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Tengo a honra comunicar a V. E. que la Cámara de Diputados ha tenido a bien aprobar las observaciones formuladas por Su Excelencia el Presidente de la {República a las diversas Partidas del Cálculo de Entradas y la Estimación de los Gastos del Presupuesto de la Nación para el año 1972, con excepción de las siguientes, respecto de las cuales ha adoptado los acuerdos que se indican:
PARTIDA 05
Ministerio del Interior.
Secretaría y Administración General.
Programa 01: Secretaría y Administración General.
Ha rechazado la que consiste en aumentar el ítem 004, Remuneraciones variables.
Ha rechazado la que tiene por objeto reponer el ítem 017 Otros servicios no personales, con su correspondiente cantidad.
Ha rechazado la que tiene por finalidad suprimir la glosa del ítem 035.001, pero no ha insistido en la aprobación del texto primitivo.
Ha rechazado, asimismo, la que tiene por objeto agregar una glosa en el mismo ítem 035.001.
Ha rechazado la que consiste en aumentar la cantidad asignada al ítem 080.001.
También ha rechazado la que consiste en suprimir la glosa del mismo ítem 080.001, pero no ha insistido en la aprobación del texto original.
Servicio de Gobierno Interior.
Gobierno Interior del Estado.
Ha rechazado las que tienen por finalidad aumentar las cantidades asignadas a los ítem 004 Remuneraciones variables, 017 Otros servicios no personales, 023.002 Oficina Coordinadora de Emergencia.
Servicio de Correos y Telégrafos.
Administración General.
Ha rechazado la que tiene por objeto reponer la cantidad asignada al ítem 017 Otros servicios no personales.
Movilización y Mantención de Vehículos y Reparaciones Generales.
Ha rechazado la que consiste en reponer la cantidad asignada al ítem 051, Vehículos.
Dirección General de Investigaciones.
Administración Central.
Ha rechazado la que consiste en aumentar la suma asignada al ítem 004.
Ha rechazado la que consiste en reponer la cantidad asignada al ítem 017, Otros servicios no personales.
Prevención e Investigación de Delitos.
Ha rechazado las que tienen por objeto aumentar las cantidades asignadas a los ítem 004, Remuneraciones variables, 009 Combustibles y lubricantes y 013 Materiales y servicios para mantenimiento y reparaciones.
Ha rechazado las que consisten en reponer las sumas asignadas en moneda nacional y en moneda extranjera en el ítem 051, Vehículos.
Formación Profesional.
Ha rechazado la que consiste en aumentar la cantidad asignada al ítem 004.
Dirección de Asistencia Social.
Asistencia Social.
Ha rechazado la que consiste en aumentar la cantidad asignada al ítem 004, Remuneraciones variables.
Ha rechazado también la que tiene por finalidad sustituir el guarismo 12 por 46 en la glosa del mismo ítem 004, y ha insistido en la aprobación del texto original.
Ha rechazado la que tiene por objeto aumentar la cantidad asignada al ítem 028.002, Otras transferencias.
PARTIDA 06
Ministerio de Relaciones Exteriores.
Secretaría y Administración General.
Ha rechazado la que consiste en suprimir el inciso tercero de la glosa del ítem 017, y ha insistido en la aprobación del texto primitivo.
Ha rechazado la que consiste en suprimir la siguiente frase del ítem 035.002: El edificio que se construya con motivo de esta Conferencia pasará, una vez realizada, al Congreso Nacional., pero no ha insistido en la aprobación del texto original.
Ha rechazado la que consiste en suprimir lo siguiente en el mismo ítem: sólo hasta la cantidad de Eº 27.450.000, pero no ha insistido en la aprobación del texto original.
Ha rechazado la que tiene por finalidad reponer la cantidad asignada al ítem 053, Terrenos y Edificio, en el Presupuesto de Capital.
Servicio Exterior.
Servicio Exterior
Ha rechazado la que consiste en suprimir el inciso final de la glosa del ítem 017 y ha insistido en la aprobación del texto primitivo.
PARTIDA 07
Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción
Secretaría y Administración General.
Política y Administración Industrial y de Comercio.
Ha rechazado las que consisten en reponer, en el Presupuesto de Capital, las cantidades asignadas a los ítem 050, Maquinarias y equipos y 051, Vehículos.
Fomento de las actividades Comerciales e Industriales.
Ha rechazado la que tiene por objeto aumentar la suma asignada al ítem 034.001.
Ha rechazado la que consiste en reponer el ítem 080.003 con su cantidad y con la siguiente glosa: El artículo 1º del D.F.L. 68 de 1960, no le será aplicable durante el año 1972.
Dirección de Industria y Comercio.
Control del Mercado Interno.
Ha rechazado la que consiste en aumentar lo cantidad asignada al ítem 004, Remuneraciones variables.
Ha rechazado, asimismo, la que tiene por objeto sustituir el guarismo 70 por 170 en la glosa del mismo ítem 004, y ha insistido en la aprobación del texto primitivo.
Ha rechazado la que tiene por objeto reemplazar el guarismo 15 por 30 en la glosa del ítem 005, pero no ha insistido en la aprobación del texto original.
Ha rechazado la que consiste en aumentar la suma asignada al ítem 017, Otros servicios no personales.
Ha rechazado la que tiene por objeto reponer la cantidad asignada al ítem 050, Maquinarias y Equipos, en el Presupuesto de Capital.
Ha rechazado las que consisten en crear los ítem 051, Vehículos, y 053, Terrenos y edificios, con sus respectivas cantidades en el Presupuesto de Capital.
Dirección de Turismo.
Administración General, Fomento y Control del Turismo.
Ha rechazado la que consiste en suprimir una frase en el primer inciso de la glosa del ítem 017, pero no ha insistido en la aprobación del texto primitivo.
PARTIDA 08.
Ministerio de Hacienda.
Secretaría y Administración General.
Administración Financiera del Estado.
Ha rechazado la que consiste en aumentar la cantidad asignada al ítem 035.001, Superintendencia de Bancos.
Operaciones Complementarias.
Ha rechazado las que tienen por objeto reponer en moneda nacional y en moneda extranjera el ítem 023.001, Provisión de fondos para complementación presupuestaria y las respectivas glosas que se proponen agregar.
Ha rechazado la que consiste en reponer la cantidad asignada al ítem 051, Vehículos, en el Presupuesto de Capital.
Ha rechazado la que tiene por finalidad agregar una glosa al ítem 063, Otras obras e inversiones, del Presupuesto de Capital.
Municipalidades.
Ha rechazado la que tiene por objeto suprimir el siguiente inciso en el Nº 4) del ítem 033.001, pero no ha insistido en la aprobación del texto primitivo:
Con cargo a la suma señalada en el Nº 4) deberá otorgarse una subvención de Eº 3.000.000 a la Municipalidad de Conchalí, con el objeto de construir y habilitar una Estación de Servicio y Taller Mecánico para los vehículos de dicha Municipalidad, como asimismo, para cancelar las deudas pendientes de la adquisición de camiones con el Banco del Estado de Chile.
Servicio de Impuestos Internos.
Administración.
Ha rechazado la que consiste en reponer el ítem 017, Otros servicios no personales, con su glosa y cantidad.
Tratamiento Automático de Datos.
Ha rechazado la que consiste en aumentar la suma asignada al ítem 017, Otros Servicios no personales.
PARTIDA 09.
Ministerio de Educación Pública.
Secretaria y Administración General.
Administración General de la Educación.
Ha rechazado la que consiste en aumentar la cantidad asignada al ítem 017, Otros Servicios no personales.
Fomento de la Educación y la Cultura.
Ha rechazado la que consiste en suprimir parte de la glosa del ítem 029.001, pero no ha insistido en la aprobación del texto primitivo.
Ha rechazado la que tiene por objeto reponer con su correspondiente cantidad y glosa el ítem 035.004, Difusión Cultural.
Ha rechazado las sue consisten en suprimir partes de las glosas de los ítem 080.001 y 080.002, en el Presupuesto de Capital, pero no ha insistido en la aprobación de los textos primitivos.
Programas de Perfeccionamiento, Experimentación e Investigaciones Pedagógicas.
Ha rechazado la que consiste en agregar una glosa en el ítem 035.001, Difusión Cultural.
Educación Superior.
Ha rechazado la que tiene por objeto rebajar la cantidad asignada al ítem 035.001, Universidad de Chile, pero no ha insistido en la aprobación del texto primitivo.
Dirección de Educación Primaria y Normal.
Educación Primaria Común.
Ha rechazado la que consiste en suprimir la glosa del ítem 012, Materiales de uso o consumo corriente, pero no ha insistido en la aprobación del texto primitivo.
Dirección de Educación Secundaria.
Administración de la Educación Secundaria.
Ha rechazado la que consiste en suprimir la glosa del ítem 012, Materiales de uso o consumo corriente, pero no ha insistido en la aprobación del texto primitivo.
Superintendencia de Educación.
Planificación de la Educación.
Ha rechazado la que consiste en crear el ítem 023, Gastos complementarios, con su correspondiente cantidad y glosa.
PARTIDA 10.
Ministerio de Justicia.
Secretaría y Administración General.
Dirección Central de Justicia.
Ha rechazado las palabras a través de alguna Facultad de Derecho del país o contenidas en el inciso que se agrega a la glosa del ítem 017, Otros servicios no personales, y ha aprobado el resto de dicho inciso.
Ha rechazado la que tiene por objeto suprimir la glosa del ítem 029.001, Consejo General del Colegio de Abogados, pero no ha insistido en la aprobación del texto original.
Ha rechazado la que consiste en suprimir parte de la glosa del ítem 061, Construcciones Públicas, en el Presupuesto de Capital, pero no ha insistido en la aprobación del texto original.
Consejo de Defensa del Estado.
Defensa Fiscal.
Ha rechazado la que consiste en aumentar la cantidad asignada al ítem 004, Remuneraciones Variables.
Ha rechazado la que consiste en suprimir la parte final de la glosa del mismo ítem, que dice: debiendo proveerse por concurso los cargos de 30 personas que no pertenecen al Servicio, pero no ha insistido en la aprobación del texto original.
Ha rechazado la que consiste en reponer la cantidad del ítem 051, Vehículos, en el Presupuesto de Capital.
PARTIDA 11.
Ministerio de Defensa Nacional.
Subsecretaría de Guerra.
Conducción Superior.
Ha rechazado la que consiste en suprimir parte de la glosa del ítem 035.004, Dirección General de Deportes y Recreación, pero no ha insistido en la aprobación del texto primitivo.
PARTIDA 12.
Ministerio de Obras Públicas y Transportes.
Dirección General.
Administración y Ejecución de Obras Públicas.
Ha rechazado las que consisten en suprimir parte de las glosas de los ítem 055, Infraestructura de Transportes; 060, Distribución e Instalación de agua potable y alcantarillado; 061, Construcciones Públicas; y 063, Otras obras e inversiones, pero no ha insistido en la aprobación de los textos primitivos.
Construcción y Conservación de Edificios.
Ha rechazado la que consiste en suprimir parte de la glosa del ítem 061, Construcciones Públicas, en el Presupuesto de Capital, pero no ha insistido en la aprobación del texto primitivo.
Instalación y Mejoramiento de Servicios de Agua Potable.
Ha rechazado la que consiste en suprimir el inciso segundo de la glosa del ítem 060, Distribución e Instalación de agua potable y alcantarillado, en el Presupuesto de Capital, pero no ha insistido en la aprobación del texto primitivo.
Vialidad Urbana.
Ha rechazado la que tiene por objeto suprimir parte de la glosa del ítem 056, Obras de Transporte Urbano, pero no ha insistido en la aprobación del texto primitivo.
Mantención de la Red Vial.
Ha rechazado la que consiste en suprimir parte de la glosa del ítem 064, Conservación y Reparación de Obras por Contrato o Administración, pero no ha insistido en la aprobación del texto primitivo.
Recuperación del Patrimonio Vial.
Ha rechazado la que consiste en suprimir parte de la glosa del ítem 064, Conservación y reparación de obras por contrato o administración, pero no ha insistido en la aprobación del texto original.
Estudios de Obras Públicas y Transportes.
Ha rechazado la que consiste en suprimir parte de la glosa del ítem 054, Estudios Preinversionales contratados, pero no ha insistido en la aprobación del texto primitivo.
Secretaría y Administración General de Transportes.
Fomento y Desarrollo de los Medios de Transporte
Ha rechazado la que consiste en suprimir parte de la glosa del ítem 081.001, Empresa de los Ferrocarriles del Estado, pero no ha insistido en la aprobación del texto original.
Dirección General de Aguas.
Administración y Aplicación del Código de Aguas.
Ha rechazado las que consisten en suprimir los incisos primero, tercero y cuarto de la glosa del ítem 057, en el Presupuesto de Capital, pero no ha insistido en la aprobación de los textos primitivos.
PARTIDA 13.
Ministerio de Agricultura.
Subsecretaría de Agricultura.
Fomento y Desarrollo Agropecuario.
Ha rechazado la que tiene por objeto suprimir la siguiente parte de la glosa del ítem 029.003, Subvenciones varias: De esta cantidad deberá destinarse la suma de Eº 5.000 para el Museo Dilhman Bulock de Angol., y ha insistido en la aprobación del texto primitivo.
Ha rechazado la que consiste en suprimir la siguiente frase en la glosa del ítem 034.001, Empresa de los Ferrocarriles del Estado: por flete o bodegaje de maquinarias, mercaderías o animales, pero no ha insistido en la aprobación del texto primitivo.
Ha rechazado la que consiste en suprimir la glosa del ítem 035.001, Instituto de Desarrollo Agropecuario, pero no ha insistido en la aprobación del texto primitivo.
Ha rechazado la que consiste en suprimir la oración final de la glosa del ítem 035.008, Corporación de Reforestación, pero no ha insistido en la aprobación del texto original.
Ha rechazado la que consiste en crear el ítem 080.005 con su cantidad y glosa.
PARTIDA 15.
Ministerio del Trabajo y Previsión Social.
Ha rechazado todas las observaciones formuladas a esta Partida, con excepción de aquellas formuladas a los ítem 15/02/01.050, Maquinarias y Equipos, y 15|02|01.053, Terrenos y Edificios, en el Presupuesto de Capital, que ha aprobado.
PARTIDA 16.
Ministerio de Salud Pública.
Ha rechazado todas las observaciones formuladas a esta Partida, pero no ha insistido en la aprobación de los textos primitivos.
PARTIDA 18.
Ministerio de la Vivienda y Urbanismo.
Ha rechazado todas las observaciones formuladas a esta Partida, pero no ha insistido en la aprobación de los textos originales.
Acompaño los antecedentes respectivos, incluso los oficios complementarios a las observaciones Nºs 60, 165 y 166, de fechas 13 de enero y 27 de enero los dos últimos, respectivamente.
Dios guarde a V. E.
(Fdo.): Fernando Sanhueza Herbage.- Raúl Guerrero Guerrero.
Texto de las observaciones del Ejecutivo.
Con oficio Nº 1.529, de 31 de diciembre de 1971, V. E. se ha servido comunicar la aprobación del proyecto de ley que aprueba el Cálculo de Entradas y la Estimación de los Gastos del Presupuesto Corriente y de Capital de la Nación para 1972 en moneda nacional y en moneda extranjera reducida a dólares.
