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- rdf:value = " El señor DIEZ.-
No conozco el problema práctico, pero quiero dar mi opinión sobre el aspecto jurídico aquí planteado.
No me cabe ninguna duda de que la Constitución impide al Congreso Nacional alterar la división política o administrativa del país. No se trata de que el Senado disminuya comunas integrantes de un departamento, porque, ¿qué destino tendrían las comunas que excluimos? Deberían agregarse a otro departamento, lo cual significaría aumentar la división política o administrativa. De manera que no hay ninguna duda...
El señor MORENO.-
No se está aumentando: se, mantiene el departamento tal como está.
El señor DIEZ.-
Pero la alteración de la división política o administrativa pro- puesta por el Ejecutivo es un todo. Ese todo se aprueba o se rechaza. Si modificamos esa alteración basados en que el Ejecutivo inició un proyecto para modificar la división política o administrativa del país, nos estamos tomando una facultad o competencia que la Constitución no nos da. Por eso, no me cabe duda alguna, como tampoco les cabe a los demás profesores del ramo, de que en lo que respecta a la división política o administrativa del país, el Congreso tiene sólo una alternativa: aprobar o rechazar lo propuesto por el Presidente de la República, porque la división es un todo. Al modificar se todo, estamos tomando una iniciativa que no nos pertenece.
Se podrá sostener que estaríamos facultados para disminuir un departamento. Pues bien, en ese caso, ¿qué hacemos con el resto del territorio? Tendríamos que agregarlo, naturalmente, a otro departamento, para lo cual, insisto una vez más, no tenemos iniciativa.
Por lo anterior, y lamentándolo mucho, pienso que sólo quedan dos soluciones: enviar la indicación de los Honorables señores Moreno y Valenzuela al Ejecutivo para que éste la patrocine, si lo tiene a bien; o despachar el proyecto tal como está, esperando que el Presidente de la República, mediante el veto, proponga una disposición de esta naturaleza; pero no podemos nosotros alterar la división política o administrativa ni aun por la vía indirecta de las indicaciones formuladas a proyectos iniciados en mensaje del Ejecutivo.
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