacia adelante hallaremos el buen camino. Por eso, estoy muy lejos de compartir la tesis sostenida por un se�or Senador institucional que tuvo gran importancia en el R�gimen militar. Su Se�or�a puede tener raz�n y el asunto puede ser discutible desde el punto de vista del Derecho. Pero no es eso lo que est� en juego. Ese se�or Senador sostiene que en nombre del derecho de propiedad, que no est� en juego, no puede invocarse determinada norma; que el Fisco nada debe, y que el Gobierno de la �poca actu� legalmente. Esas afirmaciones, aunque discutibles, son ciertas desde el punto de vista de Su Se�or�a. Y lo que me preocupa es que las haga hoy d�a. Incluso, finalizando su intervenci�n, fue m�s claro al decir que aqu� hay situaciones jur�dicas consolidadas. Y avanz� el siguiente juicio: "Este acto puede ser justo o injusto; hay que ver si se entra a discutir o no", entregando su opini�n en el sentido de que entrar implicar�a ir por el camino de la incertidumbre. Sinceramente, pienso que ese se�or Senador est� equivocado. Y, adem�s, est� equivocado -esto es lo m�s preocupante- dentro de la l�gica del propio R�gimen militar. Quiero recordar que la ley N� 18.603, Org�nica Constitucional de los Partidos Pol�ticos, fue dictada durante el Gobierno militar. Y ese cuerpo legal m�s otros nos permitieron reencontrarnos en la democracia representativa que hoy tenemos. Por cierto, entonces, no tiene sentido sostener hoy d�a, desde el punto de vista del derecho de propiedad, si la prescripci�n opera o no. Porque aqu� estamos los Senadores: los de Izquierda (Partidos Socialista, Por la Democracia y Radical), los de Derecha y nosotros, los de la Democracia Cristiana. �Y qu� representamos? Representamos al Chile que exist�a. Y, al t�rmino del R�gimen militar, quienes ten�an la conducci�n del pa�s se dieron cuenta de esta realidad y dictaron las leyes pol�ticas a fin de que pudi�semos transitar por una democracia representativa. La l�gica, en consecuencia, consiste en que entendamos el proceso. Y el Senador se�or D�ez, brillantemente, "dio en el clavo". Incluso, de manera elegante, dijo: "Aqu� puede haber una obligaci�n natural. Y las obligaciones naturales" -nos record�- "se pagan, m�s all� de que se puedan exigir o no". Sin embargo, Su Se�or�a agreg� algo mucho m�s de fondo: "Aqu� hay un problema de orden p�blico". Y algunos han ido m�s lejos: "de reconciliaci�n". �Claro! ��se es el problema! Y por eso el proyecto que nos ocupa tiene tanta importancia para la reconciliaci�n. Entonces, debemos mirarlo desde esa perspectiva y no en un sentido meramente propietario. Aqu� se trata de que reconozcamos la efectividad de los partidos pol�ticos dentro de la democracia representativa y de que, entre todos, veamos c�mo podemos consolidarla y fortalecerla, sin enredarnos en asuntos de peque�a cuant�a o en interpretaciones m�s bien propias de un actuario que de un abogado, incluso dentro del derecho privado. Entre todos -insisto-, debemos ver c�mo contribuimos a robustecer la democracia representativa. Y, para ello, los partidos pol�ticos son fundamentales. Aqu� no est�n en juego bienes m�s o bienes menos. Lo que de verdad se halla en juego es si queremos apostar a reconstruir la democracia, en la cual los partidos pol�ticos tienen tanta importancia, y ver c�mo permitimos que los conceptos a los que todos decimos adherir se sustenten materialmente, se paren en sus propios pies. Se�or Presidente, he querido realizar estas peque�as reflexiones para fundar mi voto decididamente favorable a la ley en proyecto, porque creo que ella no s�lo hace justicia, sino que, adem�s, consolida un camino hacia el futuro. Voto que s�. El se�or ZALD�VAR (don Andr�s).- Se�or Presidente, ya intervine para exponer el informe de la Comisi�n de Hacienda, pero deseo expresar mi complacencia por el debate habido en esta Sala. Como es l�gico, discrepo de algunas intervenciones, porque no se encuentran enfocadas hacia el objetivo que estamos persiguiendo con este proyecto y con otros tantos que se han discutido aqu�, cual es procurar ahora, entre todos -aqu� hay representantes de cada uno de los sectores que vivieron esos tiempos-, la reparaci�n de situaciones que fueron cr�ticas en su momento. Si existen elementos de injusticia o arbitrariedad en otras situaciones, reitero mi reconocimiento a la intervenci�n del Senador se�or D�ez en el sentido de que lo importante es valorar el derecho, para que la sociedad funcione. Y no es relevante si se han dictado 15 � 20 leyes o si ha habido 20 actos o 100 manifestaciones conducente a buscar el reencuentro. Porque si son necesarias 101 reflexiones, definiciones o legislaciones, tenemos la obligaci�n de concretarlas. La iniciativa puede ser perfeccionada. No es admisible enfocarla con una visi�n peque�a, mezquina, desde el �ngulo de si uno recibe o no. La cuesti�n radica en c�mo crear un buen mecanismo para reponer algo que todos debemos reconocer y que, si hubi�semos vivido en la normalidad, quiz� no se habr�a perdido. De existir situaciones anteriores -como tambi�n se ha se�alado-, si sentencias de la Corte Suprema no se llevaron a efecto por falta de elementos jur�dicos que hicieran factible el c�mplase correspondiente, entonces aqu� tenemos la obligaci�n de buscar soluciones, cualesquiera que sean las instituciones beneficiadas. Por �ltimo, me alegro de que el debate se haya desarrollado sin pasi�n, de que se haya guardado la moderaci�n que corresponde a una Corporaci�n como la nuestra y de que, tras el recuento de las exposiciones realizadas, se observe que la mayor�a del Senado, con el qu�rum que exige la Constituci�n, est� aprobando el proyecto. Colaboro con mi voto a ese resultado. El se�or ALESSANDRI.- Se�or Presidente, por lo visto, la iniciativa cuenta ya con la mayor�a suficiente para que el Senado la acoja. �Qu� c�modo ser�a para m� plegarme a esa mayor�a! Sin embargo, expondr� algunas razones por las cuales me opongo, arriesg�ndome, naturalmente, a recibir comentarios y anatemas que pueden llover sobre mi cabeza por adoptar esta posici�n. Destaco, al igual que el Senador se�or Andr�s Zald�var -fue su idea-, el hecho de que esta discusi�n se haya llevado a cabo en los mejores t�rminos, sin pasi�n, sin referencia a situaciones ocurridas en el pasado y sobre las cuales podr�amos, como alguien lo dijo aqu�, debatir por siempre. Sin ser miembro de un partido pol�tico, los respeto profundamente. Si soy Senador, indudablemente se lo debo a la generosidad de organizaciones partidarias que propusieron mi nombre. Estoy agradecido de ellas; las respeto mucho, repito, y creo que su prestigio tiene que ser mantenido y expuesto ante la opini�n p�blica. �sta, lo sabemos, no tiene el mejor concepto de los pol�ticos, ni de los partidos ni de los miembros del Congreso. Estoy muy orgulloso de ser Senador, y por ello me molestan mucho las cr�ticas de que son objeto los Parlamentarios por la opini�n p�blica en general y por las encuestas que se hacen a cada rato. Eso es lo que me preocupa con relaci�n al proyecto, se�or Presidente. A primera vista -y la opini�n p�blica no analiza a fondo las cosas-, aparece que los partidos pol�ticos estar�an recibiendo 22 mil millones de pesos. Es la primera cifra que surge, lo que, en el fondo, a lo mejor no es efectivo. Pero creo que, al parecer, �ste es el mayor inconveniente del proyecto. Se alude expresamente a la restituci�n de bienes confiscados a los partidos pol�ticos, y esto ser� un elemento negativo adicional. Y cualquiera que sea la suma, estimo que en un pa�s con tantas necesidades, que -se dice- no cuenta con dinero suficiente para la educaci�n y hasta se habla de aumentar los impuestos y que, por falta de recursos, no pueden llenarse plazas vacantes en Carabineros de Chile, el hecho de que se dicte una ley que autoriza el desembolso de una cantidad -cierta o no totalmente cierta- tan elevada para los partidos pol�ticos, y en v�speras de una elecci�n general, me parece altamente inconveniente. Por eso, existiendo tal vez otros procedimientos para que quienes fueron privados de sus bienes puedan reclamarlos a la justicia, ya sea renunciando a la prescripci�n u otro mecanismo, pero que no sea el propuesto en esta iniciativa, la votar� en contra. El se�or BITAR.