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- rdf:value = " 10.- ESTRUCTURA DE LA PLANTA PERMANENTE DE LA OFICINA DE PLANIFICACION Y PRESUPUESTO DEL MINISTERIO DE EDUCACION PÚBLICA. PRIMER TRÁMITE CONSTITUCIONAL
El señor MUÑOZ BARRA, don Roberto (Vicepresidente).-
En el primer lugar de la Tabla del Orden del Día, corresponde ocuparse del proyecto, en segundo trámite reglamentario, que fija la Planta Permanente de la Oficina de Planificación y Presupuesto del Ministerio de Educación Pública.
Diputado informante de la Comisión de Educación Pública es el señor Koenig.
El proyecto de ley, impreso en el boletín Nº 1.376723, es el siguiente:
"Artículo 1º.- Fíjase la siguiente Planta Permanente de la Oficina de Planificación y Presupuesto del Ministerio de Educación Pública, creada por Decreto Nº 1.484, de 1971.
Planta Directiva, Profesional y Técnica.
1 Director, 1ª Categoría 1 Subdirector, 2ª Categoría 1 Secretario General, 2ª Categoría 3 Jefes de Departamento, 2ª Categoría
20 Planificadores e Investigadores, 3ª Categoría.
Planta Administrativa
1 Jefe de Personal, 5ª Categoría
1 Jefe de Secretaría, 5ª Categoría
6 Oficiales, 6ª Categoría.
Planta de Servicios
1 Auxiliar, 7ª Categoría
1 Auxiliar, Grado 2º
3 Auxiliares, Grado 3º.
Los funcionarios que actualmente desempeñan sus funciones en la Oficina, en comisión de servicios, pasarán a formar parte de la Planta definitiva.
Artículo 2º.- El gasto que demande la Planta fijada en el artículo anterior se imputará al ítem correspondiente del Presupuesto de la Secretaría y Administración General del Ministerio de Educación Pública.
Artículo 3º.- A los personales de los servicios dependientes del Ministerio de Educación Pública no les será aplicable, a contar del 1º de octubre de 1972, lo dispuesto en el artículo 1° del D. F. L. 68, de 1960, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 34 de la ley Nº 17.416.
Declárase que las remuneraciones percibidas por dichos personales no están sujetas a reintegros y que han sido bien percibidas en lo que se han excedido del tope señalado en el artículo 1° del D. F. L. Nº 68 de 1960, ya indicado.
Articulo 4°.- El personal que trabaja en la Unidad de Microfilm y Multicopias del Ministerio de Educación tendrá derecho, a contar del 1º de noviembre de 1972, a la asignación especial establecida en el artículo 77 del D. F. L. 338 de 1960, en las mismas condiciones y circunstancias que los operadores de sistemas mecanizados de contabilidad o estadística a que se refiere el citado artículo 77.
El mayor gasto que demande la aplicación del presente artículo será imputado al Presupuesto de Gastos Corrientes de la Secretaría y Administración General del Ministerio de Educación Pública.
Artículo 5º.- La provisión en propiedad de los cargos de la Planta Administrativa de la Oficina de Presupuesto del Ministerio de Educación Pública se hará por concurso de antecedentes y oposición a partir de la publicación de la presente ley.
Artículo 6º.- Agrégase a continuación del punto final del inciso 3° del artículo 100 del D. F. L. 338 de 1960 y en punto seguido, la siguiente frase: "De estas mismas garantías gozarán los dirigentes provinciales y locales del Sindicato Único de Trabajadores de la Educación, S.U.T.E.
Artículo 7°.- Reemplázase el artículo 43 de la ley Nº 16.617 por el siguiente:
"Artículo 46.- Los miembros del Consejo Directivo Nacional y de los Consejos Directivos Provinciales y Locales del Sindicato Único de Trabajadores de la Educación (SUTE), estarán liberados de un 50% de sus labores semanales habituales, sin que ello signifique pérdida de sus rentas o afecte sus derechos previsionales.
Sin perjuicio del derecho establecido en el inciso anterior, en el 50% restante de sus labores semanales habituales, podrán acogerse a lo preceptuado en el artículo 143 del D. F. L. 338 de 1960, cuando las labores de representación gremial así lo exijan y el Ministerio de Educación tomará las medidas indispensables para disponer del personal idóneo necesario para reemplazar a los dirigentes del SUTE en sus actividades o responsabilidades que deban abandonar por efecto de los incisos anteriores.
Artículo 8º.- Reemplázase el artículo 90 de la ley Nº 17.416, por el siguiente:
"Artículo 90.- El personal directivo y docente propiamente tal de enseñanza básica de Escuelas Rurales donde no existan cursos de 7º y 8º Años Básicos, tendrán derecho a percibir la renta de seis horas de clases siempre que desempeñen labores de asistencia social y deportivas en favor de sus alumnos y de la comunidad, o de alfabetización, de asesoramiento de Centros de Madres, de Juntas de Vecinos y, en general, de cualquiera actividad extraprogramática. Estas horas serán imputables a la compatibilidad de servir 12 horas de clases que actualmente tienen.
Los Directores de Educación exigirán que el profesor o Director realice tres actividades enumeradas más arriba, como mínimo, para poder gozar del derecho a percibir la renta de las seis horas de clases.
El Decreto Nº 1.116 de Educación, del 17 de mayo de 1971, que reglamentó el artículo sustituido, será modificado para adecuarlo al presente artículo, dentro del plazo de 90 días de publicada la presente ley.".
Artículo 9º.- Autorízase al señor Contralor General de la República para abrir una cuenta especial en la Tesorería General de la República, destinada a recaudar las cuotas sociales a que se refiere el artículo 3º de la ley Nº 17.615.
Sobre esta cuenta podrán girar las personas que el Sindicato Único de Trabajadores de la Educación designe al efecto.
