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El señor HAMILTON.-
Señor Presidente, antes de proceder a constituir la Sala en sesión secreta para tratar el desafuero del Gobernador, quisiera decir algunas palabras.
Como el caso de que nos ocuparemos es una materia que ha preocupado a la opinión pública y los medios de difusión han dado diversas versiones de las causas que motivan el desafuero, de la actuación de la Comisión de Constitución y de su informe favorable al mismo, creo conveniente innovar en esta materia y que los antecedentes que sirvan de fundamento a la actitud que tome el Senado, sea para aprobar el desafuero, como recomienda la Comisión referida, o para rechazarlo, sean conocidos públicamente.
Solicito el acuerdo unánime de la Sala para tratar esta materia en sesión pública y no en sesión secreta.
El señor CONTRERAS.- Además, pedimos que la votación sea pública y nominal. Formulo indicación en tal sentido.
El señor FIGUEROA (Secretario).- ¿Me permiten dar una explicación, señores Senadores?
En realidad, en estos casos el Senado actúa como jurado. No es de la esencia misma del jurado abrir debate sobre el asunto que debe dilucidar. Sin embargo, esta misma situación se planteó en diversas oportunidades respecto de intendentes y gobernadores, y como una manera de llegar a una conclusión definitiva, los Comités se reunieron el 23 de junio de 1966, acordando, por unanimidad, a fin de facilitar el conocimiento del problema y dar satisfacción a las peticiones de los señores Senadores, aceptar discusión sobre el asunto, pero en sesión secreta, y qué la votación también se efectuara en esa forma. Ese acuerdo unánime de Comités sólo se puede modificar por otro similar.
El señor LUENGO.-
Antes de constituirse la Sala en sesión secreta, debo decir que realmente tengo memoria de ese acuerdo de Comités. No lo pongo en duda, pero lamento que él exista.
En verdad, no se ve por qué debe ser secreta la discusión del desafuero de un gobernador o intendente. Por mucho que se diga que se actúa como jurado, el Senador que está resolviendo la materia perfectamente puede tener determinadas razones para votar en uno u otro sentido. A veces es conveniente que los argumentos que pueda tener una persona sean conocidos por los demás, que quizás no han apreciado determinadas circunstancias que pueden hacerles modificar su criterio.
Durante el lapso que pertenezco a la Comisión de Constitución, muchas veces me ha tocado conocer de peticiones de desafuero de intendentes y gobernadores. En más de una oportunidad, cuando inclusive ya teníamos criterio formado para resolver en un sentido o en otro, resultaba que los argumentos de un señor Senador convencían a la Comisión para votar en forma totalmente contraria a lo ya decidido.
De plena buena fe, en este caso pienso que si lo examinamos con la objetividad que corresponde, este desafuero no debería aprobarse.
Aun cuando la sesión sea secreta, daré algunos argumentos que justifican la opinión que expresé en la Comisión. Creo que pueden tener alguna validez para que, en definitiva, se resuelva denegando el desafuero.
Lamento, repito, que esta materia debamos tratarla en sesión secreta y no pública, porque habría sido mejor que la opinión ciudadana conociera bien el problema; sobre todo si se trata de hechos ocurridos en la provincia de Cautín, departamento de Lautaro, que ha vivido convulsionada durante largo tiempo, precisamente por las situaciones que se han venido produciendo en el agro.
El señor FERRANDO.- Se va a constituir la Sala en sesión secreta.
"