rdf:value = " El señor FIGUEROA (Secretario).- El artículo 115 dispone que el Presidente de la República puede retirar su observación, pero requiere el acuerdo de la Cámara respectiva. Si no lo hay, debe seguirse el trámite correspondiente del veto.
Denantes dije que la Cámara de Diputados ya trató la observación y que la rechazó e insistió en el texto primitivo. Por eso, si no hay acuerdo del Senado para retirar el veto, la Sala deberá pronunciarse sobre él.
"