Artículo 10.- Los inmuebles del Sindicato Único de Trabajadores de la Educación (SUTE) estarán exentos del pago de contribuciones de bienes raíces, tanto a favor fiscal como municipal.
Artículo 11.- Sustitúyese el artículo único de la ley Nº 15.396 por el siguiente:
"Artículo único.- Declárase que las funciones y rentas de los Directores, Subdirectores y profesores de Educación Primaria, de Escuelas Primarias Anexas a los Liceos, de Escuelas de Aplicación Anexas a las Escuelas Normales, de Escuelas Experimentales y Especiales, y de los profesores ayudantes de profesores de. Enseñanza Secundaria y Profesional, cualquiera que sea su jornada de trabajo, son compatibles con el desempeño de un cargo en establecimientos nocturnos o vespertinos.
Asimismo, serán compatibles los cargos docente-directivos de la Enseñanza Primaria, Secundaria y Profesional con 12 horas de clases en cualquier establecimiento educacional, sea diurno, vespertino o nocturno.".
Artículo 12.- Declárase que el personal a que se refiere el artículo único de la ley Nº 15.396 y que haya desempeñado efectivamente cargos en establecimientos vespertinos y nocturnos, ha percibido ajustado a derecho las remuneraciones que pudiesen haber estado afectas a reintegro.
Artículo 13.- El personal técnico-docente o supervisor que por espacio de tres años consecutivos, a lo menos, se desempeñe como tal, ya sea por destinación o interinato, será nombrado en propiedad por efecto de esta ley, siempre que haya aprobado el curso de formación respectivo.
Artículo 14.- Los profesores propietarios o normalistas que estén a cargo de la dirección de sus respectivas escuelas de segunda clase por espacio de dos o más años y sin nombramiento como Director, o simplemente como Director interino, pasarán de inmediato a servir este cargo en propiedad. Para ello bastará que el afectado eleve la petición respectiva, para que la Dirección Primaria y Normal dicte la resolución correspondiente.
Artículo 15.- El profesorado que servía en las ex Escuelas Granjas y Vocacionales, y que hoy atienden especialidades técnicas, talleres de aprendizaje, etc., tendrán derecho a realizar los cursos para optar al título extraordinario de Profesor de Educación Primaria o Normalista y a cualquier otro curso de perfeccionamiento que puedan realizar la Universidad Técnica del Estado o el Centro de Perfeccionamiento, Experimentación e Investigaciones Pedagógicas del Ministerio de Educación Pública.
Artículo 16.- Agrégase al número 4 del artículo 1º de la ley Nº 17.615 el siguiente inciso segundo: "Al constituirse las Directivas Locales, Provinciales y Nacionales del Sindicato Único de Trabajadores de la Educación, los cargos serán ocupados en proporción al resultado electoral, en un orden de precedencia que estará establecido en los reglamentos del Sindicato que elaborará su Directiva Nacional.".
Artículo 17.- En el plazo de 60 días contado desde la publicación de la presente ley, la Directiva Nacional del Sindicato Único de Trabajadores de la Educación establecerá la reglamentación para dar cumplimiento al inciso segundo del artículo 2º de la ley Nº 17.615.
Artículo 18.- Declárase, para todos los efectos legales, que el SUTE es el continuador legal de la Federación de Educadores de Chile.
Los Conservadores de Bienes Raíces respectivos, de oficio o a petición del Presidente nacional, provincial o local del SUTE, procederán a efectuar las inscripciones de dominio de los inmuebles o derechos en ellos, que pertenecían a la Federación de Educadores de Chile, a nombre del SUTE.
Artículo 19.- Reemplázase en el inciso primero del artículo 23 de la ley Nº 15.720 la palabra "semestre" por "trimestre".
Artículo 20.- El Presidente de la República deberá transferir al Sindicato Único de Trabajadores de la Educación de Arica, el inmueble ubicado en el sector Pago de Gómez, del Valle de Azapa, donde funcionaba la Escuela Nº 9, de Arica.
Artículo 21.- La Junta de Adelanto de Arica deberá construir una plaza con jardines infantiles en la Población Magisterio del departamento de Arica.
Esta obra deberá efectuarse antes del 30 de junio de 1974.
Artículo 22.- El Ministerio de Tierras y Colonización transferirá al Sindicato Único de Trabajadores de la Educación (SUTE), filial Arica, a título gratuito, los lotes números 1, 2 y 3 del Plano Nº 1454, con una superficie total aproximada de 5.413,40 metros cuadrados, con el objeto específico de destinar este inmueble al cumplimiento de la ley Nº 17.382, en lo referente a la construcción de la Casa del Maestro y la Cultura y sus obras complementarias.
Artículo 23.- Concédese personalidad jurídica a la Federación de Estudiantes de Enseñanza Media (FEDEMA), del departamento de Arica, la que deberá registrar sus estatutos ante las autoridades educacionales en un plazo no superior a 60 días, contado desde la publicación de la presente ley.
Artículo 24.- Concluidas las obras del Liceo Coeducacional de Río Bueno, el Ministro de Educación Pública transferirá el establecimiento actual al SUTE local de Río Bueno.
Artículo 25.- Facúltase al Presidente de la República para expropiar y/o comprar los terrenos necesarios para la construcción de la Escuela Nº 79 de la comuna de Melipilla.
Artículo 26.- El Ministerio de Tierras y Colonización transferirá, a título gratuito, el terreno que corresponde a la antigua Quinta Agrícola de Temuco, en los faldeos del cerro Ñielol, a la Sociedad Amigos del Árbol a fin de destinarlo a la formación del Parque de la Frontera.
Artículo 27.- Facúltase al Ministerio de Hacienda para que, con cargo al Presupuesto de la Nación, ponga a disposición del Coro de Profesores de la ciudad de Lautaro la cantidad de Eº 500.000 para financiar el Congreso Nacional a efectuarse en dicha ciudad.
