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Honorable Senado:
Vuestra Comisión de Agricultura y Colonización tiene a honra informaros el proyecto de ley de la Honorable Cámara de Diputados, iniciado en Mensaje del Ejecutivo, que autoriza al Presidente de la República para transferir, a título gratuito, a la Asociación de Jubilados, Viudas y Montepíos de las Fuerzas Armadas de Talcahuano, un sitio fiscal ubicado en esa ciudad.
El proyecto de ley en informe fue iniciado en Mensaje de Su Excelencia el Presidente de la República el 19 de junio del año en curso. En él se señala que el predio fiscal situado en la Avenida Blanco Encalada Nº 830, del departamento de Talcahuano y cuyo dominio se autoriza transferir, ha sido concedido a la referida Asociación en uso gratuito por períodos renovables de dos años, mediante el Decreto Supremo Nº
272, de 23 de abril del presente año, con el objeto de que la Institución beneficiaría instale allí su sede social.
La citada concesión temporal, agrega el Mensaje, no habilita para efectuar construcciones de carácter permanente, pues esa finalidad sólo es posible cumplirla cuando se tiene la calidad de titular del derecho de dominio. Por consiguiente, la transferencia de este derecho permitirá a esa Asociación realizar los objetivos estatutarios que interesan a sus 300 miembros y familiares.
El Honorable Senador señor Pablo, presente en la sesión, informó que el sector donde actualmente se encuentra la sede social de los ex servidores de las Fuerzas Armadas de Talcahuano será próximamente demolido, ya que está sujeto a remodelación.
La unanimidad de los miembros presentes de esta Comisión concordó plenamente con los propósitos de la iniciativa en análisis y la prestó su aprobación en general.
Al proyecto de ley remitido por Su Excelencia el Presidente de la República, durante su tramitación en la Honorable Cámara de Diputados, le fueron agregados los dos últimos artículos.
El artículo 1º del proyecto de ley en estudio faculta al Presidente de la República para transferir, gratuitamente, el sitio fiscal que se individualiza, a la Asociación General de Jubilados, Viudas y Montepíos de las Fuerzas Armadas de Talcahuano.
El artículo 2º señala que la Asociación beneficiada sólo podrá destinar el inmueble indicado al cumplimiento de sus propios fines, consagrando, en el inciso segundo, la posibilidad de resolver la transferencia en caso de infracción de esa obligación.
La unanimidad de los miembros presentes de vuestra Comisión aprobó la sustitución del inciso segundo del artículo en comentario por otro que consulta la norma habitual para esta clase de transferencias, consistente en determinar las formalidades a que debe sujetarse la restitución de un bien raíz al Fisco.
Por el artículo 3º se concede a la Caja de Previsión de la Defensa Nacional la facultad para otorgar préstamos a la mencionada Asociación, con el objeto de que los aplique a la construcción de su sede social.
Unánimemente, vuestra Comisión aprobó una indicación del Honorable Senador señor Pablo sustitutiva del artículo 3º, tendiente a esclarecer que tales préstamos podrán otorgarse por la criada Caja sin sujeción a los preceptos orgánicos que la rigen.
Finalmente, el artículo 4º del proyecto de ley en informe contempla algunas especificaciones mínimas que deberá contener la futura sede social de la Asociación General de Jubilados, Viudas y Montepíos de las Fuerzas Armadas de Talcahuano, las cuales se tendrán presente para el otorgamiento de los referidos préstamos de construcción.
En virtud de lo expuesto, vuestra Comisión os recomienda aprobar el proyecto de ley en estudio, con las siguientes modificaciones:
Artículo 2º
Sustituir el inciso segundo por el siguiente:
Si no se diere cumplimiento a la obligación anterior, la transferencia se resolverá de pleno derecho, volviendo el inmueble al dominio del Fisco, con todas sus mejoras, sin cargo alguno para éste. En tal caso, previa verificación por la Contraloría General de la República de haberse infringido la obligación referida, el Ministerio de Tierras y Colonización dictará el correspondiente decreto de restitución, ordenando la cancelación de la inscripción del inmueble en el Conservador de Bienes Raíces y su nueva inscripción a nombre del Fisco..
Artículo 3º
Sustituirlo por el siguiente:
Artículo 3º-La Caja de Previsión de la Defensa Nacional queda facultada para conceder préstamos a la Asociación General de Jubilados de las Fuerzas Armadas de Talcahuano para la construcción de la nueva sede social, sin sujeción a sus leyes orgánicas y reglamentos..
Con las modificaciones anteriores, el proyecto de ley aprobado queda como sigue:
Proyecto de ley:
Artículo 1º.- Autorízase al Presidente de la República para transferir a título gratuito, a la Asociación General de Jubilados, Viudas y Montepíos de las Fuerzas Armadas de Talcahuano, el sitio fiscal situado en la comuna y departamento de Talcahuano de la provincia de Concepción, Avenida Blanco Encalada Nº 830, inscrito a nombre del Fisco a fojas 540 Nº 741 del Registro de Propiedad de 1963, del Conservador de Bienes Raíces de Talcahuano.
Artículo 2º.- La institución adquirente deberá destinar este inmueble directa y exclusivamente para sus finalidades propias señaladas en sus Estatutos.
Si no se diere cumplimiento a la obligación anterior, la transferencia se resolverá de pleno derecho, volviendo el inmueble al dominio del Fisco, con todas sus mejoras, sin cargo alguno para éste. En tal caso, previa verificación por la Contraloría General de la República de haberse infringido la obligación referida, el Ministerio de Tierras y Colonización dictará el correspondiente decreto de restitución, ordenando la cancelación de la inscripción del inmueble en el Conservador de Bienes Raíces y su nueva inscripción a nombre del Fisco.
Artículo 3º.- La Caja de Previsión de la Defensa Nacional queda facultada para conceder préstamos a la Asociación General de Jubilados de las Fuerzas Armadas de Talcahuano para la construcción de la nueva sede social, sin sujeción a sus leyes orgánicas y reglamentos.
Artículo 4º.- La Asociación General de Jubilados de las Fuerzas Armadas de Talcahuano consultará en sus planos y distribución de los diferentes locales del edificio, lo siguiente:
1.-Una biblioteca;
2.-Un economato, y
3.-Un casino social.
Sala de la Comisión, a 10 de agosto de 1973.
Acordado en sesión de fecha 8 de agosto en curso, con asistencia de los Honorables Senadores señores Moreno (Presidente), Aguirre Doo- lan y Araneda.
(Fdo.) : Rodemil Torres Vásquez, Secretario.
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