- Se�or Presidente, hablo como Senador de un Partido que no exist�a en el momento de producirse los hechos que generaron esta situaci�n, y que, por lo tanto, no basa su argumentaci�n en t�rminos de intereses que apunten a recuperar o no recuperar algo que se ten�a. Es cierto que algunos de los sectores pol�ticos que a la saz�n estaban activos y fueron da�ados por las injusticias de la �poca integran el Partido que hoy presido. Las disposiciones que se proponen dan pie para tener tambi�n acceso a esos bienes. Pero no es �ste el punto principal. Creo que la base de la argumentaci�n para dar nuestro voto favorable se sustenta en principios; no en intereses. Dos ejes principales deben mover una decisi�n, y sostienen la nuestra: el que expuso el Senador se�or D�ez y el que manifest� el Honorable se�or Vald�s. Sobre ambos planteamientos fundar� el m�o: respecto al primero, en que hay que actuar en la l�gica del derecho; tocante al segundo, en que debe procederse conforme al criterio de generar confianza de la ciudadan�a en la pol�tica, en cuanto �sta se funda en principios, y los principios no son cambiantes, no se adaptan a distintos intereses en cada momento. En tal sentido, debo expresar que en este caso est�n afectados personas naturales, organismos sindicales y tambi�n personas jur�dicas. El estudio que se nos entreg� muestra que a los partidos pol�ticos corresponder�an 113 bienes, con un valor estimado en 7 mil 500 millones de pesos; no los 22 mil millones y fracci�n a que apunta la cifra global. Por lo tanto, tenemos que entender que esto va m�s all� de los partidos y que est� vinculado estrictamente a la cuesti�n de la propiedad. Hay dos argumentos que quiero destacar como contrarios a lo que considero los principios que deben sustentar nuestra acci�n. El primero, formulado por los Senadores se�ores Larra�n y Otero, en cuanto a que no habr�a que volver atr�s o a que el asunto est� prescrito. El derecho de propiedad no prescribe, seg�n la Constituci�n vigente, y creo que esa argumentaci�n constituye m�s bien un resquicio, pero no se apoya en un concepto claro del derecho; y el segundo, planteado por el Honorable se�or Larre, en el sentido de que o se hace justicia a todos o no se hace justicia a nadie, y de que no podr�a votar a favor del proyecto, aun cuando fuera justo, porque, a su entender, habr�a injusticia en lo relativo a la reforma agraria, y que, mientras ello no se corrigiese, no podr�a darse este paso. Es evidente que, desde el punto de vista del derecho y de la l�gica del desarrollo gradual de las sociedades -aun cuando se tuviera raz�n, y que las 19 leyes sobre la reforma agraria no se hubiesen dictado-, uno no puede, conforme a ning�n principio, resistirse a dar un paso que es justo porque a�n persisten situaciones de injusticia. De lo contrario, estar�amos cayendo en una visi�n totalista de las cosas: solamente podr�a darse un paso cuando es transformador absoluto de todo. Y sabemos que en democracia los procesos son graduales. Rechazados, por tanto, esos dos argumentos, no nos queda sino afirmarnos, primero, en las razones de justicia y reparaci�n en cuanto a un despojo llevado a efecto incluso con violencia y no existiendo a la saz�n condiciones para acudir a los recursos judiciales normales; y segundo, en el derecho de propiedad violado. Hago constar la inconsistencia de aquellos que, votando en contra de este proyecto, por ejemplo, fundaron un recurso de protecci�n ante el Tribunal Constitucional para que se indemnizara, y eventualmente se expropiaran los predios que se sit�an en los bordes de lagos o playas para dar acceso a un derecho p�blico. Entonces, resulta incoherente que quienes fueron partidarios de que el derecho de todos los chilenos -el de usar las playas- quedara obstruido debiendo pagarse para acceder a su uso, ahora esas mismas personas voten en contra del derecho a recuperar lo que fue confiscado en contra de las leyes, de la Constituci�n y de las normas m�s elementales de propiedad. Hay que actuar sobre la base de principios, y en este sentido queda clara la posici�n que hemos expuesto y la que ha expresado la mayor�a del Senado para votar a favor el proyecto. Me alegro de ello, porque habla bien de esa mayor�a. Voto que s�. El se�or PRAT.- Se�or Presidente, adhiero a una concepci�n que da especial importancia a los derechos individuales, entre ellos, naturalmente, el de propiedad, que es el derecho esencial de la persona. Algunas argumentaciones que se han dado en la Sala podr�an llevar a aprobar esta iniciativa, por cuanto se pretende compensar o restituir (fin de turno) (El se�or Andr�s Zald�var) Si antes hubo casos -como tambi�n se ha se�alado-, si sentencias de la Corte Suprema no se llevaron a efecto por falta de elementos jur�dicos que hicieran factible el c�mplase correspondiente, entonces aqu� tenemos la obligaci�n de buscar soluciones, cualesquiera que sean las instituciones beneficiadas. Por �ltimo, me alegro de que el debate se haya desarrollado sin pasi�n, de que se haya guardado la moderaci�n que corresponde a una Corporaci�n como la nuestra y de que, tras el recuento de las exposiciones realizadas, se observe que la mayor�a del Senado, con el qu�rum que exige la Constituci�n, est� aprobando el proyecto. Colaboro con mi voto a ese resultado. El se�or ALESSANDRI.- Se�or Presidente, por lo visto, la iniciativa cuenta ya con la mayor�a suficiente para que el Senado la acoja. �Qu� c�modo ser�a para m� plegarme a esa mayor�a! Sin embargo, expondr� algunas razones por las cuales me opongo, arriesg�ndome, naturalmente, a recibir comentarios y anatemas que pueden llover sobre mi cabeza por adoptar esta posici�n. Destaco, al igual que el Senador se�or Andr�s Zald�var -fue su idea-, el hecho de que esta discusi�n se haya llevado a cabo en los mejores t�rminos, sin pasi�n, sin referencia a situaciones ocurridas en el pasado y sobre las cuales podr�amos, como alguien lo dijo aqu�, debatir por siempre. Sin ser miembro de un partido pol�tico, los respeto profundamente. Si soy Senador, indudablemente se lo debo a la generosidad de organizaciones partidarias que propusieron mi nombre. Estoy agradecido de ellas; las respeto mucho, repito, y creo que su prestigio tiene que ser mantenido y expuesto ante la opini�n p�blica. �sta, lo sabemos, no tiene el mejor concepto de los pol�ticos, ni de los partidos ni de los miembros del Congreso. Estoy muy orgulloso de ser Senador, y por ello me molestan mucho las cr�ticas de que son objeto los Parlamentarios por la opini�n p�blica en general y por las encuestas que se hacen a cada rato. Eso es lo que me preocupa con relaci�n al proyecto, se�or Presidente. A primera vista -y la opini�n p�blica no analiza a fondo las cosas-, aparece que los partidos pol�ticos estar�an recibiendo 22 mil millones de pesos. Es la primera cifra que surge, lo que, en el fondo, a lo mejor no es efectivo. Pero creo que, al parecer, �ste es el mayor inconveniente del proyecto. Se alude expresamente a la restituci�n de bienes confiscados a los partidos pol�ticos, y esto ser� un elemento negativo adicional. Y cualquiera que sea la suma, estimo que en un pa�s con tantas necesidades, que -se dice- no cuenta con dinero suficiente para la educaci�n y hasta se habla de aumentar los impuestos y que, por falta de recursos, no pueden llenarse plazas vacantes en Carabineros de Chile, el hecho de que se dicte una ley que autoriza el desembolso de una cantidad -cierta o no totalmente cierta- tan elevada para los partidos pol�ticos, y en v�speras de una elecci�n general, me parece altamente inconveniente. Por eso, existiendo tal vez otros procedimientos para que quienes fueron privados de sus bienes puedan reclamarlos a la justicia, ya sea renunciando a la prescripci�n u otro mecanismo, pero que no sea el propuesto en esta iniciativa, la votar� en contra. El se�or BITAR.- Se�or Presidente, hablo como Senador de un Partido que no exist�a en el momento de producirse los hechos que generaron esta situaci�n, y que, por lo tanto, no basa su argumentaci�n en t�rminos de intereses que apunten a recuperar o no recuperar algo que se ten�a. Es cierto que algunos de los sectores pol�ticos que a la saz�n estaban activos y fueron da�ados por las injusticias de la �poca integran el Partido que hoy presido. Las disposiciones que se proponen dan pie para tener tambi�n acceso a esos bienes. Pero no es �ste el punto principal. Creo que la base de la argumentaci�n para dar nuestro voto favorable se sustenta en principios; no en intereses. Dos ejes principales deben mover una decisi�n, y sostienen la nuestra: el que expuso el Senador se�or D�ez y el que manifest� el Honorable se�or Vald�s. Sobre ambos planteamientos fundar� el m�o: respecto al primero, en que hay que actuar en la l�gica del derecho; tocante al segundo, en que debe procederse conforme al criterio de generar confianza de la ciudadan�a en la pol�tica, en cuanto �sta se funda en principios, y los principios no son cambiantes, no se adaptan a distintos intereses en cada momento. En tal sentido, debo expresar que en este caso est�n afectados personas naturales, organismos sindicales y tambi�n personas jur�dicas. El estudio que se nos entreg� muestra que a los partidos pol�ticos corresponder�an 113 bienes, con un valor estimado en 7 mil 500 millones de pesos; no los 22 mil millones y fracci�n a que apunta la cifra global. Por lo tanto, tenemos que entender que esto va m�s all� de los partidos y que est� vinculado estrictamente a la cuesti�n de la propiedad. Hay dos argumentos que quiero destacar como contrarios a lo que considero los principios que deben sustentar nuestra acci�n. El primero, formulado por los Senadores