REPUBLICA DE CHILE CAMARA DE DIPUTADOS LEGISLATURA 325 ª, EXTRAORDINARIA Sesión 9 ª, en jueves 22 de octubre de 1992. (Ordinaria, de 10.30 a 14.21 horas) Presidencia del señor Hamuy Berr, don Mario. Presidencia accidental del señor Dupré Silva, don Carlos, y de la señora Caraball Martínez, doña Eliana. Secretario, el señor Loyola Opazo, don Carlos. Prosecretario, el señor Zúñiga Opazo, don Alfonso. INDICE I.- ASISTENCIA II- APERTURA DE LA SESION III- ACTAS IV.- CUENTA V.- FACIL DESPACHO VI.- ORDEN DEL DIA VII.- PROYECTOS DE ACUERDO VIII.- INCIDENTES IX.- DOCUMENTOS DE LA CUENTA X.- OTROS DOCUMENTOS DE LA CUENTA INDICE GENERAL Pág. I.- Asistencia II.- Apertura de la sesión III.- Actas IV.- Cuenta 1.- Envío a Comisión de proyecto sobre Radio Nacional de Chile V.- Fácil Despacho 2.- Erección de monumentos en memoria de Gabriela Mistral. Primer trámite constitucional 3.- Erección de monumento en memoria de don Radomiro Tomic Romero. Primer trámite constitucional VI.- Orden del día 4.- Modificación de normas previsionales sobre pensiones del sector público. Primer trámite constitucional VII.- Proyecto de acuerdo 5.- Aguinaldo de Navidad para trabajadores del sector público VIII.- Incidentes 6.- Competencia de los tribunales militares 7.- Situación presupuestaria de Bomberos 8.- Reconocimiento a Rigoberta Menchu, Premio Nobel de la Paz 1992. Oficio 9.- Petición de antecedentes relacionados con la Municipalidad de Independencia. Oficio. 10.- Sistema de cobro de consumo de agua potable en la población Juan Antonio Ríos". Oficio. 11.- Mantención de pensiones a deficientes mentales. Oficio. 12.- Situación de niños con Sida. Oficio 13.- Problema de los servicios de urgencia de salud pública 14.- Situación financiera del Instituto Geográfico Militar. Oficios IX.- Documentos de la Cuenta, 1.- Informe de la Comisión de Trabajo y Seguridad Social, recaído en el proyecto sobre mejoramiento de pensiones de los empleados públicos y otras disposiciones previsionales (boletín N° 718-13) 2.- Informe de la Comisión de Hacienda, recaído en el proyecto sobre mejoramiento de pensiones de los empleados públicos y otras disposiciones previsionales (boletín N° 718-13) 3.- Informe de la Comisión de Relaciones Exteriores, Asuntos Interparlamentarios e Integración Latinoamericana, recaído en el proyecto de acuerdo relativo a los Estatutos de la Organización de Estados Iberoamericanos para la Educación, la Ciencia y la Cultura, aprobados en la Ciudad de Panamá, Panamá, el 2 de diciembre de 1985 (boletín N° 509-10) 4.- Moción de los Diputados señores Eugenio Ortega y Juan Carlos Latorre, que modifica el artículo 89 del decreto ley N° 211, de 1973, Ley antimonopolios, en lo relativo a reclamaciones sobre la calidad de productos agropecuarios (boletín N° 828-01) 5.- Moción de los Diputados señores Pablo Longueira, Jorge Ulloa, Carlos Recondo, Cristian Leay, Jaime Orpis, Carlos Bombal, Francisco Bartolucci, Juan Antonio Coloma, Andrés Chadwick y Patricio Melero, que modifica la Ley General de Urbanismo y Construcciones, con la finalidad de establecer la obligatoriedad del teléfono público y su categoría de servicio básico (boletín N° 829-14) 6.- Moción de los Diputados señores Francisco Bartolucci, Pablo Longueira, Jorge Ulloa, Carlos Recondo, Juan Masferrer, Cristian Leay, Andrés Chadwick, Sergio Correa, Juan Antonio Coloma y Jaime Orpis, que modifica la ley N° 17.798, sobre Control de Armas, con el objeto de controlar los instrumentos, aparatos y dispositivos que se pueden utilizar para actividades de espionaje (boletín N° 830-02) 7.- Moción de los Diputados señores Rubén Gajardo, Sergio Elgueta, Baldemar Carrasco, doña Eliana Caraball, Sergio Aguiló y Jorge Pi- zarro, que modifica la ley N° 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades, con el fin de establecer la elección directa de los alcaldes (boletín N° 831-06) 8.- Moción de los Diputados señores Pedro Guzmán y Pedro Alvarez- Salamanca, que modifica el decreto ley N° 3.516, de 1980, en lo relativo a la enajenación de predios rústicos de superficie inferior a 0,5 hectáreas, a las instituciones que indica (boletín N° 832-01) 9.- Moción del Diputado señor Pedro Guzmán, que modifica el artículo 52 del decreto ley N° 1.939, de 1977, sobre Adquisición, Administración y Disposición de Bienes del Estado (boletín N° 833-12) 10.- Moción de los Diputados señores Francisco Bartolucci, Carlos Bombal, Víctor Pérez, Patricio Melero, Sergio Correa, Andrés Chadwick, Juan Antonio Coloma, Pablo Longueira, Jorge Ulloa y Cristian Leay, que amplía la posibilidad de otorgar protección a los establecimientos de comercio, simplifica el trámite para obtener permiso para tener armas y aumenta las penas a delitos cometidos utilizando armas de fuego (boletín N° 834-02) 11.- Moción de los Diputados señores Francisco Bartolucci, Carlos Bombal, Víctor Pérez, Patricio Melero, Sergio Correa, Andrés Chadwick, Juan Antonio Coloma, Pablo Longueira, Cristian Leay y Jorge Ulloa, que autoriza a las municipalidades para entregar a grupos de vecinos organizados, subsidios para financiar la contratación de guardias y sistemas de vigilancia (boletín N° 835-06) 12.- Moción de los Diputados señores Francisco Bartolucci, Carlos Bombal, Víctor Pérez, Patricio Melero, Sergio Correa, Andrés Chadwick, Juan Antonio Coloma, Pablo Longueira, Cristian Leay y Jorge Ulloa, que permite a vecinos cerrar pasajes con el objeto de dar mayor seguridad a sus vecindarios (boletín N° 836-06) 13.- Moción de los Diputados señores Felipe Valenzuela, Héctor Oliva res, Nicanor Araya y Vladislav Kuzmicic, que deroga los artículos 14 a 20 del Título II, del DFL N° 70, de 1988, del Ministerio de Obras Públicas (boletín N°837-09) 14.- Moción de los Diputados señores Pedro Alvarez-Salamanca y Juan Alberto Pérez, que modifica el artículo 91 de la ley N° 18.892, Ley General de Pesca y Acuicultura (boletín N° 838-01) X.- Otros documentos de la Cuenta. 1.- Comunicaciones: - De la Comisión de Obras Públicas, Transportes y Telecomunicaciones, por medio de la cual solicita el acuerdo de la Corporación, en orden a que el proyecto que modifica el decreto ley N° 258, de 1974, sobre Radio Nacional de Chile le sea devuelto para su reestudio (boletín N° 139-07). - Del Diputado señor Jorge Molina, mediante la cual adhiere a las siguientes mociones: - Dicta normas para establecer la conciliación previa antes de iniciar cualquier proceso, salvo las excepciones legales (boletín N° 454-07). - Modifica el Código de Procedimiento Civil en la forma que indica (boletín N° 787-07). - Permite la revisión judicial de contratos civiles y mercantiles (boletín N° 309-07). - Del Diputado señor Hugo Alamos, por la cual adhiere a la moción que establece disposiciones generales relativas a la denominación de origen de productos agrícolas (boletín N° 824-01). - De los Diputados señores Ramón Pérez y Dionisio Faulbaum, por medio de las cuales adhieren a la moción que modifica el artículo 32 de la ley N° 18.696, que establece normas sobre transporte de pasajeros (boletín N° 407-15). - Del Diputado señor Dionisio Faulbaum, por la que adhiere a la moción que modifica la ley N° 18.290, Ley de Tránsito, en lo relativo a las menciones que debe contener la licencia para conducir (boletín N° 497-15). 2.- Oficios: - Del señor Contralor General de la República, por el que responde el que se le enviara en nombre del Diputado señor Carlos Valcarce, sobre el pago o compensación por el desempeño de trabajos extraordinarios. - Del señor Contralor General de la República, mediante el cual se refiere a las solicitudes de informes y antecedentes a que se refiere el artículo 9a de la ley N° 18.918. - Del señor Ministro de Educación, por el que responde a los que se le dirigieran en nombre del Diputado señor Manuel Antonio Matta, acerca de la escuela agrícola de Panimávida y programas de alfabetización. - Del señor Director de la Junta Nacional de Auxilio Escolar y Becas mediante el cual responde por instrucciones del señor Ministro de Educación, el que se le remitiera a este último en nombre de los Diputados Baldemar Carrasco, Sergio Elgueta y Rodolfo Seguel, junto con los demás integrantes del Comité parlamentario del Partido Demócrata Cristiano, acerca del reemplazo del sistema de hogares estudiantiles para jóvenes. I.- ASISTENCIA. -Asistieron los siguientes señores Diputados: (106) --Acuña Cisternas, Mario --Aguiló Meló, Sergio --Alamos Vázquez, Hugo --Alessandri Balmaceda, Gustavo --Arancibia Calderón, Armando --Araya, Nicanor de la Cruz --Aylwin Azocar, Andrés --Bartolucci Johnston, Francisco --Bayo Veloso, Francisco --Bombal Otaegui, Carlos --Bosselin Correa, Hernán --Caminondo Sáez, Carlos --Cantero Ojeda, Carlos --Caraball Martínez, Eliana --Cardemil Alfaro, Gustavo --Carrasco Muñoz, Baldemar --Cerda García, Eduardo --Concha Urbina, Juan --Cornejo González, Aldo --Correa De la Cerda, Sergio --Chadwick Piñera, Andrés --Devaud Ojeda, Mario --Dupré Silva, Carlos --Elgueta Barrientos, Sergio --Elizalde Hevia, Ramón --Escalona Medina, Camilo --Espina Otero, Alberto --Fantuzzi Hernández, Angel --Faulbaum Mayorga, Dionisio --Gajardo Chacón, Rubén --Galilea Vidaurre, José Antonio --García García, René --García Ruminot, José --Guzmán Alvarez, Pedro --Hamuy Berr, Mario --Horvath Kiss, Antonio --Huenchumilla Jaramillo, Francisco --Huepe García, Claudio --Jara Catalán, Sergio --Jara Wolff, Octavio --Jeame Barrueto, Víctor --Kuschel Silva, Carlos Ignacio --Kuzmicic Calderón, Vladislav --Latorre Carmona, Juan Carlos --Leay Morán, Cristian --Leblanc Valenzuela, Luis --Letelier Morel, Juan Pablo --Longton Guerrero, Arturo --Longueira Montes, Pablo --Manterola Urzúa, Martín --Martínez Ocamica, Gutenberg --Martínez Sepúlveda, Juan --Masferrer Pellizzari, Juan --Matta Aragay, Manuel Antonio --Matthei Fornet, Evelyn --Mekis Martínez, Federico --Melero Abaroa, Patricio --Molina Valdivieso, Jorge --Montes Cisternas, Carlos --Morales Adriasola, Jorge --Munizaga Rodríguez, Eugenio --Muñoz Barra, Roberto --Muñoz DAlbora, Adriana --Naranjo Ortiz, Jaime --Navarrete Carvacho, Luis --Ojeda Uribe, Sergio --Orpis Bouchon, Jaime --Ortega Riquelme, Eugenio --Ortiz Novoa, José Miguel --Palestro Rojas, Mario --Palma Irarrázaval, Andrés --Peña Meza, José --Pérez Muñoz, Juan Alberto --Pérez Opazo, Ramón --Pérez Varela, Víctor --Pizarro Mackay, Sergio --Prochelle Aguilar, Marina --Prokurica Prokurica, Baldo --Ramírez Vergara, Gustavo --Recondo Lavanderos, Carlos --Reyes Alvarado, Víctor --Ribera Neumann, Teodoro --Ringeling Hunger, Federico --Rocha Manrique, Jaime --Rodríguez Cataldo, Claudio --Rodríguez del Río, Alfonso --Rodríguez Guerrero, Hugo --Rojo Avendaño, Hernán --Rojos Astorga, Julio --Sabag Castillo, Hosain --Salas De la Fuente, Edmundo --Schaulsohn Brodsky, Jorge --Seguel Molina, Rodolfo --Smok Ubeda, Carlos --Sota Barros, Vicente --Sotomayor Mardones, Andrés --Taladriz García, Enrique --Tohá González, Isidoro --Ulloa Aguillón, Jorge --Urrutia Avila, Raúl --Valcarce Medina, Carlos --Valenzuela Herrera, Felipe --Velasco De la Cerda, Sergio --Vilches Guzmán, Carlos --Vilicic Kamincic, Milenko --Villouta Concha, Edmundo Con permiso constitucional, estuvieron ausentes los Diputados señores Jaime Campos Quiroga y Akin Soto Morales. -Asistió, además, el señor Ministro de Hacienda, don Alejandro Foxley Rioseco; el señor Subsecretario de Previsión Social, don Luis Orlandini Molina; el señor Sub-director de Racionalización y Función Pública, Dirección de Presupuestos, don Mario Marcel Cullell. -Concurrieron también, los Senadores señores Hernán Vodanovic Schnake, Ricardo Navarrete Betanzo, y Jorge Lavandero Illanes. II.- APERTURA DE LA SESION. Se abrió la sesión a las 10.30. El señor HAMUY (Vicepresidente).- En el nombre de Dios y de la Patria, se abre la sesión. III.- ACTAS. El señor HAMUY (Vicepresidente).- El acta de la sesión 7° se declara aprobada. El acta de la sesión 8° queda a disposición de los señores Diputados. IV.- CUENTA. El señor HAMUY (Vicepresidente).- El señor Prosecretario va a dar lectura a la Cuenta. El señor ZUÑIGA (Prosecretario) da lectura a los documentos recibidos en la Secretaria. El señor HAMUY (Vicepresidente).- Terminada la Cuenta. 1.- ENVIO A COMISION DE PROYECTO SOBRE RADIO NACIONAL DE CHILE. El señor HAMUY (Vicepresidente).- La Comisión de Obras Públicas, Transportes y Telecomunicaciones solicita el acuerdo de la Corporación para que el proyecto que modifica el decreto ley N° 258, de 1974, sobre Radio Nacional de Chile, le sea enviado para su reestudio. Si le parece a la Sala, así se acordará. Acordado. V.- FACIL DESPACHO. 2.- ERECCION DE MONUMENTOS EN MEMORIA DE GABRIELA MISTRAL. Primer trámite constitucional. El señor HAMUY (Vicepresidente).- En Fácil Despacho, corresponde ocuparse del proyecto de ley en primer trámite constitucional, que autoriza erigir monumentos en La Serena y Vicuña, en memoria de nuestra insigne poetisa Gabriela Mistral. Diputado informante de la Comisión de Educación es el señor Eugenio Munizaga. El texto del proyecto está impreso en el boletín N° 496-04 y se encuentra en el N° 27 de los documentos de la Cuenta de la sesión 34°, celebrada el l9 de septiembre de 1992. El señor HAMUY (Vicepresidente).- Tiene la palabra el Diputado señor Munizaga. El señor MUNIZAGA.- Señor Presidente, la Comisión de Educación, Cultura, Ciencias y Tecnología, Deportes y Recreación me ha entregado la responsabilidad, y también el honor, de informar el proyecto de ley que autoriza erigir un monumento en La Serena y otro en Vicuña, en memoria de nuestra poetisa y Premio Nobel de Literatura, Gabriela Mistral. Este proyecto tiene su origen en una moción presentada por quien habla, a la cual han adherido, además, los Diputados señores Carlos Bombal, Camilo Escalona, José Miguel Ortiz, José Peña, Claudio Rodríguez, Hugo Rodríguez, Carlos Valcarce, Sergio Velasco y Edmundo Villouta. Su objeto es rendir un merecido homenaje al mérito universal de la obra de Gabriela Mistral, a través de la erección de monumentos en Vicuña y La Serena. La historia de la vida de Gabriela Mistral demuestra que su calidad literaria y humana responde a una curiosa combinación de factores: el entorno geográfico, el valle de Elqui, las vivencias emocionales sufridas, la muerte de su gran amor y la de su único hijo adoptivo, cierta herencia de dotes artísticas su padre escribía poemas y música y el talento natural de aquellos llamados a convertirse en grandes hombres y mujeres de la humanidad. Chile debe reconocimiento y homenaje no sólo a esta poetisa por haber sido la primera latinoamericana que obtuvo el Premio Nobel de Literatura en 1945, sino también por su enorme contribución a la educación y a la defensa de los derechos de los niños, por su preocupación por la naturaleza y por su destacada labor como diplomática en diversos países del mundo, donde prestigió a Chile gracias a su especial sensibilidad y estatura intelectual. Estas razones, entre muchas otras, hicieron que los integrantes de la Comisión coincidieran plenamente en la necesidad de legislar. El proyecto consta de siete artículos. Primero, dispone la erección de monumentos en homenaje a Gabriela Mistral en las ciudades de La Serena y Vicuña, vitales en su infancia y formación literaria. En seguida, establece que el financia miento se hará mediante una colecta pública en todo el país y que se creará un fondo que estará constituido por erogaciones, donaciones y aportes. Con el objeto de cumplir con los fines indicados, se crea una Comisión especial formada por el Intendente de la región, quien la presidirá, los parlamentarios de la zona, los alcaldes de ambas ciudades y un representante de las asociaciones literarias que existan en cada una de las ciudades mencionadas. Luego, se señalan las reglas de procedimiento para el funcionamiento de la comisión especial y, a continuación sus funciones, a fin que pueda cumplir a cabalidad su objetivo. Finalmente, se establece que en el caso de producirse excedentes pecuniarios una vez erigidos los monumentos, ellos serán destinados a la adquisición de textos para la biblioteca pública o municipal de la ciudad de Vicuña. Cabe destacar que todas las normas de este proyecto fueron aprobadas por unanimidad. Creemos representar a todos aquellos que alguna vez han leído a Gabriela Mistral. La grandeza de su obra radica en que supo convertir en emoción, sensibilidad y especial ternura aquellas cosas cotidianas de la vida de las cuales, de alguna manera, todos nos sentimos cercanos: el lugar donde nacimos o nos criamos, la naturaleza que nos rodea, el dolor y la emoción por la pérdida de un ser querido, el amor a los niños, o como se dijo en la ceremonia de entrega del Premio Nobel, en 1945: "Aquel lirismo inspirado por un vigoroso sentimiento símbolo del idealismo del hombre latinoamericano". Por las razones expuestas y porque es de justicia que se rinda un homenaje a la hija más ilustre del valle del Elqui, la Comisión recomienda la aprobación del proyecto y, en lo posible, por la unanimidad de la Sala. Gabriela Mistral se lo merece. He dicho. El señor HAMUY (Vicepresidente).- De conformidad con el Reglamento, corresponde destinar diez minutos para la discusión y despacho de este proyecto. En total, pueden pronunciarse dos discursos. Tiene la palabra el Diputado don Jaime Rocha. El señor ROCHA.- Señor Presidente y Honorable Cámara: En forma breve, trataré de hacer un aporte personal al proyecto de ley que discutimos. En mi opinión, los monumentos que se erigen en Chile, y creo que en todos los países del mundo, tienen una doble finalidad: por una parte, rendir tributo a figuras enaltecedoras de la historia y, por otra, reconocer en la ciudad, pueblo o aldea en que el monumento se levanta, el aporte que determinado lugar geográfico entregó a esa figura. Hace algunos días viajé al norte, y quise rendir tributo a Pedro Enrique Alfonso, repúblico de mi partido. Su monumento en Ovalle está semidestruido. Luego fui a Monte Grande, lugar donde Gabriela Mistral pasó gran parte de su infancia, y observé, con sorpresa, que el jardín de la casa y escuela de Gabriela se riega cada dos días; en consecuencia, está reseco. Su tumba, al igual que el monumento a Pedro Enrique Alfonso, está absolutamente descuidada y demuestra que nadie tiene el mínimo de preocupación que esos seres preclaros de nuestra historia se merecen. Vicuña y La Serena son acreedores de esos monumentos, pero deseo pedir a los parlamentarios de esa zona que nos preocupemos, con el mismo tesón y esfuerzo con que fiscalizamos los actos del Gobierno, de las obras que todo el pueblo ha contribuido a levantar para distinguir a sus figuras más señeras. Por las razones expuestas, los Diputados radicales aprobaremos este proyecto de ley. El señor HAMUY (Vicepresidente).- Tiene la palabra el Diputado señor Palestro. El señor PALESTRO.- Señor Presidente, este proyecto tiene el carácter de obvio y sencillo, ya que dispone erigir un monumento en homenaje a la gran poetisa chilena Gabriela Mistral. Insistir sobre lo mucho que se ha dicho respecto de la personalidad del primer chileno también de Latinoamérica que recibió el Premio Nobel sería retrasar el despacho de este proyecto. Lo señalado por el señor Diputado informante ahorra palabras porque, en el fondo, todos conocemos la vida, infancia, juventud, madurez y, sobre todo, la gran calidad de esta poetisa mundial. Por eso, votaré a favor. He dicho. El señor HAMUY (Vicepresidente).- Tiene la palabra el Diputado señor Munizaga. El señor MUNIZAGA.