. . " ACLARACION DE LEY QUE CREO LA CAJA DE PREVISION DE COMERCIANTES, PEQUE\u00D1OS INDUSTRIALES, TRANSPORTISTAS E INDEPENDIENTES. VETO. \n \nEl se\u00F1or FIGUEROA (Secretario).-\r\n \n \n Observaci\u00F3n del Ejecutivo, en segundo tr\u00E1mite constitucional, al proyecto que aclara la ley N\u00BA 17.592, que cre\u00F3 la Caja de Previsi\u00F3n Social de los Comerciantes, Peque\u00F1os Industriales, Transportistas e Independientes. \nLa Comisi\u00F3n de Trabajo y Previsi\u00F3n Social, en informe suscrito por los Honorables se\u00F1ores Ballesteros (Presidente), Jarpa y Lavandero, recomienda a la Sala aprobar s\u00F3lo los art\u00EDculos 8\u00BA y 10 que propuso el Gobierno, y desechar los ocho restantes. Por su parte, la Comisi\u00F3n de Hacienda, compartiendo dicho criterio, hace al Senado igual recomendaci\u00F3n. \nLos antecedentes sobre el proyecto figuran en los Diarios de Sesiones que se indican: \nProyecto de ley: \nEn segundo tr\u00E1mite, sesi\u00F3n 58\u00AA, en 2 de enero de 1973. \nObservaciones: \nEn segundo tr\u00E1mite, sesi\u00F3n 26\u00AA, en 3 de julio de 1973. \nInformes de Comisi\u00F3n: \nTrabajo y Previsi\u00F3n Social, sesi\u00F3n 83\u00AA, en 28 de marzo de 1973. \nTrabajo y Previsi\u00F3n Social (veto), sesi\u00F3n 49\u00AA, en 24 de julio de 1973. Hacienda (veto), sesi\u00F3n 49\u00AA, en 24 de julio de 1973. \nDiscusi\u00F3n: \nSesiones 84\u00AA, en 3 de abril de 1973, y 86\u00AA en 10 de abril de 1973 (se aprueba en general y particular). \n \n \nEl se\u00F1or FREI (Presidente).- \n En discusi\u00F3n general y particular las observaciones. \nOfrezco la palabra. \n \nEl se\u00F1or VALENTE.- \n Se\u00F1or Presidente, las Comisiones de Trabajo y de Hacienda del Senado, respecto de la observaci\u00F3n del Ejecutivo consistente en reemplazar por otro el texto de la iniciativa que aprob\u00F3 el Congreso, proponen a la Sala aprobar s\u00F3lo los art\u00EDculos 8\u00BA y 10 introducidos por si Gobierno, en tanto que la C\u00E1mara acogi\u00F3 los art\u00EDculos 2\u00BA, 8\u00BA y 10. \nProvoca la diferencia de criterios el art\u00EDculo 2\u00BA que sugiere el Ejecutivo, que dice: \nArt\u00EDculo 2\u00BA.- Elim\u00EDnase la parte final del inciso primero del art\u00EDculo 1\u00BA del D.F.L. N\u00BA 353, de 1960, que comienza con las expresiones como tambi\u00E9n y que termina con las palabras estas operaciones ; y sustituyese la coma (,) colocada a continuaci\u00F3n de la menci\u00F3n que se hace de las Fuerzas Armadas por un punto (.). Elim\u00EDnase el inciso segundo del mismo art\u00EDculo. \nEn vista de la poca claridad de dicho precepto, me parece conveniente saber de qu\u00E9 se trata. Porque si la C\u00E1mara de Diputados, luego de un estudio que pudo haber sido acucioso, acept\u00F3 el veto del Gobierno, es necesario saber por qu\u00E9 las Comisiones de Trabajo y de Hacienda del Senado proponen rechazarlo. \nPor eso, solicito una aclaraci\u00F3n al respecto y que se nos diga de qu\u00E9 se trata. Opino que es preciso remitirse al citado decreto con fuerza de ley. \n \nEl se\u00F1or FIGUEROA (Secretario).- \n Es un art\u00EDculo nuevo propuesto por el Ejecutivo, se\u00F1or Senador. \n \nEl se\u00F1or VALENTE.- \n Exacto. \n \nEl se\u00F1or FREI (Presidente).- \n La verdad de las cosas. . . \n \nEl se\u00F1or VALENTE.