En conformidad a las atribuciones que me confiere el artículo 53 de la Constitución Política del Estado y el artículo 31 de la Ley Orgánica de Presupuestos, aprobada por el D.F.L. Nº 47, de 1959, vengo en observar los siguientes artículos, ítem, glosas y cantidades del Proyecto de Presupuestos para 1972, de acuerdo con el detalle que se indica:
Artículos 19 al 23 inclusive.
Artículo 19.- Reponer el inciso segundo:
Sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 52 del Reglamento para Contratos de Obras Públicas, toda ampliación de obras públicas cuyo valor exceda del 10% del total reajustado del contrato inicial deberá hacerse por propuestas públicas.
Artículo 20.- Reponer a continuación del inciso segundo:
Sólo se imputarán al margen que este artículo autoriza aquella parte de las operaciones crediticias que signifique la recepción efectiva de créditos en dinero o la internación de los bienes correspondientes que se realicen en el año 1972.
Con la modificación introducida el inciso tercero pasa a ser cuarto.
Artículo 21.- Reponer el inciso segundo:
Los mayores compromisos derivados de la renegociación de la Deuda Externa del país no afectarán este margen y se entenderán de hecho autorizados.
Artículo 22.- Intercalar entre el guarismo 11.575 y la palabra hasta la siguiente frase y artículo 221 de la ley Nº 16.464.
Suprimir el inciso segundo:
Durante el año 1972 la limitación a que se refiere el inciso final del artículo 53 de la ley Nº 11.575, quedará fijada en una suma equivalente al nivel máximo a que estas obligaciones alcanzaron en el año 1971.
Artículo 23.- Intercalar en Provincia de Magallanes a continuación de Cerro Sombrero lo siguiente: incluidas las Guarniciones Militares respectivas.
Artículos 24 al 67 inclusive.
Suprimir los artículos que se indican:
Artículo 24.- El Fisco no podrá contraer obligaciones tanto en moneda nacional o extranjera más allá que lo que las Cuentas Nºs 4.200 y 4.300 de esta ley lo autorice. Esta obligación incluirá las operaciones de venta de dólares a futuro que el Fisco realice con el Banco Central.
Artículo 25.- Ningún pago de interinato, honorario, contrata o jornal no efectuado hasta el 31 de diciembre y que corresponda efectuarse, podrá considerarse cuenta pendiente, en los casos del personal señalado al que los Servicios aplicaron alguna disposición de la ley del Presupuesto de 1971 se tendrá por bien obrado y cuando a ese personal por duda de interpretación se les adeude el reajuste se deberá cancelar de inmediato.
Artículo 26.- Queda prohibido el pago de honorarios contra factura en los organismos autónomos del Estado cuyos gastos deban ajustarse al sistema de Decreto de Fondos y en que el nombramiento del personal deba ser tramitado en la Contraloría General de la República.
Se exceptúa el caso del pago de servicios profesionales para funciones esporádicas, autorizado previamente, y por resolución fundada, por la Dirección de Presupuestos.
Artículo 27.- Los pasajes y fletes que de acuerdo al decreto clasificado de gastos se imputan al ítem 015 Servicios generales de las diferentes partidas de la ley de Presupuestos de la Nación para 1972, deberán corresponder a transporte dentro del país o nacional, salvo el caso de las partidas de los Ministerios de Relaciones Exteriores y de Defensa Nacional en que también podrán imputarse al mencionado ítem gastos de pasajes y fletes fuera del país o internacionales. En caso alguno podrán pagarse gastos de pasajes y fletes con cargo a otros ítem, distintos del indicado, del presupuesto de la Nación.
Artículo 28.- El Banco Central de Chile y demás organismos, personas o empresas del sector público no podrán otorgar, ni aún por concepto de viáticos o asignaciones especiales, a los funcionarios de ese sector y a las personas de esas empresas que viajen al extranjero, una cantidad superior de divisas que las que habitualmente otorga dicha institución bancaria de acuerdo a las resoluciones internas de carácter general que rijan sobre el particular.
No se aplicará lo dispuesto en el inciso anterior a los personales de los Ministerios de Relaciones Exteriores y de Defensa Nacional.
Los Servicios o Empresas contemplados en la ley de presupuestos de la Nación no podrán otorgar viáticos, remuneraciones o cualesquiera clase de asignaciones, ni aún por gastos de representación, en moneda extranjera, sin autorización del Banco Central de Chile, la que será otorgada sólo si no se infringe lo dispuesto en el inciso primero.
Artículo 29.- Al personal de Educación a contrata, a honorarios o a jornal que se desempeña en las Escuelas de la Administración Pública, que no se le hubiere dado aviso de no renovación de contrato, se le entenderá prorrogado el respectivo contrato durante 1972 y, por consiguiente, se le seguirá pagando oportunamente sus rentas.
Los oficiales de Presupuesto y la Tesorería continuarán pagando tales rentas desde enero de 1972, con el aumento trienal reconocido y el reajuste que se fije para el año indicado, efectuándose posteriormente el descuento del ítem, de tal manera que dicho personal no quede ningún mes de 1972 sin recibir puntualmente sus remuneraciones.
Artículo 30.- En los casos de servicios públicos que hubieren aplicado el artículo 38 de la ley Nº 17.399, sin dictar los respectivos decretos, se tendrá por bien obrado, salvo que el personal a honorarios o a contrata no hubiere percibido alguno de los beneficios ordenados por el citado artículo 38, caso en el cual los oficiales de presupuesto respectivos y la Tesorería pagarán de inmediato los beneficios omitidos, efectuando posteriormente el descuento interno del ítem correspondiente.
Artículo 31.- El personal que el año 1971 se pagó por desempeño interino a honorarios, a contrata o a jornal, que no hubiere sido notificado de la no renovación de su interinato o contrato, se le seguirá cancelando desde enero de 1972, con el reajuste legal que corresponda, efectuándose posteriormente el descuento interno del ítem, de modo que no quede ningún mes sin percibir oportunamente sus remuneraciones.
En el caso del personal señalado que no tuviere su decreto o resolución tramitada en 1971, se Je continuará pagando mientras se tramita la resolución respectiva.
Cuando se tramite el decreto de fondos corresponderá a cada Servicio la dictación inmediata de las resoluciones de prórroga, las cuales incluirán los casos de decretos no tramitados.
Artículo 32.- Decláranse prorrogados automáticamente por todo el año 1972, los contratos del personal de los Servicios de la Administración del Estado que hubieren estado vigentes el año 1971.
Artículo 33.- Deberá llamarse a concurso de antecedentes para hacer la designación de funcionarios ya sea en cargo de plantas, a contrato u honorarios, cuando se trate de empleos correspondientes a instituciones fiscales, semifiscales, de administración autónoma, de empresas del Estado o en aquellas que el Fisco o instituciones del Estado tengan aporte o les corresponda su administración. Los concursos se harán en la capital de la provincia donde deba desempeñarse el cargo, debiendo publicarse para ello los avisos correspondientes en un periódico de la provincia si lo hubiere y en todo caso en el Diario Oficial los días 1° y 15 del mes precedente al que deba llevarse a cabo el concurso. Una Comisión integrada por el Jefe provincial del Servicio, institución o empresa que corresponda, por el delegado del personal y un funcionario designado por el Contralor General de la República resolverá acerca del concurso y de quienes sean los favorecidos. No se aplicará esta disposición a los cargos que deban llenarse por ascenso o los que en su designación sean de la exclusiva confianza del Presidente de la República.
Artículo 34.- Los cargos directivos del sector Agropecuario establecidos por decreto 412, de noviembre del año 1970, y que tengan tuición sobre Ingenieros, Médicos Veterinarios e Ingenieros Forestales deben ser llenados por profesionales colegiados de estas disciplinas.
Artículo 35.- Reemplázase el Nº 3) del artículo 265 del D.F.L. Nº 338, de 1960, por el siguiente:
3) En la enseñanza secundaria, para funciones docente-directivas o docente propiamente tales, el título de profesor de Estado, otorgado por la Universidad de Chile, por la Universidad Técnica del Estado o por las Universidades reconocidas por el Estado, en la correspondiente asignatura; y en las Escuelas Primarias Anexas a los Liceos, el título de Normalista y cinco años de servicios en la Enseñanza Fiscal, a lo menos.
Artículo 36.- Declárase, para todos los efectos legales, que los funcionarios de la Corporación de Mejoramiento Urbano que se desempeñen como jefes de departamento, que hubieren estado en comisión de servicio fuera de la institución por más de seis meses o completen este tiempo en el curso del año 1972, tendrán derecho a que se les considere la comisión de servicio como medida de eliminación del cargo.
Artículo 37.- Declárase aplicables a todos los Servicios Públicos los artículos 147, inciso primero, y 150 del D.F.L. Nº 338 de 1960 y suspéndese la aplicación del inciso segundo del artículo 35 del mismo texto legal.
Por razones de servicio, las comisiones podrán prorrogarse por una sola vez, si concurriere el asentimiento del respectivo funcionario. No obstante, cuando impliquen cambio de residencia habitual de funcionarios que no realicen funciones fiscalizadoras, no podrán ser superiores, en ningún caso, a 30 días dentro del año calendario.
Artículo 38.- Los trabajadores del Sector Público y del Sector Privado de las provincias afectadas por el sismo del 8 de julio de 1971, no podrán ser trasladados ni destinados sin su consentimiento durante el presente año.
Artículo 39.- Durante el año 1972, los trabajadores de los Servicios Fiscales, Organismos e Instituciones Semifiscales o Autónomas, Empresas estatales y, en general, de las reparticiones de la Administración Civil del Estado, y de las Municipalidades, no podrán ser removidos de sus cargos sino en virtud de las causales y de acuerdo con los procedimientos establecidos en las leyes en actual vigencia.
En los Servicios Fiscales, Organismos e Instituciones Semifiscales o Autónomas, Empresas Estatales y, en general, en las Reparticiones de la Administración Civil del Estado, las destinaciones que impliquen cambio del cargo que desempeña el funcionario o cambio de su residencia habitual, sólo podrán aplicarse con su consentimiento.
Respecto de las medidas disciplinarias que signifiquen la separación de los personales de la Administración Civil del Estado comprendidos en el inciso anterior, los afectados tendrán siempre recurso de apelación ante la Contraloría General de la República, dentro del plazo de cinco días hábiles contados desde la fecha en que se les notifique la sanción.
Los trabajadores del Sector Público que actualmente pueden ser removidos discrecionalmente de acuerdo con las facultades previstas en las leyes orgánicas de los respectivos Servicios, sólo podrán cesar en virtud de las causales establecidas en los números 2, 4, 6, 7, 11 y 12 del artículo 2º de la ley 16.455, siempre que la Contraloría General de la República se pronuncie sobre la legalidad de la medida, aplicando para ello las disposiciones de su Ley Orgánica.
El término de los servicios de los trabajadores de las Empresas en que el Estado o sus Organismos tengan aporte mayoritario de capital y de las empresas intervenidas o requisadas, sólo podrá hacerse efectivo en virtud de las causales mencionadas en el inciso precedente y en conformidad con los procedimientos que señala la ley 16.455. Cuando el Juzgado resuelva que la terminación del contrato ha sido injustificada, ordenará de oficio la inmediata reincorporación del trabajador a sus labores habituales, con derecho al pago de las remuneraciones correspondientes al período en que estuvo separado de sus funciones, considerándose como efectivamente trabajado para todos los efectos legales. Si se negare, en el mismo proceso en que el Tribunal haya resuelto que la terminación del contrato ha sido injustificada, el trabajador podrá en forma incidental demandar ejecutivamente en cada período de pago el cobro de las remuneraciones que devengue. El empleados sólo podrá oponer a la ejecución las excepciones de pago y de prescripción. El Tribunal, además, en el mismo juicio ejecutivo, de oficio, aplicará al empleador una multa no inferior a cincuenta sueldos vitales mensuales, escala A), del departamento de Santiago, en cada período en que no solucionare las remuneraciones correspondientes al trabajador.
Las normas establecidas en el inciso precedente se aplicarán a los profesionales que presten servicios permanentes en las Empresas y Organismos referidos sobre la base de honorarios periódicos.
Los profesionales que durante parte del año 1971 hayan prestado servicios permanentes sobre la base de honorarios periódicos en las empresas y organismos aludidos en el inciso 2º de este artículo, y a los cuales se les haya removido de sus cargos por razones ajenas a la falta de idoneidad profesional o incumplimiento grave de sus obligaciones profesionales o administrativas, tendrán derecho a solicitar su reincorporación inmediata, en las mismas condiciones profesionales, administrativas y económicas que tenían al momento de su remoción, más el reajuste correspondiente al año 1972. Si el Organismo respectivo se negare a reincorporar al profesional en el término de tres días contados desde que se solicite, éste tendrá derecho a reclamar al Juzgado del Trabajo correspondiente dentro de los diez días siguientes a la negativa. El reclamo se tramitará de acuerdo a las normas establecidas en la ley 16.455. En la sentencia que acoja el reclamo se aplicará al Organismo infractor una multa no inferior a cincuenta sueldos vitales mensuales, escala A), del departamento de Santiago. El profesional devengará las rentas que le correspondan desde la fecha en que solicite su reincorporación y, en caso de negativa, podrá demandar incidentalmente su pago en la forma señalada en el inciso 5º de esta disposición.
Los Servicios, Instituciones o Empresas que tengan facultades para fijar sus plantas sin necesidad de ley, deberán encasillar necesariamente en otros empleos de a lo menos igual remuneración al personal cuyos cargos se resuelva suprimir, transformar o cambiar de denominación. Las designaciones que se efectúen en los Servicios, Instituciones o Empresas mencionadas, no podrán significar a los funcionarios afectados disminución de las remuneraciones de que estaban gozando al momento de efectuarse la designación, cualquiera que sea la denominación de ésta.
Las normas anteriores no serán aplicables al personal de las Fuerzas Armadas, del Cuerpo de Carabineros de Chile, ni a los funcionarios de la confianza exclusiva del Presidente de la Eepública, quienes continuarán afectos a sus regímenes especiales.
Artículo 40.- Al personal de los Servicios de la administración descentralizada del Estado, cuya expiración de funciones no se rige por el Estatuto Administrativo o por la ley 16.455, se le aplicará el régimen de expiración de funciones contemplado en el D.F.L. 338 de 1960.
En todo caso, los afectados por medidas de carácter expulsivo podrán apelar a la Contraloría General de la República de las resoluciones respectivas, dentro del plazo de cinco días hábiles contados desde la fecha de su notificación.
Artículo 41.- Durante el año 1972, el empleado podrá recurrir a la Contraloría General de la República, dentro del plazo señalado en el artículo 36 del D.F.L. 338, de 1960, y solicitar la revisión de su calificación cuando ésta correspondiere a lista tres o cuatro y, a su juicio, hubiere sido acordada injustamente.
La Contraloría General de la República ratificará o anulará la calificación recurrida. En este último caso se mantendrá vigente la calificación inmediatamente anterior.