- Señor Presidente, quiero manifestar mi profunda satisfacción porque hoy se discuta en esta Cámara el proyecto que dispone la erección de dos monumentos en homenaje a quien fuera y sigue siendo la más grande poetisa de Chile y de Latinoamérica: Gabriela Mistral. Especialmente significativo para mí es este momento, por cuanto he vivido toda mi vida en el valle de Elqui. Hoy, con orgullo, me corresponde representar, como Diputado, a todos aquellos pueblos de ese hermoso y misterioso valle donde Gabriela Mistral, a través de las letras comenzó a mostrarnos, desde muy temprana edad, toda su compleja y mágica personalidad. Ella supo querer a su tierra. Innumerables fueron los escritos que testimonian el amor a su tierra y a su gente, lo cual también quedó inmortalizado en su testamento, por el que cedió parte de los derechos de sus obras a los niños de Monte Grande. La bondad y generosidad de Gabriela, unidas a la ternura, sencillez y especial sensibilidad con que supo plasmar en el papel la belleza de las emociones humanas, la hicieron acreedora no sólo al reconocimiento sincero de su gente, sino a que se le otorgase el Premio Nobel de Literatura, en 1945. Sin embargo, la fecunda labor de Gabriela Mistral no se circunscribe a las letras; sobresalió en su calidad de diplomática en diversos países del mundo, prestigiando con su estatura a nuestra patria. Cumplió funciones de cónsul de Chile en países tan importantes como México, Brasil, Portugal, Guatemala y Estados Unidos, entregando toda su cultura y sensibilidad en su misión. Estas son, entre otras, las obras que hacen que Gabriela Mistral merezca sobradamente todos los homenajes y reconocimientos que se le hagan. Vicuña, Monte Grande, Pisco Elqui, Paihuano, los poblados que vieron crecer a Gabriela también han sabido rendirle tributo a su hija más ilustre. Y así existen en estos pueblos bustos, museos y todo aquello que signifique recordar a la poetisa que tanto quiso a su valle, "ceñido de cien montañas o más que, como ofrendas o tributos, arden en rosa y azafrán". Pero en la principal ciudad de la región, La Serena, no hay un monumento que recuerde y rinda el homenaje que se merece Gabriela, máxime cuando en esa ciudad y en el puerto de Coquimbo desarrolló su gran labor de maestra en las escuelas de La Compañía y La Cantera, respectivamente, y como inspectora del Liceo de señoritas, en La Serena. Asimismo, en Vicuña, lugar de nacimiento de la insigne poetisa, debe existir un monumento acorde con la importancia histórica de esa ciudad en la formación literaria y humana de Gabriela Mistral. Gabriela escribió a su amiga Isolina Barraza de Estay: "No quiero monumentos ni viva ni muerta. Si quieren, pueden ponerle mi nombre a uno de los quinientos cerros sin nombre del valle de Elqui." Es cierto que el deseo de Gabriela no ha sido cumplido, pero también es efectivo que las naciones que no conocen su historia son naciones sin alma, y cuando tenemos una figura de su connotación mundial, más vale que las nuevas generaciones sepan que en Chile vivió una poetisa llamada Gabriela que prestigió a nuestro país en todo el mundo, no sólo por haber obtenido el Premio Nobel de Literatura por primera vez para Latinoamérica, sino por su inmensa obra de humanidad, su permanente defensa de los derechos del niño, su preocupación por los problemas de la naturaleza, su comprensión y amor por los más débiles, por los que más sufren, temas absolutamente vigentes en su importancia y tratamiento. Gabriela Mistral se merece que el país reconozca la magnitud de su obra. Señor Presidente, las anteriores razones me motivan a presentar, además de esta iniciativa un proyecto de acuerdo para solicitar al Presidente de la República que se dé el nombre de "Carretera Gabriela Mistral" a la ruta 41, que va desde La Serena hasta el paso de Aguas Negras, en la República Argentina. Su Señoría ha manifestado la voluntad de firmarlo, como asimismo el Presidente de la Cámara de Diputados, don José Antonio Viera-Gallo, y pido que lo suscriban todos los señores parlamentarios. Además, quiero agradecer a los Diputados señores Carlos Bombal, Camilo Escalona, José Miguel Ortiz, José Peña, Claudio Rodríguez, Hugo Rodríguez, Carlos Valcarce, Sergio Velasco y Edmundo Villouta por haber adherido en la Comisión a la moción que originó este proyecto de ley. Esto sólo confirma que la figura de Gabriela Mistral es capaz de unir a los chilenos a través de sus parlamentarios, aun de distintas colectividades políticas, debido a su jerarquía mundial tanto de poetisa como de mujer. La erección de estos monumentos en La Serena y Vicuña y la nueva denominación de la ruta 41 no constituyen, de ninguna manera, todo el homenaje que le debemos; pero, sin duda, contribuirá a que nuestros compatriotas se sientan orgullosos de vivir en un país que tiene hijos tan grandes como Gabriela Mistral. He dicho. El señor HAMUY (Vicepresidente).- Terminada la discusión del proyecto. En votación. Si le parece a la Sala, se aprobará por unanimidad. Aprobado. Como no ha sido objeto de indicaciones, queda también aprobado en particular. Terminada la discusión del proyecto. 3.- ERECCION DE MONUMENTO EN MEMORIA DE DON RADO MIRO TOMIC ROMERO. Primer trámite constitucional. El señor HAMUY (Vicepresidente).- Corresponde tratar el proyecto de ley, en primer trámite constitucional, que dispone erigir un monumento en la ciudad de Calama en memoria de don Radomiro Tomic Romero. Diputado informante de la Comisión de Educación es el señor Camilo Escalona. El texto del proyecto está impreso en el boletín N° 615-04 y se encuentra en el número 2 de los documentos de la Cuenta de la presente sesión. El señor HAMUY (Vicepresidente).- Tiene la palabra el señor Diputado informante. El señor ESCALONA.- Señor Presidente, por mandato de la Comisión de Educación, Cultura, Ciencias y Tecnología, Deportes y Recreación, paso a informar el proyecto de ley que dispone erigir un monumento en la ciudad de Calama, en memoria de don Radomiro Tomic Romero, originado en moción de Diputados de la bancada socialista y a la cual ha adherido la unanimidad de los Diputados de la Comisión de Educación. La idea central del proyecto se orienta a rendir homenaje en memoria de don Radomiro Tomic, destacado hombre público nacido en la ciudad de Calama, en reconocimiento a sus muchos méritos como servidor del país y de su pueblo. Radomiro Tomic, escritor, Diputado y Senador, embajador y candidato a la Presidencia de la República en 1970, dedicó su vida a la causa de la democracia chilena y se esforzó incansablemente por una sociedad mejor para las grandes mayorías nacionales. Fue un gran defensor del cobre, como principal riqueza nacional, impulsando fervientemente una política chilena al respecto. Desplegó en ello sus mejores energías por medio de investigaciones, libros, mociones, artículos y exposiciones que lo identificaron con el tema hasta el día de su muerte. La Comisión se manifestó plenamente de acuerdo en la justeza del homenaje que se desea rendir a Radomiro Tomic en razón de sus indiscutibles méritos y de su larga vida de servicio público y, en consecuencia, procedió a aprobar por unanimidad y sin mayor debate la idea de legislar. Tal idea, conforme lo establece el artículo 60, número 5 de la Constitución Política, en relación con el número 2 del mismo artículo, sólo puede concretarse por medio de una ley que este proyecto desarrolla en seis artículos. El artículo le dispone la construcción de un monumento por suscripción popular en la ciudad de Calama, en memoria de don Radomiro Tomic. En la discusión de este precepto se agregó una indicación que señala la necesidad de erigir otro monumento en la ciudad de Valparaíso, siendo aprobado el artículo en esos términos por siete votos a favor y tres abstenciones. El artículo 2Q establece que las obras se financiarán por medio de erogaciones populares, obtenidas a través de colectas públicas que se realizarán en las fechas que determine una comisión especial. Asimismo, se crea un fondo para recibir tales erogaciones, las donaciones y otros aportes provenientes de entidades públicas y privadas. El artículo se aprobó con una indicación para eliminar las palabras "públicas y" que figuraban al final del inciso segundo. EÍ artículo 3Q crea una comisión especial integrada por seis miembros ad honorem. Se aprobó rebajando a uno el número de Senadores y a uno el de Diputados y dando la posibilidad para que en dicha comisión el Ministro de Educación sea reemplazado por el Subsecretario. A la vez, se incluyó como miembro al Intendente de la Quinta Región. El artículo 4e dispone que la comisión deberá constituirse dentro de los treinta días siguientes a la publicación del proyecto como ley. Se aprobó en los mismos términos, sin debate y por unanimidad. El artículo 5S señala las funciones de la Comisión Especial para cumplir con su objetivo. Con la indicación para agregar la frase "y uno en la ciudad de Valparaíso", fue aprobado por unanimidad. El artículo 6° establece que los excedentes que pudieren resultar luego de erigir el monumento serán destinados a la adquisición de textos para la Biblioteca Pública de Calama. Se aprobó por unanimidad, con la indicación que añade, después de la' palabra "Pública", la expresión "y/o Municipal". Por las razones antes expuestas, la Comisión de Educación recomienda la aprobación del proyecto con las modificaciones indicadas. He dicho. El señor HAMUY (Vicepresidente).- Tiene la palabra el Diputado señor Sergio Velasco. El señor VELASCO.- Señor Presidente, en ambos proyectos, tanto en el que acabamos de despachar, que dispone erigir un monumento en memoria de Gabriela Mistral, como en éste se produce una coincidencia quizás histórica, porque Gabriela Mistral fue gran amiga de don Radomiro Tomic, a quien lo unió una estrecha y larga amistad epistolar y familiar. Honorables colegas, es difícil encontrar que una personalidad tan ligada a un partido político, como lo fue Radomiro Tomic Romero, logre superar los límites partidistas y se transforme en vocero de las angustias y esperanzas populares. El caso de Radomiro Tomic siempre fue especial. Frecuentemente era llamado a expresar su pensamiento en las aulas universitarias, en los recintos de la Iglesia y en tantos y tantos lugares diferentes, donde siempre era requerido por la juventud, los trabajadores, los campesinos, etcétera. Radomiro Tomic, como pocos, dio a conocer el sentido auténticamente liberado del humanismo cristiano e hizo posible que muchos hombres y mujeres, hijos del pueblo, víctimas de injusticias de un sistema explotador y deshumanizado, encontraran en su elocuente palabra los anhelos de esperanza, redención y justicia social que exigía la promoción popular. Alguien definió de esta manera la diferencia entre un político y un estadista: "Mientras un político piensa y trabaja en lo puntual, local o distrital, el estadista piensa en la historia." A Radomiro Tomic jamás se le vio involucrado en las pequeñeces de la política; por el contrario, siempre asumió con vigor las grandes causas nacionales. En él primó, por sobre todo, el interés y su amor por Chile. Nadie como él defendió con tanto vigor el cobre chileno o asumió con esa valentía la defensa contra la intromisión extranjera en Isla de Pascua. Los niños y jóvenes estudiantes de escasos recursos fueron su preocupación permanente, lo que se coronó con la ley que creó la Junta Nacional de Auxilio Escolar y Becas. Sin lugar a dudas, detallar la obra de este gran hombre sería en extremo extenso, y yo, más que hacer una descripción biográfica, quiero compartir con ustedes una reflexión: la importancia de rendir homenaje a los grandes hombres y mujeres de nuestro país radica en que, a través de ellos, contribuimos a enriquecer la cultura nacional. Los pueblos que no honran ni sacan lecciones de los valores de sus grandes figuras, terminan por perder su propia identidad. Como Diputado integrante de la Comisión de Educación de esta Honorable Cámara, participé en la discusión de este proyecto, y junto con mis colegas, señores José Miguel Ortiz, Hugo Rodríguez y Edmundo Villouta presenté una indicación para levantar otro monumento en la Quinta Región, dado que don Radomiro Tomic fue elegido Senador por Valparaíso y Aconcagua con una abrumadora mayoría, la cual reflejó el gran cariño y respeto que los porteños sentían por él. A través de estos monumentos, las futuras generaciones podrán conocer su figura y, por ella, aprender sobre él, reconociendo en su persona al mejor inspirador, defensor y testimonio de nuestras ideas humanistas y cristianas al servicio de la sociedad. He dicho. El señor DUPRE (Presidente accidental).- Tiene la palabra el Diputado señor Palestro. El señor PALESTRO.- Señor Presidente, el justo homenaje que se rinde a este político chileno trasciende, a mi juicio, las fronteras del partido en que militara, porque siempre se ubicó fuertemente en las trincheras de la democracia, como la entendemos los auténticos demócratas de este país, desde donde defendió, rotundamente y hasta los últimos momentos, la existencia del sistema democrático de nuestra patria, destrozado por el golpe militar. Fue uno de los hombres que entendió en profundidad lo que significaba abrir a los militares las puertas de los cuarteles para que según algunos creían ingenuamente pusieran orden en unos cuantos días en la política chilena y en el país. Sin embargo, tuvieron que esperar más de 16 años para convencerse de que habían cometido un error garrafal e histórico en contra del país que ellos pretendían defender. Don Radomiro Tomic merece con creces este homenaje porque fue un hombre consecuente con su manera de pensar, lo que le permitió acceder a los sitiales más altos de la política chilena, alcanzando el respeto de todos los sectores políticos. Este hombre, que todos conocimos y respetamos, contó siempre, a pesar de no participar de su ideología, con el apoyo, aprecio y respeto de otros sectores de la opinión pública y de partidos opositores a sus principios. Eso bastaría para rendirle un homenaje tan justo a este ciudadano eminente, desgraciadamente desaparecido en forma prematura, quien pudo haber aportado más con su talento, capacidad de político y de hombre al perfeccionamiento de esta democracia. Esta democracia en peligro permanente de ser destruida por los gol pistas de turno que jamás descansan en tratar de eliminar un sistema donde impera la libertad en toda su expresión y que están al acecho para terminar con el período de libertad que estamos viviendo, el cual queremos ensanchar y vitalizar cada día, a fin de que nunca más se repitan esos sucesos que llenaban de vergüenza a los chilenos en el exilio, porque existía en su país una dictadura tan brutal y criminal como la que tuvimos hasta hace poco, la dictadura del señor Pino chet. Hacen falta en la política chilena hombres como don Radomiro Tomic. Quienes lo conocimos, supimos de su afán por lograr un consenso con el objeto de evitar ese golpe que se veía venir, pero que no se pudo evitar. El y una figura tan eminente como don Bernardo Leighton fueron dos prohombres de la Democracia Cristiana que con doce o trece de sus camaradas rechazaron, a los pocos días del golpe eso ya era una valentía, el asesinato masivo que se iniciaba en nuestra patria. Por ello, anuncio que con mucha satisfacción votaré a favor de este proyecto. El señor DUPRE (Presidente accidental).- Ha terminado el tiempo correspondiente, de manera que, de acuerdo con el Reglamento, debe votarse el proyecto de ley. En votación. Si le parece a la Sala, se dará por aprobado. Aprobado. Como no ha sido objeto de indicaciones, queda también aprobado en particular. Aplausos. El señor DUPRE (Presidente accidental).- Terminada la discusión del proyecto. VI.- ORDEN DEL DIA. 4.- MODIFICACION DE NORMAS PREVISIONALES SOBRE PENSIONES DEL SECTOR PÚBLICO. Primer trámite constitucional. El señor DUPRE (Presidente accidental).- Corresponde tratar, en primer trámite constitucional, el proyecto de ley sobre mejoramiento de las pensiones de los empleados y otras disposiciones previsionales. Diputado informante de la Comisión de Trabajo y Seguridad Social es el señor Araya, y de la de Hacienda el señor Andrés Palma. El texto del proyecto está impreso en el boletín N° 718-13 y se encuentra en el número 1 de los documentos de la Cuenta de la presente sesión. El señor DUPRE (Presidente accidental).- Tiene la palabra el Diputado señor Araya. El señor ARAYA.- Señor Presidente, el proyecto en estudio se inició en un mensaje de Su Excelencia el Presidente de la República y ha sido calificado de "simple" urgencia en todos sus trámites constitucionales. A las sesiones de la Comisión de Trabajo asistieron diversas autoridades de Gobierno, y en conformidad con lo dispuesto en el artículo 212 del Reglamento, celebró audiencia pública el 18 agosto, oportunidad en que concurrieron a exponer sus planteamientos representantes de diferentes organizaciones. Todos ellos hicieron valiosos planteamientos que los Diputados integrantes de la Comisión tuvimos en cuenta en el momento de decidir sobre estas materias. El sistema de seguridad social surgió en Chile a fines del siglo XIX, a resguardo del Estado, aunque la universalidad de sus prestaciones y su cobertura tomaron varias décadas en hacerse extensivas, proceso durante el cual se generaron diversas anomalías que fueron en perjuicio de importantes sectores de los trabajadores. El resultado de este proceso fue la proliferación de instituciones de seguridad social independientes, la profundización de una desigualdad explosiva entre los fondos de pensiones de estas instituciones en relación al total de sus destinatarios, y una deformación creciente en la característica de los beneficios que entregaba el sistema. Se elaboraron proyectos tendientes a la unificación del sistema y a la eliminación de sus beneficios más evidentes, entre los cuales se cuentan los propuestos durante el gobierno del Presidente Salvador Allende, en 1972. Pero éstos fracasaron ante la presión de los grupos más favorecidos. A partir del gobierno' militar, entre 1974 y 1979, se inicia una serie de reformas tendientes a unificar las prestaciones del sistema de seguridad social. Sin embargo, la discrecionalidad y la deformación de los incentivos que generaba este sistema aun así reformado, como consecuencia de la transferencia intergeneracional de recursos que sostenía su base financiera, motivaron la aprobación del decreto ley N° 3.500, en 1980, que estableció el nuevo sistema de pensiones, paralelo al antiguo sistema reformado parcialmente. Desde entonces la situación previsional de los trabajadores del sector público, incluidos los del sector municipal, se ha caracterizado por grandes anomalías. Entre éstas se cuenta el pago de imposiciones previsionales sobre una renta inferior a la mitad de la remuneración hasta 1987; el otorgamiento de pensiones equivalentes a alrededor de un 40 por ciento de los ingresos de los trabajadores al finalizar su vida activa, y el tope del beneficio de pensión, que se ha distanciado del tope máximo imponible establecido, situación que afecta a los imponentes de los diversos regímenes de pensiones del antiguo sistema. Así, los empleados públicos llegaron a ganar remuneraciones que sólo eran imponibles en un 40 por ciento, aproximadamente, lo que, evidentemente, constituyó una grave anormalidad en el sistema de seguridad social, puesto que el régimen de beneficios previstos en este sistema para dar cobertura a los estados de necesidad, se regula en función de la remuneración imponible. A causa de lo anterior, los beneficios de la seguridad social se apartaban cada vez más, en cuanto a su monto, de las remuneraciones reales percibidas por estos servidores públicos. Esta situación afecta en la actualidad, entre otros, a más de 50 mil funcionarios afiliados a la ex Caja Nacional de Empleados Públicos y Periodistas. Por su parte, la ley N° 18.675 dispuso que estos servidores públicos debían, empezar a cotizar por la totalidad de sus remuneraciones con las solas y justificadas excepciones que ella misma indicó a contar de enero de 1988. Sin embargo, para el cálculo del sueldo base de pensión, limitó los efectos de esta nueva imponibilidad, disponiendo que la mayor remuneración imponible se consideraría solamente a razón de un treinta o un treinta y cinco avo, según el caso, por cada año en que se efectuaran estas mayores cotizaciones. Tal como lo señala el informe de la Comisión, el efecto práctico de la citada disposición se tradujo en la necesidad de que, por ejemplo, en el caso del empleado público imponente del régimen de la ex Caja Nacional de Empleados Públicos y Periodistas, completara treinta años cotizando sobre esta mayor remuneración para obtener que ésta se le computara totalmente en el cálculo de la base de pensión, lo que vino a alterar sustancialmente la norma general de cálculo de dicha base que, en el caso del régimen aludido, considera la remuneración por la cual se efectúan imposiciones en el lapso de los 36 meses que anteceden a la fecha de cesación de servicios. Las ideas matrices o fundamentales del proyecto tienen por objeto introducir modificaciones a la ley N° 18.675 y a otras normas complementarias, con el fin de corregir las distorsiones que afectan a las pensiones del personal del sector público afiliado, al Instituto de Normalización Previsional; solucionar problemas de imponibilidad de las remuneraciones del personal traspasado a la Administración Municipal y del personal de la Dirección General de Deportes y Recreación, y elevar el límite máximo del monto inicial de las pensiones del antiguo régimen previsional. Tales ideas matrices o fundamentales se encuentran desarrolladas en el proyecto de informe en nueve artículos permanentes que regulan las materias siguientes: