REPUBLICA DE CHILE DIARIO DE SESIONES DEL SENADO PUBLICACION OFICIAL. LEGISLATURA 317ª EXTRAORDINARIA. SESION 77ª, en martes 6 de febrero de 1973. Ordinaria. (De 16.14 a 18.53). PRESIDENCIA DE LOS SEÑORES IGNACIO PALMA VICUÑA, PRESIDENTE, Y HUMBERTO AGUIRRE DOOLAN, VICEPRESIDENTE. SECRETARIOS, EL SEÑOR PELAGIO FIGUEROA TORO, Y EL SECRETARIO ACCIDENTAL, SEÑOR IVAN AUGER LABARCA. INDICE. Versión taquigráfica I.- ASISTENCIA 3004 II.- APERTURA DE LA SESION 3004 III.- TRAMITACION DE ACTAS 3004 IV.- LECTURA DE LA CUENTA... 3004 Fecha de votación de la petición de desafuero del Gobernador de San Carlos, don Hugo Ríos Verdugo 3008 Nota del asesor Jurídico de la Confederación de la Producción y del Comercio 3009 Normas sobre rentas municipales. Tramite a Comisión de Hacienda 3012 Breve visita a Chile del Presidente de Venezuela, doctor Rafael Caldera 3015 Desmentido del señor Gabriel Valdés Subercaseaux 3017 V.- ORDEN DEL DIA: Observaciones, en segundo trámite, al proyecto que deroga ley 4.791, que favorece a la Compañía de Teléfonos de Chile. Veto (se despachan) 3019 Supresión de la próxima SESION ordinaria 3019 Acuerdos de Comités 3020 Designación de representantes del Senado ante la Editorial Jurídica de Chile ..... 3020 Observaciones, en primer trámite, al proyecto que destina fondos para un plan habitacional de ASMAR en Talcahuano (quedan despachadas) 3021 Observaciones, en primer trámite, al proyecto que prohíbe la internación al resto del país de las mercaderías rematadas por Aduanas en Chiloé, Aisén y Magallanes (quedan despachadas).... 3021 Observaciones, en primer trámite, al proyecto que beneficia a las empresas de aeronavegación comercial de la Zona Austral (quedan despachadas) 3022 Observaciones, en segundo trámite, al proyecto sobre cobro de peaje por la Municipalidad de Paredones (quedan despachadas)..... 3022 Observaciones en segundo trámite, al proyecto sobre empréstitos para la Municipalidad de Corral (Quedan despachadas) 3023 Observaciones, en primer trámite, al proyecto que destina recursos del Instituto CORFO Aisén a Municipalidades de Aisén y Coihaique. (Quedan despachadas) 3023 Observaciones, en primer trámite, al proyecto que crea la Comisión Nacional de Instrumentos Históricos (quedan despachadas).... 3024 Observaciones, en primer trámite, al proyecto que fija la jornada de los trabajadores del comercio de Viña del Mar (quedan despachadas) 3024 Observaciones, en segundo trámite, al proyecto que suprime la reajustabilidad de las viviendas adquiridas por personas jubiladas inválidas o montepiadas (quedan despachadas).... 3025 Observaciones, en primer trámite, al proyecto que beneficia a los funcionarios chilenos que se hayan desempeñado por más de dos años en el exterior (quedan despachadas) 3028 VI.- INCIDENTES: Peticiones de oficios (se anuncian) 3031 La Confederación de Dueños de Camiones de Chile y los graves problemas de este gremio. Oficio (Observaciones del señor Baltra) 3041 Análisis del conflicto bélico de Vietnam (observaciones de la señora Carrera y del señor Reyes) 3044 Anexos. 1.- Proyecto de ley, en primer trámite, que modifica la Ley General de Elecciones en lo relativo a la propaganda electoral… 3049 2.- Observaciones, en primer trámite, al proyecto que crea la Corte de Apelaciones de Puerto Montt 3051 3.- Proyecto de ley, en segundo trámite, que configura el delito de crueldad con los animales ... 3063 4.- Proyecto de ley, en segundo trámite, que establece una remuneración de antigüedad para el personal del Servicio Nacional de Salud … 3065 5.- Observaciones, en segundo trámite, al proyecto que modifica el Estatuto Médico Funcionario 3086 6.- Informe de la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento recaído en la petición de desafuero del Gobernador de San Carlos, señor Hugo Ríos Verdugo, presentada por don Juan Labra Pereira 3068 7.- Informe de la Comisión de Hacienda recaído en el proyecto sobre fijación de la sede temporal de la Dirección Regional del Servicio de Impuestos Internos de Valparaíso 3071 8.- Informe de la Comisión de Salud Pública recaído en el proyecto que establece una remuneración de antigüedad para el personal del Servicio Nacional de Salud 3073 9.- Informe de la Comisión de Hacienda recaído en el proyecto que establece una remuneración de antigüedad para el personal del Servicio Nacional de Salud 3077 10.- Informe de la Comisión de Salud Pública recaído en las observaciones al proyecto que modifica el Estatuto Médico Funcionario 3080 11.- Moción del señor Baltra con la que inicia un proyecto de reforma constitucional con el objeto de conceder autonomía financiera al Poder Judicial 3082 VERSION TAQUIGRAFICA I.- ASISTENCIA. Asistieron los señores: Aguirre Doolan, Humberto Baltra Cortés, Alberto Ballesteros Reyes, Eugenio Bossay Leiva, Luis Bulnes Sanfuentes, Francisco Carmona Peralta, Juan de Dios Carrera Villavicencio, María Elena García Garzena, Víctor Gumucio Vives, Rafael Agustín Ibureta Aburto, Narciso Jerez Horta, Alberto Juliet Gómez, Raúl Luengo Escalona, Luis Fernando Musalem Saffie, José Olguín Zapata, Osvaldo Pablo Elorza, Tomás Palma Vicuña, Ignacio Papic Ramos, Luis Reyes Vicuña, Tomás Rodríguez Arenas, Aniceto, y Valenzuela Saéz, Ricardo. Actuó de Secretario el señor Pelagio Figueroa Toro, y de Prosecretario, el señor Iván Auger Labarca. II.- APERTURA DE LA SESION. Se abrió la SESION a las 16.14, en presencia de 15 señores Senadores. El señor PALMA (Presidente).- En el nombre de Dios, se abre la sesión. III.- TRAMITACION DE ACTAS. El señor PALMA (Presidente).- Las actas de las sesiones 69ª a 76ª quedan en Secretaría a disposición de los señores Senadores hasta la sesión próxima, para su aprobación. IV.- LECTURA DE LA CUENTA. El señor PALMA (Presidente).- Se va a dar cuenta de los asuntos que han llegado a Secretaría. El señor FIGUEROA (Secretario).- Las siguientes son las comunicaciones recibidas: Mensajes. Ocho de Su Excelencia el Presidente de la República. Con los cuatro primeros retira la urgencia hecha presente para el despacho de los siguientes asuntos: 1) Proyecto de ley que establece un nuevo sistema de prestaciones familiares. 2) Proyecto de ley que otorga plena capacidad legal a la mujer casada. 3) Proyecto de ley que fija la duración máxima de la jornada y las remuneraciones mínimas de los choferes de la locomoción colectiva particular. 4) Observaciones formuladas al proyecto de ley que reprime el tráfico de estupefacientes. Quedan retiradas las urgencias. Con el quinto incluye entre los asuntos de que puede ocuparse el Congreso Nacional en la actual legislatura extraordinaria los siguientes proyectos de ley: 1) El que establece que el Instituto Técnico Ferroviario validará los títulos otorgados por la Escuela de Maquinistas (Senado, segundo trámite constitucional, pendiente en la Comisión de Obras Públicas para nuevo informe). 2) El que declara técnicos los cargos de Secretarios Municipales (Senado, primer trámite constitucional, pendiente en la Comisión de Gobierno). Se manda agregarlo a sus antecedentes. Con el sexto concede el patrocinio constitucional necesario para que se dé trámite al proyecto de ley que establece normas relativas a la previsión de los profesores particulares, y lo incluye entre los asuntos de que puede ocuparse el Congreso Nacional en la actual legislatura extraordinaria (Senado, segundo trámite constitucional, pendiente en la Comisión de Trabajo y Previsión Social y en la de Hacienda, en su caso) Se manda agregarlo a sus antecedentes. Con el siguiente inicia un proyecto de ley que modifica la ley General de Elecciones en lo relativo a la propaganda electoral (véase en los Anexos, documento 1). Con el último formula observaciones, en primer trámite constitucional al proyecto de ley que crea Cortes de Apelaciones en Puerto Montt, Los Ángeles y Copiapó, y diversos Juzgados de Letras de Mayor Cuantía (véase en los Anexos, documento 2). Pasan a la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento. Oficios. Seis de la Honorable Cámara de Diputados. Con los dos primeros comunica que ha tenido a bien aprobar los siguientes proyectos de ley: 1) El que configura el delito de crueldad para con los animales (véase en los Anexos, documento 3). Pasa a la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento. 2) El que establece una remuneración de antigüedad para el personal del Servicio Nacional de Salud (véase en los Anexos, documento 4). Por acuerdo de Comités, pasó a la Comisión de Salud Pública y a la de Hacienda, en su caso. Con el tercero, comunica los acuerdos que ha tenido a bien adoptar, en primer trámite constitucional, respecto de las observaciones formuladas por el Ejecutivo al proyecto de ley que modifica el artículo 43 de la ley Nº 15.076, sobre Estatuto Médico Funcionario (véase en los Anexos, documento 5). Por acuerdo de Comités pasó a la Comisión de Salud Pública. El señor PALMA (Presidente).- Se está tramitando un acuerdo de Comités para despacharlas en los últimos minutos del Orden del Día de esta sesión. El señor FIGUEROA (Secretario).- Con los tres últimos comunica que ha tenido a bien aprobar las modificaciones introducidas por el Senado a los proyectos de ley que se indican: 1) El que aumenta la Planta de Oficiales y Empleados del Ejército. 2) El que beneficia al personal del Servicio Nacional de Salud. 3) El que establece normas relativas al desarrollo de un plan habitacional especial en favor de los imponentes activos del Cuerpo de Carabineros de Chile. Se manda archivarlos. Treinta y ocho de los señores Ministros del Interior, de Educación Pública, de Defensa Nacional, de Obras Públicas y Transportes, de Salud Pública y de Minería; del Secretario General de Gobierno y del Director de la Oficina de Planificación Nacional; del Subsecretario del Ministerio de la Vivienda y Urbanismo; del Presidente de la Excelentísima Corte Suprema; del Contralor General de la República; del Presidente de la Comisión Anti monopolios; del Vicepresidente Ejecutivo de la Corporación de la Vivienda; del Director de Fronteras y Límites del Estado; del Director Administrativo del Ministerio de la Vivienda y Urbanismo; del Superintendente de Seguridad Social y de la Directora de Educación Primaria y Normal, con los cuales dan respuesta a las peticiones que se indican, formuladas por los Honorables Senadores señores Acuña (1), Aguirre Doolan(2), Carmona (3), Gormaz (4), Hamilton (5), Lorca (6), Luengo (7), Morales (8), Moreno (9), Musalem (10), Ochagavía (11), Silva Ulloa (12) y Valente (13): 1) Facultades de la Dirección de Industria y Comercio para fiscalizar el transporte de carne. Posta de Primeros auxilios en La Florida, Osorno. 2) Instalación de Retén de Carabineros en la localidad de Charrúa, provincia de Concepción. 3) Antecedentes sobre la situación alimenticia que afecta a la zona norte del país. 4) Inclusión de proyecto en la actual legislatura extraordinaria. 5) Situación de la radio El Sol de Chile Chico. Mantención en Valle California, provincia de Chiloé, de Sub agencia de ECA. Petición de la Unidad Vecinal Nº 1 de la Población Fátima y del Centro de Madres Santa Victoria, de Ancud. 6) Sobre patrocinio constitucional a diversas iniciativas presentadas por parlamentarios. 7) Local para el Servicio de Investigaciones de Villarrica. Aporte fiscal para electrificación de los pueblos de Quilaco y Rucalhue. Oficina de Sueldos del Ministerio de Educación Pública en Villarrica. Establecimiento de servicio de locomoción colectiva en la ciudad de Los Ángeles. 8) Solución de problemas habitacionales que afectan a empleados públicos de Futaleufú. 9) Terminación de trabajos de alcantarillado en la Población Manuel Rodríguez, de Rancagua. Ampliación de préstamo a la Municipalidad de Santa Cruz para terminación de obras de construcción del Mercado Municipal y terminal de buses. 10) Legalidad y vigencia de la letra c) del artículo 13 del decreto Nº 338, de 1945, del Ministerio de Economía. Investigación acerca de si las Juntas de Abastecimientos y Control de Precios se han ceñido, en el ejercicio de sus atribuciones, a las normas legales y reglamentarias vigentes. Presentación de la Junta de Vecinos de la Unidad Vecinal Nº 1, San Borja, de la primera comuna de Santiago. 11) Construcción de postas de primeros auxilios en la Isla Lemuy, provincia de Chiloé. 12) Diversos antecedentes de la Población Roberto Larraguibel, de Coquimbo. Dictación de reglamento para aplicar el régimen de la ley Nº 16.744 a trabajadores independientes. Ampliación de red de alcantarillado en Taltal. 13) Asignación de Oficiales de Carabineros a la Tenencia de Huara y creación de Retén de Carabineros en la localidad de Cariquima. Información sobre proceso por homicidio de Ismael Concha. Reposición por parte de la Empresa Nacional de Minería del poder comprador de desmontes y disfrutes de oro, en Taltal. Situación de operarías de Lavandería Militar de Iquique. Ampliación y reparación del muelle de la caleta de pescadores de Cavancha. Planes de desarrollo industrial elaborados por el Gobierno para las provincias de Tarapacá y Antofagasta. Antecedentes sobre obras de adelanto en la localidad de Mejillones. Pavimentación de las calles de la población José Rodríguez Larraguibel, de Iquique. Pronunciamiento sobre el sentido y alcance de la ley Nº 17.840, en cuanto se refiere a la extensión de la asignación de zona. Dotación de material rodante a la Red Ferroviaria Norte y habilitación de la Maestranza que indica para fábrica de carros. Extensión red de Televisión Nacional; instalación de planta repetidora en la Oficina Salitrera Victoria y transmisión directa a Antofagasta, Iquique y Arica. Entrega de títulos de dominio a los adquirentes de viviendas de la Remodelación El Morro, de Iquique. Antecedentes relacionados con la población Chinchorro, de Arica. Quedan a disposición de los señores Senadores. Uno del señor Ministro de Relaciones Exteriores, con el que comunica que el día miércoles 7 del presente mes de febrero hará escala técnica en el Aeropuerto de Pudahuel, desde las 15 hasta las 17 horas, el avión en que viajan el Presidente de la República de Venezuela, Excelentísimo señor Rafael Caldera, señora y comitiva, y, por especial encargo dé Su Excelencia el Presidente de la República, tiene el honor de invitar al Presidente del Senado para que concurra a saludar al Primer Mandatario venezolano. Uno del Presidente del Tribunal Constitucional, con el que comunica la resolución recaída en el requerimiento rol Nº 13, respecto de la constitucionalidad de los artículos 8º y 9º formulados por Su Excelencia el Presidente de la República al proyecto de ley que beneficia al personal del Servicio Nacional de Salud. Se manda archivarlos. Uno del señor Gobernador de San Carlos, don Hugo Ríos Verdugo, con el que formula sus descargos a la petición de desafuero entablada en su contra por don Juan Francisco Labra Pereira, y otra. Por acuerdo de Comités, pasó a la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento. Uno del señor Contralor General de la República con el que remite el estado de fondos fiscales y el balance presupuestario de entradas y gastos al 30 de noviembre de 1972. Pasa a la Oficina de Informaciones. Uno del señor Presidente de la Corte de Apelaciones de Santiago, con el que solicita copia del texto aprobado por el Congreso Nacional en cuanto al proyecto de ley que crea la Corte de Apelaciones de Puerto Montt, y de las observaciones que al mismo ha formulado el Ejecutivo. Se accede a lo solicitado. Uno del señor Director del Registro Electoral, con el que comunica que el día sábado 17 de febrero en curso, a las 14 horas, se reunirá, en el lugar que indica, la Comisión de Sorteo de los miembros que integrarán el próximo Tribunal Calificador de Elecciones que deberá actuar en el cuadrienio 1973-1977. Se manda archivarlo. Informes. Uno de la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento, recaído en la petición de desafuero formulada en contra del Gobernador de San Carlos, don Hugo Ríos Verdugo, por don Juan Francisco Labra Pereira y por otra persona (véase en los Anexos, documento 6). Queda para el Tiempo de Votaciones de la próxima sesión. Uno de la Comisión de Hacienda, recaído en el proyecto de la Honorable Cámara de Diputados que faculta al Presidente de la República para fijar temporalmente la sede de la Dirección Regional del Servicio de Impuestos Internos de Valparaíso, en cualquier ciudad de su jurisdicción (véase en los Anexos, documento 7). Uno de la Comisión de Salud Pública y otro de la de Hacienda, recaídos en el proyecto de ley de la Honorable Cámara de Diputados que establece una remuneración de antigüedad para el personal del Servicio Nacional de Salud (véase en los Anexos, documentos 8 y 9). Uno de la Comisión de Salud Pública, recaído en las observaciones de Su Excelencia el Presidente de la República, en segundo trámite, al proyecto que modifica la ley Nº 15.076, sobre Estatuto Médico Funcionario (véase en los Anexos, documento 10). Quedan para tabla. Mociones. Una del Honorable Senador señor Aguirre Doolan, con la que inicia un proyecto de ley que concede amnistía a don Aniceto Soto Guzmán. Otra del Honorable Senador señor Baltra, con la que inicia un proyecto de reforma constitucional con el objeto de conceder autonomía financiera al Poder Judicial (véase en los Anexos, documento 11). Pasan a la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento. Comunicaciones. Una de los señores Presidentes de las Cámaras del Soviet Supremo de la Unión de Repúblicas Socialistas Soviéticas, con la que solicitan al señor Presidente del Senado transmitir a los señores Senadores de los Partidos Socialista, Comunista, Radical, Organización de Izquierda Cristiana y Unión Socialista Popular, sus agradecimientos por las felicitaciones que enviaran con motivo del Cincuentenario de la Organización de la Unión de Repúblicas Socialistas Soviéticas. Una del señor Presidente de la Asamblea Nacional Constituyente de Nicaragua, con la que adjunta copia de la Declaración emitida por ese organismo con motivo de la tragedia nacional ocurrida en el mes de diciembre pasado y que enlutó al pueblo nicaragüense. Quedan a disposición de los señores Senadores. Una del señor Alcalde de la Municipalidad de Quinta Normal, con la que pone en conocimiento del Senado un acuerdo de dicha Corporación Edilicia, relativo a la tramitación del proyecto de ley que legisla sobre Rentas Municipales. Se manda agregarla a sus antecedentes. Una del Asesor Jurídico de la Confederación de la Producción y del Comercio, don Eduardo Dagnino, con la que aclara conceptos vertidos por el Honorable Senador señor Luis Fernando Luengo, en SESION de fecha 16 de enero pasado, con motivo de la discusión del proyecto que tipifica delitos de carácter económico. Se manda archivarla. Otra del señor Secretario del Consejo Directivo Departamental de la Central Única de Trabajadores de San Carlos, con la que hace llegar al Senado un acuerdo de dicha entidad respecto de la petición de desafuero deducida en contra del señor Gobernador don Hugo Ríos Verdugo. Se manda agregarla a sus antecedentes. Una de la señora Presidenta de la Asociación de Dueñas de Casa de Magallanes, con la que hace llegar un acuerdo de esa organización relativo a las medidas económicas anunciadas recientemente por el señor Ministro de Hacienda don Fernando Flores. Se manda archivarlo. Solicitudes. Una del señor Froilán Castro Vallejos, con la que solicita certificado del acuerdo del Senado que lo rehabilitó en su ciudadanía. Se accede a lo solicitado. FECHA DE VOTACION DE LA PETICIÓN DEDESAFUERO DEL GOBERNADOR DE SAN CARLOS, DON HUGO RÍOS VERDUGO. El señor GARCÍA.- Pido la palabra sobre la Cuenta, señor Presidente. El señor PALMA (Presidente).- Tiene la palabra Su Señoría. El señor GARCÍA.- Señor Presidente, su Señoría dejó para el Tiempo de Votaciones de la próxima SESION ordinaria el informe de la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento sobre la petición de desafuero del Gobernador de San Carlos, don Hugo Ríos Verdugo. Como se citó al Senado para votarla hoy, no hacerlo puede producir una perturbación, porque todos creíamos que ese desafuero se votaría hoy. Esa es mi primera observación. El señor PALMA (Presidente).- Señor Senador, el señor Secretario dará una información más detallada sobre el particular; pero, de acuerdo con el Reglamento, tal petición debe tratarse mañana, pues sólo hoy se ha dado cuenta del informe de la Comisión. El señor GARCIA.- Está bien, señor Presidente. El señor FIGUEROA (Secretario).- Además, señor Senador, por orden del señor Presidente del Senado, el 31 de enero se emitió la circular número 2738, que dice lo siguiente: Por orden del señor Presidente del Senado tengo el honor de comunicar a US. Que en la sesión ordinaria del martes 6 de febrero del año en curso, corresponde dar cuenta del informe de la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento, recaído en la petición de desafuero formulada en contra del Gobernador de San Carlos, don Hugo Ríos Verdugo, por don Juan Francisco Labra Pereira y otro. Este asunto deberá ser votado en el Tiempo de Votaciones de primera hora de la sesión ordinaria que se celebrará el miércoles 7 de febrero, con o sin informe de Comisión. El señor GARCIA.- Perdón, señor Presidente, había entendido mal. NOTA DEL ASESOR JURIDICO DE LA CONFEDERACION DE LA PRODUCCION Y DEL COMERCIO. El señor GARCIA.- Además, solicito dar lectura a la carta, incluida en la Cuenta, del Asesor Jurídico de la Confederación de la Producción y del Comercio, en la que éste aclara conceptos vertidos en el Senado sobre su persona. El señor LUENGO.- Yo formulo igual petición. Pido que quede constancia de ello. El señor PALMA (Presidente).- Se dará lectura a la carta del señor Dagnino. El señor FIGUEROA (Secretario).- Está fechada el día 29 de enero de 1973 y dice lo siguiente: Tengo el honor de dirigirme a U. S. para solicitar que se lea en sesión y, si es posible se inserte en el acta, o en sus anexos, mi protesta contra la alusión que ha hecho respecto de mí un Senador. Creo que los simples particulares tenemos, para que exista verdadera democracia, el derecho de defendernos desde la misma tribuna en que se nos ataca. En la sesión del 16 del actual, el Senador don Luis F. Luengo, dijo que el único que sostuvo en la discusión del proyecto del delito económico que tal legislación es absolutamente innecesaria fui yo y agregó: sabemos los intereses que defiende el señor Dagnino, precisamente los de los comerciantes, que no quieren una legislación de ese corte. Todos los abogados defendemos intereses, siempre que sean respetables y legítimos, como los de las entidades gremiales que represento. Sostiene el señor Luengo que el mercado negro lo alimentan los comerciantes y los productores. El Senador parece ser la única persona en Chile que ignora que el mercado negro lo mantiene gente adicta al Gobierno con diferentes objetivos muy precisos, entre ellos, dar pingües ganancias a cabecillas políticos, alimentar las cajas electorales, sojuzgar al comercio por la falta de abastecimiento, desesperar a los consumidores para obligarlos a aceptar la tarjeta de racionamiento y finalmente lograr el mayor anhelo del marxismo, que es destruir por completo la economía nacional, a fin de edificar sobre sus ruinas el paraíso totalitario. El señor Luengo usa el censurable procedimiento de hacer citas truncas. En efecto, yo sostuve ante la Comisión de Legislación y Justicia del Senado que los preceptos contenidos en el Mensaje del Ejecutivo son absolutamente innecesarios porque existen disposiciones casi idénticas dentro de nuestra legislación. Lo demostré con citas precisas del Código Penal y de diferentes leyes, que el señor Luengo parece ignorar. El Gobierno adujo el pretexto de coordinar la legislación. Obviamente, en el contexto de lo que ocurre en el país, dictar disposiciones semejantes a las ya existentes, envolvía el riesgo de que el Ejecutivo, por medio del veto supresivo aun cuando estuvieren cuidadosamente redactadas y estudiadas, desarticulara la legislación actual, dejando a los comerciantes y productores a merced de querellas infundadas y sanciones arbitrarias respecto de las cuales carecerían de todo amparo y protección. No fui yo el único que se opuso al proyecto. Hubo otras voces que valientemente dijeron la verdad, pero me complace que cuatro hechos hayan venido a darnos completo respaldo y son: a) La mayoría del Senado advirtió el riesgo que corría el país y rechazó en definitiva el proyecto; b) El público repudió la propaganda gubernativa organizada para acusar al comercio y que combinaba las entregas de DINAC a determinados negocios con el asalto inmediato de la respectiva JAP; c) El propio Presidente de la República, el Ministro de Hacienda y el Gerente de DINAC han reconocido muchas de las verdades que digo en esta carta, en una autocrítica que puede convertirse en un escarnio y una mascarada, si no va seguida de la sincera y efectiva rectificación de la política que arruina al país; d) La presión moral de la opinión pública obligó al Gobierno a entregar el control de la distribución estatal de artículos esenciales a distinguidos jefes de las Fuerzas Armadas que cuentan con la confianza del pueblo. Dije también que faltan disposiciones que castiguen a los verdaderos delincuentes, a quienes han desatado una inflación de 160% en un año, que destruye la economía y trae la angustia a los hogares, especialmente los más modestos; a quienes envilecen diariamente la moneda con emisiones inorgánicas de millones de escudos y a quienes, con el despojo, la violencia y la ilegalidad paralizan la actividad productora y desalientan la confianza de los que en Chile trabajan honrada y tesoneramente. Al expresar estas ideas estaba defendiendo la verdad, la justicia, la libertad y la dignidad humana que, no cabe duda, son los intereses más respetables y legítimos. Lo saluda muy atentamente a US., Eduardo Dagnino Mc. Asesor Jurídico de la Confederación de la Producción y del Comercio. El señor PALMA (Presidente).- Sobre la Cuenta, tiene la palabra el Honorable señor Valenzuela. El señor LUENGO.- Ruego al señor Valenzuela que me conceda el derecho a hablar anticipadamente, porque quiero referirme a la nota que se acaba de leer. El señor VALENZUELA.- No tengo inconveniente. El señor PALMA (Presidente).- Con la venia del Honorable señor Valenzuela, puede usar primero de la palabra el Honorable señor Luengo. El señor LUENGO.- En realidad, lamento imponerme del contenido de esa nota al momento de leerse aquí, de no haber tenido conocimiento anticipado de ella, caso en el cual habría solicitado una copia para poder examinarla con mayor detención. En consecuencia, sólo me referiré a esta carta por lo que he podido captar de la lectura rápida que ha Hecho el señor Secretario, a quien no estoy haciendo cargo alguno al decir esto. En primer término, quiero protestar porque esta carta del señor Eduardo Dagnino es insolente para con mi persona y lo es también para con el Gobierno de la República. El señor Dagnino no puede decir que lo he atacado, y que lo he hecho aquí eso es lo que me parece que quiere decir, porque él no puede venir al Senado a defenderse. No he atacado al señor Dagnino. Cuando digo qué intereses representa y qué intereses defiende, no lo ataco; estoy diciendo sencillamente, en forma objetiva, qué ha venido a hacer el señor Dagnino a la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento, no sólo con ocasión del estudio del proyecto sobre delito económico, sino de muchas otras iniciativas, porque el señor Dagnino permanentemente ha estado asesorando a personeros de esa Comisión acerca de diversos proyectos. No creo que con esto cause una ofensa al señor Dagnino; pero si él cree que lo hago, tal vez su inconsciente lo esté acusando de defender intereses que no son legítimos, porque él representa a la Cámara Central de Comercio, es decir, al gran comercio, al gran comerciante de Chile. ¡Y ésos son los intereses que él viene a defender, objetivamente! Puede ser que en algunas oportunidades abogue por algo a que sus representados tengan pleno derecho, pero puede ser que en otras ocasiones no ocurra igual, porque así lo da a entender en su propia carta. En cierto modo, él mismo se confiesa patrocinador de intereses que no son los más legítimos. Luego, expresa que yo sostengo que el mercado negro lo alimentan los comerciantes y los productores. ¡Sí, señor! Lo he afirmado, pero con ello no quiero decir que lo sustente el señor Dagnino, ni que lo hagan todos los comerciantes. Porque cuando se discutió el proyecto sobre delito económico tuve oportunidad de decir aquí que con esta iniciativa nosotros pretendíamos castigar a los malos comerciantes, a los deshonestos, no a todos los comerciantes, pues reconocíamos que los hay honestos. Por eso dije que me parecía extraño que se quisiera votar en contra del proyecto sobre delito económico, impedir la dictación de una ley de esta naturaleza, con lo cual se pretendía rebatir que todos los comerciantes fueran deshonestos, lo que no decía el Gobierno. El señor Dagnino sostiene una insolencia bastante grande en contra del Gobierno. En uno de los párrafos de su comunicación dice que el mercado negro lo alimentan los funcionarios del Gobierno… Estoy tratando de buscar la cita precisa en la carta. El señor GARCÍA.- Puede leer lo que dijo el Presidente de la República, que es lo mismo. El señor LUENGO.- También lo voy a leer, porque yo no hago citas truncas, como afirma el señor Dagnino. El señor PALMA (Presidente).