REPÚBLICA DE CHILE CAMARA DE DIPUTADOS LEGISLATURA EXTRAORDINARIA Sesión 46ª, en miércoles 25 de abril de 1973 (Ordinaria: de 16 a 19 horas) Presidencia de los señores Ibáñez, don Jorge y Cerda, don Eduardo. Secretario, el señor Guerrero, don Raúl Prosecretario accidental el señor Goycoolea, don Patricio. Índice general de la sesión I.- SUMARIO DEL DEBATE II.- SUMARIO DE DOCUMENTOS III.- DOCUMENTOS DE LA CUENTA IV.- ASISTENCIA V.- TEXTO DEL DEBATE I.- SUMARIO DEL DEBATE 1 -.Se califica la urgencia hecha presente para el despacho de un proyecto de ley 2645 2.- Se rechaza la reclamación interpuesta en contra de la conducta de la Mesa 2645 FÁCIL DESPACHO: 3. Se aprueba el proyecto sobre beneficios percibidos por el personal de empleados y obreros de la Empresa Portuaria de Chile. . . 2651 ORDEN DEL DÍA: 4. La Cámara despacha el proyecto que modifica la Planta de cargos del Ministerio de la Vivienda y Urbanismo 2654 5. Se aprueban los proyectos de acuerdo sobre los Convenios Básicos de Cooperación Científico-Técnica y Comercial suscritos entre los gobiernos de Chile y la República Democrática Alemana. 2666 6. Se despacha en tercer trámite constitucional el proyecto que aclara la ley N° 17.592 que creó la Caja de Previsión Social de los Comerciantes... 2668 7. Se aprueban las observaciones del Ejecutivo al proyecto que incorpora a diversos sectores al régimen de la Caja de Previsión de los Comerciantes 2668 8. La Cámara despacha las observaciones del Ejecutivo al proyecto que concede beneficios a los ex empleados agrícolas, mayordomos y capataces afectados por la Reforma Agraria 2684 9. La Cámara se ocupa del proyecto sobre normas relativas a realización de los VII Juegos Panamericanos, y vuelve a segundo informe reglamentario 2691 10. El señor Tavolari se despide con motivo del término de su mandato como Diputado 2696 II. SUMARIO DE DOCUMENTOS 1. Mensaje con el que S. E. el Presidente de la República somete a la consideración del Congreso Nacional, para ser tratado en la actual Legislatura Extraordinaria de Sesiones, y con el carácter de urgente, un proyecto de ley que modifica la Ley de Reclutamiento en lo relativo a los plazos máximos del período de conscripción 2643 III. DOCUMENTOS DE LA CUENTA 1. MENSAJE DE S. E. EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA "Conciudadanos del Senado y de la Honorable Cámara de Diputados: El artículo 24, inciso 2°, de la Ley Nº 11.170, más conocida por la denominación de Ley de Reclutamiento, establece los plazos máximos del período de conscripción y fija el de un año para el Ejército y la Fuerza Aérea y de dos para la Armada. Por las razones que a continuación se consignan, el Ejecutivo ha estimado procedente modificar esta disposición legal y establecer un plazo común para las tres Instituciones de la Defensa Nacional: a) El avance tecnológico ha adquirido tal ritmo que, en lo que se refiere a armamento y medios de comunicación con que cuentan los Ejércitos modernos, se hace necesario un período de aprendizaje y práctica mucho más prolongado que cuando se usaban las armas y otras elementos llamados clásicos. En la actualidad, pues, la incorporación de la electrónica al arte de la guerra, ha hecho progresar de tal manera todos los campos del conocimiento militar, que se hace imperioso llegar a un máximo de especialización y experiencia. De no ser así, se corre el gran riesgo de no obtener el óptimo resultado que aseguran los fabricantes o bien, causar deterioros o daños a equipos de alto costo debido a la falta de práctica de quienes deben usarlos. b) Chile es un país que continuamente sufre cataclismos cuya magnitud obliga a intervenir a las Fuerzas Armadas para lograr que la zona amagada recupere la normalidad. Esta intervención supone, desde luego, la dedicación permanente y masiva del personal y de los medios materiales de las Fuerzas Armadas. Con ocasión del sismo de julio de 1971, sólo en el mes de diciembre de ese mismo año fue posible contar con todo el personal y elementos que fue necesario desplegar hacia los puntos y regiones más afectadas. Cualquier emergencia de esta naturaleza constituye, por tanto, un considerable atraso en la instrucción del contingente el cual, en muchos casos, debe sufrir la posposición de períodos de campaña, maniobras, etcétera. Las Instituciones, en la medida que se lo permitan los plazos, apresuran la instrucción con el consabido desgaste humano que ello representa. c) Si a estas consideraciones se suman otras que son obvias y que dicen relación con cálculos de potencial e instrucción de contingente en otros países, se ha concluido que es de toda conveniencia establecer un solo plazo de conscripción y, en esta materia, asimilar a Ejército y Fuerza Aérea al que se le aplica a la Armada Nacional. Esta modificación, en ningún caso habrá de significar que todo el contingente deberá permanecer un lapso de dos años cumpliendo su Servicio Militar. En efecto, en la disposición que nos preocupa, se conserva la facultad que se otorga al Presidente de la República para acortar los plazos máximos. Dependerá, en consecuencia, de las necesidades de la Seguridad Nacional, que el personal de conscriptos deba servir el período total por el cual fue llamado a cumplir con la Ley de Reclutamiento. Por las razones anteriores expuestas, el Ejecutivo somete al estudio y consideración de la Honorable Cámara de Diputados, para que sea tratado en el actual período extraordinario, con la urgencia que se le dispense, el siguiente Proyecto de ley: Artículo único. Sustituyese el inciso 2° del artículo 24 de la Ley Nº 11.170 por el siguiente: "Este período será de hasta dos años, a menos que el Presidente de la República modificara su duración". Dios guarde a Vuestras Señorías. (Fdo.) : Salvador Allende Gossens. José Tohá González". IV. ASISTENCIA Sesión 46, Ordinaria, en miércoles 25 de abril de 1973. Presidencia de los señores Ibáñez, don Jorge y Cerda, don Eduardo. Se abrió a las 16 horas y asistieron los señores: Acevedo Pavez, Juan Acuña Méndez, Agustín Aguilera Báez, Luis Alamos Vásquez, Hugo Alvarado Páez, Pedro Altamirano Guerrero, Amanda Amunátegui Johnson, Miguel Luis Araya Ortiz, Pedro Atencio Cortez, Vicente Aylwin Azocar, Andrés Barrionuevo Barrionuevo, Raúl Basso Carvajal, Osvaldo Cabello Pizarro, Jorge Campos Pérez, Héctor Cantero Prado, Manuel Cardemil Alfaro, Gustavo Carmine Zúñiga, Víctor Carrasco Muñoz, Baldemar Carvajal Acuña, Arturo Castilla Hernández, Guido Cerda García, Eduardo Concha Barañao, Jaime De la Fuente Cortés, Gabriel Diez Urzúa, Sergio Ferreira Guzmán, Manuel Frei Bolívar, Arturo Fuentealba Caamaño, Clemente Fuentealba Medina, Luis Fuentes Andrades, Samuel Fuentes Venegas, César Garcés Fernández, Carlos García Sabugal, Rene Giannini Iñiguez, Osvaldo Godoy Matte, Domingo Guastavino Córdova, Luis Guerra Cofre, Bernardino Huepe García, Claudio Ibáñez Vergara, Jorge Iglesias Cortés, Ernesto Insunza Becker, Jorge Irribarra de la Torre, Tomás Jaque Araneda, Duberildo Klein Doerner, Evaldo Koenig Carrillo, Eduardo Laemmermann Monsalves, Renato Lavandera Illanes, Jorge Leighton Guzmán, Bernardo Lorca Rojas, Gustavo Lorenzini Gratwohl, Emilio Magalhaes Medling, Manuel Marín Millie, Gladys Marín Socías, Oscar Maturana Erbetta, Fernando Mekis Spikin, Patricio Merino Jarpa, Sergio Momberg Roa, Hardy Monares Gómez, José Monckeberg Barros, Gustavo Mosquera Roa, Mario Muñoz Barra, Roberto Naudon Abarca, Alberto Olave Verdugo, Hernán Ortega Rodríguez, Leopoldo Páez Verdugo, Sergio Palestra Rojas, Mario Palza Corvacho, Humberto Penna Miranda, Marino Pérez Soto, Tolentino Phillips Peñafiel, Patricio Ramírez Vergara, Gustavo Recabarren Rojas, Floreal Retamal Contreras, Blanca Riesco Zañartu, Germán Ríos Ríos, Héctor Robles Robles, Hugo Rodríguez Villalobos, Silvio Ruiz-Esquide Espinoza, Rufo Saavedra Cortés, Wilna Salinas Clavería, Edmundo Salinas Navarro, Anatolio Salvo Inostroza, Camilo Santibáñez Ceardi, Jorge Scarella Calandroni, Aníbal Schleyer Sprinmuller, Oscar Schnake Silva, Erich Señoret Lapsley, Rafael Sepúlveda Muñoz Eduardo Sharpe Carte, Mario Silva Solar, Julio Solís Nova, Tomás Enrique Stark Troncoso, Pedro Tapia Salgado, Rene Tavolari Vásquez, Antonio Tejeda Oliva, Luis Toledo Obando, Pabla Toro Herrera, Alejandro Torres Peralta, Mario Tudela Barraza, Ricardo Valdés Rodríguez, Juan Valenzuela Valderrama, Héctor Vega Vera, Osvaldo Vergara Osorio, Lautaro Videla Riquelme, Pedro. El Secretario señor Guerrero Guerrero, don Raúl y el Prosecretario subrogante, señor Goycoolea L., don Patricio. Se levantó la sesión a las 19 horas. V. TEXTO DEL DEBATE Se abrió la sesión a las 16 horas. El señor IBÁÑEZ (Presidente accidental).En el nombre de Dios y de la Patria, se abre la sesión. Se va a dar lectura a la Cuenta. El señor Goycoolea (Prosecretario accidental) da cuenta de los asuntos recibidos en la Secretaría. 1. CALIFICACIÓN DE URGENCIA El señor IBÁÑEZ (Presidente accidental).Su Excelencia el Presidente de la República ha hecho presente la urgencia para el despacho del proyecto que modifica la Ley de Reclutamiento, en lo relativo a los plazos máximos del período de conscripción... Si le parece a la Sala y no se pide otra calificación, declarará calificada de "simple" esta manifestación de urgencia. Acordado. El señor IBÁÑEZ (Presidente accidental).Solicito el asentimiento unánime de la Sala para conceder hasta un minuto al señor Sepúlveda, don Eduardo, a fin de formular una petición. No hay acuerdo. El señor KLEIN. Solicito también dos minutos. El señor IBÁÑEZ (Presidente accidental) .Solicito el asentimiento unánime de la Sala para conceder hasta dos minutos al señor Klein, con el objeto de que formule una petición. No hay acuerdo. Hablan varios señores. Diputados a la vez. 2. RECLAMACIÓN CONTRA LA CONDUCTA DE LA MESA El señor IBÁÑEZ (Presidente accidental).En conformidad con lo dispuesto en el artículo 27 del Reglamento de la Corporación, corresponde discutir y votar la reclamación interpuesta por el Comité Socialista en contra de la conducta de la Mesa. Me peí mito hacer presente a la Sala que esta reclamación podrá debatirse hasta por veinte minutos, que usarán a su arbitrio, por mitad, uno o más Diputados que impugnen la conducta de la Mesa, y otro u otros que la apoyen. En discusión la reclamación. El señor GIANNINI Pido la palabra. El señor IBÁÑEZ (Presidente accidental).Tiene la palabra Su Señoría. El señor GIANNINI Señor Presidente, en la mañana de hoy hemos participado en un extenso debate sobre la forma de interpretación de las normas constitucionales y reglamentarias que rigen el despacho de las observaciones del Presidente de la República, formuladas en un proyecto de reforma constitucional y, en el caso preciso que nos ocupa, respecto del proyecto de reforma constitucional que establece normas sobre determinación de las áreas de la economía nacional. Esta mañana, tuvimos oportunidad de indicar nuestra posición, la que consiste no diría yo en sostener una interpretación novedosa, sino en constatar la claridad del texto, del sentido y del espíritu de las disposiciones constitucionales y reglamentarias en juego en esta materia. Todo ello indica con nitidez que el artículo 108 de la Constitución Política, en concordancia con sus artículos 53 y 54 y con el artículo 270 N° 5, del Reglamento de la Cámara, obligan todos ellos, a esta Corporación y a la Mesa que conduce el debate y la forma de despachar los proyectos, a someter primeramente a votación las observaciones formuladas por el Ejecutivo y, una vez que éstas fueran rechazadas, a consultar nuevamente la voluntad de la Corporación para saber si con esta voluntad, que contara con los dos tercios de los miembros de ella, podría entenderse insistida la disposición observada o vetada por el Ejecutivo. Este es el sistema establecido en nuestro ordenamiento jurídico fundamental que rige la materia. Hemos sostenido que todo el sentido de nuestro ordenamiento jurídico al respecto, indica que, rechazada la observación del Ejecutivo, no puede hablarse de que haya ya un conflicto de poderes que haya un desacuerdo, porque no se sabe cuál es la opinión actual y digo "actual" en el momento en que se vota y rechaza la observación del Ejecutivo. ¿Cuál es la voluntad del Congreso Nacional, de la Cámara de Diputados en este caso, respecto de la disposición primitiva, acerca de si se insiste o no en ella? Dijimos que el texto del artículo 108, que en su relación con las otras disposiciones conforma un sistema', no ofrece dudas al respecto. Manifestamos que si eso no pareciera suficiente, la historia fidedigna del establecimiento de la disposición en la última reforma constitucional, que rige a partir de noviembre de 1970, ilustra claramente este mismo sentido. Expresamos, todavía, que por si esto fuera poco, el sentido de todo régimen jurídico relacionado con el despacho de reformas constitucionales, con la posibilidad del plebiscito, refuerza también la interpretación sostenida. Dijimos más que el comportamiento del legislador, el comportamiento de esta Cámara al mantener vigente el texto del artículo 270, Nº 5, de su Reglamento durante más de veinte meses después de la reforma constitucional del año 1970 indicaba que la interpretación que debía darse al artículo 108 de la Constitución Política, no era otra que la que nosotros estábamos sosteniendo porque si hubiera sido distinta la intención o el espíritu de los legisladores, éstos se habrían apresurado a modificar el artículo 270, el que así, habría pasado a ser contradictorio con la norma constitucional señalada. Pero, precisamos más, señor Presidente, y esto es lo importante, porque fundamenta la censura planteada. La Mesa de la Cámara tiene la obligación, en su conducta, de respetar la Constitución Política, las leyes y los reglamentos y si bien pudiera pensarse que la disposición constitucional respectiva pudiera merecer dudas en cuanto a su interpretación y aplicación, no existe en cambio, en esta Corporación duda alguna, ni ha existido nunca, de que el artículo 270 N° 5, de su Reglamento, es una disposición plenamente vigente, como se ha sostenido en forma expresa, en esta misma Sala, a raíz del informe de la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia recaído en la tramitación de los vetos. En dicho documento se dice y lo manifestó también expresamente el Diputado informante, en aquella oportunidad, que esta disposición era una norma plenamente vigente en su totalidad. En estas circunstancias, cualquiera que fuera la duda interpretativa que pudiera caber respecto del artículo 108 de la Constitución, no hay duda acerca de que el artículo 270 del Reglamento está plenamente vigente en su totalidad, y dentro de él su N° 5 obligaba a la Mesa, al despachar la reforma constitucional, una vez desechada la observación del Ejecutivo, a consultar la voluntad de la Sala sobre si deseaba insistir en la disposición o no. Como la Mesa no hizo esto, exigimos de ella, invocando la disposición del artículo 27 del Reglamento, el cumplimiento y la observancia de éste, actitud que no asumió la Mesa, a pesar de que advertimos que tal acto, aparentemente legislativo, que iba a emitir la Cámara, tal como se deduce de lo dicho, es sólo aparentemente legislativo porque, en verdad, más que un acto nulo, es inexistente, puesto que éste es el efecto que señala, en el fondo, el artículo 4"? de la Constitución Política respecto de los actos públicos. En efecto, para éstos se establecen formalidades, requisitos y competencia que hacen que cualquier acto que no sea emitido en la forma señalada por las reglas respectivas, carezca absolutamente de eficacia jurídica. Adelantamos que de seguirse el procedimiento que establecía la Mesa respecto de estos actos absolutamente nulos e inexistentes desde un punto de vista jurídico, habría argumentos suficientes para recurrir al Tribunal Constitucional y pedir que así se declarara. Creo que muy pocas veces yo, por lo menos, no conozco el caso la Mesa ha procedido con tanta claridad en una flagrante contravención de disposiciones constitucionales y reglamentarias. Estimo que algunas veces la conducta de ella puede haber dado lugar a dudas. En este caso, le hemos leído a la Mesa la disposición respectiva le hemos señalado el texto vigente al cual debía someterse. La Mesa, haciendo caso omiso de esta situación y amparada sólo en el hecho circunstancial de una mayoría que aprobará su procedimiento y de una mayoría que rechazará seguramente la censura, ha procedido en una forma violatoria del texto y del espíritu de la Constitución ha obrado en una forma nefasta para el mantenimiento de un Estado de Derecho, de un orden jurídico que los mismos que integran la Mesa y el Partido a que ella pertenece dicen tanto defender. Hablan varios señores Diputados a la vez. El señor GIANNINI. Como lo hemos hecho en otras oportunidades, reclamamos de los sectores que, por la prensa y por la radio, dicen defender tanto el orden jurídico, el orden existente, que eso lo hubieran demostrado aquí, respetando la disposición expresa que han violado, como digo, en una forma flagrante. Y ahora, aún sabiendo que la censura va a ser rechazada, por obligación jurídica y moral no hemos podido dejar pasar la conducta de la Mesa. Estampamos esta reclamación manifestando nuestra expresa protesta por el procedimiento usado y, además, dejando constancia de que éste implica una violación que no pueda producir, por lo tanto, efecto jurídico alguno. Así deberá declararlo el Tribunal Constitucional, en su oportunidad, cuando sea consultado. Eso es todo. El señor IBÁÑEZ (Presidente accidental). Tiene la palabra el señor Valenzuela, para apoyar la conducta de la Mesa El señor VALENZUELA VALDERRAMA (don Héctor).Señor Presidente, en la sesión de esta mañana, tuve oportunidad de hacerme cargo de las expresiones drl Diputado señor Giannini y traté de aclarar lo que, a mi juicio, son errores en que él incurre, aun a riesgo de que esto se transforme un poco en un diálogo entre sordos. Debo también, ahora, hacerme cargo de lo que Su Señoría acaba de repetir para que no quede constancia en actas sólo de sus palabras, las que envuelven errores de mucha monta. En primer término, debo hacer presente que la Mesa hizo uso de una facultad que le confiere expresa y categóricamente el inciso segundo del artículo 27 del Reglamento. Para la Mesa, no había ninguna duda acerca de la cuestión reglamentaria. Por eso, haciendo uso de su facultad, la resolvió de inmediato. El Diputado señor Giannini se afirma en la vigencia del número 5? del artículo 270 del Reglamento. Esta mañana tuve ya oportunidad de explicar que el texto del Reglamento está derogado tácitamente por la reforma constitucional del 23 de enero de 1970. Podría, tal vez, formularse a la Mesa el cargo de falta de minuciosidad, al no haber eliminado dicho artículo del Reglamento. Conforme. Pero de ahí a deducir todas las conclusiones a que arribó el Diputado señor Giannini, hay una distancia muy grande. A la Mesa no le cabe duda acerca de la corrección de su procedimiento y por una razón muy sencilla, señor Diputado: antes del año 1970, de acuerdo con las disposiciones constitucionales, el Presidente de la República o promulgaba el proyecto insistido o consultaba a la nación mediante un plebiscito. Ese es el texto de la disposición constitucional antes de 1970. Con posterioridad a la reforma del 23 de enero de 1970, la situación es absolutamente distinta: el Presidente de la República o promulga, de acuerdo con lo que dispone el artículo 109 de la Constitución Política o procede a llamar a plebiscito sólo cuando se rechaza la observación. El texto no habla en ningún instante "de insistir". Allí está justamente la modalidad fundamental de la reforma, señor Giannini. Siendo así las cosas, a la Mesa no le puede caber dudas acerca de su competencia. Pero quiero hacerme cargo de algo que el señor Giannini dijo esta mañana y que ha reiterado ahora. Se ha anunciado que el Presidente de la República tratará de imponer su tesis de los dos tercios, mediante fallo que obtendría del Tribunal Constitucional. Ahora, el señor Giannini hace suya esa tesis y la plantea, incluso, para la situación actual. Con plena conciencia de la responsabilidad que asumimos, declaramos que el Tribunal Constitucional no tiene competencia para conocer de esta materia y que, en consecuencia, su fallo sería nulo, con arreglo al artículo 4° de la Carta Fundamental, el que prohíbe a toda persona o magistratura "atribuirse, ni aun a pretexto de circunstancias extraordinarias, otra autoridad o derechos que los que expresamente se les haya conferido por las leyes." La competencia del Tribunal Constitucional, creado por la reforma del 23 de enero de 1970, está taxativamente fijada en el nuevo artículo 78 b) de la Carta Fundamental, que en su letra a) lo llama, y lo cito textualmente, a "resolver las cuestiones sobre constitucionalidad que se susciten durante la tramitación de los proyectos de ley y de los tratados sometidos a la aprobación del Congreso". Pero en ningún momento le otorga igual o parecida competencia en lo que concierne a las reformas constitucionales. Está de más decir que los proyectos de reforma constitucional no son en nuestro derecho proyectos de ley. En ellos no se ejerce el poder legislativo, señor Giannini, sino el poder constituyente. Es diferente. Y el resultado de esos proyectos no es una ley, sino un acto constitucional. Por eso, la Constitución al enumerar minuciosamente en su artículo 44 las materias reservadas a la ley, no alude ni directa ni indirectamente a las reformas constitucionales. Por eso, también estas reformas pueden tratarse en legislaturas extraordinarias, aunque no estén incluidas en la convocatoria del Presidente de la República. Y por eso, finalmente, el inciso primero del artículo 108 necesitó decir expresamente que las reformas constitucionales "se someterán a las mismas tramitaciones de los proyectos de ley salvos las excepciones que a continuación se indican". Cierto es que al promulgarse las reformas constitucionales se suele darles número de ley, pero esa práctica obedece sólo a razones de orden y al propósito de facilitar las referencias. También se da número de ley, señor Giannini, a los acuerdos aprobatorios de tratados, que la Constitución, en su artículo 43, distingue expresamente de las leyes. Que las reformas constitucionales se tramiten en forma parecida a los proyectos de ley no significa por cierto, que el Tribunal tenga competencia para dirimir las cuestiones de constitucionalidad que se susciten. Los acuerdos aprobatorios de tratados se tramitan en forma idéntica a los proyectos de ley, y sin embargo, el constituyente necesitó hacer mención