Artículo 42.- En los cargos vacantes que existan al 31 de diciembre de 1971, o que vaquen dentro de los seis primeros meses de 1972, en las Plantas permanentes de los Servicios de la Administración Civil del Estado, cuando no haya lugar al ascenso, tendrán derecho a ser designados los funcionarios que se encuentren prestando servicios a contrata a lo menos durante el lapso de un año a esa fecha, siempre que reúnan los requisitos legales inherentes al desempeño del cargo y que no se hayan hecho acreedores a medida disciplinaria en virtud de sumario administrativo. Los interesados deberán impetrar su derecho, acreditando los antecedentes del caso, dentro de los treinta días siguientes a la correspondiente publicación. Si al vencimiento de este plazo no existieren interesados para determinado cargo, la Administración podrá resolver su provisión de acuerdo con las normas ordinarias vigentes.
En caso de optar varias personas a un mismo cargo, prevalecerá la antigüedad de la calidad de contratado dentro de la Administración y, al producirse coincidencia, el hecho de pertenecer al Servicio donde exista la vacante. Si también se produce coincidencia en cuanto a este último elemento, decidirá el Jefe Superior respectivo.
En estos nombramientos, la Contraloría General de la República exigirá que se acompañen los antecedentes originales completos de todos los postulantes a los cargos y de las medidas de publicidad mencionadas.
Artículo 43.- Las normas sobre inamovilidad del inciso tercero del artículo 100 del D.F.L. 338 de 1960 se aplicará sin excepciones a todos los dirigentes de las Asociaciones de la Administración Pública sin que obste a ella la naturaleza o carácter de sus empleos.
Artículo 44.- Declárase, para los efectos de lo establecido en el Nº 5 del artículo 72 de la Constitución Política del Estado, que son oficiales de las Secretarías del Presidente de la República los empleados que desempeñan funciones administrativas no profesionales ni técnicas, vinculadas directamente con el despacho en los Departamentos Administrativos y Gabinetes de las Secretarías del Estado.
Artículo 45.- No obstante lo dispuesto en el artículo 39, dentro del plazo de 120 días contados desde la publicación de la presente ley, el Presidente de la República y/o los respectivos Consejos o Directorios de las Instituciones u Organismos mencionados podrán poner término a las funciones de sus empleados que hubiesen expresado por escrito su voluntad de acogerse a lo establecido en la presente disposición.
Los funcionarios que dejen de pertenecer a estas Instituciones u Organismos por aplicación de lo dispuesto en el inciso anterior, tendrán derecho al goce íntegro de sus remuneraciones por todo el año 1972, sin perjuicios de los derechos previsionales que les correspondan de conformidad con la legislación vigente. Sin embargo, no regirá respecto de ellos el artículo 58 de la ley Nº 7.295.
Artículo 46.- Lo dispuesto en los artículos 32, 37, 38, 39, 40, 41, 42, 43 y 44 anteriores prevalecerá respecto de cualquiera disposición en contrario que rija para el personal de los Servicios, Instituciones y Organismos a que ellas se refieren.
Artículo 47.- Las Instituciones Públicas o Empresas en que el Estado tenga alguna participación en su propiedad o bien estén intervenidas o requisadas por él mismo, incluidos los bancos, no podrán, con cargo a fondos fiscales o propios, adquirir acciones, títulos u otras formas de propiedades de empresas existentes en poder de particulares, salvo por mandato expreso de una ley.
Artículo 48.- Las Instituciones del Estado, tanto centralizadas como descentralizadas, incluidas las empresas en que el Estado tenga participación, que recurran al sistema bancario privado o estatal, incluido el Banco Central, deberán comunicar dichas operaciones a la Cámara de Diputados a más tardar 30 días después de firmada o aprobada la operación.
Artículo 49.- La Contraloría General de la República fiscalizará en el año 1972 a todas las instituciones fiscales, semifiscales, descentralizadas, Empresas del Estado o aquellas en que el Estado tenga aporte o intervenga en su administración.
Artículo 50.- Los Servicios e Instituciones de la Administración Pública, las Empresas del Estado, o aquellas en que el Estado tenga aporte o participación, todas las Instituciones del Sector Público, y las Empresas requisadas o intervenidas mientras dure la requisición o intervención, no podrán incurrir en gastos por concepto de publicidad, difusión o relaciones públicas, tales como afiches, avisos inserciones o promoción de cualquier especie en periódicos, radios, televisión, cines, teatros, revistas, etc., ni contratar con agencias publicitarias.
Los avisos de llamados a propuestas, las notificaciones oficiales y cualesquier otra publicación que imponga la ley, se harán sólo en el Diario Oficial.
El Presidente de la República, por decreto fundado del Ministerio del Interior, podrá exceptuar a cualesquiera de los Servicios, Empresas o Instituciones a que se refiere el inciso de la prohibición establecida en precepto, para el solo efecto de que la entidad exceptuada pueda publicar o difundir aquellas informaciones que sean necesarias para el debido desempeño de las funciones propias del Servicio respectivo, dentro de las normas que a continuación se indican:
a) Los recursos destinados a este fin no podrán invertirse en menos de un 35% en radioemisoras; 35% en diarios por cada servicio, Empresa o Institución; y un 5% en cinematografía;
b) La distribución de la difusión que se realice por televisión se hará por iguales partes entre Televisión Nacional de Chile y las Universidades autorizadas, las que podrán invertir estos recursos en la extensión independiente de sus transmisiones a través del país;
c) La difusión que se haga en diarios, se distribuirá entre todos ellos, en relación con el personal que cada uno de ellos tuviere contratado al 31 de diciembre de 1971;
d) La difusión por radioemisoras se hará entre todas ellas en proporción directa al resultado de multiplicar la respectiva potencia instalada por el número de personas contratadas por la misma emisora al 31 de diciembre de 1970;
e) En caso que la difusión tenga carácter regional y esté dirigida a sólo una o más provincias determinadas, las reglas contenidas en las letras anteriores se aplicarán con relación a los medios de difusión de la o las provincias afectadas.
Cada decreto fundado contendrá las distribuciones de la difusión que se autorice entre los distintos medios de comunicación, conforme a las reglas anteriores.
Para los efectos señalados en las letras c) y d), la respectiva Empresa informará al Ministerio del Interior, mediante declaración jurada visada por la respectiva institución previsional, acerca del número de personas contratadas al 31 de diciembre de 1971, y la Superintendencia de Servicios Eléctricos de Gas y Telecomunicaciones lo informará acerca de la potencia instalada en cada emisora.
Artículo 51.- Todas las importaciones que realice la Empresa de Comercio Agrícola, deberán ser hechas por propuesta pública, sean éstas nacionales o internacionales.
Artículo 52.- Suprímese la facultad de abordar la ejecución de obras mediante el sistema de administración delegada, que dispone el artículo 50 de la ley Nº 15.840, salvo casos de interés público que específicamente calificará la Dirección General de Obras Públicas.
Artículo 53.- Reemplázase el punto final del artículo 49 de la ley Nº 15.840 por una coma, y agréganse las siguientes palabras e inciso final: dentro de los 30 días de evacuado el correspondiente informe de la Dirección General de Obras Públicas.
Si dentro de este plazo no se dictare el Resuelvo correspondiente, la Dirección General de Obras Públicas deberá resolver dentro de los próximos 10 días hábiles.
Artículo 54.- Todos los trabajos contratados a honorarios en las Direcciones dependientes de la Dirección General de Obras Públicas deberán ser autorizados por el Director General de la misma.
Artículo 55.- Durante el año 1972, auméntase en 100% el valor máximo de los contratos de estudios, de proyectos, de ejecución de obras y de sus modificaciones, liquidaciones y cancelaciones sobre los cuales corresponda resolver al Director General de Obras Públicas en conformidad a los términos del artículo 49 de la ley Nº 15.840, reglamentado por el decreto Nº 62, de 1971, del Ministerio de Obras Públicas y Transportes.
La misma disposición será aplicable a la Dirección General de Aguas en lo que se refiere a los contratos de estudio.
Artículo 56.- Facúltase a la Dirección General de Obras Públicas para enajenar directamente, por subasta pública, las maquinarias, elementos y repuestos que queden en desuso. Los fondos que se obtengan de estas enajenaciones, incrementarán los fondos del presupuesto de capital de la Dirección General de Obras Públicas.
Asimismo, facúltase a la Dirección General de Obras Públicas, y a sus servicios dependientes, para vender los antecedentes, proyectos y planos de petición de las propuestas que solicite, tanto para la ejecución de las obras, como para la adquisición de maquinarias y elementos.
Las mismas disposiciones serán aplicables a la Dirección General de Aguas.
Artículo 57.- El 85%, a lo menos, de la Inversión del Presupuesto de capital de cada una de las Direcciones del sector obras públicas del Ministerio de Obras Públicas y Transportes, para el año 1972, y otros fondos por concepto de aportes, erogaciones o leyes especiales, deberá realizarse exclusivamente mediante el sistema de contrato adjudicado por propuestas públicas.
Artículo 58.- Los contratos de los Ministerios de Obras Públicas y Transportes y de la Vivienda y Urbanismo, podrán ser modificados por concepto de aumentos y disminuciones de obra, obras nuevas o extraordinarias, alterando su valor en los montos necesarios, siempre que estas modificaciones sean conducentes a cumplir el objetivo mismo del proyecto o a asegurar su estabilidad y saneamiento cuando las condiciones geológicas o climáticas así Jo requieran. Estas modificaciones sólo podrán referirse a los kilometrajes o áreas del proyecto o materia del contrato.
Sin perjuicio de lo dispuesto en el inciso anterior, las obras que excedan del kilometraje o área del proyecto o materia de un contrato, podrán dar motivo a aumentos del valor del mismo cuando, a juicio del Director del Servicio o Jefe del Departamento, según se trate del Ministerio de Obras Públicas y Transportes o del Ministerio de la Vivienda y Urbanismo, fueren necesarios y convenientes, y siempre que, en total, no sobrepasen el 10°/o del contrato inicial actualizado.
Artículo 59.- Los decretos o resoluciones que adjudiquen contratos para la ejecución de obras públicas por cualquier sistema diverso al de propuestas públicas, se publicarán en el Diario Oficial, incluyendo el presupuesto que se convenga, dentro de los 30 días de firmar el decreto correspondiente.
Artículo 60.- Con cargo al presupuesto de capital del sector obras públicas del Ministerio de Obras Públicas y Transportes para el año 1972, no podrá contratarse ningún tipo de personal, salvo para ejecutar obras por administración directa y previa resolución fundada del Director General de Obras Públicas, que determinará, por una sola vez, el total de los empleados y obreros que la faena requiera y que se publicará en el Diario Oficial.
Artículo 61.- El Senado podrá internar libremente, durante el año 1972, los vehículos necesarios para reemplazar los actualmente en servicio. Autorízase, asimismo, a dicha Corporación, para enajenar directa* mente los que actualmente posee, a fin de contribuir al financiamiento de la importación permitida por este artículo.
Artículo 62.- A contar del 1º de enero de 1972, el Instituto Corfo del Norte (INCONOR), destinará la cantidad de cinco millones de escudos al año, para desarrollar en los departamentos de Iquique y Pisagua un plan de construcción, reparación, ampliación y mantenimiento de locales escolares, incluyendo obras complementarias y alhajamiento de ellos.
Estos recursos se destinarán de los fondos del cobre que corresponde invertir en ambos departamentos, pero no se considerarán los que deban percibir las Municipalidades de los departamentos de Iquique y Pisagua.
El Instituto Corfo del Norte pondrá estos fondos a disposición de la Sociedad Constructora de Establecimientos Educacionales para que cumpla lo dispuesto en esta ley.
Artículo 63.- Reemplázase, durante el año 1972, la segunda frase del artículo 3º de la ley Nº 9.864, por el que se expresa a continuación:
La determinación del costo del alumno fiscal y la del monto de subvención a que se refiere el artículo 1º de la presente Ley, se hará por decreto del Ministerio de Educación Pública que deberá dictarse antes del 30 de junio de cada año. A este efecto la Oficina de Presupuesto del indicado Ministerio deberá considerar los gastos efectuados por el Estado en el año precedente y las asistencias medias registradas en los diversos establecimientos fiscales en ese mismo año escolar.
El decreto que se dicte determinará, asimismo, el reajuste del monto de la subvención del año anterior, el que será igual a la diferencia entre el monto de subvención por alumno del año precedente y el que se establezca de acuerdo al inciso anterior.
Sin perjuicio de lo dispuesto en el inciso primero, en el caso de que el decreto aludido no se encontrare tramitado a la fecha mencionada, el Ministerio de Educación cursará las resoluciones de pago de subvención de los establecimientos educacionales particulares. El monto unitario de esta subvención provisoria será el mismo del año precedente, ajustado en el porcentaje de variación del índice de precios al consumidor del último año, establecido por el Instituto Nacional de Estadística. El monto de subvención aquí determinado servirá, además, al Ministerio de Educación para ordenar el pago del reajuste de la subvención del año precedente, que será igual a la diferencia entre el monto de ésta y la que empieza a regir.
Las diferencias a favor o en contra de los establecimientos particulares que resultaren como consecuencia de la diferencia entre el monto real de subvención, establecido conforme al inciso primero de este artículo, y el monto provisorio, establecido de acuerdo al inciso tercero, se abonarán a descontarán a la subvención que les corresponda recibir en el año siguiente, o al reajuste de la subvención del último año.
Artículo 64.- El financiamiento de los colegios particulares pagados no estará sujeto a los controles de DIRINCO y será determinado por los estamentos de cada colegio.
Artículo 65.- Autorízase al Presidente de la República para contratar en el extranjero créditos hasta por la suma de US$ 8.000.000 los que se invertirán en la adquisición de equipos destinados al servicio de aseo y entregados con tal objeto a las Municipalidades del país.
La selección de ellos y su distribución se hará en Conjunto con la Confederación Nacional de Municipalidades de Chile. La importación debe ser previamente visada por el Comité Asesor de Créditos Externos del Ministerio de Hacienda.
Artículo 66.- Corporaciones, Juntas o instituciones de desarrollo regional, sin perjuicio de las atribuciones que les confieran sus leyes orgánicas, podrán efectuar directamente adquisiciones que no excedan de treinta mil escudos. Las adquisiciones directas por cantidades superiores a treinta mil escudos deberán hacerlas mediante propuestas públicas o a través de la Dirección de Aprovisionamiento del Estado, según lo resuelva la respectiva Corporación, Junta u organismo de desarrollo regional.
Artículo 67.- Las Juntas Locales de Auxilio Escolar y Becas, a proposición fundada de su Presidente, podrán invertir la totalidad de los recursos del 5% del aporte municipal en las necesidades de las escuelas y demás establecimientos educacionales de las respectivas comunas.
Para estos efectos, las Juntas Locales procederán a efectuar los giros correspondientes a través de su Presidente, sin mediar autorización previa de las Juntas Provinciales y Nacional.
Los gastos que se efectúen en conformidad a este artículo deberán estar circunscritos a las materias señaladas en el artículo 2 de la ley Nº 15.720 y de todo ello se deberá dar cuenta a la Junta Provincial respectiva.
Los Tesoreros Comunales o Municipales, según sea el caso, deberán entregar los aportes municipales a la respectiva Junta Local de Auxilio Escolar y Becas.
