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Señor Presidente, las necesidades de modernización y desarrollo del país requieren de un sistema de intermediación financiera sano y eficiente que permita canalizar los recursos de ahorro en los mejores proyectos de inversión. Para ello, es de vital importancia que las instituciones financieras funcionen con los adecuados incentivos económicos.
El actual esquema de pago de la deuda subordinada distorsiona los incentivos de las instituciones financieras y, por tanto, requiere ser modificado con urgencia.
En primer lugar, este esquema implica trasladar al Estado, representado en este caso por el Banco Central, los riesgos del negocio bancario, lo que no es apropiado.
Quienes administran los bancos deben también asumir en plenitud los riesgos del negocio.
En la actualidad, el Banco Central asume, en promedio, el 70 por ciento de los riesgos de los nueve bancos que hoy mantienen con él una deuda de más de 4 mil millones de dólares.
En segundo lugar, el citado esquema tiende a incentivar el aumento de los gastos, a fin de traspasar menores recursos al Banco Central.
En tercer lugar, los bancos tienen un desincentivo a aumentar el capital en forma normal, lo que afecta gravemente la capacidad de crecimiento y competitividad de la banca nacional.
La multiplicidad de intereses involucrados, sumados las dificultades técnicas y jurídicas, entorpecieron enormemente el proceso de negociación, que alcanzó un momento cúlmine en enero pasado con el acuerdo político que asentó las bases de la solución que hoy tenemos ante nosotros.
Sin embargo, dicho acuerdo no contempló la situación originada en la ley N° 18.401, que dejó como excepción la capitalización de dividendos no distribuidos. Si bien en la década de los 80 esto fue muy útil para incentivar la capitalización de bancos en problemas, se transformó en un mecanismo de abuso durante el presente año. Bancos que no necesitaban capital lo utilizaron con el único propósito de disminuir los pagos de deudas al Banco Central, lo que significó un perjuicio patrimonial del orden de los 100 millones de dólares.
La propuesta del articulado que hoy se somete a consideración de la Sala y que nos parece apropiado, es el producto de un intenso trabajo realizado a partir de marzo de este año, en el que participaron activamente parlamentarios y autoridades del Banco Central y del Gobierno.
En este proyecto, de 22 artículos, destacan dos párrafos esenciales donde se mantuvo el criterio original del Ejecutivo que dan cuenta de dos realidades muy distintas para los bancos involucrados.
Una primera categoría de bancos pagará la totalidad de la deuda dentro de un plazo finito máximo de 40 años y, por lo tanto, no implicará pérdidas patrimoniales para el Banco Central. El proyecto asegura que dichas instituciones financieras pagarán un monto mínimo de recursos anuales mediante regulaciones establecidas en los artículos 6° al 9°.
Una segunda categoría de bancos tiene niveles de deudas tan altos entre 3 y 7 veces su capital, que las estimaciones normales de rentabilidad suponen que no pagarán jamás el total de su deuda. Para éstos, el tratamiento establecido en el párrafo tercero, en los artículos 10, 11 y 12, significa el compromiso de pagar en 40 cuotas anuales y sucesivas, de igual valor, la totalidad de la deuda subordinada y la entrega de acciones o propiedad para completar la cuota respectiva.
Este punto nos parece de principal importancia para recuperar en mayor medida el patrimonio del Banco Central. Alternativamente los bancos, acogiéndose a los artículos 13 y 14, podrán acordar con el Banco Central un programa de licitación, a 10 años plazo, de las acciones que corresponden a la participación del Banco Central.
Previendo la necesidad de reestructurar el sistema financiero nacional, el proyecto estimula la fusión entre instituciones bancarias con deuda subordinada, lo que se regula apropiadamente en el artículo 16.
El delicado tema de las capitalizaciones se regula en el artículo 15. Allí se iguala el tratamiento para todo tipo de aumentos de capital, sea éste con capital fresco o reinversión de dividendos, lo cual resguardará adecuadamente los intereses del Banco Central y le asegurará una mayor recuperabilidad. Además, permitirá a los bancos tener normas claras a las cuales atenerse para efectuar sus adecuaciones de capital a fin de enfrentar sus decisiones de negocios.
Lo anterior se ampara en el consenso de que el valor de mercado de la propiedad accionaria garantiza la participación sobre los excedentes que les corresponderán a los actuales y nuevos propietarios, como también al Banco Central. De esta forma, la incidencia del Banco Central en las decisiones de aumentos de capital está en la determinación del precio de mercado que refleje realmente el valor económico de la institución deudora. Este último punto tiene particular importancia, puesto que es un nuevo acuerdo no considerado en el acuerdo político de enero, que muestra la voluntad de contribuir a la defensa de los intereses generales simbolizados por el Banco Central, por el conjunto de partidos políticos aquí representados.
El Partido por la Democracia aprueba en plenitud los contenidos de este proyecto, que compatibilizan la defensa del patrimonio público con los desafíos de modernización del sector financiero, sin el cual no es posible continuar la senda de desarrollo sostenido y una mayor globalización de nuestra economía. Contribuimos, como partido, a continuar un debate constructivo en el Senado para acordar los temas pendientes que dicen relación con la posibilidad de establecer una sociedad administradora de la deuda subordinada. A su vez, valoramos como partido el acuerdo que ha permitido desglosar el proyecto y que permitirá el tratamiento paralelo de la deuda subordinada en el Senado, mientras nos abocamos en la Cámara a los temas del futuro, que dicen relación con la modificación de la Ley de Bancos y la ampliación del ámbito de negocios, tanto doméstico como internacional.
He dicho.
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