rdf:value = " SITUACION DE JUBILADOS DE CAJA DE EMPLEADOS PARTICULARES.
A los señores Ministros de Hacienda y del Trabajo y Previsión Social, en los siguientes términos:
Agradeceré al señor Ministro informarme en qué términos ha sido resuelto el reajuste de las pensiones de los ex imponentes activos de la Caja de Previsión de los Empleados Particulares del país. He recibido una petición de algunos organismos gremiales de jubilados en la que acompañan también diversos antecedentes para demostrar que la situación de estos ex servidores es desmejorada con relación a la de otros sectores de jubilados.
En efecto, exponen, por ejemplo, que el 40% de los jubilados empleados particulares gana menos de medio sueldo vital mensual; que el 20% de ellos percibe una pensión entre medio sueldo vital mensual y un sueldo vital mensual; que el 15% tiene un ingreso por pensión que va desde un vital a un vital y medio mensual, y el 10% de los jubilados percibe entre uno y medio y dos sueldos vitales mensuales. Tan sólo el 15% de todos los jubilados empleados particulares percibe más de dos sueldos vitales mensuales.
Es efectivo que el Gobierno de la Unidad Popular ha resuelto por lo menos la situación del 60% de estos jubilados al establecer en la ley de reajustes en trámite que la pensión mínima por percibir no podrá bajar de un sueldo vital mensual. En todo caso, es necesario conocer la situación en que están los demás jubilados empleados particulares con relación a la aplicación de la ley de reajustes.
Acompaño al señor Ministro los antecedentes recibidos de la Asociación de Empleados Particulares Jubilados de Valparaíso, en que se hacen importantes consideraciones sobre esta materia.
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