. . "MOCION DE LOS SE\u00D1ORES GAMBOA, SUAREZ Y VASQUEZ"^^ . "Prestamos a industrias afectadas por cat\u00E1strofes"^^ . . " 18.- MOCION DE LOS SE\u00D1ORES GAMBOA, SUAREZ Y VASQUEZ \nHonorable C\u00E1mara: \n \nLa vida diaria de nuestro pa\u00EDs est\u00E1 llena de casos realmente impactantes y dram\u00E1ticos, que se\u00F1alan a hombres que construyeron una actividad que es fuente de trabajo, de riqueza, de fomento de la econom\u00EDa de una ciudad, de una provincia, de una zona y hasta del pa\u00EDs, fuera del bienestar llevado a muchas familias, y que de la noche a la ma\u00F1ana dejen a aqu\u00E9l a brazos cruzados y lo que fue floreciente se convierte en ruina y drama como consecuencia de un incendio o de otro tipo de calamidad, como epidemia, una helada, como sucede en el caso de la agricultura, en que toda una vida de esfuerzo y sacrificio se convierte en desastre para quien fue su impulsor. Se termina esa fuente de trabajo y hasta el propio Fisco deja de percibir impuestos o tributos, sucediendo lo mismo a las Municipalidades. En resumen, nada queda all\u00ED de donde mucho se obten\u00EDa. \nFrente a una situaci\u00F3n semejante, es de toda justicia que alg\u00FAn organismo estatal vaya en ayuda de quien sufre una calamidad de esa naturaleza y darle la oportunidad de que pueda volver a ser una fuerza viva, por lo mucho que entreg\u00F3 antes a la comunidad y lo que por ende podr\u00EDa seguir entregando. \nEn consecuencia, y por todas las razones expuestas, venimos en presentar el siguiente \n \nProyecto de ley: \n \nArt\u00EDculo 1\u00BA.- En caso de incendios u otros accidentes que destruyan completamente a una industria, una actividad agr\u00EDcola, una casa comercial, una peque\u00F1a industria o artesan\u00EDa, la Corporaci\u00F3n de Fomento de la Producci\u00F3n (CORFO) estar\u00E1 obligada a hacer un pr\u00E9stamo, siempre que el afectado lo requiera, para la reposici\u00F3n de aquella actividad dentro de un plazo m\u00E1ximo de 90 d\u00EDas. \n \nArt\u00EDculo 2\u00BA.- La restituci\u00F3n del pr\u00E9stamo ser\u00E1 a diez a\u00F1os plazo, con amortizaci\u00F3n de la deuda a partir del segundo a\u00F1o de reiniciadas las actividades y con un inter\u00E9s del 18% anual. \n \nArt\u00EDculo 3\u00BA.- La Corporaci\u00F3n de Fomento de la Producci\u00F3n (CORFO), para otorgar el pr\u00E9stamo, exigir\u00E1 al gremio al cual pertenece el afectado, un informe sobre la cuant\u00EDa del da\u00F1o sufrido por \u00E9ste, informe que deber\u00E1 ser rendido en plazo m\u00E1ximo de 30 d\u00EDas. \n \n(Fdo.): Manuel Gamboa V.- Alfonso Su\u00E1rez O.- Luciano V\u00E1squez M. \n \n " . . . . . . . . "18.-"^^ . . . . . . . . . . . . .