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El señor MUÑOZ BARRA, don Roberto (Vicepresidente).-
En el segundo lugar de la Tabla, corresponde ocuparse en el proyecto que concede un nuevo plazo para acogerse a lo dispuesto en el artículo 4° de la Ley N° 16.742, que autorizó a los Directores de Obras Municipales para recibirse de las viviendas y servicios de equipamiento comunitario.
Diputado informante es el señor Alamos.
El proyecto, impreso en el boletín N° 91-73-2, es el siguiente:
Artículo único.- Concédese el plazo de un año, a contar de la fecha de publicación de la presente ley, para acogerse a lo dispuesto en el artículo 4° de la ley N° 16.742.
La rebaja de los derechos municipales a que se refiere el inciso cuarto del citado artículo será sólo del 50%, en lugar del 80%, que allí se menciona.
El señor MUÑOZ BARRA, don Roberto (Vicepresidente).- En discusión general el proyecto.
El señor ALAMOS.- Pido la palabra.
El señor MUÑOZ BARRA, don Roberto (Vicepresidente).- Tiene la palabra el señor Diputado informante.
El señor ALAMOS.- Señor Presidente, este proyecto tiene por objeto dar un nuevo plazo para que aquellas personas que no tuvieron tiempo o no pudieron presentar todos los documentos necesarios para acogerse a lo establecido en la Ley N° 16.742, que en su artículo 4°, autorizó a los Directores de Obras Municipales para recibirse de sus viviendas, puedan hacerlo. Dicha ley concedió un plazo inicial que venció en febrero del año 1969, y una nueva ley lo amplió hasta octubre de 1970, pero, aún así, hay muchas personas que no se pudieron acoger a sus beneficios. Por eso, este artículo sólo concede un nuevo plazo de un año desde su vigencia como ley para que, definitivamente, esas personas puedan acogerse a dichos beneficios.
La única modificación consiste en que la exención de tributos municipales, que en la ley anterior era de un 80% queda reducida ahora al 50%.
Nada más.
El señor SANHUEZA.- Pido la palabra.
El señor MUÑOZ BARRA, don Roberto (Vicepresidente).- Tiene la palabra su Señoría
El señor SANHUEZA.- Señor Presidente, este proyecto, que presentamos con el colega Vergara, tiene por objeto, realmente, hacer justicia a un Sector muy importante de pobladores, que no pudieron acogerse a los beneficios de la ley N° 16.742, cuyo artículo 4° autorizó a los Directores de Obras Municipales para recibir las viviendas y las construcciones comunitarias sin todos los planos y demás requisitos legales que se exigen en las Municipalidades.
Esto (TEXTO ILEGIBLE) especialmente importante en las poblaciones y, sobre todo en las muchas que han sido ejecutadas por sistema de autoconstrucción, pues la Municipalidad respectiva para recibir una ampliación, o una vivienda, exige generalmente planos firmados por profesionales ya sean arquitectos o ingenieros, y una serie de otros requisitos que, evidentemente los pobladores no pueden cumplir.
Por esa razón en la ley N° 16.742, en el artículo 4°, quedó contemplada esta posibilidad y posteriormente cuando venció el plazo de un año concedido para acogerse, se otorgó uno nuevo, en virtud de lo dispuesto en el inciso segundo del artículo 16 de la ley N° 17.362.
Sin embargo, a pesar de toda la preocupación de los legisladores de dar el máximo de facilidades para que el mayor número de estas personas pudieran acogerse a estos beneficios, hay un inmenso sector, sobre todo de pobladores repito, que no ha podido hacer uso de estas franquicias.
Por estas razones junto con encontrar una gran comprensión en todos los sectores de esta Cámara, la iniciativa que estamos discutiendo fue aprobada por la unanimidad de la Comisión de la Vivienda y Urbanismo, y espero que la Sala así lo ratifique también con el objeto de que pueda haber un plazo mayor para normalizar esta situación que, para muchas personas, en realidad, es bastante difícil de solucionar.