- Está con la palabra el Honorable señor Luengo. El señor LUENGO.- Yo estoy con el uso de la palabra. El señor Dagnino dice que yo hago citas truncas. No es efectivo. Por lo demás, en su carta ratifica algo que sostuvo en la Comisión, en cuanto a que las disposiciones que se pretendía dictar eran innecesarias. No creo que ésa sea una cita trunca. El señor Dagnino la ratifica en la carta, y recuerda haber señalado las disposiciones legales precisas que hoy existen, por las que consideraba innecesaria la dictación de una nueva ley. Pero yo también me referí a lo que sostuvo el profesor señor Miguel Schweitzer: que si bien era efectivo que algunas de esas disposiciones estaban en vigencia, otras, en cambio, no existían y era necesario dictarlas, y que, además, era conveniente compilar todas las que tuvieran relación con el delito económico. En una parte de su carta, el señor Dagnino expresa: Sostiene el señor Luengo que el mercado negro lo alimentan los comerciantes y los productores. El Senador parece ser la única persona en Chile que ignora que el mercado negro lo mantiene la gente adicta al Gobierno con diferentes objetivos muy precisos, entre ellos, dar pingües ganancias a cabecillas políticos, alimentar las cajas electorales, sojuzgar al comercio por la falta de abastecimiento, desesperar a los consumidores para obligarlos a aceptar la tarjeta de racionamiento y, finalmente, lograr el mayor anhelo del marxismo, que es destruir por completo la economía nacional, a fin de edificar sobre sus ruinas el paraíso totalitario. Tal insolencia no se puede aceptar de un señor que, además, reclama porque – dice - no puede defenderse. ¡Vean qué manera de defenderse ha tenido! Incluso tiene el tupé de venir a pedir que su nota se incluya en el Diario de Sesiones, cosa que por supuesto ya logró, porque el documento fue leído por el señor Secretario. Con esta carta, el señor Dagnino ha quedado confeso de ser un hombre dispuesto a defender a sus mandantes, la Confederación de la Producción y del Comercio, aun en las oportunidades en que con ello no ampare intereses legítimos. En cierto modo, pareciera que siente vergüenza de la actitud que asume en la Comisión de Constitución y en las demás del Senado, en donde lo hemos visto muy a menudo, porque el señor Dagnino es un gestor del gran comercio, y por esto se encuentra permanentemente en las Comisiones de esta Corporación. ¡Protesto por las expresiones del señor Dagnino! Jamás he eludido la discusión de ningún tipo de materias, mucho menos, evidentemente, durante el estudio de los proyectos de ley, en que cada uno de nosotros tiene derecho a exponer su pensamiento y a tratar de que prevalezcan sus ideas. ¡Pero no venga el señor Dagnino a darnos lecciones, porque no tiene autoridad moral para ello, como queda demostrado de la sola lectura de esta nota que ha quedado incorporada en el Diario de Sesiones! La señora CARRERA.- Pido la palabra. El señor PALMA (Presidente).- Tiene la palabra el Honorable señor Valenzuela. NORMAS SOBRE RENTAS MUNICIPALES. TRAMITE A COMISIÓN DE HACIENDA. El señor VALENZUELA.- Respecto del proyecto iniciado en mensaje del Ejecutivo que establece normas sobre rentas municipales, que el Senado acordó enviar a la Comisión de Gobierno y a la de Hacienda, en su caso, solicito, que sólo se remita a esta última, por cuanto de su examen se ha concluido que esta materia debe ser tratada exclusivamente por el mencionado organismo técnico. Tanto la Confederación de Municipalidades, CONAM, como otros organismos que guardan relación con las municipalidades y sus trabajadores, tienen interés en que esta iniciativa se estudie acuciosamente. Por eso me he permitido solicitar que sea la Comisión de Hacienda, que es la Comisión técnica que corresponde a este caso, la que estudie en su debida oportunidad el proyecto, disponiendo del tiempo que sea necesario. Esto es lo que quería hacer presente. El señor PALMA (Presidente).- Si le parece a la Sala, se accederá a la petición del Honorable señor Valenzuela. Acordado. Tiene la palabra el Honorable señor Reyes. La señora CARRERA.- Yo había pedido la palabra antes. El señor PALMA (Presidente).- Mucho antes había solicitado usar de la palabra el Honorable señor Reyes. El señor REYES.- No tengo inconveniente en que intervenga primero la Honorable señora Carrera. El señor PALMA (Presidente).- Puede usar de la palabra la Honorable señora Carrera, aprovechando la oportunidad que le brinda el Honorable señor Reyes. NOTA DEL ASESOR JURIDICO DE LA CONFEDERACION DE LA PRODUCCION Y DEL COMERCIO. La señora CARRERA.- Señor Presidente, protesto por el procedimiento insólito que ha seguido el Senador señor García al pedir que se lea una carta de tal naturaleza que ofende a un colega nuestro, procedimiento que nos parece que no es leal. En cuanto a cartas, nosotros podríamos enviar cientos de ellas o pedir a cientos o miles de personas que escribieran diciendo todo los que les pareciera de cualquier Senador. Esto no cuesta nada. Bastaría con pedirlo para que llovieran cartas en este Senado. Si este procedimiento lo sanciona el Presidente de la Corporación, aquí vamos a tener el espectáculo de ver al señor Secretario leer cartas indefinidamente durante todas las sesiones. El señor PALMA (Presidente).- ¿Me permite una brevísima interrupción, señora Senadora? El Honorable Senador Luengo solicitó que se leyera la carta. La señora CARRERA.- Primero lo pidió el señor García. El señor PALMA (Presidente).- Efectivamente, primero fue el Honorable señor García el que solicitó que se diera lectura a la carta. A continuación, se acercó a la Mesa el Honorable señor Luengo para pedirlo también. El señor Secretario, aquí presente, puede certificarlo, en su calidad de ministro de fe. La señora CARRERA.- No le quedaba otra cosa que hacer al señor Luengo. El señor RODRIGUEZ- ¿Qué otra cosa podía hacer el señor Luengo? La señora CARRERA.- Aquí se ofenden, a cada rato, miles de personas. El señor PALMA (Presidente).- Estoy dejando constancia de los hechos como ocurrieron. La señora CARRERA.- Sea como fuere, la explicación no nos convence en absoluto. Si la autoridad máxima de esta .Corporación sanciona este procedimiento, tendremos que empezar a enviar al Senado todo tipo de cartas y a pedir a todos los sectores de la población de Chile que por uno u otro motivo se hayan mencionado en este recinto por ejemplo, a los campesinos, a las mujeres, a las numerosas personas de que aquí se habla que nos escriban cartas, y así podremos tener el entretenido programa de oír al señor Secretario leer indefinidamente misivas de toda índole. Pero lo que más me llama la atención y me molesta es que se aprovechen estas ocasiones para desprestigiar al Gobierno, para lanzar insidias a través de El Mercurio porque de eso se trata, periódico santificado por este organismo que se llama Congreso Nacional o Senado, en este caso, para decir toda clase de mentiras el señor Dagnino es un mentiroso, para tratar de destruir la imagen del Gobierno y tratar de sacarse de encima los cargos que todo el pueblo hace a mucha gente que trabaja en el comercio, y que está acaparando, y a otros que no son comerciantes, pero que también acaparan. Aquí se ha expresado que el mercado negro y el acaparamiento lo hacen personeros del Gobierno. Me gustaría que alguien explicara con qué objeto el Gobierno estaría acaparando, especialmente supongo que a ello se refiere artículos alimenticios o para el hogar, en circunstancias de que el propio Gobierno es el que importa gran parte de los alimentos que necesita el pueblo de Chile y de que la escasez de ellos está produciendo profundo malestar y desesperación, particularmente en las mujeres, las que sufren la verdadera pesadilla de hacer colas, contra las cuales siempre nos hemos pronunciado. Señor Presidente, quiero dejar en claro varias cosas. Por ejemplo, aprovechando la oportunidad que nos da este señor, que ni me acuerdo como se llama, ni me interesa acordarme... El señor GARCIA.- El que usted ha dicho que es mentiroso. La señora CARRERA.- Sí, ese señor es un mentiroso. El señor GARCIA.- Lo está ofendiendo. La señora CARRERA.- Ya tendrá oportunidad de escribir otra carta y usted de pedir que se lea, y así nos entretendremos, diremos lo mismo que ahora y nos turnaremos para expresar todo tipo de cosas. Quiero señalar que en este país el 80,5% de la producción de alimentos está en manos de particulares y sólo 19,5% de la misma corresponde a las industrias controladas por el Estado. En cuanto a la distribución de abarrotes en general, que comprenden alimentos manufacturados o industrializados y algunos otros elementos de consumo indispensable para el hogar, cabe destacar que DINAC escasamente tiene a su cargo el 30% y que el 70% restante lo reparten las distribuidoras particulares. CENADI, que es la ex CODINA, distribuye el 60% de ese 70%. La disponibilidad por habitante de alimentos, considerando los producidos por el país más los importados, es la siguiente: Kilos aumento 1970 1971 1972 1970 72 154.1 180.9 204.1 32.4% Maíz 41.2 55.7 68.0 65 124.8 169.9 177.5 42.2 17.2 18.5 17.0 -1.2 4.9 4.9 5.7 16.3 6.3 11.3 7.3 71.6 75.2 83.4 77.2 2.6 0.5 0.8 1.1 120 Aumento de la producción entre 1970 y 1972: Leché condensada: aumentó en .. 26% Margarinas, aumentó en 38% Fideos aumentó en 82% Cigarrillos aumentó en 26% Neumáticos aumentó en .. .. 26% Sin embargo, estos productos escasean. Ello se debe a que hay acaparamiento y mercado negro en cantidades fantásticas. Desgraciadamente, no tengo aquí las cifras sobre el particular, pero el Presidente de la República las dio a conocer ayer en el discurso que pronunció en la gloriosa concentración realizada por la Unidad Popular en el Estadio Nacional, a la que asistieron más de cien mil personas. También quisiera decir otras cosas a quienes hablan, por ejemplo, de la santidad del comercio establecido. No dudo de que en éste hay personas honradas. Alguna proporción de ellas debe de haber. Creo que así es, realmente. Sin embargo, en una visita de carácter político a la industria textil ex Sumar me enteré, conversando con los obreros e interventores, de que, por ejemplo, la empresa vende a 9 escudos el metro de lienzo y de que, cuando esta tela se encuentra en el comercio, cuesta 40 escudos el metro; de que el diolén estampado lo vende la empresa a 40 escudos el metro y, en cambio, los comerciantes - esto puede comprobarse en cualquier parte - lo expenden a 300 escudos el metro. Se está haciendo un esfuerzo extraordinario para producir barato, a fin de que el pueblo consuma, y toda la producción queda en manos de los acaparadores, de los revendedores, de los agentes del mercado negro y del comercio, que vende a precios especulativos. Entonces, que no venga ese caballero, que no sé cómo se llama, ni ningún otro, a decir que es el Gobierno el que está tratando de que la gente no coma o no pueda comprar lo necesario para vivir. Eso es todo, señor Presidente. El señor PALMA (Presidente).- En cuanto a la primera parte de las observaciones de la señora Senadora, relativa a la actitud de la Mesa, debo decir que, de acuerdo con el artículo 65 del Reglamento, es obligación de la Mesa dar cuenta de las comunicaciones dirigidas al Senado enunciando solamente su origen y la materia sobre que versen, en el orden que ese mismo artículo enumera; y el séptimo lugar corresponde a Las presentaciones de los particulares. La presentación hecha por el señor Dagnino figura en la Cuenta Nº 54, la que, después de referirse a ella, dice Se manda archivarlo. Evidentemente, todo Senador tiene derecho a pedir que este documento se lea en la Sala. Un señor Senador lo hizo públicamente y otro se acercó a la Mesa para formular igual solicitud. No hubo oposición. Por consiguiente, fue necesario - y obligatorio - que el señor Secretario lo leyera. Los comentarios que a continuación hicieron a este propósito diversos señores Senadores corresponden a sus respectivas posiciones. Lo que he querido dejar en claro es que la Mesa ha cumplido estrictamente con el Reglamento del Senado. Sobre la Cuenta, tiene la palabra el Honorable señor Reyes. VISITA A CHILE DEL PRESIDENTE DE VENEZUELA, DOCTOR RAFAEL CALDERA. El señor REYES.- Señor Presidente, entre las materias de que se ha dado cuenta, figura la invitación hecha al Presidente de nuestra Corporación a fin de que concurra a recibir al Presidente de la República de Venezuela, doctor Rafael Caldera. Por la circunstancia de que tal visita, muy breve, se realizará en Pudahuel, es decir, en los mismos términos en que el Presidente Allende fue recibido en Maiquetía, el Congreso Nacional de Chile no tendrá oportunidad de expresar en su recinto el saludo de sus miembros al Primer Mandatario venezolano, como es habitual. Quisiera señalar el beneplácito y la bienvenida que de nuestra parte brindamos y estoy seguro de que mis palabras interpretan a todos los sectores de la Corporación al Presidente de Venezuela, a su señora esposa, a sus Ministros y a los demás miembros de la comitiva que lo acompaña. El doctor Rafael Caldera ha cumplido cuatro años de los cinco del mandato presidencial que la Constitución venezolana establece. Durante ese tiempo ha estado desarrollando un programa de nacionalismo democrático que se demuestra en la plenitud del avance de ese país y en el progreso social de todos sus ciudadanos. Y esa lucha por su destino se ha librado democráticamente entre dispares tendencias de la política venezolana. Nosotros estamos convencidos de que la visita del Presidente Caldera tiende al reforzamiento de la identidad entre los países latinoamericanos y, sobre todo, refleja la solidaridad de nuestras naciones en la política de defensa de los productos básicos del continente. Así quedó de manifiesto en la Declaración Conjunta que los Presidentes Allende y Caldera emitieron en Maiquetía, ya que para los venezolanos el petróleo y el hierro son productos esenciales, como lo es el cobre para nosotros, y lo son tanto que hoy día encaramos un proceso de enfrentamiento muy agudo en el plano internacional. Creemos que sería extraordinariamente auspicioso que Venezuela se incorporara al Pacto Andino, posibilidad que no se ha descartado, ya que las negociaciones previas a tal incorporación, si bien no se han finiquitado hasta el momento, dan indicios de tener resultados favorables. Hacemos votos por que Venezuela se incorpore al Pacto Andino cuando el Presidente Caldera haga escala en Lima, ciudad sede de tal entidad. El doctor Caldera posee una personalidad extraordinaria, reconocida por todos los sectores del continente y aun en el plano universal, como maestro, político y estadista. Para nosotros tiene un signo especial como democratacristiano y porque se ha caracterizado como admirador, seguidor, diría yo, de don Andrés Bello. Hago votos por que este mensaje americanista, que ahora encarna el doctor Caldera en su visita a nuestro país y al resto de las naciones latinoamericanas, tenga el mayor de los éxitos. Aquí hay diez millones de chilenos que se identifican con los diez millones de venezolanos en este propósito de acercamiento entre los países de América Latina, que Bolívar encarnó, convirtiéndose en el símbolo máximo de este continente. El señor AGUIRRE DOOLAN.- He creído entender de las palabras del Honorable señor Tomás Reyes que el señor Senador propone que el Senado envié un saludo, con motivo de su paso por Chile, al Presidente de una república democrática y americana como lo es Venezuela. Si es así, mi Comité concuerda plenamente con esa solicitud, porque creemos que en estos instantes es necesario respaldar todo lo que tienda a solidificar y unificar el pensamiento americanista. Por eso, en nombre de nuestro Comité, anuncio que los Senadores de la Izquierda Radical adherimos a las expresiones cordiales hacia el Presidente de Venezuela, señor Rafael Caldera, pronunciadas con tanta elocuencia por nuestro Honorable colega señor Reyes. El señor PALMA (Presidente).- Tiene la palabra el Honorable señor Jerez. El señor JEREZ.- Con ocasión de la concurrencia al Senado de nuestro Canciller para dar cuenta del viaje del Presidente Allende, me referí a este tema, particularmente a la visita y reunión del señor Caldera con nuestro Primer Mandatario. Concuerdo ampliamente con lo expresado por el Senador señor Reyes acerca de las condiciones personales del Presidente Caldera. Ahora puedo agregar, reiterando lo que señalé en aquella ocasión, que el Presidente venezolano, llevado por el conocimiento cabal de los problemas, una vez que asumió la Presidencia de su país no sólo logró un apaciguamiento con sectores de Izquierda, sino que, al mismo tiempo, llevó a cabo una política emancipadora frente al imperialismo norteamericano, dentro de sus propias características, naturalmente. No tuvo un enfrentamiento como el que tiene Chile con los Estados Unidos; pero, en todo caso, su política se identifica cada vez más con los intereses reales de su pueblo. Sus deseos de que Venezuela ingrese al Pacto Andino nos parecen legítimos, y consideramos que todo lo que signifique robustecer esa organización beneficia no sólo a ese país, sino también al nuestro. Creo que la forma en que el Presidente Caldera recibió al Primer Mandatario chileno que nos representaba a todos, al margen de contingencias partidistas y electorales y la manera positiva como acogió el significado profundo del viaje del Presidente Allende, obligan a todos los chilenos a un gesto de reciprocidad. Concordamos plenamente, pues, en la forma y en el fondo, con los votos del Senador señor Reyes. El señor PALMA (Presidente).- Si le parece a la Sala, se enviaría en nombre del Senado la comunicación a que aludió el Honorable señor Reyes. Acordado. La comunicación que se acuerda enviar es del tenor siguiente: Santiago, 7 de febrero de 1973. El Senado de la República en su sesión del día de ayer, al tomar conocimiento de la visita de Su Excelencia, acordó expresar sus votos más fervientes por la intensificación de las relaciones entre los pueblos chileno y venezolano. La identidad de planteamientos frente u las posibilidades de desarrollo económico y social; la necesidad de afianzar la plena soberanía sobre los recursos naturales de sus territorios, y la urgencia de la integración para asegurar el significado latinoamericano en el mundo de hoy, sostienen e impulsan su entendimiento. Tal como lo expresara la Declaración Conjunta de Maiquetía, facilita la tarea nuestro común sentir respecto a los principios de no intervención y autodeterminación; de igualdad jurídica de los Estados; de pluralismo ideológico y político; de respeto a los derechos de la persona humana, a los Tratados libremente pactados y de solución pacífica de los conflictos que pudieran plantearse entre las naciones. Por todo ello, y animado con el mismo espíritu de Bolívar y de Bello, grandes venezolanos que se entregaron a la libertad de América, el primero, y a la formación institucional de nuestra Patria, el segundo, el Senado de Chile reconoce que la visita de Su Excelencia, confirma los ideales de que ellos dieron testimonio y ruega a Vuestra Excelencia que sea portador ante el pueblo venezolano del fraternal saludo de todos los chilenos. Dios guarde a V. E. Ignacio Palma Vicuña, Presidente del Senado Pelagio Figueroa Toro, Secretario del Senado. A Su Excelencia el Presidente de Venezuela, Doctor Rafael Caldera. El señor JULIET.- Convendría, señor Presidente, que el Senado también lo hiciera presente de viva voz. Por otra parte, hago notar a la Mesa la necesidad de que comencemos a tratar el Orden del Día, pues ya son casi las cinco de la tarde. El señor PALMA (Presidente).- Se tomará en cuenta la observación de Su Señoría. DESMENTIDO DEL SEÑOR GABRIEL VALDES SUBERCASEAUX. El señor REYES.- Pido al señor Presidente recabar la autorización de la Sala para que se me permita dar lectura a una breve carta de una página que me ha dirigido don Gabriel Valdés, respecto de una declaración que se le ha atribuido. El señor PALMA (Presidente).- Si le parece a la Sala, se accederá a lo solicitado por el Honorable señor Reyes. Acordado. El señor GUMUCIO.- Queda el precedente, sí, de que se permite a un señor Senador leer una carta que no está incluida en la Cuenta. El señor PALMA (Presidente).- Con el asentimiento unánime de la Sala, el Honorable señor Reyes puede leer la carta a que se refirió. El señor REYES.- La misiva, fechada el 26 de enero de este año, dice como sigue: Estimado Tomás: Por la prensa chilena me he informado que el señor Presidente de la República, en el transcurso de una exposición pública hecha la semana pasada me atribuyó haber declarado que Cuba será dentro de ocho o diez años más el pueblo de más alto nivel social de América Latina. Es en relación a las palabras del señor Presidente que me dirijo a ti. Lo hago por ser tú el Senador con quien más estrechamente trabajé durante el Gobierno del Presidente Frei como Ministro de Relaciones. Deseo informarte que no he hecho tales declaraciones. No me corresponde hacerlas. El cargo que desempeño en Naciones Unidas me impide emitir tales juicios. He recorrido en el último año prácticamente todos los países de América Latina observando problemas específicos y las actividades del Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo. En muchos de ellos he encontrado sectores o actividades que muestran grandes adelantos y se hacen sustantivos esfuerzos por avanzar hacia mejores niveles de desarrollo. Aunque soy profundamente optimista del futuro de nuestro continente, ello no significa que en relación a países individuales como Cuba pueda formarme o emitir juicios como el que se me ha atribuido. Y menos aún, comparar entre países. Por otra parte, yo no estoy en condiciones, por el cargo que desempeño, de hacer declaraciones políticas como aquellas a las cuales me refiero. Creo necesario que dieras a conocer el contenido de ésta en la forma que consideres más conveniente. El señor JEREZ.- Pido la palabra, señor Presidente. El señor PALMA (Presidente).- Solicito autorización de la Sala para que el Honorable señor Jerez pueda usar de la palabra con relación a esta materia. Acordado. Tiene la palabra el Honorable señor Jerez. El señor JEREZ.- Señor Presidente, el señor Reyes tenía autorización del ex Canciller señor Valdés para usar de este documento en la forma que le pareciera más discreta o, mejor dicho, en la forma más conveniente. En verdad, el señor Senador ha escogido una tribuna bastante importante para hacer un desmentido en el que, en todo caso, se equivocó de destinatario, porque las declaraciones atribuidas al Presidente Allende son conceptos vertidos, si mal no recuerdo, por don Emilio Filippi en la revista Ercilla, en la cual, comentando el viaje del Presidente de la República, reproduce una conversación sostenida entre él y don Gabriel Valdés. Naturalmente no siempre una conversación privada coincide exactamente con la versión pública de ella, cualquiera que sea el juicio, en este caso, que se haya emitido, favorable o desfavorable a Cuba. Desde este punto de vista, nos parece legítimo que el señor Valdés quiera aclarar su responsabilidad. Pero, conociendo a Valdés y, además, teniendo presente su amistad con Filippi, no me cabe duda de que puede haber hecho esa declaración y muchas otras. En todo caso, el desmentido no debió referirse al Presidente de la República, sino a quien difundió en Chile esa versión: a mi entender, don Emilio Filippi, quien lo hizo con mucha honestidad y objetividad periodística. Deseaba hacer este comentario porque, cualquier cosa que provenga de Gabriel Valdés, aunque sea un desmentido equivocado, lo recibimos con agrado, pues creemos que él ha sido siempre muy consecuente y honesto en su posición internacional. El señor REYES.- No me parece adecuado el comentario de Su Señoría. El señor JEREZ.- Es al señor Filippi a quien corresponde desmentirlo. El señor PALMA (Presidente).- Terminada la Cuenta. V.- ORDEN DEL DÍA. DEROGACIÓN DE LEY Nº 4.791, QUE FAVORECE A LA COMPAÑÍA DE TELEFONOS DE CHILE. VETO. El señor FIGUEROA (Secretario).- En primer término, corresponde tratar, en segundo trámite constitucional, la observación formulada por el Ejecutivo al proyecto que deroga la ley Nº 4.791 y deja sin efecto los contratos aprobados por ella y demás disposiciones de excepción dictadas a favor de la Compañía de Teléfonos de Chile. Por acuerdo de Comités adoptado el 17 de enero recién pasado, esta materia, cuya urgencia está próxima a vencer,-fue eximida del trámite de Comisión. Los antecedentes sobre el proyecto figuran en los Diarios de Sesiones que se indican: Proyecto de ley: En segundo trámite, SESION 66ª, en 5 de septiembre de 1972. Observaciones en segundo trámite, SESION 62ª, en 4 de enero de 1973. Informe de Comisión: Legislación, SESION 23ª, en 24 de octubre de 1972. Discusión: Sesiones 26ª, en 26 de octubre de 1972 (se aprueba en general y particular), y 76ª, en 18 de enero de 1973. El señor FIGUEROA (Secretario).- La observación consiste en suprimir el artículo 5º aprobado por el Congreso. La CÁMARA rechazó este veto, pero no reunió el quorum necesario para insistir. Por lo tanto, la resolución que adopte el Senado sobre el particular no produce efectos jurídicos. El señor PALMA (Presidente).- Ofrezco la palabra. Ofrezco la palabra. Cerrado el debate. Si le parece a la Sala, se rechazará la observación y se acordará no insistir. El señor BULNES SANFUENTES.- Perdón, señor Presidente. Yo soy partidario de insistir. El señor PALMA (Presidente).- En votación la insistencia. Se acuerda insistir (12 votos por la insistencia y 5 por la no insistencia). El señor PALMA (Presidente).- Terminada la discusión del proyecto. Ruego a los señores Comités pasar a la sala de la Presidencia. Se suspende la sesión por veinte minutos. Se suspendió a las 17.3. Se reanudó a las 17.23. SUPRESION DE SESION ORDINARIA PROXIMA. El señor PALMA (Presidente).- Continúa la sesión. El señor PALMA (Presidente).- Solicito el acuerdo unánime de la Sala para suprimir la sesión ordinaria de mañana miércoles 7 de febrero. Acordado. El señor Secretario dará cuenta de los acuerdos de Comités. ACUERDOS DE COMITES. El señor FIGUEROA (Secretario). -Los Comités adoptaron los siguientes acuerdos: 1º Citar a una sesión especial a las 11 de mañana a fin de tratar algunos asuntos de la tabla y votar a las 12 la petición de desafuero contra el Gobernador de San Carlos. 2º Suspender las sesiones ordinarias que debía celebrar la Corporación entre los días 12 del actual y 12 del mes de marzo próximo, quedando facultado el señor Presidente del Senado para citar a sesión desde el día 6 de marzo próximo, si alguna circunstancia especial así lo aconsejare; 3º En caso de ser informado el proyecto que modifica la ley de Elecciones, el Presidente del Senado citará a una sesión especial, con 48 horas de anticipación... El señor LUENGO.- ¡A lo menos! El señor FIGUEROA (Secretario).- … Para tratar sólo esa materia. De igual manera, acordó que la Sala se pronuncie de inmediato respecto de la designación de representantes del Senado ante la Editorial Jurídica de Chile. El señor JULIET.- También se acordó autorizar a la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia para conocer del proyecto de ley que reforma la ley de Elecciones. El señor PABLO.- Pido la palabra. El señor PALMA (Presidente).- En relación con los acuerdos de Comités, tiene la palabra Su Señoría. El señor PABLO.- Estimo que no se acordó votar mañana a las 12 la petición de desafuero, porque si por cualquier motivo -falta de quórum u otro- la votación no se llevara a efecto a esa hora, estaríamos vulnerando el acuerdo de los Comités, motivo por el cual nos veríamos obligados a cambiarlo o a tener una nueva SESION. Por eso creo que el acuerdo debe ser votar en la sesión de mañana en la mañana, sin fijar hora para ello. El señor PALMA (Presidente).- El acuerdo de Comités debe entenderse en el sentido de que no se votará antes de las 12 del día. El Senado será convocado a sesión para las 11 de la mañana. DESIGNACION DE REPRESENTANTES DEL SENADO ANTE LA EDITORIAL JURIDICA DE CHILE. El señor PALMA (Presidente).- Conforme al acuerdo de Comités, corresponde proceder a la designación de los representantes del Senado ante la Editorial Jurídica de Chile. En reunión anterior de Comités, se sugirió renovar la designación en los respectivos cargos de los señores Jacobo Schaulhson y Renato Valenzuela, ambos ex parlamentarios. En votación. El señor JEREZ.- ¿No se podría omitir la votación secreta? El señor AGUIRRE DOOLAN.- ¡Sin sentar precedentes! El señor GARCIA.- Se podría omitir en caso de haber unanimidad. El señor FIGUEROA (Secretario).- El Reglamento establece que estas votaciones serán siempre secretas. El señor JEREZ.- Pero hay precedentes en el sentido de que en otras oportunidades se ha variado ese sistema. El señor PALMA (Presidente).- De acuerdo con el Reglamento, debe proceder-se a la votación. El señor LUENGO.- Escribamos dos nombres en la tarjeta. ¿Se vota por una o dos personas? El señor PALMA (Presidente).- Los señores Senadores deben escribir un solo nombre. El señor FIGUEROA (Secretario).- Se designan las personas que obtienen las dos primeras mayorías. Resultado de la votación: por el señor Renato Valenzuela, 10 votos; y por el señor Jacobo Schaulsohn, 8 votos. El señor PALMA (Presidente).- En consecuencia, quedan designados representantes del Senado ante la Editorial Jurídica de Chile los señores Renato Valenzuela y Jacobo Schaulsohn. FONDOS PARA PLAN HABITACIONAL DE ASMAR EN TALCAHUANO. VETO. El señor FIGUEROA (Secretario).