Agréganse los siguientes artículos nuevos.
Artículo ...- No obstante lo dispuesto en el artículo 21 del D. F. L. 47, de 1959, en los ítem del Presupuesto de Capital se imputarán todos los gastos inherentes al estudio, construcción y conservación de las obras públicas, cualesquiera sea su naturaleza o clasificación.
Artículo ...- Autorízase al Tesorero General de la República para prorrogar con los acreedores del Fisco, los pagarés o letras que haya firmado o garantizado, por compromisos derivados de créditos internos o de adquisiciones con pago diferido, previo informe de la Dirección de Presupuestos.
Esta autorización alcanza a los jefes de Servicios cuando por ley éstos han suscrito conjuntamente con el Tesorero General de la República estos documentos.
Artículo ...- Las normas del artículo 2º y del título III del D. F. L. Nº 47 de 1959 y 9º de la presente ley serán aplicables a la Junta Nacional de Auxilio Escolar y Becas y a la Junta de Adelanto de Arica, no rigiendo las limitaciones de porcentajes fechas y plazos establecidos en las leyes 15.720 y 13.039.
La Junta de Adelanto de Arica y la, Corporación de Magallanes deberán acompañar al proyecto de Presupuesto un informe aprobatorio de evaluación económico-social y de compatibilidad con los intereses nacionales y regionales, de la Oficina de Planificación Nacional (ODEPLAN).
CONGRESO NACIONAL.
Modifícase este Presupuesto en los siguientes términos:
Senado:
I Presupuesto Corriente:
Item 003 Sobresueldos, baja en ... ... Eº 575.000
Asignación 001, baja en 116.600
su Nº 1, baja en 103.000
su Nº 2, baja en 13.600
Asignación 004, baja en 375.000
su Nº 1, baja en 13.000
su Nº 2, baja en 362.000
Asignación Nº 5, baja en 48.400
su Nº 4, baja en ... 48.400
Asignación 006, baja en 35.000
su Nº 1, baja en .. ... 11.000
su Nº 2, baja en 24.000
Item 004 Remuneraciones Variables, baja en 663.100
Item 007 Alimentos y Bebidas, baja en 208.000
Item 008 Textiles, Vestuarios y Calzado, baja en ... 173.000
Item 009 Combustibles y Lubricantes, baja en 119.000
Item 012 Materiales de uso o consumo corriente, baja en 1.032.000
Item 013 Materiales y Servicios para mantenimiento
y reparaciones, baja en 362.000
Item 015 Servicios Generales, baja en 1.117.000
Item 017 Otros servicios no personales, baja en ... 1.190.000
Item 022 Obligaciones pendientes, baja en 174.000
Item 025 Asignación Familiar, baja en 148.000
item 028 Transferencias a personas, su Nº 1, baja en 5.887.325
su Nº 2, baja en ... 166.000
su Nº 3, se elimina su glosa y cantidad ... 500.000
Item 031 Transferencias a Organismos Internacionales, baja en ... ... ... 525.000
Presupuesto de Capital:
Item 050 Maquinarias y equipos, baja en 885:000
y en moneda extranjera, baja en ... ... US$ 20.000
Total Gastos, baja en ... Eº 13.724.425
y en moneda extranjera, baja en ... ... US$ 20.000
Cámara de Diputados:
I Presupuesto Corriente:
3.233.000
Item 003 Sobresueldos, baja en Eº
Asignación 001, baja en . ... 141.000
su Nº 1, baja en 117.000
su Nº 2, baja en 24.000
Asignación 004, baja en 1.251000
su Nº 1, baja en 42.000
su Nº 2, baja en 1.215.000
Asignación 005, baja en 1.798.000
su Nº 1, baja en 200.000
su Nº 2, baja en 390.000
su Nº 3, baja en 420.000
su Nº 4, baja en 638.000
su Nº 5, baja en 150.000
Asignación 006, baja en 37.000
su Nº 1, baja en 22.000
su Nº 2, baja en 15.000
Item 004 Remuneraciones Variables, baja en 1.900.000
Item 007 Alimentos y Bebidas, baja en 570.000
Item 008 Textiles, Vestuario y Calzado, baja en ... 170.000
Item 009 Combustibles y Lubricantes, baja en ...... 70.000
Item 012 Materiales de uso o consumo corriente, baja en 1.770.000
Item 013 Materiales y servicios para mantenimiento
y reparaciones, baja en 312.000
Item 015 Servicios Generales, baja en 1.520.000
Item 017 Otros servicios no personales, baja en ... 360.000
Item 022 Obligaciones Pendientes, baja en 148.000
Item 028 Transferencias a Personas:
su Nº 1, baja en 9.741.383
su Nº 3, se elimina su glosa y cantidad ... 500.000
Item 031 Transferencias a Organismos Internacionales, en moneda corriente, baja en US$ 5.000
Presupuesto de Capital:
Item 050 Maquinarias y Equipos, baja en ..... . Eº 345.000
y en moneda extranjera, baja en US$ 55.000
Total Gastos, baja en Eº 20.639.363
y en moneda extranjera, baja en US$ 60.000
Biblioteca del Congreso:
Presupuesto Corriente:
Item 004 Remuneraciones Variables, baja en Eº 1.600.000
Item 008 Textiles, Vestuario y Calzado, baja en ... 36.000
Item 012 Materiales de uso o consumo corriente, baja en ,. 350.000
Item 013 Materiales y servicios para mantenimiento y reparaciones, baja en 82.000
Item 015 Servicios Generales, baja en 346.000
Item 017 Otros servicios no personales, baja en ... 300.000
Item 022 Obligaciones Pendientes, baja en ... ... 77.000
Item 028 Transferencias a personas:
su Nº 2, se elimina su glosa y cantidad ... 500.000
Presupuesto de Capital:
Item 050 Maquinarias y equipos, baja en 2.130.000
y en moneda extranjera, baja en ... ... US$ 20.000
Total Gastos, baja en Eº 5.421.000
y en moneda extranjera, baja en ... ... US$ 20.000
MINISTERIO DEL INTERIOR
Modifícase este. Presupuesto en los siguientes términos:
Secretaría y Administración General.
Programa 01: Secretaría y Administración
General.
Item 004 Remuneraciones Variables, sube en Eº 3,800.000
Item 017 Otros Servicios no personales, se repone con 6.310.000
Item 035 Transferencias a Instituciones del Sector Público:
Asig. 001 Superintendencia de Servicios Eléctricos, de Cías y Telecomunicaciones, en moneda extranjera, se repone con ... ... US$ 80.000
y se elimina la siguiente glosa: Con cargo a este ítem se invertirán los recursos necesarios para la realización de las siguientes obras:
Electrificación del Sector La Rinconada del Tambo, en la Comuna de San Vicente de Tagua-Tagua Eº 500.000
Para extensión Alumbrado Tutuquén Centro Convento Viejo Tutuquén Bajo Para Extensión Alumbrado Público Rurales de Comuna de Curicó
Para Extensión Alumbrado Público en Sectores Rurales de Comuna de Teno. Para Extensión Alumbrado Público en Sectores Rurales de Comuna de Rauco Para Extensión Alumbrado Público en Sector Rural de Comuna de Hualañé
Para Extensión Alumbrado Público en Sectores Rurales de Comuna de Licantén Para Extensión Alumbrado Público en Sectores Rurales de Comuna de Vichuquén Para Extensión Alumbrado Público en Sectores Rurales de Comuna de Romeral y se agrega la siguiente: El D. F. L. Nº 68 de 1960, no es aplicable a la Superintendencia de Servicios Eléctricos, de Gas y Telecomunicaciones.
Item 080 Transferencias de Capital a Instituciones del Sector Público:
Asig. 001 Superintendencia de Servicios Eléctricos, de Gas y Telecomunicaciones, sube en Eº 4.378.000
y se elimina la siguiente glosa: Con cargo a este ítem destínase la cantidad de Eº 200.000 para la ampliación de la red de energía eléctrica de las comunas de Freire y Cunco.
Servicio de Gobierno Interior.
Programa 01: Gobierno Interior del Estado.
Item 004 Remuneraciones Variables, sube en Eº 3.998.000
Item 017 Otros servicios no personales, sube en ... 480.000
Item 023 Gastos Complementarios:
Asig. 002 Oficina Coordinadora de Emergencia, sube en 10.000.000
Servicios de Correos y Telégrafos.
Programa 01: Administración General.
Item 017 Otros servicios personales, se repone con .. Eº 1.166.000
Programa 04: Movilización y Mantención de Vehículos y Reparaciones Generales.
Item 051 Vehículos, se repone con Eº 9.000.000
Director General de Investigaciones.
Programa 01: Administración Central.
Item 004 Remuneraciones Variables, sube en Eº 4.200.000
Item 017 Otros servicios no personales, se repone con 685.000
Programa 02: Prevención e Investigación de Delitos.
Item 004 Remuneraciones Variables, sube en ...... Eº 1.800.000
Item 009 Combustibles y Lubricantes, sube en ... 1.659.000
Item 013 Materiales y servicios para mantenimiento
y reparaciones, sube en ... 806.000
Item 051 Vehículos, se repone con 3.600.000
y en moneda extranjera con ... US$ 40.000
Programa 03: Formación Profesional.
Item 004 Remuneraciones Variables, sube en Eº 1.325.000
Dirección de Asistencia Social. Programa 01: Asistencia Social.
Item 004 Remuneraciones Variables, sube en Eº 1.200.000
y en su glosa reemplázase el guarismo 12 por 46.
Item 028 Transferencias a personas:
Asig. 002 Otras transferencias, sube en Eº 10.000.000
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
Se suprimen las glosas específicas de los Servicios e ítem que se indican y se crean los que se señalan:
Secretaría y Administración General.
06-01-01-017.
Otros servicios no personales. Se suprime la glosa agregada por la H. Comisión Mixta, que dice: Un ejemplar de cada publicación que se elabore con cargo a este ítem deberá ser emitido a la Comisión de Relaciones Exteriores del Senado.
06-01-01-035.002.
Comisión Chilena para la Conferencia Mundial de Comercio y Desarrollo (UNCTAD III). Se suprime el siguiente inciso de su glosa; el edificio que se construya con motivo de esta Conferencia pasará, una vez realizoda, al Congreso Nacional.
Se suprime lo siguiente de su inciso final: Sólo hasta la cantidad de Eº 27.450.000. En el Presupuesto de Capital, se repone el siguiente ítem con su glosa:
06-01-01-053.
Terrenos y Edificios Eº 25.000.000
También incluye gastos por concepto de construcción, equipamiento, y alhajamiento del edificio del Ministerio de Relaciones Exteriores.
Servicio Exterior.
06-02-01-17.
Otros Servicios no personales: Se suprime la glosa agregada por la H. Comisión Mixta, que dice: Un ejemplar de cada publicación que se elabore con cargo a este ítem deberá ser emitido a la Comisión de Relaciones Exteriores del Senado.
7) MINISTERIO DE ECONOMIA, FOMENTO Y RECONSTRUCCION.
Subsecretaría de Economía, Fomento y Reconstrucción.
Programa 01: Política y Administración Industria y de Comercio Interno y Externo.
Item 07/01/01.004.
Remuneraciones Variables, se repone con Eº 5.465.000
Con la siguiente glosa:
Con este ítem se podrá contratar hasta 11 personas asimiladas a categorías o grado, y 44 a honorarios y otras remuneraciones.
Además se podrá pagar al personal que preste servicios transitorios no afectos al D. F. L. Nº 338, de 1960.
Item 07/01/01.017.
Otros servicios no personales, se repone con 1.100.000
Con la siguiente glosa:
Incluida la cantidad de Eº 280.000 y Eº 100.000 para atender todos los gastos de financiamiento del Tribunal de Segunda Instancia (Art. 21 Ley 17.066) y Consejo de Fomento de la Industria Cinematográfica Nacional (Decreto de Economía Nº 647 de 1967 y 166 de 1771), respectivamente, pudiendo efectuar contrataciones, gastos de capital y cualquier otro que sea necesario para realizar estos fines. Los miembros del Tribunal, representantes del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción y del Consejo de Defensa del Estado, gozarán de una dieta ascendente a un tercio de un sueldo vital mensual escala A) del departamento de Santiago por cada audiencia que asistan, no pudiendo exceder de tres sueldos vitales en el mes por cada integrante.
Además, incluye gastos de representación del Ministerio, debiendo rendir cuenta Eº 34.000.
Item 07/01/01.050.
Maquinarias y Equipos, se repone con 320.000
Item 07/01/01.051.
Vehículos, se repone con 120 000
Programa 02: Fomento de las Actividades Comerciales e Industriales.
(Presupuesto en Moneda Nacional).
Item 07/01/02.034.001.
Empresa de Comercio Agrícola, sube en Eº 100.000.000
Item 07/01/02.035.001.
Comisión Chilena de Energía Nuclear, se repone con . . 11.110.000
Item 07/01/02.035.003.
Instituto Nacional de Estadísticas, se repone con .. .. 47.140.000
Item 07/01/02.080.003.
Corporación de Fomento de la Producción, se repone con 1.227.948.000
Con la siguiente glosa:
El artículo 1º del D. F. L. Nº 68 de 1960, no le será aplicable durante el año 1972.
(Presupuesto en Moneda Extranjera)
Item 07/01/02.035.001.
Comisión Chilena de Energía Nuclear, se repone con .. US$ 80.000
Item 07/01/02.080.003.
Corporación de Fomento de la Producción, se repone con US$ 5.639.000
Direccin de Industria y Comercio.
Programa 01: Control del Mercado Interno.
Item 07/02/01.004.
Remuneraciones Variables, sube en Eº 2.214.000
Reemplázase en su glosa el guarismo 70 por 170.
Item 07/02/01.005.
Jornales, sube en 216.000
Reemplázase en su glosa el guarismo 15 por 30.
Item 07/02/01.017.
Otros servicios no personales sube en .... 179.000
Item 07/02/01.050.
Maquinarias y Equipos, se repone con 1.575.000
Item 07/02/01.041.
Vehículos, se repone con 850.000
Item 07/02/01.053.
Terrenos y Edificios, se repone con ... ... ... ... .. 2.000.000
Dirección de Turismo.
Proglama 01: Administración General, Fomento y Control del Turismo.
Item 07/03/01.017.
Otros Servicios no personales.
Suprímese la siguiente frase del primer inciso de su glosa:
La organización del Turismo Juvenil deberá hacerse con la participación de las organizaciones nacionales de Boy Scouts.
Item 07/03/01.050.
Maquinarias y Equipos, se repone con 400.000
08) MINISTERIO DE HACIENDA
Modifícase este Presupuesto en los siguientes términos:
01. Secretaria y Administración General.
Programa 01: Administración Financiera del Estado.
Item 08/01/01.035.001.
Superintendencia de Bancos, sube en 10.007.000
Item 08/01/03.023.001.
Provisión para complementación presupuestaria, se repone con Eº 25.000.000
y con : US$ 60.000
y con la siguiente glosa:
Para efectuar traspasos a los Presupuestos de los Ministerios sin la limitación establecida en el artículo 42 del D. F. L. Nº 47, de 1959. Con cargo a este ítem no podrá contratarse personal ni pagarse gastos de publicidad.