Artículo 28.- La Junta de Adelanto de Arica deberá construir la "Casa del Estudiante" en los terrenos ubicados entre el Liceo Nº 2, la calle Juan Antonio Ríos, Avenida Santa María y el Regimiento
Rancagua. Dichos terrenos deberán ser cedidos gratuitamente por la I. Municipalidad de Arica y el Ministerio de Tierras y Colonización.".
Artículo transitorio.- No será aplicable por esta única vez al personal del Ministerio de Educación de la provincia de Tarapacá que participó en un paro de actividades el día 31 de mayo de 1972, lo dispuesto en el artículo 144 del D.F.L. 338, de 1960.".
El señor MUÑOZ BARRA, don Roberto (Vicepresidente).-
Corresponde declarar aprobados los artículos 2º, 3°, 4º, 5º, 6º, 7º, 8, 9º, 10, 11, 12, 13, 14, 15, 17, 18, 19.
El señor GONZALEZ MAERTENS (don Víctor).- Hay una indicación.
El señor MUÑOZ BARRA, don Roberto (Vicepresidente).- 21, 22, 23, 24, 25, 26 y el transitorio.
¿Habría acuerdo para dar lectura a dos indicaciones que han llegado a la Mesa, una al artículo 1 y otra el artículo 27?
Acordado.
El señor GUERRERO (Secretario).-
Indicación de los señores Víctor González
y
Koenig
para reemplazar en el inciso segundo del artículo 1º la frase "en comisión de servicios" por "cualquiera que sea la calidad de su nombramiento".
Indicación del señor Alvarado para reemplazar el artículo 27 del proyecto, por el siguiente:
"Artículo 27.- El Ministro de Hacienda con "cargo al Presupuesto de la Nación, pondrá a disposición del Coro de Profesores de la ciudad de Lautaro la cantidad de Eº 500.000, para financiar el Congreso Nacional a efectuarse en dicha ciudad."
El señor MUÑOZ BARRA, don Roberto (Vicepresidente).- ¿Habría acuerdo para someterlas a la tramitación consiguiente?
Acordado.
El señor MUÑOZ BARRA, don Roberto (Vicepresidente).-
En discusión el artículo 1º con la indicación a que se ha dado lectura.
El señor GONZALEZ MAERTENS (don Víctor).- Pido la palabra.
El señor MUÑOZ BARRA, don Roberto (Vicepresidente).- Tiene la palabra Su Señoría.
El señor GONZALEZ MAERTENS (don Víctor).- Señor Presidente, esta indicación obedece al propósito de aclarar el texto del artículo. En efecto, el inciso segundo dice textualmente: "Los funcionarios que actualmente desempeñan sus funciones en la Oficina, en comisión de servicios, pasarán a formar parte de la Planta definitiva".
He sido informado por los funcionarios de la Oficina de Planificación y Presupuesto que, en realidad, los empleados que allí se desempeñan están a contrata o destinados; no están en comisión de servicios.
En consecuencia, esta indicación obedece al propósito de aclarar el texto de este inciso y determinar la calidad jurídica o administrativa en la que se desempeñan estos funcionarios.
Nada más.
El señor GUASTAVINO.- Pido la palabra.
El señor MUÑOZ BARRA, don Roberto (Vicepresidente).- Tiene la palabra Su Señoría.
El señor GUASTAVINO.- Señor Presidente, nosotros no estamos de acuerdo con esta indicación ni con el artículo como viene de la Comisión, porque se trata de la constitución de la Planta directiva, profesional y técnica; de la Planta administrativa, y de la Planta de servicios, las que deben ser conformados en función de las atribuciones que tiene el Presidente de la República para fijar Plantas permanentes de un Servicio tan importante.
En consecuencia, creemos que la oposición y los concursos que están establecidos en la propia disposición y que deben ser la norma según la cual los funcionarios ingresen a esta Planta, es el camino adecuado que se debe seguir.
Eso es lo que yo quería dejar sentado respecto de la indicación formulada a este artículo.
El señor GONZALEZ MAERTENS (don Víctor).- Pido la palabra.
El señor MUÑOZ BARRA, don Roberto (Vicepresidente).- Tiene la palabra Su Señoría.
El señor GONZALEZ MAERTENS (don Víctor).- Señor Presidente, no entendí bien el alcance de lo que quiso manifestar el señor Guastavino. Pero la verdad es que, en el hecho, los funcionarios que allí desempeñan sus labores, por disposición administrativa, están a contrata o por destinación, y no en comisión de servicios. Yo he sido informado al respecto por los propios funcionarios que trabajan allí. De tal manera que el objetivo de esta indicación al inciso segundo obedece, como dije denantes, a la necesidad de determinar la calidad jurídica en la que estas personas se desempeñan actualmente, no a futuro, sus funciones.
El señor GUASTAVINO.- Pido la palabra.
El señor MUÑOZ BARRA, don Roberto (Vicepresidente).- Tiene la palabra Su Señoría.
El señor GUASTAVINO.- Señor Presidente, el problema consiste en que, tratándose de funcionarios que están ya con destinación administrativa, ellos, precisamente, tienen que jugar un papel en el Ministerio de Educación en el cargo y en el puesto en que se encontraban. El proyecto en debate", que crea la Planta Permanente para la Oficina de Planificación y de Presupuesto del Ministerio, lo hace en virtud de que no contaba con personal adecuado que hubiera concursado para esta finalidad y para jugar este papel funcionario. Por eso, el Ministerio, administrativamente, ha tenido que destinar personal de otras reparticiones o llevar gente a contrata.