El artículo l° reemplaza el artículo 15 de la ley N° 18.675, por uno que establece que las remuneraciones computables para el cálculo de las pensiones serán las remuneraciones imponibles por las cuales efectivamente se cotizó para pensiones durante el período computable para el cálculo del sueldo base, descontándose el incremento del citado decreto ley N° 3.501 y las bonificaciones establecidas en la ley N° 18.566 y en el artículo 10 de la ley N° 18.675, por cuanto este incremento y bonificaciones tuvieron como objetivo mantener el monto líquido de las remuneraciones. La votación particular de este artículo se efectuó en forma dividida, siendo aprobado el párrafo hasta la expresión "sueldo base", por 8 votos a favor y 1 abstención. Luego, se votó el párrafo final del inciso, siendo rechazado por 2 votos a favor y 7 en contra. A continuación, se sometió a votación su inciso final, el cual fue aprobado por unanimidad. El artículo 22 del proyecto deja expresamente establecido que lo dispuesto en el artículo 15 de la ley N° 18.675 será aplicable a los imponentes que indica, quienes en virtud de las disposiciones especiales que se citan quedan afectos a él. En la votación particular también se procedió a dividirlo. En primer lugar, se sometió a votación el inciso primero, que comprende las letras a), b), c) y d), que fue aprobado por unanimidad, y, a continuación, el segundo, que fue rechazado por 2 votos a favor y 7 en contra. El artículo 3Q dispone, en primer término, que a contar del primer día del mes subsiguiente al de la publicación de esta ley, los funcionarios traspasados al sector municipal cotizarán sobre la totalidad de sus remuneraciones, definidas en el artículo 40 del Código del Trabajo, manteniéndose los límites de imponibilidad contemplados en la legislación vigente. En segundo lugar, establece una bonificación. En tercer término, señala que lo dispuesto en el inciso segundo también beneficiará al personal que antes de su traspaso a la Administración Municipal se había afiliado al nuevo sistema previsional establecido en el decreto ley N° 3.500, de 1980. En la votación particular, este artículo fue aprobado por unanimidad. El artículo 42 tiene por finalidad lograr que la mayor imponibilidad surta efecto inmediato en el cálculo de las pensiones, con el consiguiente beneficio para los trabajadores de que se trata, que quedan en condiciones similares a las de los trabajadores del sector público. Sometido a votación, fue aprobado por unanimidad, sin debate. El artículo 52 persigue solucionar la situación del referido personal, que en la actualidad no cotiza por la totalidad de sus remuneraciones. Sometido a votación, se aprobó por unanimidad, también sin debate. El artículo 6° agrega un inciso al artículo 57 del decreto ley Ne 3.500, de 1980, que contiene una norma similar a la establecida en 1988 para determinar el ingreso base de los empleados públicos afiliados al nuevo sistema de pensiones, considerando la mayor imponibilidad dispuesta por la ley N° 18.675. Ello tiene por objeto permitir que la mayor imponibilidad se refleje en forma más efectiva en el respectivo ingreso base, y tendrá un efecto positivo en el monto de las pensiones de invalidez y sobrevivencia causadas durante la afiliación activa de los funcionarios públicos traspasados a la Administración Municipal en virtud del decreto con fuerza de ley N° 13.063, de 1980, del Ministerio del Interior, que hubieren optado por conservar el régimen previsional de empleado público y que se encuentren afiliados al nuevo sistema de pensiones. Sometido a votación, también fue aprobado por unanimidad y sin debate. El artículo 7° deroga, a contar del primer día del mes subsiguiente al de la publicación de esta ley, los artículos 40 y 12 transitorio de la ley N° 19.070, Estatuto Docente, lo cual es consecuente con las normas establecidas en el proyecto en análisis. Sometido a votación, fue aprobado por unanimidad y sin debate. El artículo 8° anticipa el efecto previsto sobre la materia en el artículo 18 de la ley N° 18.675, que establece un aumento gradual del límite máximo de las pensiones, el que, de mantenerse, permitiría alcanzar el monto propuesto en esta norma sólo en 1999. Sometido a votación, fue aprobado por unanimidad. Por último, el artículo 9e establece el financiamiento del mayor gasto que importe el proyecto en 1992. Al efecto, se preceptúa que éste se financiará con cargo al Tesoro Público. Sin embargo, tratándose de la aplicación del artículo 3°, respecto del personal de establecimientos educacionales del sector municipal, y del 5°, el mayor gasto será de cargo del Presupuesto del Ministerio de Educación y de la Dirección General de Deportes y Recreación, respectivamente. Sometido a votación, fue aprobado por unanimidad. Debo informar que los artículos 1°, 2°, 3°, 4°, 5°, 6°, 7° y 8° revisten el carácter de normas de quorum calificado, en razón de que regulan el ejercicio del derecho a la seguridad social consagrado en el artículo 19, N° 18, de la Constitución Política de la República de Chile. Asimismo, debo hacer presente que en la discusión del proyecto en informe, la mayoría de los miembros de la Comisión formularon críticas por la insuficiencia de las modificaciones propuestas, al no incluir a los funcionarios públicos afiliados al nuevo sistema de pensiones; al no consultar normas que permitan recalcular el bono de reconocimiento de los funcionarios públicos que entre 1978 y 1979 optaron por el nuevo sistema; al excluir los incrementos previsionales del decreto ley N° 3.501 y de la ley N° 18.556 en el cálculo de la pensión, y al mantener la diferencia entre el tope máximo inicial de las pensiones 15 ingresos mínimos mensuales y el tope de la imponibilidad, equivalente a 60 unidades de fomento. Respecto de estas observaciones, que por su naturaleza no pueden ser materias de iniciativa parlamentaria, sino que necesariamente requieren el patrocinio del Ejecutivo, el señor Subsecretario de Hacienda hizo presente a la Comisión la imposibilidad del Gobierno de acceder a ellas, en razón del alto costo que significaría implementarlas. No obstante del análisis y votación del proyecto se desprende que los señores Diputados miembros de la Comisión estuvieron de acuerdo con la conveniencia y necesidad de esta iniciativa para corregir las distorsiones existentes, y con la justicia de la propuesta del Ejecutivo para elevar el límite máximo del monto inicial de las pensiones del antiguo régimen previsional. Es todo cuanto puedo informar. El señor DUPRE (Presidente accidental).- Tiene la palabra el Diputado señor Andrés Palma, informante de la Comisión de Hacienda. El señor PALMA (don Andrés).- Señor Presidente, en representación de la Comisión de Hacienda, me corresponde informar este proyecto de ley que beneficia a los actuales funcionarios públicos y municipales afectos al antiguo sistema de pensiones y a las normas enumeradas por el Diputado informante de la Comisión de Trabajo, que en alguna medida reiteraré en mi informe. Durante su estudio en la Comisión de hacienda, participaron la señora Adriana Quiroga, asesora de la Superintendencia de Seguridad Social; el señor Mario Marcel, Subdirector de la Dirección de Presupuestos del Ministerio de Hacienda, y el señor Alberto Bravo, asesor de dicho Ministerio. El proyecto se origina en el hecho de que, a lo largo de los años y en virtud de diversas disposiciones legales, se establecieron remuneraciones adicionales para el sector público, tales como asignaciones y bonificaciones especiales que al momento de otorgarse fueron declaradas no imponibles para los efectos previsionales. Así, los empleados del sector público llegaron a percibir remuneraciones que solamente eran imponibles en alrededor del 40 por ciento, lo que constituyó una grave anormalidad en el sistema de seguridad social, cuyos beneficios se apartaron, cada vez más, de las remuneraciones reales percibidas por estos trabajadores. En 1987, la ley N° 18.675 dispuso que estos trabajadores podrían cotizar por la totalidad de sus remuneraciones, a contar del l2 de enero de 1988. Sin embargo, para los efectos del cálculo de sus pensiones, se limitó el efecto de esta nueva imponibilidad mediante un esquema gradual, según el cual la diferencia entre el sueldo base y la nueva remuneración imponible se iría agregando a razón de 30 avos por cada año de mayores cotizaciones. La disposición, obviamente, se tradujo en que los trabajadores afectos a la ley N° 18.675 estarían obligados a completar treinta años de cotizaciones sobre esta mayor remuneración para tener derecho a que se les computaran totalmente en el cálculo del monto base de sus pensiones, plazo que cumplirían en 2018. Esta situación alteró sustancialmente la norma general del cálculo de pensiones, que en el caso de los empleados públicos afectos al régimen de la ex Caja Nacional de Empleados Públicos considera la remuneración sobre la cual se efectuaron imposiciones durante los 36 meses anteriores a la fecha de cesación de servicios. Como desde la dictación de la ley N° 18,675 sólo han transcurrido cuatro años, significa que, en la actualidad, las pensiones a que pueden optar los funcionarios del sector público alcanzan a menos de la mitad de la última remuneración imponible. Este hecho no sólo impide que los funcionarios de mayor edad puedan jubilar, sino que, de manera indirecta, también imposibilita los ascensos de los funcionarios más jóvenes, lo cual limita el desarrollo de una verdadera carrera funcionaría en la Administración Pública. El proyecto de ley enviado al Congreso Nacional por el Gobierno del Presidente Aylwin representa una mayoría y un cambio importante para estos funcionarios. La iniciativa establece lo siguiente: En primer lugar, elimina el sistema de 30 avos para el cálculo de las pensiones, medida que permitirá que al personal del sector público afiliado al antiguo régimen previsional que se acoja a jubilación se le calcule su pensión sobre la base de la totalidad de la remuneración imponible, excluyendo las bonificaciones cuyo objetivo fue compensar aumentos de imponibilidades en el pasado, a lo cual me referiré luego. Esto posibilitará que los trabajadores obtengan una jubilación promedio equivalente al 80 por ciento de la última remuneración, lo que representa aumentos de entre 50 y 130 por ciento respecto de las pensiones que obtienen de acuerdo con las normas vigentes. Ilustraré esta disposición tan importante con cuatro ejemplos: Un auxiliar grado 23, con 5 bienios y 30 años de antigüedad, si jubilara hoy sin este proyecto, obtendría una pensión de 30.303 pesos. Con el proyecto alcanzaría a 50.433 pesos, es decir, tendría un mejoramiento de 66 por ciento y la pensión, respecto de su renta computable, se elevaría de 49 a 81 por ciento. En el caso de un funcionario administrativo grado 14, con 30 años de servicios y 5 bienios, la pensión sin el proyecto sería de 56.380 pesos con él se elevaría a 87.576 pesos en este caso, el mejoramiento sería del 55 por ciento y la relación entre la pensión y la renta computable del 52 por ciento y del 81 por ciento. Para un técnico grado 21, también con 5 bienios y 30 años de antigüedad, la pensión sin proyecto sería de 35.378 pesos y con proyecto de 61.857 pesos. De nuevo el porcentaje de la pensión, respecto de la renta computable, pasa del 46 al 81 por ciento y el incremento de la pensión al 75 por ciento. Por último, para un profesional grado 12, con cinco bienios y 30 años de imposiciones, la pensión sin proyecto sería de 78.773 pesos y con proyecto de 180.215 pesos; es decir, tendría un incremento de 129 por ciento, con el 79 por ciento de la renta computable, en circunstancias de que el monto actual alcanzaría sólo al 35 por ciento de ella. Estos casos concretos muestran cómo se van a beneficiar con el proyecto los trabajadores del sector público afectos a la Escala Única de Remuneraciones. Además, el total de beneficiarios con la eliminación del sistema de 30 avos alcanzará aproximadamente a 44.500, de los cuales 19.400 pertenecen a la Escala Única de Sueldos; 1.900 a fiscalizadores; 672 al Poder Judicial; 2.800 son funcionarios municipales; 15.700 se incluyen en el sistema de educación municipal y 1.700 en la salud municipal, y el resto en diversas reparticiones públicas. De estos 44.500, 3.700 están esperando la ley para acogerse a jubilación. Es muy importante considerar esto en el momento de la votación, por cuanto 3.700 funcionarios públicos no se jubilan porque sus pensiones son la tercera parte de su remuneración. Con la normativa propuesta obtendrán un real beneficio. El segundo aspecto que contempla el proyecto es la imponibilidad completa de las remuneraciones a todos los trabajadores no considerados en la ley N° 18.675, que beneficia principalmente a los traspasados a las municipalidades que optaron por el régimen previsional de empleado público, incluyendo a los profesores y al personal de la salud municipal afiliados tanto al antiguo como al nuevo sistema previsional. La medida permitirá corregir una grave anormalidad previsional y hará que estos trabajadores puedan acogerse de inmediato a la totalidad de los beneficios de la eliminación del sistema de 30 avos. También se establece una bonificación, con el objeto de mantener el monto líquido de su remuneración, ¿Cuántas personas se benefician? Entre profesores, funcionarios auxiliares de los servicios de educación y de los sistemas de salud traspasados a las municipalidades, no considerados en los números que señalaré antes hablé de 18 mil funcionarios municipales afiliados al antiguo sistema: aproximadamente 25 mil, a los que ahora se les comenzará a imponer por la totalidad de la renta computable, y alrededor de 200 funcionarios más de otras reparticiones públicas, con lo cual el total de beneficiados con el proyecto de ley alcanza a cerca de 70 mil personas. Setenta mil servidores públicos se beneficiarán directamente con el proyecto de ley. Cuando terminen sus servicios, tendrán la posibilidad de una jubilación razonable, digna, en relación directa con la remuneración que reciben hoy. Por último, un tercer elemento del proyecto de ley es el aumento del tope máximo de las pensiones iniciales de los imponentes, a partir del próximo reajuste de pensiones. Mediante esta norma se suprime el esquema gradual de aumento que establece la ley N° 18.675 hasta 1999. Fija el equivalente a 15 ingresos mínimos no remuneracionales, es decir, 430.605 pesos como tope a partir del próximo reajuste de pensiones. Este monto se incrementará conformé a los respectivos reajustes futuros. Esto permitirá mayor concordancia entre el tope de disponibilidad, que hoy alcanza a 60 unidades de fomento, y el monto máximo de la pensión; la acercará al tope de disponibilidad. También adelantará el tope que alcanzarán las pensiones en 1999, lo que posibilitará el retiro de muchos funcionarios que lo han postergado por uno, dos o tres años. El proyecto beneficia directamente a dos grupos importantes de trabajadores: del sector público y de municipalidades afiliados al antiguo régimen previsional. A partir de su aprobación, en el momento de jubilar serán beneficiados con el mejoramiento de las pensiones, al aumentar la base de cálculos por eliminación del sistema de 30 avos y por aplicación de la imponibilidad completa. Al mismo tiempo, beneficia a los trabajadores de los servicios traspasados a las municipalidades, afiliados al nuevo régimen previsional. De modo indirecto, el proyecto beneficia a todos los empleados de la Administración Pública y de las municipalidades que no cumplan con los requisitos para jubilar, independientemente de su régimen previsional, ya que por el retiro de los funcionarios de mayor edad, que se van a pensionar por la mejoría que se otorga, se generará el ascenso y promoción de los trabajadores más jóvenes, con los consecuentes aumentos de remuneraciones. El costo del proyecto involucra cifras significativas. Para el presente año, de conseguirse la pronta aplicación de la ley, se estima en 1.600 millones de pesos, fundamentalmente por imponibilidad, porque no habrá mayor gasto en pensiones, y si hay sería mínimo. Hasta 1999 se considera un costo total no actualizado de 83.000 millones de pesos, resultado de la mayor imponibilidad, es decir, de imponer por la totalidad de las remuneraciones, cuestión que beneficia en forma exclusiva a los funcionarios que son parte del nuevo sistema de pensiones. Un total de 11.500 millones de pesos para lo que resta del siglo, con un promedio aproximado de 1.500 millones anuales. El mayor gasto en pensiones, que es lo fundamental, en lo que resta del siglo alcanza a 70.100 millones de pesos. Se incrementa anualmente, alcanza en 1999 los 14.500 millones de pesos y comienza a descender de manera lenta hasta el año 2018, en que los costos se igualarían. En este sentido, los costos económicos se refieren sólo a la diferencia entre la aplicación del proyecto y la no aplicación. El costo total de las pensiones, por lo tanto, es muy superior. Sin embargo, con la aplicación del proyecto se produce este incremento en los costos. En relación con la Comisión de Trabajo, quisimos dejar constancia de la apreciación nuestra en orden a que tuvo un obrar inconstitucional en la tramitación de dos de los artículos del proyecto de ley. La Comisión de Hacienda tuvo presente la indicación del Ejecutivo, suprimida por la Comisión técnica, que modifica la norma propuesta en el mensaje respecto del descuento de las bonificaciones para los efectos del cálculo de las pensiones. La determinación de las pensiones con las bonificaciones significaría un incremento líquido aproximado de 18 por ciento en el sistema antiguo de pensiones, que, sin lugar a dudas, representaría un mayor costo fiscal no considerado en el proyecto del Ejecutivo. Según se informó en la Comisión, esto crearía diferencias entre sectores de pensiones y no hay fundamento lógico para aprobarlo. A pesar de ser de origen parlamentario la indicación que propuso la modificación en comento declarada inadmisible en la Comisión técnica en conformidad con lo dispuesto en el artículo 24 de la ley orgánica del Congreso Nacional, se obtuvo su propósito mediante un recurso reglamentario. En opinión de la Comisión de Hacienda, dadas las disposiciones constitucionales y legales que establecen la iniciativa exclusiva del Ejecutivo en materias previsionales y de gastos, la separación de la votación realizada en la Comisión de Trabajo es inconstitucional, por cuanto se repuso una indicación declarada inadmisible porque aumenta los beneficios del proyecto e incrementa los gastos, cuestión que sólo es de iniciativa del Ejecutivo. En este sentido, la Comisión de Hacienda estima que la Cámara de Diputados debe reponer la proposición del Ejecutivo al inciso primero del artículo 15 y al inciso segundo del artículo 22. Es una sola a idea y no puede ser dividida en el momento de su votación. Por este motivo, la Comisión de Hacienda recomienda aprobar este proyecto de ley que, con las indicaciones del Ejecutivo ya comentadas, favorece también a un número de trabajadores, beneficiarios e imponentes, regidos por la ley N° 15.076, de la Caja de Previsión de la Defensa Nacional y de la Dirección de Previsión de Carabineros de Chile, que habían sido excluidos involuntariamente del proyecto. Mediante la indicación al artículo 52, se pretende que sean considerados como la totalidad de los trabajadores del sector público. Finalmente, agradezco al Gobierno que haya enviado este proyecto de ley, con el cual hace un esfuerzo por otorgar ahora un beneficio tan significativo para tantos trabajadores del sector público centralizado y descentralizado del país. Es cuanto puedo informar. He dicho. Manifestaciones en las tribunas. Suenan los timbres silenciadores. El señor DUPRE (Presidente accidental).- Se suspende la sesión por 15 minutos. Se suspendió a las 11.47 y se reanudó a las 11.57. El señor DUPRE (Presidente accidental).- Continúa la sesión. Señores Diputados, el Orden del Día termina a las 12.40 y hay inscritos para intervenir aproximadamente unos 20 parlamentarios. Por lo tanto, en caso de que no se prorrogue, solicito el asentimiento unánime de la Sala para insertar los discursos de los señores Diputados que no alcancen a hacer uso de la palabra. No hay acuerdo. Solicito el asentimiento unánime para que puedan ingresar a la Sala el Subsecretario de Previsión Social, señor Luis Orlandini, y el Subdirector de Presupuesto, señor Mario Marcel, quienes acompañan al Ministro de Hacienda, don Alejandro Foxley. Acordado. Tiene la palabra el Diputado señor Ulloa para plantear un problema reglamentario. El señor ULLOA.