Incluye la suma de Eº 23.000.000 para pagar los aumentos que establezcan las leyes en los casos en que se deba reajustar de acuerdo al alza del costo de la vida del año anterior. Para estos efectos esta suma será excedible. En monedas extranjeras convertidas a dólares.
Incluye sólo provisión para Gastos de Operación, los que podrán pagarse directamente con esta asignación cuando no existan en los Servicios los ítem correspondientes.
El Ministro de Hacienda podrá, bajo la fórmula Por Orden del Presidente, firmar los decretos respectivos sean en moneda nacional o extranjera.
Programa 03: Operaciones Complementarias.
Item 08/01/03.050.
Maquinaria y Equipo, excluidos vehículos, sube en .... Eº 2.020.000
y en ... US$ 195.000
Item 08/01/03.051.
Vehículos, se repone con Eº 385.000
Item 08/01/03.063.
Otras obras e inversiones, se agrega al final de la glosa, lo siguiente:
Con cargo a estos fondos, se podrán pagar inversiones que efectúen servicios fiscales y hacer Transferencias a Instituciones Descentralizadas, para este mismo fin.
Este ítem será excedible hasta la concurrencia de los saldos de las Cuentas correspondientes.
Programa 04: Municipalidades.
Item 08/01/04.033.001.
En su Nº 2) la cantidad asignada baja en ... 53.000.000
Su Nº 4) se repone con la siguiente glosa:
Para ser distribuido en conformidad a sus necesidades, por el Ministerio de Hacienda 53.000.000
Suprímese el siguiente inciso de su glosa:
Con cargo a la suma señalada en el Nº 4) deberá otorgarse una subvención de Eº 3.000.000 a la Municipalidad de Conchalí, con el objeto de construir y habilitar una Estación de Servicio y Taller Mecánico para los vehículos de dicha Municipalidad, como asimismo, para cancelar las deudas pendientes de la adquisición de camiones con el Banco del Estado de Chile.
03.- Servicio de Impuestos Internos.
Programa 01: Administración.
Item 08/03/01.017.
Otros Servicios no Personales, se repone con Eº 14.078.000
y con la siguiente glosa:
Incluye Eº 10.000.000 destinados a la planificación y realización del reavalúo general de los bienes raíces del país, pudiendo pagarse, con esta suma, toda clase de Gastos, incluso materiales y remuneraciones.
Programa 04: Tratamiento automático de Datos.
Item 08/03/04.017.
Otros servicios no personales, sube en 2.184.000
09.- MINISTERIO DE EDUCACION PUBLICA
Modifícase este presupuesto en los siguientes términos:
01.- Secretaría y Administración General.
Programa 01: Administración General de la Educación.
Item 09/01/01004.
Remuneraciones Variables, sube en 10.053.000
En la glosa las cantidades 76 y 126, se reemplazan por 150 y 140 respectivamente.
Item 09/01/01017.
Otros Servicios No Personales, sube en 750.000
Item 09/01/01022.
Obligaciones Pendientes.
Se repone el inciso segundo de la glosa: Asimismo prorróganse las disposiciones del artículo Nº 39 de la Ley Nº 17.399, que serán aplicables en cada ítem de obligaciones pendientes del Ministerio de Educación Pública.
Programa 02: Fomento de la Educación y la Cultura.
Item 09/01/02029.001.
Se suprime la glosa que a continuación se indica:
Estas subvenciones deberán ser pagadas dentro de 90 días siguientes a la presentación de las solicitudes correspondientes.
Item 09/01/02035.004.
Difusión Cultural.
Se repone con la siguiente cantidad y glosa 8.721.000
pudiendo hacerse transferencias a las Universidades Públicas y Privadas y a las Federaciones de Estudiantes Universitarios, instituciones educacionales, culturales y sociales relacionadas con el Ministerio de Educación Pública, que tengan personalidad jurídica y para efectuar toda clase de gastos de operación.
Sustitúyese los siguientes ítem con sus glosas y cantidades: 09/01/02-029.015, Canal 4 Universidad Católica de Valparaíso; 09/01/02-029.016 Canal 13 Universidad Católica de Santiago; 09/01/02-036.006 Consejo Nacional de Televisión por el siguiente ítem, cantidad y glosa:
Item 09/01/02-035.006.
Fondos de la Televisión Chilena 100.800.000
Para ser distribuido en conformidad a lo dispuesto en el artículo 32 de la Ley Nº 17.377, y dar cumplimiento a las disposiciones del artículo 78 de la Ley Nº 17.416. Se rechazan las siguientes indicaciones:
Item 09/01/02080.001
La Ley de Presupuestos de la Nación deberá contabilizar los ingresos y egresos de organismos, instituciones o empresas del sector público, cuyos fondos se registren en cuentas especiales de depósito en virtud de leyes especiales, sin perjuicio de mantener el régimen autónomo de giros establecido en dichas leyes.
Con cargo a este ítem deberán transferirse a la Universidad de Concepción, para construir un pabellón de tres pisos con 900 metros cuadrados para su Centro Universitario de BíoBío . . Eº 3.000,000
Con cargo a este ítem se invertirán los recursos necesarios en la construcción o ampliación de las siguientes obras:
Provincia de Antofagasta: 1) Antofagasta: Escuelas Básicas Nºs. 3 y 8 especial de rehabilitación; 2) Tocopilla: Escuelas Básicas Nºs. 6 y 13 y Aula Magna del Liceo de Tocopilla; 3) Calama: Escuelas Básicas Nºs. 28 y 29 y Escuela Industrial El Cobre, y 4) Taltal: Liceo de Hombres. Provincia de Aconcagua: 1) Construcción de dos Escuelas Rurales,. Plan Zonal de Aconcagua; 2) Los Andes: Escuela Básica Nº 2; 3) La Ligua: Escuela Básica Nº 2 y Centro de Enseñanza Media, y 4) Santa María: Escuela Agrícola de Tocornal. Provincia de O'Higgins: Escuela Nº 23 de Lo Miranda. Provincia de Colchagua: Liceo Coeducacional de Santa Cruz (Gimnasio). Provincia de Curicó: 1) Plan Comunitario de construcción de Escuelas de la Provincia de Curicó; 2) Curicó: Escuela Nº 36, Liceo de Niñas, Escuela Industrial y futuras sedes universitarias (compra local); 3) Romeral: Escuela Los Maquis; 4) Teno: Grupo Escolar; 5) Comalle: Grupo Escolar; 6) Hualañe: Internado; 7) Mataquito: Cuatro Escuelas Rurales, Provincia de Talca: 1) Construcción de tres Escuelas Rurales, Plan Zonal de Talca; 2) Talca: Escuelas Básicas Nºs. 4 y 6 Sector Oriente, Instituto Comercial y Escuela Industrial; 2) Pelarco: Escuela Básica Nº 37 de Panguilemu; 3) Molina: Liceo de Molina; 4) Lontué: Escuela Lo Valdivia, y 5) Sagrada Familia: Grupo Escolar Sagrada Familia y Grupo Escolar Santa Emilia. Provincia de Ñuble: 1) Construcción de cinco Escuelas Rurales, Plan Zonal de Ñuble; 2) Chillán: Escuelas Básicas Nº 3, Sector Plaza, 47, de la Población Huambaly, y 53, de la Población Mardones, Instituto Comercial de Chillán, Escuela Agrícola Asentamiento de Cato (convenio BIRF) y Escuela Normal de Avenida Collins (convenio BIRF); 3) Bulnes: Liceo de Bulnes; 4) Yungay: Escuela Consolidada; 5) Cobquecurá: Escuela Nº 37 El Castillo (Buchupureo) y 6) Coihueco: Escuela Nº 29 Minas del Prado. Provincia de Concepción: 1) Construcción de cinco Escuelas Rurales, Plan Zonal de Concepción; 2) Concepción: Escuelas Básicas Nºs. 1 y 3 de la comuna y Liceo de Hombres Nº 2; 3) Talcahuano: Escuelas Básicas Población LAN B, Población Laguna Redonda y Cerro La Gloria, Centro de Enseñanza Media de San Vicente y Escuela Industrial de Villa CAP. 4) Tomé: Escuela Básica Nº 2 e Instituto Comercial; 5) Hualqui: Escuela Básica Nº 2124; 6) Yumbel: Escuela Básica Nº 1427, Sector Estación, y 7) Chiguayante: Liceo Coeducacional. Provincia de Arauco: 1) Lebu: Escuela Industrial; 2) Coronel: Escuela Básica Nº 327 de Playa Negra y 3) Curalinahue: Escuela Nº 38 y Liceo de Curanilahue. Provincia de Malleco: 1) Construcción de tres Escuelas Rurales, Plan Zonal de Malleco; 2) Angol: Escuela Técnica de Angol; 3) Victoria: Escuela Industrial de Victoria; 4) Purén: Centro de Enseñanza Media de Purén; 5) Curacautín: Escuelas Básicas Nºs 5 de Curacautín, 11, de Pichipehuenco y 21, de Contracotroyo, y de Mitranquén, Hicayalí y Nitrito, y Centro de Enseñanza Media de Curacautín.
Provincia de Cautín: 1) Construcción de cinco Escuelas Rurales, Plan Zonal de Cautín; 2) Temuco: Escuelas Básicas Nºs. 15, de la Población Dreves, 95, del Sector Norte, y 120 de la Población Campos Deportivos; 3) Pitrufquén: Escuela Básica Nº 11, de Comuy; 4) Carahue: Centro de Enseñanza Media; 5) Pucón; Centro de Enseñanza Media; 6) Freire: Centro de Enseñanza Media; 7) Gorbea: Liceo de Gorbea; y 8) Lautaro: Escuela Industrial. Provincia de Valdivia: 1) Construcción de cuatro Escuelas Rurales, Plan Zonal de Valdivia; 2) Valdivia: Escuela Industrial e Instituto Comercial; 3) Panguipulli: Escuelas Básicas de Quechumalal y Fundo Chan Chan y Centro de Enseñanza Media de Panguipulli; 4) Paillaco: Centro de Enseñanza Media (con internado); 5) Río Bueno: Liceo de Río Bueno; y 6) Lanco: Escuela Consolidada; 7) San José de la Mariquina: Escuela Nº 124 de Estación Ciruelos y Grupo Escolar o Escuela Consolidada de San José de la Mariquina; 8) Lago Ranco: Internado Escuela Nº 20; 9) La Unión: Escuelas Básicas de las Poblaciones El Maitén, Radimadi y Matadero, de la comuna de La Unión; 10) Corral: Liceo de Corral; 11) Los Lagos: Instituto Comercial, y 12) Máfil: Liceo Fiscal.
Para continuación construcción del Liceo de Rengo.
Para construcción Centro de Enseñanza Media de San Vicente de Tagua Tagua.
Para terminación Escuela Nº 13 de Cachapoal de Las Cabras.
Para ampliación del Liceo de Las Cabras.
Para construcción Escuela Nº 12 de Niñas de Las Cabras.
Quinta de Tilcoco. Arreglo de una sala. Escuela 17 de Guacarhue.
Pichidegua. Arreglo en Escuela Mal Paso, Servicios higiénicos.
San Vicente de Tagua Tagua, Escuela Nº 2 de La Puntilla. 200 alumnos. Arreglo Escuela.
Pichidegua. Creación de una Escuela Sector Los Romos.
San Fernando. Falta completar el Liceo, 2 Pabellones.
Construcción Escuela Nº 23, Doñihue. Hay terreno de propiedad Fiscal.
El Olivar, terminación pabellones Escuela Nº 11.
Programa 03: Perfeccionamiento, Experimentación e Investigaciones
Pedagógicas.
Item 09/01/03035.001
Difusión Cultural.
Se repone la siguiente glosa:
Pudiendo hacerse transferencias a la Universidad de Chile, Técnica del Estado y demás reconocidas por el Estado, sujetas a convenios, para realización de seminarios y cursos de perfeccionamiento de profesores.
Programa 04 Educación Superior.
Item 09/01/04085.001
Universidad de Chile. Se repone:
Redúcese el ítem en la cantidad Eº 22.608.000 y se traslada del mismo ítem del Presupuesto Corriente al ítem 09/01/04-080.001 del Presupuesto de Capital la cantidad de Eº 362.322.000. Como consecuencia de este traslado el ítem baja en Eº 384.930.000
Y se repone la siguiente glosa:
En este monto se encuentran comprendidos los recursos de cuentas especiales, originados por leyes anteriores a la dictación del D.F.L. Nº 1 de 1971, del Ministerio de Educación Pública. Estatuto Orgánico de la Universidad de Chile.
Item 09/01/04-080.001
Universidad de Chile.
Se repone:
Trasládase a este ítem; del ítem 09/01/ 04/035.001 del Presupuesto Corriente de este programa, la suma de Eº 362.322.000. Como consecuencia de este traslado, el ítem sube en Eº 362.322.000
Y se repone la siguiente glosa:
En este monto se encuentran comprendidos los recursos de cuentas especiales originadas por leyes anteriores a la dictación del D.F.L. Nº 1, de 1971, del Ministerio de Educación Pública. Estatuto Orgánico de la Universidad de Chile.
02.- Dirección de Educación Primaria y Normal.
Programa 01: Administración de la Educación Primaria y Normal. Item 09/02/01022 Obligaciones pendientes.
Se repone la siguiente glosa:
Este ítem será excedible, únicamente para pagar remuneraciones pendientes y aporte patronal de las mismas.
Programa 02 Educación Primaria Común.
Item 09/02/02-012
Materiales de uso o consumo corriente. Se rechaza la siguiente glosa: Para Material Didáctico.
03.- Dirección de Educación Secundaria.
Programa 01 Administración de la Educación Secundaria.
Item 09/03/01-012
Materiales de uso o consumo corriente. Se rechaza la siguiente glosa: Y para Material Didáctico.
06.- Superintendencia de Educación.
Programa 01 Planificación de la Educación.
Se repone el siguiente ítem, cantidad y glosa:
09/06/01-023
Gastos Complementarios Eº 3.066.000
Provisión de fondos para el funcionamiento de la Oficina de Planificación y Presupuesto de Educación, creada por Decreto Nº 1484, de 17 de junio de 1971 y otras necesidades del Ministerio.
10.- MINISTERIO DE JUSTICIA.
Modifícase este Presupuesto en los siguientes términos:
Secretaría y Administración General.
Programa 01: Dirección Central de Justicia.
Item 10/01/01.017
Se agrega el siguiente inciso a su glosa: Cursos de perfeccionamiento para el personal judicial, incluso pago a profesores, realizados por el Ministerio de Justicia a través de alguna Facultad de Derecho del país o de acuerdo con la Corte Suprema de Justicia.
Item 10/01/01.029.001
Consejo General del Colegio de Abogados. Se suprime la glosa que a continuación se indica: Con cargo a esta asignación, la Tesorería General de la República entregará al Consejo General del Colegio de Abogados la cantidad de Eº 11.300.000 por duodécimos, dentro de los primeros días días de cada mes, para contribuir al financiamiento de los Servicias de Asistencia Judicial y demás actividades propias del mismo colegio, debiéndose rendir cuenta anualmente a la Contraloría General de la República de la inversión de estos recursos.