se�ores Larra�n y Otero, en cuanto a que no habr�a que volver atr�s o a que el asunto est� prescrito. El derecho de propiedad no prescribe, seg�n la Constituci�n vigente, y creo que esa argumentaci�n constituye m�s bien un resquicio, pero no se apoya en un concepto claro del derecho; y el segundo, planteado por el Honorable se�or Larre, en el sentido de que o se hace justicia a todos o no se hace justicia a nadie, y de que no podr�a votar a favor del proyecto, aun cuando fuera justo, porque, a su entender, habr�a injusticia en lo relativo a la reforma agraria, y que, mientras ello no se corrigiese, no podr�a darse este paso. Es evidente que, desde el punto de vista del derecho y de la l�gica del desarrollo gradual de las sociedades -aun cuando se tuviera raz�n, y que las 19 leyes sobre la reforma agraria no se hubiesen dictado-, uno no puede, conforme a ning�n principio, resistirse a dar un paso que es justo porque a�n persisten situaciones de injusticia. De lo contrario, estar�amos cayendo en una visi�n totalista de las cosas: solamente podr�a darse un paso cuando es transformador absoluto de todo. Y sabemos que en democracia los procesos son graduales. Rechazados, por tanto, esos dos argumentos, no nos queda sino afirmarnos, primero, en las razones de justicia y reparaci�n en cuanto a un despojo llevado a efecto incluso con violencia y no existiendo a la saz�n condiciones para acudir a los recursos judiciales normales; y segundo, en el derecho de propiedad violado. Hago constar la inconsistencia de aquellos que, votando en contra de este proyecto, por ejemplo, fundaron un recurso de protecci�n ante el Tribunal Constitucional para que se indemnizara, y eventualmente se expropiaran los predios que se sit�an en los bordes de lagos o playas para dar acceso a un derecho p�blico. Entonces, resulta incoherente que quienes fueron partidarios de que el derecho de todos los chilenos -el de usar las playas- quedara obstruido debiendo pagarse para acceder a su uso, ahora esas mismas personas voten en contra del derecho a recuperar lo que fue confiscado en contra de las leyes, de la Constituci�n y de las normas m�s elementales de propiedad. Hay que actuar sobre la base de principios, y en este sentido queda clara la posici�n que hemos expuesto y la que ha expresado la mayor�a del Senado para votar a favor el proyecto. Me alegro de ello, porque habla bien de esa mayor�a. Voto que s�. El se�or PRAT.- Se�or Presidente, adhiero a una concepci�n que da especial importancia a los derechos individuales, entre ellos, naturalmente, el de propiedad, que es el derecho esencial de la persona. Algunas argumentaciones que se han dado en la Sala podr�an llevar a aprobar esta iniciativa, por cuanto ella pretende compensar o restituir en cada caso la propiedad de bienes a organizaciones sociales o partidos pol�ticos de que en alg�n momento fueron desprovistos. Sin embargo, creo que debemos tomar en consideraci�n muchos otros elementos al resolver sobre una materia como �sta. Pienso que el punto esencial que debe preocuparnos es el de la paz social, bien intangible de la sociedad que se configura y se construye sobre la base de muchos elementos, algunos de los cuales est�n en juego hoy d�a en esta materia. Hay muchos sectores que leg�timamente pueden tener o aspirar a reivindicaciones. Por ejemplo, en lo relativo al derecho de propiedad, si nos remontamos en la historia, podremos observar que los sectores ind�genas de nuestro pa�s, a trav�s de un proceso de colonizaci�n violenta, traum�tica, fueron desprovistos de las tierras que estimaban como propias. As� fue como a trav�s de la merced de tierras se fue configurando un sistema de propiedad que de alguna manera afect� derechos que exist�an sobre ellas. Tambi�n est� el tema de la reforma agraria, que ha sido recordado en esta Sala, y el de los bienes que est�n en juego en el proyecto que nos ocupa. Y as� como existen reivindicaciones al interior de nuestra sociedad, tambi�n las hay en el �mbito de la comunidad internacional. Muchos territorios han sido adquiridos a trav�s de procesos traum�ticos, de guerras -tambi�n es el caso de Chile- y, en definitiva, a trav�s de ellos se ha consolidado un sistema de propiedad y de soberan�a. Cuando se est� proponiendo legislar para restituir bienes que fueron expropiados o confiscados en circunstancias pol�ticas y jur�dicas especiales, pero no puntuales, debe preocuparnos c�mo la acci�n que realizamos no interfiere y no arrastra leg�timamente a otras. En las argumentaciones que se han dado en la Sala, he visto que muchos est�n dispuestos a reabrir casos del proceso de reforma agraria. Creo que el iniciar, con muy buena voluntad, un proceso de reapertura de �ste y de otros casos m�s puede llevarnos a afectar la paz social en sus elementos m�s sustantivos. Por lo tanto, no me parece conveniente el proyecto, como tampoco lo ser�a revivir un debate sobre la reforma agraria y, quiz�s, sobre las mercedes de tierra. Pienso que el bien m�s preciado en este momento de nuestra historia, puesto que lo estamos gozando y bien vale preservarlo, es el de la paz social. Y hay aspectos importantes, como el derecho de propiedad y el de la justicia -seg�n los cuales aquello que se da a uno debiera darse a todos y aquello que no se da a algunos no debiera darse a ninguno-, que chocan con este proyecto que otorga reivindicaciones a algunas personas o entidades sociales o partidos pol�ticos y se deja al margen a muchos otros chilenos que a lo largo de la historia han sido afectados en sus leg�timos derechos. Por considerar que este proyecto debilita el bien m�s preciado que hoy posee Chile -la paz social-, voto en contra. El se�or CANTUARIAS (Vicepresidente).- Si Sus Se�or�as me lo permiten, fundamentar� el voto desde la testera. En mi opini�n, esta normativa es de reparaci�n, como alguna de las otras 19 ya dictadas relativas a diferentes grupos de personas que han sufrido alguna p�rdida o deterioro como producto de la situaci�n que vivieron en un tiempo en nuestro pa�s. Desde ese punto de vista, debo se�alar que me molesta que el debate sobre un proyecto de reparaci�n se lleve a cabo sobre la base de las responsabilidades que, en el devenir hist�rico del pa�s, pudieron corresponderle a quienes, en determinadas circunstancias, con todo lo que ello signific�, debieron asumir el poder en Chile. Sin duda, una visi�n hist�rica m�s justa nos pondr�a en la perspectiva de analizar por qu� ocurri� aquello. Pero considero que �se es un debate que no corresponde a un proyecto cuya finalidad es bastante m�s circunscrita. Desde esa perspectiva, tal como lo he hecho en cada una de las iniciativas sobre reparaci�n en los cuatro a�os que llevo como integrante de la Comisi�n de Derechos Humanos, votar� favorablemente la iniciativa, sin perjuicio de dejar constancia de que, por ejemplo, en lo referente a los partidos pol�ticos, hay un tema pendiente, relativo a la forma como fueron adquiridos o acreditados los bienes, lo cual no ocurre con otras organizaciones sociales o sindicales. Pero, en todo caso, trat�ndose de una reparaci�n, me parece leg�timo y justo que el Estado, la sociedad y Chile realicen un esfuerzo por devolver o reparar lo derivado de actuaciones que en un momento pudieron ser necesarias por la forma como ocurrieron. Por �ltimo, dejo constancia de que parte de esta iniciativa "cay�" en la C�mara de Diputados porque no se reuni� el qu�rum necesario para aprobarla. No se trat� de un problema de votos a favor o de bloqueo de la Oposici�n pol�tica, sino de dificultades, ya que, a veces, a las propias entidades pol�ticas que respaldan al Gobierno les falta la voluntad de estar presentes en los lugares en que deben concurrir a aprobar asuntos que les convienen en lo econ�mico y en lo patrimonial. Es importante respetar el derecho de propiedad, que no s�lo tiene una expresi�n constitucional, sino tambi�n una manifestaci�n concreta en estos proyectos de ley. Por eso, voto a favor. El se�or LAGOS (Secretario).- �Alg�n se�or Senador no ha emitido su voto? El se�or SIEBERT.- Se�or Presidente, en lugar de abstenerme, votar� en contra. El se�or CANTUARIAS (Vicepresidente).- As� quedar� registrado. Terminada la votaci�n. El se�or LAGOS (Secretario).- Se aprueba en general el proyecto (31 votos a favor, 6 en contra y 6 abstenciones). Votaron por la afirmativa los se�ores Bitar, Calder�n, Cantuarias, Carrera, D�az, D�ez, Err�zuriz, Frei (don Arturo), Frei (do�a Carmen), Gazmuri, Hamilton, Hormaz�bal, Horvath, Huerta, Lavandero, Letelier, Matta, Mu�oz Barra, N��ez, Ominami, P�ez, Pi�era, R�os, Romero, Ruiz (don Jos�), Ruiz-Esquide, Sule, Thayer, Vald�s, Zald�var (don Adolfo) y Zald�var (don Andr�s). Votaron por la negativa los se�ores Alessandri, Fern�ndez, Mc-Intyre, Prat, Siebert y Sinclair. Se abstuvieron los se�ores Cooper, Feli�, Larra�n, Larre, Martin y Otero. El se�or CANTUARIAS (Vicepresidente).- Consulto a la Sala respecto al plazo para presentar indicaciones. El se�or GAZMURI.