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La Cámara de Diputados ha tenido a bien rechazar la observación formulada por Su Excelencia el Presidente de la República al proyecto de ley que beneficia al personal de policía de aseo de las Municipalidades, pero no ha insistido en la aprobación del texto primitivo.
La observación en referencia consiste en la desaprobación total del proyecto.
Lo que tengo a honra comunicar a V. E.
Acompaño los antecedentes respectivos.
(Fdo.) : Luis Pareto González.-Raúl Guerrero Guerrero.
Texto de la observación formulada por el Ejecutivo
V. E. ha tenido a bien comunicar por oficio Nº 2.239, remitido con fecha 25 de septiembre del año en curso, que el Honorable Congreso Nacional prestó su aprobación al proyecto de ley que agrega incisos al artículo 110 de la Ley Nº 11.860, para los efectos de declarar trabajos peligrosos la labor de extracción, transporte y tratamiento de la basura, concede derecho a feriado de 25 días hábiles al personal que desempeña dicha labor e impone obligaciones a las Municipalidades que le significarán un gasto excesivo en comunas rurales.
Como se podrá apreciar, la finalidad del referido proyecto de ley se considera de toda justificación, ya que con ello se trata de mejorar las condiciones para el desempeño de su trabajo, a aquellos obreros que prestan servicios a la colectividad, sin que ello malogre la salud de los mismos.
No obstante lo anterior, el Gobierno a través de su Ministerio de Hacienda ha examinado las aludidas disposiciones en orden a ver la posibilidad de que ellas se pudieran concretar, ya que necesariamente deberían contar las Corporaciones Edilicias con los fondos que su cumplimiento demande. Es así, como se ha llegado a la conclusión que en definitiva gravarían directamente al Fisco alterando la programación presupuestaria.
Por otra parte, el Ejecutivo, conociendo la crisis financiera de las Corporaciones Edilicias, abordó el estudio de una nueva legislación para ellas, confeccionando una Ley de Rentas Municipales que reemplazaría el texto de la que rige actualmente en orden a modernizarla en sus diversos aspectos y, asimismo, preparó un proyecto de Ley Orgánica de las Municipalidades en la cual tiene especificado una concepción diferente del concepto de trabajo peligrosos y es el propósito remitir dichos proyectos de ley en fecha próxima para la consideración de ese Honorable
Congreso Nacional, ya que su objeto es, precisamente, procurar la solución de los problemas que hoy enfrentan.
Ateniéndose a lo manifestado precedentemente, no se estima conveniente que llegue a materializarse y, es por eso que, en uso del derecho que me confiere el artículo N9 53 de la Constitución Política del Estado, vengo en formular las siguientes observaciones al proyecto de ley de qué trata:
Déjase sin efecto en todas sus partes el proyecto de ley aprobado por el Congreso Nacional, cuyo texto aparece inserto en el oficio Nº 2,239, de la Cámara de Diputados, con fecha de remisión 25 de septiembre de 1972.
Saluda atentamente a V. E.
(Fdo.) : Salvador Allende Gossens.
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