De lo que se trata es que cuando se establezca la planta definitiva, ésta sea conformada con la gente más idónea; incuestionablemente, a ella podrá postular el personal que está a contrata, y el que está destinado tendrá que jugar un papel en la repartición en que antes prestaba sus servicios, de modo que retornará al lugar que le correspondía. Lo que procede aquí, a mi juicio, es constituir la planta permanente, para lo cual es necesario oponerse en concurso, de modo que los que cumplan dicho trámite podrán integrar la planta establecida en este proyecto.
El señor GONZALEZ MAERTENS (don Víctor).-
Pido la palabra.
El señor MUÑOZ BARRA, don Roberto (Vicepresidente).- Tiene la palabra Su Señoría.
El señor TEJEDA.- ¿Por cuántas veces?
El señor MUÑOZ BARRA, don Roberto (Vicepresidente).-Perdón, señor González, don Víctor. Había olvidado que Su Señoría usó de la palabra en dos oportunidades.
Solicito la venia de la Sala para concederle la palabra, por dos minutos, al señor González Maertens.
¿Habría acuerdo?
Acordado.
Su Señoría puede hacer uso de la palabra hasta por dos minutos.
-
El señor GONZALEZ MAERTENS (don Víctor).-
Insisto en que si el señor Guastavino lee el inciso segundo, se dará cuenta de que sólo se trata de determinar la calidad jurídica en que estos funcionarios se desempeñan actualmente, no a futuro, porque más adelante se establece la norma legal y administrativa del nombramiento, de acuerdo con el sistema de ternas.
El inciso dice textualmente: "Los funcionarios que actualmente desempeñan sus funciones en la Oficina, en comisión de servicios." No están en comisión de servicios; están a contrata o destinados. A futuro, evidentemente, tendrán que ser nombrados de acuerdo con la norma que se establece al respecto.
El señor GUASTAVINO.- ¿Me concede una interrupción?
El señor GONZALEZ MAERTENS (don Víctor).- Con todo gusto.
El señor MUÑOZ BARRA, don Roberto (Vicepresidente).- Con la venia de Su Señoría, tiene la palabra el señor Guastavino
.
El señor GUASTAVINO.-
Hay un aspecto que, al parecer, no capta el Diputado señor González, y es el siguiente: en el Mensaje no viene el inciso al cual Su Señoría se refiere y que dice: "Los funcionarios que actualmente desempeñan sus funciones en la Oficina, en comisión de servicio, pasarán a formar parte de la Planta definitiva". Esto -repito- no viene en el Mensaje del Ejecutivo.
En consecuencia, Su Señoría argumenta sobre la base de un inciso que se agregó en la Comisión. Lo que yo planteo es que nosotros vamos a votar en contra de este inciso incorporado por la Comisión, para que se siga el procedimiento normal de constitución de una planta en función de concursos.
El señor MUÑOZ BARRA, don Roberto (Vicepresidente).-
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
Si le parece a la Sala, se aprobará el artículo 1º con la indicación.
El señor GUASTAVINO.- No.
El señor MUÑOZ BARRA, don Roberto (Vicepresidente).-
En votación.
Efectuada la votación en forma económica, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 35 votos; por la negativa, 18 votos.
El señor MUÑOZ BARRA, don Roberto (Vicepresidente).-
Aprobado el artículo 1º con la indicación.
El señor MUÑOZ BARRA, don Roberto (Vicepresidente).-
En discusión el artículo 16.
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
El señor CARRASCO.- Pido la palabra.
El señor MUÑOZ BARRA, don Roberto (Vicepresidente).- Con la venia de la Sala, podría usar de la palabra el señor Carrasco
.
Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor MOYA.- No, no. Estaba cerrado el debate.
El señor CARRASCO.- Había solicitado la palabra.
El señor MUÑOZ BARRA, don Roberto (Vicepresidente).-
Recabo de nuevo el asentimiento de la Sala.
El señor MOYA.- No.
El señor MUÑOZ BARRA, don Roberto (Vicepresidente).-
No hay acuerdo.
El señor GUASTAVINO.- ¿Quién se opuso?
El señor MONARES.- ¿Y el diálogo?
El señor CARRASCO.- Es para referirme al artículo.
El señor MUÑOZ BARRA, don Roberto (Vicepresidente).- Recabo de nuevo el asentimiento de la Sala para concederle el uso de la palabra al señor Carrasco
.
El señor MOYA.- No, señor Presidente.
El señor MUÑOZ BARRA, don Roberto (Vicepresidente).- No hay acuerdo.
El señor MUÑOZ BARRA, don Roberto (Vicepresidente).- En votación el artículo 16.
Efectuada la votación en forma económica, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 35 votos; por la negativa, 19
El señor MUÑOZ BARRA, don Roberto (Vicepresidente).-Aprobado el artículo 16.
El señor MUÑOZ BARRA, don Roberto (Vicepresidente).-
Corresponde discutir el artículo 20.
El señor PALZA.- Pido la palabra.
El señor MUÑOZ BARRA, don Roberto (Vicepresidente).- Tiene la palabra Su Señoría.
El señor PALZA.- Señor Presidente, este artículo recoge una sentida aspiración del Sindicato Único de Trabajadores de la Educación del Departamento de Arica, la que ha sido hecha presente a los parlamentarios de la zona; de modo que, a mi juicio, no hay inconveniente alguno para acogerla favorablemente.
Es un inmueble que se encuentra abandonado en este momento en el Valle de Azapa, y el Sindica Único de Trabajadores de la Educación lo está requiriendo para ser destinado a sus actividades.
Nada más.
El señor ATENCIO.- Pido la palabra.
El señor MUÑOZ BARRA, don Roberto (Vicepresidente).- Tiene la palabra Su Señoría.