Nada más.
El señor DUPRE.- Pido la palabra.
El señor MUÑOZ BARRA, don Roberto (Vicepresidente).- Tiene la palabra Su Señoría.
El señor DUPRE.- Señor Presidente, desde luego, estamos de acuerdo con la iniciativa en debate, pero quisiéramos señalar, tal como se lo manifestamos al colega Sanhueza, que este nuevo plazo tiene una dificultad bastante grave, porque las disposiciones de la ley N° 16.742 al respecto, adolecen de un defecto muy serio. En mis años de Alcaldía, me tocó ver cómo se hacían inoperantes, muchas veces las solicitudes que los pobladores presentaban para acogerse a este beneficio. En efecto, los Directores de Obras Municipales no podían recibir las viviendas en las poblaciones, por el hecho de que las urbanizaciones no estaban terminadas o, por lo menos, debidamente garantizadas. Por esta razón, yo había hecho observación en el sentido de que, al conceder un nuevo plazo a los pobladores modestos para obtener el beneficio era indispensable entregar una facultad muy limitada a los Directores de Obras Municipales para que las poblaciones, tanto las de propiedad del sector público como las de autoconstrucción, puedan acogerse a la franquicia, sin perjuicio de dejarlas exentas de la obligación de cumplir inmediatamente en el momento en que se acojan, a ese beneficio los requisitos de urbanización que la ley establece, de modo que las corporaciones edilicias, a su vez puedan establecer un reglamento o algún sistema que permita garantizar la urbanización futura. Desgraciadamente, como se me ha señalado esto hay que hacerlo en el Senado.
Quería hacer esta observación para indicar que aunque el nuevo plazo me parece muy beneficioso, podría quedar sin aplicación para los sectores modestos por las dificultades que hago presente.
El señor ANDRADE.- Pido la palabra.
El señor MUÑOZ BARRA, don Roberto (Vicepresidente).- Tiene la palabra el señor Diputado.
El señor ANDRADE.- Señor Presidente, a nosotros este proyecto nos parece bastante justo y debo decir que el año pasado varios señores Diputados presentamos una moción que fue aprobada por unanimidad en esta Sala, muy similar a la que en este instante debatimos.
¿De qué se trata? Existen en estos momentos en el país —y yo no sé no conozco muy bien este proyecto, pero si él considerara también todos estos otros casos me parece que estaría muy bien, mejor todavía— Hay una serie de construcciones, departamentos y casas hechos por la ex Caja de la Habitación, por una serie de otros organismos, o por autoconstrucción, como acaba de decir el señor Dupré, que las direcciones de obras municipales no han recibido porque no cuentan con los servicios elementales, lo que constituye incluso una aberración, porque muchos de esas construcciones ya cuentan con dichos servicios, pero como se hicieron por autoconstrucción y no se presentaron oportunamente los certificados correspondientes, no pueden ser recibidos por las direcciones de obras vale decir, por los municipios y en consecuencia sus adquirentes no pueden obtener los títulos de dominio correspondientes lo que es mucho más grave todavía. Si el proyecto considera realmente todos esos aspectos a mi me parece mucho mejor todavía. De lo contrario, creo, como el señor Dupré que habría que hacer una indicación en el Senado para que se contemplaran todos estos casos.
Nada más señor Presidente.
Muchas gracias.
El señor SANHUEZA.- Pido la palabra.
El señor MUÑOZ BARRA, don Roberto (Vicepresidente).- Tiene la palabra Su Señoría, en su segundo discurso.
El señor SANHUEZA.- Señor Presidente, la verdad es que lo que plantean tanto el camarada Dupré como el colega Carlos Andrade, es una cosa evidentemente justa pero encierra un peligro que si no estudiamos bien cuáles van a ser las medidas que van a tener que adoptar las municipalidades para que realmente se cumpla con la urbanización, estamos echando por tierra toda la legislación que dictamos aquí, y a la que contribuimos muchos colegas, en periodos anteriores, relativa a los loteos brujos.
