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- rdf:value = " El señor MONARES.-r
Señor Presidente, el artículo transitorio establece un beneficio consistente en una bonificación que sirve, para los efectos de jubilar, a aquellos trabajadores de las empresas mineras del carbón que acrediten, a la fecha de publicación de la presente ley, diez años de actividad en labores subterráneas.
El colega Guerra ha mencionado la presentación de una indicación para suprimir las palabras "del carbón", de manera que este beneficio se aplique a todos los trabajadores de las empresas mineras.
Me dice la Mesa que una indicación de esta naturaleza es improcedente. Por esa razón, solicito que en el nombre mío, de la Cámara, o del Comité, se envíe un oficio al señor Presidente de la República para que esta indicación pueda ser presentada, entonces, con el patrocinio del Ejecutivo.
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