- Quince d�as, se�or Presidente. El se�or OMINAMI.- El 18 de junio. El se�or D�EZ.- Muy bien. El se�or CANTUARIAS (Vicepresidente).- Si le parece a la Sala, se fijar� como plazo para formular indicaciones el 18 de junio, a las 18 horas. Acordado. Tiene la palabra la se�ora Ministra. La se�ora DELPIANO (Ministra de Bienes Nacionales).- Se�or Presidente, agradezco a los se�ores Senadores el debate que se ha producido en torno de este proyecto. Tambi�n quiero felicitarlos por el tono con que se han desarrollado las intervenciones, lo que realmente prestigia a la instituci�n del Senado. Deseo hacer una aclaraci�n -ya algunos Senadores la manifestaron, pero me parece importante reiterarla, sobre todo al Honorable se�or Siebert- en el sentido de que no se sienta lesionado por haberse realizado la discusi�n en la Comisi�n sin la indicaci�n referente a los partidos pol�ticos. Debo recordar que el Ejecutivo env�o la iniciativa a la C�mara de Diputados e incluy� todos los elementos. En efecto, en aquella oportunidad, por un problema de qu�rum, se determin� que la iniciativa pod�a seguir adelante en todo lo relacionado con personas naturales y jur�dicas, pero no con partidos pol�ticos. En consecuencia, se decidi� continuar con el tratamiento de la iniciativa en esos t�rminos. El compromiso del Gobierno fue enviar un segundo proyecto en el que se contemplara, espec�ficamente, lo relativo a los partidos pol�ticos. Sin embargo, posteriormente, la Comisi�n de Hacienda del Senado acord� solicitar al Ejecutivo el env�o de una indicaci�n que contuviera las disposiciones eliminadas del texto original. Ello nos ahorr� el procedimiento antes indicado. �sa es la explicaci�n, se�or Presidente. Y nos encontramos muy complacidos de que se haya incorporado ese aspecto, para poder as� discutirlo en el proyecto que nos ocupa. Como Ejecutivo, estamos muy dispuestos a estudiar con mucha atenci�n las indicaciones que se presenten a la iniciativa y a sostener un debate que la mejore. Parte importante del proyecto, en cuanto a las situaciones diferentes que contempla, tiene que ver con la forma de confiscaci�n, porque no fue igual en todos los casos, como tampoco los decretos leyes respectivos. �se es un elemento que, sin duda, deberemos tener en consideraci�n al incorporar las proposiciones que formulen los se�ores Senadores. Muchas gracias, se�or Presidente. _______________________ El se�or CANTUARIAS (Vicepresidente).- Solicito el asentimiento de la Sala respecto de dos materias: Primero, para incluir en la Cuenta de hoy los informes de las Comisiones de Agricultura, de Medio Ambiente y Bienes Nacionales y de Hacienda, reca�dos en el proyecto que modifica el decreto ley N� 701, de 1974, sobre fomento forestal, porque esta sesi�n especial podr�a empalmarse con la ordinaria de la tarde, y, en consecuencia, necesitamos que figure en la Cuenta para dar cumplimiento al acuerdo de Comit�s sobre la materia. -As� se acuerda, y el proyecto queda para tabla. _______________________ El se�or CANTUARIAS (Vicepresidente).- En segundo t�rmino, para que acordemos discutir, a continuaci�n -criterio que, al parecer, comparte una gran mayor�a de se�ores Senadores-, el proyecto que figura en el n�mero 2 de la tabla, que modifica el C�digo de Procedimiento Penal, en lo referente al procedimiento de las notificaciones, y el C�digo Org�nico de Tribunales, en cuanto a las visitas semanales de los jueces a los recintos carcelarios. -As� se acuerda. _______________________ El se�or CANTUARIAS (Vicepresidente).- Por otra parte, cabe recordar que esta sesi�n especial fue citada hasta las 14. Por lo tanto, espero que antes de esa hora se encuentre en discusi�n el proyecto que moderniza el sector portuario estatal, por las razones que personalmente dar� a los se�ores Senadores interesados en conocerlas. El se�or ZALD�VAR (don Andr�s).- Se�or Presidente, soy partidario de empalmar ambas sesiones. El se�or CANTUARIAS (Vicepresidente).- As� se har�, se�or Senador. MODIFICACI�N DE C�DIGO DE PROCEDIMIENTO PENAL Y C�DIGO ORG�NICO DE TRIBUNALES El se�or CANTUARIAS (Vicepresidente).- Proyecto, en primer tr�mite constitucional, que modifica el C�digo de Procedimiento Penal, respecto de la forma en que han de practicarse las notificaciones de las resoluciones que indica, y el C�digo Org�nico de Tribunales, en lo relativo a la visita semanal que efect�an los jueces a los recintos carcelarios, originado en moci�n del Senador se�or Otero, con informe de la Comisi�n de Constituci�n, Legislaci�n, Justicia y Reglamento. 1866-07 �Los antecedentes sobre el proyecto figuran en los Diarios de Sesiones que se indican: Proyecto de ley: (moci�n del se�or Otero). En primer tr�mite, sesi�n 4�, en 5 de junio de 1996. Informe de Comisi�n: Constituci�n, sesi�n 44�, en 30 de abril de 1997. El se�or LAGOS (Secretario).- El informe de la Comisi�n hace presente que las disposiciones del proyecto inciden en la organizaci�n y atribuciones de los tribunales de justicia y que, por lo tanto, para su aprobaci�n requieren qu�rum de ley org�nica constitucional. Asimismo, da cuenta de que la Excelent�sima Corte Suprema emiti� su opini�n favorable en julio de 1996. En general, los objetivos del proyecto son: facilitar la notificaci�n de las resoluciones que se refieran a la libertad de detenidos o procesados en causas que se lleven ante un tribunal cuya sede se encuentre fuera del lugar o ciudad donde est� ubicado el establecimiento penal en el cual se hallen recluidos y que no tenga servicio diario de traslado de presos; en seguida, eliminar el tr�mite previo de dirigir requisitoria a los jueces de los lugares en que se sospeche que el inculpado o procesado ha podido albergarse, para poder declarar la rebeld�a de �ste, y, por �ltimo, establecer, como regla general, que la visita semanal que deben efectuar los jueces a los detenidos o presos ser� efectuada solamente por aquellos cuyo tribunal est� ubicado en la localidad o ciudad en que se encuentra la c�rcel o establecimiento penal. El informe agrega que la Comisi�n comparti� esos objetivos y, por las razones contenidas en �l, dio su aprobaci�n a la idea de legislar con los votos de los miembros presentes Senadores se�ores Mu�oz Barra, Fern�ndez y Otero. Asimismo, describe los art�culos, su debate y los acuerdos consignados respecto de ellos. Con la misma unanimidad antes expresada, la Comisi�n propone a la Sala la aprobaci�n del proyecto, el que consta de dos art�culos. El se�or CANTUARIAS (Vicepresidente).- En discusi�n general el proyecto. Ofrezco palabra. El se�or LETELIER.- �Me permite, se�or Presidente? El se�or CANTUARIAS (Vicepresidente).- Tiene la palabra Su Se�or�a. El se�or LETELIER.- Se�or Presidente, doy mi aprobaci�n a la iniciativa en debate. Sin embargo, deseo sugerir una modificaci�n de redacci�n muy simple. El se�or CANTUARIAS (Vicepresidente).- Habr� tiempo para presentar indicaciones, se�or Senador. Tiene la palabra el Honorable se�or Otero. El se�or OTERO.- Se�or Presidente, las enmiendas que propone el Senador se�or Letelier son de redacci�n y no alteran en nada el fondo de la iniciativa. Por consiguiente, podr�amos aprobarla por unanimidad, en general y en particular, con la modificaci�n de redacci�n propuesta. De esa manera la despachar�amos definitivamente, porque cuenta con el apoyo de todos los sectores y beneficiar� a las personas a quienes, a veces, se les da la libertad, pero quedan detenidas una semana, injustificadamente, debido a que tienen que utilizar el carro celular. El se�or CANTUARIAS (Vicepresidente).- Entiendo que hay acuerdo en aprobar en general y en particular la iniciativa que nos ocupa. El se�or HAMILTON.- S�, se�or Presidente. El se�or OTERO.- Hay acuerdo, se�or Presidente. El se�or CANTUARIAS (Vicepresidente).- Tiene la palabra el Honorable se�or Letelier para dar a conocer su indicaci�n. El se�or LETELIER.- Se�or Presidente, sugiero reemplazar, en el art�culo 567 (art�culo 2� del proyecto), la expresi�n "se encuentren detenidos o presos" por "haya detenidos o presos". En consecuencia, la frase quedar�a de la siguiente manera: "visitar� la c�rcel o establecimiento que se encuentren ubicados en la localidad o ciudad donde funcione el tribunal y en los cuales haya detenidos o presos en procesos". El se�or CANTUARIAS (Vicepresidente).- �Habr�a acuerdo en aprobar la enmienda propuesta? El se�or ERR�ZURIZ.- Me parece muy acertada la correcci�n. -Se aprueba la modificaci�n. El se�or CANTUARIAS (Vicepresidente).- Tiene la palabra el Senador se�or Mc-Intyre. El se�or MC-INTYRE.