-
http://datos.bcn.cl/recurso/cl/documento/579061/seccion/akn579061-ds25-rs2
- bcnres:tieneSeccionRecurso = http://datos.bcn.cl/recurso/cl/documento/579061/seccion/akn579061-ds25-sp380
- bcnres:tieneSeccionRecurso = http://datos.bcn.cl/recurso/cl/documento/579061/seccion/akn579061-ds25-ds4
- rdf:type = bcnres:SeccionRecurso
- dc:title = "PROYECTOS DE ACUERDO"^^xsd:string
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/3660
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/972
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/362
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/835
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/cl/cargo/325
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/485
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/cl/cargo/323
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/3474
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/4465
- bcnres:tieneMateria = http://datos.bcn.cl/recurso/tema/corporacion-de-la-reforma-agraria
- bcnres:tieneMateria = http://datos.bcn.cl/recurso/tema/reforma-agraria
- bcnres:tieneResultadoDebate = bcnres:pendiente
- bcnres:tieneTerminoLibre = http://datos.bcn.cl/recurso/tema/asentamientos-de-campesinos
- rdf:value = "
El señor MUÑOZ BARRA, don Roberto (Vicepresidente).-
Se va a dar lectura a un nuevo proyecto de acuerdo llegado a la Mesa.
El señor PARGA (Prosecretario).-
Proyecto de acuerdo presentado por los señores Otero, Errázuriz, Arnello, Carrasco y Dupré, que dice lo siguiente:
"Los artículos 66 y siguientes de la ley 16.640 sobre Reforma Agraria, modificada por la ley 17.280, establece la situación legal de los asentamientos y, en general, de los campesinos que se encuentran en el área reformada.
El artículo 66 establece que, expropiado un predio, la Corporación de la Reforma Agraria "procederá a la constitución de un asentamiento campesino", definiendo, a continuación, lo que se entiende por asentamiento y señalando que "es la etapa transitoria entre la toma de posesión material de un predio y la asignación de las tierras, en conformidad al artículo 67". No permite ninguna otra forma legal de organización campesina. Por otro lado, sólo el asentamiento habilita a los campesinos para ser dueños de la tierra. En consecuencia, los Comités Campesinos y los Centros de Reforma Agraria, además de ser ilegales, impiden que los campesinos adquieran la propiedad de la tierra.
Sin embargo, en la práctica, en muchos predios se mantienen por tiempo indefinido los pre-asentamientos o se forman Centros de Reforma Agraria o Comités Campesinos.
El artículo 67 señala que, "transcurridos tres años desde la toma de posesión material de un predio expropiado", se asignarán las tierras a los campesinos, salvo que el Presidente de la República, mediante decreto fundado -y dictado antes del vencimiento..."
El señor MUÑOZ BARRA, don Roberto (Vicepresidente).- Ha llegado el término del tiempo destinado a los proyectos de acuerdo.
Ofrezco la palabra en el tiempo del Comité Comunista.
Ofrezco la palabra.
El turno siguiente corresponde al Comité Independiente.
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
En conformidad al Reglamento, se levanta la sesión.
"
- bcnres:esParteDe = http://datos.bcn.cl/recurso/cl/documento/579061
- bcnres:esParteDe = http://datos.bcn.cl/recurso/cl/documento/579061/seccion/nationalInterestUF698YIS