- \n \u00BFMe permite, se\u00F1or Presidente? \nEstoy leyendo la parte expositiva del informe de la Comisi\u00F3n de Trabajo. All\u00ED se dice: El art\u00EDculo 2\u00BA modifica -el D.F.L. N\u00BA 353, de 1960, con el objeto de permitir que las instituciones semifiscales puedan adquirir material de oficina y bienes muebles destinados a su funcionamiento en forma directa, sin intervenci\u00F3n de la Direcci\u00F3n de Aprovisionamiento del Estado. O sea, es una forma de establecer la adquisici\u00F3n de dichos elementos por las distintas cajas de previsi\u00F3n, entre las que se encuentra la de los Comerciantes, Peque\u00F1os Industriales, Transportistas e Independientes. \nPor eso, considero \u00FAtil aprobar el art\u00EDculo 2\u00BA que sugiere el Ejecutivo. De acogerlo, seguir\u00EDamos el mismo criterio de la C\u00E1mara de Diputados. \nEl informe de la Comisi\u00F3n de Trabajo aclara un poco el alcance de dicho art\u00EDculo 2\u00BA, que soy partidario de mantener. \n \nEl se\u00F1or FREI (Presidente).- \n Ofrezco la palabra. \n \nEl se\u00F1or BALLESTEROS.- \n En forma muy breve, deseo expresar que la Comisi\u00F3n de Trabajo estim\u00F3 que de ning\u00FAn modo era aconsejable aprobar el veto que significa sustraer de la Direcci\u00F3n de Aprovisionamiento del Estado la facultad de determinar los bienes muebles que pueden adquirir las respectivas instituciones semifiscales. En un principio, de acuerdo con la Caja de Previsi\u00F3n de los Comerciantes y en virtud de la configuraci\u00F3n tan especial de \u00E9sta, se le iba a dar esa atribuci\u00F3n. Lamentablemente, el Gobierno la hizo extensiva a todos los organismos semifiscales, lo que nos parece una mala norma. Por esta raz\u00F3n, la Comisi\u00F3n de Trabajo primero, y con posterioridad la de Hacienda, por la unanimidad de sus miembros, estimaron oportuno aconsejar el rechazo del veto. \n \n \nEl se\u00F1or FREI (Presidente).- \n \n Ofrezco la palabra. \nOfrezco la palabra. \nCerrado el debate. \nEn votaci\u00F3n. \n \n \nEl se\u00F1or FIGUEROA (Secretario).- \n Resultado de la- votaci\u00F3n-: 17 votos negativos, 4 votos afirmativos y un pareo. \n \nEl se\u00F1or FREI (Presidente).- \n Rechazada la observaci\u00F3n. \nSi le parece a la Sala, y con la misma votaci\u00F3n anterior, se aprobar\u00E1 el informe en lo concerniente al resto de las observaciones. \n \nEl se\u00F1or BALLESTEROS.- \n \u00A1No, se\u00F1or Presidente! Yo propuse que en el art\u00EDculo 8\u00B0 se divida la votaci\u00F3n. Por lo tanto, pido votar separadamente los incisos de dicho art\u00EDculo. \n \nEl se\u00F1or FREI (Presidente).- \n \u00BFEl art\u00EDculo 8\u00B0, se\u00F1or Senador? \n \nEl se\u00F1or BALLESTEROS.- \n S\u00ED, se\u00F1or Presidente. \n \nEl se\u00F1or FREI (Presidente).- \n Entonces, se dar\u00EDa por aprobado el informe, salvo en lo referente al art\u00EDculo 8\u00B0, que se votar\u00EDa. \nAcordado. \n \nEl se\u00F1or FIGUEROA (Secretario).- \n El art\u00EDculo 8\u00B0 consta de dos incisos. \n \nEl se\u00F1or BALLESTEROS.- \n Deseo que la votaci\u00F3n se haga precisamente por incisos, porque ellos consignan dos materias independientes y separadas. \n \nEl se\u00F1or FREI (Presidente).- \n \u00BFPor qu\u00E9 no explica de qu\u00E9 se trata, se\u00F1or Senador? \n \n \n \n \nEl se\u00F1or BALLESTEROS.