- Observaciones del Ejecutivo, en primer trámite constitucional, formuladas al proyecto de ley que destina la suma que indica a Astilleros y Maestranza de la Armada para la ejecución de un plan habitacional en Talcahuano, que se encuentran en segunda discusión. Los antecedentes sobre el proyecto figuran en los Diarios de Sesiones que se indican: Proyecto de ley (moción de los señores Pablo y Aguirre Doolan): En primer trámite, SESION 66ª, en 5 de septiembre de 1972. Observaciones en primer trámite, SESION 1ª, en 3 de octubre de 1972. Informes de Comisión: Hacienda, SESION 72ª, en 7 de septiembre-de 1972. Hacienda, (veto), SESION 32ª, en 8 de noviembre de 1972. Discusión: Sesiones 90ª, en 12 de septiembre de 1972 (se aprueba en general y particular), y 35ª, en 15 de noviembre de 1972. El señor FIGUEROA (Secretario).- La Comisión de Hacienda, con el voto en contra del Honorable señor Silva Ulloa, recomienda rechazar la observación e insistir en el texto primitivo aprobado por el Congreso Nacional. El señor PALMA (Presidente).- En discusión general y particular la observación. Ofrezco la palabra. Ofrezco la palabra. Cerrado el debate. En votación. (Durante la votación). El señor PABLO.- Este proyecto satisface una necesidad de la zona que represento en el Senado, y sobre el particular hay amplio consenso. A mi juicio, procede que el Senado rechace el veto e insista. Se rechaza el veto (13 votos contra 1 y 4 pareos), y, por 13, votos contra 5, se acuerda insistir. PROHIBICION DE INTERNAR AL RESTO DEL PAIS MERCADERIAS REMATADAS POR ADUANAS EN CHILOE, AISEN Y MAGALLANES. VETO. El señor FIGUEROA (Secretario).- Observaciones del Ejecutivo, en primer trámite, formuladas al proyecto de ley que prohíbe la internación al resto del país de las mercaderías que sean rematadas por el Servicio de Aduanas en las provincias de Chiloé, Aisén y Magallanes. Este asunto también está en su segunda discusión. Los antecedentes sobré el proyecto figuran en los Diarios de Sesiones que se indican: Proyecto de ley (moción del señor Lorca): En primer trámite, SESION 5ª, en 4 de abril de 1972. En tercer trámite, SESION 98ª, en 14 de septiembre de 1972. Observaciones: En primer trámite, SESION 21ª, en 3 de octubre de 1972. Informes de Comisión: Hacienda, SESION 7ª, en 6 de junio de 1972. Hacienda (nuevo), SESION 48ª, en 8 de agosto de 1972. Hacienda (segundo), SESION 55ª, en 23 de agosto de 1972. Hacienda (veto), SESION 34ª, en 14 de noviembre de 1972. Discusión: Sesiones 38ª, en 25 de julio de 1972; 49ª, en 9 de agosto de 1972 (se aprueba en general); 60ª, en 30 de agosto de 1972 (se aprueba en particular); 100ª, en 15 de septiembre de 1972 (discusión tercer trámite), y 35ª, en 15 de noviembre de 1972 (discusión veto). El señor FIGUEROA (Secretario).- La Comisión de Hacienda recomienda rechazar la observación e insistir en el texto primitivo aprobado por el Congreso. Se rechaza la observación (13 votos por su rechazo y 3 pareos) y, por 13 votos contra 3, se acuerda insistir. BENEFICIOS PARA EMPRESAS DE AERONAVEGACION COMERCIAL DE LA ZONA AUSTRAL. VETO. El señor FIGUEROA (Secretario).- Observaciones del Ejecutivo, en primer trámite, formuladas al proyecto de ley que modifica el artículo 10 de la ley número 17.382, que beneficia a las empresas de aeronavegación comercial de la Zona Austral. Este veto también está en su segunda discusión. Los antecedentes sobre el proyecto figuran en los Diarios de Sesiones que se indican: Proyecto de ley (moción del señor Hamilton): En primer trámite, SESION 64ª, en 5 de mayo de 1971. Observaciones: En primer trámite, SESION 69ª, en 6 de septiembre de 1972. Informes de Comisión: Hacienda, SESION 11ª, en 23 de junio de 1971. Hacienda (veto), SESION 35ª, en 15 de noviembre de 1972. Discusión: Sesiones 18ª, en 6 de junio de 1971 (se aprueba en general y particular), y 57ª, en 28 de diciembre de 1972. El señor FIGUEROA (Secretario).- La Comisión de Hacienda recomienda rechazar la observación e insistir en el texto del proyecto aprobado por el Congreso. Con la misma votación anterior, se acuerda rechazar la observación e insistir en el texto primitivo. COBRO DE PEAJE POR MUNICIPALIDAD DE PAREDONES. VETO. El señor FIGUEROA (Secretario).- Observaciones, en segundo trámite, formuladas al proyecto de ley que autoriza a la Municipalidad de Paredones para cobrar peaje a los vehículos que transiten en dirección a los balnearios de Bucalemu, Llico, El Aquelarre y otros. La Comisión de Gobierno, por mayoría, recomienda a la Sala rechazar la observación e insistir en la disposición del Congreso. Los antecedentes sobre el proyecto figuran en los Diarios de Sesiones que se indican: Proyecto de ley: En segundo trámite, SESION 60ª, en 30 de agosto de 1972. Observaciones: En segundo trámite, SESION 46ª, en 30 de noviembre de 1972. Informes de Comisión: Gobierno, SESION 74ª, en 7 de septiembre de 1972. Hacienda, SESION 74ª, en 7 de septiembre de 1972. Gobierno {veto), SESION 47ª, en 12 de diciembre de 1972. Discusión: SESION 101ª, en 15 de septiembre de 1972 (se aprueba en general y particular). Se rechaza la observación y, con los votos contrarios de los Senadores de la Unidad Popular, se acuerda insistir. EMPRESTITO PARA MUNICIPALIDAD DE CORRAL. VETO. El señor FIGUEROA (Secretario).- Observaciones, en segundo trámite constitucional, formuladas al proyecto de ley que autoriza a la Municipalidad de Corral para contratar empréstitos. La Comisión de Gobierno recomienda aprobar la observación formulada al artículo 3º y rechazar las recaídas en los artículos 1º, 2º, 4º, 5º, 6º, 7º, 8º, 9º y 10 e insistir en los textos primitivos. Los antecedentes sobre el proyecto figuran en los Diarios de Sesiones que se indican: Proyecto de ley: En segundo trámite, SESION 41ª, en SO de julio de 1972. Observaciones: En segundo trámite, SESION 44ª, en 29 de noviembre de 1972. Informes de Comisión: Gobierno (veto), SESION 47ª, en 12 de diciembre de 1972. Discusión: Sesión 103ª, en 16 de septiembre de 1972 (se aprueba en general y particular). Se aprueba el informe de la Comisión con los votos contrarios de los Senadores de la Unidad Popular respecto de las insistencias. ENTREGA DE RECURSOS DE INSTITUTO CORFO-AISEN A MUNICIPALIDADES DE AISEN Y COIHAIQUE. VETO. El señor FIGUEROA (Secretario).- Observación del Ejecutivo, en primer trámite, formuladas al proyecto de ley que destina 10% de los recursos del Instituto Corfo - Aisén a las municipalidades de esa provincia, y autoriza a las de Aisén y Coihaique para contratar empréstitos. La Comisión de Gobierno recomienda rechazar la observación e insistir en la aprobación del texto primitivo. Los antecedentes sobre el proyecto figuran en los Diarios de Sesiones que se indican: Proyecto de ley (moción del señor Hamilton): En primer trámite, SESION 24ª, en 22 de julio de 1971. Observaciones: En primer trámite, SESION 21ª, en 23 de octubre de 1972. Informes de Comisión: Gobierno, SESION 41ª, en 26 de agosto de 1971. Gobierno (veto), SESION 48ª, en 13 de diciembre de 1972. Discusión: Sesiones 50ª, en 9 de septiembre de 1971; 57ª, en 15 de septiembre de 1971; 8ª, en 26 de octubre de 1971; 52ª, 53ª y 54ª, en 14 de septiembre de 1971; 59ª, en 16 de septiembre de 1971 (aprobado en general y particular) , y 57ª, en 28 de diciembre de 1972. Se rechaza la observación (13 votos por la negativa y 4 pareos) y, por 13 votos contra 4, se acuerda insistir. CREACION DE COMISION DE INSTRUMENTOS HISTORICOS. El señor FIGUEROA (Secretario).- Observación del Ejecutivo, en primer trámite, formulada al proyecto de ley que crea la Comisión de Instrumentos Históricos. La Comisión de Educación Pública recomienda, por la unanimidad de sus miembros presentes, aprobar la observación. Los antecedentes sobre el proyecto figuran en los Diarios de Sesiones que se indican: Proyecto de ley (moción del señor Teitelboim): En tercer trámite, SESION 19ª, en 4 de mayo de 1972. Observaciones: En primer trámite, SESION 70ª, en 6 de septiembre de 1972. Informes de Comisión: Educación Pública, SESION 30ª, en 4 de agosto de 1971. Educación Pública (veto), SESION 50ª, en 20 de diciembre de 1972. Discusión: Sesiones 31ª, en 5 de agosto de 1971 (se aprueba en general y particular), y 46ª, en 2 de agosto de 1972 (tercer trámite). Se aprueba. JORNADA DE TRABAJADORES DEL COMERCIO DE VIÑA DEL MAR. VETO. El señor FIGUEROA (Secretario).- Observación del Ejecutivo, en primer trámite constitucional, formulada al proyecto de ley que fija la jornada de los trabajadores de comercio de Viña del Mar. La Comisión de Gobierno recomienda a la Sala aprobar la observación. Los antecedentes sobre el proyecto figuran en los Diarios de Sesiones que se indican: Proyecto de ley (moción del señor Prado): En primer trámite, SESION 3ª, en 24 de mayo de 1972. Observaciones: En primer trámite, SESION lª, en 3 de octubre de 1972. Informes de Comisión: Gobierno, SESION 7ª, en 6 de junio de 1972. Gobierno (veto), SESION 56ª, en 27 de diciembre de 1972. Discusión: SESION 17ª, en 20 de junio de 1972 (se aprueba). El señor PALMA (Presidente).- En discusión. Ofrezco la palabra. El señor BALLESTEROS.- El proyecto observado por el Ejecutivo tuvo origen en una moción del Honorable señor Prado, quien, según se deja constancia en el informe de la Comisión, después de haber celebrado numerosas entrevistas con personeros de los gremios afectados, aceptó el veto y nos pidió a los demás Senadores de la Democracia Cristiana proceder de igual manera. Por esta razón, lo votaremos favorablemente, manteniendo en todo caso, los conceptos emitidos por el Honorable señor Prado en la Comisión de Gobierno. Se aprueba la observación. SUPRESION DE REAJUSTABILIDAD DE VIVIENDAS ADQUIRIDAS POR PERSONAS JUBILADAS, INVALIDAS O MONTEPIADAS. VETO. El señor FIGUEROA (Secretario).- Observación del Ejecutivo, en segundo trámite constitucional, formulada al proyecto de ley que excluye del sistema de reajustabilidad del D.F.L. Nº 2 a las viviendas adquiridas por personas jubiladas, inválidas o montepiadas. La Comisión de Obras Públicas recomienda rechazar la observación e insistir en la aprobación del texto primitivo. Los antecedentes sobre el proyecto figuran en los Diarios de Sesiones que se indican: Proyecto de Ley: En segundo trámite, SESION 70ª, en 6 de septiembre de 1972. Observaciones: En segundo trámite, SESION 46ª, en 30 de noviembre de 1972. Informes de Comisión: Obras Públicas (veto), SESION 57ª, en 28 de diciembre de 1972. Hacienda (veto), SESION 57ª, en 28 de diciembre de 1972. Discusión: SESION 74ª, en 6 de septiembre de 1972 (se aprueba). El señor PALMA (Presidente).- En discusión. Ofrezco la palabra. El señor GARCIA.- Tengo entendido que la Cámara rechazó la observación, pero no insistió en el texto primitivo, de modo que la resolución que adopte el Senado no tiene efectos jurídicos. Siempre he defendido el sistema de reajustabilidad, pues por la misma razón por la que se reajustan las pensiones de los jubilados, deben reajustarse también los dividendos. No proceder en esta forma significaría aumentar las pensiones de los jubilados. Si se desea aumentarlas, hagámoslo, pero por el camino derecho y no destruyendo ni desarticulando el plan habitacional. Por tales razones, concuerdo con la observación del Ejecutivo. La señora CARRERA.- Ignoro el origen de este proyecto de ley. En todo caso, deseo hacer notar que es muy conveniente que los jubilados, inválidos y montepiados paguen un dividendo no superior al 10% de sus pensiones. Esta disposición es muy interesante y se ajusta a lo que sucede en los países socialistas, en los cuales las familias no pagan más del 10% de sus remuneraciones por el arriendo de sus viviendas, cualquiera que sea la condición de éstas. Cabe destacar al respecto lo que ocurre en Cuba, donde pude observar que las personas viven en casas excelentes, pagando por concepto de arrendamiento sólo 10% de sus rentas. El señor VALENZUELA.- Votaremos en contra del veto del Ejecutivo que suprime el artículo 1º del proyecto de ley, según el cual los jubilados, inválidos y montepiadas que hayan adquirido por intermedio de la Corporación de la Vivienda, Corporación de Servicios Habitacionales o instituciones de previsión, sean o no las mencionadas en el artículo 48 del D.F.L. Nº 2, de 1959, un bien raíz en que residan, cuyo avalúo no exceda de diez sueldos vitales anuales, escala A), del departamento de Santiago, que no sean propietarios de otro bien raíz es otra condición y cuya renta total imponible sea inferior a tres sueldos vitales, escala A), del departamento de Santiago, quedarán exentos de la reajustabilidad del saldo de precio y del dividendo por dicho bien raíz establecida por el artículo 55 de la ley Nº 16.391 y por el D.F.L. Nº 2, de 1959. Aparte lo anterior, la iniciativa del Congreso Nacional establece que los bienes raíces a que se refiere el inciso anterior estarán exentos del reajuste anual que se aplica al avalúo fiscal territorial, y que el dividendo que deben pagar los jubilados, inválidos o montepiadas no podrá ser superior al 10% de su pensión o montepío. Pues bien, mediante el veto el Gobierno, dispone la supresión de tales beneficios, los cuales, a nuestro juicio, son absolutamente justos. Es decir, ocurre todo lo contrario de lo que acaba de afirmar la Honorable señora Carrera. Por tales razones, los Senadores de la Democracia Cristiana, en resguardo de los intereses de ese modesto sector de jubilados, inválidos y montepiadas, votaremos en contra de la supresión propuesta por el Ejecutivo. Por desgracia, nuestra decisión no tendrá mayor influencia, pero, por lo menos, dejamos constancia de nuestra posición. El señor PABLO.- No deseo dejar pasar sin un comentario las afirmaciones hechas por la Honorable señora Carrera acerca de las bondades del régimen habitacional de Cuba. Al respecto, recuerdo el discurso pronunciado hace tres años por Fidel Castro, en el cual expresó que el problema de viviendas existente en su país no se resuelve con 10 mil, 15 mil o 20 mil casas, pues en Cuba falta un- millón de viviendas. Fue una intervención muy cruda y real de la situación existente en Cuba en esta materia. En ese país, con una población de 8 millones de habitantes, el problema habitacional es proporcional-mente dos veces superior al de nuestro país. Aunque no guarda relación con el proyecto en debate, deseaba hacer esta salvedad, a fin de aclarar las cosas, basado en palabras pronunciadas por el señor Fidel Castro hace tres años y que tuve ocasión de dar a conocer en esta Corporación. La señora CARRERA.- En mi intervención anterior no negué que en Cuba haya escasez de viviendas, sobre todo si se trata de un país que está construyendo el socialismo y en el cual tanto sus gobernantes como los partidos que dirigen ideológicamente las grandes masas, al igual que el pueblo mismo, saben que tienen derecho, como todos los habitantes de la Tierra, a poseer una vivienda correcta y digna. Naturalmente que en Cuba no se ha resuelto aún el problema habitacional. Pero lo que en realidad afirmé denantes es que en ese país todo el mundo paga por concepto de arriendo el 10% de sus rentas, sea cual fuere la condición de la casa en que habite. Y las hay extraordinariamente buenas y que constituyen verdaderos palacios que pertenecían a los que huyeron a Miami con el propósito de lanzarse luego en contra de la revolución cubana y que, aun cuando lo intentaron con la ayuda de Estados Unidos, no lograron sus objetivos. A pesar de vivir ahora en esas mansiones, los cubanos pagan solamente el 10% de sus remuneraciones. Aun cuando no tenía la menor intención de alargarme en esta materia, los alcances vertidos por el Honorable señor Tomás Pablo me obligan a hacerlo. En las oportunidades que he visitado Cuba he podido comprobar que ya no se construyen casas, sino pueblos de varias manzanas, con todo lo necesario para una vida cómoda y digna para toda la población: escuelas, hospitales, dispensarios, liceos, etcétera. Aparte lo anterior, se construye toda clase de edificios de departamentos para proporcionar viviendas dignas a la mayor cantidad de personas. Debo anotar también que una nación que en el pasado sólo contaba con una industria de cemento incipiente, ha aumentado en este momento la producción en ese rubro en tres, cuatro y cinco veces. No tengo las cifras exactas a la mano, pero si el Honorable señor Pablo se interesa en ellas, puedo proporcionárselas más adelante. Es así como en la ciudad de Nuevitas, por ejemplo, se encuentra posiblemente la mayor fábrica de cemento de América Latina, lo que permitirá a los cubanos tener viviendas más cómodas, más caminos pavimentados, etcétera. Naturalmente, el Gobierno de Cuba no tiene que luchar con un Congreso que en forma permanente le está torpedeando sus proyectos y desfinanciando las iniciativas de bienestar social. Por eso, tiene la posibilidad de hacer mucho más cosas para su pueblo. Por ejemplo -menciono este hecho porque me tocó vivirlo esta mañana, al ir a dejar a mis familiares a la estación-, existe la urgente necesidad de dotar de mayores recursos a la Empresa de Ferrocarriles del Estado, institución cuyo presupuesto fue rebajado por el Congreso, desestimando así las necesidades del pueblo chileno de contar con un mejor servicio. Al respecto, podría dar a conocer una larga lista de cosas semejantes, pero no creo que éste sea el momento de hacerlo. Se trata nada más, que de una asociación de ideas, surgida a raíz de las palabras del Honorable señor Pablo. El señor PABLO.- Agradezco a la Honorable señora Carrera la posibilidad que me dará de instruirme sobre esta materia, en la cual tengo verdadero interés. En realidad, el Congreso podrá tener muchas deficiencias, pero debemos considerar que durante el Gobierno del ex Presidente Frei el Presupuesto de la Nación era de 20 millones de escudos y que en la actualidad alcanza, según tengo entendido, a 125 millones de escudos. Los conceptos que di a conocer en mi intervención anterior corresponden a un discurso del señor Fidel Castro, quien decía que cuando viajaba a las provincias de su país, al terminar sus palabras, siempre se le acercaban personas que le manifestaban lo siguiente: Compañero Fidel, yo necesito una casa. En tal parte hay una habitación vacía. Y Fidel Castro contestaba crudamente: Yo vivo en un bohío, debajo de una escalera. Son sus expresiones textuales. ¡Qué culpa tengo yo!, decía Fidel Castro. El problema habitacional de Cuba no se soluciona con diez mil ni con quince mil casas. Falta un millón de habitaciones. Y declaraba, luego, que necesitaba cemento no para construir casas, sino, fundamentalmente, para reconstruir establos y para una serie de otras cosas más. El señor GARCIA.- ¿Me permite una interrupción, Honorable Senador, para aclarar el concepto? El señor PABLO.- Con todo gusto. El señor PALMA (Presidente).- Con la venia de la Mesa, puede hacer uso de la palabra Su Señoría. El señor GARCIA.- Para mí es muy extraño lo que ocurre en Cuba, pues allá se han dedicado a pavimentar caminos, en circunstancias de que no hay automóviles. Eso no me lo he podido explicar bien. ¡No sé si lo harán para andar en bicicleta...! El señor PABLO.- A propósito de la experiencia en los países socialistas que acaba de invocar la Honorable señora Carrera, en cuanto a la posibilidad de dar habitaciones al pueblo sin Congreso, quiero recordar en este instante el caso de la Unión Soviética. Allí el programa de construcción masiva de habitaciones se inició en 1956, no obstante que la Revolución tuvo lugar en 1917 y que Europa había soportado ya los dos más grandes conflictos bélicos de la historia, que arrasaron con todo. Según antecedentes entregados a las Naciones Unidas, los rusos, a partir de 1968, han llegado a edificar hasta 84 millones de metros cuadrados de habitaciones. Según dicen, construyen 3 millones de casas con 84 millones de metros cuadrados de habitaciones. Esto significa, de acuerdo con los datos proporcionados, que en la Unión Soviética el número de metros cuadrados por casa es de veintiocho. ¡Esa es la experiencia sin Congreso! Personalmente, no creo que valga la pena compararla con lo que representa la experiencia con Congreso. Por lo menos, creo que en esto los países subdesarrollados bien podríamos dar alguna lección a las naciones socialistas. El señor PALMA (Presidente).- Ofrezco la palabra. El señor VALENZUELA.- ¿Me permite, señor Presidente? Quiero dejar establecido, muy brevemente, que lo dicho por la Honorable señora Carrera en cuanto a un Congreso hostil, ello no corresponde a la realidad, pues tanto en las Comisiones como en la Sala, los Senadores democratacristianos estamos dando quorum para aprobar los proyectos iniciados en mensajes del Ejecutivo. Así ha ocurrido con innumerables iniciativas en este último tiempo. Esa es la verdad. Repito: decir aquí que estamos asumiendo una actitud hostil y carente de espíritu constructivo es afirmar algo que no corresponde a la realidad. Es cuanto quería hacer presente. El señor PALMA (Presidente).- Ofrezco la palabra. Ofrezco la palabra. Cerrado el debate. Si le parece a la Sala, se rechazaría la observación del Ejecutivo y se insistiría. El señor GARCÍA.- No, señor Presidente. Voy a votar favorablemente el veto. El señor PALMA (Presidente).- En votación. El señor FIGUEROA (Secretario).- ¿Se aprueba o no la observación del Ejecutivo? (Durante la votación). El señor GARCÍA.- Tal como lo hice en la Comisión, voto a favor de la observación. Se rechaza el veto (12 votos contra 2 y 4 pareos) y, por 12 votos contra 6, se acuerda insistir. El señor JEREZ.- ¿Cuál es el quorum para insistir? El señor FIGUEROA (Secretario).- Por una parte están los cuatro pareos más los dos votos por la afirmativa, que suman seis; por la otra, los doce votos por la negativa. Es decir, justo los dos tercios. El señor RODRIGUEZ.- ¿Y el Honorable señor Luengo? El señor PALMA (Presidente).- No está, señor Senador. BENEFICIOS PARA FUNCIONARIOS CHILENOS QUE SE HAYAN DESEMPEÑADO POR MAS DE DOS AÑOS EN EL EXTERIOR, VETO. El señor FIGUEROA (Secretario).- Observación, en primer trámite constitucional, al proyecto de ley que declara que el beneficio consignado en el artículo 256 de la ley Nº 16.840 comprende también a los funcionarios chilenos de las empresas del Estado y de las empresas y organismos de administración autónoma del Estado que se hayan desempeñado por más de dos años en el exterior, cualquiera que sea o haya sido la calidad jurídica de su empleo. El informe de la Comisión de Hacienda divide la observación, rechazando su primera parte y aprobando la segunda. Es decir, rechaza la parte del veto que suprime el párrafo del artículo único que dice: Declárase que los ex funcionarios del Ministerio de Relaciones Exteriores que hubieren sido asimilados a cargos o categorías del Servicio Exterior, siempre que hayan permanecido un mínimo de dos años en su destinación, han tenido y tienen derecho a los beneficios contemplados en los artículos 241, modificado por el artículo 256 de la ley Nº 16.840, y 239 de la ley Nº 16.617, respectivamente. Los antecedentes sobre el proyecto figuran en los Diarios de Sesiones que se indican: Proyecto de ley (moción del señor Foncea): En primer trámite, SESION 20, en 28 de junio de 1972. Observaciones: En primer trámite, SESION lª, en 3 de octubre de 1972. Informes de Comisión: Legislación, SESION 46ª, en 2 de agosto de 1972. Hacienda, SESION 58ª, en 29 de agosto de 1972. Hacienda (veto), SESION 58ª, en 2 de enero de 1973. Discusión: Sesiones 48ª, en 8 de agosto de 1972, y 60ª, en 30 de agosto de 1972 (se aprueba en segundo trámite). El señor PALMA (Presidente).- En discusión. Ofrezco la palabra. El señor BULNES SANFUENTES.- Pido la palabra, señor Presidente. A mí me merece muy serias dudas la recomendación de la Comisión. El Presidente de la República ha desaprobado totalmente el proyecto y ha enviado lo que propiamente se llama veto o veto total. ¿Puede el Senado, frente a una proposición semejante, entrar a votar cada una de las ideas que el proyecto contiene? Si mañana, por ejemplo, se aprueba una nueva ley de Impuesto a la Renta o un nuevo Código Civil y el Jefe del Estado los desaprueba en su totalidad, ¿sería preciso votar cada norma de ese Código Civil o cada disposición de esa nueva ley de Impuesto a la Renta? A mí me parece sumamente discutible el asunto. No daré una opinión categórica, como tampoco atribuyo demasiada importancia al proyecto; pero me abstendré de votar, pues creo que la materia bien merecería ser estudiada en profundidad. El señor BALLESTEROS.- ¿Me permite, señor Presidente? El señor PALMA (Presidente).- Puede hacer uso de la palabra el señor Senador. El señor BALLESTEROS.- Como Presidente de la Comisión de Hacienda y en uso de las atribuciones que el Reglamento me concede, procedí a dividir la votación. Y lo hice pensando en que en el artículo único aprobado por el Congreso hay dos ideas muy claras: primero, la de conceder un beneficio al personal de las empresas del Estado y de las empresas y organismos de administración autónoma del Estado; segundo, la de conferir él mismo beneficio a los ex funcionarios del Ministerio de Relaciones que hubieren sido asimilados a cargos o categorías del Servicio Exterior. La verdad es que respecto de estos últimos, la unanimidad de la Comisión entiendo que estaban presentes todos sus integrantes rechazó el veto. El señor RODRIGUEZ.- Señor Senador, nosotros vamos a votar por el informe de la Comisión. El señor BALLESTEROS.- Sólo estoy dando una explicación respecto de las observaciones formuladas por el Honorable señor Bulnes. Procedimos de la manera que he señalado porque creímos que las dos ideas son separables y que ambas pueden coexistir en forma autónoma. Por consiguiente, el Ejecutivo en el hecho está vetando las dos disposiciones, ya que, en el fondo, es un artículo único que comprende dos preceptos. El señor BULNES SANFUENTES.- Sin querer dar una opinión categórica... El señor JEREZ.- Va a terminar la hora, señor Senador. El señor BULNES SANFUENTES.- Entonces fundaré mi voto. El señor JEREZ.- Pida la prórroga de la hora. El señor BULNES SANFUENTES.- Pido prorrogar la hora, señor Presidente. El señor PALMA (Presidente).- Solicito el asentimiento de la Sala para prorrogar el Orden del Día hasta el despacho total del proyecto. Acordado. El señor BULNES SANFUENTES.- Me parece que el procedimiento es por lo menos discutible. En doctrina esto lo reconoce uniformemente toda la doctrina existen dos posibilidades distintas para el Presidente de la República: una, la desaprobación total del proyecto, que es lo que propiamente se llama veto, y otra, formular observaciones a una iniciativa legal para que se le hagan correcciones o adiciones, según creo que dice la Constitución Política. En el caso que nos ocupa, el Presidente de la República ha usado la primera de las facultades que le corresponden: desaprobar totalmente el proyecto. No quiere legislar sobre ninguna de las materias contenidas en la iniciativa. Y el Senado entra a tratar el veto total como si se tratara de observaciones parciales, que no es lo que el Primer Mandatario ha formulado. Yo quiero ponerme en el caso de la dictación de un nuevo Código Civil. Un Código Civil fácilmente tiene 2.500 artículos, y contiene, posiblemente, unas 10.000 ideas independientes. ¿Podría cada Senador, si se veta totalmente dicho Código, pedir división de la votación y mantener un artículo por aquí y otro por allá, en circunstancias de que las diversas disposiciones del mismo forman parte de un todo conexo? Me parece que no es posible. Si se propone eliminar el proyecto en sí mismo, es eso lo que debe votarse. En todo caso, reconozco que el texto de la Carta Fundamental permite las dos interpretaciones, pues no hace un distingo claro entre el veto total y las observaciones. El señor BALLESTEROS.- Eso iba a decir. El señor BULNES SANFUENTES.- En eso estoy de acuerdo. Pero el Honorable señor Ballesteros concordará también conmigo en que la doctrina de la cátedra, unánimemente, hace esa distinción, ya que trata la materia como dos instituciones separadas. En la mayor parte de los países del mundo no existen las observaciones parciales, sino sólo el veto total. Es casi una peculiaridad de la Constitución Política chilena el que haya incluido también la institución de las observaciones parciales. Por las razones expuestas, me abstendré de votar. El señor BALLESTEROS.- Sin entrar de lleno a un debate que resulta apasionante, como lo son todos los que se relacionan con materias de orden constitucional, me parece que nos encontramos en presencia de una situación muy singular. Aquí se trata de un veto total a un proyecto que consta de un artículo único; de manera que el Ejecutivo, al vetar la totalidad de la iniciativa, de hecho está vetando el único artículo de que consta la misma. Por consiguiente, en esta medida también podría llegar a ser un veto que caería dentro de la doctrina del veto parcial, porque existe una sola disposición. La interpretación de los textos constitucionales debe ser rigurosa. Y la verdad es que nuestra Carta Fundamental, en su artículo 53, sólo habla de que si el Presidente de la República desaprueba el proyecto, lo devolverá a la Cámara de su origen con las observaciones convenientes. Sobre este particular, nosotros nos hemos guiado por el concepto de que no puede desnaturalizarse la voluntad del Ejecutivo. Y ésta se desnaturalizaría en la misma medida, por ejemplo, en que se aceptara el veto que suprime una disposición manteniéndose condicionamientos inseparables y consustanciales a la disposición que se suprime. El caso es que nos encontramos en presencia de normas que son absolutamente separables y que comprenden categorías distintas de funcionarios. Por lo tanto, es evidente que el Congreso puede conceder el beneficio a unos y negarlo a los otros. Eso es lo que hemos hecho. Hemos pensado -éste es el fondo del asunto- que los ex funcionarios del Ministerio de Relaciones Exteriores deben tener los mismos beneficios de que disfruta el personal de planta de dicha Cartera. Sólo como consecuencia de una interpretación posterior de la Contraloría General de la República, fueron excluidos de un beneficio que antes no se les discutía. Esas son las razones por las cuales en el informe propusimos rechazar la segunda parte de la observación e insistir en el texto despachado por el Congreso, y aprobar la primera parte de la misma. Se aprueba el informe de la Comisión, con la abstención del señor Bulnes Sanfuentes. El señor PALMA (Presidente).