expresa de ello para que el Tribunal pudiera conocer de las cuestiones de constitucionalidad que se suscitaran en la tramitación de estos acuerdos. Por lo demás, la falta de competencia del Tribunal para conocer de la cuestión de constitucionalidad que nos ocupa están corroborada por la letra c) del artículo 78 b) de la Carta Fundamental y por los incisos séptimo y octavo del mismo artículo, como pasaré a demostrarlo. La letra c) otorga competencia al Tribunal, y cito textualmente, "para resolver las cuestiones de constitucionalidad que se susciten con relación a la convocatoria al plebiscito, sin perjuicio de las atribuciones que correspondan al Tribunal Calificador de Elecciones." De esta disposición se desprende con toda claridad que el Tribunal no tiene competencia para conocer de las demás cuestiones de constitucionalidad que puedan suscitarse en la tramitación de una reforma a la Carta Fundamental, ya que de otro modo la letra c) sería innecesaria y no produciría efecto alguno. ¿Cuáles son las cuestiones de constitucionalidad que la letra c) somete a la resolución del Tribunal? Voy a citarlas textualmente. Exclusivamente las cuestiones que plantea el Senado o la Cámara de Diputados una vez hecha la convocatoria a plebiscito y respecto al contenido del plebiscito. Lo dicen con toda claridad los incisos séptimo y octavo, que textualmente expresan: "En el caso de la letra c), la cuestión podrá promoverse a requerimiento del Senado o de la Cámara de Diputados, dentro del plazo de diez días a contar desde la fecha de publicación del decreto que fije el día de la consulta plebiscitaria". "Una vez reclamada su intervención, el Tribunal deberá emitir pronunciamiento en el término de diez días, fijando en su resolución el texto definitivo de la consulta plebiscitaria, cuando ésta fuera procedente". Con las disposiciones que acabo de citar queda absolutamente en claro que, tratándose de reforma constitucional, el Tribunal no puede conocer de otras cuestiones de constitucionalidad que aquellas que planteen el Senado o la Cámara de Diputados contra la convocatoria o plebiscito ya hecha por el Presidente de la República. Entrar a conocer de una cuestión que plantea el Jefe del Estado en relación con el problema de rechazo y la insistencia sería, indudablemente, arrogarse un poder que nadie ha conferido al Tribunal Constitucional. Con la autoridad que puede darnos el hecho de haber sido parlamentarios en tiempos de la aprobación de esta reforma constitucional, de 23 de enero de 1970, afirmo aquí que deliberadamente no dimos al Tribunal Constitucional la competencia que ahora quiere atribuirle el Gobierno y Su Señoría, el señor Giannini. La necesidad de buscar una salida a las cuestiones de constitucionalidad que se promueven con mucha frecuencia en la formación de las leyes nos indujo a crear el Tribunal Constitucional, no obstante que penetrábamos en un terreno desconocido y riesgoso. Pero, nadie pretendió darle competencia en materias de reformas constitucionales, porque éstas no son frecuentes y porque, en definitiva, los desacuerdos que en torno de ellos se produzcan entre el Congreso y el Presidente, puedan ser dirimidos por la nación, en la que reside la plenitud de la soberanía. En tales condiciones, no se justificaba que interviniera en asuntos de tanta trascendencia un Tribunal que no tiene representación popular, Sólo hicimos excepción de los desacuerdos que pudieran producirse con motivo de la convocatoria misma al plebiscito, por tratarse de un asunto en que fácilmente puede haber discrepancias, dado que en Chile sólo se ha llamarlo a plebiscito una vez y fuera del régimen legal. Por todas estas razones expuestas, nos asiste la confianza de que el Tribunal Constitucional, cualquiera que sea el requerimiento que le haga el Presidente de' la República o el señor Giannini, no pretenderá arrogarse una potestad que nadie le ha otorgado. Estas son las consideraciones que tuvo en vista la Mesa, por el que no le cupo dudas de que cumplía. .. El señor IBÁÑEZ (Presidente accidental) . Excúseme, señor Valenzuela. Ha terminado su tiempo. El señor VALENZUELA VALDERRAMA (don Héctor. . .. con el Reglamento y con su facultad, dispuesta en el artículo 27 del mismo Reglamento. El señor IBÁÑEZ (Presidente accidental).Ofrezco la palabra a algún señor Diputado que impugne la conducta de la Mesa. El señor GIANNINI. Pido la palabra. El señor IBÁÑEZ (Presidente accidental).Tiene la palabra el señor Giannini. Restan dos minutos a Su Señoría. El señor GIANNINI. Señor Presidente, yo no me referí a la materia que, fundamentalmente, ha tocado el señor Valenzuela, porque no suponía que él la iba a sostener. Sin embargo, quiero complementar, aunque brevemente, por el tiempo de que dispongo, mis anteriores observaciones, con el objeto de que no pudiera aparecer el silencio nuestro como una aceptación a tan peregrina teoría que sostiene el señor Diputado Valenzuela, que consiste en afirmar que la Constitución no es ley. Si no es la Constitución una especie de ley, realmente habría sido bueno que nos explicara qué es, una especie de qué cosa tan rara, tan distinta de leyes. Yo he entendido toda la vida, y no era necesario que el Diputado señor Valenzuela nos la explicara, que la Constitución tiene una forma de tramitación diferente, que tiene efectos diferentes, porque eso lo sabemos de sobra pero sostenemos, y en eso se basa la afirmación nuestra, de que es competente al Tribunal Constitucional, que la Constitución es una ley de rango distinto, de efectos diferentes, de tramitación distinta, dispuesta por la Constitución pero es una especie de ley. O si no, bueno habría sido saber especie de qué cosa tan distinta, tan rara es. Por lo de más, así lo ha entendido la Constitución y todo nuestro régimen jurídico. Yo quisiera recordar una conversación que esta mañana tuve con el propio señor Valenzuela. Le pregunté, y debo confesar con no poca sorpresa que no me respondió si las normas de interpretación del Código Civil, artículo 19 a 24, se aplicaban o no para interpretar la Constitución, y, evidentemente, ha debido aceptar que esas disposiciones. .. El señor VALENZUELA VALDERRAMA (don Héctor).¡ Absolutamente falso! El señor GIANNINI. Bueno, si dice el Diputado Valenzuela que es falso, que quede constancia que él dice que es falso y yo que sostengo que son disposiciones aplicables. El señor VALENZUELA VALDERRAMA (Don Héctor).No, me refiero... Hablan varios señores Diputados a la vez. El señor IBÁÑEZ (Presidente accidental).Señor Giannini, le ruego evitar los diálogos. El señor GIANNINI. Perdón. En todo caso, señor Presidente, retiro la alusión, por lo que pudiera haber de equivocación de mi parte en la apreciación de sus expresiones. Sostengo que las disposiciones de interpretación de las leyes, artículos 19 a 24 del Código Civil, se han aplicado permanentemente y, sin duda, como todas las demás disposiciones referentes a las leyes, también a las normas constitucionales. Por lo tanto, vuelvo a decir, la del Diputado Valenzuela es una posición peregrina, insostenible, que no tiene ningún fundamento y que no he querido dejar pasar sólo para los efectos de que nuestro silencio no se estimara como aceptación de ella. El señor IBÁÑEZ (Presidente accidental).Cerrado el debate. En votación la reclamación en contra de la conducta de la Mesa. Efectuada la votación en forma económica, dio el siguiente resultado: por la afirmativa 24 votos por la negativa, 61 votos. El señor IBÁÑEZ (Presidente accidental).En consecuencia, queda rechazada la reclamación interpuesta en contra de la conducta de la Mesa por el Comité Socialista. Se suspende la sesión por dos minutos. Se suspendió la sesión a las 16 horas 25 minutos. FÁCIL DESPACHO 3.- -BENEFICIOS PARA EL PERSONAL DE LA EMPRESA PORTUARIA DE CHILE Transcurridos dos minutos: El señor CERDA, don Eduardo (Presidente en ejercicio). Continúa la sesión. Entrando a la Tabla de Fácil Despacho, corresponde despachar el proyecto que establece normas relacionadas con determinados beneficios percibidos por el personal de empleados y obreros de la Empresa Portuaria de Chile. Diputado Informante de la Comisión de Obras Públicas y Transportes es el señor Carvajal. El proyecto impreso en el boletín Nº 1389-72-2, es el siguiente: "Artículo única. Declárase que el artículo 148 de la ley N° 17.271 y el artículo 108 de la ley Nº 17.399 no han sido aplicables a los trabajos realizados en forma habitual y permanente los días domingos y festivos y, asimismo, los realizados en días hábiles de 12 a 14 y de 00 a 08 horas y, los días sábados pasadas las 12 horas, por el personal de empleados y obreros de la Empresa Portuaria de Chile. Declárase bien cancelados los montos que en virtud de lo dispuesto en el artículo 6° de la ley N° 13.023 fueron percibidos por el personal de empleados y obreros de la Empresa Portuaria de Chile por los años 1970 y 1971". El señor CERDA, don Eduardo (Presidente en ejercicio). En discusión general y particular el proyecto. El señor SEPULVEDA (don Eduardo).Pido la palabra. El señor CERDA, don Eduardo (Presidente en ejercicio). Tiene la palabra Su Señoría. El señor SEPULVEDA (don Eduardo). Señor Presidente, el proyecto que nos preocupa tiene por objeto normalizar una situación planteada a los trabajadores de la Empresa Portuaria de Chile. Con ocasión de la dictación de la ley Nº 17.399, la Contraloría dictaminó: "que en el caso de los empleados y obreros de la Empresa Portuaria de Chile, no se les debe considerar las horas extraordinarias en el cálculo del beneficio dispuesto en el artículo 69 de la ley Nº 13.023, que obliga a pagar los feriados, licencias y permisos del personal portuario, sobre la base del promedio de las remuneraciones de los seis últimos meses". Esta interpretación que perjudica abiertamente a este sector laboral obliga al Congreso a legislar para que se respete esta conquista social de los trabajadores, la que consiste en que el beneficio de las horas extraordinarias tiene que ser liquidado en los casos de enfermedad o licencia tal como se había hecho antes del año 1970, o sea, hasta antes de la interpretación de la Contraloría. El personal no está en condiciones de devolver los pagos que está exigiendo la Contraloría en este momento. Por ello, es tanto más urgente legislar sobre la materia. Quiero hacer presente que sobre este particular hay precedentes de otros servicios del Estado, como es el caso del Servicio Nacional de Salud, el del personal médico y paramédico de las Fuerzas Armadas y Carabineros, que han obtenido interpretaciones favorables en relación con las consideraciones que he expuesto. Por eso, es de toda justicia que la Cámara regularice esta situación, aprobando el artículo único que hoy consideramos aquí en la Sala. En consecuencia, termino mis observaciones anunciando los votos favorables de los Diputados democratacristianos y esperamos que así lo haga el resto de la Honorable Cámara. Eso es todo. El señor ACEVEDO. Pido la palabra. El señor CERDA, don Eduardo (Presidente en ejercicio). Tiene la palabra Su Señoría. El señor ACEVEDO. Señor Presidente, el personal del ex Servicio de Explotación de Puertos, que en la actualidad forma parte de la Empresa Portuaria de Chile, hasta antes de la vigencia de la ley Nº 13.023, de 26 de septiembre de 1958, tenía un trato de tipo previsional extremadamente dañino, perjudicial, tanto desde el punto de vista de los obreros como de los empleados. Y lo mismo sucedía en relación con las licencias por enfermedad, feriado o por trabajo extraordinario. En general, reitero, la situación de este personal era muy precaria. En materia de previsión, por ejemplo, les hacían imposiciones durante un año en relación a los meses del año anterior. Y para los efectos de liquidar las jubilaciones en la Caja Nacional de Empleados Públicos y Periodistas, no sólo estaban sujetos al régimen de los 36 meses, sino que, además, a un año de postergación, por el hecho de que sus imposiciones eran atrasadas en un año, lo que significaba un promedio de cuatro años de salarios para acogerse a la jubilación. En cuanto a lo dispuesto en el articulo 6° de la ley N° 13.023, que es lo que a través de este Mensaje del Ejecutivo se tiende a aclarar, y, en especial, a los artículos 148 de la ley N° 17.271 y 108 de la ley N° 17.399. relacionados con las horas extraordinarias trabajadas entre las 12 y las 14 horas, y entre las 0 horas y las 8 de la mañana, este proyecto nos parece justo. En relación con la interpretación del artículo 6° de la ley Nº 13.023, que viene contenido en el informe, también nos parece que ése es el espíritu del artículo 6°: que las licencias se otorguen en conformidad al promedio de los últimos seis meses. Manifestamos estas interpretaciones, porque los Diputados comunistas fuimos los autores de la ley N° 13.023, que regló el sistema previsional del ex Servicio de Explotación de Puertos y que con la facultad que se otorgó al Gobierno que regía los destinos de este país el año 1960, al dictar el decreto con fuerza de ley N° 290, se mantuvieron vigentes todas las disposiciones de la ley N° 13.023 en materia previsional del personal que en ,ese instante pasó a formar parte de la Empresa Portuaria de Chile. De ahí, entonces, que los Diputados comunistas votaremos favorablemente este proyecto y reitero modestamente que fuimos los autores de esta iniciativa legal. El señor TAVOLARI Pido la palabra. El señor CERDA, don Eduardo (Presidente en ejercicio). Tiene la palabra Su Señoría. El señor TAVOLARI. Señor Presidente, por las razones que ha manifestado el colega Acevedo y porque tampoco estuvimos ausente en la búsqueda de la solución de este problema que, indudablemente, afligía a un sector de trabajadores tan importante, como es el portuario, y considerando además que se trata de un Mensaje del Ejecutivo, que se ha preocupado mucho de la gente de mar, los parlamentarios socialistas vamos a votar a favor de este proyecto. El señor CARDEMIL. Pido la palabra. El señor GUERRA. Pido la palabra. El señor CERDA, don Eduardo (Presidente en ejercicio).Tiene la palabra el señor Cardemil. El señor CARDEMIL. Señor Presidente, los Diputados democratacristianos vamos a votar favorablemente este proyecto que da solución a un problema que se había creado a los trabajadores de la Empresa Portuaria de Chile en relación con un dictamen de la Contraloría General de la República. Con justa razón, lo antes expuesto tenía preocupados a estos gremios que ayer solicitaron a los diversos Comités que se pusiera en discusión este proyecto en el Orden del Día o en la Tabla de Fácil Despacho de la presente sesión para los efectos de tener ellos la seguridad de que este dictamen de la Contraloría no los va a seguir afectando o penando en el futuro. Por lo tanto, vamos a votar favorablemente esta iniciativa del Ejecutivo. El señor CERDA, don Eduardo (Presidente en ejercicio). Tiene la palabra el señor Guerra. El señor GUERRA. Señor Presidente, los Diputados nacionales vamos a votar favorablemente este proyecto de ley que tiende a regularizar una situación anómala que se le había creado al personal que trabaja en la Empresa Portuaria de Chile, especialmente en lo que se relaciona con las licencias médicas y las horas extraordinarias. Dejo, sí, expresamente establecido que este personal, que antes pertenecía al Servicio de Explotación de Puertos, fue incorporado a la Empresa Portuaria de Chile, gracias al decreto con fuerza de ley N° 290, del año 1960, por iniciativa del ex Presidente de la República, don Jorge Alessandri Rodríguez. Con esto, se dio culminación a una serie de peticiones de este personal y, en forma muy especial, de los obreros que trabajaban en los puertos de Arica e Iquique. En Arica este personal antes pertenecía a la Empresa de los Ferrocarriles del Estado y se llamaba "accidental", por lo que percibían rentas exiguas, las que se les pagaban solamente cuando concurrían a trabajar. A través de este decreto con fuerza de ley, de 1960, se incorporó definitivamente a la Empresa Portuaria de Chile a estos numerosos obreros que trabajaban en este puerto, tanto en la internación de mercadería para este puerto, como en lo que era embarcada posteriormente para Bolivia. En esta forma, ellos vieron materializado un antiguo anhelo. Al Diputado que habla le correspondió, precisamente, participar en parte en la redacción de este decreto 290, en el cual quedó incorporada también una gran conquista social, como fue la de que este personal disfrutara de gratificación de zona computable también para los efectos de su jubilación. Los Diputados nacionales vamos a aprobar gustosamente este proyecto, a fin de dar tranquilidad a los obreros y empleados que trabajan en esta importante repartición semifiscal. Nada más, señor Presidente. El señor CARVAJAL. Pido la palabra, señor Presidente. El señor CERDA, don Eduardo (Presidente en ejercicio). Tiene la palabra el señor Carvajal. El señor CARVAJAL. Señor Presidente, la Comisión de Obras Públicas, después de escuchar la intervención de los dirigentes nacionales de los empleados portuarios, por unanimidad, acordó aprobar este proyecto, dada la justicia que él encierra para este personal. Por lo tanto, como ha dicho el compañero Acevedo, los Diputados comunistas votaremos favorablemente este proyecto. Eso no más, señor Presidente. El señor CERDA, don Eduardo (Presidente en ejercicio).Ofrezco la palabra. Ofrezco la palabra. Cerrado el debate. En votación el proyecto. Si le parece a la Sala, se dará por aprobado. Aprobado. Queda aprobado también en particular, por no haber sido objeto de indicaciones. ORDEN DEL DÍA 4. MODIFICACIÓN DE LA PLANTA DE CARGOS DEL MINISTERIO DE LA VIVIENDA Y URBANISMO. El señor CERDA, don Eduardo (Vicepresidente) . Entrando al Orden del Día, corresponde tratar, en primer lugar, el proyecto, originado en un Mensaje, que faculta al Presidente de la República para modificar la Planta de Cargos del Ministerio de la Vivienda y Urbanismo. Diputado informante de la Comisión de la Vivienda y Urbanismo es el señor Tudela y de la Comisión de Hacienda, el señor Acevedo, don Juan. El proyecto, impreso en el boletín N° 1357-(72)-3, es el siguiente: "Artículo 1°. Fíjanse las siguientes Plantas de Cargos para el personal del Ministerio de la Vivienda y Urbanismo: Grado Denominación W de Cargos 1. Planta de Subsecretaría Planta Directiva f/g B D Subsecretario Jefes de Gabinete Secretarios Privados (2) Ayudantes Técnicos (6) Planta Administrativa 1 2 8 11 F G H I Oficial Administrativo Oficiales Administrativos Oficiales Administrativos Oficial Administrativo 1 2 2 1 6 2. Planta Profesional y Técnica Escalafón de Abogados C CH Abogados Abogados 2 2 Grado Denominación N° de Cargos r> E F Abogados Abobados Abogados Escalafón de Ingenieros 4 3 2 13 B C CH D E Ingenieros Ingenieros Ingenieros Ingenieros Ingenieros Escalafón de Arquitectos 3 5 7 5 4 24 C CH D E F Arquitectos Arquitectos Arquitectos Arquitectos Arquitectos Escalafón de sociólogos 16 16 18 16 16 82 C CH D E F Sociólogo Sociólogo Sociólogo Sociólogos Sociólogo 1 1 1 2 1 Escalafón de Constructores C CH D E F G Constructores Constructores Constructores Constructores Constructores Constructores 3 4 4 6 4 3 24 Grado Denominación N° de Cargos Escalafón de Administradores Públicos CH D E F G H Administrador Público Administrador Público Administradores Públicos Administradores Públicos Administradores Públicos Administradores Públicos Escalafón de Contadores 1 1 2 3 2 2 11 CH D E F G H I J Contadores Contadores Contadores Contadores Contadores Contadores Contadores Contadores Escalafón de Bibliotecarios ¡y Traductores 2 2 3 3 4 3 3 2 22 D E F G Bibliotecario y Traductor Bibliotecario y Traductor Bibliotecarios y Traductores Bibliotecario y Traductor 1 1 2 1 5 Escalafón de Técnicos Universitarios CH D E F G Técnico Universitario ¡Técnico Universitario (Técnico Universitario Técnico Universitario Técnico Universitario 1 1 1 1 1 5 Grado Denominación N de Cargos CH D E F G Escalafón de Periodistas Periodistas Periodistas Periodistas Periodista Periodista 3 2 2 1 1 Escalafón de Diseñadores o Artífices 9 D E F G H Diseñadores o Artífices Diseñador o Artífice Diseñadores o Artífices Diseñador o Artífice Diseñador o Artífice Escalafón de Asistentes Sociales 2 1 3 1 1 8 D E F G H Asistente Social Asistente Social Asistentes Sociales Asistentes Sociales Asistente Social Escalafón de Egresados Universitarios 1 1 2 2 1 7 G H Egresados Universitarios Egresados Universitarios Escalafón de Procuradores 6 7 13 CH G H Procurador Procurador Procurador 1 1 1 3 Grado Denominación N° de Cargos Escalafón de Coordinadores D E F G Coordinadores Coordinadores Coordinadores ¡Coordinadores Escalafón de Educadoras de Párvulos 2 8 10 9 29 F G H Educadora de Párvulos Educadora de Párvulos Educadora de Párvulos 1 1 1 3 Escalafón de Oficiales Técnicos F G H I J K L LL M N Ñ Oficiales Técnicos Oficiales Técnicos Oficiales Técnicos Oficiales Técnicos Oficiales Técnicos Oficiales Técnicos Oficiales Técnicos Oficiales Técnicos Oficiales Técnicos Oficiales Técnicos Oficiales Técnicos 6 5 4 5 5 6 5 4 4 4 4 52 3. Planta Administrativa F G H I J K L LL M Oficiales Administrativos Oficiales Administrativos Oficiales Administrativos Oficiales Administrativos Oficiales Administrativos Oficiales Administrativos Oficiales Administrativos Oficiales Administrativos Oficiales Administrativos 18 9 9 9 10 10 11 14 11 Grado Denominación N° de Cargos N Ñ 0 P Q Oficiales Administrativos Oficiales Administrativos Oficiales Administrativos Oficiales Administrativos Oficiales Administrativos Escalafón de Auxiliares de Educadoras de Párvulos 9 9 8 8 7 142 LL N M Auxiliares de Educadoras de Párvulos Auxiliares de Educadoras de Párvulos Auxiliares de Educadoras de Párvulos 2 4 3 4. Planta de la Central de Informaciones de Vivienda y Urbanismo (CIVU). Escalafón Directivo de Mandos Medios. 