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El señor ESTÉVEZ (Presidente).-
Tiene la palabra el Diputado señor Felipe Valenzuela.
El señor VALENZUELA.-
Señor Presidente, lamento no haber participado en el debate anterior. En esa oportunidad, me vi obligado a asistir, como representante de mi región, a la Comisión de Minería, pero, en nombre de mi bancada, anuncio que, por razones económicas que benefician a los trabajadores involucrados, vamos a aprobar en general y en particular el proyecto.
No obstante ello, queremos hacer presente algunas consideraciones en general y en particular; dos de ellas ante temas específicos.
En general, desde el punto de vista legislativo, el tema laboral es uno de los más nuevos en el derecho comparado; pero tampoco es de ayer ni de los últimos veinte años, sino que nació como una cosa absurda en que se diferenciaba a los trabajadores llamando a unos, empleados, y a otros, obreros. El Plan Laboral de la época de Pinochet ha sido muy criticado. Comparto las críticas, pero en un solo aspecto creo que fue acertado: en que puso término a la diferencia entre obreros y empleados y denominó a todos trabajadores, cosa que hacíamos en el régimen de la Unidad Popular, aunque les dé rabia a los colegas de las bancadas de enfrente. Pero eso es lo correcto.
Por eso, los socialistas hemos defendido la tesis de que no es posible, aunque sea en forma indirecta, tratar a unos, de empleados, y a otros, de obreros. Digo esto porque ya legislamos y elaboramos un estatuto para los docentes, ahogando las ilusiones de los otros con excepción de los profesionales, que podrían tener la calidad de empleados, pues aún no confeccionamos un estatuto para los no docentes, como ellos esperan.
Tengo en mis manos el proyecto original, ingresado a la Cámara con fecha 28 de agosto de 1993, que contemplaba una especie de carrera para los no docentes. Incluso en el informe financiero se establecían para el personal no docente asignaciones similares a las del personal docente. Hoy resulta lamentable comprobar que en un mismo colegio unos tienen asignación de zona y otros precisamente a quienes estamos beneficiando con un aumento no la reciben; o bien, que algunos tienen asignación de experiencia y otros no, en circunstancias de que en la universidad y en la ex Escuela Normal nos enseñaron que en el proceso educacional hay una enseñanza refleja y otra sistemática, y que la educación, considerada globalmente, es realizada tanto por los docentes como por los no docentes. Por eso, un artículo del proyecto dispone que no podrán desempeñar labores no docentes quienes hayan cometido delitos sexuales u otros que tengan que ver con la calidad moral de los funcionarios.
Por eso, aunque aprobemos este estatuto, quedaremos en deuda con los trabajadores no docentes, en parte por culpa de ellos mismos, que pensaron que retirando el proyecto lo iban a mejorar. A lo mejor están mejorando su condición económica, pero no configurando siquiera “un estatuto pequeño”, como se le denominó jocosamente en la Comisión de Hacienda.
Repito que vamos a aprobar la iniciativa, pero con las aprensiones expresadas. Esperamos en algún período siguiente romper la concepción de que no es posible elaborar un estatuto más. Puede ser que comparta esa idea, pero si lo profesores ya tienen su estatuto no veo por qué no lo pueden tener aquellos que también participan en la labor educativa desde otro punto de vista.
En lo particular, quiero hacer mención a dos materias. La primera se refiere al tema de la negociación colectiva. No estoy de acuerdo con los trabajadores así se los hice ver en cuanto a que en las corporaciones sin fines de lucro no se debe negociar colectivamente, porque ello constituye un atentado a su dignidad. Por lo tanto, es obvio que eso debe ser rechazado, porque deben mantener ese derecho. Sin embargo, en las circunstancias actuales a lo mejor no es necesario, porque las municipalidades no continuarán haciendo aportes a las corporaciones, para demostrar un estado caótico y disminuir sus rentas.
Por eso hemos redactado una indicación, firmada por casi todos los representantes de las diferentes tendencias, que haremos llegar al Senado, para agregar un inciso final al artículo 16, que establece que, sin perjuicio de la llamada negociación colectiva, el personal no docente de estas corporaciones privadas sin fines de lucro podrá optar por no negociar colectivamente y mantener vigentes los beneficios económicos derivados de sus contratos, debidamente reajustados de conformidad a la variación del índice de precios al consumidor por el período que corresponde. De esta manera, sin perder su derecho a negociar colectivamente, los trabajadores podrán escoger lo que les sea más conveniente en cada oportunidad.
El segundo punto se refiere a que nuestra bancada teme que no se cumpla realmente con la finalidad principal del proyecto, que es entregar un mejoramiento económico a los trabajadores no docentes. ¿Por qué? Porque la situación real de los servicios municipales traspasados no es buena y, pese a que se descuentan, hoy no se pagan los beneficios previsionales. Sin embargo, no es posible aplicarles ninguna de las sanciones establecidas en los artículos 36 y 37 por incumplimiento en el uso de los dineros. Incluso, por ahí se dice que las inspecciones del trabajo tienen instrucciones de no aplicar sanciones, porque deteriorarían aún más la situación económica de los sostenedores.
Entonces, creemos que la única manera de que las platas lleguen a los trabajadores es estableciendo una sanción penal para los sostenedores. Para tal efecto, proponemos lo haremos presente en el Senado que el sostenedor que destinare esta subvención me refiero a la señalada en el artículo 1ºa fines distintos de los indicados precedentemente, serán sancionados con una pena de presidio menor en su grado mínimo, es decir, de 61 a 541 días. Desgraciadamente, en Chile las cosas se cumplen con eficiencia cuando detrás existe la amenaza de una pena restrictiva de libertad, que no debe asustar a nadie que cumpla con su deber de pagar los dineros que el Estado le entrega para mejorar las rentas del personal correspondiente.
He dicho.
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