El señor ATENCIO.- Señor Presidente, dentro del espíritu y la acción concreta del Gobierno respecto de la educación, hay un conjunto de artículos, a continuación de éste, relacionados con Arica. Dentro de este espíritu del Ejecutivo, nosotros vamos a votar favorable al articulado, porque es el pensamiento del SUTE de Arica, en este caso, con excepción, naturalmente, de una de las disposiciones, que no refleja el pensamiento colectivo de ese organismo. Por consiguiente, este artículo 20 recibe nuestra votación favorable.
He dicho.
El señor PALZA.-
Pido la palabra.
El señor MUÑOZ BARRA, don Roberto (Vicepresidente).- Tiene la palabra Su Señoría.
El señor PALZA.- Señor Presidente, en el mismo predicamento que señalaba el señor Atencio, quisiera que despacháramos todos el articulado restante, porque tiene relación con la materia.
El señor MUÑOZ BARRA, don Roberto (Vicepresidente).- Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
Si le parece a la Sala, se aprobará.
Aprobado.
El señor MUÑOZ BARRA, don Roberto (Vicepresidente).-
Corresponde tratar el artículo 27, con la indicación que se admitió a tramitación y a la cual el señor Secretario le dará lectura.
El señor PARGA (Prosecretario).-
Indicación del señor Alvarado para reemplazar el artículo 27 por el siguiente: "El Ministerio de Hacienda con cargo al Presupuesto de la Nación, pondrá a disposición del Coro de Profesores de la ciudad de Lautaro la cantidad de Eº 500.000 para financiar el Congreso Nacional a efectuarse en dicha ciudad".
El señor MUÑOZ BARRA, don Roberto (Vicepresidente).- Ofrezco la palabra sobre el artículo.
El señor SALVO.- Pido la palabra.
El señor MUÑOZ BARRA, don Roberto (Vicepresidente).- Tiene la palabra Su Señoría.
El señor SALVO.- Muy brevemente, señor Presidente.
Creo que la indicación del señor Alvarado corre un riesgo. Nuestro deseo es ayudarlo, porque Lautaro es una ciudad cercana a la provincia que representamos. Y yo debo hacer presente que el año pasado una reunión similar del Coro de Profesores, a nivel nacional, se realizó en Victoria, y el Ministerio de Educación puso a su disposición la suma de 200 mil escudos, que reajustada de conformidad con el índice de precios está de acuerdo con los 500 mil escudos de este momento. Esto para los efectos de la claridad en cuanto a la suma. Pero la indicación del señor Alvarado corre un riesgo.
Su carácter imperativo obligaría al Ejecutivo a destinar la suma, pero no nos parece ésa una política adecuada, dentro del concepto general, en cualquier gobierno. Ningún Ministro de Hacienda puede quedar amarrado imperativamente. De tal manera que el Ejecutivo se vería en la obligación de vetar el artículo porque constituiría un precedente para el futuro, desde el punto de vista de la mecánica legislativa. Así, pues, la indicación del señor Alvarado -siendo buena- corre el riesgo de que el Ejecutivo la vete, y no pudiendo insistirse, sencillamente el Coro de Profesores se va a quedar sin los 500 mil escudos. Quiero decir aquí -creo representar la opinión de los parlamentarios de Gobierno y del Ejecutivo- que no va a haber problema en entregarle 500 mil escudos, y más incluso, al Coro de Profesores de Lautaro, siempre y cuando la disposición tenga estas características.
Eso es todo.
El señor ALVARADO.- Pido la palabra.
El señor MUÑOZ BARRA, don Roberto (Vicepresidente).- Tiene la palabra Su Señoría.
El señor ALVARADO.- Señor Presidente, soy autor del artículo 27 original y de la indicación a que ha dado lectura el señor Secretario.
La verdad es que soy partidario de que sea imperativa la disposición, de modo que se obligue al Ministerio de Hacienda a otorgar esta subvención, porque gestiones que se han hecho en esa Secretaría de Estado por el Coro de Profesores de Lautaro no han prosperado. Y es así como sólo ha puesto a disposición de esta entidad la suma de 60 mil escudos, que está muy lejos de ayudar en algo a que se realice este certamen. Recogiendo las palabras del colega Salvo, debo decir que tengo confianza en su promesa de que él ayudaría en las gestiones para que el Ministerio concrete esta facultad que contiene el artículo original, de modo que pudiera haber, de parte del Ejecutivo, una ayuda efectiva para financiar este Congreso. Y no recurriendo a términos muy baratos, sino que tratando de llamar la atención sobre el hecho de que hoy día desde todos los sectores se hace apología de la violencia y se trata de crear un clima para que todos seamos violentistas, considero importante ayudar a estos profesores en el éxito de su festival, como a toda la gente que practica este tipo de actividad en el país para que puedan traer un poco de paz a los espíritus.
Termino solicitando a todos los sectores de la Cámara que aprueben la indicación que hace imperativo este artículo para tener la seguridad dé que se hará efectiva esta ayuda del Gobierno al Coro de Profesores de Lautaro. Y ojala, esas expectativas de un veto no se concreten, dado que no sería un mal precedente ayudar a este tipo de instituciones en la realización de sus congresos.
El señor MONARES.- Pido la palabra.
El señor MUÑOZ BARRA, don Roberto (Vicepresidente).- Tiene la palabra Su Señoría.
El señor MONARES.- Señor Presidente, sólo para llamar la atención sobre la redacción del artículo 27, que señala un financiamiento para "el Congreso Nacional". Esta es la expresión textual que contiene. Es evidente que se trata del Congreso Nacional de Coros de Profesores. De todas manera sería conveniente agregar una frase, de modo que quede claramente señalado cuál es el destino del financiamiento que se entrega, ya sea en la forma facultativa como está redactado, o imperativa, de acuerdo con la indicación del señor Alvarado.
El señor GUASTAVINO- Pido la palabra.