9 B C CH Administrador CIVU Jefe de Análisis (1) Jefe de Información (1) Jefe de Programación (1) Jefe de Programación de Sistemas (1) Jefe de Operación Control (1) Analistas 1 4 4 9 Escalafón de Programadores CH D E F G Programadores Programadores Programadores Programadores Programadores 2 3 3 2 2 12 Grado Denominación N° de Cargos Escalafón de Programador es de Sistemas CH Programador de Sistema 1 D Programador de Sistema Escalafón de Operación de Computador 1 2 E Jefe Operación Computador 1 F Operadores 2 G Operadores Escalafón de Control 2 5 G Revisor 1 H Revisores Escalafón de Perforistas 3 4 G Perforista 1 H Perforistas 2 I Perforistas 3 J Perforistas 4 K Perforistas 3 13 5. Planta de Servicios Menores Escalafón de Mayordomos M Mayordomo 1 1 Escalafón de Choferes M Choferes 3 Grado Denominación W de Cargos N Choferes 3 Ñ Choferes 4 0 Choferes 4 P Choferes 4 Q Choferes 3 21 Escalafón de Auxiliares Especializados M Auxiliar especializado 1 N Auxiliar especializado 1 Ñ Auxiliar especializado 1 0 Auxiliares especializados 2 P Auxiliar especializado 1 Q Auxiliar especializado 1 R Auxiliar especializado 1 RR Auxiliar especializado 1 Escalafón de Auxiliares 9 N Auxiliares 6 Ñ Auxiliares 7 0 Auxiliares 10 P Auxiliares 10 Q Auxiliares 10 R Auxiliares 8 RR Auxiliares 7 58 Lo dispuesto en este artículo no afectará las facultades administrativas que corresponden al Subsecretario de acuerdo con el inciso segundo del artículo 18 de la ley N° 16.391, agregado por el artículo 42 de la ley N° 16.742, y otras disposiciones legales vigentes. Artículo 2°.Tendrán el carácter de Oficiales de Secretaría para los efectos de la atribución quinta del artículo 72 de la Constitución Política del Estado, todo el personal que integre las Plantas de Subsecretarías a que se refiere el N° 1 del artículo anterior. Artículo 3°.Los funcionarios que integran las actuales Plantas del Ministerio de la Vivienda y Urbanismo que se sustituyen en el artículo l° de la presente ley, deberán obligatoriamente ser encasillados en los nuevos cargos y escalafones, de acuerdo a sus respectivas profesiones, especialidades o actividades. En ningún caso podrán ser encasillados en un grado inferior al que tengan actualmente, aún cuando sean encasillados en un escalafón distinto al que se encontraren. Artículo 4°.Los encasillamientos que se practiquen con motivo de la aplicación de la presente ley, se efectuarán por estricto orden de escalafón. Los funcionarios actualmente contratados asimilados a grados, podrán ser encasillados en los cargos que queden vacantes al final de cada escalafón, una vez practicado el encasillamiento del personal de las actuales Plantas, y por estricto orden de antigüedad en el Servicio. Tratándose de personal a contrata que con motivo del encasillamiento a que se refiere el inciso anterior sufriere disminución de remuneraciones, será necesaria su conformidad expresa para ser encasillado en los escalafones correspondientes. En todo caso, los funcionarios a contrata que sean encasillados en algunas de las Plantas perderán, a contar de la fecha de su encasillamiento, su cargo a contrata. Las disposiciones del artículo 64 del D. F. L. 338, de 1960, no serán aplicables a los funcionarios que, con motivo de la aplicación de la presente ley, aumentaren de grado. Artículo 5°.El funcionario grado D que figura actualmente en la Planta de Procuradores, teniendo título profesional, deberá ser encasillado en igual grado en el Escalafón de Abogados. El cargo de Procurador grado CH del mismo escalafón, será suprimido cuando su titular cese en sus funciones. Para llenar los cargos de los nuevos grados que se crean en el Escalafón de Procuradores, se exigirá tercer año de Derecho cursado, a lo menos. Artículo 6°.La aplicación de la presente ley, no podrá significar eliminación de personal en actual servicio, disminución de sus remuneraciones o grado, pérdida de su régimen provisional o beneficios que le confieren los artículos 59, 60 y 132 del D.F.L. N° 338, de 1960. Lo anterior se entenderá sin perjuicio de que el personal a contrata que sea encasillado en la Planta por el Presidente de la República, deba someterse a la remuneración que corresponda a la aplicación de los incisos segundo y tercero del artículo 4° de la presente ley. Artículo 7°.Las Plantas fijadas en los artículos 1° y 8° de la presente ley, y sus respectivos encasillamientos, regirán desde el 1 de enero de 1973. Artículo 8°. Fíjanse las siguientes Plantas de Cargos para el Personal del Parque Metropolitano de Santiago: Planta Grado W de Cargos Directiva y Técnica Director Jefe de 'Departamento Jefe de Subdepartamento Jefe de Subdepartamento A B C C 1 1 1 1 4 Profesional Médicos Veterinarios Ingeniero Civil Abobado Ingeniero Forestal Asistentes Sociales Contadores Contadores C C E E G G G 2 1 1 1 2 . 2 2 9 Oficiales Técnicos Oficiales Técnicos F 2 Planta Grade i W de Cargos Oficiales Técnicos G 3 Oficiales Técnicos H 3 Oficiales Técnicos I 2 Oficiales Técnicos J 2 Oficiales Técnicos K 2 Oficiales Técnicos L 2 Oficiales Técnicos LL 1 Oficiales Técnicos M 1 18 Oficiales administrativos Oficiales Administrativos F 4 Oficiales Administrativos G 4 Oficiales Administrativos H 5 Oficiales Administrativos I 5 Oficiales Administrativos J 6 Oficiales Administrativos K 6 Oficiales Administrativos L 5 oficiales Administrativos LL K Oficiales Administrativos M 4 Oficiales Administrativos N 3 Oficiales Administrativos Ñ 3 50 Servicios Menores Escalafón de Auxiliares Especializados Auxiliares Especializados M 10 Auxiliares Especializados N 13 Auxiliares Especializados Ñ 23 Auxiliares Especializados 0 26 Auxiliares Especializados P 27 Auxiliares Especializados Q 23 Auxiliares Especializados R 13 Planta Grado Nº de Cargos Auxiliares Especializados RR 10 145 Escalafón de Auxiliares Auxiliares N 6 Auxiliares Ñ 8 Auxiliares 0 9 Auxiliares P 11 Auxiliares Q 9 Auxiliares R 8 Auxiliares RR 6 57 Escalafón de Maestros Calificados Maestros Calificados J 20 Maestros Calificados K 24 Maestros Calificados L 27 Maestros Calificados LL 33 Maestros Calificados M 37 Maestros Calificados N 37 Maestros Calificados Ñ 33 Maestros Calificados 0 27 Maestros Calificados P 24 Maestros Calificados Q 20 282 El personal en actual servicio, que se encontraba en funciones al 30 de septiembre de 1971, deberá ser encasillado en las Plantas fijadas en el inciso anterior, sin sujeción a las normas de los artículos 14, 19 y 20 del D.F.L. N° 338, de 1960. La aplicación de esta ley no podrá significar eliminación del personal en actual servicio, disminución de sus remuneraciones, pérdida de su actual régimen previsional o beneficios que confieren los artículos 59, 60 y 132 del D.F.L. N° 338, de 1960. Artículo 9°.La Asociación del Personal del Ministerio de la Vivienda y Urbanismo y la entidad gremial respectiva de cada una de las Instituciones que señalan las letras b), c), d), e) y h) del artículo 5° de la ley N° 16.391, gozarán de Personalidad Jurídica en la forma establecida en el artículo 6° de la ley N° 17.594, de 4 de enero de 1972, si no lo tuvieren a la fecha de vigencia de la presente ley. Artículo 10. Introdúcense las siguientes modificaciones al artículo 49 de la ley sobre Impuesto a la Renta, contenida en el artículo 5° de la ley N° 15.564: a) En el inciso primero sustituyese el guarismo "20%" por "25%". b) Suprímese el inciso segundo. Artículo 11.Modifícase la ley 16.391 en la siguiente forma: 1) Reemplázase el artículo 79, modificado por el artículo 39 de la ley N° 16.609, por el siguiente nuevo artículo: "Artículo 7°.La Subsecretaría tendrá las siguientes funciones: a) Conocer y atender los asuntos Jurídicos del Ministerio a través de la Dirección de Asuntos Jurídicos, y b) Dirigir y atender todos los asuntos administrativos a través de la Dirección de Asuntos Administrativos". 2) Reemplázase el artículo 11 por el siguiente nuevo artículo: "Artículo 11.La Dirección General de Planificación y Presupuesto estará formada por los siguientes servicios: 1. Dirección de Planificación Habitacional 2. Dirección de Planificación de Equipamiento Comunitario 3. Dirección de Planificación de Desarrollo Urbano 4. Dirección de Finanzas y 5. Dirección de Oficinas Regionales." Artículo 12. Déjanse sin efecto todas las medidas administrativas adoptadas en el Ministerio de la Vivienda y Urbanismo y en las Instituciones señaladas en el artículo 5° de la ley N° 16.391, para perseguir la responsabilidad funcionaría de los trabajadores de esos Servicios que adhirieron al último movimiento gremial ordenado por los Colegios Profesionales, asociaciones de trabajadores, comercio, (transportistas y otras organizaciones gremiales o sindicales. No podrá adoptarse por la autoridad administrativa ninguna medida disciplinaria, sanción o represalia, individual o colectiva en contra de funcionarios por la circunstancia de haber adherido a dicho movimiento gremial. Artículo 13.Decláranse válidos, para todos los efectos legales, los pagos efectuados por el Ministerio de la Vivienda y Urbanismo a los obreros que prestaban servicios en la Dirección de Planificación de Equipamiento Comunitario, por concepto de aguinaldo de Pascua y Año Nuevo, en los meses de diciembre de 1971 y enero de 1972.". El señor TUDELA. Pido la palabra. El señor CERDA, don Eduardo (Presidente en ejercicio).Tiene la palabra Su Señoría. El señor PALESTRO. ¿Cuál es el tratamiento que se le dio a este proyecto, en cuanto a tiempo? El señor CERDA, don Eduardo (Presidente en ejercicio).En conformidad a los acuerdos de Comités, señor Diputado, hay cinco minutos para los Diputados informantes y cinco minutos por Comité. El señor TUDELA. Señor Presidente, la Comisión de la Vivienda y Urbanismo tuvo a bien aprobar en sesión del mes de noviembre del año recién pasado un proyecto que faculta al Presidente de la República para modificar la Planta de Cargos del Ministerio de la Vivienda y Urbanismo. En la Comisión de la Vivienda, a la cual asistieron el señor Subsecretario de la Vivienda, don Marcos Alvarez, el señor Jefe Administrativo del Ministerio, don Raúl Diez, don Tomás Aylwin, abogado del Ministerio y los dirigentes sindicales de los trabajadores del Ministerio de la Vivienda y Urbanismo, don Francisco Lira, Presidente don Sergio Valdivieso y don Erwin Rasmussen. Con la colaboración de ellos y con la presencia también de los1 dirigentes de la Asociación Gremial del Parque Metropolitano, doña Irma Stuardo, don Jorge Valenzuela y don Rodolfo Morales, fue posible, después de largos debates, aprobar el proyecto que fue considerado por la Comisión de la Vivienda y que ahora trata la Sala. El artículo 45 de la ley N° 16.391 autorizó al Presidente de la República para fijar la planta y remuneraciones del personal de ese Ministerio, que regirían a partir del 1° de enero de 1966 y del 1° de enero de 1967. Posteriormente, según se expresa en el Mensaje, se refundieron las plantas creadas de acuerdo con el artículo 45 citado, en virtud de lo dispuesto en el artículo 42 de la ley N° 16.742, de 8 de febrero de 1968. En el transcurso de estos años se ha comprobado la necesidad de modificar las estructuras del Ministerio de la Vivienda y Urbanismo y de adecuar la planta de su personal. Tal como se dice en el informe, la Corporación de Obras Urbanas reemplazó a la Dirección General de Obras Urbanas la Secretaría Técnica y de Coordinación fue suprimida la Dirección de Oficinas Regionales pasó a depender la Subsecretaría y la Dirección de Equipamiento Comunitario se fusionó con la Dirección de Planificación de Equipamiento Comunitario. Sin embargo, las plantas de cargos no han sido alteradas, lo que ha ocasionado diversos trastornos y originado la designación de funcionarios en comisiones de servicios. Cabe señalar, además, que las instituciones de la Vivienda que dependen del Ministerio tienen facultad legal para fijar las plantas. Con ello se han producido diferencias entre funcionarios que trabajan en conjunto, dentro del sector vivienda, y en labores semejantes. El proyecto enviado por el Ejecutivo, cuyo texto original consta de 13 artículos, que trató la Comisión de la Vivienda, contemplaba una facultad para que el Presidente de la República pudiera modificar la planta de cargos del Ministerio. A raíz del debate habido en la Comisión y dado el hecho de que existe el criterio permanentes de muchas Comisiones de no otorgar estas tan amplias facultades al Presidente de la República, esto fue modificado y, básicamente, eliminada la referida autorización. Es así como el artículo 1° del proyecto en informe determina cinco plantas: de Subsecretaría Profesional y Técnica Administrativa de la Central de Informaciones de Vivienda y Urbanismo y de Servicios Menores. La primera de ellas está dividida en Directiva y Administrativa. La segunda está formada por los escalafones de Abogados de Ingenieros de Arquitectos, de Sociólogos, etcétera, todos considerados técnicos. La tercera está integrada por el Escalafón de Oficiales Administrativos y el de Auxiliares de Educadoras de Párvulos. La cuarta tiene los siguientes escalafones: Directivo de Mandos Medios de Programadores de Programadores de Sistemas de Operación de Computador de Control y de Perforistas. El señor CERDA, don Eduardo (Presidente en ejercicio).¿Me permite, señor Diputado? Han terminado los cinco minutos del señor Diputado informante. Si desea, puede continuar en el tiempo del Comité Demócrata Cristiano. El señor TUDELA. Muchas gracias. El señor CERDA, don Eduardo (Presidente en ejercicio). ¿Desea continuar? El señor TUDELA. Voy a continuar. Cabe hacer presente que la Comisión excluyó de este artículo l9 tanto a la Planta Directiva como a la Planta Directiva de Mandos Medios, en atención a que respecto de la primera los cargos se declaraban de la exclusiva confianza del Presidente de la República y, en relación con la segunda, sólo se contemplaban normas de, encasillamiento para los cargos que no sean de libre designación. En las Plantas de la Subsecretaría del Ministerio de la Vivienda y Urbanismo, se incluirán, además de los funcionarios de dicha Subsecretaría, la Dirección General de Planificación y Presupuesto, la Secretaría Técnica y de Coordinación y sus servicios dependientes. Corresponderá al Subsecretario el ejercicio de las facultades administrativas que correspondan a cada uno de los Directores respectivos. Los artículos 3°, 4° y 6° otorgan garantías a los actuales funcionarios del Ministerio en lo que se refiere a su encasillamientos en las plantas que se fijan en el artículo 1°. El artículo 5°, por su parte, regla situación específicas del Escalafón de Procuradores y señala el requisito mínimo de estudios para ingresar a dicho Escalafón. En el artículo 7° se establece la fecha de vigencia de las disposiciones del proyecto. El artículo 8° fija las plantas de cargos del Parque Metropolitano de Santiago. Estas son: Directiva y Técnica Profesional, ectétera. En el artículo 9° se concede personalidad jurídica a los organismos gremiales o asociaciones del personal de las siguientes instituciones, que no la posean en la actualidad: Ministerio de la Vivienda y Urbanismo Corporación de Servicios Habitacionales Corporación de Mejoramiento Urbano Corporación de la Vivienda Empresa de Agua Potable de Santiago y Corporación de Obras Urbanas. El artículo 49 de la Ley de la Renta establece un impuesto de 20% sobre las ganancias de capital que perciban los contribuyentes. He tomado conocimiento, señor Presidente, de que hoy día en la mañana la Comisión de Hacienda ha modificado el financiamiento de este proyecto. El Diputado informante de ella, seguramente, dará cuenta respecto de esta materia. En el artículo 13° se regulariza la situación producida a raíz de haberse anticipado el pago del aguinaldo correspondiente a las últimas festividades de fin de año a determinados trabajadores de la Dirección de Planificación de Equipamiento Comunitario. Es así, señor Presidente, como el proyecto fue aprobado en su totalidad, después de largo debate. En realidad, el artículo 1° es el más importante, puesto que ahí quedan definitivamente estructuradas las plantas de cargo para el personal del Ministerio de !a Vivienda y Urbanismo. En ellas están claramente especificados los grados, denominaciones y números de cargos en general, todo lo que resulta de las aspiraciones expresadas en la Comisión por los trabajadores de la Vivienda y Urbanismo. El artículo 6° dice: "La aplicación de la presente ley no podrá significar eliminación de personal en actual servicio, disminución de sus remuneraciones o grado, pérdida de su régimen previsional o beneficios que le confieren los artículos 59, 60 y 132 del D. F. L. Nº 338, de 1960. La Comisión consideró importante esta disposición, por cuanto significa mantener las conquistas de todos los trabajadores, logradas a través de muchos movimientos gremiales. El artículo 7° establece: "Las plantas fijadas en los artículos 1° y 8° de la presente ley, y sus respectivos encasillamientos, regirán desde el 1° de enero de 1973". El artículo 12 deja "...sin efecto todas las medidas administrativas adoptadas en el Ministerio de la Vivienda y Urbanismo y en las Instituciones señaladas en el artículo 5° de la ley Nº 16.391, para perseguir la responsabilidad funcionaría de los trabajadores de esos Servicios que adhirieron al último movimiento gremial ordenado por los Colegios Profesionales, asociaciones de trabajadores, comercio, transportistas y otras organizaciones gremiales o sindicales.". La Comisión consideró importante esta disposición, ya que agrega: "No podrá adoptarse por la autoridad administrativa ninguna medida disciplinaria, sanción o represalia, individual o colectiva, en contra de funcionarios por la circunstancia de habar adherido a dicho movimiento gremial.". Este artículo fue incorporado al texto a petición de los propios trabajadores. Por último, el artículo 13 dice: "Decláranse válidos, para todos los efectos legales, los pagos efectuados por el Ministerio de la Vivienda y Urbanismo a los obreros que presentaban servicios en la Dirección de Planificación de Equipamiento Comunitario, por concepto de aguinaldo de Pascua y Año Nuevo, en los meses de Diciembre de 1971 y Enero de 1972.". Este proyecto, tal como he reiterado, fue aprobado en la Comisión de Vivienda y Urbanismo, el pasado 27 de noviembre del año 1972, por la unanimidad de los presentes, con excepción de los Diputados do Gobierno, quienes se abstuvieron en aquella oportunidad. Eso es todo, señor Presidente. El señor CERDA, don Eduardo (Presidente en ejercicio).Terminaron los cinco minutos del Comité Demócrata Cristiano, señor Diputado. Ofrezco la palabra. El señor ACEVEDO. Pido la palabra. El señor GUERRA. Pido la palabra. El señor CERDA, don Eduardo (Presidente en ejercicio).Tiene la palabra el señor Acevedo a continuación, el señor Guerra. El señor ACEVEDO. Señor Presidente, y a hacer uso de la palabra en mi calidad de Diputado informante de la Comisión de Hacienda. Según los antecedentes llegados a la Comisión, el gasto que comprende este proyecto, originado en un Mensaje del Ejecutivo, es del orden de los 55 millones de escudos. Como financiamiento para esta suma, se había propuesto un impuesto sobre las ganancias de capital, elevando el actual porcentaje de 20% a 25% pero se hizo notar que el recurso a que hace referencia el artículo 10 había sido incluido en el financiamiento del proyecto de anticipo de reajuste despachado por la Cámara en el día de ayer. Por tal razón, la Comisión de Hacienda aún cuando esta iniciativa llegó primero al Congreso, por razones de tiempo, se trató en primer lugar el proyecto a que he hecho referencia y con posterioridad, el que está en debate por mayoría, con dos abstenciones, propuso un nuevo financiamiento. El consiste en utilizar el mayor ingreso o rendimiento de los ítem 21-10 y 21-30 del Cálculo de Entradas del Presupuesto Fiscal para el año 1973, en financiar o cancelar el costo de las plantas que se crean a través del articulado que ha informado el Diputado señor Tudela, a partir del l9 de enero del presente año, dado el hecho que tiene el carácter de retroactivo. En consecuencia, la Comisión de Hacienda recomienda a la Sala que preste su aprobación al financiamiento que he señalado, con el objeto de que el proyecto continúe sus trámites reglamentarios y constitucionales en ambas ramas del Poder Legislativo. Eso es todo, señor Presidente. El señor CERDA, don Eduardo (Presidenta en ejercicio). Tiene la palabra el señor Guerra. El señor GUERRA. Señor Presidente, los Diputados nacionales vamos a dar nuestra aprobación a este proyecto de ley, tal como los hicieron los colegas Klein y Mario Ríos en la Comisión que presidió el señor Tudela, Lo hacemos gustosamente, porque esta modificación de planta, evidentemente trae consigo un mejoramiento económico del personal que trabaja en el Ministerio de la Vivienda y Urbanismo. Especial énfasis ponemos en el artículo 12, que precisamente deja sin responsabilidad a muchos funcionarios que se vieron abocados a un movimiento de huelgas por razones que el mismo artículo indica. Por otra parte, también hacemos hincapié en el artículo 13, que declara válidos, para todos los efectos legales, los pagos efectuados por el Ministerio de la Vivienda a los obreros que prestaban servicios en la Dirección de Planificación de Equipamiento Comunitario, por concepto de aguinaldo de Pascua y Año Nuevo, en los meses de diciembre de 1971 y enero de 1972. Señor Presidente, el personal del Ministerio de la Vivienda se desempeña en diferentes lugares del país. En la provincia de Tarapacá, muchos obreros de dicha repartición fiscal no reciben una adecuada asignación de zona. Como es de conocimiento de la Honorable Cámara, debido al alza del dólar, que gravita enormemente en la provincia de Tarapacá y en las provincias australes, el Gobierno otorgó veinte puntos para paliar en parte el aumento del costo de la vida vale decir, 20% en la provincia de Tarapacá. Este 20% no se cancela a todos los funcionarios fiscales. Hay un gran sector, especialmente de obreros, que está al margen de este 20% de asignación de zona permanente. Este personal, insistentemente, ha elevado peticiones al señor Ministro de Hacienda y al señor Ministro de la Vivienda para que regularicen su situación. Yo estimo de justicia, de todo punto de vista, como les consta a todos los parlamentarios de la provincia de Tarapacá, que este personal también perciba este porcentaje de asignación de zona. Me refiero a los obreros del Ministerio de la Vivienda, y a muchos otros. Desearía, que la Cámara de Diputados diera su asentimiento a una petición que quiero formular, en el sentido de dirigir oficios a los señores Ministros de Hacienda y de la Vivienda para que el personal de obreros que trabaja en dicha repartición también tenga acceso a este aumento de asignación de zona como, asimismo, a la asignación de zona permanente. Esta sería una manera de mejorar sus emolumentos, dado que sus rentas son muy insignificantes. En consecuencia, solicito que se acuerde enviar los oficios mencionados, en los que se pida que los obreros que trabajan en el Ministerio de la Vivienda tengan derecho a percibir la asignación de zona tal como el resto de la Administración Pública. Como he dicho, en la actualidad sólo la reciben los empleados y los obreros quedan al margen de este justo beneficio. El señor CERDA, don Eduardo (Presidente en ejercicio). Solicito el asentimiento de la Sala para enviar los oficios solicitados por el señor Guerra, en nombre de la Cámara. No hay acuerdo. El señor GUERRA. Lamento que el señor Acevedo se haya opuesto, como es su inveterada costumbre de oponerse a todo oficio que tenga por objeto pedir que se mejore la situación económica y social de los obreros que trabajan en el extremo norte del país, cual es el caso, precisamente, de estos obreros que pertenecen al Ministerio de la Vivienda. He terminado. El señor CERDA, don Eduardo (Presidente en ejercicio).Ofrezco la palabra. El señor ATENCIO. Pido la palabra. El señor CERDA, don Eduardo (Presidente en ejercicio).Tiene la palabra el señor Atencio. El señor ATENCIO. Señor Presidente, respecto de las últimas expresiones del Diputado Bernardino Guerra, quiero indicar que no es efectivo lo que plantea sobre la conducta de los parlamentarios comunistas, particularizada por él en el colega y compañero Juan Acevedo. Quiero decir que el Gobierno prestó oportunamente oído, concretamente, a las peticiones de los trabajadores, obreros y empleados, de la provincia de Tarapacá. Tanto es así que tengo a mi vista una nota del compañero Millas, en aquella oportunidad Ministro de Hacienda, con la que respondió a las inquietudes de los empleados públicos que pedían un aumento de un 40% a un 60% de asignación de zona. En este mismo oficio, de fecha 23 de octubre de 1972, que se lo puedo facilitar al colega, hace presente que la preocupación del Gobierno no es sólo por los empleados, sino por los trabajadores en general, de la provincia y del país. Por lo demás, cuando estuvimos discutiendo el proyecto de reajuste en la Comisión de Hacienda, se nos hizo saber allí, por boca de los dirigentes de la Central Única de Trabajadores, que ya existía una Comisión Gobierno-CUT, creada con el propósito de establecer un criterio respecto de las asignaciones de los obreros y empleados del país. A esto debo agregar lo siguiente: en el día de hoy me he entrevistado con una delegación de obreros de la provincia. Hemos andado juntos y estamos gestionando una entrevista con el Ministro para determinar, ya en definitiva, lo que será este beneficio para los trabajadores de la zona. Por lo tanto, aparece como extemporáneo que el colega Guerra venga a plantear, en este instante, una crítica, en cierto modo, a un colega del Partido Comunista, haciéndolo aparecer como contrario a este beneficio. Los hechos, las notas y los antecedentes que existen en la Cámara, en el Gobierno y en la provincia, desmienten estas afirmaciones. He dicho. El señor CERDA, don Eduardo (Presidente en ejercicio). Ofrezco la palabra. El señor GUERRA. Pido la palabra. El señor CERDA, don Eduardo (Presidente en ejercicio).Tiene la palabra el señor Guerra. El señor GUERRA. Señor Presidente, es tan cierto lo que he manifestado, que el mismo colega Atencio me da la razón cuando dice que actualmente se encuentra en Santiago una delegación de obreros fiscales reclamando esta asignación de zona. Y, precisamente, mañana tendremos una reunión para el efecto. El señor CERDA, don Eduardo (Presidente en ejercicio).