. . " INFORME DE LA COMISION DE TRABAJO Y PREVISION SOCIAL, RECAIDO EN LAS OBSERVACIONES DEL EJECUTIVO, EN SEGUNDO TR\u00C1MITE CONSTITUCIONAL, AL PROYECTO DE LEY QUE HACE EXTENSIVO A LOS FUNCIONARIOS DE LA EMPRESA DE COMERCIO AGRICOLA EL DERECHO AL SUELDO DEL GRADO SUPERIOR ESTABLECIDO EN EL ESTATUTO ADMINISTRATIVO. \nHonorable Senado: \nVuestra Comisi\u00F3n de Trabajo y Previsi\u00F3n Social tiene a honra informaros las observaciones del Ejecutivo, en segundo tr\u00E1mite constitucional, formuladas al proyecto de ley que hace extensivo a los funcionarios de la Empresa de Comercio Agr\u00EDcola el derecho al sueldo del grado superior establecido en el Estatuto Administrativo. \nLa primera observaci\u00F3n incide en el art\u00EDculo 1\u00B0 del proyecto de ley aprobado por el Congreso Nacional. Esta disposici\u00F3n hace aplicables a los empleados de la Empresa de Comercio Agr\u00EDcola ingresados con posterioridad al 6 de abril de 1960, en actual servicio y a los que ingresaren, los derechos al sueldo del grado superior y de asistencia m\u00E9dica por accidentes en actos del servicio o enfermedades contra\u00EDdas en el desempe\u00F1o de la funci\u00F3n. \nEl Ejecutivo propone agregar a esta disposici\u00F3n la obligaci\u00F3n de desempe\u00F1ar comisiones a que se refiere el p\u00E1rrafo 2\u00BA del T\u00EDtulo III del Estatuto Administrativo. \nLa Honorable C\u00E1mara de Diputados rechaz\u00F3 esta observaci\u00F3n. \nVuestra Comisi\u00F3n, con los votos de los Honorables Senadores se\u00F1ores Zald\u00EDvar, Foncea y Jarpa y el voto a favor del Honorable Senador se\u00F1or Araneda rechaz\u00F3 igualmente esta observaci\u00F3n. \nLa segunda observaci\u00F3n incide en el art\u00EDculo y tiene por objeto suprimirlo. Dicha disposici\u00F3n hace aplicable a los funcionarios de la Empresa de Comercio Agr\u00EDcola el art\u00EDculo 16 del D.F.L. N\u00BA 338, de 1960, que se\u00F1ala la forma en que ha de ingresarse en calidad de titular a cualquier empleo p\u00FAblico. \nLa Honorable C\u00E1mara de Diputados ha rechazado esta observaci\u00F3n, pero no ha insistido en la aprobaci\u00F3n del texto primitivo. \nVuestra Comisi\u00F3n, con los votos de los Honorables Senadores se\u00F1ores Zald\u00EDvar, Foncea y Jarpa, y el voto a favor del Honorable Senador se\u00F1or Araneda rechaz\u00F3 igualmente la observaci\u00F3n del Ejecutivo e insisti\u00F3 en el texto primitivo. \nLa tercera observaci\u00F3n incide en el art\u00EDculo 4\u00BA del proyecto y tiene por objeto suprimirlo. Esta disposici\u00F3n establece que para los efectos de la reestructuraci\u00F3n de las Plantas de Empleados y Auxiliares de Servicios de la Empresa de Comercio Agr\u00EDcola, como para los encasillamientos, deber\u00E1n conformarse comisiones bipartitas entre Empresa y Asociaci\u00F3n, debiendo tomarse como base la actual situaci\u00F3n jur\u00EDdica funcionar\u00EDa de los trabajadores. \nLa Honorable C\u00E1mara de Diputados rechaz\u00F3 esta observaci\u00F3n, sin insistir en la aprobaci\u00F3n del texto primitivo. \nVuestra Comisi\u00F3n, con los votos de los Honorables Senadores se\u00F1ores Zald\u00EDvar, Foncea y Jarpa, y con el voto a favor del Honorable Senador se\u00F1or Araneda rechaz\u00F3 esta observaci\u00F3n e insisti\u00F3 en el texto primitivo. \nEn consecuencia, os recomendamos adoptar los siguientes acuerdos en relaci\u00F3n con estas observaciones: \na) Rechazar la que consiste en agregar una frase al art\u00EDculo 1\u00BA. \nAcuerdo adoptado por mayor\u00EDa de votos. \nEl pronunciamiento del Senado no produce efectos jur\u00EDdicos. \nb) Rechazar la que consiste en suprimir el art\u00EDculo 2\u00BA e insistir en la aprobaci\u00F3n del texto original. \nAcuerdo adoptado por mayor\u00EDa de votos. \nEl pronunciamiento del Senado no produce efectos jur\u00EDdicos. \nc) Rechazar la que consiste en suprimir el art\u00EDculo 4\u00BA e insistir en la aprobaci\u00F3n del texto original. \nAcuerdo adoptado por mayor\u00EDa de votos. \nEl pronunciamiento del Senado no produce efectos jur\u00EDdicos. \nSala de la Comisi\u00F3n, a 8 de agosto de 1973. \nAcordado en sesi\u00F3n de esta misma fecha, con asistencia de los Honorables Senadores se\u00F1ores Zald\u00EDvar (Presidente), Araneda, Foncea y Jarpa. \n(Fdo.) : Andr\u00E9s Rodr\u00EDguez Cruchaga, Secretario. \n \n " . "INFORME DE LA COMISION DE TRABAJO Y PREVISION SOCIAL, RECAIDO EN LAS OBSERVACIONES DEL EJECUTIVO, EN SEGUNDO TR\u00C1MITE CONSTITUCIONAL, AL PROYECTO DE LEY QUE HACE EXTENSIVO A LOS FUNCIONARIOS DE LA EMPRESA DE COMERCIO AGRICOLA EL DERECHO AL SUELDO DEL GRADO SUPERIOR ESTABLECIDO EN EL ESTATUTO ADMINISTRATIVO."^^ . . . . . . .