Item 10/01/01.035.001
Tribunal Constitucional, sube en Eº 1.000.000
Item 10/01/01.061 Construcciones Públicas.
Se suprime el siguiente inciso final a su glosa: Deberá destinarse la cantidad necesaria para terminar
el presidio, la casa del juez, la casa del Alcaide y
el nuevo Juzgado de Peumo.
CONSEJO DE DEFENSA DEL ESTADO
Item 10/06/01.004
Remuneraciones Variables, sube en Eº 842.000
Se suprime al final de su glosa, la siguiente frase: Debiendo proveerse por concurso los cargos de 30 personas que no pertenecen al Servicio.
Item 10/06/01.051
Vehículos, se repone con Eº 346.000
11.- MINISTERIO DE DEFENSA
Se suprimen las glosas específicas del ítem que a continuación se indica:
Subsecretaría de Guerra.
Programa 01: Conducción Superior.
11-01-01-035.004.
Dirección General de Deportes y Recreación Construcción Auditorium y Canchas Deportivas para Juegos Panamericanos en terrenos cedidos por Villa Berlín, Valparaíso; construcción de Campos Deportivos en 6 Poblaciones principales de la ciudad de Curicó; arreglo y acondicionamiento de canchas laterales del Estadio La Granja de Curicó; construcción Campo Deportivo Sector Isla de Marchant; construcción de Campo Deportivo Sector Comalle; acondicionamiento del Estadio La Huerta de Mataquito; acondicionamiento del Estadio Hualañé; construcción Campo Deportivo Vichuquén; construcción Campo Deportivo Llico; construcción Campo Deportivo Iloca; acondicionamiento Estadio Teno; cierros y camarines de Estadio Renaico; cierros y camarines de Estadio Los Sauces; cierros y camarines de Estadio Huequén; para Estadio Purén; arreglo y acondicionamiento de Estadio Sarmiento.
12) MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS Y TRANSPORTES.
En este Presupuesto se suprimen las frases y destinaciones específicas, que más adelante se indican formuladas a los siguientes programas e ítem por la Honorable Comisión Mixta de Presupuestos, por el Honorable Senado y por la Honorable Cámara de Diputados:
Dirección. General de Obras Públicas.
Programa 01: Administración y Ejecución de Obras Públicas.
Item 12/02/01.017
Para estos efectos, el Director General de Obras Públicas podrá contratar un Ingeniero Civil, quien tendrá a su cargo la realización de este programa.
Item 12/02/01.055
Con a estos Eº 61.500.000 destínanse a las obras que se indican las siguientes cantidades: pavimentación entrada norte Antofagasta, Eº 700.000; para camino Tocopilla-Río Loa, Eº 300.000; para camino costero TaltalPaposo, Eº 1.000.000; para pavimentación o asfalto de camino Chillán-Portezuelo, Eº 2.000.000; para pavimentación del camino desde el servicentro de Curanilahue hasta el empalme con el camino pavimentado que va a Cañete y Lebu, Eº 2.000.000; pavimentación del camino Los Lagos a Llifén, Eº 1.000.000; terminación del camino de Panguipulli a Choshuenco, Eº 3.000.000; terminación Carretera Panamericana en el sector de la comuna de Los Lagos, PaillacoRucaco, Eº 8.000.000; para ripiado total del camino Ciruelos a Pureo, Eº 300.000; para ripiado del camino Tringlo-San José de la Mariquina, Eº 50.000; pavimentación, ensanchamiento y terminación del camino costero Tocopilla-Iquique, Eº 3.000.000; pavimentación entrada norte de Mejillones, Eº 1.000.000; para continuar la construcción del camino de Futaleufú a Puerto Ramírez, Eº 8.000.000; mejoramiento y pavimentación asfáltica del camino CañetePeleco, Eº 9.000.000, y construcción y pavimentación asfáltica del camino LebuLos Alamos, Eº 15.000.000.
Con cargo a estos Eº 100.000.000 destíñanse a las obras que se indican las siguientes cantidades: construcción de variante en Cuesta Lastarria, Eº 1.500.000; para camino Calama-San Pedro de Atacama, Eº 2.000.000; para estudio y construcción de paso sobre nivel en camino internacional Valparaíso-Mendoza, Eº 2.000.000; pavimentación de 15 kilómetros camino Rengo-Quinta de Tilcoco, de 7 kilómetros desde comuna El Olivar a Camino Longitudinal, de 4 kilómetros del camino Panquehue-Malloco, de 2 kilómetros del camino Longitudinal, antiguo acceso a San Vicente de Tagua-Tagua, a 12 kilómetros del camino Peumo-Las Cabras, de 2 kilómetros del camino de acceso a Lo Miranda y de 600 metros del camino de acceso a Doñihue, Eº 2.000.000; pavimentación camino Melipilla-Cuesta Ibacache, Eº 5.000.000; terminación asfalto camino Estación Colina-Lampa, Eº 1.000.000; pavimentación camino Lonquén, Maipú, Eº 2.000.000; pavimentación Cuesta La Dormida, Eº 1.000.000; construcción de un puente sobre el río Calcurrupe, Eº 200.000; construcción del camino Corral-Valdivia, Eº 1.000.000; construcción del puente sobre el río Riñinahue, Lago Ranco, Eº 200.000; construcción de puente sobre el río Ignao, Lago Ranco, Eº 100.000; terminación del camino CobquecuraColmuyaoBoca Itata, Eº 100.000; terminación de los caminos de Tehuaco-Boca Itata, Quirihue-Culenco y Portezuelo Coelemu, por minas de Leuque, Eº 100.000 para cada uno; mejoramiento y ripiado del camino Lebu-Arauco, por Quiape, Eº 200.000; pavimentación camino San Javier-Constitución, Eº 5.000.000; terminación Carretera Panamericana entre Ancud y Castro, Eº 2.000.000; construcción variante Chibeo, entre Castro y Dalcahue, Eº 400.000; construcción camino de Castro al Pacífico, por La Chracra, Eº 400.000; construcción camino costero Curanipe-Cobquecura, Eº 200.000; pavimentación camino de Castro al Pacífico, por La Chacra, Eº 400.000; consestero Arenal, camino Cauquenes-San Javier, Eº 500.000; programa A4, camino Chillán-Diguillín, Eº 500.000; programa A4, recinto Termas de Chillán, Eº 1.000.000; para camino San José-Mehuín, Eº 800.000; para camino Valdivia-Niebla, Eº 600.000; para camino Reumen-Montuela, Eº 1.300.000; para camino La Unión-Rapaco, Eº 500.000; para camino Río Bueno-Lago Raneo, Eº 5.000.000; para camino La Unión-Puerto Nuevo, Eº 2.000.000; para camino Lanco-Panguipulli, Eº 2.000.000; pavimentación de 5 kilómetros camino Colín-Talca, Eº 500.000; pavimentación asfáltica de 3 kilómetros camino Maule-Pueblecillo, Eº 500.000; pavimentación de 17 kilómetros camino El Puehuenche-Mariposas, Eº 3.000.000; pavimentación camino Talca-Pencahue, Eº 1.500.000; construcción de un puente sobre el estero Litu, comuna de Pencahue, Eº 400.000; pavimentación de 8 kilómetros camino Talca-Pelarco, Eº 1.000.000; pavimentación del camino Cauquenes-Constitución, Eº 8.500.000; construcción de los puentes Quebrada Honda, Lo Patricio y El Roble, comuna de Pelarco, Eº 1.500.000; continuación pavimentación camino Camarico-Cumpeo, Eº 1.000.000; pavimentación camino Tropezón-Pelarco, Eº 1.000.000; continuación pavimentación Lontué-Sagrada Familia, Eº 2.000.000; pavimentación camino Parral-Cauquenes, Eº 5.000.000; para camino Victoria-Curacautín, Eº 3.500.000; para camino Los Sauces-Traiguén, Eº 2.500.000; para camino Los Sauces-Purén-Contulmo, Eº 3.000.000; para camino Los Angeles-Antuco, Eº 5.000.000; construcción acceso camino sur Mulchén, Eº 1.500.000; pavimentación camino Los Sauces-San Ramón, sector Los Sauces al cementerio, Eº 1.000.000; para camino Los Sauces-Agua Santa, Purén, Eº 500.000; para camino Los Sauces-Colonia Miraflores, Eº 500.000, y para camino San Felipe-Putatendo-Cabildo, Eº 3.000.000.
Con cargo a estos Eº 141.500.000 destínanse a las obras que se indican las siguientes cantidades: construcción del camino San Rosendo-Panamericana, Eº 2.500.000; construcción de puente Yumbel-Monte Aguila, sobre el río Claro, Eº 200.000; reconstrucción puente Itata, Eº 3.000.000; nuevo camino Cobquecura-Quirihue, Eº 2.000.000; pavimentación camino Cañete-Contulmo, Eº 2.000.000; mejoramiento caminos Cañete-Quidico y Arauco-Lebu, Eº 1.000.000; reparación camino Arauco-Carampangue-Puente Largo, Eº 1.000.000; construcción tercera pista camino Concepción-Chiguayante, Eº 2.000.000; terminación de los puentes Raqui, Raqui II, Tubul y Cupaño, Arauco, Eº 700.000; construcción camino Ranquel-Conihueco, Eº 150.000; pavimentación acceso sur poniente Bulnes-Concepción, Eº 200.000; puente colgante Los Perales, Bulnes, Eº 100.000; puente balseadero Bocatoma, camino Liucura-General Cruz, Eº 200.000; camino Reloca-Quirihue, Eº 150.000; camino costero Iquique-Tocopilla, Eº 1.500.000; para camino Calama-Chuquicamata-Tocopilla, Eº 5.000.000; para construcción camino que une los pueblos de Pica, Canejones, La Huayca y La Tirana, Eº 2.000.000; para camino Antofagasta-Calama-Hauytiquina, Eº 2.000.000; puente sobre el río Grande, comuna Monte Patria, Eº 1.000.000 puente sobre el río Rapel, comuna Monte Patria, Eº 1.000.000; puente sobre el Río Grande, frente a Semita, comuna Monte Patria, Eº 1.000.000; pavimentación 15 kilo metros camino Osorno-Bahía Mansa, Eº 10.000.000; apertura camino Antillanca-Las Gaviotas, comuna de Osorno, Eº 500.000; apertura camino Río Negro-Caleta Cóndor, comuna de Osorno, Eº 500.000; para camino Lican-Termas de Puyehue, Eº 1.000.000; terminación caminos Folilco-Las Alturas y Puringue PobreCuranilahue, comuna San José de la Mariquina, Eº 100.000 a cada uno; construcción de puentes Ringán, en el sector de Pureo, y El Nogal, en el camino del mismo nombre, comuna de San José de la Mariquina, Eº 300.000 a cada uno; para nivelación y ripiado de los caminos transversales de la comuna de San José de la Mariquina, Eº 1.500.000; para caminos Cañete-Contulmo y Contulmo-Purén, Eº 3.000.000; terminación caminos Panguilemu-Maqui-Blanco, Portezuelo-Cabrería-Minas Lauque y camino Bajo-Llahuen Alto, Eº 1.000.000 a cada uno; construcción de un puente sobre el río Ñuble, en el lugar El Ala, Eº 2.000.000; para construcción y mejoramiento de los caminos de acceso a los asentamientos y a los terrenos incorporados al proceso de reforma agraria en la provincia de Arauco, Eº 5.000.000; construcción del camino Tubul-Punta de Lavapié, aprovechando construcción de los puentes Raqui y Tubul, Eº 3.000.000; para construcción camino que parte del sur de la comuna de Lampa hasta Santiago, Eº 20.000,000; pavimentación camino a Los Queñes, Eº 7.000.000; construcción de puentes en los sectores Los Queñes con La Montaña y Potrero Grande con Upeo, provincia de Curicó, Eº 2.000.000 a cada uno; terminación de pavimentación del camino La HuertaHualañé, Eº 5.000.000, y prolongación del pavimento del camino Los Niches, Eº 5.000.000; para continuar pavimentación del camino de San Fernando a Puente Negro, Eº 10.000.000; para construir los puentes El Auto, en camino Pichidegua-Pichilemu, Cabeceras, entre esta localidad y Paredones, El Cardal, en camino a Pichilemu, Eº 500.000 a cada uno; para puentes menores en caminos del departamento de Santa Cruz, Eº 800.000; para caminos de Nilahue Cornejo a Pumanque y a Lolol, Eº 500.000; pavimentación del tramo de camino de La Dormida a Santiago, Eº 5.000.000; asfalto en camino Freire-Cunco, Eº 2.500.000;asfalto en camino Imperial-Carahue, Eº 2.500.000; construcción de un puente sobre el río Toltén, comuna del mismo nombre, Eº 3.000.000; asfalto en camino que une la Carretera Panamericana con Perquenco, Eº 1.500.000, y asfalto en camino Loncoche-Villarrica, Eº 3.000.000.
Además, deberán destinarse las cantidades necesarias para ejecutar las siguientes obras: pavimentación de 15 kilómetros del camino Rengo-Quinta de Tilcoco; pavimentación de 1 kilómetro en la continuación del camino Molino a Longitudinal, Graneros, entre la villa y Compañía; pavimentación del camino Malloa-Panquehue, Plan Parker; pavimentación de 7 kilómetros camino Olivar Alto-Longitudinal; pavimentación camino Peumo-Las Cabras; pavimentación camino San Fernando-Pichelemu; construcción de un puente sobre el río Claro, entre Corcolén y Quinta de Tilcoco; reparación del puente entre Peumo y San Vicente, de modo que quede convertido en caminero; construcción del puente Santa Rosa sobre el río Cautín; construcción del puente Azócar sobre el río Toltén, entre Hualpín y Nueva Toltén; construcción del nuevo camino que unirá al sector de Rinconada del Tambo con San Vicente, saliendo por el Fundo Santa Teresa de San Vicente de Tagua Tagua, y construcción de un puente y paso bajo nivel desde camino Troncal y Avenida el Retiro de Quilpué.
Con cargo a estos Eº 67.000.000 destíñanse Eº 10.000.000 para pavimentar y habilitar el camino internacional de Calama a Salta, pasando por los pueblos de San Pedro de Atacama, Toconao y Huaytiquina.
Con cargo a estos Eº 55.000.000, destínanse a las obras que se indican las siguientes cantidades: para ampliación del aeropuerto de Lebu, incluyendo construcciones e instalaciones, Eº 2.000.000; para ampliación del aeropuerto de Cañete, Eº 2.000.000; para construcción de un aeropuerto en Isla Mocha, Eº 5.000.000; para el aeródromo de Piruquina, provincia de Chiloé, Eº 1.000.000; para pavimentación de los cabezales de los aeródromos de Chaitén, Alto Palena y Futaleufú, Eº 3.000.000; para pavimentación de la cancha de aterrizaje de Panguilemo, comuna de Pelarco, Eº 4.500.000; para aeródromo de Traiguén, Eº 1.000.000, y para ampliación de la cancha del Club Aéreo de Rancagua, Eº 100.000.