El señor MUÑOZ BARRA, don Roberto (Vicepresidente).- Tiene la palabra Su Señoría.
El señor GUASTAVINO-Señor Presidente, ¿es constitucionalmente posible que se disponga a través de un artículo de la Cámara de Diputados, del Parlamento, en forma imperativa un gasto público?
El señor MUÑOZ BARRA, don Roberto (Vicepresidente).- Señor Diputado, quiero recordarle que la Sala, por unanimidad, acordó la admisibilidad de la tramitación de la indicación que estamos tratando.
El señor GUASTAVINO.- ¿Cómo?
El señor MUÑOZ BARRA, don Roberto (Vicepresidente).- La Sala lo acordó.
Varios señores DIPUTADO.-
¡No, no! ¡La lectura!
El señor MUÑOZ BARRA, don Roberto (Vicepresidente).- Acordó que se leyera la indicación y se tratara.
El señor GUASTAVINO.- Naturalmente, porque podría haber sido la lectura de una indicación constitucional. Pero, justamente, leída la indicación, nos surge la duda, y, por ello, queremos preguntar si es legítimamente constitucional que el Parlamento acuerde un gasto público sin la iniciativa del Ejecutivo.
El señor TEJEDA.- No puede.
El señor MUÑOZ BARRA, don Roberto (Vicepresidente).- Se acordó dar lectura a la indicación y tramitarla.
El señor GUASTAVINO.- Pero, ¡cómo!
El señor MUÑOZ BARRA, don Roberto (Vicepresidente).- Fueron dos cosas o dos acuerdos que se pidieron a la Sala.
El señor GUASTAVINO.- ¿Basta, entonces, acordar la lectura de un proyecto de ley en la Sala para que éste sea tramitado? ¿Es esa la mecánica legislativa?
El señor MUÑOZ BARRA, don Roberto (Vicepresidente).- Se pidió también, señor Diputado, para la tramitación de la indicación.
El señor GUASTAVINO.- No; no es eso. Sometámonos a la veracidad de los hechos.
El señor MUÑOZ BARRA, don Roberto (Vicepresidente).- Se suspende la sesión por dos minutos.
Se suspendió la sesión.
Se reanudó a las 17 horas 57 minutos.
El señor MUÑOZ BARRA, don Roberto (Vicepresidente).- Se reanuda la sesión.
El señor ALVARADO.-
Pido la palabra.
El señor MUÑOZ BARRA, don Roberto (Vicepresidente).- Tiene la palabra Su Señoría.
El señor ALVARADO.- Señor Presidente, haciéndome eco de las palabras del señor Camilo Salvo, de la promesa suya y de los Diputados de la Unidad Popular de respaldar oportunamente ante el Ministerio de Hacienda las gestiones para que se haga este aporte de 500 mil escudos, que, incluso, como el mismo lo dijo va a ser insuficiente, retiro la indicación. Reitero que agradezco esta promesa hecha, y lo hago muy convencido de que se cumplirá, de ayudar, no al DiputadoPedro Alvarado, sino al Coro de Profesores de Lautaro, para que lleve a efecto el Congreso Nacional de Coros.
A la vez estoy de acuerdo en que se agreguen las palabras a que hacía mención el señor Monares y que se había omitido, de modo que el artículo diga "el Congreso Nacional de Coros".
El señor MUÑOZ BARRA, don Roberto (Vicepresidente).-
Si le parece a la Sala, se dará por aprobado el artículo 27 en la forma como lo ha señalado el señor Alvarado.
Acordado.
El señor MUÑOZ BARRA, don Roberto (Vicepresidente).-
En discusión el artículo 28.
El señor ATENCIO.- Pido la palabra.
El señor MUÑOZ BARRA, don Roberto (Vicepresidente).- Tiene la palabra Su Señoría.
El señor ATENCIO.-
Señor Presidente, en este artículo, que es una indicación de los colegas Koenig y Palza, se establece que los terrenos ubicados entre el Liceo Nº 2, calle Juan Antonio Ríos, la Avenida Santa María y el Regimiento Rancagua, en Arica, deberán ser destinados a la construcción de la "Casa del Estudiante". La construcción de la "Casa del Estudiante" es una iniciativa positiva e importante; pero debo manifestar que esos terrenos, ya están contemplados dentro de un programa de construcción habitacional para los obreros y empleados municipales de Arica.
Estos trabajadores, en conocimiento de la iniciativa de los colegas Palza y Koenig, me han solicitado que les pida que retiren la indicación o, en su defecto, que la rechacemos, porque, de aprobarse quedaría trunco su programa de construcción de habitaciones. Por lo tanto, les pido a los colegas y al resto de la Cámara que rechacemos el artículo 28, no en el ánimo de no construir la "Casa del Estudiante". Este inmueble puede tener otra ubicación. Los organismos del Ministerio de la Vivienda en Arica tienen la mejor disposición para ubicar un lugar para su construcción, cuyo proyecto, debo decir de paso, aún no se elabora, si no me equivoco, en circunstancias que el de la población ya está caminando, ya está andando, incluso existe financiamiento. De modo que los parlamentarios comunistas vamos a votar en contra de este artículo, y les pedimos a los colegas democratacristianos que también lo rechacen por las razones que he vertido.
He dicho.
El señor PALZA.-
Pido al palabra.
El señor MUÑOZ BARRA, don Roberto (Vicepresidente).- Tiene la palabra Su Señoría.
El señor PALZA.- Señor Presidente, la verdad de las cosas es que este artículo 28 ha sido solicitado por los sectores estudiantiles del departamento de Arica, tanto de la Federación de Estudiantes como universitarias, que desde hace bastante tiempo han estado pidiendo se construya para ellos una Casa del Estudiante.