¿Me permite, señor Guerra? Ha terminado su tiempo. Ofrezco la palabra. El señor ACEVEDO. Pido la palabra. El señor CERDA, don Eduardo (Presidente en ejercicio).Tiene la palabra el señor Acevedo. Quedan tres minutos al Comité Comunista. El señor ACEVEDO. Señor Presidente, algunos colegas, que en la actualidad son de Oposición, como es el caso del señor Guerra, que fue Diputado liberal durante el Gobierno liberal del señor Jorge Alessandri... El señor KLEIN. Ese no era liberal. Risas. El señor KLEIN. Era independiente. El señor ACEVEDO. Siempre el colega Guerra tuvo como encargo, del resto de los Diputados del Comité Liberal, justificar toda negación a cuanto significara beneficio para los trabajadores... Hablan varios señores Diputados a la vez. El señor ACEVEDO. Claro, alcanzó a estar un período. .. Hablan varios señores Diputados a la vez. El señor CERDA, don Eduardo (Presidente en ejercicio).Señores Diputados, les ruego guardar silencio. El señor ACEVEDO... .y cuando fue a la reelección, los trabajadores de Arica lo castigaron. No le dieron sus votos. Estimaron que no era justo con ellos, que no defendía sus intereses, y que solamente venía a justificar las negativas del Gobierno liberar de aquel entonces. En cambio, ahora... Hablan varios señores Diputados a la vez. El señor ACEVEDO.. . .hay un proyecto que entrega beneficios. El no reconoce los beneficios, sino que aprovecha la oportunidad para que le manden una "cartita" a determinado Ministro: oficio al Ministro pidiendo esto, oficio al Ministro pidiendo lo de más allá. ¿Qué pide? Demagogia .. . Hablan varios señores Diputados a la vez. El señor ACEVEDO... .para que le pueda rendir votos. De tal suerte que el colega Guerra no puede venir a decirnos esto a nosotros, y debe estar muy agradecido del colega Palza, porque gracias a los votos de él logró ser reelegido. El señor SCARELLA. Señor Presidente, ¿cuántos oficios ha pedido el señor Acevedo? El señor ACEVEDO. El señor Guerra no puede decir aquí que no nos preocupamos ... Hablan varios señores Diputados a la vez. El señor CERDA, don Eduardo (Presidente en ejercicio). Señores Diputados, les ruego guardar silencio. El señor ACEVEDO...de estas materias que son de beneficio previsional o que resuelven alguna dificultad, como es el caso del proyecto en discusión. Hay una infinidad de personal que ha estado durante muchos años en el Ministerio de la Vivienda y para ellos nunca se creó una planta. Lo mismo pasó respecto de Impuestos Internos. . . El señor CERDA, don Eduardo (Presidente en ejercicio).¿Me permite, señor Acevedo? Ha terminado el tiempo del Comité Comunista. Ofrezco la palabra. El señor TUDELA. Pido la palabra. El señor CERDA, don Eduardo (Presidente en ejercicio).No queda tiempo al Comité Demócrata Cristiano, señor Diputado. Ofrezco la palabra. Ofrezco la palabra. Cerrado el debate. En votación general el proyecto. Si les parece a los señores Diputados, se aprobará. Aprobado. Si les parece a los señores Diputados, se aprobará en particular, con las modificaciones introducidas por la Comisión de Hacienda. Aprobado. Despachado el proyecto. 5. PROYECTOS DE ACUERDO QUE APRUEBAN LOS CONVENIOS BÁSICOS DE COOPERACIÓN CIENTIFICO-TECNICA Y COMERCIAL SUSCRITQS ENTRE LOS GOBIERNOS DE CHILE Y DE LA REPÚBLICA DEMOCRÁTICA ALEMANA El señor CERDA (Presidente en ejercicio).Corresponde, a continuación, tratar y discutir en conjunto, dos proyectos de acuerdo. Uno, aprueba el Convenio Básico de Cooperación Científico Técnica entre el Gobierno de la República de Chile y el de la República Democrática Alemana. El otro aprueba el Convenio Comercial suscrito entre el Gobierno de Chile y el de la República Democrática Alemana. Diputado informante del primer proyecto de acuerdo es el señor Scarella, y del segundo el señor Klein. Los proyectos de acuerdo, impresos en los boletines N°s 1139-72-2, 1041-72-2 y 1041-72-3, son los siguientes: "Articulo único. Apruébase el Convenio Básico de Cooperación Científico Técnica entre el Gobierno de la República de Chile y el Gobierno de la República Democrática Alemana, así como el Convenio Complementario al mismo, sucritos en Berlín, el 27 de julio de 1971.. Artículo único. Apruébase el Convenio Comercial suscrito entre Chile y la República Democrática Alemana, en Berlín, el día 27 de julio de 1971. El señor CERDA, don Eduardo (Presidente en ejercicio). Ofrezco la palabra. El señor SCARELLA. Pido la palabra. El señor CERDA, don Eduardo (Presidente en ejercicio).Tiene la palabra el señor Scarella. El señor SCARELLA. Señor Presidente, este proyecto fue aprobado en la Comisión de Relaciones Exteriores, prácticamente por unanimidad. Es ampliamente conveniente para Chile mantener relaciones culturales con Alemania Democrática, país de alto nivel cultural. Nos hemos opuesto a Convenios con otras repúblicas socialistas, porque no tienen el nivel cultural necesario. En el caso de Alemania Democrática estamos de acuerdo y, por lo tanto, votaremos favorablemente el proyecto y aconsejamos a la Cámara que proceda de la misma manera. Hablan varios señores Diputados a la vez. El señor KLEIN. Pido la palabra. El señor CERDA, don Eduardo (Presidente en ejercicio).Tiene la palabra el señor Klein. El señor KLEIN. Señor Presidente, cuando integré la Comisión de Hacienda quedé encargado de ser Diputado informante de este proyecto. De acuerdo con ello, debo expresar que este Convenio tiene por finalidad poner en práctica el intercambio comercial progresivo entre Chile y la República Democrática Alemana, que tiene como fundamento la igualdad de derechos en los beneficios mutuos, para cuya aplicación se contemplan sendas listas de intercambio de mercaderías de exportación, que tienen el carácter de recíprocas y que pueden ser modificadas por acuerdo de los respectivos gobiernos. La Comisión de Hacienda prestó su aprobación unánime a este proyecto, ya que estimó que la liberación de los derechos arancelarios propuestos en él son los habituales en este tipo de iniciativas y tienden a facilitar la realización de los correspondientes Convenios. Por lo tanto, el señor Scarella, que es descendiente de italiano, y yo, que soy descendiente de alemas, pedimos a la Sala que apruebe el Convenio tal como viene aprobado por las dos Comisiones. Nada más. Hablan varios señores Diputados a la vez. El señor GARCES. Pido la palabra. El señor CERDA, don Eduardo (Presidente en ejercicio).Tiene la palabra el señor Garcés. El señor GARCES. Señor Presidente, los Diputados democratacristianos vamos a apoyar este proyecto, porque lo creemos ampliamente beneficioso para nuestro país. A grandes rasgos el proyecto, compuesto de 17 artículos, señala en uno de ellos un intercambio de mercaderías, con lo que nuestro país sale muy favorecido respecto de las exportaciones que realice como de las importaciones que haga de materias no producidas aquí. En otra parte de su articulado, el proyecto determina "que la entrega de mercaderías se realizará sobre la base de los contratos celebrados por las personas jurídicas y naturales tanto de la República de Chile como de la República Democrática Alemana, autorizadas para participar en el comercio exterior, las cuales asumirán los riesgos y responsabilidades inherentes a las transacciones comerciales que se realicen." En resumen, analizando todo su articulado y las proyecciones que este Convenio con la República Democrática Alemana tiene para el futuro de nuestro país, anuncio los votos favorables de los democracristianos al artículo único en que está resumido el proyecto en discusión. El señor CERDA, don Eduardo (Presidente en ejercicio).Ofrezco la palabra. Ofrezco la palabra. Cerrado el debate. En votación ambos proyectos de acuerdo. Si le parece a la Cámara, se aprobarán. Aprobados. Como no han sido objeto de indicaciones, quedan también aprobados en particular. Despachados ambos proyectos. 6. ACLARACIÓN DE LA LEY Nº 17.592, QUE CEEO LA CAJA DE PREVISIÓN SOCIAL DE LOS COMERCIANTES. TERCER TRÁMITE CONSTITUCIONAL El señor CERDA, don Eduardo (Presidente en ejercicio).Corresponde, a continuación, tratar el proyecto de ley, en tercer trámite constitucional, que aclara la ley que creó la Caja de Previsión Social de los Comerciantes, en el sentido de que a dicho organismo no le son aplicables las normas de carácter general que afecten a las instituciones semifiscales. El proyecto está impreso en el boletín Nº 1073-72-S. Hay acuerdo para despacharlo con un tiempo de hasta dos minutos por Comités. El señor Secretario va a dar lectura a la modificación del Senado. El señor GUERRERO, don Raúl (Secretario).El Senado propone suprimir el inciso final de su artículo único, que dice así: "Otórgase al Presidente de la República el plazo de 30 días contados desde la publicación de esta ley para hacer uso de la facultad a que se refiere el artículo 2° transitorio de la ley N° 17.592, en los mismos términos que expresa el citado artículo." El señor CERDA, don Eduardo (Presidente en ejercicio). En discusión la modificación del Senado. Ofrezco la palabra. Ofrezco la palabra. Cerrado el debate. En votación. Si le parece a la Cámara, se aprobará la modificación del Senado que consiste en suprimir el inciso final. Aprobada. Despachado el proyecto. 7. INCORPORACIÓN DE DIVERSOS SECTORES AL RÉGIMEN DE LA CAJA DE PREVISIÓN DE LOS COMERCIANTES. OBSERVACIONES El señor CERDA, don Eduardo (Presidente en ejercicio). Corresponde tratar, a continuación, las observaciones formuladas por Su Excelencia el Presidente de la República el proyecto de ley que incorpora al régimen de la Caja de Previsión de los Comerciantes a diversos sectores. Las observaciones del Ejecutivo, impresas en el boletín Nº 956-72-O, son las siguientes: Artículo 1° Para agregar el siguiente inciso nuevo: "No obstante lo dispuesto en el inciso primero, será facultativo para los religiosos o religiosas extranjeros, cualquiera que sea su fe o credo y grado, rango o jerarquía, que vengan al país por un plazo no superior a cinco años, incorporarse al régimen de previsión antes señalado. Si su permanencia se prolongare por más tiempo, deberán efectuar las imposiciones correspondientes a contar desde la expiración de este plazo. Para agregar los siguientes incisos finales, nuevos,: "Facúltase al Presidente de la República para incorporar al régimen de la Caja de Previsión de los Comerciantes, Pequeños Industriales, Transportistas e Independientes, a los demás trabajadores independientes que no están comprendidos en este artículo ni sean actualmente imponentes de ella conforme a la ley 17.066 y sus modificaciones posteriores "Esta incorporación se hará por sectores de actividades u oficios, en la misma forma, condiciones y obligaciones que rigen para los actuales imponentes de esa Caja, previo informe de su Consejo Directivo y de la Superintendencia de Seguridad Social". Artículo 2° Para agregar el siguiente inciso primero, nuevo: "La incorporación de los trabajadores a que se refiere la presente ley a la Caja de Previsión creada por el Título IV de la ley Nº 17.066, agregado por la ley Nº 17.592, se efectuará en la forma y condiciones establecidas en dicho título y en las que determine un reglamento especial que para estos efectos y para los demás procedimientos de aplicación de la ley, dicte el Presidente de la República." Para agregar el siguiente artículo nuevo: "Artículo, .Introdúcense las siguientes modificaciones al título IV de la ley Nº 17.066, agregado por la ley Nº 17.592: a) Reemplázase la letra f) del artículo 33 por la siguiente: "f) Otorgar los préstamos hipotecarios en conformidad a los reglamentos respectivos." b) Reemplázase en el inciso primero del artículo 37 las expresiones "imponentes de la Institución" por la siguiente: "personas". a) Agrégase como letra ñ) del artículo 37, la siguiente: "ñ) Otorgar los beneficios previsionales obligatorios y fijar sus montos, pudiendo delegar esta facultad en el jefe respectivo en este caso, ambos funcionarios serán solidariamente responsables de los actos que se ejecuten en virtud de la delegación." Para agregar el siguiente artículo nuevo: "Artículo. .. Agrégase, a continuación de la letra g) del artículo 30, las siguientes letras h) e i), pasando las actuales a ser letra j) y k), respectivamente: "h) Un representante de los pirquineros y pequeños mineros, designado directamente por la Federación Minera de Chile." "i) Dos representantes de los pescadores artesanales, designados directamente por la Federación Nacional de Pescadores Artesanales." Para agregar el siguiente artículo nuevo: Artículo. ..Sustituyese la letra f) del artículo 30 por la siguiente: "f) Dos representantes de los transportistas, designados directamente por los Registros Nacionales del Transportista Profesional y del Transportista Profesional de Locomoción Colectiva Particular". Para agregar el siguiente artículo nuevo: Artículo...Sustituyese en los incisos 2° y 4° del artículo 30, la referencia hecha a la letra h) por la letra j) y reemplázase en el inciso 3° del mismo artículo la mención hecha a las letras b), c), d), e), f) y g) por la siguiente: "b), c), d),e),f), g , h) e i)". Reemplázase en el artículo 31, la referencia hecha a la letra h) por la letra j Reemplázase en el artículo 32, las referencias hechas a las letras b), c), d), e), f), g y h) por las siguientes: b), c),d),e),f ,g),h), i) y j)". Para agregar el siguiente artículo nuevo: Artículo. .. Reemplázase la letra e) del artículo 43 por la siguiente: "e) Los farmacéuticos o químicos-farmacéuticos, los dueños de farmacias o droguerías y los socios de las sociedades de personas dueñas de estos establecimientos. Para agregar el siguiente artículo nuevo: Artículo... Sustituyese en el inciso tercero del artículo 43, las expresiones: "letras a), b), c) y d)" por las por las siguientes: "a),b),c),d) y e)." Para agregar el siguiente artículo nuevo: Artículo. ..Agrégase como inciso final del artículo 43, el siguiente: "Las personas a que se refiere esta ley que, en virtud de otras normas legales, estuvieren afectas obligatoriamente a otro sistema de previsión, en calidad de activos o pensionados, no quedarán comprendidas en este régimen de previsión". Para agregar el siguiente artículo nuevo: Artículo... Agrégase, como artículo 43 bis, el siguiente: "Artículo 43 bis. Las personas que, de acuerdo con la presente ley, tengan la obligación de afiliarse a la Caja de Previsión Social de los Comerciantes, Pequeños Industriales, Transportistas e Independientes, no podrán hacerlo en la misma calidad en otra institución de previsión". Para agregar el siguiente artículo nuevo: Artículo. ..Agrégase como inciso final del artículo 44, el siguiente: "las cotizaciones establecidas en las letras a) y b) deberán integrarse dentro de los 10 primeros días del mes siguiente a aquél a que ellas correspondan. El incumplimiento de esta obligación será sancionado con un interés penal del 3% mensual por cada mes o fracción de mes de retardo y con una multa cuyo monto fluctuará entre un cuarto y el cuadruplo de lo adeudado". Para agregar el siguiente artículo nuevo: Artículo...Suprímese, en la frase final del inciso primero del artículo 45 la expresión "inicial" colocada a continuación de la palabra "previsional" y antes de las palabras "podrá aumentarse". Para agregar el siguiente artículo nuevo: Artículo. .. Reemplázase el inciso 4° del artículo 45 por el siguiente: "El afiliado que haya cumplido 35 años de imposiciones no tendrá obligación de seguir cotizando. Lo dispuesto no será aplicable al 3% de cotización para la Medicina Curativa." Para agregar el siguiente artículo nuevo: Artículo...Agrégase al artículo 60, inciso final, sustituyendo el punto aparte (.) por una coma (,), lo siguiente: "y la cotización a. que se refiere el artículo 44, letra b), rebajada al 1% del sueldo patronal previsional, se integrará a la propia Caja." Para agregar el siguiente artículo nuevo: "Artículo. . .Agrégase al Título V de la ley Nº 17.066, agregado por la ley N° 17.592, como artículo 73 bis, el siguiente: "Artículo 73 bis. Créase una institución autónoma de derecho, privado, con personalidad jurídica, denominada Registro Nacional del Transportista Profesional de Locomoción Colectiva Particular. "Todo lo concerniente a la organización, estatutos y financiamiento de este Registro, lo determinará el Presidente de la República en el Reglamento que dicte al efecto, oyendo a la Confederación Nacional de Dueños de Buses y Taxibuses de Chile." Para agregar el siguiente artículo nuevo: "Artículo. .. Concédase personalidad jurídica a la Confederación Nacional de Dueños de Buses y Taxibuses de Chile y otórgasele un plazo de 90 días, contados desde la fecha de publicación de esta ley en el Diario Oficial, para que someta a la aprobación del Ministerio del Trabajo y Previsión Social sus estatutos. Artículo 4° Para sustituir, en el inciso primero, las expresiones "los artículos 1 y 3" por "el artículo 1°. Para agregar, reemplazando el punto (.) por una coma (,), la siguiente frase: "o del respectivo decreto con fuerza de ley.". Para agregar, en el inciso segundo, reemplazando el punto final (.) por una coma (,), la siguiente frase: "o del respectivo decreto con fuerza de ley.". Artículo 2° Para agregar en el inciso primero, entre las, palabras "ley" y "para", las palabras "o del respectivo decreto con fuerza de ley". Para agregar en su inciso segundo, después del vocablo "ley" y antes de la forma verbal "hubieren", las expresiones "o del respectivo decreto con fuerza de ley". Para sustituir su inciso final, por los siguientes: "Las personas que, en razón de las mismas actividades regidas por esta ley, se encuentren acogidas a otro régimen previsional, podrán optar, dentro del plazo de tres meses contado desde la publicación de esta ley, por incorporarse al régimen previsional de la ley N° 17.592 o mantener el actual. Si nada dicen, se entenderá que optan por conservar su actual régimen previsional. El mismo derecho tendrán las personas que al l° de julio de 1972 desempeñaban actividades por las cuales debían quedar afiliadas a la Caja de Previsión Social de Comerciantes, Pequeños Industriales, Transportistas e Independientes y se encontraban acogidas a otros regímenes previsionales como activos o pensionados, teniendo en este caso efecto la opción a contar desde la fecha indicada." Para agregar el siguiente artículo transitorio, nuevo: "Artículo 3° Prorróganse por 60 días, a contar de la fecha de publicación de la presente ley, los plazos establecidos en el artículo 46 y 12 transitorio de la ley N° 17.066, modificado por la ley N° 17.592, que tenían para declarar su sueldo imponible las personas que han debido quedar afiliadas a la Caja con anterioridad a la presente ley." Para agregar el siguiente artículo transitorio, nuevo: "Artículo 4. Facúltase al Presidente de la República para que, en el plazo de 30 días, modifique el decreto supremo N° 469, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, publicado en el Diario Oficial de 8 de julio de 1969, adecuándolo a las modificaciones que a la ley N° 17.066 introdujo el artículo 1° de la ley N° 17.592". Para agregar el siguiente artículo transitorio, nuevo: "Artículo 5.Facúltase al Presidente de la República para que pueda recopilar y refundir en un solo texto, que llevará número de ley, las distintas disposiciones legales relacionadas con la Caja de Previsión Social de los Comerciantes, Pequeños Industriales, Transportistas e Independientes y facúltasele, asimismo, para que modifique y refunda el decreto supremo N° 90, de 1972, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social." El señor CERDA, don Eduardo (Presidente en