- Se�or Presidente, tengo una duda respecto del proyecto, y espero que el Honorable se�or Otero me la pueda aclarar. El nuevo inciso del art�culo 66 dispone que "la resoluci�n que conceda la libertad incondicional o la libertad provisional sin fianza", etc�tera, "se notificar�n por el estado diario", y, adem�s, agrega: "La resoluci�n que deniegue la libertad,", "se comunicar� de inmediato y por el medio m�s r�pido posible,". De esas dos resoluciones depende la libertad de la persona recluida. Unas se notifican por el estado diario, y otras, por medios a�n m�s r�pidos y expeditos. Se�or Presidente, no veo el motivo para distinguir entre ambas situaciones. En el recinto carcelario no tienen por qu� estar en conocimiento de las resoluciones que se notifican en los tribunales por el estado diario. Es decir, puede haber un atraso enorme en las resoluciones notificadas en esta forma, en comparaci�n con la notificaci�n inmediata y por el medio m�s r�pido posible. El se�or CANTUARIAS (Vicepresidente).- Quiero informar a la Sala que los se�ores Senadores tienen el derecho de hacer todos los comentarios que deseen. Sin embargo, con ello, primero, convertimos a la Sala en una Comisi�n, y segundo, no damos cumplimiento a los acuerdos previamente adoptados para poder despachar las iniciativas de la tabla. Con esa salvedad, tiene la palabra el Honorable se�or Otero. El se�or OTERO.- Se�or Presidente, acabo de dar una explicaci�n al Senador se�or Mc-Intyre, y creo que no insistir� en su consulta con el objeto de no dilatar el despacho del proyecto. El se�or MC-INTYRE.- Efectivamente, se�or Presidente. El se�or CANTUARIAS (Vicepresidente).- Si le parece a la Sala, daremos por aprobado el proyecto, con la modificaci�n que propuso el Senador se�or Letelier. -Se aprueba en general y en particular el proyecto, dej�ndose constancia, para efectos del qu�rum constitucional requerido, de que concurrieron con el voto favorable 28 se�ores Senadores en la aprobaci�n en general, y 26 en la particular, y queda despachado en este tr�mite. MODERNIZACI�N DE SECTOR PORTUARIO ESTATAL El se�or CANTUARIAS (Vicepresidente).- En conformidad a lo acordado por los Comit�s, corresponde ocuparse en el proyecto, en segundo tr�mite constitucional, que moderniza el sector portuario estatal, originado en mensaje de Su Excelencia el Presidente de la Rep�blica, y que cuenta con informes de las Comisiones de Transportes y Telecomunicaciones y de Hacienda. 1688-09 �Los antecedentes sobre el proyecto figuran en los Diarios de Sesiones que se indican: Proyecto de ley: En segundo tr�mite, sesi�n 34�, en 3 de septiembre de 1996. Informes de Comisi�n: Transportes, sesi�n 49�, en 13 de mayo de 1997. Hacienda, sesi�n 49�, en 13 de mayo de 1997. El se�or LAGOS (Secretario).- La Comisi�n de Transportes y Telecomunicaciones hace presente en su informe que el proyecto contiene normas de qu�rum especial, tanto de ley org�nica constitucional como de qu�rum calificado y, tras mencionar los diversos invitados a sus sesiones, se�ala que el principal prop�sito de la iniciativa es modernizar la actual administraci�n de los puertos estatales, creando como continuadoras legales de la Empresa Portuaria de Chile empresas portuarias estatales, descentralizadas y aut�nomas, regidas por las normas de las sociedades an�nimas abiertas. Agrega, en seguida, que la idea de legislar sobre la materia fue aprobada por la unanimidad de sus integrantes, Honorables se�ores Cooper (Presidente), Hamilton, Hormaz�bal, Mc-Intyre y Otero. A continuaci�n, hace una descripci�n del articulado y deja constancia de su discusi�n y de los acuerdos adoptados. Finalmente, propone aprobar el proyecto de la C�mara de Diputados, con las modificaciones que se indican. Por su parte, el informe de la Comisi�n de Hacienda advierte tambi�n la existencia de normas de qu�rum especial y hace una relaci�n de los art�culos sometidos a su conocimiento, dejando constancia del debate y los acuerdos adoptados. En lo relativo al financiamiento, hace presente que, en m�rito de los antecedentes expuestos, el proyecto se encuentra debidamente financiado y, por tanto, sus normas no producir�n desequilibrios macroecon�micos ni incidir�n negativamente en la econom�a del pa�s, y, en su parte resolutiva, propone proceder en la misma forma como lo hizo la Comisi�n de Transportes y Telecomunicaciones, con las enmiendas que se indican en la parte respectiva. La iniciativa consta de 49 art�culos permanentes y 8 transitorios. El se�or CANTUARIAS (Vicepresidente).- En discusi�n general el proyecto. Tiene la palabra el se�or Ministro. El se�or HOHMANN (Ministro de Transportes y Telecomunicaciones).- Se�or Presidente, el proyecto de ley que hoy conoce esta Honorable Sala reviste enorme trascendencia para el progreso de nuestro pa�s. Chile no puede esperar otro a�o m�s sin poner en marcha un proceso de inversiones para expandir la capacidad de sus puertos. En efecto, la discusi�n de esta iniciativa tiene lugar en un momento de nuestro desarrollo en que los requerimientos sobre el sistema portuario son los m�s intensos que ha conocido el pa�s, exhibiendo en estos �ltimos a�os un extraordinario dinamismo. Y se da en una coyuntura en que el desarrollo portuario adquiere nuevas dimensiones relacionadas con la competitividad del pa�s y con la integraci�n econ�mica con otras naciones, particularmente en el marco de las proyecciones del MERCOSUR. Como es bien sabido, la apertura de la econom�a chilena al comercio exterior ha tenido como consecuencia un vigoroso aumento de la actividad portuaria. En los �ltimos quince a�os, el volumen de carga transferido en los puertos p�blicos pr�cticamente se ha triplicado, mientras que durante los quince a�os previos se mantuvo casi constante. Estimaciones conservadoras indican que en la pr�xima d�cada el sistema portuario nacional deber� enfrentar un crecimiento del orden de ciento por ciento de la carga actualmente transferida; o sea, el doble de la demanda a la que es sometido hoy en d�a. Este aumento de la demanda pudo hasta ahora ser absorbido principalmente gracias a importantes mejoras en la eficiencia operacional de los puertos chilenos, que han alcanzado altos niveles de rendimiento, cuesti�n ampliamente reconocida y que ha permitido postergar, m�s all� de lo que se cre�a posible, las inevitables inversiones que requiere un sistema sometido a semejantes requerimientos. Cabe destacar que las mejores oportunidades futuras de inversi�n est�n en la ampliaci�n de algunos puertos estatales, las que no se han podido materializar, por un lado, debido a la carencia de un marco legal y normativo adecuado para que los respectivos proyectos sean asumidos por el sector privado, y, por otro, como consecuencia de las restricciones presupuestarias del Estado, cuya preocupaci�n principal es la asignaci�n de recursos para atender las �reas sociales. La continuidad de un modelo de desarrollo econ�mico basado en la apertura al comercio exterior, plantea el desaf�o de reducir costos y de seguir aumentando la capacidad de los puertos, impulsando un proceso que necesariamente se caracterizar� en lo sucesivo por la modernizaci�n de la tecnolog�a y la ampliaci�n de la infraestructura portuaria, para alcanzar mayores niveles de eficiencia a trav�s de la atenci�n de naves de mayor envergadura y la disminuci�n de la estad�a en los puertos. Chile debe ser capaz de aprovechar los recursos que posee de la mejor manera posible, y, trat�ndose del sector portuario, EMPORCHI cuenta con algunos de los mejores puertos de que hoy dispone el pa�s. Para acometer este crucial desaf�o, existe hoy un amplio consenso en todos los sectores -lo quiero destacar- respecto de la necesidad de efectuar una profunda reforma al sector portuario estatal, con el fin de ponerlo a tono con las exigencias de la nueva etapa de desarrollo que vive el pa�s. En la concepci�n moderna de los puertos, �stos se consideran unidades de negocios como cualquiera otra, con la particularidad de que utilizan bienes escasos -como las bah�as abrigadas- y redes de acceso, factores que, en muchos casos, reducen o inhiben la competencia. De todas formas, en el mundo se les exige hoy a los puertos ser cada vez m�s eficientes. Se los hace competir cuando ello es posible. Deben atraer recursos del sector privado para expandir su infraestructura y finalmente se desea que entreguen utilidades. Todo esto es propio de la actividad productiva y de servicios, las que se llevan a cabo normalmente a trav�s de la org�nica de una empresa. As�, la modernizaci�n empresarial debe tener como sentido de cambio que las empresas portuarias se desenvuelvan dentro de un �mbito expresamente delimitado, con una orientaci�n eminentemente comercial y metas y objetivos claramente definidos. La gesti�n de las empresas portuarias debe realizarse bajo condiciones que no perturben su normal desenvolvimiento, de manera semejante a cualquier otra empresa y sin que existan elementos que afecten o distorsionen su proceso aut�nomo de toma de decisiones. Estas directrices a las que me he referido han encontrado importantes espacios de consenso durante el tr�mite que ha tenido el proyecto que hoy se somete a la consideraci�n del Honorable Senado. En tal sentido, quiero resaltar el hecho de que los aspectos esenciales de la reforma propuesta por el Gobierno han sido acogidos y votados