- Señor Presidente, si no es posible continuar con la discusión del proyecto, podría terminar de tratarse el próximo martes. El señor DUPRE (Presidente accidental).- Podríamos hacer la consulta. Tiene la palabra el Diputado señor Longueira. El señor LONGUEIRA.- Señor Presidente, en el mismo sentido, quisiera saber cuál es el acuerdo de los Comités para tramitar este proyecto, pues contiene materias muy importantes e interesantes. Entonces, no debiera restringirse el tiempo destinado a su debate. El señor DUPRE (Presidente accidental).- Existe acuerdo de los Comités, ratificado por la Sala, para despacharlo en esta sesión, de tal manera que la proposición del Diputado Ulloa tendría que aprobarse por la unanimidad de los miembros de la Cámara, y no hay unanimidad para ello. Tiene la palabra el Diputado señor Roberto Muñoz Barra. El señor MUÑOZ BARRA.- Antes de entregar el apoyo de la bancada radical socialdemócrata a este proyecto, quiero felicitar al señor Presidente de la Cámara por la forma en que logró manejar la situación creada hace algunos minutos, como igualmente a Carabineros, que actuó en forma ejemplar, ya que no siempre reconocemos su acción en la difícil labor de resguardar la seguridad y normalidad del debate en el Parlamento. Señor Presidente, la bancada radical socialdemócrata aprueba el proyecto en estudio, que pretende legislar de manera mucho más justa respecto de un sistema que comenzó a tener distorsiones entre los años 1974 y 1979, época en que se unificaron las prestaciones del sistema de seguridad social. Como lo señalaron los señores Diputados informantes, todos sabemos que se estableció un monto mínimo uniforme para las pensiones, que en algunos casos llegó a fracciones absolutamente exiguas, en especial en el sector civil. También sabemos que durante ese período se fijó en 65 años la edad de retiro para todos los beneficiarios, lo que terminó con el sistema de los 30 años de trabajo, sin que los interesados tuvieran participación directa en esta iniciativa. Se eliminó, entonces, el retiro por antigüedad y también la pensión perseguidora, beneficios que evidentemente eran de justicia por las pensiones que recibía la gran mayoría de los trabajadores del país. Además, todos sabemos que desde esa época se produjo una distorsión en el sistema previsional, fundamentalmente del sector público y municipalizado, por cuanto el pago de las jubilaciones se hada sobre rentas inferiores a la mitad de lo que percibían los trabajadores, situación que aconteció hasta 1987. Nos alegramos de que el Gobierno de la Concertación, a través del Ejecutivo, haya patrocinado un proyecto tan esperado por tantos trabajadores. Asimismo, reconozco la participación de los parlamentarios de Oposición en el debate en las Comisiones, lo cual seguramente también acontecerá en la Sala. Esta iniciativa significa comenzar a revisar el sistema previsional chileno, el que aún está distante de ser lo que realmente desean los trabajadores de este país. Es la segunda puerta que se abre en tal orientación. Ayer los gendarmes tuvieron la posibilidad de retirarse de las AFP lo cual sienta un precedente e ingresar a una caja donde podrán tener mejores condiciones para jubilar. Hoy, se abre una puerta que permite a los empleados públicos y municipales tener acceso a una jubilación digna, terminando lentamente ojalá fuera en forma más acelerada con lo que algunos hemos denominado la "jubilación de la muerte". Creemos que en Chile, más temprano que tarde, se llegará a un sistema de jubilación igualitario, porque si bien es cierto que en el sistema anterior existen vicios y preferencias, consideramos que hoy se debe terminar con algunas jubilaciones absolutamente preferenciales, como las de ciertas instituciones que todos conocemos, cuyos personales tienen derecho a jubilar a los 20 años de servicio, en circunstancias de que el resto de los trabajadores debe hacerlo a los 65 años de edad. Señor Presidente, repito que hoy estamos cumpliendo con un compromiso que planteamos en el Programa de la Concertación, que permitió llevar democráticamente hasta el sillón de O'Higgins al actual mandatario, don Patricio Aylwin. Debemos señalar, aunque sea brevemente, que muchas veces se trató de desorientar las peticiones de los trabajadores manifestando que el sistema ofrece hoy día, por intermedio de las AFP, las llamadas jubilaciones anticipadas. Al respecto, tuve oportunidad de conversar amistosamente con un alto ejecutivo de la AFP Santa María, quien reconoció que las jubilaciones anticipadas tienen muchos vacíos y problemas y que, en la práctica, era muy bajo el porcentaje de trabajadores que pueden acogerse a ellas. Como parlamentario de la Concertación, me alegro del envío de este proyecto de ley, que permitirá jubilar a muchos cansados funcionarios de la Administración Pública. Se habla de 20 mil y tantos trabajadores que están esperando, con ilusión, la promulgación de la ley. La bancada radical socialdemócrata entrega su apoyo a esta iniciativa del Ejecutivo. He dicho. El señor SEGUEL.- Pido la palabra, por un asunto reglamentario. El señor DUPRE (Presidente accidental).- Tiene la palabra Su Señoría. El señor SEGUEL.- Señor Presidente, por su intermedio solicito el acuerdo de la Sala para suspender la hora de Incidentes y dejarla para debatir el proyecto en estudio. El señor DUPRE (Presidente accidental).- ¿Habría acuerdo para acceder a la petición del Diputado señor Seguel? No hay acuerdo. Tiene la palabra el Diputado señor Orpis. El señor ORPIS.- Señor Presidente, sin duda, este proyecto reviste enorme trascendencia para los funcionarios del sector público y de los servicios traspasados. Mediante él se pretende obtener un mejoramiento sustancial de las pensiones, por la vía de adelantar el mecanismo consagrado en el artículo 15 de la ley N° 18.675, con el objeto de establecer la total imponibilidad en forma inmediata y no de manera progresiva. El espíritu de la ley N° 18.675, de hacer progresiva está más alta imponibilidad, apunta a que la pensión final debería corresponder a las mayores cotizaciones que efectúe el afiliado, es decir, la pensión se financia por el propio trabajador. El proyecto cambia ese criterio. Al adelantar el calendario, esta diferencia que se traduce en una mayor pensión final, en términos inmediatos, para los trabajadores del sector público que se encuentran en el antiguo sistema, pasaría a ser financiada por el Estado hasta el año 2018, lo que significa la entrega de mayores recursos por el Fisco, en especial en los primeros años. Esta modificación no tiene mayor trascendencia para los trabajadores que optaron por el nuevo sistema y que desean jubilar en forma inmediata, por cuanto la mayor imponibilidad no produce efecto decisivo en el saldo acumulado en la cuenta individual ni un aumento significativo de su pensión final. Ellos no jubilan sobre la base del promedio de remuneraciones en los últimos años, sino del capital acumulado en su cuenta individual. De acuerdo con los antecedentes entregados por el Ejecutivo a la Comisión, el proyecto representa un gasto aproximado de 40 millones de dólares. Aun cuando signifique un alto costo para el país, me parece razonable aprobarlo porque los funcionarios públicos perciben bajas rentas, situación que se ve tremendamente agravada y que muchas veces, llega a ser crítica al momento de jubilar, pues reciben como pensión final sólo el 40 por ciento de sus actuales ingresos. No obstante lo positivo del proyecto, la gran pregunta que deberíamos hacernos es si, en el hecho, establece o no la total imponibilidad. Desde mi punto de vista, la respuesta es negativa, porque se acentúan los factores de discriminación entre los imponentes del antiguo sistema y del nuevo y se introduce, por vía legal, un gravamen que afecta no sólo a los funcionarios públicos, sino a todos los imponentes del antiguo sistema, que comprende aproximadamente 18 ex cajas. Por lo tanto, no sólo se está legislando para los funcionarios públicos o de los servicios traspasados que cotizan en el antiguo sistema, sino que, por vía indirecta, también se están introduciendo modificaciones legales que afectan a un amplio sector de trabajadores que cotizan en las ex cajas. El proyecto no establece la total imponibilidad, pues produce una doble distorsión. La primera afecta a quienes están en el nuevo sistema, y la segunda, a los que se encuentran en el antiguo sistema. Respecto de estos últimos trabajadores, debo señalar que no existe total imponibilidad desde el momento en que el proyecto elimina expresamente el incremento consagrado en el decreto ley N° 3.501 como elemento que se debe considerar para determinar la base de cálculo en la fijación de la pensión final. Desde nuestro punto de vista, el criterio del Ejecutivo no se aviene con la naturaleza y el espíritu del legislador de la época, con la interpretación de las normas del decreto ley N° 3.501, la jurisprudencia de los Tribunales de Justicia ni con el doble estándar con que se aplica el incremento. La finalidad inmediata del incremento era mantener la renta líquida del trabajador al momento en que se producía el cambio de sistema de cotizaciones y, al mismo tiempo, evitar que el empleador pudiese discriminar en favor de los trabajadores adscritos al nuevo sistema por ser éste más barato, ya que las cotizaciones son menores. De esta manera, el incremento tenía una primera consecuencia, denominada "efecto laboral" que perseguía mantener la renta líquida del trabajador. Sin embargo, tuvo otro, llamado "efecto previsional ", el cual se traduce en que la mayor parte de las cotizaciones que antes pagaba el empleador se ha convertido en una más alta remuneración imponible del trabajador. Este segundo efecto, el previsional, es el que hoy día quiere desconocer el Ejecutivo a todos los trabajadores del antiguo sistema, y no sólo a los funcionarios públicos y de los servicios traspasados. Este desconocimiento les puede significar a los trabajadores una disminución en su pensión final que oscila entre 14 y 20 por ciento, dependiendo de la Caja a que estén afiliados. Es decir, lo que se quiere dar acelerando el mecanismo de la ley N° 18.675, se financia eliminando el incremento a los trabajadores del sector público y al resto de los trabajadores de las ex cajas de previsión. Desde mi punto de vista, y después de analizar las actas de la comisión que estudió el decreto ley 3.501 y las declaraciones públicas de sus personeros, queda de manifiesto que el legislador diferenció claramente entre el efecto laboral y el efecto previsional del incremento. Basta mencionar en esta oportunidad lo que señala el comunicado oficial de prensa N° 7, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, publicado el 16 de noviembre de 1980, el cual textualmente expresa: "Es por esta razón que, a partir del 1 de marzo de 1981, las cotizaciones previsionales serán de cargo del trabajador. Sin embargo, al mismo tiempo, todas las remuneraciones brutas imponibles serán reajustadas con el solo objeto de mantener constante la renta líquida del trabajador." Es decir, el efecto laboral. Continúa el comunicado de prensa: "Esto significa que la mayor parte de las cotizaciones que antes pagaba el empleador se han convertido en una mayor remuneración imponible del trabajador". O sea, el efecto previsional. Si el legislador de la época no hubiese querido hacer imponible el incremento para los efectos previsionales, habría establecido un bono no imponible, como ha ocurrido en otras leyes. Pero no fue así. Por el contrario, señala expresamente que, a partir de esa fecha, las cotizaciones del trabajador aumentan su renta imponible. Sin embargo, hoy se da la siguiente paradoja respecto de los trabajadores a los cuales se pretende beneficiar con el incremento: 1.- A quienes están adscritos al antiguo sistema, el Ejecutivo no les quiere reconocer, sino desconocer en este proyecto de ley, el derecho a que el incremento se incorpore al cálculo de la pensión final. El INP se ha negado sistemáticamente a pagarlo por vía administrativa; pero se ha visto forzado a hacerlo judicialmente, y ya hay una amplia jurisprudencia respecto de los efectos previsionales del incremento. 2.- En cambio, a quienes cotizan en el nuevo sistema, siempre se les ha considerado el incremento y se les ha incorporado dicha cantidad a la cuenta individual. Por lo tanto, está incluido en su pensión final. Me parece muy extraño que en un sistema sea imponible y en el otro, no, sobre todo cuando la ley no hace distingos. Jurisprudencia de los Tribunales de Justicia. Según consta en la página 24 de las actas de la sesión N° 76 de la Comisión de Trabajo, el Subsecretario de Previsión Social, don Luis Orlandini, señaló textualmente, ante una pregunta del suscrito en el sentido de si se tenía conocimiento respecto de la tendencia de los fallos sobre este punto: "Expresa no tener conocimiento de algún proceso que el INP haya perdido sobre esta materia. Agrega que el artículo 2Q del decreto ley 3.501 es claro en el sentido de que el incremento tenía el solo objeto de mantener la renta líquida." Realicé una investigación y pude constatar que existían muchos fallos, incluso del máximo tribunal de la República, la Corte Suprema, en contra del INP, es decir, que acogen el incremento como base de cálculo para la pensión final. Estos fallos surgen a raíz de la negativa del Instituto de Normalización Previsional de pagar el incremento por no considerarlo renta. Sólo a manera de ejemplo me gustaría hacer referencia a uno de los fallos de la Ilustrísima Corte de Apelaciones de Valparaíso, ratificado por la Corte Suprema, recaído en la causa rol 1891, de 26 de septiembre de 1991, pronunciado por los ministros señores Arturo Zavala Rojas y Hugo Fuenzalida Serpa y el abogado integrante señor Enrique Aimone Gibson, publicado en la "Revista Laboral y de Seguridad Social", de diciembre de 1991. En él se reafirma que para los efectos de determinar el monto de las pensiones y beneficios previsionales debe aplicarse el inciso cuarto del artículo 42 del decreto ley N° 3.501, esto es, considerando el incremento del artículo 2e del decreto ley citado. Llama la atención lo manifestado por don Oscar Gorigoytía Gacitúa, juez titular del Segundo Juzgado del Trabajo de Valparaíso, que informó de esta causa: "Si la norma transitoria del artículo 3° de la ley N° 19.010 es una norma excepcional, ya que sólo su ámbito de aplicación rige respecto del cálculo de las indemnizaciones de los trabajadores con contrato de trabajo vigente a la fecha en que entra en vigor y que hubieren sido contratados también con posterioridad a la fecha determinada, como el 1 de marzo de 1981, en cuyo caso no se considera el incremento o factor previsional establecido para las remuneraciones por el decreto ley N° 3.501, de 1980, esto significa, por interpretación a contrario sensu, que no puede extenderse a otras situaciones no contempladas en la normativa legal. O sea, su interpretación es restrictiva y no extensiva. "Ahora bien, el inciso cuarto del artículo 42 del decreto ley N° 3.501 prescribe lo siguiente: "Lo dispuesto en este artículo se aplicará a la determinación del monto de las pensiones y otros beneficios previsionales establecidos en disposiciones actualmente aplicables a trabajadores a que se refiere el artículo l2.". "El sentido literal de la norma legal transcrita es perfectamente claro y, de acuerdo con la regla de oro de interpretación de la ley que contempla el Código Civil en el artículo 19, no se puede desatender su tenor literal a pretexto de consultar su espíritu. O sea, en la especie, la norma legal en estudio dispone en forma perentoria que el incremento, o sea, el aumento creado por el artículo 22 del decreto de ley N° 3.501, se aplicará voz imperativa a la determinación del monto de las pensiones y otros beneficios previsionales establecidos en disposiciones actualmente vigentes." Similar pronunciamiento se hace en la causa rol 1784, de la Corte de Apelaciones de Valparaíso, de 20 de junio de 1991; en "Yuvero con INP", resuelta el 15 de octubre de 1992; en "Diazlors con INP", recurso de queja, Corte de Apelaciones de Valparaíso, también del 15 de octubre de 1882. En síntesis, existe mucha jurisprudencia que acoge las demandas de quienes estimaron que el incremento debía considerarse para el cálculo de la pensión final, y que las diferencias de interpretación se zanjaron en forma definitiva con lo que dispuso el artículo 32 transitorio de la ley N° 19.010. El Ejecutivo, en vez de incluir en este proyecto ese criterio, sencillamente niega tal posibilidad, incluso la de recurrir a los tribunales. Lamento que en esta oportunidad no mantenga la posición que ha tenido en otros proyectos de ley, en que, a raíz de resultados judiciales desfavorables, no sólo dejó abierta la posibilidad para que los afectados recurrieran a los tribunales de justicia, sino que la amplió y autorizó al INP para transar extrajudicialmente, como ocurrió en el caso de los exonerados políticos. Interpretación de las disposiciones del decreto ley N° 3.501. Básicamente, los argumentos del Instituto de Normalización Previsional para no incorporar el incremento en la base del cálculo de la pensión final en el antiguo sistema apuntan a que éste no constituye renta. Desde mi punto de vista, se trata de un criterio errado, por las siguientes razones: El artículo l2 del decreto ley N° 3.501 comienza expresando: "Las remuneraciones imponibles de los trabajadores dependientes, afiliados a instituciones que a continuación se indican, sólo estarán afectas a las siguientes cotizaciones, las que serán dé cargo de aquéllas;". Esta norma específica cuál es la base de cálculo de los beneficios provisionales que otorgan las instituciones a que se refiero, que no es otra que la remuneración imponible. El artículo 22 dispone: "Los trabajadores dependientes afiliados a las instituciones de previsión en el artículo precedente, mantendrán el monto líquido de sus remuneraciones.". En esta parte, el Ejecutivo centra su argumentación respecto del descuento del incremento. Si no existiera otra norma, tendría razón. Sin embargo, el inciso segundo de este artículo señala: "Sólo para este efecto es decir, mantener la renta líquida y para la aplicación de lo dispuesto en el artículo anterior, increméntanse las remuneraciones de estos trabajadores,...". Como se expresó, la introducción del incremento que instituye el inciso segundo del artículo 22 tuvo dos efectos: el laboral, que mantiene la renta líquida, y el provisional, que consiste en que sobre las remuneraciones incrementadas debían aplicarse, en lo sucesivo, las cotizaciones señaladas en el artículo l2. Este fue el espíritu del legislador. Más aún, el propio comunicado oficial del Ministerio no habla de un aumento de salarios, sino de "remuneraciones imponibles". Por lo tanto, esta remuneración imponible incrementada es la que se grava con el nuevo régimen de cotizaciones que incorpora el artículo l2. Más todavía, cuando el legislador de 1980 dice en su inciso segundo, al instituir el incremento provisional, que éste se crea "sólo para el efecto de mantener la renta líquida de las remuneraciones y para la aplicación de lo dispuesto en el artículo anterior, esto es, aplicar las nuevas tasas que prevé esta última disposición. Si existiera alguna duda sobre la remisión que se hace en el inciso segundo del artículo 22, se despeja con la lectura del inciso segundo del artículo 4° del decreto ley 3.501, que dice: "En todo caso, los aumentos indicados se incorporarán a la parte afecta a imposiciones provisionales de las remuneraciones y servirán de base a reajustes que deban aplicarse con posterioridad a la vigencia de esta ley". Confirma el carácter de renta que tiene el incremento, la modificación que el legislador efectúa, un año después, al inciso segundo final del decreto ley 3.501 mediante el decreto ley 3.625, que estableció: "El incremento se pagará en dinero"; esto significa que es parte del sueldo. No obstante lo anterior, el INP descuenta el referido incremento, es decir, lo rebaja de cualquier beneficio provisional. Desde nuestro punto de vista, es una tesis errónea, por cuanto el INP confunde el efecto laboral del incremento, que dio lugar a una variada jurisprudencia, zanjado en forma definitiva por el artículo 3° de la ley 19.010, lo cual originó una serie de fallos que resolvieron que el descuento es improcedente. Lo anterior refuerza el doble estándar del incremento. En efecto, si se examina cualquier liquidación de sueldo de un funcionario público, se aprecia que ésta comprende varios ítem, entre