Con cargo a estos Eº 148.000.000, destínanse a las obras que se indican las siguientes cantidades: para iniciar los trabajos del nuevo puerto de Lebu, Eº 3.500.000; para muelles de Laraquete, Punta Lavapié, Tubul, Islas Santa María y Mocha, Quidico, Tirúa, Llico (provincia de Arauco) y Cocholgüe, Eº 3.000.000; construcción del espigón de atraque en Tocopilla, Eº 3.000.000; mejoramiento del muelle de Mejillones, Eº 1.000.000; defensas fluviales en Sarmiento, Tutuquén, Quilpoco, La Huerta de Mataquito, Placilla e Iloca, Eº 5.000.000; para muelles de Futrono e Isla Huape, Eº 200.000; para estudio y construcción de obras portuarias en Corral, Eº 3.000.000; para puerto pesquero de Bahía Mansa, Eº 100.000; para construir 150 metros de espigón en Tirúa, Eº 1.000.000; para construcción de molo de abrigo de Punta de Lavapié, Eº 1.000.000; para muro costero y remodelación de Angelmó, Eº 2.000.000; para construir un puerto pesquero en Chinquío, Puerto Montt, Eº 3.500.000; para la construcción del muelle de Puerto Varas, Eº 3.000.000; para espigones río Valdivia, Eº 3.000.000; para obras complementarias en Las Mulatas, Valdivia, Eº 800.000, y para construcción de trampas de desembarque en el Canal de Chacao, Eº 2.000.000..
Item 12/02/01.057.
Con cargo a este ítem, destínanse a las obras que se indican las siguientes cantidades: para iniciar los estudios preliminares y los trabajos pertinentes para la construcción de un tranque en el río Chillán, destinado al regadío de la comuna de Pinto, Eº 2.000.000; para abovedamiento del estero Las Toscas, Chillán, Eº 1.800.000; para instalación de acueducto Lequena-Antofagasta, Eº 1.600.000, y para estudio e iniciación de obras del proyecto de regadío del Valle Cayucupil y Valle Botamolal, en la comuna de Cañete, Eº 3.500.000 para cada uno..
Además, deberá destinarse la cantidad necesaria para la construcción del canal de regadío Digua-Perquilauquén-Ñiquén.
Item 12/02/01.060.
Con cargo a estos Eº 200.000.000, destínanse a las obras que se indican las siguientes cantidades: extensión y ampliación de la red urbana de agua potable de las siguientes calles de la comuna de Isla de Maipo: Gálvez, Crucero, Armijo, Rosario, Zúñiga, Pedro N. Alvarez, Santelices, Lo Martínez, Acevedo, calles de las Poblaciones El Esfuerzo y Municipal y de los callejones J. M. López, Lo Herrera, Naguayán, López y Ahumada, Eº 1.000.000; instalación de agua potable en Paredones, Colchagua, Eº 2.500.000; adquisición de motobomba para agua potable de Quirihue, Eº 40.000; ampliación red de agua potable en comunas de Arauco y Cañete, Eº 500.000 para cada una; ampliación de redes de agua potable en Laraquete y Chiguayante, Eº 200.000 y Eº 1.500.000, respectivamente; instalación conductos agua potable en poblaciones Entre Ríos y Santa Rosa, Calama, Eº 1.000.000; construcción de estanque de agua potable para abastecimiento de Taltal, Eº 900.000; habilitación de la planta de tratamiento de aguas arsenicadas de Antofagasta, Eº 1.000.000; instalación de arranques domiciliarios de agua potable para la población Olivarera Norte de Arica, Eº 600.000; construcción de estanque de agua potable en la comuna de Panguipulli, Eº 4.000.000; instalación de red de agua potable en Huellahue, Panguipulli, Eº 300.000; ampliación abastecimiento de agua potable en La Unión, Eº 2.000.000; ampliación red de agua potable en calles Valparaíso, Viña del Mar y Linares, de la comuna de Lago Ranco, Eº 300.000; construcción de red de agua potable en Ignao, Lago Raneo, Eº 300.000; para red de agua potable de Quirihue, Portezuelo y Ninhue, Eº 300.000 a cada uno; instalación de red de agua potable en Gorbea, Eº 600.000; ampliación de red de agua potable de Temuco, Eº 2.000.000; habilitación de pozos en Cherquenco, Eº 1.0000.000; para planta de filtros de Temuco, Eº 5.000.000; para mejoramiento del servicio de agua potable en Puerto Saavedra, Eº 500.000; para construcción de red de agua potable en Pueblo Nuevo y Santa Rosa Temuco, Eº 600.000 a cada uno; para habilitación de pozos en Perquenco, Los Laureles, Labranzas, Quepe y Cajón, Eº 300.000 a cada uno; para habilitación de pozos y perforaciones en Carahue, Eº 1.000.000; para instalación del servicio de agua potable en Los Laureles, Eº 600.000; para ampliación de redes de agua potable de Lautaro, Eº 500.000; para construcción de estanque elevado en Lautaro, Eº 1.000.000; para planta elevadora y estanque en Nueva Toltén, Eº 700.000; para construcción de estanque en Pucón, Eº 300.000; para instalación de servicio de agua potable en Perquenco, Eº 500.000; para mejoramiento de red y nuevo estanque de Temuco, Eº 2.000.000; para captación de aguas en base a cuatro pozos profundos en Temuco, Eº 2.000.000; para construcción planta elevadora y filtros de Cañete, Eº 2.000.000; para mejoramiento del servicio de agua potable de Curanilahue, Eº 1.400.000; para construcción de planta de filtro en Lebu, Eº 1.000.000; para construcción de colectores de aguas lluvias en Lebu, Eº 300.000; para extensión de agua potable en Lebu y Arauco, Eº 500.000 a cada una; para mejoramiento de la matriz de agua potable de Talca, Eº 500.000; para instalación de servicio de agua potable en Antilhue, Máfil y Pitrufquén, Eº 200.000 a cada uno y para instalación de servicio de agua potable en Reumen y Malalhue, Eº 500.000 a cada uno; para mejoramiento del servicio de agua potable de Los Lagos, Eº 600.000; para la planta de filtros rápidos de Valdivia, Eº 3.000.000; para habilitación de pozos en La Unión, Eº 500.000; para nueva aducción en Cuesta de Soto, Valdivia, Eº 1.000.000; para habilitación de pozos en Malalhue, Eº 200.000; para aducción de agua en el sector alto do Panguipulli, Eº 2.000.000; para mejoramiento y ampliación del servicio de agua potable de Sagrada Familia, Eº 1.000.000; para nuevas fuentes y pozos en Lumaco, Eº 200.000; para instalar matrices de agua potable en la Población Nueva Trizano, de Angol, Eº 100.000; para instalación de servicio de agua potable en Collipulli y Lonquimay, Eº 1.000.000 para cada uno; para perforación de pozos en Los Sauces, Eº 200.000; para habilitación de pozos en Victoria, Eº 1.000.000; para construcción y habilitación de pozos en Púa, Malleco, Eº 200.000; para mejoramiento del servicio de agua potable en Victoria, Eº 500.000; para terminación de la planta de filtros de Angol, Eº 300.000; para sondajes en Púa, Eº 50.000; para ampliación de la red de agua potable de la Isla de Maipo, Eº 3.000.000; para terminación de obras de agua potable en Quinta Normal, Santiago, Eº 5.000.000; para instalación de agua potable en Lampa, Eº 5.000.000; para ampliación de la red matriz en la Población Las Hormigas, de Pichidegua, Eº 100.000; para ampliación de red de agua potable en Quinta de Tilcoco, Eº 1.000.000; para extensión de la red de agua potable en Olivar Bajo, Eº 350.000; para levantar una cañería desde la bocatoma del Río Codegua hasta la copa de agua, para abastecer a La Leonera, la Estancilla, Isla Norte y Callejón Los Silvas, provincia de O'Higgins, Eº 200.000; para extensión de red de agua potable en los sectores El Molino y El Bajo de Olivar Alto, Eº 300.000 a cada uno; para empalmes domiciliarios en las comunas de San Esteban y Santa María, Eº 100.000 a cada uno; para estudio y construcción de acueducto Riecillos, provincia de Aconcagua, Eº 5.000.000; aducción de agua potable en Tomé, Eº 1.500.000; para instalación de servicio de agua potable en La Florida, Concepción, Eº 300.000; para planta elevadora en Pedro de Valdivia Concepción, Eº 500.000; instalación de servicio de agua potable en Coelemu, Eº 500.000; para construcción de etapa B de Coronel, Eº 500.000; para habilitación estanque de cerro Chepe, Concepción, Eº 500.000; mejoramiento del servicio de agua potable de Tomé, Eº 1.000.000; aducción cerro Chepe Higueras de Talcahuano, Eº 2.000.000; para inducción Higueras cerroSolar de Talcahuano, Eº 2.000.000; para mejoramiento de la red de agua potable de San Felipe, Eº 500.000; para habilitación sondaje de San Felipe, Eº 500.000; mejoramiento red y estanque de Los Andes, Eº 200.000; habilitación y sondajes en San Esteban, Eº 100.000; mejoramiento de planta de filtros de Putaendo, Eº 500.000; habilitación de pozos en planta de filtros de Los Andes y Herrera El Chapical, Aconcagua, Eº 1.000.000; construcción y habilitación de pozos en Quebrada Aconcagua de Putaendo, Eº 500.000; para red de distribución de agua potable, construcción de pozos y una planta de filtros en Tomé, Eº 2.000.000; y para bomba y red de agua potable en Portezuelo, Eº 2.000.000.
Además, deberán destinarse las cantidades necesarias para ejecutar obras de agua potable en Olivar Bajo, Codegua, Quinta de Tilcoco, comuna El Olivar y Población Las Hormigas de Pichidegua.
Con cargo a estos Eº 20.000.000 destíñanse a las obras que se indican las siguientes cantidades: instalación de alcantarillado en Peralillo y Nancagua, Eº 500.000 a cada uno; obras de alcantarillado en las comunas de Curacaví y Colina, Eº 100.000 a cada una; ampliación red de alcantarillado en Yumbel, Quirihue, San Gregorio, Yungay y Cañete, Eº 200.000 a cada uno; desagüe Estero Curica, comuna de Futrono, Eº 50.000; construcción de alcantarillado en la aldea campesina Georgia, comuna de La Unión, Eº 100.000; construcción de colector en el sector industrial de La Unión, Eº 20.000; alcantarillado para la comuna de Futrono y de Lago Ranco, Eº 200.000 a cada una; proyecto planta de tratamiento de aguas servidas, Calama, Eº 1.500.000; trabajos de alcantarillado en Pozo Almonte, Eº 1.000.000; planta de aguas servidas de Calama, Eº 150.000; alcantarillado de San Gregorio, departamento de San Carlos, Eº 100.000; construcción de alcantarillado en Achao, Eº 500.000; planta de aguas servidas de Iquique, Eº 1.500.000; ampliación de red de alcantarillado de Lebu, Eº 500.000; ampliación red de alcantarillado en Poblaciones Vergara, Santa Teresa y Salvador Allende, en Cañete, Eº 1.000.000; ampliación red de alcantarillado de Curar nilahue y Arauco, Eº 500.000 a cada una; terminación emisario sur y norte de Talca, Eº 300.000; instalación de servicio de alcantarillado en San Clemente, Eº 300.000; instalación de servicio de alcantarillado en Curepto y en Sagrada Familia, Eº 250.000 a cada uno; construcción red de alcantarillado en las comunas de Maule, Pelarco y localidad de Villa Prat, en la comuna de Sagrada Familia, Eº 200.000 a cada una; instalación servicio de alcantarillado en Panguipulli y Paillaco, Eº 500.000 a cada una; construcción de emisario en Las Mulatas, Valdivia, Eº 200.000; instalación de servicio de alcantarillado en Tucapel Eº 400.000; prolongación emisario Mackenna, Temuco, Eº 200.000; terminación de obras de alcantarillado en Quinta Normal, Santiago, Eº 1.000.000; construcción colectores Collao-Irarrázabal y Prieto-Cruz, Concepción, Eº 300.000 a cada uno; construcción colector Paicaví, Concepción, Eº 150.000; construcción de planta de tratamiento de aguas servidas en Cabildo, Laguna de Cabildo y San Felipe, Eº 600.000 a cada una.
Item 12/02/01.061.