-\r\n \n \n Como podr\u00E1 apreciarlo la Mesa, el art\u00EDculo 8\u00BA contiene dos ideas perfectamente separables. La primera de ellas es la referente a las remuneraciones del personal de la Caja de Previsi\u00F3n Social de los Comerciantes, los cuales no estar\u00E1n sujetas al tope que establece el D. F. L. N\u00BA 68. La segunda idea, cuya votaci\u00F3n separada solicit\u00E9, faculta al Consejo provisional de ese organismo para que dentro del \u00FAltimo trimestre de 1973 fije, por una sola vez, la planta del personal y sus remuneraciones. Esto \u00FAltimo lo consideramos del todo desaconsejable por la flexibilidad que queremos dar a esa caja con el objeto de que pueda modificar, no una sola vez, sino las que estime convenientes, la planta del personal y sus remuneraciones, conforme al car\u00E1cter aut\u00F3nomo que se le ha otorgado. Este es el motivo por el cual rechazaremos esta \u00FAltima facultad. \n \n \n \n \nEl se\u00F1or FONCEA.-\r\n \n \u00BFMe permite la palabra, se\u00F1or Presidente, para hacer una pregunta? \nEl proyecto despachado por el Congreso y vetado por el Ejecutivo conten\u00EDa un art\u00EDculo \u00FAnico destinado a establecer que la Caja de los Comerciantes, Peque\u00F1os Comerciantes, Transportistas e Independientes no fuera una instituci\u00F3n semifiscal ni estuviera por lo tanto, sujeta a las disposiciones que rigen a este tipo de institutos. Sin embargo, a la aprobaci\u00F3n de dicho art\u00EDculo \u00FAnico se ha contestado con un veto que contiene diversos preceptos sobre diferentes materias. \nLas dos Comisiones que estudiaron el proyecto emitieron sus informes respectivos. Entonces, yo pregunto: \u00BFen qu\u00E9 queda la disposici\u00F3n constitucional que nosotros aprobamos en el art\u00EDculo 53, inciso segundo, que dispone que en ning\u00FAn caso se admitir\u00E1n las observaciones que no digan relaci\u00F3n directa con las ideas matrices o fundamentales del proyecto? A mi juicio, esto es letra muerta. Y, desde luego, lo ocurrido con este veto contrasta abiertamente con lo que nos sucede a los Senadores, pues cada vez que alguno de nosotros presenta una indicaci\u00F3n que no guarda relaci\u00F3n con la idea matriz de determinada iniciativa, ella de inmediato es declarada improcedente. \nEl Gobierno inclusive recurri\u00F3 al Tribunal Constitucional, acusando al Parlamento de haber aprobado en la ley de Presupuestos del a\u00F1o pasado una serie de normas que, seg\u00FAn \u00E9l, no guardaban relaci\u00F3n con la idea matriz del proyecto respectivo. Form\u00F3 gran esc\u00E1ndalo sobre el particular, y el tribunal mencionado le dio la raz\u00F3n. Sin embargo, resulta que ahora el Ejecutivo, trat\u00E1ndose de este proyecto que modifica la ley que cre\u00F3 la Caja de Previsi\u00F3n de los Comerciantes, manda un veto compuesto de diez art\u00EDculos que legislan sobre diferentes materias. Aqu\u00ED los discuten dos Comisiones, y nadie declara que talas art\u00EDculos son improcedentes. \nLa verdad es que, en vista de lo ocurrido, me agradar\u00EDa que la Corporaci\u00F3n estatuyera un sistema o norma que fuera aplicable no s\u00F3lo a los legisladores, sino tambi\u00E9n al Ejecutivo. Porque si vamos a estar despachando preceptos constitucionales que no ser\u00E1n aplicados, me parece preferible no seguir aprob\u00E1ndolos. \nEra cuanto quer\u00EDa manifestar. \n \n \nEl se\u00F1or FREI (Presidente).- \n En primer t\u00E9rmino, debo advertir al se\u00F1or Senador que fue la C\u00E1mara de origen la que calific\u00F3 estos vetos. Ahora la iniciativa est\u00E1 en otro tr\u00E1mite y no corresponde al Senado hacer esa calificaci\u00F3n, sino s\u00F3lo aceptar o rechazar las observaciones. \n \nEl se\u00F1or FONCEA.