en la mayor�a de los casos por amplia mayor�a. Perm�tanme realizar una breve s�ntesis acerca de cu�les son estos aspectos centrales de la iniciativa legislativa que hoy nos ocupa. La reforma propuesta, la primera en diecis�is a�os en relaci�n con el sistema portuario del pa�s, plantea dos objetivos esenciales: primero, promover y dinamizar el proceso de inversi�n en infraestructura, tecnolog�a y gesti�n portuaria; y, segundo, promover la competencia al interior de los puertos y entre los mismos. A su vez, esta reforma se constituye sobre tres pilares fundamentales, que guardan �ntima relaci�n entre s�, todos los cuales resultan, por lo tanto, imprescindibles para cumplir los objetivos antedichos: primero, la descentralizaci�n de EMPORCHI; segundo, la participaci�n de los privados en el desarrollo de los puertos estatales, y, tercero, la modernizaci�n de los aspectos laborales. Sin �nimo de entrar en detalles sobre esos aspectos fundamentales, quiero hacer algunas referencias muy precisas y particulares respecto de cada uno de estos elementos. Con relaci�n a la descentralizaci�n de EMPORCHI, se establece que cada uno de los puertos que la integran actualmente se constituyan en empresas aut�nomas, administradas por directorios independientes entre s�, facilit�ndose de esta manera una gesti�n m�s expedita que les permita a la vez dar mejor cuenta de su realidad regional. �sta es, por lo dem�s, la manera como la mayor parte de los puertos en el mundo operan: aut�nomos y recogiendo su realidad y potencialidad regional. Es importante destacar que se ha considerado la participaci�n de los trabajadores en estos directorios a trav�s de un representante elegido especialmente para el efecto. Estas empresas aut�nomas, al estar regidas por las normas establecidas para el funcionamiento de las sociedades an�nimas abiertas, contar�n con las atribuciones y facultades necesarias para llevar adelante una administraci�n din�mica y desenvolverse con mayor flexibilidad en su gesti�n comercial de lo que hoy es posible en EMPORCHI, en condiciones de igualdad -esto es importante de recalcar- con los puertos administrados por el sector privado. En materia de fiscalizaci�n, estar�n sometidas al control de la Superintendencia de Valores y Seguros y de la Contralor�a General de la Rep�blica, en lo que diga relaci�n a dineros fiscales, lo cual asegura una adecuada supervigilancia de su gesti�n financiera y administrativa. En cuanto a la participaci�n del sector privado en la operaci�n de los puertos, que, a mi juicio, es lo central de esta reforma, se transfiere del Estado al sector privado la responsabilidad del desarrollo de la infraestructura y superestructura portuaria a trav�s de la figura de la concesi�n, denominada, en este caso, "concesi�n portuaria". En otras palabras, los puertos van a competir por atraer inversionistas con capacidad para expandir o modernizar su infraestructura, lo que les permitir� actuar oportunamente en el din�mico mercado de la transferencia de carga. Si no lo hacen por s� mismos, podr�n ser requeridos por el propio sector privado respecto de los proyectos que a �ste le interesen. Lo que no podr�n hacer las empresas aut�nomas es invertir por s� mismas en tales proyectos. De hecho, se establece que respecto de cualquier proyecto de desarrollo portuario las empresas aut�nomas deben llamar a licitaci�n, para luego asignar la respectiva concesi�n, y s�lo podr�n realizar por s� mismas un proyecto en el caso de que no hubiere inter�s del sector privado. El se�or CANTUARIAS (Vicepresidente).- Se�or Ministro, s�lo puedo suspender la sesi�n antes de que ella haya expirado conforme estaba citada. De tal manera que interrump� su intervenci�n simplemente para se�alar que suspender� la sesi�n hasta las 15:30, conforme al acuerdo adoptado por los Comit�s. Se suspende la sesi�n. _______________________ -Se suspendi� a las 13:59. --Se reanud� a las 15:37. _______________________ El se�or ROMERO (Presidente).- Contin�a la sesi�n. Solicito el asentimiento de la Sala para que ingresen a ella el Subsecretario de Transportes, se�or Andr�s Wallis, y el asesor legislativo del se�or Ministro del ramo, don Eduardo Abedrapo. Acordado. Puede seguir su intervenci�n el se�or Ministro. El se�or HOHMANN (Ministro de Transportes y Telecomunicaciones).- Se�or Presidente, siguiendo con mi presentaci�n, deseo se�alar que, en suma, las nuevas empresas s�lo podr�n desarrollar proyectos de inversi�n en sus terminales a trav�s de concesiones portuarias, impidi�ndoseles usar sus propios recursos para ello, excepto en el caso de que no hubiere interesados en las correspondientes licitaciones. En tal sentido, para asegurar la entrega de informaci�n �til y oportuna a los potenciales inversionistas y dar plena transparencia a los procesos de licitaci�n y desarrollo de proyectos, se establece que cada empresa debe contar con un Plan Maestro y un Calendario Referencial de Inversiones, los cuales deber�n ser elaborados y dados a conocer dentro del primer a�o de iniciadas sus actividades. El Plan Maestro, como lo indica su propia denominaci�n, es una mirada estrat�gica y de largo aliento en relaci�n con el puerto, la forma como deben desarrollarse sus espacios f�sicos y utilizarse sus bienes e infraestructura, teniendo en consideraci�n los m�ltiples usos de los terminales y las distintas actividades que se albergan en el recinto portuario, que no se restringen s�lo a la transferencia de carga. Se establece, a su vez, un Calendario Referencial de Inversiones, en el cual se contiene la secuencia o programaci�n de los proyectos por ejecutar, en opini�n de la directiva o del directorio de la respectiva empresa aut�noma. En cuanto a estos valiosos instrumentos, los agentes privados interesados podr�n solicitar la incorporaci�n de nuevos proyectos o anticipar la ejecuci�n de los ya planteados, no pudiendo los directorios de las empresas aut�nomas rechazar estas solicitudes sino por motivos fundados y con un qu�rum especial de votaci�n. Igualmente, con el prop�sito de facilitar el financiamiento de las cuantiosas inversiones requeridas, se considera la creaci�n de una prenda especial portuaria, destinada a garantizar los pr�stamos que para los se�alados efectos contraten las sociedades concesionarias. Por otra parte, se propone un precepto orientado a cautelar la competencia, seg�n el cual el concesionario deber� tener giro exclusivo y constituirse de acuerdo con las normas de las sociedades an�nimas abiertas. Adem�s, no podr� estar relacionado con otros concesionarios, salvo expresa autorizaci�n de la Comisi�n Preventiva Central. Esto da cumplimiento a uno de los objetivos m�s importantes del proyecto, cual es cautelar la competencia entre puertos y dentro de los mismos. Una de las disposiciones que mejor refleja la profundidad de la reforma que se somete a la consideraci�n del Parlamento es la referida a la posibilidad de que las empresas aut�nomas puedan otorgar en concesi�n terminales del puerto a un solo operador, cuando ello se revele conveniente para el desarrollo portuario. El avance de la tecnolog�a, especialmente en lo que se refiere a la "unitizaci�n" de la carga, esto es, el proceso de transferencia a trav�s de unidades homog�neas y de f�cil manipulaci�n -el ejemplo m�s conocido es el "container"-, hace necesario considerar este esquema de operaci�n de un solo operador, pues resulta m�s eficiente que las tareas asociadas a la manipulaci�n de estas unidades (los "containers") en sus diversas fases dentro del puerto sean realizadas por un solo operador, desapareciendo las ventajas de hacerlo por separado y por distintos operadores privados, como ocurre actualmente en los puertos de la EMPORCHI. No s�lo es esto conveniente en ciertos casos -no en todos-, sino tambi�n necesario que las empresas aut�nomas dispongan de esta posibilidad de operaci�n de terminales, toda vez que estar�n compitiendo con puertos privados que utilizan o utilizar�n dicha modalidad para alcanzar mayores niveles de eficiencia, y pr�ximamente, con los de otros pa�ses, que tambi�n emplear�n tales f�rmulas de operaci�n. Esta es, de hecho, la manera como actualmente muchos puertos operan en el �mbito internacional. Y los mejores que administra la EMPORCHI deber�n adaptarse a dichas innovaciones, que son el resultado del constante avance de la tecnolog�a mar�tima y portuaria. Por supuesto, se establece como norma general el procedimiento de consulta a la Comisi�n Preventiva Central para licitaciones de frentes de atraque que operen en situaciones donde no hay competencia. El referido organismo deber� resolver las condiciones y t�rminos de la concesi�n, a fin de impedir que se generen situaciones que puedan constituir monopolio y para cautelar los derechos econ�micos de los usuarios. Asimismo, para garantizar un adecuado equilibrio entre el desarrollo portuario y el entorno urbano en el que se sit�a determinado puerto, se ha establecido una instancia de coordinaci�n