- Se suspende la SESION por 20 minutos. Se suspendió a las 18.4. Se reanudó a las 18.26. VI.- INCIDENTES. PETICIONES DE OFICIOS. El señor AUGER (Secretario accidental).- Han llegado a la Mesa diversas peticiones de oficios. El señor AGUIRRE DOOLAN (Vicepresidente).- Se les dará curso en la forma reglamentaria. Los oficios cuyo envío se anuncia son los siguientes: Del señor Aguirre Doolan: PROBLEMAS DE DIVERSOS ESTABLECIMIENTOS EDUCACIONALES DE TALCAHUANO (CONCEPCIÓN). Al Ministerio de Educación, para que se haga presente el grave problema que se ha creado en la ciudad de Talcahuano, provincia de Concepción, sector sur de San Vicente, en el aspecto educacional, a fin de que se tomen las medidas necesarias para evitar que más de 2.000 alumnos de las escuelas de instrucción básica de la zona (de Hombres Nº 12, ubicada en Latorre Nº 13.500; Escuela Mujeres Nº 13, ubicada en Brasil 399; Escuela Nº 9, ubicada en Latorre 12.220, y Escuela Nº 31, ubicada en Av. Chile Nº 200), queden imposibilitados de seguir sus estudios debido a que el Ministerio de Obras Públicas y Transportes tiene decidido un trazado de una autopista por la Avenida Brasil, que obligaría al cierre de esos establecimientos educacionales, La Junta Vecinal del sector sur de San Vicente, en un detallado memorándum de fecha 10 de diciembre de 1972, sugiere la solución para este gravísimo problema. CLASIFICACION EN GRADO 7º A ESCUELA ESPECIAL Nº 9 DE CONCEPCION. Al Ministerio de Educación, solicitando se clasifique en Grado 7º a la Escuela Especial Nº 9, de la ciudad de Concepción, de la misma provincia, ya que cuenta con los antecedentes que posibilitan este acuerdo. Fue creada en 1961, funciona en un predio de condiciones adecuadas, con proyecto de ampliación de sus construcciones. Tiene tres talleres bien equipados, y para este año se han programado dos más de distintas especialidades. Del señor Baltra: ALIMENTOS Y ATENCION MEDICA A FAMILIAS QUE VIVEN A ORILLAS DEL RIO MAIPO (SANTIAGO). Al señor Ministro del Interior, solicitándole adoptar las medidas necesarias para ir en ayuda de las numerosas familias que viven en las riberas del río Maipo, en la provincia de Santiago, las cuales desde fines de octubre del año pasado, no han podido cumplir con sus labores habituales de extracción de arena y ripio, debido a la gran cantidad de agua que trae el río. La numerosa población infantil y la falta total de previsión social de estos núcleos hace aún más penosa su existencia. En consecuencia, se requiere ayuda inmediata en alimentos y atención médica, beneficios que podrán otorgarse a través de los organismos que para estos efectos tiene ese Ministerio o destinando las sumas necesarias con cargo al 2% constitucional. Del señor Carmona: ATRIBUCIONES DE LA SOCIEDAD TERMINAL PESQUERA LTDA. Al señor Contralor General de la República, reiterándole mi petición en orden a pronunciarse si la Cooperativa de Pescadores de Antofagasta (SOCOPESCA), tiene facultades directas de comercialización. En mi oficio interior, de fecha 9 del mes pasado, informé al señor Contralor que actualmente SOCOPESCA está entregando su producción a la Sociedad Terminal Pesquera Ltda., según acuerdo a que llegaron los directivos de ésta y el administrador del Terminal; pero transitoriamente, porque esta última pretende monopolizar la distribución de los productos del mar en la ciudad de Antofagasta, toda vez que no permite a SOCOPESCA vender sus productos a menor precio y directamente a los consumidores. Como este conflicto planteó una competencia de comercialización respecto de los productos del mar, ya que el Terminal Pesquero sólo tendría atribuciones para inspeccionar y no para vender ni menos monopolizar la comercialización del pescado y marisco, se hace imprescindible que el señor Contralor General de la República se pronuncie a la brevedad, respecto del alcance de las funciones de la Sociedad Terminal Pesquera Ltda., como organismo dependiente de la Corporación de Fomento de la Producción (CORFO), con el objeto de permitir el normal desarrollo de las actividades de SOCOPESCA. Del señor Duran: TERRENO PARA ESCUELA ALTA DE HUICHAGÜE (CAUTÍN). Al señor Ministro de Educación Pública, solicitándole que se sirva atender la donación de terrenos ofrecida a la Escuela Alta de Huichagüe (Cuneo, provincia de Cautín), que permitiría aumentar en 100 alumnos su capacidad asistencial. PUENTES DE HUICHAGÜE Y CALBUCO (CAUTIN). Al señor Ministro de Obras Públicas y Transportes, solicitándole que se sirva acceder a la petición formulada por los habitantes de la Faja 2.000, de Huichagüe (provincia de Cautín) en lo que respecta a falta de puente en Huichagüe y Calbuco. Hay oferta de bases. Del señor Hamilton: FUNCIONAMIENTO DE ESCUELAS DE LAGO VERDE Y DE VILLA LA TAPERA, DE CISNES (AISEN). Al señor Ministro de Educación, solicitándole la terminación de la escuela y el internado en la localidad de Lago Verde, y el funcionamiento del Internado Mixto de la Escuela Nº 18, de Villa La Tapera, ambas de la comuna Cisnes, provincia de Aisén. CONSTRUCCION DE PUENTE Y PASARELA SOBRE EL RIO CISNES, Y ENVIO DE MOTONIVELADORA A COMUNA CISNES (AISEN). Al señor Ministro de Obras Públicas y Transportes, para que considere las siguientes peticiones que formula la Junta de Vecinos La Tapera, comuna Cisnes, provincia de Aisén: a) Construcción de un puente sobre el río Cisnes, en el lugar denominado Vado Ancho, hacia el Asentamiento Río Cisnes y límite con la República Argentina. b) Terminación de la pasarela sobre el río Cisnes, en el lugar denominado Piedra del Diablo, que les permita pasar los lanares de un lado a otro. Además, el Centro de Padres de la localidad Lago Verde de la misma comuna Cisnes solicita el envío de la motoniveladora para la pronta terminación de la cancha de aviación y de caminos hacia La Frontera y hacia La Junta. SERVICIO DE CORREOS Y TELEGRAFOS PARA EL MURTA Y EL TRANQUILO (AISEN). Al señor Director General de Correos y Telégrafos, para que extienda los servicios de esa repartición a las localidades de El Murta y El Tranquilo, en Lago General Carrera, provincia de Aisén. ABASTECIMIENTO PARA LAGO VERDE (AISEN). A la Empresa de Comercio Agrícola, para apurar el abastecimiento de la agencia de esa Empresa que atiende a los pobladores de la localidad de Lago Verde, comuna de Cisnes, provincia de Aisén. ATENCION MEDICA PARA LAGO VERDE (AISEN). Al señor Director del Servicio Nacional de Salud, solicitándole que la ronda médica vaya periódicamente a la localidad de Lago Verde, comuna Cisnes, provincia de Aisén, para atender a los pobladores, necesidad que hace presente el Centro de Padres del lugar. MAQUINARIAS DE OBRAS PÚBLICAS PARA VILLA LA TAPERA, EN CISNES (AISEN). A la Dirección de Aeropuertos, del Ministerio de Obras Públicas, para que considere la posibilidad de dejar una máquina o tractor en Villa La Tapera, comuna Cisnes, provincia de Aisén, a fin de despejar la cancha de aviación y los caminos que se cubren de nieve en el invierno. ALUMBRADO ELECTRICO PARA VILLA LA TAPERA, EN CISNES (AISEN). A la Empresa Nacional de Electricidad S. A. para que proporcione servicio de luz eléctrica a la población de Villa La Tapera, comuna Cisnes, provincia de Aisén. SERVICIO TELEFONICO PARA EL MURTA Y EL TRANQUILO (AISEN). A la Compañía de Teléfonos de Coihaique, pidiéndole que considere la posibilidad de instalar teléfonos en El Murta y El Tranquilo, Lago General Carrera, provincia de Aisén. Del señor Jerez: SALAS DE CLASES PARA ESCUELA BASICA Nº 35, DE LIRQUEN (CONCEPCION). Al Ministro de Educación Pública, en los siguientes términos: Debo referirme a la Escuela Básica de Hombres Nº 35 ubicada en Lirquén, departamento de Concepción, a raíz de un memo que he recibido a fines del año pasado del Consejo Gremial de Profesores del mencionado establecimiento educacional. En él manifiestan que, de acuerdo con antecedentes oficiales, Lirquén cuenta a la fecha con una población escolar primaria de 1.600 alumnos de ambos sexos, para cuya atención educacional sus Escuelas Nº 35 y 36 sólo disponen de un total de 8 salas de clases; pues el local escolar donde funcionan las escuelas aludidas fue edificado en el año 1965 por la Sociedad Constructora de Establecimientos Educacionales, como una primera etapa dentro de un plan más amplio, una vez que se logrará la expropiación de los terrenos colindantes con el predio escolar. Han transcurrido 7 años sin lograrse ningún resultado positivo para dar a este grave problema la solución adecuada y oportuna que las circunstancias aconsejan. Para absorber la totalidad de la población escolar, se precisa con urgencia la construcción de un mínimo de ocho nuevas salas de clases, para lo cual urge lograr la expropiación de los terrenos que he mencionado y que permitirán las ampliaciones necesarias a la solución integral del actual problema educacional que tanto preocupa a la comunidad. Por lo anteriormente expuesto, solicito a usted incorporarse a las diligencias y trámites de todo orden hasta lograr favorablemente superar esta delicada situación educacional. De lo que se resuelva agradeceré que se sirva informarme. NUEVA ESCUELA EN BARRIO ULTRA ESTACIÓN, DE CHILLAN. Al Ministro de Educación Pública, en los términos siguientes: Se encuentran en estudie, en el departamento Pedagógico de Educación Primaria y Normal de ese Ministerio, los antecedentes sobre la creación de la Escuela Consolidada en el Barrio Ultra Estación, de Chillán. La creación de esa escuela no implica mayores gastos, por cuanto quedaría en el mismo edificio de la actual Escuela Nº 16 y la nocturna. Según tengo conocimiento, la Comisión designada por ese Ministerio omitió informar favorablemente, por lo que ruego a usted interesarse en la solución de ese problema, para que se dicte prontamente la Resolución que crea la Escuela en cuestión. PROBLEMA HABITACIONAL EN CABRERO (CONCEPCION). Al señor Ministro de la Vivienda y Urbanismo, en los términos siguientes: El Presidente del Comité de los Sin Casa de Cabrero, compañero Pablo Rodríguez Beltrán, me ha solicitado que interceda ante usted con el objeto de que en la entrega de los sitios para construir viviendas, se haga justicia en esa localidad. En orden cronológico, el problema es como sigue: 1º Con fecha 23 de junio de 1971, CORHABIT de Concepción reconoció, según acuerdo Nº 696, el grupo denominado República Socialista, ofreciéndoles construir 127 viviendas, para 127 familias. 2º El 16 de julio de 1971 fue confirmado ese acuerdo por el Ministro del ramo, según nota Nº 2356. 3° El jefe de la Sección Programación y Control de CORVI, señor Moisés A. Carrillo Valenzuela, confirmó con fecha 25 de enero de 1972 la entrega de 150 sitios y 60 viviendas. Hasta el momento y a pesar de todos estos antecedentes, no se ha hecho efectivo ninguno de los puntos mencionados; pero he sido informado por el compañero Presidente que el Subdelegado de Cabrero habría entregado sitios en forma discriminatoria solamente a una parte de los miembros del Comité y sin tomar en cuenta para nada a la directiva. Agradeceré a usted se sirva impartir las instrucciones necesarias, a objeto de investigar y solucionar el problema a que hago referencia, ya que los componentes del Comité que han quedado fuera de esta entrega necesitan también contar con un hogar para ellos y su familia. PAGO DE DESAHUCIO A EX FUNCIONARIOS DE LA FUERZA AEREA DE CONCEPCIÓN Al Subsecretario de Aviación, en los términos siguientes: Me permito dirigirme a Ud., a objeto de exponerle un problema que me ha hecho llegar un grupo de ex funcionarios de la Fuerza Aérea de Concepción. Por Resolución de la Fuerza Aérea de Chile Nº 02197 de fecha 2 de noviembre de 1971, se dispuso el retiro de la institución, de un grupo de suboficiales, gran parte de ellos con el grado de suboficiales mayores. En esta disposición se fijó como fecha de retiro el 5 de enero de 1972 y de acuerdo al D.F.L. Nº 1 del año 1968, en que se hace efectivo el retiro absoluto de la Fuerza Aérea de Chile a este personal, el día 5 de julio de 1972. Al fijarse esta fecha significó que el desahucio sería el correspondiente al sueldo imponible que se ganaba a esa fecha con un máximo de 24 mensualidades. Como es de su conocimiento, a contar del lº de octubre de 1972, hubo un alza de un 100%, tanto en las remuneraciones como en los precios y, debido a que este desahucio no fue cancelado en su oportunidad, y aún más no ha sido cancelado hasta el momento, ha significado para estos ex funcionarios haber perdido el poder adquisitivo de ese capital, en una suma superior al 100%. Además, el hecho de no estar en servicio activo, representa una baja en sus remuneraciones, pues los jubilados de provincia no perciben asignación de zona, ni de casa ni de rancho, lo que les ha provocado también un agudo problema económico, principalmente a aquellos que tienen hijos que educar. En mérito de lo anteriormente expuesto, solicito estudiar el caso y tratar de solucionar en lo que sea posible este problema, para atenuar en parte la difícil situación de los ex funcionarios a que me he referido. AUMENTO DE VEHICULOS DE LOCOMOCION COLECTIVA PARA PROVINCIA DE CONCEPCION. Al Subsecretario de Transportes, en los siguientes términos: En estos momentos existe en la provincia de Concepción problemas de locomoción, el que es general en todas las localidades demasiado pobladas. Por diversos conductos, constantemente recibo peticiones de esa provincia en el sentido de interceder ante las autoridades pertinentes para aumentar los vehículos de la locomoción colectiva. Por tratarse de una provincia que desarrollo gran actividad industrial, minera, universitaria etcétera, estimo que sería de mucha utilidad para la comunidad dotarla, por lo menos, de 50% más de esos medios de transporte. Estoy seguro de que esta justa petición encontrará en Ud. una acogida positiva y que hará todo lo posible por acceder a ella. Del señor Luengo: SERVICIO TELEFONICO PARA NEGRETE (BIO-BIO). Al señor Ministro del Interior, pidiéndole se sirva adoptar las providencias que sean del caso a fin de que se estudie y resuelva en definitiva la instalación de una red de teléfonos en la localidad de Negrete, provincia de Bío-Bío, que tiene aproximadamente 4.000 habitantes y donde hay una inscripción superior a 100 personas interesadas en instalar este servicio. En la actualidad esta necesidad se atiende desde una mesa central que existe en Coigüe, desde la que salen dos teléfonos para Negrete: uno para el público y otro para la Municipalidad. Esta mesa central fue instalada hace ya bastante tiempo en Coigüe, por influencia de algunos hacendados de esa zona, lo que no tiene ninguna justificación, ya que la localidad no alcanza a tener 500 habitantes. Lo procedente parece ser disponer el traslado de esa mesa central a Negrete, salvo una opinión técnica en contrario, la que, en todo caso, tendría que significar la instalación de una mesa en Negrete. REPARACION DE ESCUELA Nº 59, DE PUCHILQUE (CAUTIN). Al señor Ministro de Educación, pidiéndole se sirva adoptar las providencias que sean del caso a fin de que a la brevedad posible se proceda a la reparación de la Escuela Nº 59, ubicada en el sector Puchilque de la localidad de Queule, provincia de Cautín. Esta escuela requiere con urgencia la reparación del techo, puertas y ventanas, y la colocación de vidrios, ya que en cuanto empiecen las lluvias será prácticamente imposible mantenerla en funciones, pues los educandos no podrán permanecer en ella debido a su pésimo estado material. Asimismo, es necesario dotar a esta escuela de bancos, sillas y otros elementos indispensables para su mejor funcionamiento y atención de los escolares. CREACION DEL INSTITUTO COMERCIAL Nº 2 EN TEMUCO (CAUTIN). Al señor Ministro de Educación pidiéndole una atención preferente a la creación del Instituto Comercial Nº 2 de Temuco, por las razones que a continuación se expresan: 1. El Instituto Superior de Comercio de Temuco cuenta a la fecha con una matrícula que asciende aproximadamente a 680 alumnos para los primeros años, sin contar con los repitentes que no alcanzaron a matricularse, siendo esta cantidad más que suficiente para formar entre 18 y 20 Cursos; por lo que se desprende la imperiosa necesidad de descongestionar al antes citado establecimiento de enseñanza comercial. 2. Que el proceso de matrícula para 1973, y previo estudio entre el Coordinador Regional y el Director Provincial de Educación, dividió a la ciudad de Temuco en .dos sectores bien delimitados, para otorgar a esta ciudad un mayor orden y una mejor distribución de matrículas. 3. Para la obtención del local del Instituto que se solicita se contaría con el Anexo del Liceo de Niñas, cuyas salas las ocupaba el Centro de Educación Básica y que de acuerdo a estudios hechos, serían disminuidos en razón de la baja asistencia promedio, que no alcanza ni a 30 alumnos por curso, y absorbidos por la Escuela de Enseñanza Básica de sus respectivos barrios. 4. En cuanto a su profesorado, no hay problema en las asignaturas de Plan Común. Las del Plan Diferenciado pueden ser servidas por profesionales de la localidad o por egresados del Curso de Contadores Públicos de la Universidad Técnica del Estado, a falta de egresados del Pedagógico Técnico. Por consiguiente, ruego al señor Ministro tenga a bien considerar y atender favorablemente esta petición. RED DE ALCANTARILLADO PARA NEGRETE (BIO-BIO). Al señor Ministro de Obras Públicas y Transportes, pidiéndole se sirva adoptar las providencias que sean del caso a fin de que se proceda al estudio y tendido de la red de alcantarillado en la localidad de Negrete, provincia de Biobío, ya que esta obra es indispensable y urgente, toda vez que en dicho pueblo no existe ni siquiera una red parcial de este servicio. En la actualidad sólo existen pozos negros, todos en malas condiciones por su antigüedad, lo que constituye un peligro evidente de epidemias para la población. Esta necesidad ha sido largamente representada por los habitantes de Negrete, y las autoridades locales han solicitado reiteradamente la solución de este problema, razón por la cual estimo que debe afrontarse su solución a la brevedad posible, incluyendo esta obra en el Presupuesto. CONSTRUCCION DE CAMINO DE NEGRETE A CARRETERA PANAMERICANA (BIO-BIO). Al señor Ministro de Obras Públicas y Transportes, pidiéndole se sirva adoptar las providencias .que sean del caso a fin de que se proceda a la construcción definitiva del camino de Negrete a la carretera Panamericana, al sur de San Carlos de Purén, en la provincia de Biobío. Este camino ya está en uso, pero en pésimas condiciones, y hay que ampliarlo, hacer obras de arte y rectificar 5 kilómetros de su trazado. La construcción definitiva de este camino es de una gran importancia económico - social para la zona, toda vez que él permitiría la salida expedita para la producción de 8.000 hectáreas regadas, como mínimo, y atendería especialmente al sector denominado Bureo, con un gran número de pequeños agricultores y con más de 300 trabajadores ubicados en los asentamientos Por la razón o la fuerza, Tierras Libres, Tierras y Libertad, Munilque Correa y Miraflores, que quedan precisamente en ese mismo sector. OBRAS DE VIALIDAD EN TOLTEN (CAUTIN). Al señor Ministro de Obras Públicas y Transportes, pidiéndole se sirva adoptar las providencias que sean del caso a fin de que a la brevedad posible se efectúen los siguientes trabajos de vialidad en la comuna de Toltén, provincia de Cautín: l. Mejoramiento del camino de Villa Boldos hacia la cordillera, el que debe afirmarse con ripio en forma urgente, antes de que lleguen las lluvias, mientras se hace la rectificación de su trazado. Este camino sirve al Centro de Reforma Agraria Caupolicán, ubicado a 25 kilómetros de Toltén, con 28 asentados, y al asentamiento 24 de Marzo, con 56 asentados. Estos asentamientos son forestales y corren el riesgo de quedar con el 60% de la madera aserreada en el período, sin poder sacarla a los centros de comercialización, por la llegada de las lluvias. 2. Arreglo del camino de Toltén hacia el sur, al que hay que ripiar con urgencia y rellenándolo en 600 metros, porque se corta en el invierno. Este camino sirve al asentamiento Jorge Fernández, ubicado a 4 kilómetros de Toltén. Del señor Morales Adriasola: REANUDACION ILEGAL DE PROGRAMAS DE RADÍO EL SOL DE CHILE CHICO (AISEN). Al Ministerio del Interior, a fin de que se adopten las medidas necesarias para respetar la disposición emanada de la Dirección de Servicios Eléctricos que clausuró Radio El Sol de Chile Chico, por cuanto, de acuerdo con informaciones proporcionadas desde Chile Chico, esta emisora reanudó sus programas legalmente con apoyo de autoridades departamentales. PROBLEMAS DE MINEROS CHILENOS QUE LABORAN EN YACIMIENTO ARGENTINO (MAGALLANES). Al Ministerio de Obras Públicas y Transportes, con el objeto de solicitar que la Subsecretaría de Transportes designe un funcionario o una comisión que viaje a Puerto Natales, provincia de Magallanes, y se ponga en contacto con la Comisión de Mineros chilenos que laboran en el yacimiento carbonífero argentino de Río Turbio, con el propósito de solucionar el problema originado allí desde octubre de 1972, a causa de un alza de tarifas por pasaje entre Puerto Natales y Yacimiento Río Turbio que se habría dispuesto sin consulta previa ni autorización de esa Subsecretaría, sólo por disposición - de la Junta Reguladora del Tránsito de Puerto Natales. LOCAL PARA CUARTEL GENERAL DE BOMBEROS DE COIHAIQUE (AISEN). Al Ministerio de Obras Públicas y Transportes, con el objeto de que la Dirección de Arquitectura estudie la posibilidad de construir un local adecuado para el funcionamiento del Cuartel General de Bomberos de Coihaique, obteniendo los fondos, necesarios para ello. CONSTRUCCION DE RAMPLA EN ISLA APIAO (CHILOE). Al Ministerio de Obras Públicas y Transportes, con el objeto de que se dispongan los fondos necesarios para la urgente construcción de una rampla en Isla Apiao, sector Capilla, hacia Chequean, en la provincia de Chiloé. REPARACIÓN DE CAMINO ENTRE LIMITE ARGENTINO Y PUEBLO DOROTEA (MAGALLANES). Al Ministerio de Obras Públicas y Transportes, con el objeto de que la Dirección de Vialidad disponga las medidas necesarias para que se proceda, a la mayor brevedad, a la reparación del camino comprendido entre el límite argentino y Pueblo Dorotea, en Chile. Se trata de enderezar algunas curvas y ensanchar el camino donde sea posible. Estos trabajos no significarían mayores gastos a esa Dirección si se toma en consideración el hecho de que la Administración del Yacimiento Río Turbio facilitaría las máquinas necesarias para realizarlos con el propósito de dar facilidades a su personal chileno. Cabe hacer presente que los mineros chilenos de Río Turbio han solicitado reiteradamente la mediación del Gobernador del departamento de Ultima Esperanza ante ese Ministerio, para conseguir la reparación del camino ya mencionado, sin que hasta el momento dichos trabajos se hayan concretado o se haya proporcionado una información respecto de las posibilidades de realizarlo. NUEVO LOCAL PARA ESCUELA Nº 72 DE APIAO (CHILOE). A la Sociedad Constructora de Establecimientos Educacionales, con el objeto de que se incluya dentro de los planes de construcción inmediata un nuevo edificio para el funcionamiento de la Escuela Nº 72 de Apiao, provincia de Chiloé, la cual cuenta con noventa y cinco alumnos que están bajo la amenaza de un eventual derrumbe del local que actualmente ocupa, ya que éste se encuentra en estado ruinoso. Del señor Ochagavía: VUELOS ESPECIALES ENTRE SANTIAGO Y MAGALLANES. Al señor Ministro del Interior y al de Obras Públicas y Transportes, solicitando que durante la semana anterior al 4 de marzo, la Línea Aérea Nacional establezca todos los vuelos especiales que sean necesarios entre Santiago y Punta Arenas y Santiago y Balmaceda, con el objeto de que las personas que han salido de la región austral puedan cumplir con su deber cívico en la próxima elección parlamentaria. Formulo tal petición porque en estos momentos no hay pasajes para regresar desde Santiago a Punta Arenas antes del 14 de marzo, y por tratarse del único medio de movilización hacia esa zona. Del señor Olguín: PROBLEMA POR APLICACION DE DECRETO A COMERCIANTES DE TARAPACA. Al Ministro de Hacienda, en los siguientes términos: Desde la provincia de Tarapacá, han tomado contacto con el suscrito los integrantes de las diferentes Cámaras de Comercio, para hacer notar el problema que se les producirá con la aplicación del Decreto Nº 1389 que establece, las empresas industriales mayoristas y distribuidoras y las instituciones y empresas fiscales, semifiscales y/o de administración autónoma deberán exigir a sus clientes y/o proveedores que comprueben estar al día en el pago de impuesto a la compraventa y a los servicios, mediante la exhibición del recibo de pago correspondiente, dejándose constancia en la factura o boleta respectiva el número de rol de compraventa del cliente y/o proveedor el monto del impuesto pagado y la fecha y Tesorería en que se efectuó el pago. Ante la imposibilidad de que los comerciantes de provincias puedan exhibir este recibo a cada proveedor, dada la distancia del Centro donde se encuentran la mayoría de ellos, solicitan del señor Ministro de Hacienda una disposición especial en este sentido, y sugieren: Que cada comerciante de provincia, pueda remitir a sus proveedores una declaración jurada, simple a sola firma en la que consten los datos solicitados. Siendo otra solución que la Tesorería, entregara a los contribuyentes tantos certificados, como fuera necesario para remitirlos a sus proveedores. EDIFICIO PARA INSTITUTO POLITECNICO DE TALTAL (ANTOFAGASTA). A los señores Ministros de Educación y Presidente de la Sociedad Constructora de Establecimientos Educacionales: En el puerto de Taltal existió la Escuela Industrial Fiscal, actualmente llamada Instituto Politécnico de Taltal, que a la fecha ha sufrido dos incendios de proporciones mucho más que considerables al extremo de que prácticamente se encuentran en pie sólo los talleres del instituto antes mencionado. Desde hace varios años, la comunidad escolar del establecimiento ha venido realizando múltiples gestiones en el sentido de lograr la construcción de un edificio para el plantel, por intermedio de la Sociedad Constructora de Establecimientos Educacionales S. A., contando para el efecto con un terreno de 10.000 mts2., ubicado en el sector denominado Caleta Ossa, de ese puerto. De acuerdo con los antecedentes que obran en poder de los señores Ministros de Educación y Presidente de la Sociedad Constructora de Establecimientos Educacionales, no hace necesarios mayores explicaciones, pues hasta existe una promesa de dar prioridad a los trabajos en el mes de enero. Del señor Pablo: TARIFAS AEREAS DESDE ISLA MOCHA (ARAUCO) Y HACIA ELLA. Al señor Ministro de Defensa Nacional para que tenga a bien informar oficialmente sobre, las tarifas que deben cobrar los aviones civiles que efectúan transporte de carne y pasajeros desde y hacia la Isla Mocha, en la ciudad de Arauco, desde los siguientes puntos: Talcahuano (Carriel Sur), a Isla Mocha y vs/vs. Lebu a Isla Mocha y vs/vs. Cañete a Isla Mocha y vs/vs. Valdivia a Isla Mocha y vs/vs. Cabe hacer notar que el transporte aéreo es casi el único factible de realizar, dado la escasez de barcos y embarcaciones que poseen los isleños. AGUA POTABLE PARA YUNGAY (ÑUBLE). Al señor Ministro de Obras Públicas y Transportes, para que se sirva, si lo tiene a bien, disponer que se haga el tendido de cables que permitan llevar energía eléctrica para hacer funcionar las motobombas que proporcionarán el agua potable necesaria para la localidad de Yungay. Dichas motobombas están detenidas sólo por ese detalle, lo que impide a los habitantes de la ciudad mencionada contar con ese vital elemento. La comunidad del sector ante la magnitud del problema se ha organizado en un comité de emergencia que preside el Gobernador Departamental y está haciendo presente reiteradamente esta angustiosa necesidad, de tan fácil solución. Del señor Silva Ulloa: FALTA DE AGUA POTABLE EN LA TIRANA (TARAPACA). Al señor Ministro de Obras Públicas y Transportes, solicitándole que se sirva informar qué medidas se adoptarán para resolver el grave problema de falta de agua potable en el pueblo de La Tirana, Comuna de Pozo Almonte, Departamento de Iquique. INFORME SOBRE PRESTAMOS A MIEMBROS DE JUNTA VECINAL Nº 6, SAN JOSE DE ARICA (TARAPACA). Al señor Vicepresidente Ejecutivo de la Corporación de Servicios Habitacionales, solicitándole se sirva informar qué razones han existido para que no se cursen los préstamos para construir viviendas a los miembros de la Junta Vecinal Nº 6, San José de Arica, ya que han cumplido con el ahorro previo, aparte que los referidos préstamos, según informes, habrían sido financiados por la Junta de Adelanto de Arica. En todo caso, le agradeceré me informe cuando se cursarán los préstamos. INFORME SOBRE PLANES DE CONSTRUCCION PARA OBREROS Y EMPLEADOS DE LA INDUSTRIA GRAFICA DE ARICA (TARAPACA). Al señor Vicepresidente Ejecutivo de la Caja Nacional de Empleados Públicos y Periodistas solicitándole se sirva informar si en los planes de construcción de viviendas y entregas de las mismas en el año 1973, se ha considerado al sector de obreros y empleados de la industria gráfica de la ciudad de Arica. Si fuera así, le ruego en lo posible, me indicara la fecha en que se llamará a inscripción. APROVECHAMIENTO DE TERRENOS DE CORA EN LA TIRANA (TARAPACA). Al señor Vicepresidente Ejecutivo de CORA, solicitándole que se sirva informar si existen estudios para el aprovechamiento de los terrenos que posea la Corporación a su digno cargo en el pueblo de La Tirana, departamento de Iquique. Los terrenos del mencionado pueblo pueden aprovecharse en la agricultura y ganadería, especialmente menor. CONSTRUCCION DE HOSTERIA Y PISCINA EN EL PUEBLO DE LA TIRANA (TARAPACA). Al señor Director de la Dirección de Turismo, solicitándole que se sirva informar si el organismo baja su digno cargo ha estudiado la factibilidad de construir una hostería y piscina en el pueblo de La Tirana, departamento de Iquique. El infrascrito estima innecesario destacar la importancia de estas obras debido a que es de conocimiento público la afluencia de turistas que visitan el Santuario de La Tirana. Del señor Valenzuela: FORESTACION EN ZONA DEL LAGO RAPEL (O`HIGGINS). Al señor Ministro de Economía, solicitándole que se sirva considerar el acuerdo de la I. Municipalidad de Las Cabras, provincia de O'Higgins, que está compuesta por el Alcalde (Radical U. P.), un regidor comunista, uno Demócrata cristiano y dos nacionales, a fin de que se dé una satisfactoria solución al problema de la forestación de la zona del lago Rapel ante las muy graves y serias denuncias hechas por la municipalidad antes mencionada. Adjunto oficio Nº 270, de fecha 26 de diciembre de 1972 de la Municipalidad de Las Cabras. ABOVEDAMIENTO DE CANAL EN POBLACIONES DE SANTA CRUZ (COLCHAGUA). Al señor Ministro de Obras Públicas y e Transportes (Dirección de Aguas), con el objeto de solicitarle que se sirva considerar la petición formulada por las Poblaciones de Obreros Municipales, Endesa, Villa Las Toscas, Santa Cecilia y Valle Hermoso, con fecha 24 de noviembre de 1972, de la localidad de Santa Cruz, provincia de Colchagua, para abovedar canal Santa Cruz en las poblaciones antes mencionadas, ya que dicho canal se desborda en el tiempo de invierno e inunda todas las poblaciones, con los consiguientes perjuicios materiales para los habitantes. La extensión de la abovedadura de este canal sería de unos 500 metros de longitud por 3 metros de ancho. El señor AGUIRRE DOOLAN (Vice - presidente).