- \n \u00BFMe permite, se\u00F1or Presidente? Tampoco concuerdo con el criterio de la Mesa, porque nosotros constituimos una C\u00E1mara revisora; o sea, examinamos los errores que pueda cometer la otra rama legislativa. Pero resulta que ahora estamos impedidos de ejercer esa funci\u00F3n que nos asigna la Carta Fundamental. Creo que, trat\u00E1ndose de legislar bien, cualquiera de las dos ramas del Congreso puede enmendar un error cometido por la otra. \n \n \nEl se\u00F1or FREI (Presidente).- \n No tenemos facultad para hacerlo. \nEn votaci\u00F3n el art\u00EDculo 8\u00BA, conforme a la proposici\u00F3n del Honorable se\u00F1or Ballesteros. \n \nEl se\u00F1or BALLESTEROS.- \n Previamente hay que dar por aprobado el inciso primero. \n \nEl se\u00F1or FREI (Presidente).- \n Si le parece a la Sala, y si no se pide votaci\u00F3n, se dar\u00E1 por aprobado el inciso primero del art\u00EDculo 8\u00BA. \n \nEl se\u00F1or FONCEA.- \n Con mi voto en contra. \n \nEl se\u00F1or FREI (Presidente).- \n Acordado. \nEn votaci\u00F3n el inciso segundo. \n(Durante la votaci\u00F3n): \n \n \n \nEl se\u00F1or VALENTE.-\r\n \n \n Voy a fundamentar m\u00ED voto, se\u00F1or Presidente. \nLa ley que cre\u00F3 la Caja de Previsi\u00F3n de los Comerciantes, la N\u00BA 17.592, entrega al Vicepresidente de dicho organismo, entre otras facultades, precisamente la de nombrar al personal menor de ella, como una forma de resolver el problema de atenci\u00F3n de diferentes servicios. Ahora, entiendo que la norma planteada por el Ejecutivo en esta observaci\u00F3n -me parece buena- tiende a complementar esa atribuci\u00F3n del Consejo de la Caja, el cual delega facultad en su Vicepresidente Ejecutivo, en cuanto a que pueda nombrar no s\u00F3lo al personal subalterno o menor, sino tambi\u00E9n al resto de los funcionarios, porque de otra manera ese instituto previsi\u00F3n al no podr\u00EDa funcionar. Entonces, si no aprobamos el precepto sugerido por el Ejecutivo, la Caja quedar\u00E1 con el problema que significa carecer de facultades para nombrar al personal y, en consecuencia, no podr\u00E1 funcionar. \nTengo la impresi\u00F3n de que el objetivo y el alcance del veto no es otro que el de complementar la disposici\u00F3n contenida, seg\u00FAn me parece, en el art\u00EDculo 38 de la ley 17.592, que fija las facultades de! Vicepresidente Ejecutivo de esa Caja y, entre ellas, la de designar, proponi\u00E9ndolo al Consejo, al personal menor de la misma. \nEn esto yo no advierto arbitrariedad alguna ni intento de nombrar en forma indiscriminada a ese personal. Por lo dem\u00E1s, se sabe que en el Consejo de la Caja de Previsi\u00F3n de los Comerciantes no hay mayor\u00EDa de Gobierno, raz\u00F3n por la cual no se puede suponer que s\u00F3lo habr\u00E1 nombramiento de personas que sean adictas a aqu\u00E9l. Se trata, simplemente, de agilizar el trabajo de ese organismo previsional, con el objeto de que no demore el inicio de sus actividades y pueda ir resolviendo desde ya los problemas de los miles de impenentes acogidos a \u00E9l. Creo que \u00E9ste es el alcance real de la observaci\u00F3n, y nosotros la votaremos favorablemente. \n \n \n \n \nEl se\u00F1or BALLESTEROS.