ellos, sueldo base, asignación profesional y decreto ley 3.500. Esto significa que el incremento lo percibe el trabajador e incide en la determinación de la renta imponible y de los ingresos líquidos a percibir. Sin embargo, si ese trabajador o funcionario público además percibe otra renta, por ejemplo, honorarios derivados del ejercicio privado de la profesión lo cual lo convierte en sujeto pasivo del impuesto global complementario, quiere decir que la suma de estos ingresos o remuneraciones fijas en la cual se incluye el incremento, determina el encasillamiento en cierto tramo del impuesto a la renta, lo que a lo mejor no habría ocurrido de haberse rebajado, como se hace, para efectos previsionales. El error más de fondo y así entiendo la preocupación del Ejecutivo, al margen de los 2,5 millones de dólares que costaría entregar este incremento en un proyecto de 40 millones de dólares, si se considera el incremento para los efectos de determinar la pensión, implica que un porcentaje de trabajadores recibiría una pensión final superior a sus actuales remuneraciones. Desde nuestro punto de vista, este problema se termina al prescribir la total imponibilidad en forma inmediata. Por lo tanto, la verdadera solución no es quitar el incremento, sino establecer para el cálculo de la pensión final un promedio de remuneraciones que vaya más allá en un promedio de años y sea similar en la mayoría de las cajas, o en todas ellas. Aquí simplemente se ha optado por el camino más fácil, el de quitar. Por ello, tengo serias dudas sobre la legalidad del proyecto en esta parte, ya que es una verdadera expropiación de la remuneración que ganó un trabajador durante toda su vida activa. Por esa razón, respecto de esta materia, no descarto la posibilidad de hacer la presentación correspondiente al Tribunal Constitucional para que no se expropie al trabajador este porcentaje que va del 14 al 20 por ciento. En cuanto al tema tributario, se da la paradoja de que, cuando el Fisco tiene que cobrar, se exige el incremento y se considera, pero cuando debe pagar, se descuenta ese 14 ó 20 por ciento para el efecto de la pensión final. Hay una segunda distorsión que se produce en relación con los imponentes del nuevo sistema. Este proyecto incorpora el concepto de remuneración total para los trabajadores del sector pública del antiguo sistema, pero no respecto de los incorporados al nuevo. La pensión de un trabajador que se cambió al nuevo sistema se compone de las imposiciones que ha hecho a partir de esa fecha en su cuenta individual, más el bono de reconocimiento al momento de jubilar. Como el cálculo del bono era sobre la base de la renta imponible y desde 1979, las remuneraciones no eran totalmente imponibles. Entonces, aquellos trabajadores que optaron por el nuevo sistema y no pueden cambiarse al antiguo, no jubilarán bajo el concepto de remuneración total imponible, lo que a todas luces parece una discriminación. Sólo para los efectos de dejar constancia, cabe señalar que actualmente los funcionarios públicos adscritos al nuevo sistema son 150 mil; los del antiguo sistema alcanzan a 40 mil. En resumen, la distorsión afecta a los funcionarios públicos del antiguo sistema respecto del incremento e indirectamente a todos los trabajadores de las ex cajas. En cuanto al nuevo sistema, afecta sobre todo a quienes se cambiaron, puesto que el bono de reconocimiento no es totalmente imponible. Sin perjuicio de lo señalado, daremos nuestra aprobación al proyecto; pero debemos seguir insistiendo sobre estos dos temas, por cuanto hay que arreglar de manera progresiva y definitiva el sistema previsional. Aquí, claramente se establecen disposiciones permanentes que perjudicarán la pensión final de los trabajadores. El Diputado señor Araya me ha solicitado una interrupción y con su venia se la otorgo. El señor DUPRE (Presidente accidental).- Por la vía de la interrupción, tiene la palabra el Diputado señor Araya. El señor ARAYA.- Señor Presidente, sólo quiero hacerle una consulta al colega señor Orpis en relación con el comunicado de prensa que acaba de leer, referente a esta materia. Hasta este momento no tenía conocimiento sobre desde cuándo se aplicó la ley de esta posible expropiación que se hizo a los trabajadores. Pero en este caso no sólo se trataría de funcionarios de la Administración Pública o de las municipalidades, sino de todos los sujetos al decreto ley N° 3.500. Tampoco sabía que se hubiera perdido algún juicio; sé que desde 1986 existe uno que afecta a un gremio, pero todavía no ha sido fallado. Se trata de una empresa que pagó el incremento y posteriormente pidió la devolución de ese pago. He dicho. El señor DUPRE (Presidente accidental).- Puede continuar con el uso de la palabra el Diputado señor Orpis. El señor ORPIS.- Señor Presidente, daré respuesta al Diputado señor Araya. Es grave que derechamente, por la vía legal, se desconozca la posibilidad de optar. Este es un patrimonio al que tiene derecho el trabajador. Hasta ahora la puerta estaba abierta respecto de los tribunales, pero ahora la cerramos porque hay fallos que reconocen el incremento para los efectos del cálculo de la pensión final. Ahí está la inconstitucionalidad. En relación con la segunda pregunta, le informo que estos fallos son relativamente recientes, desde 1990. La duda de interpretación se zanjó mediante el artículo transitorio de la ley N° 19.010, que se refería al incremento para el efecto de considerarlo en la indemnización por despido. Los tribunales han estimado ésa es la jurisprudencia que el incremento debe considerarse en términos restrictivos: sólo su efecto laboral, no el previsional. Acerca de esta parte del proyecto, estoy estudiando una presentación al Tribunal Constitucional, por cuanto el artículo 3Q transitorio de la ley N° 19.010 despejó este problema de interpretación, y aquí estamos cerrando la puerta para que las personas puedan recurrir a los tribunales de justicia. He dicho. El señor DUPRE (Presidente accidental).- Hago presente a la Sala que faltan cinco minutos para el término del Orden del Día. Tiene la palabra el Diputado señor Rubén Gajardo. El señor GAJARDO.- Señor Presidente, anuncio el voto favorable de los Diputados de la Democracia Cristiana a este proyecto por ser una de las iniciativas previsionales más importantes generadas en los últimos años. Sus beneficios esenciales se desprenden de las intervenciones de los distintos señores Diputados. Se trata de mejorar las condiciones de jubilación de los funcionarios públicos acogidos al antiguo sistema previsional, lo cual significa que sus pensiones se incrementarán, según los casos, entre el 80 y el 90 por ciento. Sobre la materia, me remito a los ejemplos bastante ilustrativos que dio el señor Diputado informante de la Comisión de Hacienda para apreciar y ponderar la exacta significación del proyecto. Quiero hacerme cargo de algunas observaciones planteadas por mi colega Jaime Orpis. Para centrar el debate es preciso señalar con toda justeza en qué consiste el proyecto y cuáles son las modifica dones que introduce a la legislación vigente. Respecto de los funcionarios públicos, en general, el cambio sustancial es hacer operable, en el acto, un mecanismo de cálculo de la pensión sobre la base de la total imponibilidad establecida a través de la ley N° 18.675. Por el proyecto se adelanta un calendario que fija dicha ley para recuperar el derecho a calcular las pensiones en conformidad con la total imponibilidad. En consecuencia, los mecanismos de cálculo están allí consagrados. Por eso, cuando se plantea que este proyecto excluye el incremento previsional se incurre en un grueso error, porque esa exclusión se determinó en esa ley. La normativa que se propone en esta oportunidad no tiene por objeto modificar el régimen previsional, sino sólo adelantar la aplicación de un mecanismo para la recuperación del beneficio del cálculo de la pensión sobre la base de la imponibilidad total. Si bien en esta iniciativa se sustituye en su integridad el artículo 15 de la ley N° 18.675, en el fondo el único cambio que plantea es adelantar ese cálculo. El citado artículo 15 establece: “El monto de las pensiones determinadas de acuerdo con las normas generales aplicables conforme a la legislación vigente, con exclusión de la ley N° 18.263, se incrementará en la cantidad que resulte de efectuar las siguientes operaciones:". La primera de ellas es la indicada en la letra a), que señala: "A las remuneraciones imponibles por las cuales efectivamente se cotizó para pensionarse durante el período considerado en el cálculo del sueldo base, se les descontarán el incremento del decreto ley N° 3.501, de 1980 (es decir, el incremento previsional de 1980), las bonificaciones establecidas en la ley N° 18.566 y en el artículo 10 de la presente ley." El artículo l2 del proyecto en discusión, al sustituir el artículo 15 de la referida ley N° 18.675, no hace sino reproducir la forma de cálculo de las pensiones. Incluso las frases son idénticas. En el proyecto se habla de que debe descontarse "el incremento del citado decreto ley N° 3.501 y las bonificaciones establecidas en la Ley N° 18.566 y en el artículo 10 de la presente ley." Es decir, perfectamente se podría haber hecho la modificación sin alterar el texto. Si se sustituye el artículo en su integridad, ello se hace por una sana práctica de técnica legislativa, a fin de que se pueda entender la ley y no se tengan que consultar permanentemente textos antiguos para hacer el cotejo y la comparación correspondiente. Ahora, se plantea que el hecho de excluir el bono de reconocimiento del cálculo de la pensión constituye una expropiación. Pero ello no se desprende de este proyecto. Si fuera una expropiación, habría sido establecido por la ley N° 18.675. En consecuencia, la inconstitucionalidad radicaría en esa ley y no en esta iniciativa, la cual no incorpora innovaciones en esta materia, sino, simplemente, adelanta el calendario para el pago. Además, el Diputado señor Orpis planteó que se daría una situación bastante absurda si se tuviera que considerar el incremento. Si bien el hecho de descontarlo implica una pensión inferior a la que resultaría de considerarlo, del orden del 16 por ciento, ello se compensa con la menor cotización previsional del jubilado en relación con el funcionario activo. Por ejemplo, si consideramos la situación hipotética de un funcionario en servicio activo cuyo ingreso es 100, y se les descuenta por cotizaciones 30,91, su sueldo líquido es de 69,09. Pero, ¿qué pasa con la persona que se va a pensionar? Al no considerarse el incremento previsional, la base de cálculo será 84 de 100, descontando más o menos el 16 por ciento del incremento previsional. Entonces, sus cotizaciones no alcanzarán a 30,91, sino que sólo cotizará para salud el 9,24, lo cual significa, en definitiva, que dicha persona, al jubilar, obtendrá un ingreso de 74,76. Es decir, se ve ampliamente compensada la circunstancia de no tomar en cuenta el bono de reconocimiento con la menor cotización correspondiente a su calidad de pensionada. Otro aspecto que el Diputado señor Orpis plantea como objeción al proyecto se refiere a que la medida no es aplicable para quienes se afiliaron al nuevo sistema. Aquí tenemos que partir de la base salvo que se pruebe lo contrario de que el traspaso al nuevo sistema fue voluntario. Y si fue voluntario es porque conoció y estuvo de acuerdo con el mecanismo de cálculo previsional contenido en el decreto ley N° 3.500. Por otra parte, el bono de reconocimiento tiene un interés del 4 por ciento anual, superior al aumento de las remuneraciones experimentadas en el período. De tal manera que esa situación genera una compensación a las personas que se afiliaron al nuevo sistema. El señor DUPRE (Presidente accidental).- Señor Diputado, ha terminado el tiempo de la Democracia Cristiana. Le ruego redondear su idea. El señor GAJARDO.- Señor Presidente, éste es un tema excepcionalmente importante. Lo discutimos con mucha profundidad en la Comisión de Trabajo y Seguridad Social. Habría sido conveniente que en la Sala también se profundizara sobre éste y otros temas, porque se trata de un proyecto de extraordinaria significación. Nosotros rescatamos la voluntad del Gobierno de ir corrigiendo distorsiones generadas por la aplicación de normas que han creado situaciones que perjudican a los funcionarios y los desincentivan para jubilar. Esta norma producirá los efectos esperados y una enorme cantidad de funcionarios, que está esperando esta ley, se acogerá a jubilación en las nuevas condiciones, lo que, al mismo tiempo, descomprimirá la Administración Pública y, por ende, permitirá la generación de los ascensos necesarios. Uno de los problemas que hay en la actualidad es precisamente ése: la gente no jubila porque su situación económica se deteriora de modo muy significativo. Por esas razones, votaremos favorablemente este proyecto. Le doy una interrupción al Diputado señor Huepe. El señor DUPRE (Presidente accidental).- No puede conceder interrupciones, señor Diputado, porque terminó su tiempo. En conformidad con el artículo 130 del Reglamento, corresponden diez minutos al Comité de Renovación Nacional. Tiene la palabra el Diputado señor García Ruminot. El señor GARCIA (don José).- Señor Presidente, en primer lugar, queremos destacar que nos parece realmente positivo este proyecto de ley. Lo cierto es que el monto de las pensiones con que se retiran los funcionarios públicos después de muchos años de servicio en la Administración del Estado no guarda relación con el tiempo entregado a dicha labor. Este proyecto tiende a corregir sustancialmente el cálculo de las pensiones. Por supuesto, desde ese punto de vista recogemos esta iniciativa, la celebramos y anunciamos que la votaremos favorablemente. Sin embargo, tres aspectos de este proyecto que nos interesa sobremanera perfeccionar durante su tramitación. El primero de ellos es que deja afuera a los académicos y funcionarios de las universidades estatales, quienes también son imponentes del actual Instituto de Normalización Previsional, de la ex Caja de Previsión de Empleados Públicos y Periodistas. No hay razón que justifique esa discriminación. Hemos escuchado las explicaciones dadas por el señor Subdirector de Presupuestos en la Comisión de Hacienda, en el sentido de que los académicos y funcionarios de las universidades están regidos por el decreto con fuerza de ley Ne 3, y que muchas universidades procedieron oportunamente a corregir la situación de imponibilidad. Sin embargo, también conocemos muchísimas otras que no han enmendado esa distorsión. En consecuencia, esos funcionarios y académicos se encuentran efectuando imposiciones por un monto muy por debajo de sus actuales remuneraciones. Nos parece de toda justicia incorporarlos. En aquella oportunidad, el señor Subdirector expresó la voluntad del Gobierno de incluirlos, a través de una indicación, durante el segundo trámite de este proyecto de ley. Un segundo aspecto que nos parece realmente importante es que no compartimos la forma en que el Ministerio de Educación hará entrega de los recursos a las municipalidades para cubrir el mayor costo que significará para el sistema de educación municipal el caso de los docentes y personal traspasado a las municipalidades. La experiencia que se tiene con el Estatuto Docente es que las municipalidades no reciben la totalidad de los recursos correspondientes a su aplicación. Por lo tanto, ellas están aumentando sus déficit por el sistema de educación municipal. Queremos establecer en esta iniciativa de ley una norma que garantice a las municipalidades que recibirán efectivamente los mayores costos que esta normativa les impondrá, ya que de lo contrario, se incrementarán aún más los déficit actuales. En tercer lugar, junto con el Diputado señor Pablo Longueira hemos hecho llegar a la Mesa una indicación que incorpora un artículo 10 a este proyecto, destinado a garantizar que el Ministerio de Salud entregará a las municipalidades fondos para cubrir el mayor costo que significará la aplicación de esta ley respecto de los funcionarios de salud traspasados al sistema municipal. Reitero el ejemplo del Estatuto Docente. No queremos que con este proyecto ocurra lo mismo: que a los funcionarios de la salud no se les asignen los recursos necesarios para implementar esta ley. Además, estamos reponiendo una indicación presentada en la Comisión de Hacienda, tendiente a establecer que sean los gobiernos regionales los que diriman las discrepancias que se susciten entre el Ministerio de Educación, el Ministerio de Salud y las municipalidades, sobre el mayor costo que representa esta iniciativa. No podemos, por vía de la ley, imponer a las municipalidades una carga financiera mayor sin proporcionarles los fondos pertinentes. Nuestras indicaciones apuntan precisamente a resguardar esos aspectos. Finalmente, votaremos favorablemente este proyecto; pero esperamos que la situación de los académicos y funcionarios de las universidades estatales sea resuelta en forma eficiente; que el Ministerio de Educación entregue a las municipalidades los recursos suficientes para cubrir el mayor costo, y que una norma les asegure que el financiamiento para los funcionarios de salud también lo recibirán oportunamente. He dicho. El señor DUPRE (Presidente accidental).- Corresponde el turno de diez minutos al Partido Socialista, en conformidad con el Reglamento. Tiene la palabra la Honorable Diputada señora Adriana Muñoz. La señora MUÑOZ (doña Adriana). Señor Presidente, en primer lugar, quiero referirme a las observaciones del Diputado don Andrés Palma, en relación con la modalidad de trabajo de la Comisión para tratar este proyecto y a la forma como realizamos la votación de algunos artículos. Al respecto, nos hemos ajustado en la Comisión sólo a las atribuciones que nos entregan la Constitución y el Reglamento de la Cámara. En este sentido, si mal no recuerdo, el inciso final del artículo 62 de la Carta otorga al Congreso la facultad de rechazar los beneficios, gastos y demás iniciativas sobre seguridad social que proponga el Ejecutivo. La Comisión de Trabajo rechazó parte de la iniciativa. Por otro lado, como Presidenta de la Comisión, tengo facultades para fijar las proposiciones que se discutirán en la Comisión; es decir, puedo dividir la votación. Esta atribución me la otorga el número 6 del artículo 236 del Reglamento. Por otra parte, el artículo 280 del Reglamento permite a cualquier Diputado solicitar la división de una propuesta del Ejecutivo antes del cierre del debate, salvo en las situaciones en que hay una proposición de veto que el Ejecutivo haya formulado a algún proyecto de ley. En segundo lugar, me referiré al contenido del proyecto, expuesto largamente por los Diputados de la Comisión de Trabajo. Se ha señalado la notable valoración que hemos dado a esta iniciativa por los inmensos beneficios que concede a cientos de miles de trabajadores del sector público que hoy, de acuerdo con la legislación vigente, jubilan con verdaderas pensiones de miseria. Sin embargo, en la Comisión discutimos latamente los temas que los colegas Gajardo, Araya y Orpis han traído al debate de esta Sala. Pese a los argumentos entregados por el colega Gajardo, pensamos que es importante abundar en la discusión del tema del incremento, porque parece altamente incongruente con la idea matriz del proyecto que esta iniciativa, por la cual se intenta fijar una nueva forma del cálculo de las pensiones considerando toda la renta imponible del trabajador para determinar el monto de la pensión, elimine de este cálculo el incremento del decreto N° 3.501 y de la ley N° 18.566, que lo hace imponible. En aras de hacer consistente este proyecto, es importante que discutamos una vez más las posibilidades de revisar esta proposición. Señor Presidente, por su intermedio quiero consultar al señor Ministro Foxley si Hacienda tiene algún cálculo de cuánto aumentaría el costo de este proyecto si consideráramos el incremento que hemos estado debatiendo. Estimo importante, por otro lado, que la Cámara agilice el debate de este proyecto porque cientos de miles de funcionarios públicos están esperando que se convierta en ley para poder jubilar. Debo señalar al colega García que, respecto de los profesores universitarios, la Comisión de Trabajo, en su audiencia pública, recibió en varias oportunidades a profesores de la Universidad de Santiago y de otras. Sin embargo, ésa no es materia de este proyecto. Así lo establecimos con los funcionarios de Hacienda y del Ministerio del Trabajo, por cuanto estos trabajadores se rigen por otras normativas. Se produciría una incompatibilidad de disposiciones legales si tratáramos en este proyecto asuntos que no corresponden a sus ideas matrices, pues las disposiciones para los trabajadores y los funcionarios de las universidades están contenidas en el decreto con fuerza de ley N° 3, de 1981. En el debate de la Comisión nos interesamos muchísimo por el tema de estos trabajadores, que están viviendo situaciones bastantes conflictivas. No los pudimos incluir en este proyecto, pero están bastante avanzadas las conversaciones con el Ministerio de Hacienda para hacerles justicia. Es cuanto puedo informar. He dicho. El señor DUPRE (Vicepresidente).