. . . . . " INFORME DE LA COMISION DE AGRICULTURA Y COLONIZACION, RECAIDO EN EL PROYECTO DE LEY DE LA HONORABLE CAMARA DE DIPUTADOS QUE AUTORIZA AL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA PARA TRANSFERIR, A TITULO GRATUITO, A LA ASOCIACION GENERAL DE JUBILADOS, VIUDAS Y MONTEPIOS DE LAS FUERZAS ARMADAS DE TALCAHUANO, EL SITIO FISCAL QUE INDICA. \nHonorable Senado: \nVuestra Comisi\u00F3n de Agricultura y Colonizaci\u00F3n tiene a honra informaros el proyecto de ley de la Honorable C\u00E1mara de Diputados, iniciado en Mensaje del Ejecutivo, que autoriza al Presidente de la Rep\u00FAblica para transferir, a t\u00EDtulo gratuito, a la Asociaci\u00F3n de Jubilados, Viudas y Montep\u00EDos de las Fuerzas Armadas de Talcahuano, un sitio fiscal ubicado en esa ciudad. \nEl proyecto de ley en informe fue iniciado en Mensaje de Su Excelencia el Presidente de la Rep\u00FAblica el 19 de junio del a\u00F1o en curso. En \u00E9l se se\u00F1ala que el predio fiscal situado en la Avenida Blanco Encalada N\u00BA 830, del departamento de Talcahuano y cuyo dominio se autoriza transferir, ha sido concedido a la referida Asociaci\u00F3n en uso gratuito por per\u00EDodos renovables de dos a\u00F1os, mediante el Decreto Supremo N\u00BA \n272, de 23 de abril del presente a\u00F1o, con el objeto de que la Instituci\u00F3n beneficiar\u00EDa instale all\u00ED su sede social. \nLa citada concesi\u00F3n temporal, agrega el Mensaje, no habilita para efectuar construcciones de car\u00E1cter permanente, pues esa finalidad s\u00F3lo es posible cumplirla cuando se tiene la calidad de titular del derecho de dominio. Por consiguiente, la transferencia de este derecho permitir\u00E1 a esa Asociaci\u00F3n realizar los objetivos estatutarios que interesan a sus 300 miembros y familiares. \nEl Honorable Senador se\u00F1or Pablo, presente en la sesi\u00F3n, inform\u00F3 que el sector donde actualmente se encuentra la sede social de los ex servidores de las Fuerzas Armadas de Talcahuano ser\u00E1 pr\u00F3ximamente demolido, ya que est\u00E1 sujeto a remodelaci\u00F3n. \nLa unanimidad de los miembros presentes de esta Comisi\u00F3n concord\u00F3 plenamente con los prop\u00F3sitos de la iniciativa en an\u00E1lisis y la prest\u00F3 su aprobaci\u00F3n en general. \nAl proyecto de ley remitido por Su Excelencia el Presidente de la Rep\u00FAblica, durante su tramitaci\u00F3n en la Honorable C\u00E1mara de Diputados, le fueron agregados los dos \u00FAltimos art\u00EDculos. \nEl art\u00EDculo 1\u00BA del proyecto de ley en estudio faculta al Presidente de la Rep\u00FAblica para transferir, gratuitamente, el sitio fiscal que se individualiza, a la Asociaci\u00F3n General de Jubilados, Viudas y Montep\u00EDos de las Fuerzas Armadas de Talcahuano. \nEl art\u00EDculo 2\u00BA se\u00F1ala que la Asociaci\u00F3n beneficiada s\u00F3lo podr\u00E1 destinar el inmueble indicado al cumplimiento de sus propios fines, consagrando, en el inciso segundo, la posibilidad de resolver la transferencia en caso de infracci\u00F3n de esa obligaci\u00F3n. \nLa unanimidad de los miembros presentes de vuestra Comisi\u00F3n aprob\u00F3 la sustituci\u00F3n del inciso segundo del art\u00EDculo en comentario por otro que consulta la norma habitual para esta clase de transferencias, consistente en determinar las formalidades a que debe sujetarse la restituci\u00F3n de un bien ra\u00EDz al Fisco. \nPor el art\u00EDculo 3\u00BA se concede a la Caja de Previsi\u00F3n de la Defensa Nacional la facultad para otorgar pr\u00E9stamos a la mencionada Asociaci\u00F3n, con el objeto de que los aplique a la construcci\u00F3n de su sede social. \nUn\u00E1nimemente, vuestra Comisi\u00F3n aprob\u00F3 una indicaci\u00F3n del Honorable Senador se\u00F1or Pablo sustitutiva del art\u00EDculo 3\u00BA, tendiente a esclarecer que tales pr\u00E9stamos podr\u00E1n otorgarse por la criada Caja sin sujeci\u00F3n a los preceptos org\u00E1nicos que la rigen. \nFinalmente, el art\u00EDculo 4\u00BA del proyecto de ley en informe contempla algunas especificaciones m\u00EDnimas que deber\u00E1 