ejercicio).Hay acuerdo para despachar el proyecto. En discusión la primera observación del Ejecutivo, que consiste en agregar un inciso nuevo al artículo 1°. El señor MOSQUERA. Pido la palabra. El señor CERDA, don Eduardo (Presidente en ejercicio).Tiene la palabra el señor Mosquera. El señor MOSQUERA. Señor Presidente, les Diputados democratacristianos vamos a votar favorablemente la primera observación. Nada más. El señor CERDA, don Eduardo (Presidente en ejercicio).Ofrezco la palabra. Ofrezco la palabra. Cerrado el debate. El señor Secretario va a dar lectura a la observación del Ejecutivo que se va a votar. E. señor GUERRERO, don Raúl (Secretario).El Ejecutivo propone agregar al artículo l9 el siguiente inciso nuevo: "No obstante lo dispuesto en el inciso primero, será facultativo para los religiosos o religiosas extranjeros, cualquiera que sea su fe o credo y grado, rango o jerarquía, que vengan al país por un plazo no superior a cinco años, incorporarse al régimen de previsión antes señalado. Si su permanencia se prolongare por más tiempo, deberán efectuar las imposiciones correspondientes a contar desde la expiración de este plazo." El señor CERDA, don Eduardo (Presidente en ejercicio). En votación le observación. Si le parece a la Cámara, se aprobará. Aprobada. En discusión la segunda observación del Ejecutivo al artículo l°. El señor Secretario le va a dar lectura. El señor GUERRERO, don Raúl (Secretario) Consiste en agregar al artículo l° los siguientes incisos finales, nuevos: "Facúltase al Presidente de la República para incorporar al régimen de la Caja de Previsión de los Comerciantes, Pequeños Industriales, Transportistas e Independientes, a los demás trabajadores independientes que no están comprendidos en este artículo ni sean actualmente imponentes de ella conforme a la ley 17.066 y sus modificaciones posteriores". "Esta incorporación se hará por sectores de actividades u oficios, en la misma forma, condiciones y obligaciones que rigen para los actuales imponentes de esa Caja, previo informe de su Consejo Directivo y de la Superintendencia de Seguridad Social". El señor MOSQUERA. Pido la palabra. El señor CERDA, don Eduardo (Presidente en ejercicio). Tiene la palabra Su Señoría. El señor MOSQUERA. Señor Presidente, no estamos de acuerdo con este veto aditivo del Ejecutivo y, consecuentes con todo lo que hemos legislado sobre esta Caja, rechazaremos la idea de dar facultades. Nada más. El señor ACEVEDO. Pido la palabra. El señor CERDA, don Eduardo (Presidente en ejercicio). Tiene la palabra Su Señoría. El señor ACEVEDO. Señor Presidente, esta facultad tiene por objeto incorporar a un sistema previsional a aquellos sectores que ejercen actividades u oficios que no tienen alcance nacional. Pueden ser sectores radicados en determinados lugares del país, como es el caso de los artesanos de Pomaire y de Quinchamalí, estos últimos de Chillan, que no tienen previsión. La vez pasada, el colega Bernardino Guerra pidió que se enviara un oficio para que, en materia previsional, también se considerara a los lustrabotas, cuando aprobamos algo relacionado con la medicina curativa de los suplementeros. Entonces, planteó que también podrían ser incorporados a esta Caja. Esos sectores pequeños, que no tienen realce nacional, a través de esta facultad que se otorga al Ejecutivo pueden ser incorporados a esta Caja de Previsión. De tal manera que esta facultad al Presidente de la República tiene una sola finalidad: poder beneficiar a pequeños sectores que ejercen determinados oficios y que realmente no pesan en el ámbito nacional, en materia de previsión. Eso corresponde a los casos que he señalado: el de los artesanos de Pomaire y de Quinchamalí después, hay otras artesanías, por ejemplo, en la provincia de Linares, donde se trabaja el crin las hay también en el interior del Norte Grande y hacia el sur como las tejedoras en telares que confeccionan chales y otras piezas, las cuales son vendidas, sobre todo, en la región indígena, en Temuco, por ejemplo. Esas personas pueden tener previsión, pero hay que buscar la fórmula que lo permita. El Ejecutivo estaba confeccionando, y no sé si llegó a la Oficina de Partes de la Cámara, un proyecto destinado a darles una pensión mínima, de carácter social me hace notar el colega Olave que ya fue aprobado por la Comisión de Trabajo a todas aquellas personas mayores de 65 años de edad que no han tenido previsión social o que la tuvieron solamente por determinado tiempo, las cuate es la actualidad no tienen recursos para vivir. No sé exactamente a cuánto asciende esa pensión mínima, si a un sueldo vital o a un tercio de un vital... El señor NAUDON. A E° 600. El señor ACEVEDO. Exactamente. Eso les permitiría tener algún recurso económico y no vivir como allegadas o de la mendicidad, de la limosna de los demás. La manera de evitar esto es que, con la debida antelación, puedan tener una previsión. Son sectores pequeñísimos, algunos de bajas rentas. En el caso de los pescadores artesanales, por ejemplo, era materialmente imposible concebir un procedimiento que permitiera financiar su previsión. Pero se ha creado un poder comprador para los pescadores artesanales, y en el proceso de la venta queda lo que se ha destinado a previsión social, con lo cual se resuelve un problema gravísimo a más de 20 mil pescadores artesanales, a lo largo de todo el país. Por eso, quería insistir en que la facultad tiene esa finalidad: beneficiar a sectores muy pequeños. Hay colegas que insisten en la necesidad de una disposición legal. Puede ser, pero son muy pequeños los sectores y muy diversas las actividades. Eso es todo, señor Presidente. El señor CERDA, don Eduardo (Presidente en ejercicio). Ofrezco la palabra. El señor KLEIN. Pido la palabra. El señor RÍOS (don Héctor). Pido la palabra. El señor CERDA, don Eduardo (Presidente en ejercicio). Tiene la palabra el señor Klein a continuación, el señor Ríos, don Héctor. El señor KLEIN. Señor Presidente, cuando tratamos este proyecto que da previsión a los comerciantes, a los pequeños industriales, etcétera, llegó una indicación para agregar una infinidad de gentes. En esa oportunidad un colega, no recuerdo quien, ahora eso lo repite el colega Acevedo, dijo que hay mucha gente no afecta a previsión, pero yo quiero decirle al colega, y en eso tendrá que concordar conmigo, que en el Servicio de Seguro Social existe una disposición que permite ser imponente independiente, voluntario, a cualquier persona que tenga alguna actividad: puede ser lavandera, de trabajos artesanales, comerciante ambulante de cualquier índole. Es decir, ya hay una ley en virtud de la cual cualquier ciudadano que efectúe una actividad que él declare ante el Servicio de Seguro Social, en la oficina respectiva, pueda acogerse a la previsión. Por lo tanto, yo tengo mis dudas. A la vez, creo que si a esta Caja de Previsión de los Comerciantes e Industriales, que está recién en el "huevo", por decir así, que está preparándose porque todavía no se sabe lo que rinde, lo que va a dar, se le agregan otros sectores, puede, al final, dar muy pocos beneficios. Este es uno de los motivos por los cuales creo que también mis colegas, por lo menos yo lo haré rechacen el agregado que hace el Ejecutivo. Hablan varios señores Diputados a la vez. El señor KLEIN. Usted sabe, colega Olave, que cualquiera puede tener previsión en el Servicio de Seguro Social, como imponente voluntario. Nada más. El señor CERDA, don Eduardo (Presidente en ejercicio). Tiene la palabra el señor Ríos después, el señor Maturana. El señor RÍOS (don Héctor). Señor Presidente, yo voy a dar mi opinión personal sobre este artículo. El señor SCARELLA. Las opiniones personales no tienen valor. El señor RÍOS (don Héctor). Tienen valor, señor. La observación dice que se faculta al Presidente de la República para, incorporar a los sectores independientes. Yo siempre he sido partidario de que todos los sectores independientes estén englobados, ojalá, en una Caja aparte, pero en la imposibilidad de hacerlo, y como formo parte de un partido que, a su vez, forma parte del Gobierno .. Hablan varios señores Diputados a la vez. El señor RÍOS (don Héctor). Por eso, yo di a conocer mi criterio personal, primero. Soy partidario de una caja independiente, pero como el Partido Radical está formando parte del Gobierno, yo tengo que someterme a la disciplina de mi Partido. En consecuencia, voy a tener que apoyar esta indicación, pese a mi criterio personal, lo vuelvo a repetir. De todos modos, está resguardada esta incorporación de elementos independientes, porque tiene que ser con el visto bueno del Consejo Directivo de la Caja y de la Superintendencia de Seguridad Social. Nada más, señor Presidente. El señor CERDA, don Eduardo (Presidente en ejercicio). Tiene la palabra el señor Maturana. El señor MATURANA. Señor Presidente, sólo para hacer presente que los Diputados nacionales vamos a rechazar esta observación del Ejecutivo por dos razones fundamentales: primero, porque constituye una facultad, y no nos merece confianza la forma en que esa facultad se va a ejercer segundo, porque no se ha inventado un método mejor para hacer ineficaz una ley que desfinanciarla. Y el hecho de agregarle a un proyecto, cuidadosamente estudiado y balanceado para que tenga financiamiento, otros beneficiarios, sin indicar los medios y los aportes que se van a hacer para el financiamiento de esa previsión, significa, en primer lugar, liquidar la previsión que los propios comerciantes obtuvieron segundo, engañar a los presuntos beneficiarios con una previsión aparente que después no les otorga derechos reales. Estamos absolutamente de acuerdo en legislar directamente, en un proyecto estudiado y financiado, para dar previsión a sectores que no queden comprendidos dentro de la posibilidad de carácter general, que muy bien mencionaba nuestro colega el Diputado señor Klein, y que pudieran estar al margen de disposiciones previsionales especiales, pero no queremos que se estropee la ley de previsión de los comerciantes ni que se engañe a la gente con una supuesta facultad presidencial que les daría una previsión utópica, que de ninguna manera parece justificada y que., simplemente, estropearía una previsión que el Congreso ya otorgó a los comerciantes. Por eso, vamos a votar en contra, de la observación del Ejecutivo. , El señor OLAVE. Pido la palabra. El señor CERDA, don Eduardo (Presidente en ejercicio). Tiene la palabra el señor Olave. El señor OLAVE. Señor Presidente. la verdad es que la palabra "engaño" se utiliza con mucha facilidad en la Cámara de Diputados. Quienes realmente engañan a los ciudadanos son aquellos que, en reiteradas oportunidades, expresan en la, Cámara su deseo de darle previsión .a todos los trabajadores, pero que, cuando llega el momento de votar una disposición que concreta esas aspiraciones, se niegan, a hacerlo aduciendo cualquiera razón. El señor SCARELLA. Cualquier razón no., El señor OLAVE. En primer lugar, quiero señalar en forma muy clara que esta incorporación, que permite a distintos sectores, por actividades u oficios, integrarse a la Caja de Previsión de los Comerciantes, Pequeños Industriarles, Transportistas, y demás trabajadores independientes, está muy acondicionada en un informe del Consejo Directivo y de la Superintendencia de Seguridad Social. De modo que no es una facultad amplia que se le entrega al Presidente de la República y, sino una facultad muy acondicionada a distintas circunstancias y a posibilidades económicas. Ahora, está, claro que esta incorporación se hace con las exigencias que actual, mente deben tener los incorporados ya al, régimen de la Caja de Previsión de los Comerciantes. 0 sea, que los requisitos, las obligaciones, como los derechos, son los mismos. De manera que el ingreso de un grupo humano a gozar de los beneficios de la previsión, no significa en ningún caso desfinanciar la Caja, porque tiene que cumplir con los mismos requisitos que están cumpliendo los que ya están integrando, por ley y su posterior modificación. De modo que no hay ninguna justificación seria, real, para evitar que el Ejecutivo, con el consentimiento previo del Consejo Directivo de la misma Institución previsional, pueda incorporar a nuevos grupos. Ahora, legislar en forma directa, sabemos que no es muy fácil hacerlo. No es muy fácil concitar el interés de las mayorías representarlas en la Cámara y en el Senado para darle previsión a los trabajadores. De otro modo no se explicaría que en estos últimos años se haya estado legislando precisamente para poder incorporar a miles de trabajadores a los beneficios de la previsión. Ahora no veo cuál es la razón o el motivo, si hay consenso de que no puede existir una mayor. cantidad de cajas de previsión en Chile, porque con las que ya hay es excesivo su número, para que, previo informe técnico de dos organismos tan calificados como el propio Consejo Directivo de la Caja y la Superintendencia de Seguridad Social, no se le permite al Presidente de la República, en el momento oportuno, que puede ser en seis meses, en uno o dos años, ejercer esta facultad, que no es tan amplia, y permitir que ingresen los trabajadores, como se ha manifestado en reiteradas oportunidades y como es el sentir de las colectividades políticas y de sus personeros representados en esta Cámara. Por eso, votar en contra de esto sí que es realmente engañar a los postulantes, a los futuros imponentes de esta Caja de Previsión. ET señor MONARES. ¡Está equivocado! El señor CERDA, don Eduardo (Presidente en ejercicio). Ofrezco la palabra. Ofrezco la palabra. Cerrado el debate. En votación la observación a que dio lectura el señor Secretario. Efectuada la votación en forma económica, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 14 votos por la negativa, 26 votos. El señor CERDA, don Eduardo (Presidente en ejercicio). Rechazada la observación. En discusión la observación a que va dar lectura el señor Secretario. El señor GUERRERO, don Raúl (Secretario). El Ejecutivo en el artículo 2° propone agregar el siguiente inciso primero, nuevo: "La incorporación de los trabajadores a que se refiere la presente ley a la Caja de Previsión creada _por el Título IV de la ley N° 17.066, agregado por la ley N° 17.592, se efectuará en la forma y condiciones establecidas en dicho título y en las que determine un reglamento especial que para estos efectos y para los demás procedimientos de aplicación de la ley, dicte el Presidente de la República." El señor MOSQUERA. Pido la palabra. El señor CERDA, don Eduardo (Presidente en ejercicio). Tiene la palabra Su Señoría. El señor MOSQUERA. Señor Presidente, no se puede otorgar esta facultad, porque pueden incorporarse nuevos sectores en condiciones distintas a las anteriores, y porque pueden darse ventajas a grupos que vayan llegando a la Caja, en perjuicio de los que ya están incorporados. Por eso no vamos a dar nuestro acuerdo. El señor DIEZ. Pido la palabra. El señor CERDA, don Eduardo (Presidente en ejercicio). Solicito el asentimiento de la Sala para que pueda usar de la palabra el señor Diez, porque no le resta tiempo al Comité Nacional, El señor TEJEDA. ¡No! El señor CERDA, don Eduardo (Presidente en ejercicio). No hay acuerdo. Ofrezco la palabra. Ofrezco la palabra. Cerrado el debate. En votación la observación que agrega un inciso primero, nuevo, al artículo 2°. Efectuada la votación en forma económica, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 14 votos por la negativa, 26 votos. El señor CERDA, don Eduardo (Presidente en ejercicio). Rechazada la obserción. En discusión le observación a que va a dar lectura el señor Secretario. El señor GUERRERO, don Raúl (Secretario). El Ejecutivo propone agregar el siguiente artículo nuevo: "Artículo.... Introdúcenselas siguientes modificaciones al Título IV de la ley N 17.066, agregado por la ley Nº 17.592: "a) Reemplázase la letra f) del artículo 33, por la siguiente: "f) Otorgar los préstamos hipotecarios en conformidad a los reglamentos respectivos." "m) Reemplázase en el inciso primero del artículo 37 las expresiones "imponentes de la Institución", por la siguiente: "personas". "c) Agrégase como letra ñ) del artículo 37 la siguiente: "ñ) Otorgar los beneficios previsionales obligatorios y fijar sus montos, pudiendo delegar esta facultad en el jefe respectivo en este caso, ambos funcionarios serán solidariamente responsables de los actos que se ejecuten en virtud de la delegación." El señor MOSQUERA. Pido la palabra. El señor CERDA, don Eduardo (Presidente en ejercicio). Tiene la palabra Su Señoría. El señor MOSQUERA. Señor Presidente, vamos a aprobar la inclusión de las letras a) y c), y vamos a rechazar la letra b). Pido división de la votación. El señor CERDA, don Eduardo (Presidente en ejercicio). ¿Desea que se vote separadamente? El señor MOSQUERA. Por letras. El señor CERDA, don Eduardo (Presidente en ejercicio). Ofrezco la palabra. Ofrezco la palabra. Cerrado el debate. Si le parece a la Sala, se aprobará el epígrafe. Aprobado. En votación la letra a). Si le parece a la Cámara, se aprobará. Aprobada. En votación la letra b). Efectuada la votación en forma económica, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 13 votos por la negativa, 19 votos. El señor CERDA, don Eduardo (Presidente en ejercicio). Rechazada la letra b). En votación la letra c). Si le parece a la Sala, se aprobará. Aprobada. En discusión la observación a que dará lectura el señor Secretario. El señor GUERRERO, don Raúl (Secretario) .Para consultar el siguiente artículo nuevo: "Artículo... "Agrégase, a continuación de la letra g) del artículo 30, las siguientes letras h) e i), pasando las actuales a ser letra j) y k), respectivamente : "h un representante de los pirquineros y pequeños mineros, designados directamente por la Federación Minera de Chile." "i) dos representantes de los pescadores artesanales, designados directamente por la Federación Nacional de Pescadores Artesanales." El señor MOSQUERA. Pido la palabra. El señor CERDA, don Eduardo (Presidente en ejercicio).Tiene la palabra Su Señoría. El señor MOSQUERA. Señor Presidente, en el transcurso de la discusión del proyecto que creó la Caja de Previsión de los Comerciantes, el Ejecutivo llegó siempre, con los futuros imponentes de ella y con quienes le tocó discutir, al acuerdo de que no se aumentarían las personas que conformarían el Consejo. Ahora se rompe este compromiso en la observación que se acaba de leer y en la que viene a continuación, que designa dos representantes de los transportistas. Esto ha creado conflictos, porque, por ejemplo, se quita a los camioneros un representante y se designa uno de la movilización colectiva particular. Como entre los compromisos contraídos por el Ejecutivo con los futuros imponentes de la Caja, no están comprendidos estos nuevos consejeros, nosotros vamos a rechazar el veto aditivo. Nada más, señor Presidente. El señor ACEVEDO, Pido la palabra. El señor PUENTES, don César Raúl (Vicepresidente).Tiene la palabra Su Señoría. El señor ACEVEDO. Señor Presidente, realmente me extraña que el Partido Demócrata Cristiano... El señor FUENTES, don César Raúl (Vicepresidente). Perdone, señor Diputado. Señores Diputados ¿habría acuerdo para que hiciera uso de la palabra el señor Acevedo? El señor ACEVEDO.¿Pero por qué? ¿Que se terminó mi tiempo? El señor FUENTES, don César Raúl (Vicepresidente).Se le terminó el tiempo de cinco minutos, señor Diputado. El señor ACEVEDO. Yo no puedo estar pidiendo tiempo cuando se lo he negado a otros señores Diputados. El señor FUENTES, don César Raúl (Vicepresidente). ¿Habría acuerdo para conceder la palabra al señor Acevedo? No hay acuerdo. El señor ACEVEDO. No, por supuesto. El señor FUENTES, don César Raúl (Vicepresidente).Ofrezco la palabra. Ofrezco la palabra. Cerrado el debate. En votación. Si le parece a la Cámara, se rechazará. El señor OLAVE ¡No! El señor ACEVEDO. No. El señor FUENTES, don César Raúl (Vicepresidente).En votación. Efectuada la votación en forma económica, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 16 votos por la negativa, 25 votos. El señor FUENTES, don César Raúl (Vicepresidente). Rechazada la observación. En discusión la observación a que dará lectura el señor Secretario. El señor GUERRERO, don Raúl (Secretario) .Para agregar el siguiente artículo nuevo: "Artículo... Sustituyese la letra f) del artículo 30 por la siguiente: "f) Dos representantes de los transportistas, designados directamente por los Registros Nacionales del Transportista Profesional y del Transportista Profesional de Locomoción Colectiva Particular." El señor OLAVE. Pido la palabra. El señor MOSQUERA. Pido la palabra. El señor FUENTES, don César Raúl (Vicepresidente). Tiene la palabra el señor Olave después, el señor Mosquera. El señor OLAVE. Señor Presidente, nosotros acabamos de observar que se ha consumado un atentado contra el importante gremio de pirquineros, al que se le permitió el ingreso por esta misma modificación a la ley, pero que no se les entregó representación. De modo que notamos una inconsecuencia entre una cosa y la otra. Ahora en la letra f), modificada, se quiere negar a otro sector importante que se incorpore a la ley, como son los transportistas profesionales de la locomoción colectiva particular, gremio que, a nuestro juicio, es tan grande o mayor que los camioneros, que tienen representación en la Caja. Al votarse en contra de esta modificación que hace el Ejecutivo, se margina precisamente a los transportistas profesionales de la locomoción colectiva particular, a pesar de que a este importante gremio distintos partidos le habían prometido su ayuda para que estuviera representado en la Caja, en el Consejo que estamos señalando. Por tanto, nosotros, como es lógico, vamos a aprobar la observación del Ejecutivo. Nada más, señor Presidente. El señor FUENTES, don César Raúl (Vicepresidente). El señor Mosquera puede hacer uso de la palabra. El señor MOSQUERA. Señor Presidente, para rectificarle al señor Olave lo siguiente: los transportistas de carga son más o menos 70 mil en Chile, contra 8 mil de pasajeros. En segundo lugar, los imponentes futuros de movilización de pasajeros nos han pedido rechazar esto, porque no es lo convenido. No se les puede quitar a los transportistas de carga para entregarles a los de pasajeros. Esa es la razón, señor Presidente, por la que vamos a votar en contra, a petición de los gremios, para no crear esta división, esta dificultad entre los gremios mismos. Nada más, señor Presidente. El señor PUENTES, don César Raúl (Vicepresidente).Ofrezco la palabra. Ofrezco la palabra. Cerrado el debate. En votación la observación. Efectuada la votación en forma económica, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 16 votos por la negativa, 23 votos. El señor FUENTES, don César Raúl (Vicepresidente). Rechazada la observación. En discusión la observación siguiente, a que dará lectura el señor Secretario. El señor GUERRERO, don Raúl (Secretario). Para consultar el siguiente artículo nuevo: "Artículo...Sustituyese en los incisos 2° y 4° del artículo 30, la referencia hecha a la letra h) por la letra j) y reemplázase en el inciso 3° del mismo artículo la mención hecha a las letras b), c), d), e), f) y g) por la siguiente: "b), c), d), e), f),g),h) e i)". Reemplázase en el artículo 31, la referencia hecha a la letra h) por la letra j). Reemplázanse en el artículo 32, las referencias hechas a las letras b), c), d), e), f), g) y h) por las siguientes: "b, c), d),e),f),g),h),i) y j)".". El señor FUENTES, don César Raúl (Vicepresidente).Ofrezco la palabra. El señor MOSQUERA. Pido la palabra. El señor FUENTES, don César Raúl (Vicepresidente). Tiene la palabra el Diputado señor Mosquera. El señor MOSQUERA. Vamos a rechazarlo, como consecuencia de lo anterior, señor Presidente. El seño/FUENTES, don César Raúl (Vicepresidente). Ofrezco la palabra. Ofrezco la palabra. Cerrado el debate. En votación. Efectuada la votación en forma económica, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 16 votos por la negativa, 24 votos. El señor FUENTES, don César Raúl (Vicepresidente). Rechazada la observación. En discusión la observación siguiente, a que dará lectura el señor Secretario. El señor GUERRERO, don Raúl (Secretario). Para consultar el siguiente artículo nuevo: "Artículo. . . Reemplázase la letra e) del artículo 43 por la siguiente: "e) Los farmacéuticos o químicos-farmacéuticos, los dueños de farmacias o droguerías y los socios de las sociedades de personas dueñas de estos establecimientos:".". El señor FUENTES, don César Raúl (Vicepresidente). Ofrezco la palabra. El señor MOSQUERA. Pido la palabra. El señor FUENTES, don César Raúl (Vicepresidente). Tiene la palabra el Diputado señor Mosquera. El señor MOSQUERA. Vamos a votar favorablemente este veto aditivo, señor Presidente. El señor RÍOS (don Héctor). Pido la palabra. El señor FUENTES, don César Raúl (Vicepresidente). Tiene la palabra el Diputado señor Ríos, don Héctor. Él señor RÍOS (don Héctor). Señor Presidente, los Diputados radicales también vamos a votar favorablemente, porque hubo una omisión al no incluir a los farmacéuticos y dueños de farmacias. El señor FUENTES', don César Raúl (Vicepresidente).Ofrezco la palabra. Ofrezco la palabra. Cerrado el debate. En votación. Si le parece a la Cámara, se aprobará la observación. El señor MOSQUERA. Y la que sigue también. El señor FUENTES, don César Raúl (Vicepresidente).Aprobada ¿Habría acuerdo para aprobar, también, la observación siguiente, que dice: "Para agregar el siguiente artículo nuevo: "Artículo. .. Sústitúyense en el inciso tercero del artículo 43, las expresiones: "letras a), b),c) y d)" por las siguientes: "a), b), c), d) y e."