. . . " El se\u00F1or DIEZ.- \n Pero la alteraci\u00F3n de la divisi\u00F3n pol\u00EDtica o administrativa pro- puesta por el Ejecutivo es un todo. Ese todo se aprueba o se rechaza. Si modificamos esa alteraci\u00F3n basados en que el Ejecutivo inici\u00F3 un proyecto para modificar la divisi\u00F3n pol\u00EDtica o administrativa del pa\u00EDs, nos estamos tomando una facultad o competencia que la Constituci\u00F3n no nos da. Por eso, no me cabe duda alguna, como tampoco les cabe a los dem\u00E1s profesores del ramo, de que en lo que respecta a la divisi\u00F3n pol\u00EDtica o administrativa del pa\u00EDs, el Congreso tiene s\u00F3lo una alternativa: aprobar o rechazar lo propuesto por el Presidente de la Rep\u00FAblica, porque la divisi\u00F3n es un todo. Al modificar se todo, estamos tomando una iniciativa que no nos pertenece. \nSe podr\u00E1 sostener que estar\u00EDamos facultados para disminuir un departamento. Pues bien, en ese caso, \u00BFqu\u00E9 hacemos con el resto del territorio? Tendr\u00EDamos que agregarlo, naturalmente, a otro departamento, para lo cual, insisto una vez m\u00E1s, no tenemos iniciativa. \nPor lo anterior, y lament\u00E1ndolo mucho, pienso que s\u00F3lo quedan dos soluciones: enviar la indicaci\u00F3n de los Honorables se\u00F1ores Moreno y Valenzuela al Ejecutivo para que \u00E9ste la patrocine, si lo tiene a bien; o despachar el proyecto tal como est\u00E1, esperando que el Presidente de la Rep\u00FAblica, mediante el veto, proponga una disposici\u00F3n de esta naturaleza; pero no podemos nosotros alterar la divisi\u00F3n pol\u00EDtica o administrativa ni aun por la v\u00EDa indirecta de las indicaciones formuladas a proyectos iniciados en mensaje del Ejecutivo. \n \n " . .