. . . . . . . . . . " El se\u00F1or FONCEA.- \n \n Se\u00F1or Presidente, s\u00F3lo quiero aclarar un concepto que no conviene que se preste a dudas y que emana de las palabras que pronunci\u00F3 el Honorable se\u00F1or Garc\u00EDa. \nDe todas esas leyes que han debido patrocinarse y despacharse para dar soluci\u00F3n al problema de los ex servidores de la ex Empresa Nacional de Transportes Colectivos, la \u00FAltima, que lleva el n\u00FAmero 16.446, del a\u00F1o 1966, signific\u00F3 una soluci\u00F3n que en esa oportunidad se estim\u00F3 definitiva por los propios interesados. Fue el proyecto correspondiente latamente discutido y para despacharlo se escuch\u00F3 a los diferentes sectores interesados en \u00E9l. Por lo menos el Senador que habla qued\u00F3 con el convencimiento absoluto de que el problema no ser\u00EDa materia, posteriormente, de otra iniciativa de ley. \nSin embargo, como lo ha explicado el Honorable se\u00F1or Contreras, la Contralor\u00EDa interpret\u00F3 esa ley de un modo que difer\u00EDa del esp\u00EDritu con que fue dictada en el Congreso, por lo menos aqu\u00ED, en el Senado. Ese esp\u00EDritu fue que esos ex servidores recibieran una pensi\u00F3n id\u00E9ntica a la pensi\u00F3n m\u00EDnima del Servicio de Seguro Social. En consecuencia, la indicaci\u00F3n que ha formulado el Ejecutivo para condonar las sumas que esos pensionados, seg\u00FAn la Contralor\u00EDa, han percibido en exceso, es totalmente positiva, y nosotros la aceptamos. \nPara la historia de estas disposiciones, quiero se\u00F1alar que la primera ley persigui\u00F3 otorgar una indemnizaci\u00F3n extraordinaria a los ex servidores de la Empresa. Posteriormente, se fue incorporando una serie de personales que no hab\u00EDan hecho uso del derecho, y de ah\u00ED el gran n\u00FAmero de leyes que ha debido dictarse sobre la materia. \nLo \u00FAnico que interesa es que se tomen las precauciones necesarias con el objeto de evitar que gente que no prest\u00F3 servicios en esa empresa pueda tambi\u00E9n impetrar sus beneficios. Digo esto, porque cuando se discuti\u00F3 el proyecto promulgado en 1966 las propias directivas de los interesados nos hicieron presente que personas totalmente ajenas a la instituci\u00F3n se hab\u00EDan aprovechado de esta profusa legislaci\u00F3n a fin de incorporarse tambi\u00E9n como ex servidores de la Empresa Nacional de Transportes Colectivos del Estado. \nNosotros aceptamos la iniciativa en debate, pues nos parece que con ella se pone t\u00E9rmino en forma definitiva a un problema que se viene arrastrando tantos a\u00F1os. \n \n " . .