."? ¿Habría acuerdo para aprobarla? El señor MOSQUERA. Sí, señor. El señor FUENTES, don César Raúl (Vicepresidente).Aprobada. En discusión la observación siguiente, que dice: "Artículo.". . Agrégase como inciso final del artículo 43, el siguiente: "Las personas a que se refiere esta ley que, en virtud dé otras normas legales, estuvieren afectas obligatoriamente a otro sistema de previsión, en calidad de activos o pensionados, no quedarán comprendidas en este régimen de previsión."." Ofrezco la palabra. El señor MOSQUERA. Pido la palabra. El señor FUENTES, don César Raúl (Vicepresidente). Tiene la palabra el Diputado señor Mosquera. El señor MOSQUERA. Vamos a votar en contra de esta disposición, señor Presidente. Gracias. El señor FUENTES, don César Raúl (Vicepresidente).Ofrezco la palabra. Ofrezco la palabra. Cerrado el debate. En votación. Efectuada la votación en forma económica, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 18 votos por la negativa, 24 votos. El señor FUENTES, don César Raúl (Vicepresidente).Rechazada la observación. En discusión la observación siguiente, a que dará lectura el señor Secretario. El señor GUERRERO, don Raúl (Secretario). Para consultar el siguiente artículo nuevo: "Artículo .. . Agrégase, como artículo 43 bis, el siguiente: "Artículo 43 bis. Las personas que, de acuerdo con la presente ley, tengan la obligación de afiliarse a la Caja de Previsión Social de los Comerciantes, Pequeños Industriales, Transportistas e Independientes, no podrán hacerlo en la misma calidad en otra Institución de Previsión.".". El señor FUENTES, don César Raúl (Vicepresidente). Ofrezco la palabra. Ofrezco la palabra. Cerrado el debate. El señor MOSQUERA. Si le parece... El señor FUENTES, don César Raúl (Vicepresidente).Si le parece a la Cámara y no se pide votación, se dará por aprobada esta observación. Aprobada. En discusión la observación siguiente, para agregar el artículo nuevo que aparece en el boletín. Ofrezco la palabra. El señor MOSQUERA. Pido la palabra. El señor FUENTES, don César Raúl (Vicepresidente). Tiene la palabra el Diputado señor Mosquera. El señor MOSQUERA. Hice petición de división de la votación en este artículo, señor Presidente. El señor FUENTES, don César Raúl (Vicepresidente).Lamentablemente, señor Diputado, es improcedente esa división de votación. El señor MOSQUERA. La Constitución dice lo contrario, señor Presidente. Hablan varios señores Diputados a la vez. El señor FUENTES, don César Raúl (Vicepresidente). Ofrezco la palabra. Ofrezco la palabra. Cerrado el debate. En votación la observación. El señor MOSQUERA. Si le parece... El señor FUENTES, don César Raúl (Vicepresidente).Si le parece a la Cámara y no se pide votación, se dará por aprobada. Aprobada. En discusión la observación para agregar el siguiente artículo nuevo: "Artículo... Suprímese, en la frase final del inciso primero del artículo 45 la expresión "inicial" colocada a continuación de la palabra "previsional" y antes de las palabras "podrá aumentarse".". Ofrezco la palabra. El señor MOSQUERA. Pido la palabra. El señor FUENTES, don César Raúl (Vicepresidente). Tiene la palabra el Diputado señor Mosquera. El señor MOSQUERA. Señor Presidente, vamos a votar favorablemente esta disposición y todas las que están en la página 22. Pediría que se votaran en conjunto. El señor ACEVEDO. En un soto acto. El señor FUENTES, don César Raúl (Vicepresidente). ¿Habría acuerdo para votar en un solo acto todas las observaciones de la página 22? Acordado. Si le parece a la Cámara y no se pide votación, se darán por aprobadas todas las observaciones de la página 22, que consisten en agregar tres artículos nuevos. Aprobadas. En discusión la primera observación de la página 23, a que dará lectura el señor Secretario. El señor GUERRERO, don Raúl (Secretario), Para consultar el siguiente artículo nuevo: "Artículo... Agrégase al Título V de la ley N° 17.066, agregado por la ley N° 17.592, como artículo 73 bis, el siguiente: "Artículo 73 bis. Créase una Institución autónoma de derecho privado, con personalidad jurídica, denominada Registro Nacional del Transportista Profesional de Locomoción Colectiva Particular. "Todo lo concerniente a la organización, estatutos y financiamiento de este Registro, lo determinará el Presidente de la República en el Reglamento que dicte al efecto, oyendo a la Confederación Nacional de Dueños de Buses y Taxibuses de Chile.". El señor MOSQUERA. Si le parece... El señor DIEZ. El veto es improcedente. No podemos sentar el mal precedente de aceptar un veto que no dice relación con la idea matriz del proyecto. El señor FUENTES, don César Raúl (Vicepresidente).Se suspende la sesión por dos minutos. Se suspendió la sesión a las 17 horas 54 minutos. Se reanudó a las 17 horas 58 minutos. El señor FUENTES, don César Raúl (Vicepresidente).Se reanuda la sesión. Se suspende por un minuto. Se suspendió la sesión. Se reanudó a las 17 horas 59 minutos. El señor FUENTES, don César Raúl (Vicepresidente). Continúa la sesión. Señores Diputados, se encuentra en discusión la observación que crea una institución autónoma, de derecho privado, con personalidad jurídica, denominada Registro Nacional del Transportista Profesional de Locomoción Colectiva Particular. La Mesa no tiene dudas en cuanto a la procedencia constitucional de la observación. Ofrezco la palabra. El señor MOSQUERA Pido la palabra. El señor FUENTES, don César Raúl (Vicepresidente). Tiene la palabra el Diputado señor Mosquera. El señor MOSQUERA. No soy abogado, señor Presidente, pero hay una cosa muy clara. Cuando se incorporaron los comerciantes a la Caja de Previsión, lo hicieron a través del Registro Nacional de Comerciantes cuando se incorporaron los transportistas de carga, lo hicieron a través del Registro Nacional de Transportistas. Por lo tanto, como aquí se incorpora a los transportistas de pasajeros en el artículo 1° del proyecto en discusión, no veo ninguna razón para que no tenga validez constitucional esta observación del Ejecutivo. Los democratacristianos la vamos a votar favorablemente. Nada más, señor Presidente. El señor CLAVEL. ¡Pero si ya lo votaron! El señor FUENTES, don César Raá! (Vicepresidente). Ofrezco la palabra. Ofrezco la palabra. Cerrado el debate. En votación. Durante la votación: El señor ACEVEDO. La Mesa parece que tiene dudas. El señor FUENTES, don César Raúl (Vicepresidente).Dije que no tenia dudas en cuanto a la procedencia. El señor ACEVEDO. ¿A la procedencia? ¿Es improcedente? Efectuada la votación en forma económica, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 31 votos por la negativa, 2 votos. El señor FUENTES, don César Raúl (Vicepresidente). Aprobada la observación del Ejecutivo. En discusión la siguiente observación, que consiste... El señor MOSQUERA. Con la misma votación. El señor FUENTES, don César Raúl (Vicepresidente). ...en agregar el siguiente artículo nuevo: "Artículo... Concédese personalidad jurídica a la Confederación Nacional de Dueños de Buses y Taxibuses de Chile y otórgasele un plazo de 90 días, contados desde la "fecha de publicación de esta ley en el Diario Oficial, para que someta a la aprobación del Ministerio del Trabajo y Previsión Social sus estatutos." El señor ACEVEDO.¡ Igual que el anterior ! El señor FUENTES, don César Raúl (Vicepresidente). Ofrezco la palabra. Ofrezco la palabra. El señor MOSQUERA. Pido la palabra. El señor FUENTES, don César Raúl (Vicepresidente).Tiene la palabra el señor Mosquera. El señor MOSQUERA. Señor Presidente, nosotros votaremos favorablemente esta disposición, porque es un acuerdo del gremio con el Ejecutivo. El señor FUENTES, don César Raúl (Vicepresidente). ¿Me perdona, señor Mosquera? Ha terminado el tiempo de Su Señoría. ¿Habría acuerdo para conceder un minuto al señor Mosquera? Hablan varios señores Diputados la vez. El señor FUENTES, don César Raúl (Vicepresidente). Había terminado con anterioridad el tiempo y la Mesa no lo había advertido. ¿Habría acuerdo para conceder un minuto al señor Mosquera? Un señor DIPUTADO. No, señor Presidente, El señor PALESTRO. ¡Que hable! El señor OLAVE. ¡ Que termine! El señor FUENTES, don César Raúl (Vicepresidente).No hay acuerdo. Ofrezco la palabra. Ofrezco la palabra. Cerrado el debate. En votación. Si le parece a la Sala, se aprobará la observación.. Aprobada. En discusión la observación siguiente, que consiste en sustituir, en el inciso primero, del artículo 4° las expresiones "los artículos 1° y 3° por "el artículo 1° Ofrezco la palabra. Ofrezco la palabra. Cerrado el debate. En votación. Si le parece a la Cámara, se aprobará la observación. : Aprobada. En discusión la observación siguiente para agregar en el inciso segundo, reemplazando el punto final por una coma, la siguiente frase: "o del respectivo decreto con fuerza de ley". El señor DIEZ. Yo creo que cuando rechazamos la incorporación, se acabó todo esto de los decretos con fuerza de ley. Cuando rechazamos la facultad del Ejecutivo se acabó... El señor FUENTES, don César Raúl (Vicepresidente).Con la venia de la Sala... El señor ACEVEDO. ¡No! , El señor SALVO. ¡No! El señor FUENTES, don César Raúl (Vicepresidente). Es para aclarar, señores Diputados. Ofrezco la palabra. Se suspende la sesión por dos minutos. Se suspendió la sesión a las 18 horas. Se reanudó la sesión a las 18 horas 5 minutos. El señor FUENTES, don César Raúl (Vicepresidente). Continúa la sesión. Señores Diputados, si bien es cierto que se ha rechazado en estas observaciones las facultades delegadas que ha solicitado el Presidente de la República para incorporar a algunos sectores, no es menos verdadero que en la ley de comerciantes ya existe la posibilidad de incorporar por decreto con fuerza de ley a los pequeños agricultores, por ejemplo.. Hablan varios señores Diputados a la vez. El señor FUENTES, don César Raúl (Vicepresidente).— "...y, en esa circunstancia, no se pueden dar por rechazadas las disposiciones aditivas que se proponen en el sentido de poder dictar decretos con fuerza de ley... ' El señor ACEVEDO.—Se refiere el artículo 62 de la ley Nº 17.066. El señor FUENTES, don César Raúl (Vicepresidente).— Ofrezco la palabra. Ofrezco la palabra. Cerrado el debate. En votación. ' Efectuada la votación en forma económica, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 14 votos por la negativa, 22 votos. El señor FUENTES, don César Raúl (Vicepresidente).- — Rechazada la observación. En discusión la observación siguiente, para agregar en el inciso segundo, reemplazando el punto final por una coma, la siguiente frase: "o del respectivo decreto con fuerza de ley". Si le parece a la Cámara, se rechazará con la misma votación anterior. El señor ACEVEDO.— ¡Si hay que aprobarlo, para que las monjas se puedan incorporar! El señor' FUENTES, don César Raúl (Vicepresidente). Ofrezco la palabra. Ofrezco la palabra. Cerrado el debate. En votación. Efectuada la votación en forma económica, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 16 votos por la negativa, 21 votos. El señor FUENTES, don César Raúl (Vicepresidente). Rechazada la observación. En discusión la observación siguiente, al artículo 2° transitorio, para agregar en el inciso, primero, entre las palabras "ley'' y "para", las palabras "o del respectivo decreto con fuerza de ley". Señores Diputados, esta observación ya se ha rechazado por dos veces podríamos dar por rechazada esta con la misma votación. Esa es la voluntad de la Cámara, que se ha mantenido estable. El señor ACEVEDO. Debido al desconocimiento, a la desinformación. El señor FUENTES, don César Raúl (Vicepresidente). Ofrezco la palabra. Ofrezco la palabra. . Cerrado el debate. En votación. Efectuada la votación en forma económica, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 16 votos por la negativa, 19 votos. El señor FUENTES, don César Raúl (Vicepresidente). Rechazada la observación. En discusión la observación siguiente, también al artículo 2° transitorio, para agregar en su inciso segundo, después del vocablo "ley" y antes de la forma verbal "hubieren", las expresiones "o del respectivo decreto con fuerza de ley". En votación. Efectuada la votación en forma económica, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 16 votos por la negativa, 23 votos. El señor FUENTES, don César Raúl (Vicepresidente). Rechazada la observación. En discusión la observación siguiente para sustituir el inciso final del artículo 2° transitorio. El señor MOSQUERA Señor Presidente, si le parece, votemos los dos favorablemente. El señor FUENTES, don César Raúl (Vicepresidente). ¿Habría acuerdo para discutir y votar las dos observaciones…? Señor Diputado, lo que pasa es que la otra es una observación aditiva por éso, es preferible votarla separadamente. En discusión la primera observación. Ofrezco la palabra. Ofrezco la palabra. Cerrado el debate. Si le parece a la Cámara y no se pide votación, sé dará por aprobada. Aprobada. En discusión la segunda observación, para agregar un artículo 3°? transitorio nuevo. Ofrezco la palabra. El señor MOSQUERA. Pido la palabra. El señor FUENTES, don César Raúl (Vicepresidente). No tiene tiempo, señor Diputado. ¿Habría acuerdo para conceder la palabra al Diputado señor Mosquera? No hay acuerdo. El señor MOSQUERA. Es que hay un problema con el artículo 46, una cosa que ahora es permanente pasa a ser transitoria. El señor FUENTES, don César Raúl (Vicepresidente). Ofrezco la palabra. Ofrezco la palabra. En votación. Si le parece a la Sala y no se pide votación, se dará por aprobado. Aprobado. En votación la observación para agregar un artículo 4° transitorio nuevo, qué va a leer el señor Secretario.. El señor GUERRERO, don Raúl (Secretario)."Facúltase al Presidente de la República para que, en el plazo de 30 días, modifique el Decreto Supremo N° 469, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, publicado en el Diario Oficial de 8 de julio de 1969, adecuándolo a las modificaciones que a la ley N° 17.066 introdujo el artículo 1° de la ley N° 17.592". El señor FUENTES, don César Raúl (Vicepresidente). Ofrezco la palabra. Ofrezco la palabra.' Cerrado el debate. En votación. Efectuada, la votación en forma, económica, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 16 votos por la negativa, 26 votos. El señor FUENTES, don César Raúl (Vicepresidente). Rechazada la observación. En discusión la última observación, para agregar un artículo 5° transitorio, nuevo, al que dará lectura el señor Secretario. El señor GUERRERO, don Raúl (Secretario). "Articulo 5° Facúltase al Presidente de la República para que pueda recopilar y refundir en un solo texto, que llevará número de ley, las distintas disposiciones legales relacionadas con la Caja de Previsión Social de los Comerciantes, Pequeños Industriales, Transportistas e Independientes y facúltase, asimismo, para que modifique y refunda el decreto supremo Nº 90, de 1972, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social." El señor FUENTES, don César Raúl (Vicepresidente). Si le parece a la Cámara y no se pide votación, se dará por aprobado. No hay acuerdo. En votación. Efectuada la votación en forma económica, dio el siguiente resultado: ¡por la afirmativa, 30 votos por la negativa, 1 voto. El señor FUENTES, don César Raúl (Vicepresidente).Aprobada la observación. Terminada la discusión del proyecto. 8. BENEFICIOS PARA LOS EX EMPLEADOS AGRÍCOLAS, MAYORDOMOS Y CAPATACES AFECTADOS POR LA REFORMA AGRARIA. OBSERVACIONES El señor FUENTES, don César Raúl (Vicepresidente). Corresponde discutir y votar las observaciones formuladas por Su Excelencia el Presidente de la República al proyecto de ley que beneficia a los ex empleados agrícolas mayordomos y capataces. Hay acuerdo para despacharlo en esta sesión, dando 5 minutos por Comité. Las observaciones del Ejecutivo, contenidas en él boletín 925-71-O son las siguientes: "Artículo 1° Para sustituir su texto, por el siguiente: "Artículo 1° Los empleados y obreros agrícolas de los predios expropiados de acuerdo con la ley Nº 16.640 y sus modificaciones, que hayan trabajado en forma permanente en dichos predios los últimos tres años anteriores a la fecha de la adquisición, que no sean aceptados o Incorporados a la organización transitoria que se constituya en ese predio con posterioridad a la toma de posesión por parte de la Corporación, o que no sean aceptados o incorporados en alguna unidad reformada constituida por la Corporación en cualquier otro predio expropiado por ella, no obstante reunir los requisitos para ello, tendrán derecho a una indemnización especial que para los empleados será equivalente a dos sueldos vitales mensuales para los empleados de la industria y del comercio del departamento en que se encuentre ubicado el predio, por cada año trabajado en el mismo, y para los obreros equivalente a 60 salarios mínimos diarios para obrero agrícola de la provincia en que se encuentre ubicado el predio, por cada 52 semanas trabajadas en el mismo. No tendrán derecho a esta indemnización los empleados y obreros que, con anterioridad a la toma de posesión del predio, hayan puesto término voluntariamente a su contrato de trabajo o se les haya declarado legalmente terminado por alguna de las causales establecidas en el artículo 2° de la ley N 16.455. Esta indemnización será cancelada por el empleador en caso de ofrecimiento voluntario del predio a la Corporación de la Reforma Agraria y por esta última en los demás casos de expropiación. Para los efectos de esta ley se entiende por empleador agrícola a todas aquellas personas que desarrollen o hayan desarrollado labores de responsabilidad y cuidado en predios agrícolas, tales como administradores, subadministradores, mayordomos, capataces, llaveros y tractoristas. También tendrán derecho a los beneficios que se establecen en los primeros dos incisos de este artículo los medieros que, a la fecha de toma de posesión del predio expropiado por la Corporación de la Reforma Agraria tuvieren, además, un vinculo laboral con el propietario o con la persona que a cualquier título explote la finca y cuya única remuneración o fuente de entrada la constituye la explotación de los terrenos objeto de la mediería. Para los efectos del cálculo de la indemnización subsidiaria que deba pagarse a estos aparceros, se considerará el plazo de duración del contrato de mediería, el que deberá ser, como mínimo, el señalado en el artículo 34 del D.F.L. N° 9, de 1968, de Agricultura, modificado por la ley N' 17.51G, de 30 de septiembre de 1971. El monto de la indemnización subsidiaria a los medieros será el mismo que corresponda a un obrero agrícola." Artículo 2° Para sustituirlo por el siguiente: "Artículo 2° Los empleados, obreros y medieros señalados en el artículo 1° que no fueren incorporados a alguna de las unidades reformadas y fueren acreedores a la indemnización establecida en ese mismo artículo, tendrán derecho a mantener el uso y goce de su casa habitación y el huerto por un plazo no inferior a un año, contado desde la fecha de toma de posesión del predio rústico de que se trata." Artículo 3° Para suprimir su inciso final. Artículo 4° Para sustituirlo por el siguiente: "Artículo 4° La Corporación de la Reforma Agraria, cuando los empleados, obreros y medieros a que se refiere el artículo primero se incorporen a algunas de las unidades reformadas que se constituyan en algunos de los predios rústicos expropiados, deberá reconocerles los mismos derechos que las disposiciones legales vigentes otorgan a los demás miembros de dichas organizaciones campesinas." Artículo 5° Para suprimirlo. Artículo 6° Para suprimirlo. Artículos transitorios Artículo 1° Para sustituirlo