- En Incidentes, el primer turno corresponde al Comité Comunista. Ofrezco la palabra. Ofrezco la palabra. El siguiente turno corresponde al Comité Izquierda Radical. Tiene la palabra el Honorable señor Baltra. LA CONFEDERACIÓN DE DUEÑOS DE CAMIONES DE CHILE Y LOS GRAVES PROBLEMAS DE ESTE GREMIO. OFICIO. El señor BALTRA.- Señor Presidente, la Confederación Nacional de Dueños de Camiones de Chile es representativa de los propietarios de camiones sindicados, tiene personalidad jurídica, está compuesta por 168 sindicatos, y la mayoría de sus asociados son dueños de uno o dos camiones. En Chile existen sólo catorce empresas de transporte carretero con más de veinte camiones. En consecuencia, la Confederación Nacional de Dueños de Camiones de Chile, institución efectivamente representativa de dicha actividad, está integrada, en su enorme mayoría, por transportistas modestos que trabajan personalmente su vehículo. Este gremio, organizado desde hace 17 años, nunca, hasta el 10 de octubre de 1972, había efectuado un paro nacional, y ello porque siempre las autoridades cumplieron sus compromisos con los camioneros. Salvo paros locales, nunca debieron o necesitaron recurrir a una protesta a nivel nacional. El actual Gobierno se comprometió por escrito, con fecha 13 de marzo de 1972, con la Confederación Nacional de Dueños de Camiones, a .resolver los problemas que en ese momento preocupaban a ese gremio. Además, comprometiendo la opinión del señor Presidente de la República, en el mismo documento se expresa que el Gobierno no sólo no interferiría esta actividad, sino que, por el contrario, estaba dispuesto a alentarla y a fomentarla, proporcionándole todos los elementos de trabajo necesarios para su normal desarrollo. El 7 de septiembre de 1972 el Gobierno contrajo con la Confederación Nacional de Dueños de Camiones un nuevo compromiso por escrito, firmado por los Ministros de Obras Públicas y Transportes, y de Economía y de Trabajo de la época. Este compromiso estaba concebido, en general, en los mismos términos del anterior, aparte el hecho de que en ese documento el Gobierno se obligó a vender a los asociados de la Confederación 2.300 chasis para camiones, en su mayoría de la marca FIAT, armados en Chile. En ese mismo acuerdo el Gobierno contrajo también el compromiso de dar a los camioneros agrupados en la Confederación, representación de pleno derecho en las instituciones del Estado vinculadas a la actividad de los camioneros, y una cuota de cinco mil neumáticos para ser distribuida por ese organismo entre los sindicatos afiliados a él. Esa era la situación de los camioneros de Chile al 1º de octubre pasado. En esa fecha, la Confederación comprobó que el Estado, a través de la Corporación de Fomento, tenía acordado organizar una empresa de transporte terrestre en la provincia de Aisén, con lo que se burlaban los compromisos anteriores. Los camioneros de Aisén, con el apoyo de todas las instituciones gremiales y sociales de esa provincia, acordaron el lº de octubre de 1972 declarar un paro provincial indefinido. A ese paro adhirieron posteriormente los Sindicatos de Dueños de Camiones de O'Higgins a Biobío. No obstante todas las dificultades y el engaño permanente de que fueron víctimas, los camioneros organizados en la Confederación insistieron ante las autoridades. Incluso, recurrieron al señor Presidente de la República en demanda de una solución de sus problemas y del cumplimiento de los compromisos contraídos por el Gobierno. El 9 de octubre entregaron al Almirante señor Ismael Huerta Díaz, a la fecha Presidente de la Comisión Interministerial del Transporte, un memorándum que contenía los problemas más urgentes de ese gremio. El 10 de octubre recibieron la respuesta al memorándum por intermedio del señor Subsecretario de Transportes, la que contenía alguna posibilidad de continuar en las negociaciones. El mismo 10 de octubre, a las 22 horas, en los momentos en que contestaban el documento de la Subsecretaría de Transporte, un numeroso grupo de funcionarios de la policía civil, por orden del Intendente de Santiago, irrumpió en la sede de los camioneros, procediendo a la detención de la mayoría de los dirigentes nacionales. Como lógica reacción, a contar del 11 de octubre los dueños de camiones de todo el país paralizaron sus actividades, iniciándose el paro nacional de mayor duración y magnitud que ha conocido el país. Con motivo de este paro, los dueños de camiones de Chile, que sólo han recibido de este Gobierno tramitación y burla, fueron agraviados en la forma más dura y grosera, como nunca lo fue gremio alguno. Como Senador, deseo expresar mi admiración por los camioneros de Chile, por la forma altiva y digna con que se enfrentaron a la furia del oficialismo, que llevó a la cárcel a su directiva y que tantos daños causó al país por esa actitud de prepotencia y de atropello para con un gremio que día y noche, en todos los caminos de Chile, contribuye al progreso y al normal desarrollo de las actividades vitales; gremio que en su enorme mayoría está compuesto, como dije al comienzo, por dueños de sólo uno o dos camiones. Expreso también aquí mi protesta por el acto inaudito intentado por este Gobierno de cancelar la personalidad jurídica de la Confederación Nacional de Dueños de Camiones. Debe saber el país que la declaración del Gobierno de 5 de noviembre de 1972, coincidente con la actitud del Comando Nacional de Acción Gremial de suspender el paro, fue un compromiso que contrajeron aquel y, muy particularmente, los Ministros militares con el país, para restablecer la normalidad, para no aplicar represalias y para resolver los problemas que motivaron el paro nacional de octubre. Los compromisos contenidos en la declaración que la opinión pública conoció no se han cumplido. Los problemas de los gremios son ahora más graves que al declararse el paro nacional. El Gobierno ha atendido en mínima parte la demanda de los gremios, y de allí que no sea extraño que el ambiente social se agite y conmueva con motivo de haberse aplicado represalias, no obstante las promesas hechas. No creo que los gremios se dejen provocar por la actitud de algunos funcionarios que parecen empeñados en producir al país aún mayores daños que los que hemos presenciado en estos 26 meses de desgobierno. Los gremios deben tener confianza en nuestras instituciones democráticas, pero esto no implica, por cierto, que deban esperar indefinidamente la solución integral de sus problemas, muchos de los cuales son de especial gravedad y urgente solución. Debemos tener presente que durante el paro de octubre la Directiva de la Confederación Nacional de Dueños de Camiones, que preside el señor León Vilarín Marín, debió soportar, estando en la cárcel, una campaña incalificable de injurias y desprestigio, y que incluso el propio Presidente de la República, con el propósito de doblegar a este gremio, lo amenazó expresando que los camiones que fueran requisados no se devolverían a sus legítimos dueños, lo que fue rectificado posteriormente por un funcionario subalterno. Debe tenerse presente, también, que continúa en todos los niveles burocráticos una odiosa tramitación, y se intenta por el Gobierno la división de los camioneros, para lo cual se usan funcionarios, vehículos y recursos del Estado. En esta misma Sala hemos escuchado a veces odiosas expresiones para calificar a los camioneros que no se doblegaron y que, estoy seguro, no se doblegarán ante ninguna actitud de éste ni de ningún otro Gobierno que envuelva injusticias como las con que hasta ahora han sido tratados. Como hombre democrático y como Senador, deseo expresar en esta Sala mi admiración hacia estos modestos hombres de trabajo que representa la Confederación Nacional de Dueños de Camiones de Chile, y rendirles el homenaje que merecen por lo que significan en el progreso del país; por la actitud que asumieron cuando fueron arrastrados por la autoridad a una definición; en definitiva, por el verdadero ejemplo que dieron con su actitud a todos los hombres libres y democráticos de este país. La historia dé las luchas sociales de Chile consignará esta etapa, y, sin duda, hará justicia a los camioneros chilenos, a quienes nosotros creemos representar, pues ellos son modestos hombres de trabajo. Por último, deseo hacer presente que hasta no hace mucho se encontraban retenidos en el Ministerio del Trabajo, más precisamente en el Departamento de Organizaciones Sindicales, más de 30 expedientes de personalidad jurídica de Sindicatos de Dueños de Camiones adheridos a la Confederación Nacional. Pido oficiar en mi nombre al Ministerio del Trabajo solicitándole nos informe acerca de esta materia. El señor AGUIRRE DOOLAN (Vicepresidente).- Se enviará el oficio pertinente al Ministerio del Trabajo en nombre de Su Señoría... El señor VALENZUELA.- Y también en nombre del Comité Demócrata Cristiano, señor Presidente. El señor AGUIRRE DOOLAN.- y del Comité Demócrata Cristiano. El señor Secretario dará lectura a una indicación llegada a la Mesa. El señor AUGER (Prosecretario accidental).- Ha llegado a la Mesa una indicación para publicar in extenso las observaciones formuladas en Incidentes de la SESION de hoy por el Honorable señor Baltra. El señor AGUIRRE DOOLAN (Vicepresidente).- Oportunamente se recabará el acuerdo de la Sala. El siguiente turno corresponde al Comité Demócrata Cristiano, que ha cedido quince minutos a la Honorable señora María Elena Carrera. Tiene la palabra Su Señoría. ANALISIS DEL CONFLICTO BÉLICO DE VIETNAM. La señora CARRERA.- Señor Presidente, hace pocos días se firmaron en París los acuerdos de paz para Vietnam. Esta victoria del pueblo vietnamita es celebrada por todas las Naciones del mundo, porque es una reafirmación de los valores del ser humano por sobre la bestialidad y el fascismo. Un pueblo pequeño, especialmente compuesto por campesinos, ha luchado contra el país más poderoso de la Tierra y ha vencido. Es necesario hacer un poco de historia, remontándonos a la caída de Francia en 1940, cuando el Gobierno de Vichy abre el Golfo de Tonkín a la Armada japonesa. Inmediatamente el pueblo de Vietnam comienza una serie de movimientos e insurrecciones que culminan, a la llegada de Ho Chi-Minh en 1941, en la formación del Frente de la Alianza por la Independencia de Vietnam. Tres años más tarde, en 1944, se funda el Ejército de Liberación, comandado por Nguyen Giap. En mayo de 1945 Japón da un golpe de fuerza en Vietnam. El Partido Comunista vietnamita y el Frente de la Alianza por la Independencia de Vietnam deciden luchar ¡contra los japoneses y tener liberado el país al término de la guerra. El 15 de agosto capitula Japón, y el 19 del mismo mes estalla la insurrección popular, que se extiende a todo el país. El 2 de septiembre de 1945, día de la Independencia de Vietnam, se presenta el Gobierno Provisional al pueblo, con Ho Chi-Minh como Presidente. El 6 de septiembre desembarcan en Saigón tropas inglesas con la misión, de parte de los aliados, de desarmar a los japoneses; pero bajo la protección de estas tropas se introduce en Saigón un destacamento del Cuerpo Expedicionario Francés. Hay un mitin de protesta de un millón de personas en Hanoi. El General inglés Gracey decreta la ley marcial en Saigón, saca de la cárcel a 1.400 soldados franceses que tenían retenidos los japoneses, y procede a armarlos. El 23 de septiembre los colonialistas franceses comienzan la guerra de reconquista de Vietnam, que durará nueve años. Los franceses envían numerosas tropas, y en 1950 empiezan a recibir ayuda militar y económica de Estados Unidos. Cambian al General Leclerc por De Lattre y a éste por Salan, y, por último, envían a Navarre; pero los vietnamitas.se muestran inmunes a los cambios de tácticas. Finalmente, la ofensiva vietnamita y los acuerdos de Berlín obligan a los franceses a participar en la Conferencia de Ginebra de abril de 1954. El 7 de mayo los franceses son derrotados totalmente en la batalla de Dien Bien Phu, cayendo prisioneros el General Castries y todo su Estado Mayor. Esa derrota obliga a Francia a reconocer la independencia de Vietnam, su soberanía, unidad e integridad territorial y a retirar sus tropas del país. Para separar las tropas beligerantes, el Ejército de Liberación pasaría al norte del paralelo 17 y las tropas francesas al sur, mientras eran trasladadas a su patria. Se efectuarían elecciones generales en 1956 y la Administración triunfante borraría la línea militar provisional del paralelo 17. Esta declaración final de la Conferencia de Ginebra fue firmada por la U. R. S. S., la República Popular China, Inglaterra, Francia, República Democrática de Vietnam y los llamados Estados Asociados de Indochina (Laos, Camboya y Vietnam)-Sólo un participante de la Conferencia se negó a firmar: USA. Pero por boca de su representante hizo una declaración unilateral: que toma nota de los acuerdos y 1) se abstendrá de la amenaza o el uso de la fuerza para trastornarlos, conforme al artículo 2 de la Carta de las Naciones Unidas, que trata de la obligación de sus miembros de abstenerse de la amenaza o el uso de la fuerza en sus relaciones internacionales; y que 2) consideraría con gran preocupación y como una seria amenaza a la paz y la seguridad internacionales toda reanudación de la agresión en una violación de los acuerdos mencionados. A propósito de lo expuesto por la delegación en cuanto a las elecciones libres en Vietnam, mi gobierno continúa le declaración quiere precisar su posición, expresada en la declaración siguiente, hecha en Washington el 29 de junio de 1954: En el caso de naciones actualmente divididas contra su voluntad, nosotros continuaremos buscando su unidad por medio de elecciones libres bajo vigilancia de las Naciones Unidas, a fin de garantizar que sean hechas legalmente. En cuanto a la declaración hecha por el representante de Vietnam, Estados Unidos reitera su posición tradicional de que los pueblos tienen derecho a determinar su propio porvenir, y no se asociará a ningún arreglo que pudiera obstaculizar esto. Nada deja suponer o indicar, en la declaración que acabo de hacer, una desviación de esta posición tradicional. Compartimos la esperanza de que los acuerdos permitirán a Camboya, Laos y Vietnam desempeñar su papel con toda independencia y soberanía en la comunidad pacífica de naciones, y, además, permitirán a los pueblos de esta región del mundo determinar su propio porvenir. Esta declaración fue hecha el 21 de julio de 1954 por el representante de los Estados Unidos. Pero había un solo inconveniente para que hubiera elecciones libres y generales en Vietnam: según informes del Presidente Eisenhower, de haberse realizado las elecciones Ho Chi Minh habría sacado el 80% de los votos. Por lo tanto, los Estados Unidos planean y ejecutan un golpe de Estado, colocando un Gobierno títere democrático y apertrechando un ejército mercenario que contaba con asesores yanquis. La primera tarea encomendada al Gobierno títere fue la represión de las fuerzas patriotas que exigían el cumplimiento de los acuerdos de Ginebra. Este fue el comienzo de una cruenta tragedia que ha durado 19 años, en la que Estados Unidos ha perdido su honor y ha desarrollado frente a la opinión pública de todo el mundo las peores tácticas fascistas nunca vistas. Las acciones de Hitler son del todo semejantes a las efectuadas por Eisenhower, Truman, Kennedy, Johnson y Nixon. Han usado toda clase de tácticas para vencer a los vietnamitas. Empezaron enviando asesores norteamericanos que fueron subiendo de número vertiginosamente. Esto lo llamaron la guerra especial. En la Administración Johnson se pasó a la guerra local, en que ya los asesores no bastaban y la guerra pasó a hacerse con marines norteamericanos. En 1969, llegó a haber 500.000 soldados norteamericanos en tierra vietnamita. Hay que sumar a ellos 500.000 soldados títeres y 100.000 de los países satélites (Corea del Sur, Australia y Filipinas; en un tiempo también hubo soldados brasileños). Johnson creyó que con esta escalada podría presentarse a su reelección habiendo pacificado Vietnam. Fue entonces cuando el mundo pudo comprobar cuan fuerte era la pasión libertaria del pueblo vietnamita que lanzó la ofensiva del Teth, o sea, la campaña del Año Nuevo Lunar. Las tropas del Ejército de Liberación tuvieron grandes victorias y hasta la Embajada norteamericana estuvo en manos de los patriotas por varias horas. Johnson se vio obligado a renunciar a ser candidato presidencial. El nuevo Presidente, Nixon, presionado por el propio pueblo norteamericano que deseaba terminar con esta guerra sucia, buscó otra fórmula. Pero sólo encontró la vietnamización de la guerra; es decir, que los vietnamitas se mataran entre sí para acallar a las madres norteamericanas que no comprendían por qué sus hijos debían morir en una guerra que sólo beneficiaba a los fabricantes de armas de los Estados Unidos. A medida que se retiraban tropas yanquis se aumentó el poderío en máquinas de guerra. Sobre Vietnam se ha lanzado el equivalente a 500 bombas atómicas, se ha quemado a la población con napalm, se ha ensayado toda clase de proyectiles mortíferos de la mayor crueldad; se ha usado la guerra ecológica, destruyendo todo lo que vive en inmensos territorios, tanto vida animal como vegetal. Se ha desarrollado la crueldad más vil entre los invasores para el trato con la población, como la idea de formar las aldeas estratégicas, campos de concentración diseminados en todo Vietnam; el asesinato masivo de mujeres y niños como en My Lay; el bombardeo de hospitales, diques, etcétera. A pesar de su compromiso de firmar los acuerdos de paz, en octubre de 1972 Nixon buscó, igual que los franceses en 1954 y que Johnson en 1969, vencer al pueblo de Vietnam con un último y desesperado esfuerzo: bombardeando, matando y destruyendo; pero no logró doblegar al pueblo vietnamita. Especialmente feroz fue el ataque desde el 18 al 30 de diciembre del año recién pasado, que sólo se detuvo frente a la comprobación de que esa acción despertaba la indignación mundial. En esos días la Fuerza Aérea de los Estados Unidos sufrió la peor de sus derrotas: 81 aviones derribados, cien pilotos prisioneros, treinta y cuatro B 52 liquidados. Durante el conflicto bélico han muerto 50 mil soldados yanquis, y Estados Unidos ha gastado en la guerra de Vietnam, según ellos, 150 mil millones de dólares, y, según el resto del mundo, 250 mil millones de dólares. O sea, el Presupuesto de Chile de dos siglos y medio. Este es el ejemplo más dramático de lo que el imperialismo es capaz de hacer para tratar de dominar al mundo. Pero ha fracasado ignominiosamente frente al pueblo de Vietnam. Los pueblos son cada día más conscientes de sus deberes y derechos y se escapan de las manos de los imperialistas en todos los continentes Pero el imperialismo es implacable y emplea toda clase de tácticas contra los países que trabajan por su liberación económica y política. Tal vez no sea fácil para ellos reiniciar un nuevo Vietnam en otra nación, pero usan su fuerza económica y militar para ahogar a otros pueblos, como el bloqueo a Cuba, por ejemplo, o el bloqueo de divisas y la infiltración política y económica en Chile para hacer fracasar al Gobierno de la Unidad Popular, que llevan a cabo en este momento. La victoria del pueblo vietnamita, que consiste nada menos que en haber obligado al país armamentista más poderoso del mundo a sentarse a negociar en París y luego a firmar la paz, es una victoria de todos los pueblos oprimidos de la Tierra. Como chilenos, comprendemos que ellos han luchado y vencido también por nosotros, debilitando a nuestro enemigo común. Mucho debemos ya a Vietnam como pueblo que intenta construir el socialismo, pero mucho más le deberemos cuando estudiemos en detalle su historia militar, política y diplomática: formidables guerreros; políticos armados de la ideología de la clase obrera, que han guiado a todo un pueblo hacia su liberación; diplomáticos que han logrado hacer claridad en todos los países del mundo sobre el atentado que significa el genocidio perpetrado por el Gobierno de los Estados Unidos. Debemos estudiar la fuerza invencible que anida en ese pueblo y, en nombre del ser humano, agradecer su ejemplo. El Partido Socialista de Chile se une a la alegría del mundo en general por la firma del Tratado de Paz, y rinde emocionado homenaje al héroe máximo de la revolución vietnamita, Presidente Ho Chi Minh, a la República Democrática de Vietnam, al Gobierno Revolucionario Provisional de Vietnam del Sur y al pueblo vietnamita en general, y hace votos por que la opinión mundial impida una nueva traición de los Estados Unidos y los vietnamitas del Sur puedan libremente decidir su propio destino. El señor REYES.- Pido la palabra, señor Presidente. El señor AGUIRRE DOOLAN (Vicepresidente).- Tiene la palabra Su Señoría. El señor REYES.- Señor Presidente, la Honorable señora Carrera se ha referido al reciente acuerdo de tregua en el Vietnam. Para los democratacristianos, que impere la paz en esa región ha sido un constante anhelo y, en nuestra modesta medida, hemos procurado contribuir al logro de ese objetivo. Así lo han hecho también quienes comparten nuestros principios doctrinarios en el ámbito mundial. Por eso ahora, cuando se avecina una difícil etapa de transición durante la cual es posible que se obtenga la paz definitiva, no podemos marginarnos de formular nuestros votos por que en esa zona de Asia, tan alejada de nosotros, no sólo desde el punto de vista geográfico, pueda lograrse el estado de convivencia pacífica a que nosotros estamos acostumbrados, pero que para ellos, que han vivido la angustia, el terror, el hambre y la persecución constantes, constituye la antítesis de nuestra habitual forma de existencia. Para quienes tenemos un pensamiento inspirado en los principios cristianos y concebimos a la humanidad como un todo e identificamos a los individuos esencialmente en relación con su valor espiritual y humano, resulta incomprensible una tragedia que ha estado ensangrentando a una zona tan pobre y tan alejada de nuestro continente y cuyos objetivos no sólo nos parecen inaceptables, sino imposibles de entender. Un afán de predominio que se ha pretendido inspirar originalmente en principios ideológicos, pero que llevaba tras de sí el propósito evidente de obtener el control económico de zonas geográficas importantes para el desarrollo mundial, ha permitido mantener viva durante tanto tiempo esa dolorosa tragedia. En vísperas de una paz que comienza a gestarse, queremos formular nuestros votos más fervientes porque ella se consolide definitivamente. Los demócrata cristianos de Chile, al igual que quienes se inspiran en idénticos principios doctrinarios en el resto del mundo, anhelamos que en las relaciones entre los hombres prevalezca siempre un criterio de armonía y que impere el respeto integral delos derechos de la persona humana. El señor AGUIRRE DOOLAN (Vicepresidente).- Ofrezco la palabra. Ofrezco la palabra. Han llegado a la Mesa diversas indicaciones que leerá el señor Secretario. El señor AUGER (Prosecretario accidental).- Indicación del Honorable señor Rodríguez para publicar in extenso la intervención de la Honorable señora Carrera en Incidentes de la SESION de hoy. Indicaciones de los Honorables señores Aguirre Doolan y Valenzuela para publicar in extenso la intervención del Honorable señor Reyes en Incidentes de esta sesión. El señor AGUIRRE DOOLAN (Vicepresidente).- Quedan para el Tiempo de Votaciones de la próxima sesión ordinaria. Se levanta la sesión. Se levantó a las 18.53. Dr. Raúl Valenzuela García, Jefe de la Redacción. ANEXOS. 1 MENSAJE DE SU EXCELENCIA EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA, CON EL QUE INICIA UN PROYECTO DE LEY QUE MODIFICA LA LEY GENERAL DE ELECCIONES EN LO RELATIVO A LA PROPAGANDA ELECTORAL. Conciudadanos del Senado y de la Cámara de Diputados: Las sucesivas modificaciones a la Ley General de Elecciones, muy en especial la que introdujo la cédula única y otros resguardos destinados a impedir el cohecho y demás procedimientos fraudulentos, han ido configurando un Estatuto Jurídico que traduce en buena medida la madurez cívica de nuestro pueblo y la corrección de los actos eleccionarios, asegurando que éstos den un cauce simple, claro y expedito a la voluntad de los ciudadanos expresada en las urnas. La ley vigente, sin embargo, dista de ser perfecta y el Gobierno estará atento a patrocinar cualquier iniciativa destinada a mejorar nuestro régimen electoral. Mediante el presente proyecto que someto a la consideración del Honorable Congreso se abordan diversas materias de importancia. En primer lugar, este proyecto trata diversos aspectos de la propaganda electoral y está orientado, tanto a evitar la anarquía y el desorden en algunas manifestaciones de ella que, por su índole, sin una adecuada regulación, no pueden sino significar una exasperante turbación de la tranquilidad de los ciudadanos, cuanto para disminuir en alguna medida los efectos dañosos que ellas tienen para la razonada decisión de los electores. Mediante este proyecto, la misión y responsabilidad de impedir tales desbordes se confía, especialmente a las Municipalidades, que deberán velar por el acatamiento de las normas legales sobre la materia y disponer las medidas concretas para asegurar su ordenado cumplimiento. En último término, y a fin de garantizar una sana convivencia democrática, se han tipificado situaciones nuevas, no descritas por la actual ley a pesar de ser de ordinaria ocurrencia, aumentando drásticamente la penalidad de quienes, a través del fraude, sufragan o intentan sufragar más de una vez. En virtud de estas consideraciones es que vengo en someter para su aprobación el siguiente Proyecto de ley: Artículo lº.- Modifícase el artículo 88 de la ley Nº 14.852, en la forma que a continuación se expresa: 1.