contener la futura sede social de la Asociaci\u00F3n General de Jubilados, Viudas y Montep\u00EDos de las Fuerzas Armadas de Talcahuano, las cuales se tendr\u00E1n presente para el otorgamiento de los referidos pr\u00E9stamos de construcci\u00F3n. \nEn virtud de lo expuesto, vuestra Comisi\u00F3n os recomienda aprobar el proyecto de ley en estudio, con las siguientes modificaciones: \n \nArt\u00EDculo 2\u00BA \nSustituir el inciso segundo por el siguiente: \nSi no se diere cumplimiento a la obligaci\u00F3n anterior, la transferencia se resolver\u00E1 de pleno derecho, volviendo el inmueble al dominio del Fisco, con todas sus mejoras, sin cargo alguno para \u00E9ste. En tal caso, previa verificaci\u00F3n por la Contralor\u00EDa General de la Rep\u00FAblica de haberse infringido la obligaci\u00F3n referida, el Ministerio de Tierras y Colonizaci\u00F3n dictar\u00E1 el correspondiente decreto de restituci\u00F3n, ordenando la cancelaci\u00F3n de la inscripci\u00F3n del inmueble en el Conservador de Bienes Ra\u00EDces y su nueva inscripci\u00F3n a nombre del Fisco.. \n \nArt\u00EDculo 3\u00BA\t \nSustituirlo por el siguiente: \nArt\u00EDculo 3\u00BA-La Caja de Previsi\u00F3n de la Defensa Nacional queda facultada para conceder pr\u00E9stamos a la Asociaci\u00F3n General de Jubilados de las Fuerzas Armadas de Talcahuano para la construcci\u00F3n de la nueva sede social, sin sujeci\u00F3n a sus leyes org\u00E1nicas y reglamentos.. \nCon las modificaciones anteriores, el proyecto de ley aprobado queda como sigue: \n \nProyecto de ley: \nArt\u00EDculo 1\u00BA.- Autor\u00EDzase al Presidente de la Rep\u00FAblica para transferir a t\u00EDtulo gratuito, a la Asociaci\u00F3n General de Jubilados, Viudas y Montep\u00EDos de las Fuerzas Armadas de Talcahuano, el sitio fiscal situado en la comuna y departamento de Talcahuano de la provincia de Concepci\u00F3n, Avenida Blanco Encalada N\u00BA 830, inscrito a nombre del Fisco a fojas 540 N\u00BA 741 del Registro de Propiedad de 1963, del Conservador de Bienes Ra\u00EDces de Talcahuano. \nArt\u00EDculo 2\u00BA.- La instituci\u00F3n adquirente deber\u00E1 destinar este inmueble directa y exclusivamente para sus finalidades propias se\u00F1aladas en sus Estatutos. \nSi no se diere cumplimiento a la obligaci\u00F3n anterior, la transferencia se resolver\u00E1 de pleno derecho, volviendo el inmueble al dominio del Fisco, con todas sus mejoras, sin cargo alguno para \u00E9ste. En tal caso, previa verificaci\u00F3n por la Contralor\u00EDa General de la Rep\u00FAblica de haberse infringido la obligaci\u00F3n referida, el Ministerio de Tierras y Colonizaci\u00F3n dictar\u00E1 el correspondiente decreto de restituci\u00F3n, ordenando la cancelaci\u00F3n de la inscripci\u00F3n del inmueble en el Conservador de Bienes Ra\u00EDces y su nueva inscripci\u00F3n a nombre del Fisco. \nArt\u00EDculo 3\u00BA.- La Caja de Previsi\u00F3n de la Defensa Nacional queda facultada para conceder pr\u00E9stamos a la Asociaci\u00F3n General de Jubilados de las Fuerzas Armadas de Talcahuano para la construcci\u00F3n de la nueva sede social, sin sujeci\u00F3n a sus leyes org\u00E1nicas y reglamentos. \nArt\u00EDculo 4\u00BA.- La Asociaci\u00F3n General de Jubilados de las Fuerzas Armadas de Talcahuano consultar\u00E1 en sus planos y distribuci\u00F3n de los diferentes locales del edificio, lo siguiente: \n1.-Una biblioteca; \n2.-Un economato, y \n3.-Un casino social. \nSala de la Comisi\u00F3n, a 10 de agosto de 1973. \nAcordado en sesi\u00F3n de fecha 8 de agosto en curso, con asistencia de los Honorables Senadores se\u00F1ores Moreno (Presidente), Aguirre Doo- lan y Araneda. \n(Fdo.) : Rodemil Torres V\u00E1squez, Secretario. \n \n " . . . "INFORME DE LA COMISION DE AGRICULTURA Y COLONIZACION, RECAIDO EN EL PROYECTO DE LEY DE LA HONORABLE CAMARA DE DIPUTADOS QUE AUTORIZA AL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA PARA TRANSFERIR, A TITULO GRATUITO, A LA ASOCIACION GENERAL DE JUBILADOS, VIUDAS Y MONTEPIOS DE LAS FUERZAS ARMADAS DE TALCAHUANO, EL SITIO FISCAL QUE INDICA."^^ . .