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El señor ESTÉ VEZ (Presidente).-
Tiene la palabra el honorable Diputado señor Zambrano.
El señor ZAMBRANO.-
Señor Presidente, en representación de la bancada de la Democracia Cristiana reiterando lo planteado por nuestro jefe de bancada, anunció el voto favorable a este proyecto que reforma la Ley orgánica de municipalidades.
Como ha sido de público conocimiento, nuestra bancada y el Partido Demócrata Cristiano somos partidarios de la elección directa y separada de alcaldes, con un piso mínimo de votos, posición que es congruente con los acuerdos de nuestro congreso y de la Junta Nacional del partido. En nuestra opinión, ésta es la fórmula que refleja mejor el parecer de la ciudadanía y garantiza la gobernabilidad del municipio. Sin embargo, debemos expresar que una cosa es lo que se considera el ideal, y otra lo que es posible obtener conforme a las realidades políticas que vivimos. La política decía un colega que me antecedió en la palabra es el arte de lo posible.
Nuestro partido ha privilegiado a la Concertación y ha considerado prioritariamente mantener y consolidar la alianza de Gobierno, cediendo quizás en nuestras posiciones o en nuestros legítimos intereses electorales, teniendo en vista que es más importante el interés de Chile, de su Gobierno v de los partidos que lo apoyan.
Además, nuestra bancada se alegra de que en la Comisión de Gobierno Interior hayamos logrado coincidencias con los colegas de Renovación Nacional, a fin de concordar una fórmula electoral que permita alcanzar los objetivos planteados en el proyecto de ley; esto es, mejorar la gobernabilidad del municipio y hacer más transparente el ejercicio de la soberanía popular.
Los Diputados de la Concertación de Partidos por la Democracia y de Renovación Nacional hemos votado favorablemente en la Comisión la fórmula por la cual será elegido alcalde el candidato a concejal que haya obtenido el mayor número de preferencias individuales y cuya lista o pacto cuente, a lo menos, con el 30 por ciento de los votos válidamente emitidos. Si no se diere dicho supuesto, será elegido alcalde el candidato a concejal que haya obtenido la primera mayoría comunal y cuya lista o pacto haya alcanzado la mayor votación en la comuna.
En caso de no verificarse ninguno de los supuestos anteriores, será elegido alcalde el candidato a concejal que haya obtenido individualmente la mayor votación dentro de la lista o pacto mayoritario en la comuna.
Finalmente, debemos expresar que por el momento hemos cedido nuestra intención de modificar el sistema electoral, en cuanto al número par de concejales por elegir y al voto dirimente del alcalde.
Asimismo, debemos reconocer la buena disposición del Gobierno para acoger las sugerencias de la Comisión de Gobierno Interior y cumplir con el compromiso contraído por el señor Ministro del Interior de estudiar una propuesta de varios señores Diputados tendiente a hacer más transparente el financiamiento de las campañas políticas y, concretamente, determinar un sistema de financiamiento público para la próxima campaña de alcaldes y concejales. Con esto daríamos los primeros pasos en cuanto a la recomendación de la Comisión Especial sobre E tica Política de que las campañas políticas deben contar con un aporte del Estado a fin de garantizar mejor la igualdad ante la ley de los distintos candidatos a un cargo de representación popular, aminorando con ello la influencia de los diferentes recursos financieros con que cuenta cada candidatura.
Anuncio el voto favorable de la bancada de la Democracia Cristiana al presente proyecto de ley.
He dicho.
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