Entonces, esta es la razón por la cual en esta oportunidad solamente hemos ampliado el plazo en favor de las personas que están en situación irregular en cuanto a construcción, o ampliación de viviendas o servicios comunitarios en diversas poblaciones que no requieren, para poder ser recibidas por las municipalidades de todos los instrumentos que deben presentarse, como planos, certificados, etcétera. En cuanto a una legislación que contemplara, para los efectos de la recepción, ya todo el aspecto urbanización, creo que es algo que hay que considerar con más cuidado, porque podríamos caer en el deseo de favorecer a los pobladores, en el grave problema de los loteos "brujos", en que se vendieron terrenos con la promesa que iban a ser urbanizados y que nunca lo fueron y que constituyeron una estafa para miles de pobladores que nunca pudieron tener su casa de acuerdo con todas las normas que imponen las municipalidades, problema que, como digo, mereció una legislación especial. Por eso ese alcance, comprendiendo la idea…
El señor MUÑOZ BARRA, don Roberto (Vicepresidente).- Señor Diputado, el señor Andrade le solicita una interrupción.
El señor SANHUEZA.- Si, con todo gusto.
El señor MUÑOZ BARRA, don Roberto (Vicepresidente).- Con la venia de Su Señoría, puede hacer uso de la interrupción el señor Andrade.
El señor ANDRADE.- Señor Presidente, el proyecto a que me he referido, que repito, ya fue aprobado por la Cámara y se encuentra en el Senado desde hace mucho tiempo, lamentablemente establece que podrán ser recibidas por los municipios aquellas viviendas que estaban en esas condiciones, pero que hoy día tienen sus servicios, y cuyos certificados no fueron presentados a tiempo, porque fueron hechas por autoconstrucción o por otro sistema. Esa aclaración quería hacer.
El señor SANHUEZA.- Señor Presidente, la iniciativa a que hace se refiere el colega Andrade contiene una idea diferente, y como lo dijo, nosotros la aprobamos por unanimidad. Ahora creo que podría haber acuerdo para aprobar una indicación en este mismo proyecto sobre la materia, eximiendo del trámite de segundo informe para despachar en esta sesión.
El señor MUÑOZ BARRA, don Roberto (Vicepresidente).- Me permito advertir a los señores Diputados que se ha hecho llegar a la mesa otra indicación.
El señor DUPRE.- Pido la palabra.
El señor MUÑOZ BARRA, don Roberto (Vicepresidente).- Tiene la palabra Su Señoría, en el tiempo de su segundo discurso.
El señor DUPRE.- Muy breve, señor Presidente. Yo presenté esa indicación, porque realmente creo que el proyecto, queda trunco. No pienso que ella pudiera traer el peligro que señala el colega Sanhueza. Efectivamente sería muy grave que nosotros abriéramos las puertas a la posibilidad de los loteos "brujos", hechos por particulares los que provocaron dificultades enormes a los pobladores.
Se trata precisamente, de garantizar la posibilidad de que en poblaciones o viviendas del sector público o autoconstruidas obtengan ese beneficio de las Direcciones de Obras Municipales, con acuerdo de la corporación edilicia, es decir debidamente garantizados por el equipo técnico responsable del respectivo municipio. Y como digo deberán ser de propiedad fiscal, semifiscal, de instituciones de administración autónoma, de cajas de previsión, de municipalidades o de cooperativas de viviendas. Además, se obliga a establecer las condiciones que garanticen la urbanización con posterioridad a la recepción por parte de la dirección de obras municipales. Creo que esto permite salvar las dificultades en que se encuentran las poblaciones que no han podido acogerse a este beneficio, precisamente porque están en un círculo vicioso, no tienen urbanización, no tienen posibilidades de urbanización de acuerdo con la ley y no pueden acogerse a los beneficios de la ley N° 16.742.