-\r\n \n \n Con el \u00E1nimo de ser breve, me voy a permitir leer parte de la comunicaci\u00F3n que, en mi car\u00E1cter de Presidente de la Comisi\u00F3n de Trabajo del Senado, me dirigieron precisamente las autoridades de esa caja de previsi\u00F3n. Ellas rechazan en dicha nota esta parte del veto, argumentando lo que leer\u00E9 textualmente: \nLa ley N\u00BA 17.592 otorg\u00F3 al Consejo Provisorio, un plazo para fijar la Planta y Remuneraciones del Personal, el que venciera el 19 de julio de 1972, disposiciones que el Consejo cumpli\u00F3. De aprobarse esta norma que pedimos se rechace, producir\u00EDa el contrasentido de dejar en la m\u00E1s absoluta incertidumbre lo ya v\u00E1lidamente actuado por el Consejo. En el inciso 1\u00BA del mismo art\u00EDculo 8\u00BA se suprimen algunas limitaciones legales que obligan a revisar las remuneraciones acordadas, por lo que no es necesario establecerlo. El fijar la Planta del Personal por una sola vez, significa que el Consejo solamente en el futuro va a poder modificarla por medio de una ley, lo que consideramos poco pr\u00E1ctico. Por otra parte, si el Consejo Provisorio solamente puede fijar Planta y Remuneraciones durante el \u00FAltimo trimestre de 1973, es claro que en el hecho, vendr\u00EDa a estar en condiciones de contar con funcionarios en los primeros meses de 1974, lo que significa postergar la puesta en marcha de la Caja, por una vez m\u00E1s. \nEn otras palabras, creo que la nota dirigida por el Vicepresidente de la Caja de Previsi\u00F3n de los Comerciantes ahorra mayores comentarios y funda mi rechazo del veto, que en este momento ha sido apoyado por el Honorable se\u00F1or Valente, me parece que por falta de antecedentes. \nPor las consideraciones expuestas, voto que no, en nombre de los Senadores democratacristianos. \n \n \n \n \nEl se\u00F1or OCHAGAVIA.-\r\n \n \n Se\u00F1or Presidente, quiero reafirmar, en mi fundamento de rechazo a la observaci\u00F3n del Ejecutivo, la posici\u00F3n de los Senadores nacionales en esta materia. \nNosotros tenemos especial inter\u00E9s en que esa nueva caja de previsi\u00F3n -organismo que ser\u00E1 administrado por los propios imponentes- constituya una experiencia que muestre hasta d\u00F3nde la eficiencia de una buena administraci\u00F3n hace posible entregar una previsi\u00F3n barata, a diferencia de lo que ha ocurrido hasta ahora con la entregada por los organismos del Estado o semifiscales, que es la m\u00E1s onerosa y mala del mundo. Y \u00E9ste es, precisamente, el fundamento que hemos tenido para manifestar nuestra oposici\u00F3n a cualquiera iniciativa del Gobierno tendiente a imponer una norma de intromisi\u00F3n en esa caja, que por ser aut\u00F3noma, deseamos que tenga la independencia suficiente. Nosotros tenemos fe en quienes la administran, pues se trata de hombres que, por su actividad, han demostrado ser capaces de llevar a cabo iniciativas creadoras y, mediante su esfuerzo y trabajo, de realizar obras con \u00E9xito y eficiencia. \nPor estas consideraciones, los Senadores nacionales rechazaremos el veto, reafirmando nuestra fe en un sistema que significar\u00E1 entregar previsi\u00F3n a quienes antes no ten\u00EDan tal beneficio. Esperamos que la administraci\u00F3n del organismo previsional por sus propios imponentes d\u00E9 resultados y su ejemplo constituya una norma aplicable en lo futuro a otros sectores que hoy d\u00EDa ven c\u00F3mo se pierden sus recursos debido a la inflaci\u00F3n y no reciben los beneficios acumulados por concepto de a\u00F1os de imposiciones. \nVoto en contra del veto. \n \n-Se rechaza el inciso segundo (16 votos contra 4, una abstenci\u00F3n y un pareo). \n \n \nEl se\u00F1or FREI (Presidente).- \n Terminada la discusi\u00F3n del veto. \n \n " . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . "ACLARACION DE LEY QUE CREO LA CAJA DE PREVISION DE COMERCIANTES, PEQUE\u00D1OS INDUSTRIALES, TRANSPORTISTAS E INDEPENDIENTES. VETO."^^ .