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El señor FONCEA.-
Señor Presidente, alcancé a formular algunos reparos a, la iniciativa en debate en lo concerniente a la tramitación que le ha dado el Senado, porque las leyes a que se refiere el proyecto, las Nº 16.446 y 17.173, establecen pensiones de gracia y, en consecuencia, me parece evidente que el asunto que ahora nos ocupa debió cumplir las disposiciones reglamentarias relativas a ese tipo de beneficio, o sea, que en primer lugar la Comisión respectiva debió emitir informe, como lo ordena una ley muy antigua que data del siglo pasado. Si no se cumple este trámite, según los preceptos de la ley a que me refiero, el proyecto en debate no puede tratarse.
Pero no es sólo este aspecto el que me merece reparos, pues yo no entiendo cómo pueden patrocinarse iniciativas sobre asuntos de gracia que no indican los nombres de los beneficiados. Sin embargo, la legislación que discutimos es indeterminada, no se sabe quiénes recibirán el beneficio.
El Senado debe saber que en 1946, a raíz de la adquisición por el Estado de la Empresa de Transportes Colectivos los tranvías de esa época, se dictó una ley para beneficiar al personal que laboraba en esa empresa; pero para, lograr ese objetivo han sido necesarias diez u once iniciativas legales. La primera consistió en una indemnización que, en ese tiempo, cuando ella se discutió, hace ya más de veinte años, se estimó que era la indemnización definitiva que recibiría dicho personal. Pero después se ha patrocinado una serie de iniciativas que han propuesto pensiones de gracia, pensiones asimiladas a las otorgadas por el Servicio de Seguro Social y, más adelante, compatibilidad entre estas pensiones y las que perciben los personales sujetos a otros regímenes previsionales. Es decir, se aprobaron numerosas franquicias, todo lo cual terminó con el sistema que acabo de señalar.
Estimo que aquí en Chile hay miles de personas, sobre todo en sectores asalariados de campesinos y obreros, que por diversas razones no han podido acogerse a régimen previsional alguno, sea porque tienen 60, 65 o más años de edad y han tenido un mal patrón que no cumplió las leyes sociales, sea porque el patrón no pudo hacer las imposiciones por falta de disponibilidad o por otras razones. No obstante, cualesquiera que fueran éstas, esas personas, después de toda una vida de trabajo, no tienen beneficio previsional alguno. Entonces, yo me pregunto cómo es posible que mediante esta nueva iniciativa se pueda exagerar la nota y beneficiar a un personal que laboró hace treinta años y que en su mayoría puede haber fallecido.
Sin embargo, lo que más me inquieta por eso pedí la palabra en la sesión anterior son las razones que señalé anteriormente. Estimo que no pueden tramitarse iniciativas sobre pensiones de gracia sin señalar con toda precisión la identidad del personal beneficiado, y sin que se cumpla el requisito de que la Comisión de Asuntos de Gracia emita el informe correspondiente.
Al respecto, recuerdo que en el debate de un proyecto anterior se comenzó diciendo en esta misma Sala que los beneficiados eran cuarenta; en el segundo informe se manifestó que ellos eran quinientos y, finalmente, se estableció que alcanzaban a cerca de dos mil. ¿Es posible esto, en circunstancias de que yo, desde hace mucho tiempo creo que ya hace más de un año, estoy reclamando en esta Corporación el patrocinio para un proyecto de pensión de gracia que presenté a favor de la madre de uno de los deportistas más destacados que ha habido en la zona que represento, en Curicó? Me refiero a José Valenzuela, que era, como digo, uno de los deportistas más brillantes y más prestigiados de la región. El proyecto favorece a una anciana que tiene más de 70 años y, como decía, ha sido imposible obtener que el Ejecutivo dé su patrocinio constitucional a esa iniciativa.
La señora CAMPUSANO.-
Pero durante los Gobiernos anteriores también pasaba eso.
El señor FONCEA.-
Ustedes siempre dicen que no son continuistas, de modo que Su Señoría no debería asilarse nunca en lo sucedido en los otros Gobiernos, porque están aquí para rectificar lo que ellos han hecho, según dicen.
En una oportunidad esta Corporación tuvo la deferencia para con el Senador que habla de acordar por unanimidad todos los sectores del Senado aprobaron mi petición que se enviara un nuevo oficio al Ejecutivo pidiéndole la inclusión en la convocatoria de la modesta iniciativa a que me refiero. Pues bien, en la Secretaría respectiva dijeron que la anciana debía viajar a Santiago, cosa que, según creo, no ha hecho en toda su vida. Como está enferma, se logró que fuera una visitadora social hasta su casa, para hacer un informe socio - económico. Se hizo el informe, pero sé extravió en alguno de los trámites burocráticos. Lo cierto del caso es que, al parecer, terminaré mi segundo período en el Senado y, con esta tardanza, con esta displicencia de parte del Ejecutivo, no conseguiré que el proyecto se incluya en la convocatoria. En cambio, en la iniciativa que ahora nos ocupa vemos cómo se otorga un nuevo privilegio a personas que no conocemos, que ya están beneficiadas con otros sistemas provisionales, y lo que es más grave, sin que se establezca su costo. En efecto, el gasto se imputa al ítem de pensiones, pero no se sabe a cuánto asciende. Seguramente ocurrirá lo que sucedió antes: se comenzará con 50 o 100 personas, y se terminará con dos mil. Estas son las injusticias que nos llevan a rebelarnos.
Lo que deseo es que la Mesa rectifique la tramitación que dio al proyecto hace ya bastante tiempo, y pida a la Comisión de Asuntos de Gracia que precise quiénes serán los beneficiados con la iniciativa.
El señor BALLESTEROS.-
Pido la palabra.
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