El señor ZALDIVAR (don Alberto).- Pido la palabra.
El señor MUÑOZ BARRA, don Roberto (Vicepresidente).- Tiene la palabra Su Señoría.
El señor ZALDIVAR (don Alberto).- Señor Presidente, estoy muy de acuerdo con la indicación planteada por el colega Dupré, que viene a llenar la inquietud que señala el DiputadoAndrade, por una razón fundamental. El problema que más afecta a los pobladores es el de obtener su título de dominio, y mientras no se regulariza la situación de entrega a las municipalidades, no puede cursarse válidamente ninguna escritura de compraventa. Por lo tanto, creo que debiera aprobarse la indicación presentada por el colega Dupré, omitiendo el trámite de segundo informe del proyecto, a fin de darle un pronto despacho.
Nada más.
El señor MUÑOZ BARRA, don Roberto (Vicepresidente).-
Se va a dar lectura a la indicación hecha llegar a la Mesa por los señores Dupré y Tolentino Pérez.
El señor GUERRERO, don Raúl (Secretario).-
Para consultar el siguiente artículo "Los Directores de Obras Municipales con acuerdo de la respectiva Corporación edilicia otorgarán la recepción de poblaciones o viviendas sin la exigencia de la urbanización, siempre que éstas hayan sido autoconstruidas o sean de propiedad fiscal, semifiscal, de instituciones de administración autónoma, de cajas de previsión o de municipalidades. Este mismo derecho lo tendrán las cooperativas de viviendas. Sin embargo, en todos los casos la municipalidad respectiva deberá establecer las condiciones que garanticen la urbanización con posterioridad a la recepción otorgada por la Dirección de Obras Municipales.
El señor ATENCIO.- Pido la palabra.
El señor MUÑOZ BARRA, don Roberto (Vicepresidente).- Tiene la palabra Su Señoría.
El señor ATENCIO.- Señor presidente, la indicación interpreta más o menos lo que los comunistas pensamos sobre esta materia.
A lo mejor, sería oportuno que se diera lectura al artículo 4° de la ley 16.742, porque en la indicación se habla solamente de las viviendas construidas por cooperativas o por el sistema de autoconstrucción. Pero hay otras levantadas con el esfuerzo de pequeños propietarios muy modestos y no por el sistema de autoconstrucción. De tal modo que quedarían fuera de lo dispuesto en el artículo 4° de la ley citada, que si no me equivoco, expresamente señala una determinada cantidad de metros cuadros de construcción que pareciera que es lo justo. Nosotros sugerimos que el beneficio también alcance aparte de las viviendas construidas por cooperativas o por el sistema de autoconstrucción, como se establece en la indicación de los señores Dupré y Tolentino Pérez, a todas aquellas construcciones de determinados metros cuadrados, según la limitación establecida. Por eso, solicito que se de lectura a esa disposición.
He dicho
El señor MUÑOZ BARRA, don Roberto (Vicepresidente).- Se dará lectura a la disposición a que ha hecho referencia Su Señoría.
El señor GUERRERO, don Raúl (Secretario).- El artículo 4° de la ley N° 16.742, dice "Autorizase a los Directores de Obras Municipales para recibirse de las viviendas y servicios de equipamiento comunitario que se hubieren construido con anterioridad a la promulgación de la presente ley sin los permisos respectivos.
“La recepción se efectuara siempre que las viviendas y demás obras cumplan los requisitos técnicos mínimo para ella.
“Para que se proceda a la recepción respectiva bastará que el solicitante presente un Croquis de la construcción, que sea estimado suficiente por la misma Dirección de Obras Municipales.
“Los derechos municipales respectivos se pagarán rebajados en un 80% y podrá otorgarse para su pago hasta el plazo de un año. Condónense las multas y demás sanciones en que hubieren incurrido los que se acojan a estas disposiciones.
"De las mismas franquicias gozarán los que a la fecha de promulgación de esta ley estuvieren en vías de terminar sus viviendas o edificios de equipamiento comunitario.