- El Partido Socialista ha concedido el resto de su tiempo al Diputado señor Palestro. Tiene la palabra Su Señoría. El señor PALESTRO.- Señor Presidente, seré muy breve, porque coincido con lo que acaba de decir la Diputada señora Muñoz, en el sentido de que muchos empleados están esperando esta reparación justa que se hace en cuanto a sus pensiones en el proyecto enviado por el Ejecutivo. Estoy de acuerdo en que todo lo que se haga en favor de este grupo de pensionados de distintos niveles es poco. Todo lo que signifique mejorar la condición económica de las personas que entregaron una vida al servicio público debe ser considerado en este proyecto, para poner al día sus remuneraciones que fueron mermando a través del tiempo. Por último, anuncio mi voto favorable al proyecto, incluidas las indicaciones que el Ejecutivo hizo llegar recientemente a la Sala. He dicho. El señor DUPRE (Vicepresidente).- Corresponde hacer uso de su tiempo al Comité del Partido por la Democracia. Ofrezco la palabra. Ofrezco la palabra. Cerrado el debate. Tiene la palabra el señor Ministro de Hacienda. El (señor FOXLEY (Ministro de Hacienda).- Señor Presidente, el Gobierno atribuye la mayor importancia a este proyecto de ley, tal como ya lo destacaron los señores Diputados informantes. Por razones conocidas, en el pasado se produjo una discriminación bastante grave con los funcionarios públicos, que al jubilar obtenían una pensión equivalente, en muchos casos, a menos de la mitad de la remuneración efectiva que percibían. En este proyecto se procura corregir esta situación y beneficiar a unos 45 mil funcionarios, buen número de los cuales no ha querido jubilar, precisamente por el exiguo monto de las pensiones que obtendrían. Como se ha manifestado, la iniciativa comprende a los funcionarios del sector público, en general, incluyendo a los del Poder Judicial, a los de los servicios municipalizados de educación y salud, y a los de algunos servicios públicos que hoy son sociedades anónimas, tales como el Metro y la Empresa de Servicios Sanitarios. Con este proyecto también se busca corregir el problema de la insuficiente imponibilidad de las remuneraciones de las personas que se cambiaron al nuevo sistema de las AFP, especialmente a 25 mil profesores y a algunos funcionarios de Digeder y Capredena. Esta corrección les permitirá acumular un mayor fondo de retiro, al suplementar el Gobierno sus remuneraciones con una bonificación para que sus sueldos líquidos no se vean alterados. Quiero destacar la preocupación del Gobierno por el pronto despacho de este proyecto, y también solicitar a la Sala que acuerde votarlo hoy. Como manifesté, los funcionarios públicos lo acogieron en forma extraordinariamente positiva, han esperado durante varios meses su aprobación, y sería muy conveniente que la Cámara lo despachara hoy, en su primer trámite constitucional. Me parece muy atendibles algunas observaciones planteadas aquí, en particular la referente al personal académico de las universidades que, para los efectos legales, están asociadas a la idea de universidades dependientes básicamente del aporte público, cuyos funcionarios académicos tienen una imponibilidad sustancialmente inferior a sus remuneraciones reales. Esta materia está en estudio, y darle una solución inmediata tendría un costo superior a los dos mil millones de pesos. Por lo tanto, en este momento estamos buscando la manera de compartir los costos entre los funcionarios académicos, las universidades y el Fisco, para llegar a una imponibilidad del ciento por ciento de sus remuneraciones. De manera que recogemos la observación y esperamos que este aspecto sea resuelto en el curso de la tramitación del proyecto. Respecto de la sugerencia de incluir un párrafo explícito que consigne la obligación del Fisco de pagar la bonificación al personal de la salud, como ocurre respecto de los trabajadores de la educación municipalizada, la indicación nada nuevo agrega al proyecto, que establece la obligación del Fisco de bonificar, a través del Tesoro Público o del Ministerio respectivo, para que la remuneración líquida del personal no sufra disminuciones. La norma respectiva rige tanto para el personal de la educación como para el de la salud. En cuanto al costo del incremento, éste tendría un impacto directo en el gasto fiscal superior a mil millones de pesos anuales. Pero el problema principal es que de aceptar ese criterio ya me referiré al punto, fácilmente podría conducir a un recálculo de todas las pensiones ya otorgadas y calculadas de acuerdo con el mismo criterio aplicado por el Gobierno en el proyecto. En consecuencia, no puedo anticipar el costo de esta modificación, pero podría ser muy alto. El Gobierno discrepa de la interpretación del Diputado señor Orpis respecto del incremento. Su único motivo es que la pensión del trabajador no se vea reducida, lo cual se logra aumentando la imponibilidad de sus remuneraciones. Por lo tanto, dicho incremento nunca tuvo como objetivo aumentar las pensiones éste es el punto central, sino compensarlas por la vía del aumento de la imponibilidad, para que su monto líquido final quede igual. Por lo demás, el decreto ley N° 3.501, que regula el cálculo de las imposiciones, excluye de él el monto del incremento. El Gobierno considera innecesaria esta indicación, por lo cual el proyecto debe quedar en los mismos términos planteados originalmente. En consecuencia, reitero a la Sala mi petición para que el proyecto sea votado y despachado en la presente sesión. El señor DUPRE (Presidente accidental).- Quiero dar una explicación respecto de la petición formulada por el señor Ministro. Salvo que los dos tercios de los Diputados presentes acordaran lo contrario, reglamentariamente el proyecto no podría despacharse hoy en general y en particular, pues hay numerosas indicaciones. Si existiera acuerdo en tal sentido se podría reconsiderar la situación. En todo caso, como este proyecto tiene urgencia calificada de "simple", las Comisiones de Trabajo y de Hacienda disponen de un plazo de cuatro y tres días, respectivamente, para emitir sus segundos informes. Si la Sala resuelve no despacharlo hoy, reglamentariamente debe hacerlo el próximo jueves. El señor ORTEGA.- Pido la palabra para plantear un asunto reglamentario. El señor DUPRE (Presidente accidental).- A pesar de que no corresponde abrir debate sobre la materia, tiene la palabra el Diputado señor Ortega para plantear un asunto estrictamente reglamentario. El señor ORTEGA.- Señor Presidente, quiero dar a conocer una inquietud. El procedimiento reglamentario obliga a la Mesa a declarar, en primer lugar, la admisibilidad de las indicaciones, y después someterlas a votación. Si las declara inadmisibles, el proyecto debería votarse hoy en general y en particular. El señor DUPRE (Presidente accidental).- De acuerdo con la ley orgánica constitucional del Congreso Nacional, se puede declarar la inadmisibilidad de las indicaciones en cualquier etapa del trámite reglamentario del proyecto. Habría que discutir la admisibilidad de algunas indicaciones respecto de las cuales existen dudas. Sin embargo, hago presente que existen discrepancias por lo tanto, hay indicaciones entre los informes de las Comisiones de Hacienda y de Trabajo. De manera que desde el punto de vista reglamentario, el proyecto debería cumplir con el trámite de segundo informe. Como el señor Ministro de Hacienda ha solicitado a la Sala que despache en esta sesión el proyecto, algún señor Diputado o Comité debe asumir tal petición. El señor HUENCHUMILLA.- Pido la palabra. El señor DUPRE (Presidente accidental).- Tiene la palabra Su Señoría. El señor HUENCHUMILLA.- Señor Presidente, en representación de la bancada democratacristiana, solicito que se vote y despache hoy, en general y en particular, el proyecto. Si así se acordara, la Mesa podría pronunciarse en el momento oportuno respecto de la admisibilidad o inadmisibilidad de las indicaciones presentadas por los señores Diputados. El señor DUPRE (Presidente accidental).- Tiene la palabra el Diputado señor Schaulsohn. El señor SCHAULSOHN.- Señor Presidente, ¿cuál es el acuerdo de los Comités sobre la materia? El señor DUPRE (Presidente accidental).- El acuerdo es despachar el proyecto en el trámite en que se encuentre. En este caso, según la interpretación de la Mesa, debería despacharse en general. Tiene la palabra el Diputado señor Schaulsohn. El señor SCHAULSOHN.- Señor Presidente, entonces, lo lógico sería respetar el acuerdo de los Comités; resulta improcedente que un Diputado desconozca dicho acuerdo. El Diputado señor Huenchumilla plantea la revisión de un acuerdo unánime de los Comités, cosa que no corresponde, porque ellos ya evaluaron la situación y resolvieron despachar el proyecto a una hora determinada, en su trámite de primer informe. Entiendo porque la Mesa lo ha hecho valer muchas veces que ni siquiera por la unanimidad de la Sala se puede revisar un acuerdo de los Comités, adoptado en forma unánime. Formulo la observación en ese sentido, por considerar improcedente la petición del Diputado señor Huenchumilla. El señor DUPRE (Presidente accidental).- Tiene la palabra el Diputado señor Orpis. El señor ORPIS.- Señor Presidente, quiero rectificar lo manifestado por el Diputado señor Schaulsohn. No fue un acuerdo de los Comités, sino de la Sala. Por lo tanto, con mayor razón se requiere la unanimidad para modificarlo. El señor DUPRE (Presidente accidental).- Al comenzar la discusión del proyecto hice presente que había sido un acuerdo de la Sala. Tiene la palabra el Diputado señor Schaulsohn. El señor SCHAULSOHN.- Si es acuerdo de la Sala, ella puede reconsiderarlo; para eso no se requiere la unanimidad. Varios señores DIPUTADOS.- ¡Sí! El señor SCHAULSOHN.- ¿Por qué? La Sala adopta acuerdos por mayoría. En ese caso, en mi opinión, la posición del Diputado señor Huenchumilla es perfectamente razonable en el sentido de que la mayoría debe resolver. Si es acuerdo de Comité, no la puede plantear. En un error de hecho, argumenté sobre la base de que es acuerdo de Comités; pero si es de Sala, ésta puede revisarlo. El señor DUPRE (Presidente accidental).- El acuerdo fue una proposición de los Comités que ratificó la Sala. Con el objeto de cerrar el debate, para efectos de procedimiento, concederé la palabra a los señores Carrasco, Cerda, Urrutia y señora Muñoz. El señor CARRASCO.- Señor Presidente, los acuerdos de Comités pueden revisarse por unanimidad en la Sala, en la que también están incluidos ellos. Por lo tanto, no hay problema. En segundo lugar, necesitamos saber si las indicaciones son muchas. Es bueno que la Mesa haga una clasificación de las inadmisibles, porque si quedan pocas, es fácil despachar el proyecto. Con este antecedente podremos abordar la materia. El señor DUPRE (Presidente accidental).- Son cinco indicaciones de los señores Diputados y cuatro de la Comisión de Hacienda. Tiene la palabra el Diputado señor Cerda. El señor CERDA.- Señor Presidente, solicito al señor Ministro y a los señores Diputados que lo han sugerido que vean la inconveniencia de despachar el proyecto de inmediato, por cuanto hay indicaciones. La materia previsional es difícil y es indispensable que vuelva a Comisiones; demorará apenas siete días. He dicho. El señor DUPRE (Presidente accidental).- Tiene la palabra el señor Urrutia. El señor URRUTIA.- Señor Presidente, adhiero a las expresiones del Diputado señor Cerda, porque es la forma de tratar un proyecto de este tipo. De lo contrario, se requeriría la unanimidad de la Sala, la que no daremos. El señor DUPRE (Presidente accidental).- Tiene la palabra la Diputada señora Muñoz. La señora MUÑOZ (doña Adriana).- Señor Presidente, la única indicación que conocemos es la que presentó el Ejecutivo en la Comisión de Hacienda; también deberíamos conocer la de la Comisión de Trabajo. Además, hay discrepancia bastante notoria entre ambos informes, respecto de temas que no son menores. Por otro lado, considero que el Ministro señor Foxley, en su intervención, no ha cambiado la posición del Ejecutivo frente a las proposiciones y observaciones, que hemos hecho. Entonces, hay una situación bastante complicada. Por un lado, la urgencia en despachar el proyecto, solicitada por el señor Ministro, entendible por la premura de los trabajadores en contar con la ley; por otro, hay discrepancia entre los informes de dos Comisiones y desconocimiento de las indicaciones. Discrepo de la indicación del Ejecutivo, y he presentado una para derogar el inciso final del artículo 52. Es necesario que el proyecto vuelva a Comisiones y que, pese a las urgencias, se despache en orden y con bastante claridad. He dicho. El señor DUPRE (Presidente accidental).- Tiene la palabra el Diputado señor Longueira; después, el señor Ministro, tras lo cual se someterán a votación las situaciones planteadas. El señor LONGUEIRA.- Señor Presidente, me sumo a las voces que se han levantado para que vuelva a Comisiones; pero quiero señalar que el proyecto no tiene ninguna urgencia, porque ninguno de los funcionarios que se benefician ha iniciado los trámites de jubilación desde el momento en que ingresó o se supo de él. Ellos estarán felices de que las Comisiones y la Cámara lo estudien nuevamente, con el tiempo suficiente para resolver los puntos discrepantes, que son muy importantes para todos. Por un principio de seriedad, la Corporación debería discutir el proyecto con más profundidad, porque es de la mayor importancia. Nos sumamos a la proposición de que vuelva a Comisiones. El señor DUPRE (Presidente accidental).- Quiero hacer una aclaración. Su Señoría se refiere a la urgencia respecto del interés en la materia. Es importante aclararlo, para efecto de los plazos señalados. Lo entiendo, es obvio, pero hay que dejar constancia. Tiene la palabra el señor Ministro de Hacienda. El señor FOXLEY (Ministro de Hacienda).- Señor Presidente, no me corresponde pronunciarme sobre los aspectos reglamentarios de la Corporación o los procedimientos que los señores parlamentarios han acordado para discutir el proyecto. Sólo quiero remarcar que la iniciativa fue presentada a la Cámara el 3 de junio de este año y que discrepo centralmente de lo que recién dijo el Diputado señor Longueira. En la práctica, todas las semanas recibo a decenas de funcionarios públicos que están esperando la aprobación del proyecto para acogerse a jubilación. Además, frecuentemente me toca escuchar a los representantes de asociaciones de empleados de los distintos servicios públicos; solicitan que haga presente al Congreso la necesidad de aprobarlo en forma rápida. El proyecto no sólo permitirá duplicar en promedio la jubilación que obtendrán los trabajadores después de toda una carrera; sino que, además posibilitará vacantes en las plantas de los servicios públicos. Así, los funcionarios y profesionales que durante muchos años han esperado el tiraje a la chimenea, el momento en que se retiren los de mayor antigüedad y dejen los espacios, podrán hacer carrera. Los más jóvenes nos han hecho ver la necesidad de despachar pronto el proyecto, a través de sus asociaciones. Esta es la razón de fondo, más allá de las cuestiones de procedimiento que establecen la urgencia para que la Corporación se pronuncie. Por eso, respetuosamente me permito solicitar a la Cámara de Diputados que no postergue más un proyecto que muchos funcionarios públicos esperan desde hace muchos meses. Si las bancadas de Oposición están de acuerdo en general y las discrepancias son menores, les pido que tengan la buena voluntad de aprobarlo en el día de hoy. El señor CHADWICK.- ¿Me permite? El señor LONGUEIRA.- Pido la palabra. El señor DUPRE (Presidente accidental).- Está cerrado el debate. Quiero someter a consideración de la Sala la posibilidad de despachar el proyecto en general y en particular. ¿Habría acuerdo? El señor SCHAULSOHN.- Pido la palabra por un punto reglamentario. El señor DUPRE (Presidente accidental).- Pero, señor Diputado... El señor SCHAULSOHN.- Perdóneme, señor Presidente. Hay un punto previo. El señor DUPRE (Presidente accidental).- Para la proposición que someto a consideración de la Sala tiene que haber unanimidad. El señor SCHAULSOHN.- Quiero plantear un punto de Reglamento y tengo derecho a hacerlo. El señor DUPRE (Presidente accidental).- Por supuesto. El señor SCHAULSOHN.- Señor Presidente, desde mi punto de vista, por haber acuerdo de Comités, según señaló Su Señoría, no corresponde someter a consideración de la Sala la alteración de la tramitación estipulada. El señor DUPRE (Presidente accidental).- Si hay acuerdo unánime de la Sala, sí, señor Diputado. El señor SCHAULSOHN.- No lo va a tener, señor Presidente. El señor DUPRE (Presidente accidental).- Por eso, quiero someter reglamentariamente a votación la proposición, para despejar la duda. ¿Hay unanimidad para rever el acuerdo de Comités? No hay. El señor MARTINEZ (don Gutenberg).- Señor Presidente, solicito que quede constancia de los señores Diputados que damos la unanimidad y de los que no la dan. Es importante que cada uno afronte sus responsabilidades parlamentarias al respecto. Hablan varios señores Diputados a la vez. El señor DUPRE (Presidente accidental).- Señores Diputados, les ruego, en primer lugar, que hagan uso de la palabra cuando se les conceda. El proyecto se votará en general con quorum simple en todos los artículos que no requieran votación especial. Los artículos que necesitan quorum especial para su aprobación: 1°, 2°, 3°, 4°, 5°, 6°, 7° y 8°, se decidirán en una segunda votación. Por tanto, en votación general el proyecto sin los artículos enunciados, que requieren quorum especial. Durante la votación: El señor ROJO.- Un asunto de Reglamento previo, señor Presidente. ¿Cuál es la situación de los Diputados que estábamos inscritos y no hablamos? El señor DUPRE (Presidente accidental).- Señor Diputado, está cerrado el debate y estamos en votación. El señor ROJO Es de Reglamento, señor Presidente. Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 86 votos. No hubo votos por la negativa ni abstenciones. El señor DUPRE (Presidente accidental).- Aprobado en general el proyecto en los artículos de votación simple. En votación los artículos l°, 2°, 3°, 4°, 5°, 6°, 72 y 8°, que requieren quorum especial. Si le parece a la Sala, se aprobará con el mismo quorum. No hay acuerdo. En votación general el proyecto en los artículos enunciados. Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 89 votos. No hubo votos por la negativa ni abstenciones. El señor DUPRE (Presidente accidental).- Aprobado en general el proyecto. Pasa a Comisiones para segundos informes. El proyecto fue objeto de las siguientes indicaciones: Artículo 1° De la Comisión de Hacienda para reemplazar el artículo 15 de la ley N° 18.675, por el siguiente: "Artículo 15.- El monto de las pensiones que otorgue el Instituto de Normalización Previsional, en su calidad de sucesor legal de las Cajas de Previsión señaladas en el artículo 1° del decreto ley N° 3.501, de 1980, y el de las que concedan las Mutualidades de Empleadores de la ley N° 16.744, a los trabajadores que al momento de pensionarse se encuentren regidos por alguno de los sistemas de remuneraciones a que se refieren los artículos 9° y 14 de esta ley, se determinarán de acuerdo con las normas del respectivo régimen previsional, considerando como remuneraciones imponibles aquellas por las cuales efectivamente se cotizó para pensiones durante el período computable para el cálculo del sueldo base, descontándose el incremento del citado decreto ley N° 3.501 y las bonificaciones establecidas en la ley N° 18.566 y en el artículo 10 de la presente ley. Con todo, las pensiones iniciales no podrán exceder del límite del artículo 25 de la ley N° 15.386 y sus modificaciones en caso de estar afectas a dichas normas.". Artículo 2° De la Comisión de Hacienda para consultar el siguiente inciso segundo: "Para los efectos del cálculo de las pensiones de los imponentes a que se refiere el inciso anterior, deberá deducirse a las remuneraciones imponibles, el incremento del decreto ley N° 3.501, de 1980, y, cuando corresponda, las bonificaciones citadas en el artículo 15 de la ley N° 18.675 y aquellas que se les hubieren otorgado u otorguen con la misma finalidad.". Artículo 5° De la Diputada señora Adriana Muñoz, para eliminar su inciso final. De la Comisión de Hacienda para agregar el siguiente inciso final: "Lo dispuesto en este artículo será también aplicable a los funcionarios de las entidades regidas por los sistemas de remuneraciones de la ley N° 15.076 ó de aquellos mencionados en el artículo 9° de la ley N° 18.675, que sean imponentes de la Caja de Previsión de la Defensa Nacional o de la Dirección de Previsión de Carabineros de Chile.". Artículo 9° De la Comisión de Hacienda para sustituir su inciso primero, por el siguiente: "Artículo 9°.