logo
  • http://datos.bcn.cl/recurso/cl/documento/648272/seccion/entityHZWLTZG7
    • bcnres:esParteDe = http://datos.bcn.cl/recurso/cl/documento/648272/seccion/akn648272-ds1-ds51
    • bcnres:esParteDe = http://datos.bcn.cl/recurso/cl/documento/648272/seccion/akn648272-ds1-ds51-p1424
    • bcnres:esParteDe = http://datos.bcn.cl/recurso/cl/documento/648272
    • bcnres:tieneEmisor = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/4504
    • bcnres:tieneEmisor = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/4524
    • bcnres:tieneEmisor = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/4511
    • bcnres:tieneEmisor = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/4543
    • bcnres:tieneEmisor = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/3369
    • bcnres:tieneEmisor = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/3002
    • bcnres:tieneEmisor = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/1252
    • bcnres:tieneEmisor = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/3360
    • bcnres:tieneEmisor = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/2128
    • bcnres:tieneEmisor = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/3102
    • rdf:value = " PROYECTO DE LEY INICIADO EN MOCIÓN DE LOS DIPUTADOS SEÑORES LAVÍN, COLOMA, GAHONA, HASBÚN,MORALES, NORAMBUENA; URRUTIA, DON OSVALDO, Y VAN RYSSELBERGHE, Y DE LAS DIPUTADAS SEÑORAS HOFFMANN Y MOLINA, QUE “ESTABLECE LA OBLIGACIÓN DE INCORPORAR EN EL CONTRATO DE SEGURO AUTOMOTRIZ, DE MANERA CLARA Y PRECISA, LAS MENCIONES QUE INDICA”. (BOLETÍN N° 10428-03) I. IDEAS GENERALES. Como es de general conocimiento, los seguros voluntarios automotrices, constituyen contratos de gran utilidad para las personas que se encuentran en alguna situación de apremio cuando son protagonistas de un robo, colisión o fallas de carácter mecánica que pesan sobre los referidos vehículos. Tal utilidad posee ribetes sensiblemente importantes cuando la persona carece de bienes o recursos económicos para cubrir estas eventualidades, de esta forma la celebración de un contrato de seguro asume una importancia central para evitar perniciosas consecuencias en la persona y dinero del dueño de un automóvil. De tal forma que en una primera aproximación al tema, el contrato de seguro constituye una salida jurídica y económica apta para trasladar la responsabilidad resultante de un siniestro determinado a las compañías aseguradoras. Sin embargo a lo anterior, no debemos olvidar que el régimen legal de los seguros en nuestro país posee contornos muchas veces de difícil entendimiento para el chileno medio, que en el fondo busca adquirir un automóvil y satisfacer una necesidad determinada. Sin embargo la necesidad de firmar un contrato de seguro no surge de una manera espontánea sino más bien motivada por un hecho contingente, aleatorio y por tal motivo de importancia secundaria o terciaria. Es por lo anterior que cuando una persona sin mucha experiencia o con escaso interés en firmar esta clase de convenios no se preocupa de sus condiciones, ni tampoco las coberturas del seguro, nos encontramos ante una falta de información para la persona que está contratando y con ello una disminución en sus derechos como consumidor de un determinado producto o servicio. En resumidas cuentas el contrata un seguro informado implica la adopción de una mejores decisiones y tales informaciones deben ser efectivamente proporcionadas por las compañías, con la finalidad que la persona pueda cotizar y ponderar qué seguro le ofrece mejores opciones para satisfacer eventuales necesidades frente a la ocurrencia de algún siniestro determinado. II. CONSIDERANDO. 1.- Que, la necesidad de contar con toda la información existente a la hora de contratar un seguro reviste un hecho incuestionable, que no sólo se vincula con este contrato en particular, sino en general con todo el derecho de los contratos establecidos bajo el imperio de nuestro ordenamiento jurídico. Tal hecho constituye una medida de protección hacia los contratantes, particularmente aquellos que celebran contratos de adhesión en donde la posibilidad de discutir las cláusulas contractuales es nula. 2.- Que, por lo anterior si una persona con escasa experiencia o sin mayores conocimientos al contratar un seguro automotriz sin el asesoramiento adecuado, lo más probable es que celebre el contrato en condiciones desventajosas que finalmente lo perjudique. 3.- Que, de acuerdo a lo anterior a nuestro entender dos son los ámbitos en que una persona tiene que tomar en consideración a la hora de firmar un seguro: a) las coberturas del contrato y b) las condiciones de su celebración. 4.- Que, así las cosas existen coberturas denominadas completas que abarcan situaciones de robo, daños, gastos médicos, asistencia en ruta y otras prestaciones y también existen coberturas parciales en donde cubren sólo algunos aspectos como la pérdida total de vehículo o por daños ocasionados a terceros. Ante todo, lo importante es que en este punto el contratante conozca toda la extensión de las prestaciones, determinando finalmente cuál es la extensión del seguro contratado. 5.- Que, por otra parte debe especificarse además las condiciones por las cuales se celebra el contrato, en el sentido de establecerse alguna restricción a la póliza, tomando en consideración factores como la edad o alguna anomalía en la salud de contratante clínicamente diagnosticada 6.- Que, de tal forma la presente moción apunta a otorgarles al suscriptor de un seguro automotriz la debida información con la finalidad que conozca en toda su extensión las prestaciones contratadas y los derechos que le asisten. III. CONTENIDO DEL PROYECTO. El proyecto de ley que en esta oportunidad presentamos establece el deber de indicar en un anexo del contrato de seguro y de forma clara cada una de las prestaciones que impone el contrato, esto es su cobertura, como también las condiciones que pueden establecer restricción en la póliza. IV. PROYECTO DE LEY. Artículo Único: “En el contrato de seguro automotriz deberá señalarse de forma clara y precisa en anexo, la cobertura del seguro, con indicación pormenorizada de las principales coberturas y exclusiones de dicho contrato” "
    • bcnres:tieneTipoParticipacion = frbr:creator
    • bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/3102
    • bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/3002
    • bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/2128
    • bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/4504
    • bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/4543
    • bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/4524
    • bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/1252
    • bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/3369
    • bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/4511
    • bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/3360
    • rdf:type = bcnres:Participacion
    • rdf:type = bcnres:SeccionRecurso

Other representations

  • Notation 3
  • RDF/XML
  • CSV
  • JSON
  • HTML+RDFa
  • N Triples
W3C Semantic Web Technology This material is Open Knowledge Valid XHTML + RDFa Valid CSS! WESO Research Group