Ahora, yo desconocía el acuerdo que hay para destinar esos terrenos, de los cuales una parte es propiedad municipal y la otra del Ministerio de Tierras. No sé, desconozco que la parte del Ministerio de Tierras haya sido cedida a la Municipalidad para estos fines. En todo caso, no me niego a la posibilidad, y no dudo de las palabras del colega Atencio, si realmente ya están los planos hechos para estas construcciones habitacionales, de que nosotros pudiéramos cambiar la ubicación de esta Casa del Estudiante.
Sin embargo, quisiera recabar de parte de la Sala, y por supuesto de los colegas del Partido Comunista, la posibilidad de despachar este artículo 28 tal como está contemplado en el proyecto, para asegurar, justamente, la materialización de la obra, sin perjuicio de que en este fin de semana, con el mismo colega Atencio, pudiéramos conversar con la parte interesada para poder ubicar otro sector y dar cumplimiento a esta aspiración.
Yo manifiesto que no me niego a la posibilidad de que pudiéramos, y así lo podemos hacer en el Senado, ubicar otro lugar para los estudiantes y dar salida también a este proyecto que, como lo anunció el colega Atencio, ya está financiado. Por eso, pido tan sólo que votemos el artículo 28 como está, sin perjuicio de que en el Senado pudiéramos cambiar la ubicación.
El señor MUÑOZ BARRA, don Roberto (Vicepresidente).- Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
El señor ATENCIO.- Pido la palabra.
El señor MUÑOZ BARRA, don Roberto (Vicepresidente).-
Tiene la palabra el Diputado señor Atencio.
Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor MUÑOZ BARRA, don Roberto (Vicepresidente).- En realidad había pedido la palabra oportunamente.
Tiene la palabra el señor Atencio.
El señor ATENCIO.- Señor Presidente, para decir que nosotros queremos comprometer nuestros votos para encontrar la solución que propone el colega Palza; esto en el Senado, naturalmente. Entiendo que aquí lo correcto sería rechazar esta disposición, porque si no, puede que por una u otra razón, por una inadvertencia de nuestros parlamentarios de la zona, en un momento dado, esta materia llegue al Senado y se vote tal como aquí se votó. Generalmente nuestra representación parlamentaria vota en el Senado como lo hizo en la Cámara. De tal modo que nosotros vamos a votar en contra de esta disposición, comprometiendo, naturalmente, nuestros votos para que en el Senado podamos encontrar la solución que propone el colega Palza.
El señor MUÑOZ BARRA, don Roberto (Vicepresidente).-
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
El señor MUÑOZ BARRA, don Roberto (Vicepresidente ).-
En votación el artículo 28.
Efectuada la votación en forma económica, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 33 votos; por la negativa, 16 votos.
El señor MUÑOZ BARRA, don Roberto (Vicepresidente).-
Aprobado el artículo 28.
El señor MUÑOZ BARRA, don Roberto (Vicepresidente).-
Solicito la venia de la Sala para leer una indicación, para agregar dos artículos, firmada por diversas Comités.
¿Habría acuerdo?
Acordado.
El señor Prosecretario dará lectura a la indicación.
El señor PARGA (Prosecretario).-
Indicación de los señores Palza, Agurto, Palastro, Guerra y Ramírez, don Gustavo, que dice lo siguiente:
"Artículo.- Reemplazar en el artículo 58, letra b), de la ley 17.382, la expresión "Federación de Educadores de Chile, Filial Arica", por "Sindicato Unico de Trabajadores de la Educación, Provincial Arica.".
"Artículo.- Reemplazar la letra c) del artículo 58 de la ley 17.382, por "c) El saldo para la adquisición de material didáctico, elementos de enseñanza, mobiliario, material escolar, y los implementos necesarios para el desarrollo integral de la educación y cultura.
La Junta de Adelanto de Arica depositará estos fondos en una cuenta especial del Banco del Estado, agencia Arica, a nombre de SUTE, Arica, todos los años, en dos cuotas semestrales. Las adquisiciones deberán hacerse mediante Propuestas Públicas, pudiendo hacerse a través de Propuestas Privadas hasta el 10% de estos recursos. Sin embargo, cuando una Propuesta es declarada desierta, podrá hacerse privada con el voto favorable de los dos tercios de los dirigentes en ejercicio.
"El Sindicato queda autorizado para adquirir elementos y material de enseñanza en la Dirección de Aprovisionamiento del Estado. En caso que haya que importar material didáctico o elementos necesarios, el Banco Central de Chile podrá destinar las divisas correspondientes.
"El Sindicato deberá rendir cuenta documentada de las inversiones de los recursos señalados en las letras a) y c) en los primeros 90 días de cada año. El incumplimiento de esta disposición significará la suspensión inmediata de los aportes, lo que se reanudará cuando se haga efectiva.".
El señor MUÑOZ BARRA, don Roberto (Vicepresidente).- Solicito el acuerdo de la Sala para admitir a tramitación la indicación.
¿Habría acuerdo?
Acordado.
El señor PALZA.- Pido la palabra.
El señor MUÑOZ BARRA, don Roberto (Vicepresidente).- Tiene la palabra el Diputado señor Palza.
El señor PALZA.- Señor Presidente, primero, yo quiero agradecer a los distintos Comités la acogida de esta indicación, que fue pedida a todos los parlamentarios de la zona por la unanimidad del Consejo Provincial del Sindicato Único de la Educación. Tal como se puede colegir de su lectura, es para cambiar la expresión "Federación de Educadores de Chile, Filial Arica" por "Sindicato Unico de Trabajadores de la Educación, Provincial Arica." ; y para agilizar la adquisición de material didáctico y de otros elementos para la enseñanza de Arica, ya que las actuales disposiciones son muy engorrosas, dificultan su realización.
Por eso, quiero agradecer a todos los Comités y, evidentemente, anunciar la votación favorable de los Diputados de estas bancas.
