. . . . . . " INFORME DE LA COMISI\u00D3N DE OBRAS PUBLICAS, RECA\u00CDDO EN EL PROYECTO DE LEY DE LA HONORABLE C\u00C1MARA DE DIPUTADOS QUE DEROGA EL ARTICULO 10 DE LA LEY N\u00B0 17.252, QUE ESTABLECI\u00D3 UN APORTE ESPECIAL DE DETERMINADO PERSONAL DE, CHOFERES DE LA EMPRESA DE TRANSPORTES COLECTIVOS DEL ESTADO. \nHonorable Senado: El proyecto de ley materia de este informe fue iniciado en Mensaje del Ejecutivo, recibido en la Honorable C\u00E1mara de Diputados el 16 de agosto de 1972, y tiene por objeto derogar el art\u00EDculo 10 de la ley N\u00B0 17,252, de 6 de diciembre de 1969. \nEsta disposici\u00F3n estableci\u00F3 que el personal de choferes de la Empresa de Transportes Colectivos del Estado, que presta servicios en la ciudad de Santiago, deb\u00EDa efectuar un aporte equivalente al uno por ciento de sus remuneraciones imponibles con el fin de financiar la adquisici\u00F3n y alhajamiento de un inmueble destinado a la recreaci\u00F3n y esparcimiento de dicho personal y sus familiares. Para tal efecto, la propia instituci\u00F3n empleadora hace el descuento por planilla y lo deposita en una cuenta especial en el Banco del Estado de Chile, contra la cual s\u00F3lo puede girar el Presidente y Tesorero de la Asociaci\u00F3n \u00DAnica de Choferes de Santiago. \nLa norma legal comentada se dict\u00F3 a petici\u00F3n de la Asociaci\u00F3n aludida, la cual pretend\u00EDa adquirir un inmueble para habilitar all\u00ED un centro social y de descanso para el personal de choferes de Santiago. Posteriormente, los propios interesados estimaron innecesario concretar la finalidad perseguida y, por eso, al ponerse t\u00E9rmino a un conflicto laboral promovido en esa Empresa, se convino en que el Supremo Gobierno patrocinar\u00EDa el correspondiente proyecto de ley que pusiera t\u00E9rmino al mencionado aporte mensual y ordenara la devoluci\u00F3n de las cantidades descontadas. \nEn cumplimento de tal convenio, el Ejecutivo present\u00F3 el proyecto de ley ahora en examen, que deroga el art\u00EDculo 10 antes analizado, ordena la devoluci\u00F3n de los aportes hechos hasta la publicaci\u00F3n de la ley en proyecto y faculta a las referida Empresa para retirar los recursos acumulados a fin de efectuar materialmente la devoluci\u00F3n de ellos a sus aportantes. \nLa unanimidad de los miembros presentes de vuestra Comisi\u00F3n aprob\u00F3 en general y particular, sin modificaciones, esta iniciativa y os propone adoptar igual resoluci\u00F3n. \nSala de la Comisi\u00F3n, a 6 de septiembre de 1973. \nAcordado en sesi\u00F3n de esta fecha, con asistencia de los Honorables Senadores se\u00F1ores Von M\u00FChlenbrock (Presidente), Hamilton, Moreno y Valente. \n(Fdo.): Rodemil Torres V\u00E1squez, Secretario. \n \n " . . . "INFORME DE LA COMISI\u00D3N DE OBRAS PUBLICAS, RECA\u00CDDO EN EL PROYECTO DE LEY DE LA HONORABLE C\u00C1MARA DE DIPUTADOS QUE DEROGA EL ARTICULO 10 DE LA LEY N\u00B0 17.252, QUE ESTABLECI\u00D3 UN APORTE ESPECIAL DE DETERMINADO PERSONAL DE, CHOFERES DE LA EMPRESA DE TRANSPORTES COLECTIVOS DEL ESTADO."^^ . .