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- rdf:value = " El señor ACEVEDO.- Además, se aumentarán de seis a ocho los sueldos vitales sujetos a reajuste, de tal manera que para los simponentes del Servicio de Seguro Social es de suma importancia el poder quedar incorporados a la Ley de Revalorización de Pensiones, sobre todo aquellos que tienen una pensión sobre la mínima, que van en los dos, tres, cuatro, cinco, seis y hasta ocho sueldos vitales. El sistema de reajuste del Servicio de Seguro Social no permite reajustes más allá de lo que dispone el artículo 47 respecto de las pensiones mínimas del Servicio de Seguro Social. Por consiguiente, la Cámara, al prestar su aprobación a esta disposición del Ejecutivo, beneficiaría enormemente a los 300 mil pensionados del Servicio de Seguro Social.
Eso es todo, señor Presidente.
"
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