. . " OBSERVACION, EN SEGUNDO TRAMITE, FORMULADA POR EL EJECUTIVO AL PROYECTO DE LEY QUE ESTABLECE BENEFICIOS EN FAVOR DE LOS TRABAJADORES DE POLICIA DE ASEO DE LAS MUNICIPALIDADES. \nLa C\u00E1mara de Diputados ha tenido a bien rechazar la observaci\u00F3n formulada por Su Excelencia el Presidente de la Rep\u00FAblica al proyecto de ley que beneficia al personal de polic\u00EDa de aseo de las Municipalidades, pero no ha insistido en la aprobaci\u00F3n del texto primitivo. \nLa observaci\u00F3n en referencia consiste en la desaprobaci\u00F3n total del proyecto. \nLo que tengo a honra comunicar a V. E. \nAcompa\u00F1o los antecedentes respectivos. \n(Fdo.) : Luis Pareto Gonz\u00E1lez.-Ra\u00FAl Guerrero Guerrero. \nTexto de la observaci\u00F3n formulada por el Ejecutivo \nV. E. ha tenido a bien comunicar por oficio N\u00BA 2.239, remitido con fecha 25 de septiembre del a\u00F1o en curso, que el Honorable Congreso Nacional prest\u00F3 su aprobaci\u00F3n al proyecto de ley que agrega incisos al art\u00EDculo 110 de la Ley N\u00BA 11.860, para los efectos de declarar trabajos peligrosos la labor de extracci\u00F3n, transporte y tratamiento de la basura, concede derecho a feriado de 25 d\u00EDas h\u00E1biles al personal que desempe\u00F1a dicha labor e impone obligaciones a las Municipalidades que le significar\u00E1n un gasto excesivo en comunas rurales. \nComo se podr\u00E1 apreciar, la finalidad del referido proyecto de ley se considera de toda justificaci\u00F3n, ya que con ello se trata de mejorar las condiciones para el desempe\u00F1o de su trabajo, a aquellos obreros que prestan servicios a la colectividad, sin que ello malogre la salud de los mismos. \nNo obstante lo anterior, el Gobierno a trav\u00E9s de su Ministerio de Hacienda ha examinado las aludidas disposiciones en orden a ver la posibilidad de que ellas se pudieran concretar, ya que necesariamente deber\u00EDan contar las Corporaciones Edilicias con los fondos que su cumplimiento demande. Es as\u00ED, como se ha llegado a la conclusi\u00F3n que en definitiva gravar\u00EDan directamente al Fisco alterando la programaci\u00F3n presupuestaria. \nPor otra parte, el Ejecutivo, conociendo la crisis financiera de las Corporaciones Edilicias, abord\u00F3 el estudio de una nueva legislaci\u00F3n para ellas, confeccionando una Ley de Rentas Municipales que reemplazar\u00EDa el texto de la que rige actualmente en orden a modernizarla en sus diversos aspectos y, asimismo, prepar\u00F3 un proyecto de Ley Org\u00E1nica de las Municipalidades en la cual tiene especificado una concepci\u00F3n diferente del concepto de trabajo peligrosos y es el prop\u00F3sito remitir dichos proyectos de ley en fecha pr\u00F3xima para la consideraci\u00F3n de ese Honorable \nCongreso Nacional, ya que su objeto es, precisamente, procurar la soluci\u00F3n de los problemas que hoy enfrentan. \nAteni\u00E9ndose a lo manifestado precedentemente, no se estima conveniente que llegue a materializarse y, es por eso que, en uso del derecho que me confiere el art\u00EDculo N9 53 de la Constituci\u00F3n Pol\u00EDtica del Estado, vengo en formular las siguientes observaciones al proyecto de ley de qu\u00E9 trata: \nD\u00E9jase sin efecto en todas sus partes el proyecto de ley aprobado por el Congreso Nacional, cuyo texto aparece inserto en el oficio N\u00BA 2,239, de la C\u00E1mara de Diputados, con fecha de remisi\u00F3n 25 de septiembre de 1972. \nSaluda atentamente a V. E. \n(Fdo.) : Salvador Allende Gossens. \n \n " . . . . . "OBSERVACION, EN SEGUNDO TRAMITE, FORMULADA POR EL EJECUTIVO AL PROYECTO DE LEY QUE ESTABLECE BENEFICIOS EN FAVOR DE LOS TRABAJADORES DE POLICIA DE ASEO DE LAS MUNICIPALIDADES."^^ . . .