por el siguiente: "Artículo 1° Los ex empleados, ex medieros que, reuniendo los requisitos señalados en eL artículo 1° permanente y que con anterioridad a la vigencia de esta ley hayan sido afectados con el proceso de reforma agraria y no hubieren recibido indemnización en dinero o integrados a alguna de las unidades reformadas establecidas por la Corporación de la Reforma Agraria, tendrán derecho a recibir la misma indemnización en dinero establecida en ese artículo 1? permanente. Esta indemnización especial deberá serles pagadas por las mismas personas que allí se indican, dentro del plazo de seis meses, contado desde la vigencia dé la presente ley. '. "Esta indemnización será reajustada conforme al mecanismo establecido en el artículo 9° de la ley Nº 16,640." Artículo 2° Para sustituir su texto por el siguiente: "Artículo 2° Derógase en todas sus partes el artículo 82 de la ley N° 16.640." El señor FUENTES, don César Raúl (Vicepresidente). En discusión la primera de las observaciones. Ofrezco la palabra. El señor SALINAS (don Anatolio). Pido la palabra. El señor FUENTES, don César Raúl (Vicepresidente). Tiene la palabra Su Señoría. El señor SALINAS (don Anatolio). Señor Presidente, este proyecto de ley, que viene vetado por el Ejecutivo, data aquí, en la Cámara, de varios meses. Sin embargo, hoy tenemos el ánimo, según hemos conversado con otros Comités, de despacharlo en pocos minutos. Respecto al veto del Ejecutivo al artículo 1°, hemos conversado con los interesados, con los dirigentes de los diversos sindicatos en que se han organizado los ex empleados agrícolas afectados por la reforma agraria, y ellos están completamente de acuerdo en que aprobemos este veto, tal como viene propuesto por el Ejecutivo. Aquí se aumenta a dos sueldos vitales mensuales, por cada año trabajado, la indemnización para los empleados, con el fin de evitar el hacer los cálculos de las regalías, porque el artículo nuestro hablaba del salario global. Entonces, el Ejecutivo ha preferido aumentar este beneficio a dos sueldos vitales mensuales por cada año trabajado a todos los empleados. Y el concepto de "empleado agrícola" se aclara en forma bien tajante, diciendo que son todos aquellos que han tenido cargos dé responsabilidad, llámanse administradores, subadministradores, mayodormos, capataces, llaveros o tractoristas. En cuanto a los obreros, la indemnización se les aumenta también a 60 salarios mínimos por cada 52 semanas trabajadas. Esto también está de acuerdo en este mismo aumento que han tenido los empleados, para evitar, como decía, él cálculo de las regalías. También, tal como el proyecto primitivo, se toma en cuenta a los medieros, haciendo alusión al artículo 34 del D.F.L, Nº 9, de 1968, el cual dice que el plazo mínimo de las medierías es de tres años. Esto fue modificado, en realidad, por la ley N° 17.510, que nosotros aprobamos en la Comisión de Agricultura, junto con otros miembros de esa Comisión, porque generalmente a los medieros se les da un terrero por el término de un año,'por el motivó de que deben cambiar el lugar donde se siembran chacras, a causa de lo que sé llama rotación en agricultura. Entonces esa modificación que hizo en la ley N° 17510 es con el fin de que los medieros tengan los tres años en distinta calidad de suelo, en distintos lugares. En cuánto al artículo 2°, ahí cambia radicalmente la idea que tuvimos, no sólo nosotros como autores, sino también el Congreso mismo como lo aprobó, que era la de asignarle la casa juntó con el cerco, llámese goce o reserva. El veto del Ejecutivo mantiene nada más que el derecho al uso y goce por un año, cuando mucho, contado desde la fecha de la toma de posesión. En realidad, nosotros no estamos dé acuerdo con este veto. El artículo 3° habla de lo que tienen que hacer los interesados, en un plazo de 120 días, desde la toma de posesión, para acogerse a estás indemnizaciones. No estamos de acuerdo con el Ejecutivo en suprimir el inciso final, que encontramos que era la única garantía que iba a tener el afectado de permanecer en la casa, junto con el cerco, utilizando el goce del cerco, hasta que se le pagaran sus indemnizaciones. Nos: otros no estamos de acuerdo en esta supresión del inciso segundo y final del artículo 3°. Por eso, pediría a la Cámara que rechazara este veto, porque lo consideramos injusto. Esto es una garantía para que se pague cuanto antes esta indemnización a que tiene derecho el empleado, obrero o mediero. El artículo 4°, también, señor Presidente… El señor FUENTES, don César Raúl (Vicepresidente). Señor Diputado, ¿me permite, por el orden mismo del debate? Se halla en discusión solamente, en este momento, la observación al artículo 1°. El señor SALINAS (don Anatolio). Bien, seguiría después, Él señor FUENTES, don César Raúl (Vicepresidente) .Su Señoría ya se ha referido a ellos. Ofrezco la palabra. Tiene la palabra el señor Maturana El señor MATURANA. Señor Presidente, muy brevemente. En este artículo, tal como lo tendremos que hacer expresamente en cada uno de ellos, el veto del Ejecutivo no hace sino estropear el esfuerzo que el Congreso Nacional había realizado para hacer le justicia a un grupo de trabajadores agrícolas especializados, a los cuales la reforma agraria ha colocado en una situación extremadamente difícil desde el punto de vista social, económico y humano, que, al mismo tiempo, ha significado un perjuicio notable para la capacidad de producción del país. Por estas razones, en este artículo como en otros, nosotros los nacionales vamos a votar negativamente, porque el proyecto, en la forma como lo había despachado el Congreso, era enormemente más beneficioso para los afectados. Por eso, la observación del Ejecutivo va a ser votada en contra por los Diputados de estas bancas. Nada más, señor Presidente. El señor SEPULVEDA (don Eduardo). Pido la palabra. El señor FUENTES, don Cera Raúl (Vicepresidente). Tiene la palabra Su Señoría. El señor SEPULVEDA (don Eduardo). ¿Cuánto tiempo queda? El señor FUENTES (don César Raúl (Vicepresidente). Le resta medio minuto al Comité Demócrata Cristiano. El señor SEPULVEDA (don Eduardo). ¡Qué pena! Señor Presidente, al iniciarse la sesión, había pedido un minuto a fin de solicitar un trato especial para el proyecto de ley, originado en un Mensaje del Ejecutivo, que otorga recursos para realizar los Juegos Panamericanos… Hablan varios señores Diputados a la vez,... El señor FUENTES, don César Raúl (Vicepresidente). Señor Diputado, no es materia de este debate, y me reclaman aquí los Diputados. El señor SEPULVEDA (don Eduardo). Esto tiene relación con lo que estamos tratando. No tendremos otra oportunidad de expresar y hacer presente esta situación... El señor FUENTES, don César Raúl (Vicepresidente). Ofrezco la palabra El señor ACEVEDO. Pido la palabra. El señor FUENTES, don César Raúl (Vicepresidente). Tiene la palabra Su Señoría. El señor ACEVEDO. Señor Presidente, algunos colegas han manifestado su disconformidad con el veto del Ejecutivo. Pero nosotros hemos estado conversando con dirigentes de los empleados y medieros que trabajaban en los predios del área reformada. Y no sólo en esta oportunidad, sino también mientras se discutía la ley N° 16.640, de reforma agraria, a nosotros nos preocupó la situación de este personal. Hicimos algunas indicaciones, y la verdad es que no tuvimos los votos, suficientes. Junto a nosotros también hubo otros sectores de la Cámara que, en número muy reducido, también se preocuparon de ello. Eso lo queremos decir, con absoluta franqueza. Ahora, ellos aceptan el veto en las condiciones que está. Están de acuerdo. Y han continuado las conversaciones, con el objeto de mejorar la situación de estos empleados sobre todo muchos de ellos gente con experiencia en el trabajo agrícola con conocimiento general del campo y del trabajador agrícola de tal suerte que gran número de ellos puede reincorporarse a las actividades agrícolas, de acuerdo con su edad, naturalmente. Por eso, nosotros vamos a votar favorablemente la observación del Ejecutivo. Y con esta información para la Corporación, para que la Sala vea que ellos están de acuerdo, aunque no les satisface ciento por ciento, evidentemente pero en la forma en que se han estado llevando las conversaciones, esto los beneficia. De tal suerte que nosotros vamos a votar favorablemente este artículo 1° y los siguientes del proyecto. Eso es todo, señor Presidente. El señor FUENTES, don César Raúl (Vicepresidente). Ofrezco la palabra. El señor SALVO. Pido la palabra, señor Presidente. El señor FUENTES, don César Raúl (Vicepresidente). Tiene la palabra el señor Salvo. El señor SALVO. Señor Presidente, es para expresar que nosotros hemos mantenido invariablemente una posición referente a esta materia. Cuando se discutió en el año 1967, si no me equivoco, el proyecto de ley de reforma agraria, hicimos las indicaciones del caso para incluir a ejitos sectores, que no fueron beneficiados con ese proyecto de reforma agraria. Luego, recuerdo que en 1969, con el colega Naudon y otros colegas, en este mismo asunto, hicimos indicaciones sobre esta materia, las cuales fueron rechazadas por la mayoría de ese entonces de la Cámara. En esta oportunidad, el veto del Ejecutivo, indudablemente, contempla muchas situaciones de sectores de trabajadores que quedaron al margen del proceso de reforma agraria, y viene a satisfacer sus inquietudes al respecto de tal manera que la vamos a votar favorablemente. Eso es todo. El señor FUENTES, don César Raúl (Vicepresidente). Ofrezco la palabra. EL señor OLA VE. Pido la palabra, señor Presidente. El señor FUENTES, don César Raúl (Vicepresidente). Tiene la palabra el señor Olave. El señor OLAVE. Señor Presidente, nosotros, naturalmente, vamos a dar nuestro asentimiento a la observación del Ejecutivo pero, sí, nos preocupa una cuestión que no sabemos sí obedece a un error de transcripción, a un error gramatical, o a que realmente viene mal redactado el veto. Al aprobar la modificación, queremos dejar expresa constancia, para la historia de la ley, de que estamos hablando de "mayordomos y capataces", y no de "capaces", como dice en la versión, lo que podría prestarse a interpretaciones de la Contraloría o de los organismos que tienen que entender en estas cuestiones, que vendrían a lesionar los intereses de los capataces, y no de los "capaces". Eso es todo, señor Presidente, en el artículo 1 observado por el Ejecutivo, en la línea final. El señor FUENTES, don César Raúl (Vicepresidente). Ofrezco la palabra. Ofrezco la palabra. Cerrado el debate. Señores Diputados, se trata de un error de hecho, según se me advierte. La Secretaría, en el momento de dirigir el oficio, va a salvar el error de hecho que existe y que se ha cometido en el veto mismo. En votación. Practicada i votación, en forma económica, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 30 votos por la negativa, 2 votos. El señor FUENTES, don César Raúl (Vicepresidente). Aprobada la observación. En discusión la observación siguiente, que consiste en sustituir el artículo 29 por lo que aparece en el texto. Ofrezco la palabra. El señor MATURANA. Pido la palabra. El señor FUENTES, don César Raúl (Vicepresidente). Tiene la palabra el señor Maturana. El señor MATURANA. Señor Presidente, si hay un artículo en que se demuestra en forma clara lo que yo sostenía en mi primera intervención, en el sentido de que el veto perjudica lo que la Cámara había otorgado a los trabajadores agrícolas, es éste un artículo típico. Mientras la Cámara les concede en propiedad la casa que habitan con el cerco, el "goce" o el "revuelco", el veto del Ejecutivo les otorga sólo uso y "goce" de la casa por un año. De suerte que es manifiesto que este veto les da un derecho muy inferior al que les había otorgado el Congreso. Por esta razón, volveremos a votar en contra el veto del Ejecutivo y estaremos de acuerdo con el proyecto original. El señor FUENTES, don César Raúl (Vicepresidente). Ofrezco la palabra. El señor TUDELA. Pido la palabra. El señor FUENTES, don César Raúl (Vicepresidente).Perdón, no tiene tiempo ya el Comité Demócrata Cristiano. ¿Habría acuerdo para que usara de la palabra el Diputado señor Tudela? No hay acuerdo. Ofrezco la palabra. Ofrezco la palabra. Cerrado el debate. En votación. Efectuada la votación en forma económica, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 15 votos por la negativa, 27 votos. El señor FUENTES, don César Raúl (Vicepresidente). Rechazada la observación. En votación la insistencia. Efectuada la votación en forma económica, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 28 votos por la negativa, 18 votos. El señor FUENTES, don César Raúl (Vicepresidente).La Cámara acuerda no insistir. En discusión la observación siguiente, que consiste en suprimir el inciso final del artículo 3°. Ofrezco la palabra. Ofrezco la palabra. En votación. Efectuada la votación en forma económica, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 19 votos por la negativa, 29 votos. El señor FUENTES, don César Raúl (Vicepresidente). Rechazada la observación. En votación la insistencia. Efectuada la votación en forma económica, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 31 votos por la negativa, 19 votos. El señor FUENTES, don César Raúl (Vicepresidente). La Cámara acuerda no insistir. El señor Alvarado ha solicitado un minuto. ¿Habría acuerdo para concedérselo? Acordado. Tiene la palabra Su Señoría por un minuto. El señor ALVARADO. Señor Presidente, es para solicitar a la Cámara que tenga a bien rever la votación del artículo 2°, porque con el resultado producido desaparece totalmente el beneficio consignado en favor de los campesinos. Los Diputados democratacristianos estaríamos de acuerdo en votar favorablemente el veto del Ejecutivo, a fin de que algo quede en favor de los campesinos y no se pierda todo lo que hay en dicha observación. Varios señores DIPUTADOS. Muy bien. El señor FUENTES, don César Raúl (Vicepresidente). ¿Habría acuerdo unánime para aceptar la petición formulada por el señor Alvarado, en el sentido de rever la votación de la observación sustitutiva del artículo 2° Acordado. Si le parece a la Cámara, se aprobará la observación sustitutiva del artículo 2°. ¿Habría acuerdo? Acordado. En discusión la observación siguiente, la que consiste en sustituir el artículo 4° por el que aparece en el texto. Ofrezco la palabra. Ofrezco la palabra. Cerrado el debate. En votación. Si le parece a la Cámara, se aprobará la observación. Aprobada. En discusión la observación siguiente, la que consiste en suprimir el artículo 5°. Ofrezco la palabra. Ofrezco la palabra. Cerrado el debate. En votación. Efectuada la votación en forma económica, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 17 votos por la negativa, 30 votos. El señor PUENTES, don César Raúl (Vicepresidente). Rechazada la observación. En votación le insistencia. Efectuada la votación en forma económica, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 34 votos por la negativa, 18 votos. El señor FUENTES, don César Raúl (Vicepresidente). La Cámara acuerda no insistir. En discusión la observación siguiente, que consiste en suprimir el artículo 6°. Ofrezco la palabra. Ofrezco la palabra. Cerrado el debate. En votación. Efectuada la votación en forma económica, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 18 votos por la negativa, 38 votos. El señor FUENTES, don César Raúl (Vicepresidente). Rechazada la observación. En votación la insistencia. Efectuada la votación en forma económica, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 40 votos por la negativa, 18 votos. El señor FUENTES, don César Raúl (Vicepresidente). La Cámara acuerda insistir. En discusión la observación siguiente, que consiste en sustituir el artículo 1° transitorio. El señor SALINAS (don Anatolio). Pido la palabra. El señor FUENTES, don César Raúl (Vicepresidente). ¿Habría acuerdo para concederle un minuto al señor Salinas, don Anatolio? Acordado. El señor SALINAS (don Anatolio). Señor Presidente, me parece que en esta observación del Ejecutivo hay un error, porque en el inciso segundo del nuevo artículo 1° transitorio se alude al "artículo 99 de la ley N° 16.640", en circunstancias que debería ser la ley Nº 16.840. Tengo los antecedentes en mi poder. El señor FUENTES, don César Raúl (Vicepresidente). Se suspende la sesión por un minuto. Se suspendió la sesión a las 18 horas 41 minutos. El señor FUENTES, don César Raúl (Vicepresidente). Continúa la sesión. Señores Diputados, la Mesa decidirá en su oportunidad el problema que hay, porque el original del Ejecutivo señala la ley Nº 16.640. El señor TEJEDA. ¿De qué trata la ley Nº 16.640. El señor FUENTES, don César Raúl (Vicepresidente). El original del Congreso Nacional habla de ley Nº 16.840. La Mesa oportunamente va a decidir cómo tiene que comunicar el oficio al Ejecutivo. Ofrezco la palabra sobre la observación al artículo 1° transitorio. El señor ACEVEDO. Es la ley Nº 16.840, según el oficio que la Cámara envió al Ejecutivo. El señor FUENTES, don César Raúl (Vicepresidente). En su oportunidad, la Mesa va a decidir sobre la materia. Ahora procede votar. El señor ACEVEDO. No la puede decidir. El señor FUENTES, don César Raúl (Vicepresidente). Va a decidir según como corresponda. Ofrezco la palabra. Ofrezco la palabra. Cerrado el debate. En votación. Efectuada la votación en forma económica, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 16 votos por la negativa, 43 votos. El señor FUENTES, don César Raúl (Vicepresidente). Rechazada la observación. En consecuencia, la discusión que teníamos, carece de importancia ahora. Esto sin perjuicio de que la Mesa trate de obtener todos los antecedentes para saber cuál es la voluntad del Ejecutivo. En votación la insistencia. Efectuada la votación en forma económica, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 42 votos por la negativa, 18 votos. El señor FUENTES, don César Raúl (Vicepresidente). La Cámara acuerda insistir. En discusión la observación al artículo 2° transitorio, que consiste en sustituir su texto por el siguiente: "Artículo 2° Derógase en todas sus partes el artículo 82 de la ley Nº 16.640." Ofrezco la palabra. Ofrezco la palabra. Cerrado el debate. En votación. Efectuada la votación en forma económica, dio el siguiente resultada: por la afirmativa, 19 votos por la negativa, 43 votos. El señor FUENTES, don César Raúl Rechazada la observación. En votación la insistencia. Efectuada la votación en forma económica, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 44 votos por la negativa, 21 votos. El señor FUENTES, don César Raúl (Vicepresidente). La Cámara acuerda insistir. Terminada la discusión del proyecto. 9. NORMAS RELATIVAS A LA REALIZACIÓN DE LOS VII JUEGOS PANAMERICANOS El señor FUENTES, don César Raúl (Vicepresidente). De acuerdo con lo determinado por los Comités y ratificado por la Cámara, corresponde despachar ahora el Mensaje que establece normas relativas a la realización de los VII Juegos Panamericanos de 1975. Diputado informante de la Comisión de Defensa Nacional, Educación Física y Deportes es el señor Monares y de la de Hacienda, el señor Amello. El proyecto, impreso en el boletín Nº 1381-(72)-2, es el siguiente: "Artículo 1° Concédese personalidad jurídica de derecho público, totalmente autónoma y con patrimonio propio, a la Comisión Organizadora de los VII Juegos Panamericanos,, los que se realizarán, en Santiago de Chile en el año 1975. Dicha Comisión Organizadora ha sido designada por el Comité Olímpico de Chile, en uso de sus atribuciones reglamentarias exclusivas, tiene su domicilio en la ciudad de Santiago, es representada legalmente por su Presidente y se vincula con el Gobierno, para los efectos del apoyo oficial a sus labores, por intermedio del Ministerio de Defensa Nacional, a través del Coordinador General de los Juegos Panamericanos designado por el Presidente de la República. Artículo 2°. La Comisión Organizadora se regirá exclusivamente por los Estatutos Internos aprobados por el Comité Olímpico de Chile, que señalan sus objetivos, composición, atribuciones y responsabilidad de sus miembros y normas de funcionamiento. En cuanto a la inversión de los dineros fiscales que se le otorguen se regirá por las normas de la presente ley. Artículo 3°. Para el cumplimiento de su objetivo principal, vale decir, la promoción, organización y liquidación de los VII Juegos Panamericanos, la Comisión tendrá las más amplias facultades y atribuciones, pudiendo celebrar todos los actos y contratos que estime conveniente, sin que sean aplicables a su respecto las limitaciones generales y especiales que rigen para los servicios integrantes de la Administración del Estado. Así, podrá adquirir, construir, arrendar u obtener a cualquier título los inmuebles o escenarios requeridos para la organización y realización de los Juegos y los muebles e implementos necesarios para habilitar, alhajar y equipar aquéllos. Podrá asimismo, convenir con instituciones particulares, cuyos recintos se decida utilizar para esos fines, que las mejoras que en ellos se realicen queden en definitiva a beneficio de esas instituciones o personas, excluidas aquellas mejoras que puedan separarse sin detrimento del inmueble sobre el cual fueren instaladas o construidas. Además, determinará, de común acuerdo con la Dirección General de Deportes y Recreación que los implementos y elementos técnicos deportivos que se adquieran para el desarrollo de las competencias, queden en beneficio del Comité Olímpico de Chile, del Consejo Nacional de Deportes, de las Federaciones Deportivas Nacionales o de la propia Dirección General de Deportes y Recreación. Las construcciones deberán efectuarse por intermedio o con la supervigilancia de los Ministerios de Obras Públicas y Transportes y de la Vivienda y Urbanismo, según corresponda. Artículo 4°. El proyecto anual de Presupuesto de la Comisión Organizadora deberá ser sometido a la aprobación del Presidente de la República, por intermedio del Ministerio de Hacienda, previa visación de la Dirección de Presupuestos. Artículo 5°. Los actos y acuerdos de la Comisión y las decisiones de su Presidente, que deban materializarse en resoluciones, estarán exentos del trámite de toma de razón por la Contraloría General de la República. Corresponderá a dicho Organismo fiscalizarlos de acuerdo con lo dispuesto en la ley N° 10.336. Artículo 6° Para los efectos del examen o juzgamiento de las cuentas de la Comisión, la Contraloría General de la República mantendrá en ella una auditoría permanente. La Contraloría se pronunciará en el plazo de treinta días sobre las observaciones que le merezcan las