entre los entes representativos de la ciudad y de la regi�n respectiva con los directivos de la correspondiente empresa aut�noma. El objetivo de esta coordinaci�n es armonizar debidamente los aspectos del desarrollo portuario que pudieren afectar el entorno urbano, ocup�ndose especialmente de las v�as de acceso a un puerto y del cuidado del medio ambiente. �sta ha sido una preocupaci�n de muchos de los municipios donde se insertan los puertos que administra EMPORCHI. Ahora bien, el tercer elemento central del proyecto en an�lisis se refiere a los aspectos de la modernizaci�n laboral, sin la cual, a nuestro juicio, sus objetivos no podr�an cumplirse. La Empresa Portuaria de Chile presenta particularidades que no encontramos en ninguna otra empresa del Estado que haya entrado recientemente en un proceso de transformaci�n similar. Por una parte, sus trabajadores, con la sola excepci�n de los vigilantes, que constituyen una parte minoritaria de su plantel, se encuentran adscritos al r�gimen laboral que consagra el Estatuto Administrativo; y por otra, poco m�s de la mitad de los funcionarios se mantiene cotizando, para los efectos de su jubilaci�n, en el Instituto de Normalizaci�n Previsional. Teniendo en consideraci�n �nicamente estos dos elementos, es decir, adscripci�n al r�gimen jur�dico de los funcionarios p�blicos y diferencias de estatutos previsionales, se apreciar� lo dif�cil que ha resultado encontrar caminos de entendimiento y v�as jur�dicas que, junto con reconocer las limitaciones administrativas existentes, las diferencias legales y los altos costos laborales para las personas afectadas por el proceso de cambio, den cuenta de los derechos e intereses de los trabajadores dentro de las posibilidades del Estado, en general, y de la empresa, en particular, a trav�s de soluciones prudentes y equitativas. En este sentido, es importante destacar el compromiso asumido por los propios trabajadores de EMPORCHI, expresado a trav�s de sus organizaciones representativas, con el proceso de modernizaci�n de la empresa, si bien se mantienen naturales diferencias en cuestiones espec�ficas. Dos son las materias principales que hemos debido abordar en conjunto con los trabajadores: primero, el necesario ajuste de la dotaci�n para hacer frente a los requerimientos de las futuras empresas aut�nomas, lo que implica la disminuci�n de pr�cticamente la mitad de los 1.533 funcionarios que actualmente prestan servicio en EMPORCHI; y segundo, el cambio de r�gimen laboral para los trabajadores portuarios que pasen a desempe�arse en las nuevas empresas, quienes abandonar�n la esfera jur�dica del Estatuto Administrativo para regirse por las normas del C�digo del Trabajo. Estas medidas, como bien entender�n los Honorables se�ores Senadores, resultan necesarias para alcanzar los objetivos propuestos respecto de las nuevas empresas. Desde el punto de vista administrativo-financiero y de gesti�n empresarial, significar�n, sin duda, efectos no menores para los actuales trabajadores de EMPORCHI. Veamos lo que ocurrir� si la iniciativa es aprobada: una empresa p�blica de m�s de 1.500 trabajadores -adscritos al Estatuto Administrativo- desaparecer� para transformarse en diez empresas portuarias aut�nomas. A fin de ajustar las dotaciones de estas nuevas empresas, aproximadamente la mitad de los trabajadores deber� dejar sus puestos; los dem�s se transferir�n a las nuevas empresas portuarias, esta vez bajo las normas del C�digo del Trabajo. Ante esta realidad, el Gobierno ha estimado indispensable reconocer y resguardar debidamente los derechos e intereses de los trabajadores, como un principio elemental de justicia y valoraci�n de la labor desempe�ada durante la existencia de la Empresa Portuaria de Chile. Es as� como los diversos aspectos laborales comprometidos fueron largamente analizados y resueltos de manera satisfactoria en los acuerdos suscritos entre la Federaci�n Nacional de Trabajadores Portuarios y los representantes del Gobierno en agosto de 1995, poco antes de que se enviara el Mensaje correspondiente al Parlamento. Las soluciones planteadas en dichos acuerdos se incorporaron al proyecto de ley sometido hoy a vuestra consideraci�n. Se trata de normas que, en general, han contado con el respaldo de la mayor�a de los se�ores Senadores integrantes de las Comisiones de Transportes y Telecomunicaciones,y de Hacienda. En cuanto al ajuste de dotaci�n, se ha establecido, en la iniciativa legal, que a los trabajadores titulares de cargos de planta que tengan a los menos quince a�os de servicios prestados en EMPORCHI y cumplan con los requisitos del art�culo 12 del decreto ley N� 2.448, de 1979, les ser�n suprimidos sus cargos al momento del inicio de las actividades de las nuevas empresas aut�nomas y podr�n acogerse a jubilaci�n, seg�n lo dispuesto en ese mismo art�culo. Esto implicar� la salida de unos 750 trabajadores -casi la mitad de los que actualmente laboran en EMPORCHI-, quienes recibir�n adem�s una indemnizaci�n especial por los a�os servidos en la Empresa Portuaria de Chile. Respecto de los trabajadores que no se encuentran en la situaci�n antes descrita, que son un poco m�s de 780, pasar�n a desempe�arse en las nuevas empresas -bajo el estatuto laboral com�n- sin soluci�n de continuidad. As�, en caso de que cualquiera de estos trabajadores sea desvinculado de una empresa aut�noma en virtud de las causales establecidas en el art�culo 161 del C�digo del Trabajo, recibir� una indemnizaci�n especial en los mismos t�rminos contemplados para los que jubilen de acuerdo a este proyecto de ley. Como se puede apreciar, en la iniciativa legal se ha buscado cautelar los intereses de todos los trabajadores que actualmente laboran en EMPORCHI, dando cuenta de sus dis�miles situaciones conforme a las posibilidades que entrega el r�gimen jur�dico que los rige en sus aspectos espec�ficos. De este modo, ning�n funcionario de la Empresa Portuaria de Chile quedar� desprovisto de una soluci�n justa y adecuada, ya que, o jubilar�n o proseguir�n trabajando en las nuevas empresas, siendo todos acreedores a una indemnizaci�n especial, cuyo monto se determinar� considerando el mismo par�metro, esto es, el relativo a los a�os de servicio efectivamente prestados en la empresa, en el momento que corresponda seg�n la ley. Antes de finalizar esta presentaci�n, quiero referirme a un aspecto de esta iniciativa que s�lo �ltimamente ha salido a colaci�n, aun cuando ella se encuentra en tr�mite en el Parlamento desde hace m�s de un a�o. Se trata del eventual impacto que seg�n algunos tendr�a el proyecto en la actividad pesquera. En este punto deseo ser muy enf�tico: la iniciativa no cambia el estado de las cosas respecto de la situaci�n actual en lo concerniente a la actividad pesquera que se desarrolla dentro de los puertos administrados por EMPORCHI. Desde luego -y no podr�a ser de otra forma-, se respetar�n todas las concesiones de uso vigentes a la fecha de constituci�n de las nuevas empresas portuarias. Ello se ha establecido expl�citamente en el texto legal, aun cuando en estricto rigor no era necesario, por las obligaciones que de hecho emanan de tales contratos y por ser las nuevas empresas portuarias las continuadoras legales de EMPORCHI, las cuales estar�n obligadas, en todo caso, a darles cumplimiento. Pero adem�s de eso, en los planes maestros -alud� anteriormente a �stos- de cada uno de los puertos administrados por las futuras empresas aut�nomas deber� contemplarse el uso de sus instalaciones para actividades distintas a las de transferencia de carga, en los lugares donde �stas existan. Con estas disposiciones se busca compatibilizar la permanencia de tales actividades con la natural evoluci�n que experimentan otras funciones en los puertos a lo largo del tiempo. Debe tenerse en consideraci�n que, aun sin ninguna iniciativa legal para modernizar EMPORCHI, la enorme presi�n que tienen actualmente los puertos estatales lleva y llevar�a a evaluar su uso respecto de las distintas actividades que dentro de ellos se llevan a cabo. No es este proyecto de ley el que gatilla estas realidades. Con todo, deseo descartar categ�ricamente que la actividad pesquera que hoy se realiza en los recintos portuarios de EMPORCHI a trav�s de concesiones de uso, vaya a quedar sujeta a los futuros concesionarios portuarios. Ello no ocurrir�, sino que -como he dicho- ser�n las futuras empresas aut�nomas las que dar�n cumplimiento a los contratos vigentes, y es con sus directivos y con el directorio respectivo con quienes seguir�n relacion�ndose estas actividades -como la pesca- desde el punto de vista contractual. Se�or Presidente, se�ores Senadores, la urgencia de aprobar la reforma al sistema portuario estatal tiene tambi�n otras dimensiones. Varios pa�ses de la Regi�n han experimentado recientemente progresos significativos en el sector portuario, y en m�s de alg�n caso los avances han sido espectaculares si se los compara con la situaci�n