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- rdf:value = " PETICIÓN DE ANTECEDENTES SOBRE HECHOS RELACIONADOS CON LA EMPRESA PORTUARIA DE CHILE. Oficio.
El señor ESPINA (Vicepresidente).-
En el turno del Partido por la Democracia, tiene la palabra el Diputado señor Ávila.
El señor ÁVILA.-
Señor Presidente, me voy a referir a graves irregularidades en la Empresa Portuaria de Chile.
Oportunamente se advirtió en esta Cámara sobre el riesgo que entrañaba otorgar poderes prácticamente omnímodos al Director de la Emporchi.
En la discusión del proyecto de ley que fijó las plantas de personal de la Empresa Portuaria de Chile, el colega señor Jorge Schaulsohn previno que "fuera del Presidente de la República, que tiene cargos de su exclusiva confianza y que no son muchos, no existe otra repartición pública donde se invista a un funcionario con tan amplias atribuciones."
En honor al tiempo, no me detendré a examinar pormenorizadamente la sorprendente gama de facultades que hacen de este funcionario una suerte de emperador de nuestros puertos.
De partida, el artículo 3° de la ley N° 19.231 facultó al director para designar a los funcionarios que desempeñan cargos ejecutivos: alrededor de 69 personas. Así la planta directiva de la Empresa Portuaria de Chile se estructuró con la sola voluntad de su jefe superior.
Por otra parte, la resolución N° 32, del 13 de julio de 1993, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, faculta al Director para "otorgar o suprimir discrecionalmente una asignación de nivelación a cualquiera de los trabajadores de la Empresa, sin importar si se trata de personal de planta, a contrata o a honorarios". Sus montos varían entre 20 mil y 500 mil pesos. La suma empleada en esta figura, única en la Administración del
Estado, alcanza la increíble suma de 1.240 millones de pesos. Pero, curiosamente, en la referida resolución N°32, ese límite aparece con el carácter de mensual, lo que, sin duda, debe constituir un error. Sin embargo, llama la atención que haya sido firmada por tres Ministros y tomada de razón por la Contraloría General con esta falla. Sería insólito que fuese como ahí se consigna, dado que significaría destinar, sólo para nivelar remuneraciones, más de 12 mil millones de pesos. Así se creó una herramienta apta para comprar lealtades, generar atmósferas de complicidad, inhibir cualquier intento de crítica, castigar las disidencias y afirmar el sometimiento del personal.
Voy a dar algunos ejemplos acerca de las consecuencias que produce el ostentar un poder sin contrapesos en una entidad pública.
1.- Norma Orellana Salgado denunció al director dé la empresa por acoso sexual aquí tengo el documento. Posteriormente fue despedida, a través de un sumario administrativo, acusada de robo.
Señor Presidente, en honor al tiempo, pido insertar los aspectos siguientes de mi intervención, con el objeto de limitarme ahora a exponer algunos puntos que estimo más relevantes. Con posterioridad, entregaré el texto para que sea insertado.
El señor ESPINA (Vicepresidente).-
Señor Diputado no existe inconveniente en hacerlo de esa forma, en la medida en que la inserción y el tiempo ocupado por Su Señoría hasta el momento no exceda de los 7 minutos y medio que corresponden al Partido por la Democracia.
El señor ÁVILA.-
No habría problema, señor Presidente.
El señor ESPINA (Vicepresidente).-
Puede continuar Su Señoría.
El señor ÁVILA.-
Señor Presidente, por lo anterior y considerando:
1°) Los antecedentes expuestos sobre la aplicación arbitraria de insólitas facultades directivas.
2°) Las onerosas fallas en la ejecución de obras debidas a sistemas poco transparentes de recepción claramente viciados y, por ende, perjudiciales para el patrimonio público. Basta un solo ejemplo: la Comisión de recepción de obras, como ya se dijo, está constituida por el mandante y los responsables de la ejecución.
3°) La cantidad aproximada de 500 mil dólares que dejó de ganar la empresa por transgresión de los contratos de acopio.
En virtud de lo establecido en el Reglamento interno de la Corporación, solicito que se oficie: primero, al señor Contralor General de la República para que, en mérito de lo expuesto, se sirva informar si ese organismo ha instruido sumario sobre los errores técnicos en la ejecución de obras portuarias que se habrían detectado en el período 1990 y 1994. De ser así, que remita a esta Cámara el resultado de esas investigaciones, o, en su defecto, tome conocimiento de los antecedentes precedentes, a fin de perseguir las responsabilidades administrativas que correspondan, dado que se han efectuado inversiones del orden de 17 millones de dólares, pero el uso del muelle Barón y el muelle "0", de San Vicente, ha sido mínimo.
Segundo, al Ministro de Transportes y Telecomunicaciones, para que se estudie la modificación de la base normativa, especialmente la resolución N°32. del 13 de julio de 1993, que otorga facultades discrecionales al Director de la Empresa Portuaria de Chile y que atenta contra los principios fundamentales de una sana administración.
Tercero, al Director de la Empresa Portuaria de Chile para que informe sobre las siguientes materias:
a)Especificaciones técnicas y montos totales de los proyectos de obras portuarias ejecutadas en el período 19901994, con
indicación de los gastos extraordinarios que se pagaron para aplicar soluciones correctivas a los errores del proyecto original.
b)Número de naves que han operado en los sitios 9 y 10 del muelle Barón desde su inauguración a la fecha.
c)Antecedentes sobre sumario interno relativo al contrato de acopio entre la Emporchi y la empresa Nautilius, y
d)Procedimientos y fundamentos de la enajenación del antiguo muelle Prat, en que se indiquen los montos de dicha operación.
He dicho.
El señor ESPINA (Vicepresidente).-
Se enviarán los oficios solicitados por Su Señoría.
Le hago presente que sólo le quedó un minuto de su tiempo para los efectos de insertar la parte del discurso que Su Señoría no leyó. Le agradeceré coordinarlo con la Secretaría para que quede dentro del tiempo adecuado.
El señor ÁVILA.-
Es raro, señor Presidente, porque la lectura de mi intervención no demanda más de 7 minutos.
El señor ESPINA (Vicepresidente).-
Señor Diputado, el tiempo que mide la Secretaría indica que su intervención duró 6 minutos y medio. El de su Partido es de 7 minutos y medio; por lo tanto, hay un minuto de diferencia para los efectos de la inserción.
No tengo inconveniente en que Su Señoría busque la fórmula para acomodar la situación al Reglamento; pero no puedo variar el tiempo medido por la Secretaría.
El señor ÁVILA.-
Bueno, ese minutero corrió excesivamente nervioso.
El señor ESPINA (Vicepresidente).-
No; solamente ocurrió con la velocidad que corren todos los minuteros.
"
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