rendiciones de tales cuentas. Transcurrido el plazo indicado se entenderá aprobada la cuenta o el acto jurídico sobre el cual ha debido pronunciarse, sin perjuicio de la responsabilidad que pueda hacerse efectiva con arreglo a la ley. Artículo 7°. En las leyes de Presupuestos de los años 1974 y 1975 deberá incluirse un' ítem en el respectivo Presupuesto Anual del Ministerio de Hacienda, que otorgue el aporte fiscal necesario para efectuar las construcciones, adquisiciones y demás gastos que demanden la organización y celebración de los VII Juegos Panamericanos. Los saldos de dichos ítem no invertidos o no girados al 31 de diciembre de cada año no pasarán a rentas generales de la Nación y serán contabilizados en una cuenta de depósito que se abrirá para estos efectos en el Servicio de Tesorerías, a fin de continuar su inversión en el año siguiente en el cumplimiento de los presupuestos aprobados. Artículo 8°. Prorróganse, a contar del l° de julio de 1973, las modificaciones introducidas por el artículo 16 de la ley N° 17.457 a la ley N° 12.120. Artículo 9°. El Presidente de la República deberá establecer, dentro del plazo de 120 días contados desde la vigencia de la presente ley, un sistema o concurso de pronósticos o apuestas conectado con manifestaciones deportivas. Hasta el día 30 de junio de 1976 las utilidades del citado concurso estarán destinas a financiar exclusivamente los gastos que demande la organización de los VII Juegos Panamericanos. En caso de que hubiese excedentes, ellos serán distribuidos por la Dirección General de Deportes y Recreación de acuerdo a los porcentajes que se establecen más adelante. A partir del día 1° de julio de 1976, las utilidades del concurso se destinarán exclusivamente al financiamiento de actividades deportivas. La Dirección General de Deportes y Recreación percibirá las sumas correspondientes y procederá de inmediato a distribuirlas en la siguiente forma: a) Un sesenta por ciento para la propia Dirección, destinada a desarrollo y promoción del deporte y de la recreación en todo el país. Durante los primeros cinco años de rendimiento del concurso, a partir del 1? de julio de 1976, un cincuenta por ciento de ese porcentaje será destinado a construcciones y obras deportivas y a la implementación de este tipo de actividades, debiendo invertir la mitad de este porcentaje, a lo menos, en provincias, todo ello de acuerdo a un plan quinquenal que la Dirección General de Deportes y Recreación deberá elaborar y que será llevado a cabo por la Dirección de Arquitectura del Ministerio de Obras Públicas y Transportes y por la Corporación de Construcciones Deportivas b) Un veinte por ciento destinado a financiar las actividades del Consejo Nacional de Deportes, Comité Olímpico de Chile y Federaciones afiliadas, con exclusión de la Federación de Fútbol de Chile, y c) Un veinte por ciento para la Federación de Fútbol de Chile. Se establecerá un Consejo de Administración del Concurso integrado por un representante de la Dirección General de Deportes y Recreación, que lo presidirá un representante designado por el Consejo Nacional de Deportes y Comité Olímpico de Chile un representante de la Federación de Fútbol de Chile y el Presidente de la Polla Chilena de Beneficencia. Temporalmente, hasta el 30 de junio de 1976, integrará el Consejo de Administración un representante de la Comisión Organizadora de los VII Juegos Panamericanos. La Polla Chilena de Beneficencia tendrá a su cargo la operación y el sistema de distribución del Concurso a través de su organización administrativa normal. Podrá usar otros canales de venta y distribución si así lo determinare el Consejo de Administración, pero deberán estar conectados al comercio establecido o a entidades deportivas afiliadas a las Federaciones Nacionales que controlan el Consejo Nacional de Deportes y Comité Olímpico de Chile. Artículo 10. Autorízase al Presidente de la República para contraer obligaciones en moneda extranjera hasta por la cantidad de US$ 3.000.000, para atender las necesidades de organización y desarrollo de los VII Juegos Panamericanos. Para los fines del presente artículo podrán emitirse bonos y otros documentos en moneda extranjera, cuando así lo exijan las cartas constitutivas o reglamentos de préstamos de los organismos internacionales de créditos. Los préstamos que se contratan en virtud de esta autorización serán servidos por la Caja Autónoma de Amortización de la Deuda Pública con sus propios recursos y no se considerarán dentro de los márgenes de endeudamiento fijados en la legislación vigente. Artículo 11. Los recursos de la Comisión se mantendrán en una cuenta especial que, a su nombre, se abrirá en el Banco del Estado. Artículo 12.Las personas facultadas por el Reglamento para girar sobre los fondos señalados en el artículo anterior, deberán rendir fianza, hasta por el monto de diez sueldos vitales anuales escala A) del Departamento de Santiago, para garantizar el correcto desempeño de sus funciones. Dicha fianza será calificada por el Contralor General de la República. Artículo 13. El personal contratado por la Comisión Organizadora de los Juegos que no lo sea en base a honorarios, tendrá la calidad de empleado particular o de obrero, según corresponda, y se regirá por el Código del Trabajo y leyes complementarias. Artículo 14.Todos los servicios de la Administración Civil del Estado, Central, Descentralizada, Mixta o Concedida las empresas del Estado y aquéllas en que el Fisco tenga interés, deberán prestar a la Comisión Organizadora las facilidades de personal y de toda clase de bienes inventariables que ésta requiera para el buen desempeño de su cometido, los que deberán dedicarse exclusivamente a la organización y desarrollo de los VII Juegos Panamericanos. Las comisiones de servicios que se ordenen en virtud del inciso anterior no estarán sometidas a las limitaciones que señalen las leyes vigentes y no afectarán la carrera funcionaría. En caso de negativa, ella será calificada por el Presidente de la República, a requerimiento de la Comisión. Su resolución será cumplida sin más trámite. Dentro del plazo de noventa días de finalizados los Juegos la Comisión Organizadora deberá devolver los bienes que le hubieren sido facilitados. Artículo 15.Autorízase la importación por parte de la Comisión Organizadora y libérase del pago de derechos de internación, tasas, almacenajes, impuestos advalorem y adicionales, y, en general, de todo derecho, impuesto o contribución que se perciba por intermedio de Aduanas, incluida la Tasa de Despacho establecida en el artículo 190 de la ley N° 16.464 y sus modificaciones posteriores, así como de los depósitos previos de importación, a todos aquellos bienes, especies, útiles, implementos de toda clase, sean o no deportivos,, vehículos, maquinarias y sus repuestos, mercaderías y productos necesarios para la adecuada organización y desarrollo de los VII Juegos Panamericanos de 1975, como aquellos que se emplean en la construcción de locales de competencias y entrenamientos deportivos, en su implementación y alhajamiento, en el desarrollo de los eventos mismos y en la mantención, movilización, atenciones y traslados de las delegaciones concurrentes, siempre que no se fabriquen en el país de calidad similar y en cantidad suficiente, hecho que calificará la propia Comisión Organizadora por resolución fundada. Las importaciones que se realicen de conformidad a este artículo y con el objeto mencionado, no estarán sujetas a prohibiciones, permisos, depósitos o registros, ni rechazos de glosas del o en el Banco Central de Chile. El Reglamento determinará la forma y condición de estas franquicias y los controles y demás medidas que digan relación con ellas, así como el traspaso al servicio de Aduanas de las especies de consumo que no se hayan utilizado, a fin de que proceda a su remate en la forma y condiciones que para las mercaderías incautadas señala el "Reglamento de Almacén de Rezagos y del Remate, Venta y Destrucción de Mercaderías." Artículo 16.La Comisión Organizadora estará exenta de todo tributo, gravamen, tasa, derecho fiscal, municipal o de cualquier otra índole, ya sea que le afecte directamente o que deba soportar la difusión, traslación o recargo de cualquiera de estos impuestos. Los actos o contratos en que sea parte la Comisión estaran totalmente exentos en cuanto signifiquen un gravamen al patrimonio de la Comisión. Artículo 17. La Comisión Organizadora, mediante resolución fundada, podrá encargar a cualquier servicio u organismo del Estado la ejecución de las obras materiales o prestaciones de servicios que sean necesarios. Para el solo efecto del cumplimiento de estos cometidos los respectivos servicios u organismos tendrán, además de las propias, las mismas facultades, exenciones y liberaciones administrativas y de cualquiera naturaleza que se confieren por esta ley a la Comisión Organizadora. Artículo 18. Todas las marcas comerciales, logotipos, emblemas, etiquetas, relacionados con los VII Juegos Panamericanos o Juegos Olímpicos, que hubieren sido registrados ante el Conservador de Marcas por la Dirección General de Deportes y Recreación, con anterioridad a la vigencia de esta ley, serán, a contar de esta fecha, de propiedad exclusiva de la Comisión Organizadora de los Juegos, bastando el solo requerimiento de un apoderado de la misma para el cambio de registro. Declárase que se otorga amplia protección a todas las marcas, frases, logotipos, emblemas, símbolos, relacionados directa o indirectamente con los VII Juegos Panamericanos, los que no podrán ser usados por particulares o por organismos públicos o privados ajenos a la Comisión Organizadora, sin previa autorización de ésta. El Departamento de Marcas del Ministerio de Economía negará la tramitación de "cualquiera solicitud en ese sentido que no emane de la Comisión Organizadora, Quien sea sorprendido usando marcas, frases, emblemas logotipos de los juegos, con fines de explotación comercial de los mismos, sin previa autorización de la Comisión organizadora, se hará acreedor a las sanciones que establece la ley. Artículo 19. Libérase de toda clase de impuestos, derechos y contribuciones fiscales o municipales, a las entradas de los espectáculos deportivos de los Juegos Panamericanos de 1975. Artículo 20. Los miembros de la Comisión Organizadora y aquellas personas que ésta designe en comisiones especiales en el extranjero, por resolución fundada, tendrán la exención del impuesto de viajes, finanzas y otras obligaciones del caso. Artículo 21. La Comisión Organizadora se extinguirá a más tardar el día 30 de junio de 1976. El Fisco, Ministerio de Defensa Nacional, a través de la Dirección General de Deportes y Recreación, será su sucesor legal para todos los efectos a que haya lugar. A esa fecha el saldo de sus recursos ingresará a una cuenta especial de depósitos en el Servicio de Tesorería, sobre el cual podrá girar el Ministerio de Defensa Nacional para pagar obligaciones pendientes de dicha Comisión Organizadora. Una vez pagadas dichas obligaciones, el saldo de la cuenta especial de depósito aludida, pasará automáticamente a la Dirección General de Deportes y Recreación. De conformidad con lo dispuesto en el inciso primero de este artículo y sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 3° de la presente ley, los bienes muebles e inmuebles de la Comisión serán transferidos al Fisco, Ministerio de Defensa Nacional, para la Dirección General de Deportes y Recreación, previo registro e inventario hecho por el Departamento de Bienes Nacionales del Ministerio de Tierras y Colonización, aprobado por la Contraloría General de la República. La Dirección General de Deportes y Recreación deberá destinar estos bienes al fomento y práctica de los deportes y en beneficio de toda la comunidad nacional, sin discriminación alguna de índole social, política, religiosa o geográfica. Artículo 22. La Contraloría General de la República deberá emitir un informe a más tardar en el plazo de 120 días, contados desde la fecha en que finalice sus labores la Comisión Organizadora de los Juegos, y dar cuenta al Presidente de la República y al Congreso Nacional de la forma en que fueron administrados los recursos puestos a disposición de la Comisión. Las responsabilidades administrativas, civiles y penales, en su caso, de su Presidente y demás miembros de la Comisión como asimismo del personal rentado ejecutivo de nivel superior, podrán hacerse efectivas hasta seis meses después de entregado el informe al Congreso Nacional. Artículo 23. Autorízase a la Línea Aérea Nacional, a la Empresa de los Ferrocarriles del Estado y a la Empresa Marítima del Estado para convenir con la Comisión Organizadora de los VII Juegos Panamericanos tarifas o condiciones especiales para el transporte de dirigentes, deportistas e implementos deportivos. Artículo 24. Autorízase a la Sociedad Hipódromo Chile, al Club Hípico de Santiago y al Valparaíso Sporting Club para que durante el año 1973 efectúen, cada uno de ellos, una reunión extraordinaria de carreras en días no festivos, cuyo producto líquido se destinará a la Federación Atlética de Chile para que financie la organización y celebración del Campeonato Sudamericano de Atletismo que se verificará en nuestro país en octubre del año 1973. La liquidación de las reuniones extraordinarias autorizadas se hará de conformidad con el artículo 27 del Decreto Nº 807 del Ministerio de Hacienda, de 17 de abril de 1970. Artículo 25. Determínase la realización de un sorteo extraordinario de la Lotería de Concepción en el transcurso del año 1973, cuyo rendimiento estará destinado exclusivamente a financiar los Primeros Juegos Olímpicos Nacionales a efectuarse ese mismo año en la provincia de Concepción. Artículo transitorio. Declárase que la Comisión Organizadora de los VII Juegos Panamericanos, con anterioridad a la presente ley, ha podido realizar actos y contratos que digan relación con la inversión y gastos de dineros fiscales puestos a su disposición, siempre que ellos se hayan encuadrado en el marco de las atribuciones y objetivos señalados en la .presente ley."., El señor FUENTES, don César Raúl (Vicepresidente).Hay acuerdo para despachar el proyecto en general, sin debate, debiendo volver, en todo caso, con o sin indicaciones, a segundo informe. En consecuencia, en votación general el proyecto. Si le parece a la Cámara y no se pide votación, se dará por aprobado. Aprobado. El proyecto volverá a segundo informe a la Comisión respectiva. El señor FUENTES, don César Raúl (Vicepresidente). Señores Diputados, se ha solicitado el despacho de un proyecto iniciado en el Senado que concede amnistía a don Luis Segundo Parra por el delito de lesiones graves, omitiéndose el informe de la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia. Hablan varios señores Diputados a la vez. El señor FUENTES, don César Raúl (Vicepresidente). Me manifiestan que no hay acuerdo. INCIDENTES 10. DESPEDIDA DEL SEÑOR TAVOLARI CON MOTÍVO DEL TÉRMINO DE SU MANDATO COMO DIPUTADO El señor FUENTES, don César Raúl (Vicepresidente).En la Hora de Incidentes, el primer turno corresponde al Comité Demócrata Cristiano. Ofrezco la palabra. Ofrezco la palabra. El turno siguiente corresponde al Comité Nacional. Ofrezco la palabra. Ofrezco la palabra. El turno siguiente corresponde al Comité Comunista. Ofrezco la palabra. Ofrezco la palabra. El turno siguiente corresponde al Comité Radical Democrático. Ofrezco la palabra. Ofrezco la palabra. El turno siguiente corresponde al Comité Socialista. Tiene la palabra el Diputado señor Tavolari. El señor TAVOLARL Señor Presidente, no ha sido norma del que habla aprovechar la Hora de Incidentes para hacer uso de la palabra, en especial por las condiciones en que ésta se desarrolla, en que la Sala muchas veces queda vacía y sólo uno o dos Diputados intervienen. Pero, haré uso de ella ahora por el hecho de ser la última vez que ocuparé uno de estos bancos, igual que otros ochenta Diputados más o menos, con quienes hemos convivido por espacio de cuatro años. Mi intervención estará al margen de la política contingente. No tendrá por objeto hacer un análisis de este período en profundidad ni entrar en la cosa política misma, sino que, así como es de buena crianza decir "buenos días", creo que también lo es el decir "hasta luego". Cuando hace cuatro años entramos a esta Corporación hicimos una intervención, si se quiere un tanto frívola, un tanto rodeada de pequeñeces, cuya suma a veces constituye una cosa grande. Hicimos una crítica de lo que habíamos visto al llegar a la Cámara. Ahora, al irnos, no queremos hacer una crítica, sino ciertas consideraciones respecto de algunos problemas que golpean los sentimientos de cualquier ser humano, de cualquier individuo, de cualquier persona bien nacida. Cuatro o cinco de nuestros colegas ya no están con nosotros tres por lo menos han muerto y dos por distintas circunstancias no han vuelto a este hemiciclo. Durante este lapso hemos hablado mucho, y muchas veces la pasión nos ha hecho decir muchas cosas, herirnos, incluso, adentrarnos en problemas que, a lo mejor, en forma serena, no los habríamos tocado. Tal vez, porque tenemos, como todos los hombres, temperamentos diferentes, caracteres distintos. Pero, ha habido un común denominador entre nosotros: ha habido un lenguaje que sin ser el mejor, por lo menos nos ha permitido entendernos en algunos grandes problemas. ¡Cómo hubiésemos querido haber tenido una mayor identidad en algunas cosas! ¡Cómo no haber podido vencer, tal vez, esta discusión muchas veces bizantina frente a algunos problemas que si uno se pusiera la mano en el corazón entendería que obedecen a cosas nimias y, muchas veces, a problemas de tipo político, sin mayor proyección! Pero la política es así. Y ahora, nos vamos a separar: Vendrán setenta colegas nuevos, setenta compañeros, setenta amigos y setenta políticos a adentrarse de nuevo en esto que es el Parlamento. Nosotros nunca hemos magnificado la Cámara ni el Senado. Creemos que el Parlamento hay que transformarlo y así lo entienden, incluso, aquellos que creen que él debe mantenerse. Pero hay algo que es claro. Lo que debe mantenerse, sí, al margen de lo material y de lo institucional, es el propósito de salvar no lo que no podríamos llamar una democracia formal, como la que estamos viviendo, sino esta situación tan nuestra, tan de los chilenos: la convivencia a que nos ha obligado la naturaleza por' vivir en esta especie de isla, entre un desierto y la antártida, y entre la cordillera y el mar. Diez millones de habitantes que tenemos derecho al diálogo, que muchas veces nos entendemos, como decía al comienzo de mis palabras y que, ahora, parece que nos estamos rigiendo por este signo y perdonen que entre en una cosa tan vulgar de ese famoso chiste de la línea vertical, en que en un lado están unas gentes que tienen una series de epítetos y, en el otro, otros que tienen algo peor. Aquí no hay término medio. Ya no se puede entrar al diálogo. Nos Miramos con odio. Los hogares ya no se visitan, y esto llega, o se enraíza, incluso, lo que es más criminal, en los propios niños. ¿A dónde vamos a ir a parar?, ¿quién va a tener la responsabilidad de esto? Los colegas del frente dirán: "ustedes" nosotros diremos: "ellos". Pero hay algo superior: la historia, y ella es la que nos va a juzgar. Y podrá decirse muchas cosas el Parlamento, y con mucha razón pero no se podrá decir que nosotros podemos deslindar la responsabilidad que como hombres que actuamos en la cosa pública tenemos en este momento. La situación es difícil. Yo tengo, como ciudadano, temor. Temor, porque no quiero el enfrentamiento, no por cobardía. No lo quiero, porque no quiero ver sufrir ni ver morir niños, ni quiero que nadie tenga temor de vivir en esta patria, porque un determinado bando es Gobierno. No quiero ver sufrir ni a mi peor enemigo. En una verdadera democracia nadie debe sufrir. ¿Cómo superar, entonces, este estado? Tal vez, colocando cada uno un poco de buena voluntad. Un enfrentamiento nos va a llevar al caos. Quién quisiera cosechar esta siembra no lo va a lograr y vamos a ser nosotros los actores principales de algo por lo que el día de mañana van a tener que maldecirnos nuestros descendientes. Esto al margen, vuelvo a decir, de Oposición y de Gobierno. Por eso, permítanme, colegas, antes de irme, llamarles la atención sobre esto que sé que muchos de ustedes comparten. Yo no creo que un partido político determinado tenga siempre a los buenos y los otros, los contrarios, tengan siempre a los malos. Tal vez, todos tenemos de unos y de otros, o, tal vez, tenemos todos algo de bueno, y, apelando a eso, deberíamos en este momento acordarnos que tenemos esta responsabilidad. En razón de esto, colegas, del aprecio y el afecto que nos hemos tenido con muchos compañeros, al margen de los diálogos ásperos y de las situaciones muchas veces anómalas, yo quisiera que este día, que es el último que vamos a estar aquí mirándonos las caras, hablando y conversando, nos hiciéramos el propósito, cada uno por su cuenta y desde nuestros respectivos puntos de vista, no de defender al señor Allende como Presidente, no de estar con el Gobierno actual, tampoco el de no atacarlo sino que salvemos eso que señalaba, que es tan nuestro, que nos ha permitido darnos un prestigio de tipo internacional, que nos ha permitido tener una prestancia en América. Siempre hay una esperanza. Hubo muchos sectores que cuando gobernó la Democracia Cristiana esperaban que constituyera un experimento para ser copiado en todo el mundo. Ahora también hay muchos sectores de la humanidad que nos miran tratando de ver algo en nosotros, que piensan que estamos, a lo mejor, logrando un objetivo. Yo no digo que lo hemos logrado. Hemos cometido muchos errores. Somos, los más terminantes autocríticos. Sé que, en realidad, esta situación a más de alguno ha perjudicado. Pero, por sobre cualquier situación, Chile merece un respeto mayor. Que no se diga el día de mañana que el Parlamento no solamente fue una institución caduca, sino que no se diga que quienes fuimos sujetos activos de este proceso, no supimos ser responsables con Chile, ni siquiera con la historia. Muchas gracias. Varios señores DIPUTADOS. ¡Muy bien! Aplausos en la Sola. El señor FUENTES, don César Raúl (Vicepresidente).El turno siguiente corresponde al Comité de la Izquierda Cristiana. Ofrezco la palabra. Ofrezco la palabra. El turno siguiente corresponde al Comité Radical. Ofrezco la palabra. Ofrezco la palabra. Por haber llegado la hora de término, se levanta la sesión. Se levantó a las 19 horas 1 minuto. Roberto Guerrero Guerrero, Jefe de la Redacción de Sesiones.