- Sustituyese el número 1) por el siguiente: 1) La propaganda electoral por avisos, carteles, letreros y afiches sólo podrá efectuarse durante los 45 días que precedan al de la elección, si se trata de elecciones de Senadores, Diputados o Regidores, y durante los 90 días anteriores al del acto electoral, en el caso de elecciones de Presidente de la República. Dentro de dichos plazos, en los radios urbanos sólo podrá llevarse a efecto la propaganda de avisos, carteles, letreros y afiches en los lugares que determine la Municipalidad respectiva, en la forma que se señala en el número 3). La propaganda electoral por la Prensa y Radio sólo podrá efectuarse durante los 15 días que preceden al de la elección, si se trata de elecciones de Senadores, Diputados o Regidores, y durante los 45 días anteriores al del acto electoral en el caso de una elección de Presidente de la República. Queda prohibida toda clase de propaganda electoral en los muros de edificios y en los cierros definitivos o provisionales. Asimismo, se prohíbe también, la propaganda electoral, por cualquier medio, en los postes, puentes y en toda otra obra o instalación de servicio público. 2) Intercálase como incisos 3º y 4º, a continuación del inciso 2º del número 3) los siguientes incisos nuevos: Sin perjuicio de la obligación establecida precedentemente, cada uno de los Partidos Políticos que participe en la elección de que se trate, podrá colocar hasta diez tableros o murales especiales, donde figurará su propaganda electoral, en los sitios públicos más frecuentados de su territorio y con las dimensiones adecuadas que determine previamente la Municipalidad respectiva. Para estos efectos, la Municipalidad comunicará por escrito los sitios públicos en que podrán colocarse estos tableros o murales, no pudiendo cada Partido Político disponer de más de un lugar dentro del sitio prefijado. La ubicación de los tableros o murales en cada sitio, la hará la Municipalidad por sorteo, en presencia de los representantes de los Partidos Políticos, quince días antes de la iniciación de la propaganda electoral, debiendo quedar entre un tablero o mural y otro, una distancia no inferior a 10 metros. 3) Intercálase, a continuación del número 7), como número 8) nuevo, el siguiente: 8.- Se prohíbe toda clase de propaganda electoral que no sea de aquella y en la forma reglamentada por la presente ley. Será responsabilidad de cada Municipalidad, dentro de su territorio jurisdiccional, aplicar en forma equitativa e indiscriminada las prohibiciones y autorizaciones establecidas en este número. Asimismo, es obligación de todo Alcalde impedir y eliminar, de inmediato, toda clase de propaganda electoral que contradiga lo preceptuado en la presente ley. El Alcalde que no cumpliere con tales obligaciones incurrirá en una multa de uno a diez sueldos vitales Escala A del Departamento de Santiago, subsistiendo la obligación de cumplirlas, bajo apercibimiento de una multa equivalente al doble de la indicada, si así no lo hiciere. Habrá acción pública para denunciar las infracciones a este artículo, sin que el querellante esté obligado a rendir fianza ni caución y conocerá de ellas el Juez de Letras de Mayor Cuantía del Departamento correspondiente. 4.- Los números 8), 9) y 10) actuales pasan a ser 9), 10) y 11), respectivamente. Artículo 2º.- Agrégase al artículo 75, como inciso nuevo, el artículo 76 actual. Artículo 3º.- Suprímese, el párrafo 6º del Título 7º Segunda Parte de la Ley 14.852. Los actuales párrafos 7º y 8º del mismo Título y Parte, pasan a ser párrafo 6º y 7º, respectivamente. Artículo 4º.- Intercálase, como artículo 76, nuevo, el siguiente: Artículo 76.- Toda persona que sea sorprendida sufragando o intentando sufragar más de una vez, valiéndose de cualquier medio para ello, será castigada con la pena de presidio menor en sus grados mínimo a medio. La misma pena se aplicará a quienes estén comprendidos en cualquiera de los casos señalados en el artículo anterior. (Fdo.): Salvador Allende Gossens. 2 OBSERVACIONES DEL EJECUTIVO, EN PRIMER TRAMITE CONSTITUCIONAL, AL PROYECTO DE LEY QUE CREA CORTES DE APELACIONES EN PUERTO MONTT, LOS ANGELES Y COPIAPO Y DIVERSOS JUZGADOS DE LETRAS DE MAYOR CUANTÍA. Por oficio Nº 15.102, de 3 de enero de este año, V. E. me ha comunicado la aprobación prestada por el Honorable Congreso Nacional al proyecto que crea Cortes de Apelaciones en Puerto Montt, Los Ángeles y Copiapó, y diversos Juzgados de Letras de Mayor Cuantía. En conformidad al artículo 53 de la Constitución Política del Estado, vengo en formular a dicho proyecto las siguientes observaciones: A) A los artículos del proyecto que a continuación se señalan: 1) Artículo 1º Intercálase en el inciso primero, entre la forma verbal – Créanse - y el numeral – tres - , entre comas, la expresión - a contar del lº de enero de 1974 - . Intercálase, en el mismo inciso, después de la coma que sigue a Segundo, la expresión - un Oficial Tercero -, seguida de coma (,). Reemplázase, en el inciso primero, la expresión un Oficial de Sala por --- dos Oficiales de Sala -. Fundamento: Con la primera observación se uniforma la fecha de creación de las tres Cortes de Apelaciones. En efecto, el último inciso del artículo 4º transitorio del proyecto, que en su ocasión será observado, sólo fija esta fecha para las Cortes de Copiapó y Los Ángeles. Las otras dos observaciones tienen por objeto proporcionar a estos tribunales colegiados una planta suficiente para evitar las dificultades de funcionamiento que traería consigo la escasez de personal. 2) Artículo 2º Intercálase entre el ordinal – décimo - y el Sustantivo – juzgado -, la frase y un - décimo primer -. Agréganse los siguientes incisos segundo y tercero: Créanse en Santiago un quinto y un sexto juzgado de letras de menor cuantía en lo criminal. Créase un cargo de Ministro en la Corte de Apelaciones de Punta Arenas. Fundamento: Las observaciones que se refieren a la creación de nuevos juzgados están en relación directa con la supresión de las elevaciones a mayor cuantía de los juzgados de menor cuantía que se formula al artículo 12 del proyecto. De modo que es necesario remitirse a las razones que allí se dan, para complementar el fundamento de estas dos primeras observaciones al artículo 2º. Con las creaciones de juzgados que se proponen en estas observaciones y la supresión de las elevaciones que establece el proyecto en el artículo 12, el departamento de Santiago pasaría a tener 11 juzgados del crimen de mayor cuantía y 6 juzgados de letras de menor cuantía en lo criminal, esto es, 17 juzgados del crimen. El proyecto, en cambio, consulta la existencia de 18 juzgados del crimen de mayor cuantía, cifra a la que se llega partiendo de los actuales 9 juzgados del crimen de mayor cuantía, creando un nuevo juzgado de esta categoría, elevando a mayor cuantía del crimen los actuales 4 juzgados de letras de menor cuantía en lo criminal de Santiago, y elevando a la misma categoría a 3 de los juzgados de letras de menor cuantía en lo civil de Santiago, los que, por tanto, son suprimidos. La creación de nuevos juzgados que proponemos es una efectiva solución al recargo de causas que aflige a los tribunales, en tanto que la elevación de cuantía que establece el proyecto, en el mejor de los casos, no pasaría de ser sino un paliativo que conlleva los inconvenientes aludidos en el fundamento a las observaciones al artículo 12. En cuanto al nuevo cargo de Ministro de Corte de Apelaciones de Punta Arenas, el Ejecutivo ha considerado procedente, por razones de buen funcionamiento, aumentar a cuatro los Ministros de esta Corte, que es la única de Chile que sólo tiene tres. 3) Artículo 3º Agrégase el siguiente inciso: El ejercicio de la jurisdicción entre los dos juzgados del crimen de Valparaíso, con asiento en la ciudad de Viña del Mar, se dividirá en conformidad a los artículos 175 y 180 del Código Orgánico de Tribunales. Fundamento: No existiendo en el proyecto una norma que regulara la división del trabajo judicial entre estos dos juzgados, se complementa este artículo con la disposición que se agrega. 4) Artículo 4º Agrégase el siguiente inciso: Facúltase asimismo al Presidente de la República para ampliar la planta de los tribunales creados por la ley Nº 16.899, fijando al efecto los cargos que estime necesarios, previo informe de la Corte Suprema. Fundamento: El D.F.L. Nº 1, de 1968, que fijó la planta del personal de los tribunales creados por la ley Nº 16.899 (Corte de Rancagua y juzgados en Arica, La Serena, Valparaíso, Santiago, etc.), no asignó el número de funcionarios requerido por el alto ingreso de causas que ellos tienen, situación que ha sido reiteradamente representada por el Poder Judicial. En virtud de ello, se propone facultar al Presidente de la República para que, previo informe de la Corte Suprema, proceda a modificar las plantas correspondientes. 5) Artículo 6º Suprímense los incisos primero, segundo y tercero. Sustitúyese el encabezamiento del inciso cuarto por el siguiente: Créanse en las siguientes ciudades, sedes regionales de la Oficina de Presupuestos del Poder Judicial, cuya planta estará compuesta por los siguientes funcionarios: Suprímese, en el inciso cuarto, el número 7, pasando los demás a tener la numeración correlativa. Agrégase el siguiente inciso: La Oficina de Presupuesto del Poder Judicial, creada por la ley Nº 14.548, será la Oficina Central de este Servicio, tendrá su sede en Santiago y se desempeñará además como Oficina Regional de esa provincia; su personal se aumenta en: nueve Oficiales de Presupuesto, 6ª Categoría Subalterna, y un Oficial de Sala Grado 2°. Fundamento: Los tres primeros incisos se suprimen, porque la planta y el encasillamiento del personal de la Oficina de Presupuesto del Poder Judicial fueron tratados en los artículos lº y 21 de la ley Nº 17.877. La sustitución en el encabezamiento permite poner esa introducción de acuerdo con la redacción del artículo después de las supresiones y adiciones que esta observación propone. Se suprime el Nº 7, porque todo lo referente a Santiago se incluye en el inciso que se agrega. En este inciso agregado se establece claramente la condición de Oficina Central y Regional de la Oficina de Santiago; su aumento de personal coincide con el asignado en el antiguo Nº 7 a la Regional de Santiago ; se elevó a Grado 2º, el Oficial Grado 5º, porque la ley Nº 17.877 asigna Grado 2º a los Oficiales de Sala. 6) Artículo 7º Suprímese. Fundamento: El reemplazo de grado lº por 6ª Categoría que disponía el artículo que se suprime fue consultado en el artículo 21 de la ley Nº 17.877. 7) Artículo 8º Suprímese. Fundamento: Este artículo carece de sentido, pues el personal al cual se refiere, ya fue encasillado en virtud de la ley Nº 17.877. 8) Artículo 9º Artículo 9°.- El gasto que origina la presente ley se cargará al ítem 03-01-01-002 del Presupuesto del Poder Judicial. Fundamento: El ítem citado en el proyecto caducó el 31 de diciembre de 1972, pasando a rentas generales. En el presente año se consideró la provisión de fondos, reajustada, en el Presupuesto del Poder Judicial, para los mismos fines de la anterior. 9) Artículo 10 a) Suprímense las modificaciones al artículo 42 del Código Orgánico de Tribunales. Fundamento: El proyecto propone sustituir los incisos 2º y 3º del artículo 42 del Código Orgánico de Tribunales, para concordar tales preceptos con las demás modificaciones que consulta el mismo proyecto. Teniendo presente que el Ejecutivo ha observado algunas de esas modificaciones, parece más conveniente que esta tarea de coordinación sea realizada por el Presidente de la República una vez promulgada la ley, de acuerdo con la autorización que le concede el artículo 12 transitorio del proyecto, que no se observará. La conveniencia de esta observación se desprende de la consideración del mismo proyecto, el cual omitió modificar el artículo 28 del Código Orgánico, artículo que el proyecto prácticamente suprimía. b) Sustituyese la modificación al artículo 56 del Código Orgánico de Tribunales por la siguiente: Suprímese el número 1º, y en el número 2º, que pasa a ser número lº, sustituyese la expresión y Puerto Montt por Puerto Montt y Punta Arenas, precedida de una coma (,). Fundamento: Se hace necesario concordar este artículo con el artículo 2º del proyecto, observado, que aumentó a cuatro los Ministros de la Corte de Apelaciones de Punta Arenas. c) Sustituyese la modificación al artículo 65 del Código Orgánico de Tribunales por la siguiente: Suprímese. Fundamento: El proyecto suprimió los incisos 2º y 3º del artículo 65 del Código Orgánico de Tribunales, porque la ley Nº 17.654 suprimió la competencia laboral que tenían las Cortes de Apelaciones que allí se mencionan. Mas, también debe suprimirse el inciso lº, ya que la ley Nº 17.729 suprimió los juzgados de indios, a que este inciso se refiere. d) Sustituyese la modificación al artículo 176 del Código Orgánico de Tribunales por la siguiente: Reemplázase el inciso 2º del artículo 176 del Código Orgánico de Tribunales por el siguiente: Esta designación se hará diariamente por el Presidente de la Corte de Apelaciones respectiva, quien formará tantos grupos de demandas o gestiones judiciales como juzgados haya, procurando una distribución equitativa de las mismas de acuerdo a su número y materia, sorteando posteriormente en audiencia pública dicho grupos de demandas o gestiones judiciales entre los juzgados. Fundamento: El sistema de distribución de causas por letras del abecedario que propone el proyecto, presenta menos inconvenientes que el actualmente vigente; pero es susceptible de perfeccionarse. Es por esto que el Ejecutivo sugiere un sistema similar al que rige para la distribución de las causas entre las distintas Salas de una Corte de Apelaciones, sistema que no ha merecido objeciones. e) Sustituyese la modificación al artículo 216 del Código Orgánico de Tribunales por la siguiente: Reemplázanse las reglas primera y segunda por las siguientes: Se subrogarán recíprocamente las Cortes de Apelaciones de Iquique con la de Antofagasta; la de Copiapó con la de La Serena; la de Santiago con la de Valparaíso; la de Rancagua con la de Talca; la de Chillán con la de Concepción; la de Los Ángeles con la de Temuco, y la de Valdivia con la de Puerto Montt. La Corte de Punta Arenas será subrogada por la de Puerto Montt. Fundamento: La observación establece una subrogación más racional, tomando en consideración las facilidades de acceso y comunicación entre las Cortes; esto se nota especialmente respecto de las Cortes de Apelaciones de Los Ángeles, Temuco y Puerto Montt. La Corte de Punta Arenas, por la misma razón, no subroga a ninguna, y es subrogada por la de Puerto Montt, que es la más próxima. f) Reemplázase en la modificación al artículo 311 del Código Orgánico de Tribunales el inciso que se propone agregar, por el siguiente: Sin embargo, las Cortes de Apelaciones podrán, en casos calificados, autorizar transitoriamente a los jueces de su jurisdicción para que residan en un lugar distinto al de asiento del tribunal. Fundamento: Se amplía a todos los jueces la posibilidad de que estos funcionarios residan en un lugar diverso de la ciudad o población donde tenga asiento el tribunal en que deban prestar sus servicios, quedando facultadas las Cortes de Apelaciones para autorizar transitoriamente esas excepciones a la obligación de residencia, cuando las circunstancias así lo aconsejen. g) Suprímese la modificación al artículo 314 del Código Orgánico de Tribunales. Fundamento: La circunstancia de que no se eleven a juzgados de letras de mayor cuantía los actuales juzgados de letras de menor cuantía de Santiago, hace innecesaria la modificación propuesta al artículo 314 del Código Orgánico de Tribunales. h) Reemplázase el inciso que se propone agregar al artículo 474 del Código Orgánico de Tribunales por el siguiente: No obstante, las Cortes de Apelaciones podrán, en casos calificados, autorizar transitoriamente a los auxiliares de su jurisdicción para que residan en un lugar diverso. Fundamento: Las mismas razones que se invocan para la modificación propuesta al artículo 311 del Código Orgánico de Tribunales. 11) Artículo 12 Suprímese. Fundamento: 1.- El rechazo por parte del Congreso del artículo 1º transitorio propuesto por indicación del Ejecutivo, y que condicionaba la elevación a mayor cuantía de los juzgados de menor cuantía, sujetando el nombramiento de los funcionarios a las normas generales, ha llevado a reconsiderar la medida de elevación mencionada, llegándose a la conclusión de que es inaceptable, entre otras, por las razones siguientes: a) Ella produce notable entorpecimiento en el sistema de nombramientos y ascensos del Escalafón del Poder Judicial, frustrando las justas expectativas de numerosos funcionarios judiciales que se verían postergados a causa de la promoción automática producida en virtud de la misma ley, y b) Al elevarse, en conformidad al proyecto, cuatro juzgados civiles de menor cuantía a juzgados del crimen de mayor cuantía, se producirían serios inconvenientes en la adecuada administración de justicia, toda vez que la mayoría de su personal se ha desempeñado sólo en la judicatura civil. 2.- Además existen otras importantes razones para rechazar la elevación de juzgados que se propone, entre las cuales mencionaremos las siguientes: a) Lejos de aconsejar la supresión de los juzgados de menor cuantía, las estadísticas manifiestan que ellos tienen un subido volumen de ingreso, lo que más bien indica la conveniencia de aumentarlos, ya que satisfacen reales necesidades de atención judicial de la población. De aquí que proponemos, en la observación al artículo 2º del proyecto, la creación de dos Juzgados de Letras de Menor Cuantía en lo Criminal para el departamento de Santiago. b) La elevación de los juzgados de menor cuantía aumenta considerablemente la competencia de los Juzgados de Policía Local, los cuales no conocen actualmente de determinadas materias debido a la existencia de aquéllos. Los jueces de Policía Local han representado al Ejecutivo su preocupación ante los trastornos que provocaría en esos tribunales, avocarse a nuevas materias que, por su cantidad y naturaleza, no guardan relación con su actual funcionamiento. c) Sería necesario aumentar considerablemente la planta del Departamento de Defensa de la Ley de Alcoholes, pues este Servicio pasaría a atender 18 juzgados en lugar de los 4 que atiende actualmente, y que sólo se aumentan a 6, en virtud de nuestra observación al artículo 2º del proyecto. d) Por otra parte, la elevación de los juzgados de menor cuantía no constituye un alivio efectivo al recargo de trabajo de los juzgados, ya que, en el fondo, ella sólo es un desplazamiento o redistribución del ingreso que lo motiva, entre el mismo número de tribunales. Es por todas las razones expresadas que el Ejecutivo ha considerado procedente reemplazar una elevación que presenta tantos inconvenientes, por la creación de tres juzgados del crimen en Santiago, además del que considera el proyecto, y que se incorporan al artículo 2º; en esta forma, se contribuye efectivamente a la descongestión en el recargo de trabajo que aflige a nuestros tribunales. 12) Artículo 13 Suprímese. Fundamento: Algunas de las razones aducidas para fundamentar la supresión del artículo 12, son aplicables a la supresión de este artículo. En especial, las postergaciones que producen en el Escalafón, y, por otra parte, el ningún alivio que estas elevaciones significan para el trabajo judicial, las transforma exclusivamente en aumento de gastos por mayores sueldos. 13) Artículo 14 Suprímese. Fundamento: Los artículos 14, 15, 16 y 17 han perdido su razón de ser, una vez suprimidas las elevaciones de categoría de los juzgados de menor cuantía a que ellos se refieren. 14) Artículo 15 Suprímese. 15) Artículo 16 Suprímese. 16) Artículo 17 Suprímese. 17) Artículo 18 Suprímese, incluyendo las dos comas anexas, la expresión con excepción de las contenidas en los artículos 9º y 11 transitorios. Reemplázase la frase - a su vigencia - por - a la fecha de funcionamiento de los tribunales correspondientes -. Fundamento: La referencia a estos dos artículos transitorios no procede, ya que el artículo 9º se relacionaba con los juzgados de menor cuantía de Santiago elevados de categoría, lo cual ha sido suprimido, y el artículo 11 aludía al traslado del Juzgado de Petorca a Villa Alemana, indicación rechazada por la Cámara de Diputados, y sobre la cual no se formula observación. El objeto de evitar las dificultades que se derivan de crear problemas de competencia antes del funcionamiento de los tribunales llamados a solucionarlos, nos lleva a la sustitución de la fecha de vigencia de la ley, fijada en el proyecto, por la que se indica en la observación. 18) Artículo 19 Suprímese. Fundamento: No procede, ya que su objeto era disponer los cambios de competencia operados en los Juzgados de Policía Local, a raíz de la elevación de categoría de los juzgados de menor cuantía, suprimida por las presentes observaciones. 19) Artículo 20 Sustituyese por el siguiente: Libérase, por el período comprendido entre el 9 de marzo de 1971 y el 25 de febrero de 1972, a los funcionarios del Poder Judicial, de la obligación contenida en el artículo 34 de la ley Nº 17.416, de integrar al Fondo de Pensiones del Servicio de Seguro Social, las sumas que hubieren percibido por concepto de pensión de jubilación como abogados. Asimismo, condónase a dichos funcionarios, por idéntico período y en cuanto afecte a la citada pensión de jubilación como abogados, el impuesto establecido en el artículo 72 de la indicada ley. Fundamento: Los términos en que ha sido aprobado el artículo 20 del proyecto no son aceptados por el Ejecutivo, lo que lo lleva a rechazar esta disposición y a proponer el texto sustitutivo que se señala. La fundamentación de este rechazo descansa en dos circunstancias esenciales: a) No es aceptable que la condonación que el precepto establece sea sin limitación de tiempo y haya de regir entre la vigencia de la ley número 17.416 - 9 de marzo de 1971 - y la fecha de promulgación de la ley que ahora se observa. En efecto, por el único período que se justifica la condonación es aquel comprendido entre la vigencia de la ley Nº 17.416 y el 25 de febrero de 1972, fecha del dictamen Nº 14.212, de la Contrataría General de la República, recaído en la presentación hecha a este organismo por Ministros de la Corte Suprema, dictamen que concluyó que las pensiones de jubilación que como abogados perciben los miembros del Poder Judicial quedan comprendidas en las obligaciones establecidas en los artículos 34 y 72 de la ley Nº 17.416. b) Además, el precepto aprobado por el Congreso dejaría en situación de desigualdad a aquellos funcionarios judiciales que, por el período que se condona, hubiesen hecho el integro o pagado el impuesto, por cuanto es claro que en texto aprobado por el Congreso no les permite solicitar la devolución de las sumas canceladas. El texto que proponemos como sustitutivo se lo permitirá, y éste es por lo demás el propósito y la voluntad que, en parte, mueven también al Presidente de la República a formular esta observación. 20) Artículo 22 Suprímese. Fundamento: El cargo de chofer de la Corte Suprema se consulta en el artículo 1º de la ley Nº 17.877. 21) Artículo 25 Agrégase, reemplazando el punto por una coma (,) la frase siguiente: Debiendo los asignatarios rendir las cuentas correspondientes a la Contraloría General de la República. Fundamento: Con esta observación se impone al Presidente de la Corte Suprema y a los Presidentes de Cortes de Apelaciones la obligación que rige para los demás funcionarios públicos, en lo que respecta a la rendición de cuentas a la Contraloría sobre la aplicación de las sumas destinadas a gastos de representación. 22) Artículo 3º transitorio. Suprímese. Fundamento: La norma general sobre los efectos que los cambios de categoría tienen en el personal que se desempeña en los tribunales respectivos, se contiene en la observación sustitutiva del artículo 8º transitorio. 23) Artículo 49 transitorio. Suprímese el último inciso. Fundamento: Una de las observaciones formuladas al artículo 1º, uniformó la vigencia de la creación de las tres Cortes de Apelaciones, fijando el 1º de enero de 1974, de modo que el inciso que se suprime dejó de justificarse. 24) Artículo 5º transitorio Sustituyese por el siguiente: Artículo 5º.- Las Cortes de Apelaciones respectivas remitirán a las Cortes de Apelaciones que se crean en la presente ley, las causas cuya vista aún no se haya iniciado y que correspondan al territorio jurisdiccional que les fija el artículo lº de esta ley. La obligación a que se refiere el inciso anterior regirá una vez instaladas las nuevas Cortes, para lo cual, éstas deberán comunicar a las primeras el hecho de su instalación. Fundamento: Debió cambiarse la redacción de este artículo, ya que, primitivamente, él sólo contemplaba el caso de la Corte de Apelaciones de Puerto Montt, omitiendo las de Copiapó y Los Angeles, que ahora se incluyen. 25) Artículo 6º transitorio. Suprímese, en el inciso primero, la expresión inciso cuarto del. Reemplázase, en el inciso segundo, el adjetivo unipersonal por la expresión en terna. Fundamento: La primera observación obedece a que, habiéndose suprimido los tres primeros incisos del artículo 6º, la materia contenida en el inciso 4º pasó a ser el objeto del mencionado artículo. La segunda observación aplica a dichos nombramiento el sistema más usado para el Poder Judicial, que es el de ternas. 26) Artículo 8º transitorio Sustituyese por el siguiente: El personal de los juzgados que por aplicación de esta ley se elevan de categoría continuará desempeñándose en ellos sin necesidad de nuevo nombramiento. Sin embargo, aquellos funcionarios o empleados que no reúnan los requisitos legales establecidos para ser designados en los cargos respectivos, en las categorías o grados que les corresponden con motivo de la elevación de categoría del juzgado, continuarán ocupando sus actuales categorías o grados en el Escalafón y en las escalas de sueldos del Poder Judicial, hasta que cumplan los requisitos correspondientes. Tratándose de las Cortes de Copiapó, Los Ángeles y Puerto Montt, la norma del inciso anterior regirá, en cuanto al personal y la competencia del juzgado, desde que se extienda el acta de instalación de la Corte respectiva. Fundamentos La observación que se propone a este artículo pretende conciliar, en cuanto son compatibles, la inamovilidad de los jueces y la conveniente permanencia de los demás funcionarios y empleados en sus cargos, con el cumplimiento de los requisitos legales que regulan los ascensos. 27) Artículo 9º transitorio. Suprímese. Fundamento: Habiéndose suprimido la elevación a mayor cuantía de los juzgados de menor cuantía de Santiago, este artículo ha quedado sin objeto. 28) Artículo 11 transitorio. Suprímese. Fundamento: Con el rechazo por parte de la Honorable Cámara de Diputados de la indicación que trasladaba a Villa Alemana el Juzgado de Petorca, desapareció de los artículos permanentes del proyecto la disposición respectiva. Por otra parte, no se formula observación sobre esta materia; de modo que este artículo transitorio carece de sentido. B) Agréganse las siguientes modificaciones a los artículos que se indican del Código Orgánico de Tribunales: 29) Artículo 267 Agrégase en la Quinta Categoría, a continuación de Santiago, suprimiendo el punto y coma (;), la expresión y Valparaíso seguida de punto y coma (;). Agrégase en la Séptima Categoría, a continuación de Santiago, suprimiendo el punto y coma (;), la expresión y Valparaíso seguida de punto y coma (;). Fundamento: La presente observación tiene por objeto corregir la desigualdad de categoría existente entre los jueces y secretarios de menor cuantía de Santiago y de Valparaíso, lo que redunda en perjuicio de los segundos, en relación al ascenso. La nivelación en el escalafón que se propone parece justa, si se considera que los funcionarios de Valparaíso, al igual que los de Santiago, se desempeñan en asiento de Corte de Apelaciones y realizan el mismo trabajo en cuanto a competencia, y muy semejante en lo que se refiere a volumen de ingreso. Por otra parte, el nuevo gasto que esta medida importa es escaso, ya que los dos jueces de menor cuantía de Valparaíso perciben igual remuneración que los de Santiago, de modo que solamente habría que considerar el aumento de remuneraciones que significa la elevación de categoría de los dos secretarios de menor cuantía de Valparaíso. 30) Artículo 343 Agrégase el siguiente inciso: Podrán acumularse no más de dos períodos de feriados. Fundamento: Se extiende a todos los funcionarios judiciales vina franquicia que el artículo 10 de la Ley Nº 17.877, de 26 de diciembre de 1972, otorgó al personal de empleados del Poder Judicial. 