"El plazo para presentar las solicitudes respectivas será de un año a contar de la publicación de la presente ley".
El señor AGURTO.— Pido la palabra.
El señor MUÑOZ BARRA, don Roberto (Vicepresidente)—Tiene la palabra el Diputado señor Agurto.
El señor AGURTO.- Señor Presidente, a través del debate que se ha suscitado alrededor de este proyecto, queda claro que en todos los sectores de la Cámara existe interés por legislar para proporcionar algunas facilidades especialmente a aquellos vecinos que, con su propio esfuerzo, han logrado construir su vivienda. Pero la indicación leída recientemente otorga estos beneficios sólo a determinadas viviendas es decir a aquellas que han sido construidas a través de una cooperativa, por ejemplo.
Yo creo que sin que esté en nuestro ánimo retardar el despacho de esta iniciativa, tal vez sería necesario que este proyecto fuera a segundo informe porque personalmente como creo que le ocurre a numerosos parlamentarios, conocemos casos de modestos vecinos que mucho antes que existiera por ejemplo la Corporación de la Vivienda incluso antes que se creara el Ministerio de la Vivienda y Urbanismo, construyeron sus casas con el esfuerzo propio. Pero no ha sido posible cumplir con todas las exigencias mínimas de urbanización que la ley de Urbanización exige para que las municipalidades puedan recibirse de ellas. Y como no son reconocidas por las municipalidades, tampoco éstas pueden hacer a veces inversiones para poder llevar un poco de adelanto a las poblaciones que se han formado. Incluso yo he conocido casos de municipalidades que ni siquiera podían hacer servicio de aseo domiciliario, porque decían, bueno está población no está reconocida por el municipio.
De tal manera señor Presidente que en base a esto yo me permito sugerir que el proyecto pase en segundo informe para ver en que medida podemos nosotros perfeccionar o ampliar dijera yo, sus beneficios.
Yo recuerdo que cuando se trató el proyecto a que ha hecho mención el compañero Carlos Andrade, nosotros pensábamos dejar establecido en la ley que las propias municipalidades entregaran algún tipo de beneficio, alguna ayuda técnica. A veces nos encontramos con el caso de algún vecino que desea por ejemplo para solucionar su problema —él tiene un pedazo de terreno— construir aunque sean dos piezas o una mediagua. Pero ¿que ocurre? Que de acuerdo con la legislación de urbanización y Construcciones se le exige que presente un plano de la construcción, un plano de agua potable y alcantarillado, un plano de instalación eléctrica etcétera.
Me parece, que podríamos aprovechar esta iniciativa de los señores Sanhueza y Vergara para hacer obligatorio, en alguna medida, que los municipios a través de las direcciones de obras municipales den el máximo de facilidades a estas personas. Es decir con los propios técnicos y funcionarios que existen en cada corporación que se entregue algún tipo de plano estándar con el fin de que puedan construir sus viviendas. Creo que en esa forma contribuiríamos a resolver el gravísimo problema de la vivienda.
A veces mucha gente comprende que es un verdadero vía crucis lograr un permiso de las autoridades municipales para construir una modesta vivienda ¿Que ocurre? Aunque la persona no tenga la autorización se pone a construir la mediagua y después, se encuentra con todo el problema para regularizar y legalizar su situación. Incluso ni siquiera puede obtener que la persona que le vendió el terreno le traspase el dominio porque tiene problemas con la municipalidad.
Por eso me permito proponer que este proyecto pase a la comisión técnica respectiva para que en un segundo informe podamos comprender ojalá estas ideas que han sido expuestas en forma muy general para entregar un verdadero beneficio a estas personas.
Nada más, señor Presidente.
El señor MUÑOZ BARRA, don Roberto (Vicepresidente).- Ofrezco la palabra.
El señor GUERRA.- Pido la palabra.
El señor MUÑOZ BARRA, don Roberto (Vicepresidente).- Tiene la palabra el Diputado señor Guerra.
