. . . "INFORME DE LA COMISION DE TRABAJO Y PREVISION SOCIAL, RECAIDO EN LAS OBSERVACIONES DEL EJECUTIVO, EN PRIMER TR\u00C1MITE, FORMULADAS AL PROYECTO DE LEY QUE DISPONE QUE LA CAJA DE EMPLEADOS PUBLICOS INVERTIRA EN BONOS CAR EL APORTE DEL 8,33% DE LOS EMPLEADORES."^^ . . . . . . . "14."^^ . " 14. INFORME DE LA COMISION DE TRABAJO Y PREVISION SOCIAL, RECAIDO EN LAS OBSERVACIONES DEL EJECUTIVO, EN PRIMER TR\u00C1MITE, FORMULADAS AL PROYECTO DE LEY QUE DISPONE QUE LA CAJA DE EMPLEADOS PUBLICOS INVERTIRA EN BONOS CAR EL APORTE DEL 8,33% DE LOS EMPLEADORES. \nHonorable Senado: \nVuestra Comisi\u00F3n de Trabajo y Previsi\u00F3n Social ha estudiado las observaciones formuladas por el Ejecutivo al proyecto de ley del rubro. \nEl art\u00EDculo 1\u00BA de esta iniciativa dispone que la Caja Nacional de Empleados P\u00FAblicos y Periodistas invertir\u00E1 mensualmente en Certificados de Ahorro Reajustables, a la vista, del Banco Central de Chile, los fondos percibidos por concepto del aporte del 8,33% de las remuneraciones de los imponentes afectos al art\u00EDculo 41 de la ley 10.621. Este porcentaje corresponde al financiamiento de la indemnizaci\u00F3n por a\u00F1os de servicios de los periodistas y que las empresas period\u00EDsticas deben depositar mensualmente en la Caja. \nEl inciso segundo de este art\u00EDculo se\u00F1ala que los fondos que obtenga el Banco Central por este concepto no podr\u00E1n ser usados sino para otorgar pr\u00E9stamos a las Cajas de Previsi\u00F3n, para sus imponentes. \nEl inciso tercero de esta misma disposici\u00F3n establece que dichos fondos no podr\u00E1n emplearse en el pago de deudas o adquisiciones de acciones o empresas. \nEl Ejecutivo propone eliminar estos dos incisos, con lo cual el art\u00EDculo 1\u00BA quedar\u00EDa reducido a su inciso primero, argumentando que estas normas coartan la libertad que debe tener el Banco Central de Chile en el uso de dichos recursos y en el manejo de la pol\u00EDtica general que pudiere tener en materia de uso de los fondos recaudados o invertidos en certificados de ahorro reajustables. \nPor otra parte, agrega, se crear\u00EDa una situaci\u00F3n injusta por cuanto los mismos recursos tendr\u00EDan un trato discriminatorio, ya que los pr\u00E9stamos que el Banco Central de Chile otorgar\u00EDa a las Cajas de Previsi\u00F3n no ser\u00EDan reajustables, a pesar de que el Banco deber\u00EDa devolver esos recursos a la Caja Nacional de Empleados P\u00FAblicos debidamente reajustados. \nVuestra Comisi\u00F3n, por unanimidad, desech\u00F3 las razones sostenidas por el Ejecutivo en su Mensaje y tiene a honra recomendaros que rechac\u00E9is las observaciones e insist\u00E1is en la mantenci\u00F3n del texto primitivo. \nSala de la Comisi\u00F3n, a 15 de marzo de 1972. \nAcordado en sesi\u00F3n de esta fecha, con asistencia de los Honorables Senadores se\u00F1ores Lorca (Presidente), Garc\u00EDa y Valenzuela. \n(Fdo.) : Andr\u00E9s Rodr\u00EDguez Cruchaga, Secretario. \n \n " . . .