que ten�an hasta no hace mucho. Esto no significa que Chile se haya quedado atr�s, ya que nuestro pa�s sigue exhibiendo altos niveles de eficiencia en sus puertos, a la vez que ha habido inversi�n privada en nuevos puertos del territorio nacional y, por lo tanto, una incipiente competencia tambi�n entre los distintos puertos. Estamos en el momento justo para dar otro salto hacia adelante. Si demoramos la modernizaci�n, podr�amos quedarnos atr�s precisamente cuando m�s se requiere de nuevas tecnolog�as, de m�s inversiones en capacidad y de condiciones de competencia para lograr mayor eficiencia. Todo ello, con el objetivo de responder al desaf�o de ser m�s competitivos con nuestras exportaciones y de ofrecer servicios portuarios de alta calidad a nuestros vecinos. Pero el hecho de que actualmente se encuentren iniciativas privadas en marcha en el pa�s no nos debe dejar tranquilos, ya que esto no implica que se est�n abordando los proyectos portuarios m�s eficientes y productivos desde el punto de vista del desarrollo econ�mico de Chile, ni tampoco los m�s atractivos desde la perspectiva empresarial y comercial. Como hemos afirmado, muchas de las mejores oportunidades futuras de inversi�n en el sector portuario est�n en la ampliaci�n y modernizaci�n tecnol�gica de algunos de los puertos estatales. Es por todo esto que, desde sus inicios, el Gobierno ha dado a este tema la urgencia que requiere: el proyecto de ley que hoy nos ocupa es la primera reforma que en diecis�is a�os se propone respecto de la operaci�n del sistema portuario estatal. Su grado de profundidad y los objetivos que persigue de autonom�a y competencia portuaria, la incorporaci�n del sector privado a la gesti�n e inversi�n en los puertos administrados por EMPORCHI, la iniciativa que se concede al sector privado en esta materia y la modernizaci�n de aspectos laborales, son antecedentes suficientes como para convertirlo en un verdadero hito del desarrollo portuario nacional. El desarrollo portuario tiene directa vinculaci�n con el econ�mico, y su influencia en la actividad exportadora nacional es decisiva -as� lo entender�n todos-, como lo es su potencial en el �rea de prestaci�n de servicios a otros pa�ses de la Regi�n para sus exportaciones hacia la cuenca del Pac�fico. Estos elementos nos obligan a enfocar con gran apertura y con una perspectiva innovadora lo que dice relaci�n al futuro de los puertos chilenos. Quiero finalizar esta intervenci�n reiterando lo que son las bases program�ticas del Gobierno en materia portuaria. Ellas contemplan, por una parte, generar condiciones de competencia entre puertos, evitando subsidios cruzados, y por otra, transferir al sector privado la responsabilidad de invertir en su desarrollo y modernizaci�n tecnol�gica, como de hecho ocurre en otros pa�ses del mundo. Creo que estas directrices, dentro del �mbito en que se desenvuelve el sector portuario, son plenamente compatibles con la aspiraci�n de aprovechar para nuestro pa�s la oportunidad hist�rica que tiene de alcanzar mayores niveles de desarrollo, haciendo un mejor uso de sus principales recursos, a fin de lograr m�s equidad en la distribuci�n de la riqueza y propiciar una mejor calidad de vida para las personas. La modernizaci�n de EMPORCHI se inscribe plenamente en el cumplimiento de esta gran tarea. Se�or Presidente, se�ores Senadores, por las razones expuestas, en cuanto a la enorme relevancia de este proyecto y al hecho de que exista un amplio consenso en cuanto al sentido del mismo y a la urgencia en su despacho, y teniendo en consideraci�n que las imperfecciones y las puntuales diferencias que a�n subsistan pueden ser resueltas en lo que resta de su tr�mite legislativo, solicito al Honorable Senado la aprobaci�n en general del proyecto de ley que moderniza la Empresa Portuaria de Chile. Muchas gracias. El se�or ROMERO (Presidente).- Antes de ofrecer la palabra al Presidente de la Comisi�n de Transportes y Telecomunicaciones, Honorable se�or Cooper, deseo hacer presente que en seis minutos m�s se dar� por terminada la sesi�n especial, para seguir con el estudio del proyecto en la sesi�n ordinaria que celebraremos inmediatamente despu�s. De modo que interrumpir� la discusi�n cuando llegue la hora. Tiene la palabra Su Se�or�a. El se�or COOPER.- Se�or Presidente, el proyecto enviado por el Ejecutivo y aprobado por la C�mara de Diputados en su primer tr�mite, modifica la institucionalidad de la Empresa Portuaria de Chile (EMPORCHI), sobre la base de perseguir tres objetivos fundamentales. Primero, promover la competencia de sus operaciones entre los puertos y en su interior, para alcanzar mayor eficiencia y menor costo. Segundo, promover la inversi�n privada en los puertos estatales por medio de concesiones y por la v�a de licitaciones. Y tercero, procurar el desarrollo arm�nico de los puertos con relaci�n al medio ambiente, las �reas urbanas adyacentes y las v�as de acceso a ellas. Para el logro de dichos objetivos, se propone crear diez empresas portuarias estatales continuadoras legales de EMPORCHI, descentralizadas y aut�nomas, y regidas por las normas de las sociedades an�nimas abiertas. El proyecto inici� su tramitaci�n en la C�mara de Diputados y fue aprobado en general, por unanimidad (79 se�ores Diputados de 120 en ejercicio). El 3 de septiembre de 1996 ingres� al Senado, en segundo tr�mite constitucional, con urgencia calificada de "Simple". Me referir� a los fundamentos de la iniciativa, aun cuando el se�or Ministro ya los expuso. Para no cambiar el orden de mi relaci�n, repetir� algunos conceptos y dar� �nfasis a otros. Los cambios experimentados durante los �ltimos a�os en las relaciones internacionales, tanto comerciales como econ�micos y pol�ticos, han creado importantes desaf�os para los puertos chilenos, ya que generaron un mercado global. En �ste, la zona del Oc�ano Pac�fico cobra paulatinamente mayor relevancia, por el din�mico crecimiento de las econom�as de pa�ses ribere�os como Malasia, Indonesia, Tailandia y China, las que se suman a otros mercados desarrollados como los de Jap�n, Taiwan, Hong Kong y Estados Unidos. Ello abre la posibilidad de que Chile adquiera un papel preponderante como puerta de acceso al cono sur de Am�rica. En cuanto al tonelaje movilizado debo expresar, para dar a conocer la importancia de nuestros puertos, que en 1995 la distribuci�n de las cargas generadas por el comercio exterior chileno, en los once puertos administrados por EMPORCHI y en los de propiedad privada (principalmente terminales especializados), alcanz� a 43,7 millones de toneladas. De �stas, 44 por ciento se moviliz� por los puertos de EMPORCHI y el 56 por ciento restante, por puertos privados. Del total anteriormente se�alado, la carga general fue 15 millones de toneladas, aproximadamente, de las cuales 76,9 por ciento se desplaz� a trav�s de puertos estatales. Y el cabotaje movi� cerca de 16 millones de toneladas, de las cuales el 13 por ciento us� los puertos de EMPORCHI. Destaco la existencia de 22 puertos y terminales privados. De �stos, 12 ofrecen servicios p�blicos y 10 realizan servicios privados, influyendo en importante forma en el desarrollo del sector. Dichos puertos y terminales privados han movilizado 74,3 por ciento de los graneles s�lidos (en su gran mayor�a minerales de exportaci�n) y 83,5 por ciento de los graneles l�quidos, principalmente de combustibles importados. Los puertos m�s importantes de EMPORCHI, de uso m�ltiple, se ubican en �reas urbanas de bah�as abrigadas, con los consiguientes problemas de acceso, necesidad de espacio para expandirse y compromisos de funcionamiento con dichas �reas. El proceso de desarrollo interno y el crecimiento del comercio exterior significa un desaf�o constante, que obliga no s�lo a mejorar y aumentar la capacidad f�sica y operativa de los puertos, sino tambi�n a enfrentar los requerimientos de otras actividades realizadas en los puertos, tales como pesca, industrias pesqueras, cultivos, deportes n�uticos, turismo, comercio y defensa nacional. Al mismo tiempo, nuestros puertos deber�n enfrentar los cambios propios de la evoluci�n tecnol�gica del transporte mar�timo de carga, como el aumento de capacidad de las naves, la disminuci�n de sus tiempos de viaje y estad�a, la expansi�n del uso del contenedor y, en general, la modernizaci�n de las cadenas log�sticas en el mundo. Todo ello hace necesario atraer inversiones para modernizar, aumentar la infraestructura y equipamiento, aplicar la mejor tecnolog�a para optimizar la gesti�n a menor costo y explotar los puertos con mayor eficiencia. Esto requiere establecer condiciones apropiadas para que el sector privado asuma un papel activo en las inversiones. El se�or ROMERO (Presidente).- �Me permite que lo interrumpa, se�or Senador? Habiendo llegado la hora fijada para su t�rmino, se levanta la sesi�n. --Queda pendiente la discusi�n general del proyecto. --Se levant� a las 16. Manuel Oca�a Vergara, Jefe de la Redacci�n