El señor GUERRA.- Señor Presidente en efecto este proyecto trata de subsanar serios inconvenientes que se presentan constantemente a los pobladores.
Los parlamentarios que siempre visitamos las poblaciones hemos comprobado la forma deprimente en que viven nuestros compatriotas. Recientemente visité la población "Venceremos" de Arica, sector por sector y comprobé que no obstante haber sido entregada por la CORHABIT no tiene agua potable, sino que la llevan desde Arica en carros estanques. Y la mayoría de los niños están padeciendo de enfermedades intestinales, porque el agua permanece 3 ó 4 días en una zona calurosa como es Arica.
Por otro lado, hay poblaciones que no tienen soleras y los autos transitan por el lado de las casas, de las cuales los niños salen corriendo y son atropellados por los vehículos cuyos conductores no alcanzan a verlos a tiempo.
Yo creo que podemos despachar este proyecto y dejar plenamente establecido, para el futuro, en resguardo de los mismos pobladores que no se entregará habitación o población mientras no estén debidamente solucionados los problemas de agua potable, luz eléctrica, alcantarillado y de aceras, porque hay muchos niños que están inválidos por haber sido atropellados por los vehículos que buscan el camino más fácil casi en las mismas puertas de sus casas.
Voy a aprobar este proyecto pero dejo constancia de que es conveniente para el futuro legislar de manera definitiva al respecto y obedecer las ordenanzas municipales, que precisamente favorecen a los pobladores en cuanto a urbanización se refiere.
Nada más, señor Presidente.
El señor MUÑOZ BARRA don Roberto (Vicepresidente).- Ofrezco la palabra.
El señor SANHUEZA.- Pido la palabra.
El señor MUÑOZ BARRA don Roberto (Vicepresidente).- Con la venia de la Sala podría hacer uso de la palabra el Diputado señor Sanhueza, por haber hecho uso del tiempo de sus dos discursos.
¿Habría acuerdo?
Acordado.
Puede hacer uso de la palabra Su Señoría
El señor SANHUEZA.- Gracias, señor Presidente y estimados colegas.
Yo quiero insistir en un asunto sin ser majadero. La verdad es que la inquietud de los colegas, en orden a ampliar las facultades de los inspectores municipales para recibir sin urbanización los terrenos entraña un peligro porque eran las mismas facultades que existían antes de la ley de loteos brujos que debatimos ampliamente en la Cámara de Diputados en periodos anteriores. Existían más o menos las mismas disposiciones, que en este momento, se quieren hacer revivir en orden a obtener que la municipalidad o el consejo municipal, con el visto bueno de los inspectores de obras permitieran la entrega de terrenos sin urbanización. ¿Que pasaba, en definitiva? Que nunca se terminaba la urbanización y se entregaban poblaciones. Pero ¿Quiénes eran los perjudicados? Los pobladores que nunca contaron con agua potable, luz eléctrica, etcétera.
Por eso sin perjuicio del espíritu que nos anima a todos de poder solucionar muchos de estos casos yo no comparto la idea de ampliar la iniciativa sin que se mantenga en forma estricta la aplicación, para poder ser recibidas las poblaciones de las disposiciones vigentes de urbanización, precisamente para que los pobladores no sean estafados.
Por eso en este proyecto nosotros contemplamos la situación que planteó el colega Agurto para que quienes construyeron dos piezas o ampliaron sus casas y no tuvieron un profesional que les hiciera sus planos, puedan regularizar la situación a través de un croquis que en muchos casos las distintas direcciones de obras municipales facilitan.
Por eso, con el objeto de no demorar el despacho de este proyecto rogaría que se retirara la indicación presentada. Realmente lo que nosotros deseamos es regularizar la situación de obras ya hechas. En la práctica el nuevo plazo de un año para acogerse a lo dispuesto en el artículo 4° de la ley 16.742 soluciona el problema inmediato, el otro merecería un estudio mayor. De lo contrario, podríamos derogar a través de una disposición toda la legislación vigente respecto de loteos brujos. Todos recordamos los problemas que esto produjo a miles y miles de pobladores.