El señor ATENCIO.- Pido la palabra.
El señor MUÑOZ BARRA, don Roberto (Vicepresidente).- Tiene la palabra el Diputado señor Atencio.
El señor ATENCIO.- Señor Presidente, desde luego, la petición fue hecha a toda la representación parlamentaria de la zona. El SUTE de Arica nos planteó esta cuestión. De modo que los agradecimientos del señor Palza, en lo que respecta a mi persona, se los debe economizar. Nosotros cumplimos con nuestra función de representar a los trabajadores; en este caso concreto, de representar al Magisterio de Arica. En ese espíritu, firmamos, presentamos y aprobamos la indicación.
Termino agradeciendo, en nombre del SUTE, la comprensión que en esta oportunidad ha tenido el colega señor Palza para esta indicación.
Risas.
El señor GUERRA.- Pido la palabra.
El señor MUÑOZ BARRA, don Roberto (Vicepresidente).- Tiene la palabra el Diputado señor Guerra.
El señor GUERRA.- Señor Presidente, el Diputado que habla firmó la indicación. Pero, quiero manifestar aquí en la Sala que de los recursos de la Junta de Adelanto de Arica, en lo que relacionan con la parte de la Educación, cuando se estudió y redactó la ley, se dejó un margen para atender a toda la provincia de Tarapacá.
Señor Presidente, Iquique es una ciudad que ha sido totalmente abandonada, que no tiene recursos de ninguna naturaleza, salvo aquellos que le entrega un Comité Programador de Inversiones. En cambio, ha dado mucho al país. Se hicieron grandes fortunas, se construyeron puentes, caminos, líneas de navegación, etcétera. Todo lo dio el salitre. Pero en la actualidad Iquique no recibe casi absolutamente nada.
El señor ATENCIO.- Recuerdo que a Su Señoría le correspondió participar en la redacción de la Ley Arica.
El señor GUERRA.- Exactamente, me correspondió, como dice el colega Atencio, participar en la redacción y el despacho de la ley Nº 13.039, Ley Arica, y en el espíritu y en la letra de esta ley está consignando que debe atenderse a la provincia de Tarapacá toda, una vez que el problema educacional sea resuelto en Arica, como zona fronteriza. A mi juicio, ya se ha solucionado en gran parte este problema, como pueden comprobarlo los colegas Palza y Atencio. En Arica se ha resuelto el problema educacional en cuanto a edificación se refiere: hay dos universidades, se pugna por una tercera universidad y, en cambio, en Iquique no tenemos recursos para financiar ni siquiera una subsede universitaria.
Creo que la Junta de Adelanto de Arica -y hago el llamado desde aquí, señores Diputados, aunque sé que mis palabras seguramente van a ser mal interpretadas en Arica- debe darle algo, siquiera una parte, a Iquique.
Señor Presidente, por una incomprensión, el Diputado que habla fue constantemente vapuleado en la provincia de Tarapacá, especialmente en Arica, cuando concurrió con sus votos a la aprobación de un préstamo para construir casas en Iquique. Se hizo una campaña politiquera en contra de este Diputado, sólo por haber aportado su voto a esta iniciativa. Inmediatamente algunos colegas fueron a manifestar, en concentraciones públicas, que yo había estado en contra de Arica. No recordaron que fue precisamente el que habla quien puso el hombro, durante años, para lograr la dictación de la Ley Arica. Por lo tanto, tiene solvencia moral para pedirle a Arica aunque sea una migaja.
En esa oportunidad, se dijo que el Diputado que habla, por pertenecer al Partido Nacional, no tenía por qué apoyar la indicación de un Senador comunista. A mí no me importa absolutamente nada de qué partido era el autor de la indicación, sino, única y exclusivamente, que ella entregara siquiera un aporte a la ciudad de Iquique, que tanto ha dado a Chile. Y sigue dándole, por ejemplo, divisas, a través de la exportación de aceite de pescado; y sigue dando campeones para Chile, como es el caso de Raúl Choque, para quien hace poco solicité le entregaran una embarcación, pero los colegas del frente se opusieron a mandar el oficio.
-Hablan varios señores Diputados a la vez.
El señor GUERRA.- Sí, señores, se opusieron a enviar el oficio para que el señor Choque tuviera siquiera una embarcación.
Por eso, solicito el envío de un oficio, ojala por unanimidad de esta Cámara, con el fin de que nuestra Junta de Adelanto de Arica extienda sus beneficios, en lo educacional y agrícola, hacia las escuelas y los valles del interior de Iquique y del puerto.
El señor MUÑOZ BARRA, don Roberto (Vicepresidente).-
Solicito el asentimiento unánime de la Sala para enviar el oficio a que ha hecho referencia el señor Guerra, al señor Ministro de Economía, para que lo haga llegar al organismo correspondiente.
El señor PALESTRO.- En Incidentes.
El señor GUERRA.- Al Presidente de la República.
El señor MUÑOZ BARRA, don Roberto (Vicepresidente).- ¿Al Presidente de la República?
El señor PALESTRO.- En Incidentes lo hace.
El señor MUÑOZ BARRA, don Roberto (Vicepresidente).- ¿Habría acuerdo para enviar el oficio?
El señor ATENCIO.-
¿Me permite?
El señor PALESTRO.- En la Hora de Incidentes lo puede hacer.
El señor MUÑOZ BARRA, don Roberto (Vicepresidente).- No hay acuerdo.
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
En votación.
Si le parece a la Sala, se votará la indicación con los dos artículos en un solo acto.
¿Habría acuerdo?
Acordado,
En votación.
Si le parece a la Cámara, se aprobarán los dos artículos de la indicación.
Aprobados.
Terminada la discusión del proyecto.
El señor PALZA.- Gracias, colegas Guastavino y Atencio.
"