31) Artículo 347 Derógase. Fundamento: Si bien, en principio, los jueces están afectos a un sistema similar al de los demás funcionarios de la Administración del Estado en lo que respecta a feriados y licencias, gozan de un feriado más prolongado. La disposición que se deroga por la presente observación constituye una doble discriminación, pues, además de colocar en ventaja a los jueces sobre el resto de los funcionarios públicos, está establecida en beneficio exclusivo de los ministros de Corte. Mediante ella, estos funcionarios pueden aumentar su feriado considerablemente. La derogación que se propone no sólo terminará con una injusta discriminación, sino que contribuye eficazmente a mejorar la administración de justicia, haciendo efectiva la obligación de asistencia al tribunal que compete a los ministros. Por otra parte, suprimir la disposición que se observa no significa dejar a los funcionarios afectados sin posibilidad de solicitar permisos, ya que rigen para ellos, al igual que para el resto de la Administración del Estado, las disposiciones del Estatuto Administrativo que autoriza la solicitud de permisos con o sin sueldo. C) Agréganse los siguientes artículos: 32) Artículo... Trasládase el Juzgado de Letras de Mayor Cuantía de Sewell a Rancagua, denominándose Tercer Juzgado de Letras de Mayor Cuantía de Rancagua. Los funcionarios y empleados del Juzgado de Sewell que se traslada a Rancagua pasarán a integrar sin necesidad de nuevo nombramiento la planta del Tercer Juzgado de Letras de Mayor Cuantía de Rancagua. Fundamento: Como es sabido, la gran mayoría del personal que labora en El Teniente ha bajado a radicarse en Rancagua, en los numerosos y vastos grupos habitacionales que al efecto se han construido en esta ciudad. Esta circunstancia hace necesario el traslado del Juzgado de Mayor Cuantía de Sewell a Rancagua, donde, además de continuar al servicio de los trabajadores de ese mineral, podrá atender las necesidades de la administración de justicia de enormes sectores de las poblaciones periféricas e incluso localidades vecinas de esta ciudad que se ha transformado en uno de los principales centros del país, con lo cual se produce un notable alivio en el recargo de causas de los dos Juzgados de Letras de Mayor Cuantía de Rancagua, que figuran entre los 8 Juzgados con mayor recargo de trabajo dentro del Poder Judicial. El traslado que se propone en este artículo no sólo responde a las valiosas razones que lo aconsejan y a la petición de numerosos representantes de todas las actividades de la zona, sino también accede al deseo manifestado por la Honorable CÁMARA de Diputados, que acordó dirigir al Presidente de la República el Oficio Nº 9.951, de 22 de septiembre de 1972, con el objeto de que el Ejecutivo, si lo tenía a bien, propusiera el traslado del Juzgado de Sewell a Rancagua. 33) Artículo... Facúltase al Presidente de la República para que, previo informe de la Corte Suprema, amplíe la planta del Tercer Juzgado de Letras de Mayor Cuantía de Rancagua en los cargos que sean necesarios para que éste desempeñe adecuadamente sus' funciones judiciales. Fundamento: Tomando en consideración la exigua planta del Juzgado de Sewell se faculta al Presidente de la República para que, previo informe de la Corte Suprema, la aumente en los cargos necesarios para que pueda afrontar el notable incremento de trabajo que su traslado a Rancagua habrá de significarle. 34) Artículo… Agrégase en el artículo lº de la Ley Nº 15.287, en la 6º categoría de la escala de sueldos del personal superior del Poder Judicial, a continuación de Santiago, las palabras y Valparaíso. Suprímese en la 7ª categoría de la escala mencionada en el inciso anterior las palabras - Valparaíso y -. Fundamento: Esta observación complementa la que se formulara al artículo 267 del Código Orgánico de Tribunales, y permite que los secretarios de juzgados de menor cuantía de Valparaíso puedan percibir iguales remuneraciones que los funcionarios correspondientes de Santiago. En consecuencia, de acuerdo con el artículo 53 de la Constitución Política, vengo en devolver el oficio Nº 15.102, en el que se contiene el proyecto observado. Saludo atentamente a V. S.- Salvador Allende Gossens.- J. Insunza S. 3 PROYECTO DE LEY DE LA HONORABLE CAMARA DE DIPUTADOS QUE CONFIGURA EL DELITO DE CRUELDAD PARA CON LOS ANIMALES. Con motivo de la moción, informe y demás antecedentes que tengo a honra pasar a manos de V. E., la CÁMARA de Diputados ha tenido a bien prestar su aprobación al siguiente Proyecto de ley: Artículo lº.- El delito de crueldad para con los animales será sancionado en conformidad a la presente ley, sin perjuicio de las penas que establezcan las leyes especiales y ordenanzas municipales. Constituye este delito toda acción u omisión que cause dolores o sufrimientos innecesarios a un animal. Artículo 2º.- En especial se considerará delito de crueldad para con los animales los siguientes hechos: a) Maltratar a un animal en cualquier forma y por cualquier medio, intencionalmente o por grave imprudencia o negligencia; b) Mantener, transportar o hacer trabajar a un animal en condiciones deficientes, debido a falta de alimento adecuado, agua, aire, espacio o abrigo suficiente, mal estado de instalaciones o elementos o cualquier otro motivo; c) Exigir a un animal esfuerzo excesivo en razón de su estado físico, exceso de carga, larga duración de trabajo o cualquier otro concepto; d) Abandonar a un animal doméstico o domesticado y no atender a un animal herido o enfermo pudiendo hacerlo; e) Matar a un animal en forma que importe maltrato, especialmente por medios, sustancias o procedimientos que le causen dolor o sufrimiento intenso o innecesario; f) Cazar, matar o herir animales con infracción de las leyes de caza y pesca o de sus reglamentos; g) Provocar riñas de animales y promover o practicar espectáculos que impliquen maltrato de animales. Los hechos señalados en el presente artículo tienen un carácter meramente ejemplar y no se entenderán como limitativos del alcance del artículo anterior. Artículo 3º.- Los autores del delito de crueldad para con los animales serán castigados con la pena de prisión en cualquiera de sus grados o multa de un tercio de un sueldo vital mensual a dos sueldos vitales mensuales del respectivo departamento. Para regular la pena, el Tribunal tomará en consideración especialmente las circunstancias agravantes o atenuantes del caso y, tratándose de multas, las facultades económicas del reo. Artículo 4º.- El Tribunal podrá ordenar, en cualquier estado del juicio, que el animal víctima del delito sea retirado del poder del reo, en forma temporal o definitiva, y entregado a una persona natural o jurídica responsable. Si el animal estuviere herido o enfermo, podrá el Tribunal disponer su tratamiento u hospitalización o, si no tuviere remedio, su sacrificio sin dolor. Podrá asimismo decretar todas las medidas que estimare necesarias para hacer cesar los hechos que motiven el proceso. Estas medidas podrán ser adoptadas también provisoriamente, en casos urgentes, por las personas a que se refiere el artículo siguiente. En todo caso el Tribunal ordenará el comiso de los instrumentos y efectos del delito. Artículo 5°.- El delito de crueldad para con los animales será de acción pública. Los miembros del Cuerpo de Carabineros, Investigaciones y de la División de Pesca y Caza, los inspectores de las instituciones con personalidad jurídica cuya finalidad sea la defensa y protección de los animales, estarán obligados a denunciar a la justicia los hechos punibles que lleguen a su conocimiento en el desempeño de sus funciones. La denuncia formulada por alguna de estas personas será considerada presunción grave de la existencia del delito y de la responsabilidad del denunciado. Las instituciones a que se refiere el inciso precedente podrán hacerse parte en los procesos respectivos y gozarán para estos efectos de privilegio de pobreza. El Tribunal podrá encomendarles la práctica de visitas de inspección y otras diligencias. Los inspectores de estas instituciones podrán requerir el auxilio de la fuerza pública para cumplir sus funciones, cuando lo estimaren necesario, aún en los casos no sometidos a proceso. Su informe tendrá valor de prueba pericial. Se sancionará como cómplice o encubridor del delito a la persona que entrabare alguna diligencia tendiente a establecer o esclarecer un hecho penado por esta ley. Artículo 6º.- Serán competentes para conocer de los delitos de crueldad para con los animales los Jueces de Letras de Menor Cuantía en lo Criminal y, donde no los hubiere, los Jueces de Letras de Mayor Cuantía con jurisdicción en lo criminal. Dios guarde a V. E. (Fdo.): Fernando Sanhueza H. Raúl Guerrero G. 4 PROYECTO DE LEY DE LA HONORABLE CAMARA DE DIPUTADOS QUE ESTABLECE UNA REMUNERACION DE ANTIGUEDAD PARA EL PERSONAL DEL SERVICIO NACIONAL DE SALUD. Con motivo del Mensaje, que tengo a honra pasar a manos de V. E., la CÁMARA de Diputados ha tenido a bien prestar su aprobación al siguiente Proyecto de ley: Artículo 1°.- A contar del lº de enero de 1973, los funcionarios del Servicio Nacional de Salud no afectos a las disposiciones de la ley Nº 15.076, gozarán de una remuneración de antigüedad, anexa a sus sueldos mensuales, que será imponible para todos los efectos legales, de monto equivalente a un diez por ciento de la suma de dos y medio sueldos vitales mensuales, escala A), del departamento de Santiago, para los que hayan cumplido, dieciocho meses de servicios, a un veinte por ciento de la misma suma, para los que hayan cumplido tres años de servicios, a un treinta por ciento para los que hayan cumplido seis años, a un cuarenta por ciento para los que hayan cumplido nueve años, a un cincuenta por ciento para los que hayan cumplido doce años, a un sesenta por ciento para los que hayan cumplido quince años, a un setenta por ciento para los que hayan cumplido dieciocho años, a un ochenta por ciento para los que hayan cumplido veintiún años, a un noventa por ciento para los que hayan cumplido veinticuatro años y a un cien por ciento de la suma ya señalada, para los que hayan cumplido veintisiete o más años de servicios. Para aplicar las disposiciones de este artículo se considerará el tiempo servido por los funcionarios en el Servicio Nacional de Salud como titulares, interinos, suplentes o contratados y el servicio en el carácter de contratados a jornal siempre que no haya sido coetáneo con los anteriores; a los funcionarios que antes que al Servicio Nacional de Salud ingresaron a las otras instituciones de carácter público o privado, que por disposición del artículo 63, de la ley Nº 10.383, o de otras leyes, o por aplicación del artículo 64 de dicha ley, han sido incorporados o pasen a formar parte de dicho Servicio, se les computará, además, el tiempo servido en dichas instituciones. La aplicación de las disposiciones de este artículo es compatible y no afectará en manera alguna el goce de los beneficios establecidos para los funcionarios en los artículos 59 y 60, del D.P.L. 338, de 1960. Artículo 2º.- Agréganse a letra b), del artículo 4º, de la ley Nº 12.120, sobre Impuestos a las Compraventas y Servicios, los siguientes incisos: Además del impuesto establecido en el inciso primero, por los productos señalados en él se pagará un impuesto de Eº 0,50 por cada botella de 285 centímetros cúbicos. Si la transferencia se hiciera en botellas de otra capacidad o a granel, el impuesto de Eº 0,50 variará en la proporción correspondiente. El impuesto establecido en el inciso anterior se reajustará anualmente, a contar del lº de enero de cada año, en el mismo porcentaje en que haya variado el índice de precios al consumidor en los doce meses que anteceden a diciembre del año anterior. Artículo 3.- Modifícase la ley Nº 17.105, de 14 de abril de 1969, sobre Alcoholes, Bebidas Alcohólicas y Vinagres, de la siguiente manera: a) Introdúcense al artículo 46, los siguientes incisos: Además de los impuestos establecidos en los incisos anteriores, el vino pagará un impuesto de Eº 1,00 por litro si su precio de venta al consumidor no excede de un 2% de un sueldo vital mensual, escala A, del departamento de Santiago, y de Eº 2,00, si su precio de venta al consumidor excede de dicha suma. El impuesto establecido en el inciso anterior se reajustará anualmente, a contar del 1º de enero de cada año, en el mismo porcentaje en que haya variado el índice de precios al consumidor en los doce meses que anteceden a diciembre del año anterior. Y b) Introdúcense al artículo 86 los siguientes incisos: Además de los impuestos establecidos en los incisos anteriores la cerveza pagará un impuesto de Eº 0,50 por cada botella de 285 centímetros cúbicos. Si la transferencia se hiciere en botellas de otra capacidad o a granel, el impuesto de Eº 0,50 variará en la proporción correspondiente. El impuesto establecido en el inciso anterior se reajustará anualmente, a contar del 1º de enero de cada año, en el mismo porcentaje que haya variado el índice de precios al consumidor, en los doce meses que anteceden a diciembre del año inmediatamente anterior. Dios guarde a V. E. (Fdo.) : Fernando Sanhueza H.- Raúl Guerrero G. 5 OBSERVACIONES DEL EJECUTIVO, EN SEGUNDO TRAMITE, AL PROYECTO DE LEY QUE MODIFICA EL ARTICULO 43 DE LA LEY Nº 15.076, SOBRE ESTATUTO MEDICO FUNCIONARIO. Tengo a honra comunicar a V. E. que la Cámara de Diputados ha tenido a bien aprobar las observaciones formuladas por S. E, el Presidente de la República al proyecto de ley que establece que los oficíales civiles de sanidad, empleados civiles, médicos y otros que se desempeñen en Instituciones Armadas y Carabineros de Chile, mantendrán, durante los períodos de becas, la propiedad de sus cargos y las remuneraciones correspondientes. Acompaño los antecedentes respectivos. Dios guarde a V. E. (Fdo.): Fernando Sanhueza H.- Raúl Guerrero Guerrero. Observaciones del Ejecutivo El proyecto de la referencia, en su texto definitivo, contiene algunas disposiciones contrarias a la política general del Supremo Gobierno, en materia de Salud Pública, o que son inductivas a situaciones administrativas engorrosas o de difícil aplicación, por lo que se hace necesario, por parte del Poder Ejecutivo, plantear la supresión de algunas partes de ese cuerpo legal, en algunos casos, y la aprobación de algunas disposiciones complementarias, en otros. Así es como en el nuevo artículo 12 de la Ley Nº 15.076 se ha introducido la expresión hasta el mediodía, en la parte que se refiere a la extensión de la jornada de los profesionales funcionarios, lo que significa que las horas que deben servir estos trabajadores en la tarde del día sábado, en servicios que no pueden interrumpirse como los de Urgencia y las Maternidades, se tendrán que considerar como trabajadas en horas inhábiles, de días feriados o festivos, con el consiguiente recargo en sus remuneraciones, que gravitará en forma importante en los estrechos presupuestos de estos Servicios, en términos que hasta ahora no habían sido considerados. En el nuevo inciso que se agrega a continuación del segundo del artículo 43, es preciso que la norma que dispone que los funcionarios generales de zona del Servicio Nacional de Salud que presten servicios en las Fuerzas Armadas o en el Cuerpo de Carabineros mantendrán la propiedad de esos cargos y el goce de las remuneraciones correspondientes en esas Instituciones, durante los períodos de beca, sea redactada en términos facultativos y no imperativos, como ha sido el aprobado, a fin de dejar a estos funcionarios la posibilidad de renunciar a esos cargos complementarios y completar su horario en el Servicio, si lo estiman conveniente. En esta misma disposición, debe suprimirse la referencia que hace el control de la Comisión Mixta de Graduados, que no es un organismo dependiente del Servicio Nacional de Salud, que es la Institución a cargo de la formación de los funcionarios generales de zona. Por otra parte, es preciso adicionar este proyecto con algunas disposiciones nuevas, como la que autoriza la transformación de los cargos de 3 o 5 horas diarias de trabajo en cargos de 4 o 6 horas, a fin de hacer posible la debida coordinación de los horarios y la mantención de la propiedad de ellos por parte de quienes los ocupan, sin necesidad de nuevo concurso. La necesidad de remunerar debidamente a los profesionales funcionarios que dedican todo su esfuerzo a los servicios del estado, ha generado el aumento de la asignación de estímulo a los que por disposición del empleador no pueden ejercer liberalmente su profesión, pero esta iniciativa se verá frustrada por la disposición de la letra b) del artículo 9º de la Ley 15.076, que establece para estas asignaciones el límite del 10 al 60%: por esta razón, debe eximirse de esta limitación a la asignación que corresponde por la prohibición del ejercicio liberal de la profesión. En consecuencia, vengo en formular las siguientes observaciones al proyecto de ley en referencia: a) Para suprimir las siguientes expresiones del texto aprobado por el Honorable Congreso: 1.- En el Nº 3 del artículo lº, en los dos primeros incisos del nuevo texto del artículo 12º de la Ley 15.076 la expresión: hasta el mediodía; 2.- En la letra c) del Nº 5 del artículo lº, la frase final: bajo el control de la Comisión Mixta de Graduados. b) Para sustituir en la letra c), del Nº 5, del artículo 1º la expresión mantendrán por la de podrán mantener, que se refiere a la propiedad de sus cargos en las Fuerzas Armadas y en el Cuerpo de Carabineros, durante los períodos de beca. c) Para las siguientes disposiciones nuevas al proyecto: I) Agrégase un nuevo número al artículo lº que disponga lo siguiente: Nº....: Agrégase a la letra b) del inciso primero del artículo 9º de la Ley Nº 15.076, lo siguiente: La asignación por trabajo de profesionales o becarios que por disposición del empleador no pueden ejercer liberalmente su profesión no estará sujeta a la limitación del 60% en caso de sumarse a otras asignaciones de la misma letra. II) Agrégase a la Ley Nº 15.076 una disposición transitoria que diga lo siguiente: Con cargo a sus respectivos presupuestos y, cuando sus disponibilidades se lo permitan, las Instituciones empleadoras podrán transformar los cargos de tres y cinco horas que existen en sus plantas de profesionales funcionarios en cargos de 4 y 6 horas diarias, respectivamente, conservando sus titulares la propiedad de sus cargos. En consecuencia y como se trata de asuntos de la mayor urgencia, vengo en formular estas observaciones por la vía del veto, a fin de que sean tratadas en la presente legislatura, - con trámite de suma urgencia -. Saluda atentamente a V. E. (Fdo.): Salvador Allende Gossens. 6 INFORME DE LA COMISION DE CONSTITUCIÓN, LEGISLACIÓN, JUSTICIA Y REGLAMENTO, RECAIDO EN LA PETICION DE DESAFUERO DEL SEÑOR GOBERNADOR DEL DEPARTAMENTO DE SAN CARLOS, DON HUGO RIOS VERDUGO, SOLICITADA POR DON JUAN FRANCISCO LABRA PEREIRA Y OTRO. Honorable Senado: Vuestra Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento tiene el honor de informaros la petición de desafuero formulada por don Juan Francisco Labra Pereira y otro en contra del Gobernador del Departamento de San. Carlos, don Hugo Ríos Verdugo, en conformidad con lo establecido en el Nº 3º del artículo 42 de la Constitución Política del Estado. 1.- Cargos formulados por el peticionario, Expresa el recurrente que obtuvo sentencia de término en juicio por comodato precario seguido en contra de doña Matilde Fuentes Parada y de don Oscar Fuentes Fuentes. Que con fecha 25 de noviembre de 1971 se le concedió la fuerza pública para obtener el cumplimiento del fallo, oficiándose al señor Gobernador de San Carlos con fecha lº de diciembre del mismo año. Que con fecha 4 de enero de 1972 se ordenó despachar un nuevo oficio con el mismo objetivo, y que hasta el momento no se le ha concedido, a pesar de las esperas y gestiones realizadas ante el señor Gobernador. En consecuencia, a su juicio, el señor Gobernador de San Carlos ha incurrido en la conducta ilegítima sancionada por el artículo 253 del Código Penal, por no prestar la debida cooperación para la administración de justicia al no conceder el auxilio de la fuerza pública para asegurar el cumplimiento del citado fallo, con grave daño para terceros, al impedirse así a sus legítimos dueños laborar dos predios con una superficie de 100 cuadras. 2.- Descargos formulados por el señor Gobernador. El señor Gobernador manifiesta que a la fecha en que se dictaron las resoluciones judiciales concediendo el auxilio de la fuerza pública y en que se ofició al respecto a la Gobernación, él no ocupaba ese cargo. Que cuando asumió sus funciones se encontró con el problema expuesto y llamó a ambas partes a una reunión a fin de darle solución de común acuerdo. Que procedió en tal forma porque la afectada, doña Matilde Fuentes, era una anciana de 72 años de edad, postrada en cama por lesiones a las caderas y a la columna vertebral y gravemente enferma de la vesícula. Que en la reunión citada se llegó a un acuerdo entre las partes para que el propietario del predio lo vendiera a doña Matilde Fuentes, sorprendiéndole que ahora no se quisiera darle cumplimiento. Agrega, en seguida, que el referido predio no se ha cultivado en los últimos 20 años sino en una mínima extensión, y que los demandados en el juicio de comodato han demandado a su vez en juicio del trabajo al peticionario por el pago de imposiciones al marido de la afectada, quien trabajó como mediero del señor Labra durante 21 años, hasta su muerte, ocurrida en 1971, sin que se cumpliera con esta obligación previsional. Finalmente, expresa que la señora Fuentes y su hijo abandonarán el predio una vez resuelto el juicio por cobro de imposiciones. 3.- Discusión y proposición de vuestra Comisión. El Honorable Senador señor Bulnes expresó que la regla general es que cualquier habitante del país se pueda querellar contra otro cuando considere que éste ha cometido un delito. En el caso de los Intendentes y Gobernadores se ha establecido la institución del fuero con el solo propósito de evitar que, por razones políticas, se entablen en contra de dichas autoridades querellas irresponsables que podrían entorpecerlos en el ejercicio de sus funciones. Demuestra tal propósito, agregó el Honorable señor Senador, el hecho de que durante muchos años el Senado requería de dos tercios para rechazar un desafuero. Asimismo, subsiste la disposición que establece que el desafuero se entiende concedido cuando el Senado no se pronuncia habiendo transcurrido el plazo de 30 días. En consecuencia, la situación normal es que se conceda el desafuero respecto de Intendentes y Gobernadores que han incurrido en acciones u omisiones que presenten caracteres de delito, y que éste sólo se deniegue cuando concurren razones muy calificadas. En el caso en estudio se encuentra establecido, y reconocido, por el propio señor Gobernador de San Carlos, que este funcionario ha incurrido en una omisión que presenta el carácter mencionado, que está sancionada por el artículo 253 del Código Penal. Los descargos formulados se fundan en hechos que no han sido probados y que tampoco se ha intentado probar. En estas condiciones, no ve motivo alguno para que el Senado le niegue al recurrente el ejercicio de un derecho que tiene cualquier habitante de la República. El Honorable Senador señor Pablo manifestó que a proposición suya se había eliminado el inciso segundo del artículo 621 del Código de Procedimiento Penal, que establecía que el rechazo del desafuero exigía el voto de los dos tercios de los Senadores presente. Agregó que había tomado tal iniciativa debido a que la Corporación podía amnistiar de inmediato a un funcionario desaforado por simple mayoría, por lo que era absurdo mantener la norma citada. Añadió que entendía que el Senado se pronunciaba como jurado en los casos de desafuero de Intendentes y Gobernadores y que, en consecuencia, no debía proceder solamente de acuerdo al aspecto jurídico de cada caso, sino que también considerando todas las circunstancias que provocan la situación específica. En seguida, manifestó que a petición suya la Comisión había invitado, al recurrente y al señor Gobernador para que completaran los antecedentes del caso en estudio. Desgraciadamente no ha concurrido ninguno de los dos. De los antecedentes tenidos a la vista se desprende que, al parecer, en la especie se trata de un predio rústico largamente mal trabajado y que, en consecuencia, al denegarse el desafuero no se causa gran perjuicio al peticionario, ya que antes del mes de mayo no podrá iniciar los trabajos agrícolas correspondientes. Por tal razón, si nuevamente y dentro de un plazo prudencial se solicita la fuerza pública al Gobernador para dar cumplimiento al fallo que dio origen a la solicitud en estudio, habrá nuevamente oportunidad para pronunciarse al respecto en el caso de que dicha autoridad deniegue el auxilio de la fuerza a su cargo y se solicite el desafuero. Por lo expuesto, el Honorable Senador señor Pablo anunció que rechazaría la solicitud de desafuero en esta oportunidad y expresó, que de esta manera el señor Gobernador de San Carlos tendría ocasión de cumplir con su deber dentro de un plazo prudencial. Vuestra Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento, con los votos de los Honorables Senadores señores Irureta, Juliet y Pablo y la oposición del Honorable Senador señor Bulnes, acordó recomendaros que declaréis que no ha lugar a la formación de causa en materia criminal en contra del señor Gobernador de San Carlos, don Hugo Ríos Verdugo, en la petición formulada por don Juan Francisco Labra Pereira y otro. Sala de la Comisión, a 6 de febrero de 1973. Acordado en SESION de esta fecha, con asistencia de los Honorables señores Pablo (Presidente), Bulnes, Irureta y Juliet. (Fdo.): Iván Auger Labarca, Secretario. 7 INFORME DE LA COMISION DE HACIENDA RECAÍDO EN EL PROYECTO DE LEY DE LA HONORABLE CAMARA DE DIPUTADOS QUE FACULTA AL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA PARA FIJAR TEMPORALMENTE LA SEDE DE LA DIRECCION REGIONAL DEL SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS DE VALPARAÍSO, EN CUALQUIER CIUDAD DE SU JURISDICCION. Honorable Senado: El Poder Ejecutivo fundamentó esta iniciativa de ley en el Mensaje que le dio origen en los siguientes términos: Con ocasión del sismo que afectará a la ciudad de Valparaíso, en julio de 1971, el edificio ocupado por la II Dirección Regional del Servicio de Impuestos Internos, sufrió serios deterioros que motivaron que las autoridades correspondientes, ordenaran su desalojo, para evitar un daño mayor. En estas circunstancias y para continuar en funciones, las diversas dependencias de esa unidad, se instalaron provisionalmente y precariamente, en diversos locales facilitados con tal objeto. Fue así como, aceptando el ofrecimiento del Colegio de Contadores de esa ciudad, se han instalado en algunas dependencias de su sede gremial las oficinas del Director Regional y asesores más inmediatos, situación que aún en carácter de emergencia, no es conveniente para las funciones propias de dicho Servicio, privándolo de la independencia necesaria. Asimismo, las demás unidades de la referida Dirección Regional, se han instalado en diversos locales, que entorpecen su normal funcionamiento y ocasionan molestias a los contribuyentes, que deben acudir a distintas ubicaciones. Producida la situación anterior, de inmediato la Dirección superior del mencionado Servicio se preocupó de darle pronta solución, para lo cual se agilizaron las gestiones tendientes a la adquisición de un edificio en la ciudad de Viña del Mar, calle Alvarez Nº 132, que estaba programado desde hace algún tiempo para reemplazar el local actual, en esa ciudad, que era absolutamente insuficiente. Como el citado edificio adquirido, cuenta con el espacio para instalar también en él, mientras dure la actual emergencia, a las oficinas de la Dirección Regional de Valparaíso, se ha proyectado su traslado a ese edificio, en forma temporal y hasta que sea entregado para su ocupación por el Servicio de Impuestos Internos, el edificio para diferentes oficinas públicas, que construye el Estado en la ciudad de Valparaíso. El necesario traslado a que se hace referencia, aún en forma temporal, no lo autoriza la ley. Las sedes de las Direcciones Regionales están determinadas específicamente en el artículo 4º del Decreto Supremo Nº 2, de fecha 15 de febrero de 1963, sobre Estatuto Orgánico del Servicio de Impuestos Internos, dictado en virtud de facultades expresas concedidas al Ejecutivo, para este objeto, por el artículo 1° de la ley N° 15,078, de 18 de diciembre de 1962, disponiendo el citado artículo 4º en su inciso segundo: Las Directivas Regionales y sus sedes son las siguientes: .... II Región Valparaíso con sede en la ciudad de Valparaíso. Además, debe tenerse presente que por constituir la sede de la Dirección Regional el asiento legal del Tribunal de Primera Instancia, en materia tributaria, ésta no puede modificarse sino en forma legal, para evitar nulidad de sus actos. En atención a lo expuesto y con el objeto de realizar el traslado de esta II Dirección Regional de la ciudad de Valparaíso a la de Viña del Mar, y al mismo tiempo dar una solución de carácter permanente para todas las situaciones futuras similares, que afecten los edificios en que funcionan las diversas Regionales en todo el país, es necesario previamente modificar el citado Estatuto Orgánico del Servicio de Impuestos Internos, en el sentido de facultar al Presidente de la República para que por Decreto Supremo, pueda temporalmente cambiar la ubicación de las respectivas sedes, dentro de un territorio jurisdiccional, ratificándose las actuaciones del período de emergencia. La Comisión de Hacienda en principio estuvo de acuerdo con la proposición contenida en este proyecto de ley, pero preocupó a los Senadores señores Ballesteros y Aguirre el que con su redacción pudieran en lo sucesivo trasladarse las Direcciones Regionales desde las capitales de provincia a cualesquiera otra ciudad de su respectiva jurisdicción, motivo por el cual acordó introducirle una modificación que precisa aún más el carácter de temporal que podrán tener estos traslados de sedes de Direcciones Regionales, impidiendo que éstos puedan efectuarse por más de dos años. En consecuencia, os proponemos aprobar el proyecto de ley de la Honorable Cámara de Diputados con la sola modificación de sustituir, en el párrafo segundo de su artículo único, la frase: fije temporalmente la sede de esa Regional en cualquier ciudad de su jurisdicción, mientras durare la emergencia, por esta otra: fije mientras dure la emergencia y hasta por un lapso no superior a dos años la sede de esa Regional en cualquier ciudad de su jurisdicción. Por lo tanto, el proyecto de ley queda como sigue: Proyecto de ley: Artículo único.