- El mayor gasto que represente durante los años 1992 y siguientes la aplicación del artículo 3° de la presente ley respecto del personal de los establecimientos educacionales del sector municipal, se financiará con cargo al fondo de recursos complementarios establecido en la ley Ne 19.070. El Ministerio de Educación fijará internamente los procedimientos de entrega de los recursos a los sostenedores o representantes legales de los referidos establecimientos.". De los Diputados señores Longueira, René García y José García, para agregar el siguiente inciso segundo, nuevo: "En caso de discrepancias entre los montos señalados por los sostenedores o representantes legales de los establecimientos educacionales y los recursos dispuestos por el Ministerio de Educación, éstos serán resueltos por el Gobierno Regional de la respectiva región, quedando obligadas las partes a acatar su resolución.". Artículos nuevos De los Diputados señores Longueira y José García, para consultar el siguiente artículo 10, nuevo: "Artículo 10.- El mayor gasto que represente durante 1992 y siguientes la aplicación del artículo 32 de la presente ley respecto del personal de los establecimientos de salud del sector municipal, se financiará con cargo a los recursos del Ministerio de Salud, organismo que fijará los procedimientos internos de entrega de los recursos a las municipalidades.". Del Diputado señor Víctor Pérez, para agregar el siguiente artículo, nuevo: "Artículo.- Los funcionarios de la Administración Pública que hubieren jubilado en el régimen de la ex Caja Nacional de Empleados Públicos y Periodistas y que actualmente desempeñen un cargo de planta, por haberse reincorporado, en el mismo Servicio en el cual jubilaron, podrán acogerse en la oportunidad que jubilen nuevamente, a los beneficios del aumento de las pensiones de jubilación que concede la presente ley, para lo cual se les deberá reliquidar sus actuales pensiones de manera que éstas sean de monto similar a las que obtendrán aquellos funcionarios de igual grado |o jerarquía favorecidos en sus beneficios previsionales por esta ley. Lo anterior es sin perjuicio de la pensión que puedan obtener por encontrarse acogidos al nuevo sistema de pensiones creado por el decreto ley N° 3.500, de 1980.". Del Diputado señor Recondo para consultar el siguiente artículo, nuevo: "Artículo.- Autorízase a los funcionarios de la Administración Pública que habiendo jubilado bajo el régimen de la ex Caja Nacional de Empleados Públicos y Periodistas y actualmente desempeñen un cargo de planta en el mismo servicio en que jubilaron por haberse reincorporado a él y que por su nuevo empleo se encuentren afiliados a una Administradora de Fondos de Pensiones, para solicitar el traspaso de sus fondos desde la Administradora de Fondos de Pensiones en que efectúan sus cotizaciones para financiar su sistema de pensiones, al Instituto de Normalización Previsional, sucesor y continuador de la citada ex Caja de Previsión de Empleados Públicos y Periodistas, con el objeto de que pueda concedérseles los beneficios en cuanto al monto de las pensiones que se otorga a los funcionarios públicos por la presente ley.". El señor PIZARRO MACKAY (don Sergio).- Pido la palabra. El señor DUPRE (Presidente accidental).- Tiene la palabra Su Señoría. El señor PIZARRO MACKAY (don Sergio).- Señor Presidente, por su intermedio, solicito el asentimiento de la Sala para insertar en la versión las intervenciones escritas de varios Diputados que, por falta de tiempo, no pudimos usar de la palabra en la discusión general del proyecto. El señor DUPRE (Presidente accidental).- ¿Habría acuerdo? No hay acuerdo. El señor DUPRE (Presidente accidental).- Tiene la palabra el Diputado señor Salas. El señor SALAS.- Señor Presidente, hace varios días que está en Tabla el informe de la Comisión Mixta sobre el proyecto de ley orgánica de municipalidades. ¿Sería posible votarlo en este momento? El señor DUPRE (Presidente accidental).- Se votará el martes, señor Diputado. VII.- PROYECTO DE ACUERDO. 5.- AGUINALDO DE NAVIDAD PARA TRABAJADORES DEL SECTOR PÚBLICO. El señor DUPRE (Presidente accidental).- El señor Prosecretario dará lectura al proyecto de acuerdo. El señor ZUÑIGA (Prosecretario).- De los señores Alessandri, Galilea, García, don René Manuel; Horvath, Hurtado, Pérez, don Ramón, Sotomayor y Taladriz. "Considerando: "1°.- Que durante el Gobierno anterior se hizo costumbre en nuestro país otorgar a los trabajadores del sector público un aguinaldo tanto para Fiestas Patrias como para Navidad. "2°.- Que el actual Gobierno ha mantenido la iniciativa de otorgar los mencionados aguinaldos. "3°.- Que habitualmente el Ejecutivo ha enviado los respectivos proyectos muy a última hora, calificándolos de "discusión inmediata", lo que ha impedido al Congreso Nacional discutir en profundidad el tema. "4°.- Que a pesar de la agilidad del Congreso Nacional para su tramitación, muchas veces los trabajadores han recibido el respectivo aguinaldo después de Fiestas Patrias o de Navidad, situación que debiera corregirse. "5°.- Que ha sido costumbre otorgar un aguinaldo diferenciadamente menor para el sector pasivo, situación que también debiera corregirse. "Por los motivos expuestos, sometemos a consideración de la Cámara de Diputados el siguiente Proyecto de acuerdo: "Invitar al señor Presidente de la República para que prontamente envíe al Congreso Nacional un mensaje que otorgue un aguinaldo de Navidad a los trabajadores del sector público. Pedirle que dicho aguinaldo sea igualitario tanto para el sector activo como para el pasivo. Finalmente, solicitarle que autorice al sector privado para que cuando dicho aguinaldo sea pagado voluntariamente a los trabajadores de ese sector, en las mismas condiciones de monto y plazo que el estipulado para el sector público, no constituya renta y, por tanto, no sea imponible ni tributable." El señor DUPRE (Presidente accidental).- Ofrezco la palabra a un señor Diputado que apoye el proyecto de acuerdo. Ofrezco la palabra. Ofrezco la palabra a un señor Diputado que lo impugne. El señor LATORRE.- Pido la palabra. El señor DUPRE (Presidente accidental).- Tiene la palabra Su Señoría. El señor LATORRE.- Señor Presidente, las consideraciones formuladas para justificar la presentación del proyecto de acuerdo son antojadizas. Más aún, nos parece que conllevan un juicio crítico respecto de la acción del Gobierno en esta materia, que no es razonable ni reconoce los esfuerzos hechos por el Supremo Gobierno en los últimos años. La situación actual es muy diferente de la que tuvimos durante años en el país, en que no existió ninguna instancia en la cual pudiera reflexionarse respecto de los aguinaldos o de este tipo de resoluciones adoptadas por el Ejecutivo en beneficio de los trabajadores chilenos. Además, no corresponde a los Diputados de Renovación Nacional señalar el momento en que esas decisiones deban ser adoptadas. Me parece un proyecto de acuerdo oportunista que contiene críticas que responsablemente debieron hacerse en otra forma y no a través de un planteamiento demagógico como el usado en esa iniciativa. En consecuencia, sugiero a los Honorables colegas rechazarla. El señor DUPRE (Presidente accidental).- Ofrezco la palabra a otro señor Diputado que impugne el proyecto de acuerdo. El señor ALESSANDRI.- Pido la palabra. El señor ORTEGA.- ¡Mejor lo retira! El señor DUPRE (Presidente accidental).- Solicito el asentimiento de la Sala para que pase a presidir la Diputada señora Eliana Caraball. Acordado. Tiene la palabra el Diputado señor Alessandri. El señor ALESSANDRI.- Señor Presidente, me gustaría consultar si alguien más desea usar de la palabra para impugnar el proyecto, porque, en verdad, no ejerceré el derecho de usar de la palabra para apoyarlo, porque estaría faltando al Reglamento pero sí deseo que se me conceda una interrupción para aclararle un aspecto al Diputado señor Latorre. El señor DUPRE (Presidente accidental).- Tiene la palabra el Diputado señor Araya. El señor ARAYA.- Señor Presidente, quiero adherir a las palabras del Diputado Latorre y decir a los colegas que presentaron el proyecto de acuerdo que, de vez en cuando, deben alguna reflexión sobre qué tratamiento se le dio a los trabajadores, jubilados y pensionados, cuando se trataba de otorgar aguinaldos en fechas especiales. Se jugaba de tal manera con sus necesidades que, en muchas oportunidades, los beneficios se anunciaban y jamás se otorgaban. Pero ahora se trata de aparecer ante la opinión pública como magnánima, actitud que antes jamás se tuvo sino todo lo contrario. Por lo tanto, este proyecto no es otra cosa que seguir con la demagogia y el engaño respecto de quienes tienen mayores necesidades. He dicho. La señora CARABALL (Presidenta accidental).- En votación el proyecto de acuerdo. Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 15 votos; por la negativa, 23 votos. No hubo abstenciones. La señora CARABALL (Presidenta accidental).- No hay quorum. Se va a repetir la votación. Durante la votación: El señor ALESSANDRI BALMACEDA.- Señora Presidenta, yo solicité una interrupción cuando se ofreció la palabra a algún señor Diputado que impugnara el proyecto de acuerdo, a fin de decir que estaba en total acuerdo con retirarlo y darle la redacción que corresponde. Jamás quisimos redactar los considerandos con el ánimo de afectar a alguien. Se retira el proyecto y así se evita el problema de repetir la votación. La señora CARABALL (Presidenta accidental).- No procede, de acuerdo con el Reglamento. El señor ALESSANDRI BALMACEDA.- Pero no me dieron la palabra... La señora CARABALL (Presidenta accidental).- Señor Diputado, tampoco proceden las interrupciones en la discusión de los proyectos de acuerdo. Repetida la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 4 votos; por la negativa, 35 votos. No hubo abstenciones. La señora CARABALL (Presidenta accidental).- Rechazado el proyecto de acuerdo. El señor RODRIGUEZ (don Claudio).- No hay quorum, señora Presidenta. La señora CARABALL (Presidenta accidental).- Hay dos señores Diputados con permiso constitucional; por lo tanto el quorum es de 39. VIII.- INCIDENTES 6.- COMPETENCIA DE LOS TRIBUNALES MILITARES La señora CARABALL (Presidenta accidental).- En Incidentes, el primer turno corresponde al Comité del Partido Socialista. Tiene la palabra el Diputado señor Jaime Naranjo. El señor NARANJO.- Señora Presidenta, en los últimos días la opinión pública ha conocido, una vez más, a través de dos procesos, el caso Chanfreau y las querellas en contra de Televisión Nacional y el diario La Nación, el conflicto de competencia entre la justicia militar y los tribunales ordinarios. Las atribuciones impropias que se les concedieron a los tribunales castrenses durante el régimen militar permiten hoy que dichos tribunales puedan exigir competencia en ámbitos que el Derecho comparado sólo concibe para la justicia ordinaria. Dos son los problemas judiciales que han generado esta situación. Por una parte, el Código de Justicia Militar otorga competencia a los tribunales castrenses sobre todas las causas por delitos comunes en que aparezcan involucrados militares. La experiencia ha demostrado, especialmente en los procesos sobre derechos humanos, que la extensión de la justicia militar a las causas en que aparecen involucrados militares en este tipo de delitos sólo ha servido para garantizar privilegios a los miembros de las Fuerzas Armadas y de Orden, impedir el conocimiento de la verdad y consagrar, por intermedio de la aplicación inmediata de la ley de amnistía, la impunidad. Asimismo, por esta vía los tribunales militares han obstaculizado constantemente el accionar eficaz e independiente de los tribunales ordinarios de justicia. Por otra parte, la facultad que hoy posee la justicia militar de juzgar civiles en casos en que supuestamente se hayan cometido delitos castrenses, otorga a las Fuerzas Armadas y de Orden un poder de presión, control y fiscalización de la sociedad civil. Esta situación ha quedado claramente al desnudo con las querellas interpuestas en contra de Televisión Nacional y el diario La Nación por supuestos delitos de espionaje y sedición, lo cual es inaceptable en un Estado democrático. La extensión impropia de la competencia de la justicia militar, tanto para conocer y juzgar los delitos tipificados en el Código de Justicia Militar, como sabotaje, espionaje, sedición, cometidos por civiles, como para los delitos comunes cometidos por militares, cuestionan gravemente los principios procesales básicos de la imparcialidad del tribunal y la garantía constitucional de igualdad ante la ley. En los casos de violación a los derechos humanos, los tribunales militares difícilmente verán a los acusados como culpables de estos graves crímenes, sino, por el contrario, los verán como integrantes de un ejército victorioso que salvó al país del caos político, ejército del cual los propios tribunales castrenses son parte,. En los casos de civiles juzgados por militares, el tribunal castrense es parte integrante de la institución militar, la que es ofendida, por lo cual es imposible que actúe con imparcialidad. En ambas situaciones, los tribunales castrenses son juez y parte al mismo tiempo, hecho que impide dar garantías de un proceso transparente y justo, de acuerdo con las normas internacionales vigentes. Además, tales privilegios concedidos a las Fuerzas Armadas y de Orden en virtud del fuero militar no dicen relación con la naturaleza, estructura y misión que se les asigna en la Constitución Política, y se apartan claramente de las normas y principios internacionales y de la doctrina sobre ámbitos de competencia de la justicia militar. Por medio de las denominadas "leyes Cumplido", el Gobierno democrático buscó reducir la competencia de los tribunales militares de manera sustancial, llegando al punto de disponer que en los casos de los delitos conexos, en que hubieren participado civiles y militares, tendrían competencia para conocer de ellos los tribunales ordinarios. Se trataba de reponer un principio básico de todo sistema jurídico democrático, la igualdad ante la ley y, en consecuencia, restringir la competencia de los tribunales militares al conocimiento y juzgamiento de delitos castrenses. Sin embargo, consideraciones de orden político, principalmente la negativa de los partidos de Oposición, impidieron que se aprobaran las normas, a fin de hacer posible la vigencia plena del principio antes citado. Por ello, hoy se requiere en forma urgente restablecer y dar plena vigencia a las garantías constitucionales de igualdad ante la ley y justicia para todos los chilenos. He dicho. La señora CARABALL (Presidenta accidental).- Ofrezco la palabra en el tiempo del Comité del Partido Socialista. Ofrezco la palabra. 7.- SITUACION PRESUPUESTARIA DE CUERPO DE BOMBEROS. La señora CARABALL (Presidenta accidental).- El turno siguiente corresponde al Comité del Partido Unión Demócrata Independiente. Tiene la palabra el Diputado señor Bombal. El señor BOMBAL.- Señora Presidenta, en esta oportunidad quiero referirme a una reunión que se llevó a efecto el lunes pasado en la Dirección General de Bomberos de Santiago, a la que asistieron diversos parlamentarios y autoridades del Poder Ejecutivo. En razón de que debían atender a una visita ilustre en el país, el Presidente de Paraguay, algunos parlamentarios no pudieron concurrir. Por ello, considero importante informar a la Sala que en dicha reunión, convocada por el señor Superintendente de Bomberos en compañía de los directores honorarios y oficiales generales, se analizó la situación presupuestaria que enfrenta esta institución y, en general, las del resto del país. Para solventar los crecientes gastos que demanda la acción voluntaria de Bomberos, se requiere con urgencia que el Estado aumente los recursos que actualmente entrega por la vía del Presupuesto de la Nación, del orden de 1.800 millones de pesos, los que resultan insuficientes para financiar los gastos de funcionamiento de la institución, dado que sus equipos y la mantención de su infraestructura son muy costosos. La acción voluntaria de más de 30 mil hombres a lo largo de todo Chile necesita, a juicio de quienes estábamos presentes en esa reunión, del apoyo de toda la comunidad. Para ello, el Gobierno, que administra el Presupuesto de la Nación por mandato constitucional, es el encargado de asignarle mayores recursos. En el caso específico de Santiago, con 22 compañías, que atienden las comunas de Santiago, Renca, Independencia, Recoleta, Providencia, Las Condes, Vitacura y Lo Barnechea, Bomberos recibe como aporte fiscal anual la suma de 136 millones de pesos, cantidad muy insuficiente para sus requerimientos. Se da la gran paradoja de que los voluntarios pagan cuotas para pertenecer a una institución que sirve a la comunidad, ante la clara insuficiencia de recursos de cada una de sus compañías. Debe tenerse en cuenta que en las diferentes compañías existe una dotación de personal rentado: cuarteleros, telefonistas, administrativos, mecánicos y otros, quienes perciben remuneraciones que no guardan relación con las delicadas responsabilidades que cumplen, lo cual hace más difícil todavía la operación de los complejos equipos que debe tener la institución. En la actualidad, se encuentran operando en Santiago carros cuya obsolescencia es manifiesta, pero su renovación supone desembolsos muy elevados. Además, los vehículos dados de baja en Santiago pasan a incrementar la dotación de las compañías regionales, lo que implica trasladar al resto del país equipos obsoletos que ya han cumplido su vida útil. Pero, como dice el refrán, "a falta de pan, buenas son las tortas", las otras compañías reciben esas máquinas. La renovación del material y la reposición de los elementos empleados en el combate de siniestros también suponen elevados costos. A modo de ejemplo debo señalar a esta Honorable Cámara que el incendio de la Facultad de Química y Farmacia de la Universidad de Chile, recientemente ocurrido en Santiago, significó para Bomberos de Santiago el desembolso de una suma superior a 3 millones de pesos, sin hablar del costo de reposición y de desgaste del material ahí empleado. Hace poco se adquirió una nueva central de comunicaciones y de alarmas, indispensable para la operación de este servicio, cuyo costo fue superior a los 40 millones de pesos. Esta Honorable Cámara podrá percibir lo que representan 40 millones de pesos para una institución a la cual se le aporta 136 millones. En este momento, en que está en discusión la Ley de Presupuestos, debemos reflexionar sobre el punto, de suerte de llegar a un mecanismo de diálogo con el Ejecutivo, con el objeto de incrementar los recursos a estas instituciones. En este caso lo digo como Diputado por Santiago, del Cuerpo de Bomberos de Santiago. Esta mañana, aprovechando la presencia en la Sala del señor Ministro de Hacienda, don Alejandro Foxley, he conversado con él la posibilidad de abrir debate sobre la materia y establecer algunas proposiciones para ver la forma de aumentar los recursos a Bomberos de Santiago y del resto del país. He encontrado muy buena acogida de parte del señor Ministro, quien me ha solicitado que le haga llegar un memorándum, el mismo que conversaremos con las autoridades del Ejecutivo. Me refiero, en este caso, al señor Intendente de Santiago, que estaba presente en la reunión y también estuvo conteste con la idea. Finalmente, quiero decir que esta institución no sólo atiende los siniestros, sino que además está presto para asumir en cualquier momento diversos servicios derivados de las emergencias que se producen continuamente en nuestro país, por lo que parece razonable considerar... La señora CARABALL (Presidenta accidental).