. . . . . . " DESAFUERO DEL INTENDENTE DE LA PROVINCIA DE SANTIAGO, DON JULIO STUARDO GONZ\u00C1LEZ.El se\u00F1or EGAS (Secretario subrogante). \nEn primer lugar, corresponde pronunciarse acerca de la solicitud de desafuero del Intendente de la provincia de Santiago, don Julio Stuardo Gonz\u00E1lez, interpuesta por el Fiscal de la Ilustr\u00EDsima Corte de Apelaciones de Santiago, don Luis Hermosilla Le\u00F3n. \nLa Comisi\u00F3n de Constituci\u00F3n, Legislaci\u00F3n, Justicia y Reglamento, en informe suscrito por los Honorables se\u00F1ores Bulnes Sanfuentes (Presidente), Ballesteros, Hamilton, Miranda y Su\u00E1rez, propone a la Sala, por dos votos a favor, dos en contra y una abstenci\u00F3n, declarar que no ha lugar la formaci\u00F3n de causa en materia criminal en contra del se\u00F1or Intendente de Santiago, don Julio Stuardo Gonz\u00E1lez, por los hechos materia del requerimiento. \nEl informe aparece en los Anexos de la sesi\u00F3n 59\u00AA, en 21 de agosto de 1973. \nSe rechaza el informe (13 votos contra 10). \n \n " . . . . . . . "DESAFUERO DEL INTENDENTE DE LA PROVINCIA DE SANTIAGO, DON JULIO STUARDO GONZ\u00C1LEZ."^^ .