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El señor HUENCHUMILLA.-
Pido la palabra, señor Presidente, brevemente.
Mire, yo no hablé al momento de la fundamentación del voto en la discusión anterior, pero en esta oportunidad me parece pertinente decir algo, porque creo que los discursos que escuché de muchas Senadoras y Senadores parten de un hecho equivocado.
Cuando se hace un planteamiento, pero los hechos sobre los cuales se hace el planteamiento no existen, entonces llevamos a la opinión pública a una equivocación.
En los discursos se expresa que aquí estamos introduciendo un delito para sancionar y castigar a la gente que por necesidad debe quebrantar la cuarentena y salir, pero no estamos legislando sobre eso. ¡Eso no es así! Nosotros no estamos colocando ningún delito en esa dirección.
Lo que estamos haciendo es subir las penas que con todo derecho la Senadora Isabel Allende ha querido votar separadamente, pero el delito de infringir las normas sanitarias no está en este proyecto, sino en el artículo 318 del Código Penal, introducido en 1969, hace cincuenta años. E incluso antes, ese ilícito estaba contemplado en el Código Penal original, del siglo XIX.
Por lo tanto, no estamos introduciendo ninguna modificación en esa materia. Lo único que estamos haciendo, a través de las letras a) y b), es cambiar las penas. Es todo. Y además -esto sí que lo introducimos y ya lo votamos- estamos colocando una agravante para aquellos personajes que llaman a espectáculos o fiestas como la ocurrida en Maipú.
Pero de que con esta norma se está castigando a la gente que sale a la calle por necesidad, ¡no estamos legislando sobre eso! Esa norma no existe en este proyecto de ley, sino desde 1969, hace cincuenta años.
Entonces, si le decimos a la gente aquello, por este canal de comunicación, estamos introduciendo un factor de perturbación en las personas, porque no es verdad que estemos legislando sobre ese artículo.
Si nosotros rechazamos las letras a) y b), el artículo queda tal cual, con las penas que originalmente contempla desde hace cincuenta años.
En consecuencia, tengamos claridad para no perturbar a la opinión pública.
Otro señor Senador manifestó que habíamos introducido una modificación en las penas alternativas y que, por lo tanto, la única alternativa que tenía el juez era mandar la gente a la cárcel. Bueno, eso tampoco es así. Al revés, le estamos ampliando el rango para que pueda tener una pena que no sea la cárcel, sino otras alternativas.
Por eso, señor, Presidente, por mucho que sea nuestro entusiasmo, no debemos confundir a la opinión pública diciendo una cosa que no corresponde a los hechos respecto de los cuales estamos legislando.
Lo único que estamos haciendo en el artículo 318 -que, como he aclarado ya, viene del año 1969- es ampliar las penas. Y a mí me parece que, en una situación tan crítica como la actual, corresponde dar esa señal, en el sentido de que ese viejo artículo se tiene que colocar al día aumentando las penas, porque la situación así lo amerita.
Por lo tanto, voto a favor de la mantención de las letras respectivas, tal como fueron despachadas de la Comisión de Constitución.
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