- Agrégase al artículo 4º del Decreto Supremo Nº 2, de 15 de febrero de 1963, el siguiente inciso: Si por causa de fuerza mayor, como sismo o siniestro, hubiere que desalojar el edificio que ocupare una Dirección Regional, se faculta al Presidente de la República para que, por Decreto Supremo, fije, mientras dure la emergencia y hasta por un lapso no superior a dos años, la sede de esa Regional en cualquier ciudad de su jurisdicción, ratificando los actos y resoluciones dictadas en el período intermedio. Sala de la Comisión, a 18 de enero de 1973. Acordado en sesión de fecha 17 del actual, con asistencia de los Honorables Senadores señores Ballesteros (Presidente), Aguirre y Gumucio. (Fdo.): Pedro Correa Opaso, Secretario. 8 INFORME DE LA COMISION DE SALUD PUBLICA RECAÍDO EN EL PROYECTO DE LEY DE LA HONORABLE CAMARA DE DIPUTADOS QUE ESTABLECE UNA REMUNERACIÓN DE ANTIGÜEDAD PARA EL PERSONAL DEL SERVICIO NACIONAL DE SALUD. Honorable Senado: Vuestra Comisión de Salud Pública tiene el honor de informaros un proyecto de ley de la Honorable Cámara de Diputados que establece una remuneración de antigüedad para el personal del Servicio Nacional de Salud no afecto a las disposiciones de la ley Nº 15.076. El proyecto en estudio establece una asignación de antigüedad para los funcionarios del Servicio Nacional de Salud no afectos a las disposiciones de la ley Nº 15.076, a contar del 1° de enero de 1973 anexa a sus remuneraciones mensuales, imponible para todos los efectos legales, equivalente a un 10% de la suma de dos y medio sueldos vitales mensuales, escala A, del departamento de Santiago, para los que hayan cumplido 18 meses de servicios, a un 20 % para los que hayan cumplido 3 años de servicios, y, así, sucesivamente, hasta completar un 100% con los que cumplan 27 o más años de servicios. Para aplicar el beneficio trienal que se crea, se considerará el tiempo servido en el Servicio Nacional de Salud como titulares, interinos, suplentes o contratados y el tiempo servido en el carácter de contratados a jornal siempre que no haya sido coetáneo con los anteriores. Respecto de los funcionarios que prestaron servicios en las instituciones públicas o privadas y que, por disposición del artículo 63 de la ley N° 10.383 o de Otras leyes, o por aplicación del artículo 64 del mismo cuerpo legal, pasaron a formar parte del Servicio Nacional de Salud, se les computará dicho tiempo para todos los efectos de este artículo. Según el Mensaje del Presidente de la República, esta disposición constituye un primer paso en el programa que se está elaborando para la carrera funcionaría del Servicio Nacional de Salud. Agrega que existe el propósito, ya acordado con las representaciones gremiales, de reemplazar, a contar del 1º de enero de 1974, el sistema de remuneraciones escalafonarias de los funcionarios del Servicio por un sistema de escalas diferenciadas de sueldos para • los distintos grupos funcionales, con remuneraciones anexas iguales para todos cuando corresponden a causas que les son comunes, como la antigüedad, que, desde la misma fecha será calculada no en función de la cantidad equivalente a dos y medio sueldos vitales mensuales, sino en términos de porcentajes de sus respectivos sueldos bases. Esto constituiría la segunda etapa programada. La tercera etapa contempla para el año 1973 la incorporación de asignaciones de estímulo, responsabilidad y riesgo a los sueldos de todos los funcionarios del Servicio. Como la idea contenida en esta iniciativa fue discutida y aceptada anteriormente durante la discusión del proyecto que legislaba sobre las plantas del Servicio Nacional de Salud, lo que consta en el respectivo informe emitido por esta misma Comisión, en esta oportunidad se obvió el debate y se aprobó en general, por unanimidad. Seguidamente, se inició la discusión particular, con el artículo 1º, el cual fue aprobado por unanimidad y se le introdujeron diversas enmiendas. La más importante de ellas consistió en suprimir la idea de considerar la asignación que se establece como remuneración anexa a sus sueldos mensuales, puesto que, por la definición que da el Estatuto Administrativo a los términos sueldo y remuneración, no cabe otra alternativa que estimar inoficiosa la frase respectiva, más aún, si consideramos que manteniéndola se corre el riesgo de que, por la vía de la interpretación, no se la considera para los efectos del cálculo de beneficios tales como jubilación, desahucio y otros, lo que, evidentemente, no puede haber sido el ánimo del Ejecutivo al proponer la iniciativa en estudio. Respecto de los artículos 2° y 3°, la Comisión les dio su aprobación unánime sin mayor estudio, ya que, por contener financiamiento del proyecto mediante el establecimiento de impuestos, éste corresponde a la Comisión de Hacienda. En virtud de las consideraciones anteriores, vuestra Comisión de Salud Pública tiene el honor de recomendaros la aprobación del proyecto de ley en informe con las siguientes enmiendas: Artículo 1° Redactarlo en los siguientes términos: Artículo 1°.- A contar del 1° de enero de 1973, los funcionarios del Servicio Nacional de Salud no afectos a las disposiciones de la ley Nº 15.076, gozarán de una asignación de antigüedad, imponible para todos los efectos legales, cuyo monto se determinará de acuerdo a la siguiente escala de tiempo servido y de porcentajes calculados sobre dos y medio sueldos vitales mensuales, escala A), del departamento de Santiago: 18 meses, 10%; 3 años, 20%; 6 años, 30%; 9 años, 40%; 12 años, 50%; 15 años, 60%; 18 años, 70%; 21 años, 80%; 24 años, 90%, y 27 o más años, 100%. Para los efectos de lo dispuesto en el inciso anterior se considerará el tiempo servido por los funcionarios del Servicio Nacional de Salud como titulares, interinos, suplentes, contratados y contratados a jornal; se les computará, además, el tiempo servido en las instituciones de carácter público o privado que, en virtud de lo dispuesto en los artículos 63 ó 64 de la ley Nº 10.383, o de otras leyes, se incorporaron a pasen a integrar la planta del Servicio. El goce de la asignación establecida en esta disposición es compatible y no afecta, de modo alguno, a la percepción de los beneficios señalados en los artículos 59 y 60 del D.F.L. Nº 338, de 1960. En consecuencia, el texto del proyecto aprobado por la Comisión de Salud Pública es el siguiente Proyecto de ley: Artículo lº.- A contar del 1° de enero de 1973, los funcionarios del Servicio Nacional de Salud no afectos a las disposiciones de la ley N° 15,076, gozarán de una asignación de antigüedad, imponible para todos los efectos legales, cuyo monto se determinará de acuerdo a la siguiente escala de tiempo servido y de porcentajes calculados sobre dos y medio sueldos vitales mensuales, escala A), del departamento de Santiago: 18 meses, 10%; 3 años, 20% 6 años, 30 % 9 años, 40% 12 años, 50% 15 años, 60% 18 años, 70% 21 años, 80% 24 años, 90% y 27 o más años, 100%. Para los efectos de lo dispuesto en el inciso anterior se considerará el tiempo servido por los funcionarios del Servicio Nacional de Salud como titulares, interinos, suplentes, contratados y contratados a jornal; se les computará, además el tiempo servido en las instituciones de carácter público o privado que, en virtud de lo dispuesto en los artículos 63 o 64 de la ley Nº 10.383, o de otras leyes, se incorporaron o pasen a integrar la planta del Servicio. El goce de la asignación establecida en esta disposición es compatible y no afecta, de modo alguno, a la percepción de los beneficios señalados en los artículos 59 y 60 del D.F.L. Nº 338, de 1960. Artículo 2°.- Agréganse a la letra b), del artículo 4º, de la ley 12.120, sobre Impuesto a las Compraventas y Servicios, los siguientes incisos: Además del impuesto establecido en el inciso primero, por los productos señalados en él se pagará un impuesto de Eº 0,50 por cada botella de 285 centímetros cúbicos. Si la transferencia se hiciera en botellas de otra capacidad o a granel, el impuesto de Eº 0,50 variará en la proporción correspondiente. El impuesto establecido en el inciso anterior se reajustará anualmente, a contar del 1? de enero de cada año, en el mismo porcentaje en que haya variado el índice de precios al consumidor en los doce meses que anteceden a diciembre del año anterior. Artículo 3º.- Modifícase la ley Nº 17.105, del 14 de abril de 1909, sobre Alcoholes, Bebidas Alcohólicas y Vinagres, de la siguiente manera: a) Introdúcense al artículo 46, los siguientes incisos: Además, de los impuestos establecidos en los incisos anteriores, el vino pagará un impuesto de Eº 1,00, por litro si su precio de venta al consumidor no excede de un 2% de un sueldo vital mensual, escala A, del departamento de Santiago, y de Eº 2,00 si su precio de venta al consumidor excede de dicha suma. El impuesto establecido en el inciso anterior se reajustará anualmente, a contar del lº de enero de cada año, en el mismo porcentaje en que haya variado el índice de precios al consumidor en los doce meses que anteceden a diciembre del año anterior, y b) Introdúcense al artículo 86 los siguientes incisos: Además de los impuestos establecidos en los incisos anteriores la cerveza pagará Un impuesto de Eº 0,50, por cada botella de 285 centímetros cúbicos. Si la transferencia se hiciere en botellas de otra capacidad o a granel, el impuesto de Eº 0,50.- variará en la proporción correspondiente. El impuesto establecido en el inciso anterior se reajustará anualmente, a contar del lº de enero de cada año, en el mismo porcentaje que haya variado el índice de precios al consumidor, en los doce meses que anteceden a diciembre del año inmediatamente anterior. Sala de la Comisión, a lº de febrero de 1973. Acordado en SESION de 31 de enero ppdo., con asistencia de los Honorables Senadores Valenzuela (Presidente), Juliet y Olguín. (Fdo.): Gustavo Yáñez Bello, Secretario. 9 INFORME DE LA COMISIÓN DE HACIENDA, RECAÍDO EN EL PROYECTO DE LEY DE LA HONORABLE CAMARA DE DIPUTADOS QUE BENEFICIA AL PERSONAL DEL SERVICIO NACIONAL DE SALUD, Honorable Senado: Esta materia fue informada por la Comisión de Salud Pública, la que le introdujo algunas modificaciones al artículo primero y no consideró los dos artículos restantes por referirse a su financiamiento. El abogado del Servicio Nacional de Salud, señor Fernando Aranda, formuló observaciones, en esta Comisión respecto de la redacción dada por la Comisión de Salud al artículo 1° y que, a su juicio, podría inducir a repetir la asignación de antigüedad a un funcionario que desempeñe, a la vez, dos cargos en el Servicio y objetó, también, que se hubiere extendido el beneficio trienal que se concede de modo que influya en la determinación de las horas extraordinarias y de la asignación de zona, lo que haría subir el gasto del proyecto. El Senador señor Ricardo Valenzuela llamó la atención que se dedujeran estas críticas en esta Comisión que sólo puede preocuparse de materias propias del financiamiento y no se hubieren hecho presente en la Comisión de Salud Pública a la cual se citó al Ministro y al Subsecretario del ramo así como al Director del Servicio Nacional de Salud, a quienes se pidió, además, opinión respecto de las indicaciones que dieron origen a la nueva redacción dada al artículo 1°. En cuanto al fondo del problema desvirtuó la afirmación del señor Áranda en cuanto que pudiera repetirse la asignación de antigüedad para un mismo funcionario, por cuanto el. informe de la Comisión de Salud Pública dispone en forma expresa que para aplicar el beneficio trienal se considerará el tiempo servido en el Servicio Nacional de Salud como titulares interinos, suplentes o contratados y el tiempo servido en el carácter de contratados a jornal, siempre que no haya sido coetáneo con los anteriores. En cuanto a la segunda observación, que busca reducir los efectos del beneficio trienal, consideró la Comisión de Salud Pública que al suprimir la calificación de este beneficio trienal o asignación de antigüedad como remuneración anexa a sus sueldos mensuales, no alteraba la proposición del Ejecutivo en cuanto a la calificación de remuneración de esta asignación y, por lo tanto, imputable, entre otros, para el cálculo de los beneficios de asignación de zona y horas extraordinarias. En efecto, el artículo 86 del Estatuto Administrativo dispone, por ejemplo, que la gratificación de zona se fijará por medio de un porcentaje calculado sobre sus remuneraciones totales, excluida la asignación familiar. Poco importa, en consecuencia, que las remuneraciones tengan el carácter de anexas o no; deben considerarse todas, excluyéndose únicamente la asignación familiar, por encontrarse expresamente exceptuada. Si fuera el deseo del Ejecutivo dar un alcance diferente a la asignación por antigüedad debiera formular la indicación correspondiente que diga expresamente que la asignación por antigüedad del Personal del Servicio Nacional de Salud no se computará para los efectos del cálculo de las horas extraordinarias y de la asignación de zona de que goza este personal. El Honorable Senador señor Gumucio, no obstante concordar con la interpretación de que la asignación por antigüedad constituye una remuneración, piensa que podría haberse incurrido, en una inconstitucionalidad al suprimirse la proposición del Ejecutivo de considerar dicha asignación como remuneración anexa a sus sueldos mensuales, si con ello el Ejecutivo pensaba restringir el alcance de dicha asignación. Entrando a los artículos propios de la competencia de esta Comisión, se tomó conocimiento de que, por el artículo segundo se establece un impuesto a las aguas minerales o mineralizadas y, en general a las bebidas analcohólicas de Eº 0,50 por cada botella de 285 ce. En la actualidad estos productos están afectos a un impuesto a la compraventa de un 40% sobre el precio de venta al consumidor. El artículo tercero, por su parte, establece un nuevo impuesto a los vinos y a las cervezas. En cuanto a los vinos, en la actualidad se encuentra afecto, en virtud del artículo primero del D.F.L. Nº 5, de fecha 1° dé octubre de 1971, a un impuesto único del 26% que se calculará sobre el precio de venta al consumidor. El proyecto de ley lo grava con un nuevo impuesto de 1 escudo por litro si su precio de venta al consumidor no excede de un 2% de un sueldo vital mensual escala a) del Departamento de Santiago y de Eº 2 si su precio de venta al consumidor excede de dicha suma. La cerveza, por su parte, está afecta por el artículo 86 de la ley Nº 17-105 a un impuesto de producción del 25% que se calculará sobre el precio de venta que obtenga el fabricante. Ahora, mediante esta iniciativa de ley se les establece un nuevo gravamen de Eº 0,50 por cada botella de 285 ce, variando en la proporción correspondiente, si se trasfiriere en botellas de otra capacidad o a granel. El proyecto dispone además que los impuestos consistentes en cantidades fijas se reajustarán el 1° de enero de cada año en el mismo porcentaje de variación que hubiere experimentado el índice de precios al consumidor en el año inmediatamente anterior. El Jefe del Sub Departamento de Control y Presupuesto del Servicio Nacional de Salud, don Moisés Velasco, informó que el gasto que importa la implantación de la asignación de antigüedad al personal de la escala administrativa ascendía a Eº 1.251.351.216 e igual beneficio para la escala Profesional, Directiva y Técnica a Eº 237.237,857.736, con lo cual el gasto total sumaba E° 1.489.208.900. Advirtió el señor Velasco que si se consideraba la asignación por antigüedad para los efectos del cálculo de horas extraordinarias y asignación de zona, podría estimarse que el gasto total subiría aproximadamente a Eº 2.000.000.000. Insertamos al final de este informe un desglose del costo estimativo del gasto antes referido. En representación de la Dirección de Impuestos Internos concurrieron a la Comisión los señores Rene García, Subjefe del Departamento de Planificación y el señor Hernán Escobar, Jefe del Departamento de Alcoholes, quién informó acerca del rendimiento de los impuestos propuestos por el Ejecutivo. El nuevo impuesto a las bebidas analcohólicas, estimando una producción anual de 1.400.000.000 de botellas producirá un ingreso de Eº 700.000.000 en cuanto a los vinos sobre la base de una producción de 430.000.000 de litros de los cuales de un 90% a 95% quedará afecto a un impuesto de Eº 1 por litro y el saldo a Eº 2, producirá nuevas entradas del orden de Eº 450.000-000/ por último el nuevo impuesto a las cervezas, considerando una producción de 1.000.000.000 de botellas rendirá E 500 millones. En resumen la ley proporciona nuevos ingresos por Eº 1.650.000.000. El Honorable Senador señor García observó la inconveniencia y contradicción de volver a romper la unidad del sistema tributario diversificando los impuestos que afectan a un mismo producto en lugar de incrementar lisa y llanamente la tasa del impuesto a las compraventas, simplificando así su percepción y administración. La Comisión, no obstante lo anterior estuvo de acuerdo en aprobar el financiamiento propuesto, rectificando sólo un error de cita contenida en el mensaje del Ejecutivo al tratar del Impuesto a los vinos. Por las consideraciones expuestas vuestra Comisión de Hacienda os propone aprobar el proyecto de ley contenido en el informe de la Comisión de Salud Pública, con la sola modificación de reemplazar su artículo 3° por el siguiente: Artículo 3° Artículo 3º.- lº.- Agréganse al artículo 86 de la ley Nº 17.105, de 14 de abril de 1969, sobre alcoholes, bebidas alcohólicas y vinagres, los siguientes incisos: Además de los impuestos establecidos en los incisos anteriores, el vino pagará un impuesto de Eº 1,00.- por el litro si su precio de venta al consumidor no excede de un 2% de un sueldo vital mensual, escala A), del Departamento de Santiago, y de Eº 2,00 si su precio de venta al consumidor excede la suma. El impuesto establecido en el inciso anterior se reajustará anualmente, a contar del 1° de enero de cada año, en el mismo porcentaje en que haya variado el índice de precios al consumidor en los 12 meses que anteceden a diciembre del año anterior. 2.- Agréganse al final del artículo primero del D.F.L. Nº 5, del Ministerio de Hacienda, de 1º de octubre de 1971, sobre impuesto único al vino, los siguientes incisos: Además de los impuestos establecidos en los incisos anteriores la cerveza pagará un impuesto de Eº 0,50.- por cada botella de 285 centímetros cúbicos. Si la transferencia se hiciere en botellas de otra capacidad o a granel, el impuesto de Eº 0,50.- variará en la proporción correspondiente. El impuesto establecido en el inciso anterior se reajustará anualmente, a contar del 1° de enero de cada año, en el mismo porcentaje que haya variado el índice de precios al consumidor, en los doce meses que anteceden a diciembre del año inmediatamente anterior. Sala de la Comisión, a 6 de febrero de 1973. Acordado en Sesión de esta fecha con la asistencia de los Honorables Senadores señores Papic (Presidente), Aguirre, García, Gumucio y Valenzuela. (Fdo.): Pedro Correa Opaso, Secretario, 10 INFORME DE LA COMISIÓN DE SALUD PUBLICA, RECAÍDO EN LAS OBSERVACIONES DEL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA, EN SEGUNDO TRAMITE, AL PROYECTO QUE MODIFICA LA LEY N° 15.076, SOBRE ESTATUTO MEDICO FUNCIONARIO. Honorable Senado: Vuestra Comisión de Salud Pública tiene el honor de informaros las observaciones del Presidente de la República, en segundo trámite, al proyecto que modifica la ley Nº 15.076, sobre Estatuto Médico Funcionario. A la sesión en que se consideró esta materia asistieron, especialmente invitados, representantes de los Colegios Médico, Dental y Químico Farmacéutico. La Honorable Cámara de Diputados aprobó todas las observaciones. La primera observación consiste en suprimir la expresión hasta el mediodía en los dos primeros incisos del texto sustitutivo del artículo 12 del Estatuto Médico Funcionario contenido en el Nº 3 del artículo lº del proyecto. El Presidente de la República argumenta el rechazo de dicha expresión, manifestando que es contraria a su política general en materia de Salud Pública, ya que, a su juicio, las horas que deben servir los profesionales funcionarios en la tarde del día sábado, en servicios que no pueden interrumpirse tales como los de Urgencia y de las Maternidades, se tendrán que considerar como en horas inhábiles de días feriados o festivos, con el consiguiente recargo en sus remuneraciones, lo que gravitará en forma importante en los estrechos presupuestos de dichos Servicios, en términos que hasta ahora no habían sido considerados. El Vicepresidente del Colegio Médico, doctor Rubén Acuña, haciéndose eco de la opinión que sustentan al respecto los tres Colegios representados en la sesión, manifestó su más enérgica protesta por el veto del Ejecutivo, ya que, a su juicio, no cumple con el compromiso contraído con el ex Ministro de Salud Pública, doctor Carlos Concha, avalado por el Presidente de la República, en el sentido de aprobar la disposición en los términos en que lo hizo el Congreso Nacional, lo que constituye una actitud poco seria por parte del Ejecutivo. Además, agregó que el veto contiene una grave injusticia contra los profesionales regidos por el Estatuto Médico Funcionario, ya que se les suprime un derecho del cual gozan en la actualidad, aparte de ser un derecho del que participan todos los servidores públicos. La Comisión, a pesar de que su pronunciamiento ni el del Senado producen efectos jurídicos, por unanimidad resolvió rechazar la observación e insistir en el texto primitivo. La siguiente observación tiene por objeto sustituir en el inciso que se agrega al artículo 43 de la ley Nº 15.076 la expresión mantendrán por podrán mantener. El Presidente de la República arguye en su Mensaje al respecto, que tal norma, que dispone que los funcionarios generales de zona del Servicio Nacional de Salud que presten servicios en las Fuerzas Armadas o en el Cuerpo de Carabineros mantendrán la propiedad de esos cargos y el goce de las remuneraciones correspondientes en esas Instituciones, durante los períodos de beca, debe ser redactada en términos facultativos y no imperativos, a fin de dejar a dichos funcionarios la posibilidad de renunciar a esos cargos complementarios y completar su horario en el Servicio, si lo estiman conveniente. La Comisión, por unanimidad, acordó aprobar el veto, ya que, de otro modo, se perjudicaría a los afectados dejándolos con una disposición inoperante. La observación que continúa tiene por objeto suprimir en la misma disposición la referencia al control de la Comisión Mixta de Graduados, ya que no es un organismo dependiente del Servicio Nacional de Salud. La Comisión, también por unanimidad, resolvió acoger esta observación. Asimismo, con la misma votación, se aprobaron las últimas observaciones consistentes en agregar dos disposiciones nuevas: una, que autoriza la transformación de los cargos de 3 o 5 horas diarias de trabajo en cargos de 4 o 6 horas, a fin de hacer posible la debida coordinación de los horarios y la mantención de la propiedad de ellos por parte de quienes los ocupan, sin necesidad de nuevo concurso; otra, que exime de la limitación del 10% al 60% establecida para la asignación de estímulo correspondiente por la prohibición del ejercicio libre de la profesión, con el objeto de remunerar debidamente a los profesionales funcionarios que se encuentran en tal caso. En virtud de las consideraciones anteriores, vuestra Comisión de Salud Pública, por unanimidad, tiene el honor de recomendaros la aprobación de las observaciones del Presidente de la República con excepción de la que consiste en suprimir las palabras hasta el mediodía contenidas en los incisos primero y segundo del artículo 12 sustitutivo, en el Nº 3 del artículo l° del proyecto, la cual os recomienda rechazar e insistir en la aprobación del texto primitivo. Sala de la Comisión, a 31 de enero de 1973. Acordado en sesión de esta fecha, con asistencia de los Honorables Senadores señores Valenzuela (Presidente), Juliet y Olguín. (Fdo.): Gustavo Yáñez Bello, Secretario. 11 MOCIÓN DEL HONORABLE SENADOR, SEÑOR BALTRA, CON LA QUE INICIA UN PROYECTO DE REFORMA CONSTITUCIONAL QUE CONCEDE AUTONOMÍA FINANCIERA AL PODER JUDICIAL. Honorable Senado: Desde los tiempos de la revolución francesa es válida la afirmación de que no hay libertad si el poder de juzgar no está separado de los Poderes Legislativo y Ejecutivo. En efecto, es de la esencia de todo régimen democrático la separación de sus Poderes. La supeditación de uno de ellos a otro de los que constituyen la base del sistema institucional hace desaparecer la democracia y transforma al Gobierno en dictatorial. En nuestro sistema, la Constitución Política del Estado establece la existencia de tres Poderes: Legislativo, Ejecutivo y Judicial, ninguno de los cuales debe predominar sobre el resto y cuyas funciones se singularizan, principal y respectivamente, en la dictación, la ejecución y la sanción del incumplimiento de las leyes. Para que cada uno de estos pilares del sistema institucional chileno sea verdaderamente un Poder del Estado, es indispensable que posea efectiva autonomía. Para lograrla, es preciso, entre otras, la condición de que posea autonomía de financiamiento, como lo reconoció no hace mucho el Tribunal Constitucional al pronunciarse sobre el presupuesto del Parlamento y como ya ha quedado también consagrado por la ley respecto de la Contraloría General de la República. En caso contrario, el respectivo Poder carece de independencia y, en definitiva, no es un Poder en el cabal sentido del término. Tratándose de los Tribunales de Justicia, esa autonomía es tanto más necesaria cuanto que el Poder Judicial es, en definitiva, la garantía de los derechos reconocidos por la Constitución y las leyes. Si el Poder Judicial carece de una total y absoluta autonomía, los derechos del hombre y de los ciudadanos pueden llegar a ser declaraciones teóricas, sin reconocimiento ni ejercicio reales. Las imperfecciones de un sistema se observan precisamente en las épocas de cambio, cuando se le somete a críticas y es objeto de controversias. Durante años, el Poder Judicial chileno actuó con completa libertad, otorgada no sólo por la norma legal, sino sobre todo por el convencimiento de la ciudadanía y de los gobernantes, de que la justicia debía permanecer al margen de la lucha política y que a la democracia convenía respetarla y acatarla. Pero hoy, cuando se intenta que toda institución de la sociedad chilena debe estar exclusivamente al servicio de un sector de la sociedad, de una clase, de un grupo, y, más concretamente de uno o varios Partidos políticos, se advierte la imprescindible exigencia de asentar, sobre bases más sólidas que el respeto ciudadano, la indispensable independencia del Poder Judicial, concediéndole constitucionalmente una autonomía económica que garantice de modo absoluto el libre ejercicio de sus altas funciones. Con esto, se satisfaría una aspiración mayoritaria del país y de los propios miembros de la Asociación Nacional de Magistrados, de llevar a la práctica una verdadera y gran política judicial, de acuerdo a las nuevas necesidades socio económicas de la comunidad chilena, en forma de readecuar no sólo la estructura judicial, sino de dotar a los Tribunales de los medios humanos y materiales indispensables para un funcionamiento expedito, proporcionando también a quienes concurren ante ellos las condiciones mínimas que deben cumplirse para el respeto y el decoro de todo ciudadano. Por tanto, vengo en presentar a la consideración del Senado el siguiente Proyecto de Reforma Constitucional Artículo Único.- Intercálase en la Constitución Política del Estado, el siguiente artículo nuevo con el número 86 a).- Corresponderá a la Corte Suprema de Justicia fijar las remuneraciones y asignaciones que correspondan al Poder Judicial, determinar las necesidades materiales del mismo y fijar la planta del personal de secretaría de los Tribunales de la República. Para tal efecto, elaborará anualmente y con la debida anticipación, el proyecto de presupuesto del Poder Judicial, que remitirá al Poder Ejecutivo para el solo efecto de su inclusión en el proyecto de Presupuesto General de la Nación. Para ejercer las funciones anteriores, la Corte Suprema se integrará con el Presidente en ejercicio de la Asociación Nacional de Magistrados y con otro representante de ella designado por su directiva nacional. Anualmente, se destinarán en la Ley de Presupuesto los fondos necesarios para el funcionamiento de los Tribunales ordinarios de Justicia, sin que estos fondos puedan ser de un monto inferior al uno por ciento (1%) del total de gastos corrientes y de capital, en moneda nacional y extranjera, contemplados en el Presupuesto General de la Nación. El ítem en que se consignen los fondos para el Poder Judicial será ex-cedible hasta enterar no menos del uno por ciento (1%) de la suma a que efectivamente ascienda durante el curso del año el referido Presupuesto General de la Nación, como consecuencia de la aprobación por ley de nuevos gastos corrientes o de capital. (Fdo.): Alberto Baltra Cortés.