Nada más señor Presidente y muchas gracias colegas.
El señor SAAVEDRA (don Sergio).- Pido la palabra.
El señor MUÑOZ BARRA don Roberto (Vicepresidente).- Tiene la palabra el señor Saavedra.
El señor SAAVEDRA (don Sergio).- Señor Presidente yo comparto las aprehensiones del Diputado señor Sanhueza en cuanto a que la indicación presentada por mi colega Dupré debería ser vista un poco más cuidadosamente porque, por la forma en que está redactada —incluso no fija un plazo actual— podría tender a hacer proliferar el grave problema de los loteos brujos que combatimos hace algunos años.
Pero quiero también hacer una prevención respecto de la forma en que está redactado el proyecto presentado por los diputados señores Sanhueza y Vergara. Es la siguiente, entiendo que el ánimo de ellos es revalidar la vigencia del artículo 4° de la ley N° 16.742, modificando simplemente la tasa del impuesto a pagar. Quieren solucionar el problema de aquellas personas que han construido o ampliado una pequeña casa sin permiso sin las autorizaciones correspondientes. Sin embargo por el texto del artículo único que dice "Concédese el plazo de un año a contar de la fecha de publicación de la presente ley para acogerse a lo dispuesto en el artículo 4° de la ley N° 16.742” me parece a mí que sólo se soluciona el problema de aquellos que hubiesen construido a la fecha en que se dictó la ley N° 16.742, con lo cual no se estaría solucionando el problema de la gente que construyó o amplió sus casas en los años 1967 ó 1968, en que se dictó esa ley.
Por ello quería hacer esta observación y pedir al propio Diputado señor Sanhueza aclarar el sentido de la disposición. O sea si es restrictiva a los que pudieron acogerse en el año 1967 o si su intencionalidad es favorecer a todos los que estén en esta situación, ahora como me imagino que debe ser. De no ser así creo que tendría que modificarse este proyecto o volver a Comisión.
Eso es todo señor Presidente.
El señor MUÑOZ BARRA don Roberto (Vicepresidente).- Ofrezco la palabra.
El señor VERGARA.- Pido la palabra.
El señor MUÑOZ BARRA, don Roberto (Vicepresidente).- Tiene la palabra el Diputado señor Vergara.
El señor VERGARA.- Señor Presidente de todas las observaciones que aquí se han hecho, se puede colegir que el interés de los señores parlamentarios es hacer prácticamente un proyecto de ley nuevo para solucionar todos los problemas que tiene la habitación en Chile. Pero el propósito del colega Sanhueza y del que habla no ha sido otro que ampliar el plazo que permite hacer realidad la vigencia del artículo 4° de la ley a que se ha hecho mención.
El señor MUÑOZ BARRA don Roberto (Vicepresidente).- ¿Me permite un solo segundo señor Diputado? Para señalar únicamente que la indicación hecha llegar a la Mesa, ha sido retirada por sus autores.
Puede continuar señor Diputado. Muy agradecido.
El señor VERGARA.- Gracias señor Presidente.
Yo creo que la iniciativa del Diputado señor Dupré va a subsanar los inconvenientes que se pudieran presentar para el pronto despacho de este proyecto de gran utilidad, especialmente para los sectores más modestos de este país que han hecho grandes esfuerzos por levantar una vivienda y que han tenido toda clase de dificultades en las municipalidades para obtener la recepción correspondiente.
Nada más señor Presidente.
El señor MUÑOZ BARRA don Roberto (Vicepresidente).- Ofrezco la palabra Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
En votación general el proyecto.
Si le parece a la Sala, se aprobará en general.
Aprobado.
Por no haber sido objeto de indicaciones, ya que la presentada fue retirada por sus autores, se da también por aprobado en particular.
Despachado el proyecto.
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