- ¿Me permite, señor Diputado? Terminó el tiempo de su Comité. El señor BOMBAL.- Le ruego que me permita terminar la idea, señora Presidenta. La buena disposición del Gobierno abre un espacio muy interesante para esta proposición. Entonces, les pido a todos los Honorables colegas que en esta materia hagan fuerzas para que en la discusión de la Ley de Presupuestos logremos un incremento sustantivo en la destinación de fondos. Hemos presentado una indicación, que requiere del patrocinio del Ejecutivo, para más que triplicar el presupuesto de Bomberos en el país, y queremos contar con el apoyo de todas las bancadas, por tratarse de un tema de interés nacional que debemos asumir como un problema de Estado. He dicho. 8.- RECONOCIMIENTO A RIGO BERTA MENCHU, PREMIO NOBEL DE LA PAZ 1992. Oficio. La señora CARABALL (Presidenta accidental).- El turno siguiente corresponde al Comité del Partido por la Democracia. Ofrezco la palabra. Ofrezco la palabra. El turno siguiente corresponde al Comité del Partido Radical Social-demócrata. Ofrezco la palabra. Ofrezco la palabra. En el turno del Comité del Partido Demócrata Cristiano, tiene la palabra el Diputado señor Edmundo Villouta. El señor VILLOUTA.- Señora Presidenta, en primer lugar, quiero hacer presente que el tiempo asignado al colega Andrés Palma, de tres minutos, se cederá al Diputado señor Leay cuando termine la intervención del Diputado señor Velasco. Según hemos conversado con el colega Velasco, vamos a tocar un mismo tema. Nos queremos referir al Premio Nobel de la Paz, premio instituido por Alfredo Nobel y que siempre es muy esperado por la espectacularidad que normalmente reviste su discernimiento. Este año ha recaído en una mujer de Guatemala, de 33 años, que fue distinguida entre 125 candidatos: Rigoberta Menchu. Por supuesto, tratándose de una mujer, y dada la importancia del premio, lloró en forma incontenible, ya que había un trasfondo: ella se ha caracterizado por ser una pacifista que luchó, y seguramente seguirá luchando incansablemente, para poner fin a la miseria y marginalidad de los indígenas de su país. Representa también el ideario de los indígenas de toda Latinoamérica. "Este premio ha dicho que me ha sido concedido, es un gran honor que recibiré en nombre de todos los indígenas, pues es la lucha de todos ellos la que se ha premiado en mí". En medio de sollozos, agregó: "Cuánto quisiera que estuvieran ahora conmigo mis padres y mis hermanos". Su padre falleció el 31 de enero de 1981, quemado en el edificio de la Embajada de España que la policía guatemalteca incendió para disolver a los manifestantes que lo habían ocupado. En ese incendio perecieron más de treinta personas. Por su parte, su madre fue torturada hasta morir. Sin embargo, ese golpe tan tremendo no fue óbice para que siguiera luchando hasta convertirse en una líder natural de las discriminadas minorías indígenas de América. Este premio enaltece la labor de una mujer joven que ha tenido la fuerza y el coraje para enfrentar todas estas dificultades. Según se ha informado, el premio, que alcanza a 1.2 millones de dólares, lo destinará a crear la Fundación Vicente Menchu, en homenaje a su padre, y con el fin de ayudar a los indígenas de su país y seguir en esta lucha tan importante. Sin duda, esta mujer merece el reconocimiento de todas las personas que tenemos en nuestros corazones deseos de paz y de armonía con todos los seres y, muy especialmente, con los indígenas que siempre han sido víctimas de tanto atropello e injusticias. He dicho. La señora CARABALL (Presidenta accidental).- Tiene la palabra el Diputado señor Sergio Velasco. El señor VELASCO.- Señora Presidenta, tal como señalara el Honorable colega Villouta, hemos querido tocar este tema porque creemos y pensamos que es de gran trascendencia para América Latina. En días recientes, la Academia Sueca concedió el Premio Nobel de la Paz a una mujer indígena guatemalteca, llamada Rigoberta Menchu, justo cuando se celebran los 500 años del descubrimiento de América. Esta esforzada mujer, de 33 años, trabajó desde niña en las cosechas de café, y muy joven se incorporó a la actividad pastoral en favor de las reformas sociales, de los derechos de la mujer y principalmente de la defensa de los derechos de los indígenas de su país (que alcanzan a un 55 por ciento de la población) y del continente, causa por la que luchó junto a su familia, y que años más tarde le costó la vida a su padre, que murió quemado en una ocupación pacífica de una embajada; a su madre, que fue secuestrada, torturada y asesinada, y a varios de sus hermanos, muertos por las fuerzas militares del gobierno de su país. Hoy, Rigoberta Menchu se destaca como un símbolo de paz y reconciliación vivo que ha logrado trascender las líneas divisorias culturales y sociales en su propio país, en el continente americano y en el mundo. ¡Qué sabia y hermosa lección nos ha dado esta valerosa mujer! Lección entregada como una forma de vida que nos toca muy de cerca, ejemplo de búsqueda de la justicia social y de la reconciliación étnica-cultural, basada en el respeto a los derechos de los pueblos aborígenes. Ella ha señalado que recibirá el alto honor conferido en nombre de todas las discriminadas minorías indígenas del continente, de las que, sin duda, es su líder natural. Por eso, a pocos días del 12 de octubre, este hecho es un reconocimiento a los valores indígenas, a su dignidad, a una larga lucha contra las vejaciones sufridas por la dominación del hombre blanco. La ira, el avasallamiento, la usurpación y los atropellos no son conceptos desconocidos para nosotros; pero, más aún, éstos se han mezclado en nuestra húmeda región sur del país, último reducto del sufrido pueblo mapuche, y han ido gestando no sólo actitudes, sino también acciones inamistosas recíprocas entre dos pueblos: ellos, los araucanos como se autodenominan y los chilenos, los huincas usurpadores como nos denominan. Humeas españoles, en un comienzo, que luego fueron rotándose por extranjeros de diferentes nacionalidades. Huincas a los que jamás han considerado como parte de su pueblo y a los que, seguramente, jamás denominarán compatriotas. Huincas que un día llegaron a tierras ocupadas por varios pueblos indígenas, que les pertenecieron desde siempre, y los fueron avasallando, atropellando en sus costumbres y derechos, y a los que, al no poder eliminarlos del todo, arrinconaron en los lugares más inhóspitos e inaccesibles. Tras quinientos años de la aparición de la "civilización" europea en este continente, y cuando en todo el mundo se habla de la conmemoración de tan magno hecho histórico, me gustaría compartir unas breves reflexiones. Uno es del lugar no sólo donde nace, sino donde se hace; cuando pequeños, junto con la leche también nos alimentamos de nuestro paisaje, de, los valores verdaderos de nuestra propia y única cultura mestiza que hayamos tenido la suerte de incorporar a nuestras vidas. Somos y debemos seguir siendo nosotros y tratar de rescatar lo poco o mucho de bueno que queda de nuestras raíces, pero no para ser otros y renegar de lo que nuestros ancestros indoamericanos valoraron, a pesar de la presión extranjera, para que costumbres, tradiciones y valores se perdieran o se adoptaran a imagen o a semejanza de las de ellos. El amor a la tierra y a la naturaleza, el sentido de la familia, la espiritualidad, el desapego a las cosas materiales, el orgullo de la raza y el desprecio por quienes, por temor, debilidad o codicia, transaron las enseñanzas de sus mayores y cometieron actos de deslealtad a traición. Cada vez somos más los que nos preguntamos si este "Encuentro de dos mundos", tan distintos y cada uno con sus propios valores, no habría sido más bien un "encontrón", en que prevaleció más la fuerza bruta que la razón y el derecho, y en que los indígenas de nuestros territorios americanos, puros, ingenuos, sin malicia y muchas veces hasta hospitalarios, fueron depredados y hasta exterminados, sin tener la oportunidad de enseñarle al europeo otros valores y estilos de vida. Esto podría haber producido un real intercambio de elementos positivos entre estos "Dos mundos". Estimados colegas, no quiero que se pierda el mensaje central que pretendo entregar en mi intervención. Por ello, recalcó la importancia del mensaje de Rigoberta Menchu, quien puso su acento en los problemas que sufren hoy día los indígenas por la marginación de su cultura, la miseria en que viven millones de ellos y la presión de sistemas políticos que les niegan derechos elementales, como el de la tierra. Las Naciones Unidas declararon que 1993 es el "Año Internacional de los Pueblos Indígenas", con el objeto de prestar ayuda a esas comunidades, por lo que me parece que hay que rescatar para el mundo el "desear la libertad de los indígenas en todos los países, redescubriendo la cultura americana y luchar por la unidad de sus pueblos originarios". En tal sentido, solicito que se envíe oficio, en nombre de quien habla y de la bancada democratacristiana ojala de todas las restantes bancadas que componen este Honorable Congreso Nacional, con nuestras felicitaciones y saludos por su entrega ejemplar, a la ganadora del Premio Nobel de la Paz de 1992, Rigoberta Menchu. He dicho. La señora CARABALL (Presidenta accidental).- Se enviará el oficio en nombre de la bancada democratacristiana. 9.- PETICION DE ANTECEDENTES RELACIONADOS CON LA MUNICIPALIDAD DE INDEPENDENCIA. Oficio. La señora CARABALL (Presidenta accidental).- En el tiempo del Comité Demócrata Cristiano tiene la palabra el Diputado señor Cristian Leay. El señor LEAY.- Agradezco al Comité Demócrata Cristiano que me haya dado algunos minutos de su tiempo. He recibido informaciones de que en la Municipalidad de Independencia se ha producido una situación anómala. Se habría efectuado un exceso de pagos en honorarios, casi el 50 por ciento de lo que se gasta en la planta de empleados municipales. Por esa razón, solicito que se envíe oficio a la Contraloría General de la República para que investigue los hechos y remita un informe financiero de dicha Municipalidad, a la fecha, y de los Departamentos de Educación y Salud. La señora CARABALL (Presidenta accidental).- Se enviará el oficio en los términos señalados por el señor Diputado. 10.- SISTEMA DE COBRO DE CONSUMO DE AGUA POTABLE EN LA POBLACION "JUAN ANTONIO RIOS". Oficio. El señor LEAY.- Señora Presidenta, en la población "Juan Antonio Ríos", construida de acuerdo con criterios urbanísticos de la época, existe un medidor de agua potable por cada edificio, lo que ha provocado una serie de problemas en el cobro del consumo. Algunos pagan y otros no y, con tal de que no les suspendan el suministro, los primeros pagan el consumo de los que no cumplen con esa obligación, lo que significa un abuso. Por lo expuesto, pido que se oficie al señor Ministro de Obras Públicas, con el objeto de que ordene a la Emos hacer un estudio que permita cambiar ese sistema, y solucionar el problema, ya que se están creando conflictos entre los vecinos de esa populosa población. La señora CARABALL (Presidenta accidental).- Se enviará el oficio solicitado por el señor Diputado. 11.- MANTENCION DE PENSIONES A DEFICIENTES MENTALES. Ofició. La señora CARABALL (Presidenta accidental).- En el tiempo del Comité de Renovación Nacional, tiene la palabra la Diputada señora Prochelle. La señora PROCHELLE.- Señora Presidenta, en esta oportunidad me referiré a un hecho al que le atribuyo la mayor significación social, y pienso que así lo estimarán también mis colegas. En febrero del presente año se suspendió el pago de la pensión asistencial de los deficientes mentales menores de 18 años. Para ello se adujo la falta del reglamento de la ley N° 18.600. Esto motivó que en esta Sala hiciéramos la denuncia y solicitáramos que se oficiara al Presidente de la República para que se continuara pagando esta pensión mientras se dictaba el reglamento. Lamentablemente, eso no ha ocurrido y de nuevo se han suspendido los pagos de estas pensiones asistenciales para todos los deficientes mentales del país. Más allá del tiempo que demore la elaboración del reglamento de esta ley, la suspensión de ese beneficio tiene una connotación social bastante importante y significativa, ya que las personas afectadas están en condiciones sociales de indigencia, motivo por el que han accedido a esta pensión. Por lo tanto, reitero mi petición en orden a que se oficie nuevamente a Su Excelencia el Presidente de la República para que reordene la mantención del pago de las pensiones mientras se dicta este reglamento, el cual esperamos desde principios de año. He dicho. La señora CARABALL (Presidenta accidental).- Se enviará el oficio en la forma solicitada por la señora Diputada, al cual se adhieren los Diputados señores Elízalde, Alessandri, Ringeling y quien habla. 12.- SITUACION DE NIÑOS CON SIDA. Oficio. La señora CARABALL (Presidenta accidental).- Tiene la palabra el Diputado señor Ringeling. El señor RINGELING.- Señora Presidenta, quiero referirme al problema que afecta a un niño de mi distrito, infectado con el virus del Sida y, en general, a todos los menores afectados por esta enfermedad en el país. Considero que es buena base tomar el ejemplo de este niño, por cuanto fue contagiado por su madre quien, a su vez, contrajo la enfermedad por una transfusión de sangre efectuada en un hospital del Servicio de Salud dependiente del Ministerio de Salud. Estos niños, aproximadamente 15 en todo el país, son atendidos en la primera parte de su enfermedad que todos sabemos es mortal por el mismo servicio, el cual le otorga en forma gratuita algunos remedios básicos para retardar sus efectos. Pero algunos de los medicamentos que se necesitan en la etapa terminal son demasiado caros y el Estado no los entrega debido a lo cual estos niños deben buscar "padrinos" que se los proporcionen. Por las informaciones que tengo, los niños que están en esta situación han sido contagiados por responsabilidad del Servicio de Salud correspondiente y no existe ningún caso de contagio por vía sexual. Han contraído la enfermedad por transfusiones de sangre efectuadas a ellos o a sus madres. Por lo tanto, resulta injusto que el Estado no asuma la responsabilidad de aportar los medicamentos necesarios sobre todo si se trata de niños que les permitan mantener con el retardo de la enfermedad, la esperanza de que el avance tecnológico les permitirá salvar sus vidas. Además, se debe ayudar a sus familias, que se encuentran en una situación muy triste y crítica. Doy como ejemplo el caso que a mí me corresponde apoyar. Ya falleció la madre, y el resto de la familia padre y hermanos están en una situación muy desmejorada. Por eso, señor Presidente, por su intermedio queremos solicitar al Ministro de Salud porque este trabajo lo estoy haciendo en conjunto con el Diputado señor Alessandri, y hablo en nombre de ambos que entregue toda la información referente a los niños que están siendo tratados por el Servicio Nacional de Salud a las causas por las que han contraído el mal y a la efectividad de la denuncia que hemos recibido, en el sentido de que el medicamento más adecuado para las etapas terminales de esta enfermedad, denominado AZT Zidovidive, no es entregado por el Servicio Nacional de Salud y, por lo tanto, debe conseguirse en forma individual. He dicho. La señora CARABALL (Presidenta accidental).- Se enviará el oficio en nombre de los Diputados Ringeling, Alessandri, señora Prochelle, señores Horvath y Elizalde, y en el mío propio. Tiene la palabra el Diputado señor Alessandri para referirse a la misma materia. El señor ALESSANDRI BALMACEDA.- Señora Presidenta/ me encanta que esté presidiendo, porque creo que el país debe ir acostumbrándose a tener a una dama en la Presidencia de la Cámara, y usted asumirá en poco tiempo más. Debemos conseguir que el financia miento de todos estos medicamentos, se considere dentro de los gastos del Estado, ya sea del Tesoro Público, del Ministerio de Salud o en el proyecto que proceda. Esa es la finalidad, por cuanto estamos muy conscientes de que no tenemos facultad para presentar un proyecto de ley a fin de que el Estado se haga responsable de los niños cuyas madres fallezcan por situaciones de este tipo. Esperamos contar con el patrocinio del Ejecutivo, ya que las casos son muy pocos y algo hay que hacer. 13.- PROBLEMA DE LOS SERVICIOS DE URGENCIA DE SALUD PÚBLICA. El señor ALESSANDRI BALMACEDA.- Señor Presidente, no puedo dejar de referirme en esta oportunidad, como miembro de la Comisión de Salud, al problema que está afectando a los servicios de urgencia de salud del sector público. Creo que la solución propuesta por Su Excelencia el Presidente de la República, en cuanto a formar una comisión, es dilatar la solución del problema. No se ha llegado a acuerdo en ese sentido e, interpretando a todos los señores Diputados miembros de la Comisión de Salud, estamos dispuestos a estudiar el envío de un proyecto, con suma urgencia, para resolver este problema, conscientes de que los fondos de 1992 ya están asignados y gastados, pero que mediante un compromiso claro se puede superar el conflicto en enero de 1993. La situación, en gran parte, ha derivado de que no ha habido buena comunicación con los médicos. No se les ha dicho claramente por qué no se pagaron las bonificaciones en julio ni cuáles fueron las dificultades. Como se trata de profesionales del servicio de la salud, si uno conversa con ellos las cosas en forma transparente, sin duda que estarán en la mejor disposición de cooperar. Hay que atacar este problema. Ojalá no se forme una comisión especial. Usted sabe, señora Presidenta, que en esta transición no han dado muy buen resultado. A medida que se integran miembros, las soluciones se dilatan. Las gestiones deben efectuarse directamente con el señor Ministro de Salud, quien cuenta con el apoyo del señor Presidente de la República. La solución no se alcanzará mediante una comisión especial. No comparto la solicitud de los médicos para que el Presidente se haga cargo del problema. Esa no es la manera de proceder, puesto que hay un Ministro de Salud. Nosotros estamos dispuestos a cooperar en lo que se requiera. A lo menos, que se estudie cómo equiparar las remuneraciones, porque el señor Ministro siempre habla de los médicos que trabajan en el sector privado. Nosotros, en la reunión que tuvimos en el Ministerio, le dijimos que sólo piense en los profesionales que laboran en la salud municipalizada, porque hay gran diferencia entre el sueldo que recibe un médico del servicio de urgencia del Hospital Sótero del Río y el de otro del Consultorio Bellavista, de La Florida. Ellos, por lo menos aspiran a tener rentas similares. De esa manera contribuiremos a la solución de este problema. He dicho. La señora CARABALL (Presidenta accidental).- ¿Desea enviar un oficio específico a algún personaje de Gobierno? El señor ALESSANDRI BALMACEDA.- No, porque sé que usted, como presidenta accidental de la Corporación, dará a conocer personalmente estas ideas y yo estaré muy bien representado. La señora CARABALL (Presidenta accidental).- Muchas gracias. 14.- SITUACION FINANCIERA DEL INSTITUTO GEOGRAFICO MILITAR. Oficios. La señora CARABALL (Presidenta accidental).- Tiene la palabra el Diputado señor Antonio Horvath. El señor HORVATH.- Señora Presidenta, en esta oportunidad me referiré sucintamente a un problema que afecta al Instituto Geográfico Militar. De acuerdo con antecedentes generales que hemos recibido, el citado Instituto aparecería con un déficit de 142 millones de pesos en el Presupuesto de 1993, lo cual podría obligarlo, incluso, a seguir despidiendo personal. Pero, aparte de eso, le impediría cumplir a cabalidad su función, cual es, en primer lugar, producir la cartografía y actualizarla continuamente. No es posible que en la actualidad negociemos, en virtud del Tratado de Paz y Amistad, de 1984, algunas áreas sobre las cuales carecemos de cartografía al día. En este sentido quiero hacer presente esta situación y solicitar que las distintas reparticiones ministeriales del Estado planteen sus requerimientos de material geográfico para que el Instituto Geográfico Militar pueda resolverlos y, de paso, financiarse para no tener que despedir personal, sino, por el contrario, modernizar sus equipos. Pido que, por intermedio de la Cámara de Diputados, se informe sobre estos antecedentes a los señores Ministro de Defensa, del Interior y de Relaciones Exteriores. La señora CARABALL (Presidenta accidental).- Se enviarán los oficios solicitados por Su Señoría. Por haberse cumplido el objeto de esta sesión, se levanta. Se levantó a las 14.21. JORGE VERDUGO NARANJO, Jefe de la Redacción de Sesiones.