Con cargo a este ítem, destínanse a las obras que se indican las siguientes cantidades: construcción de cuarteles de Bomberos de Chépica y Peralillo, Eº 100.000 a cada uno; construcción edificio de servicios públicos de Marchigüe, Eº 500.000; construcción del edificio de servicios públicos de Santa Cruz, Eº 1.000.000; construcción del edificio de servicios públicos de Lolol, Eº 400.000; construcción del edificio de servicios públicos de San Fernando, Eº 1.200.000; construcción del edificio de servicios públicos de Peralillo, Eº 800.000; construcción del edificio de la Comisaría de Carabineros de Santa Cruz, Eº 600.000; construcción del edificio de la Tenencia de Palmilla, Eº 300.000; construcción del edificio para oficinas públicas y sede de la Municipalidad de Limache, Eº 400.000; construcción del local para el Instituto Comercial de Valparaíso, Eº 500.000; construcción del cuartel de Carabineros en Población Cerro Colorado, comuna de Renca, Eº 100.000; terminación del edificio municipal de la comuna de Renca, Eº 150.000; ampliación del cuartel de la Primera Compañía de Bomberos de Renca, Eº 100.000; reconstrucción de la Escuela Nº 383, Eº 50.000; construcción de la Escuela Industrial de Talagante, Eº 200.000; adquisición de terreno y construcción de la Escuela Nº 273, Pueblo Esmeralda, comuna de Colina, Eº 150.000; ampliación de Policlínica de la comuna de Renca, Eº 100.000; construcción del Edificio Consistorial y de oficinas públicas en la comuna de Galvarino, Eº 400.000; construcción de un gimnasio techado en la comuna de Nueva Imperial, Eº 300.000; para Aula Magna del Liceo de Tocopilla, Eº 200.000; para Escuela Básica Nº 13 de Tocopilla, Eº 200.000; para gimnasio Universidad del Norte, Eº 600.000; para ampliación de la Escuela de Niñas Nº 32 de Antofagasta, Eº 200.000; para cárcel presidio de Antofagasta, Eº 600.000; para escuela de rehabilitación de Antofagasta, Eº 200.000; para ampliación del Liceo de Hombres de Taltal, Eº 150.000; construcción de Balneario Popular de Mamiña, Eº 300.000; para Biblioteca Regional y Casa de Cultura de Iquique, Eº 400.000; para Centro de Educación Básica de Iquique, ampliación, Eº 200.000; para edificio de servicios públicos de Iquique, Eº 800.000; para Escuela Básica Nº 15 de Iquique, Eº 200.000; para edificios públicos de Curicó, Eº 1.000.000; para casa consistorial de la Municipalidad de Curicó, Eº 300.000; para retén de Carabineros Nororiente de Curicó, Eº 100.000; para retén de Carabineros Suroriente de Curicó, Eº 100.000; para piscina suroriente de Curicó, Eº 40.000; para piscina nororiente de Curicó, Eº 40.000; para piscina del parque popular de Curicó, Eº 40.000; para estanque de la piscina del Cerro Condell de Curicó, Eº 40.000; para construcción del cuartel del Cuerpo de Bomberos de Romeral, Eº 50.000; para construcción del Cuartel del Cuerpo de Bomberos de Hualañé, Eº 80.000; para terminación del Cuartel del Cuerpo de Bomberos de Teno, Eº 20.000; para terminación del Cuartel del Cuerpo de Bomberos de Licantén, Eº 20.000; para construcción del velódromo de Curicó, Eº 500.000; para policlínica en el barrio norte de Talca, Eº 100.000; construcción del edificio de servicios públicos de Alto Palena, Eº 300.000; construcción del Hospital en Lago Ranco, Eº 200.000; construcción del gimnasio municipal de Futrono, Eº 150.000; para construcción de edificio de servicios públicos de La Unión, Eº 350.000; construcción de Juzgado y cárcel de La Unión, Eº 500.000; construcción de local para consultorio externo del Hospital Doctor Juan Morey, de La Unión, Eº 150.000; construcción de retén de Carabineros de Ignao, comuna de Lago Ranco, Eº 100.000; construcción de edificio para oficinas públicas de Panguipulli, Eº 400.000; construcción de edificio de oficinas públicas en Lago Ranco, Eº 150.000; construcción del Cuartel general de Bomberos de Lago Ranco, Eº 100.000; construcción de edificio para oficinas públicas de Paillaco, Eº 100.000; construcción de edificio de la Estación y Bodega de los Ferrocarriles del Estado, en Los Lagos, Eº 500.000; construcción de edificio hospitalario en Paillaco, Eº 300.000; para Escuela de Chudal, Eº 100.000; construcción de Posta de Chudal, Eº 200.000; terminación de la Escuela Coeducacional de Quillón, Eº 200.000; construcción de un hospital en Quillón; Eº 1.000.000; construcción del local para la Escuela Nº 6 de Coelemu, Eº 200.000; construcción de una escuela para el sector Colico Sur de Curanilahue, Eº 500.000; construcción de nuevo local para el Liceo de Lebu, Eº 1.000.000; para el Balneario Amargos, de Valdivia, Eº 50.000; para balneario camping en paradero de buses Maihue, Río Bueno, Eº 100.000; construcción de gimnasio auditorio Gil de Castro de Valdivia, Eº 300.000; para construcción de gimnasio auditorio Huacho Copihue, Valdivia, Eº 300.000; restauración de los Fuertes históricos de Valdivia, Eº 250.000; para la hostería costanera de Valdivia, Eº 30.000; para la Compañía de Bomberos de Valdivia, Eº 150.000; para el Cuartel de Investigaciones de La Unión, Eº 250.000; para el cuartel de Investigaciones de Valdivia, Eº 150.000; para el Liceo de Hombres de Valdivia, Eº 150.000; para el cuartel de Carabineros de Liquiñe, Eº 100.000; para el cuartel de Carabineros de Lanco, Eº 100.000; para la Segunda, Tercera y Sexta Compañías de Bomberos de Valdivia, Eº 30.000, a cada una; para edificio de servicios públicos de Niebla, Eº 100.000; para edificio de servicios públicos de Río Bueno, Eº 150.000; para edificio de servicios públicos Nº 3 y Gobernación Marítima de Valdivia, Eº 500.000; para edificio de servicios públicos y tenencia de Carabineros de Paillaco, Eº 200.000; para edificio de servicios públicos de Panguipulli, Eº 400.000; para cárcel de Valdivia, Eº 1.500.000; para centro social y municipal de Corral, Eº 60.000; para el terminal pesquero de Mehuin, Eº 100.000; para el mercado de Los Lagos, Eº 150.000; para cárcel de La Unión, Eº 400.000; construcción del gimnasio de Corral, Eº 300.000; construcción del centro deportivo regional de Valdivia, Eº 1.000.000; construcción del gimnasio auditorio de Lanco, Eº 200.000; construcción cancha de fútbol Las Animas, de Valdivia, Eº 30.000; construcción de la cancha de fútbol Beneficencia, de Valdivia, Eº 30.000; construcción de postas de primeros auxilios de Trapi, Crucero y Riñinahue, de Río Bueno, Eº 20.000, para cada una; construcción de la posta de El Naranjo, en Paillaco, Eº 20.000; construcción de piscina en el Parque Lo Franco, de Quinta Normal, Santiago, Eº 400.000; adquisición de terreno y construcción del Departamento de Aseo de Quinta Normal, Santiago, Eº 300.000; para cancha Las Encinas, de Quinta Normal, Santiago, Eº 300.000; construcción de la Tenencia de Carabineros de Isla de Maipo, Eº 150.000; ampliación del consultorio del Servicio Nacional de Salud en Isla de Maipo, Eº 50.000; construcción del edificio municipal de Quinta Normal, Santiago, Eº 500.000; para construcción de la Tenencia de Carabineros de Lampa, Eº 100.000; construcción del cuartel de Bomberos de Batuco, Eº 100.000; ampliación del edificio municipal de Lampa, Eº 200.000; construcción de un casino en el balneario municipal El Taco, de Lampa, Eº 200.000; construcción de local para la Cruz Roja de Lampa, Eº 100.000; construcción del Retén de Carabineros en la Población Alarcón, de Talcahuano, Eº 150.000; ampliación del cuartel de la Cuarta Compañía de Bomberos de Concepción, Eº 150.000; reconstrucción del edificio de la Asociación de Empleados Municipales de Concepción, Eº 150.000; terminación del edificio del Cuerpo de Bomberos de Lebu, Eº 150.000; terminación de los gimnasios cerrados de Carampangue y Curanilahue, Eº 25.000, a cada uno; construcción de la Escuela de Queler, comuna de Quemchi, Eº 100.000; construcción de la Escuela de Pureo, comuna de Queilén, Eº 100.000; construcción de las Escuelas San José, Llicaldad y Puyao, comuna de Castro, Eº 150.000, para cada una; ampliación del Liceo de Castro, Eº 500.000; construcción de un nuevo edificio para el Cuerpo de Bomberos de Graneros, Eº 150.000; construcción de la cárcel presidio de Antofagasta, Eº 400.000; continuación de las obras en el cuartel de Investigaciones de Los Andes y del de San Felipe, Eº 150.000, para cada uno; continuación de las obras en el Retén Quebrada de Herrera, Eº 50.000; construcción de la Prefectura y de la Comisaría de Carabineros de San Felipe, Eº 100.000; continuación de las obras en la sala de uso múltiple, Putaendo, Eº 30.000; construcción de sala de uso múltiple en Santa María, Eº 60.000; construcción de postas asistenciales en Catemu y Valle Hermoso, Eº 50.000 a cada una; construcción del cierro del Estadio Fiscal de Los Andes, Eº 200.000; continuación de las obras de los edificios públicos de Portillo, Eº 1.500.000; construcción del edificio de servicios públicos en Los Andes, Putaendo, Catemu, San Felipe, Petorca y La Ligua, Eº 200.000 a cada uno; construcción edificios consistoriales de La Ligua y de San Felipe, Eº 200.000 a cada uno; continuación de las obras de la Compañía de Bomberos de Petorca, Eº 100.000; para los Estadios Fiscales de Los Andes, Putaendo y San Felipe, Eº 100.000 a cada uno; construcción de la Escuela Nº 70, de Los Guindos, Villarrica, Eº 200.000; para edificio de servicios públicos de Los Sauces, Eº 50.000; para el cuartel de la Compañía de Bomberos de Huequin, Eº 30.000; para el edificio de servicios públicos de Ercilla y de Angol, Eº 200.000 a cada uno; para el Liceo de Niñas de Traiguén, Eº 300.000; para la posta de Huequin y de Mininco, Eº 40.000 a cada una; para el Liceo de Niñas de Angol, Eº 300.000; para los Estadios de Traiguén y de Lumaco, Eº 150.000 a cada uno; para los gimnasios de Ercilla y de Victoria, Eº 50.000 a cada uno; para el centro artesanal reducto indígena de Angol y Lumaco, Eº 150.000; para las cárceles de Victoria, Collipulli y Angol, Eº 150.000 a cada una; para los Retenes de Guayalí, Lincura y de Ycalma, Eº 50.000 a cada uno; para cuartel de Investigaciones de Lonquimay y de Collipulli, Eº 50.000 a cada uno; para el Liceo de Hombres de Victoria, Eº 500.000; para las Comisarías de Collipulli y de Angol, Eº 300.000 a cada una; para la Tenencia de Lonquimay y Retén de Pichipellahuén, Eº 100.000 a cada uno; para las sedes sociales de los asentamientos Lolenco y Santa Elena, de Malleco, Eº 50.000 a cada uno; para la posta Tijeral, de Malleco, Eº 30.000; para gimnasio en la comuna de Purén, Eº 100.000; para la Segunda Compañía de Bomberos de Angol, Eº 100.000; para terminar la construcción del edificio del Cuerpo de Bomberos de Los Sauces, Eº 200.000; para gimnasios en Temuco, Carahue y Loncoche, Eº 150.000, a cada uno; para los Estadios de Villarrica y Pitrufquén, Eº 40.000 a cada uno; para la Tercera Comisaría de Carabineros de Temuco, Eº 200.000; para edificio de Investigaciones de Villarrica y de Loncoche, Eº 100.000, a cada uno; para construcción de edificio de servicios públicos de Puerto Saavedra, Quele Galvarino, Pitrufquén y Nueva Imperial, Eº 45.000, para cada uno de los dos primeros, y Eº 600.000 para cada uno de los dos últimos; para construcción de edificio para servicios públicos de Temuco, Carahue y Cunco, Eº 1.000.000, el primero, y Eº 100.000 a cada uno de los dos últimos; construcción del Coliseo Monumental de Temuco, Eº 200.000; construcción del Teatro Municipal de Villarrica, Eº 1.000.000; para terminal de buses de Villarrica, Eº 50.000; para construcción del mercado municipal de Villarrica, Eº 100.000; construcción del Centro Social de Vilcún, Eº 50.000; construcción de las cárceles y Juzgados de Villarrica, Carahue y Loncoche, Eº 300.000 a cada uno; construcción de la Prefectura y Comisaría de Carabineros de Temuco, Eº 100.000; construcción de la Tenencia de Cherquenco, Eº 100.000; para la Compañía de Bomberos de Cherquenco, de Freire y de Quitratúe, Eº 100.000 a cada una; construcción del gimnasio de Pitrufquén, Eº 250.000; construcción de posta pública en Camina, Eº 150.000; ampliación del hospital Carlos Cisternas, Calama, Eº 500.000; construcción de la segunda etapa de la Escuela Nº 16 de Calama, Eº 150.000; ampliación de la cárcel de Calama, Eº 300.000; ampliación de la Escuela Mixta
Nº 38 de Antofagasta, Eº 40.000; construcción de nuevo local para la Escuela de Niñas Nº 3 y para la Escuela Nº 56, de Antofagasta, Eº 200.000 a cada una; construcción de la segunda etapa del gimnasio de la Universidad del Norte, Eº 500.000; terminación de la construcción del balneario municipal de Antofagasta, Eº 100.000; construcción de gimnasio techado para la Asociación de Boxeo de Antofagasta, Eº 200.000; ampliación del Hospital Regional de Antofagasta, Eº 300.000; construcción del aula magna del Liceo de Tocopilla, Eº 300.000; construcción del nuevo local de la Escuela Nº 56, de Iquique, Eº 300.000; construcción del Centro de Educación Básica de Iquique, Eº 1.000.000; construcción de posta médica en Cariquima, Eº 200.000; construcción posta policlínica en Belén, Arica, Eº 150.000; terminación de la cárcel de Arica, Eº 500.000; construcción del pabellón de cirugía del Hospital de San Pedro de Atacama, Eº 150.000; para posta policlínica del Servicio Nacional de Salud en Ollagüe, Antofagasta, Eº 100.000; construcción del Teatro Municipal de Mejillones, Eº 500.000; construcción del gimnasio de Sagrada Familia, Eº 200.000; construcción de dos canchas múltiples en Río Claro, Eº 100.000; construcción de estadio, plaza y medialuna en El Bolsico, comuna Río Claro, Eº 300.000; construcción de gimnasio en Curepto, Eº 150.000; sede del Consejo Provincial de Deportes de Talca, Eº 150.000; construcción de un gimnasio múltiple en Talca, Eº 1.000.000; construcciones deportivas en el Estadio Fiscal de Talca, Eº 400.000; construcción de campos deportivos en poblaciones de Talca, Eº 500.000; construcción de canchas de tenis en el Estadio Fiscal de Talca, Eº 100.000; construcción de estadio universitario en Talca, Eº 400.000; construcción del gimnasio de la Escuela Industrial de Talca, Eº 200.000; construcción de un autódromo de Talca, Eº 300.000; construcción de gimnasios múltiples en Molina y San Clemente, Eº 200.000 a cada uno; construcción de campor deportivos en Pencahue, Maule y Duao, Eº 100.000 a cada uno; remodelación del Balneario Río Claro, Talca, Eº 500.000; terminación estadio oriente e iniciación obras estadio sur y barrio norte de Talca, Eº 600.000; construcción de campo deportivo en Villa Prat, Sagrada Familia, Eº 100.000; construcción de piscina en el Estadio de Sagrada Familia, Eº 100.000; adquisición de terrenos y construcción de canchas de fútbol en Lo Valdivia y La Isla de Lontué, comuna de Sagrada Familia, Eº 80.000; ampliación de la segunda etapa del Liceo Mixto de Curepto, Eº 300.000; construcción de sala de actos culturales en Curepto y en Población Abate Molina de Talca, Eº 200.000 a cada una; construcción de internado universitario en Talca, Eº 300.000; ampliación de local escolar de Villa Prat, Sagrada Familia, Eº 200.000; construcción de grupo escolar en Sagrada Familia, Eº 300.000; construcción de locales de escolares de escuelas Lo Valdivia y San José Nº 27, de Sagrada Familia, Eº 200.000 a cada una; construcción del nuevo hospital de Molina, Eº 700.000; ampliación del hospital regional de Talca, Eº 1.000.000; construcción local para Correos y servicios públicos de Villa Prat, Eº 500.000; construcción del Retén de Carabineros de Los Quillayes, Sagrada Familia, Eº 200.000; construcción de la Tenencia de Carabineros de Pelarco, Eº 300.000; construcción de retenes de Carabineros en Villa Prat y en Río Claro, Eº 150.000 a cada uno; construcción de la Tenencia de Carabineros de Cumpeo, Eº 200.000; construcción del Teatro de Cumpeo, Eº 500.000; construcción de una hostería popular en Vilches, San Clemente, Eº 1.500.000; ampliación de las Escuelas Nºs. 33, de Maule y 43, de Duao, Eº 50.000 para cada una; construcción de Escuela Nº 102, de Panguilemo-La Calor, Nº 66, de Mariposas y N° 37, de Panguilemo, Eº 60.000 a cada una; construcción de las Escuelas Nº 74, de Ramadilla y Nº 21, de San Clemente, Eº 100.000 a cada una; construcción de las Escuelas de Macal, Rincón de los Muñoces, Lihueno y Nº 100, de Mariposas, Eº 200.000 a cada una; construcción grupo escolar de Corinto, Eº 100.000; construcción salas de actos culturales en Pencahue, Eº Eº 100.000; construcción camarines y duchas en la escuela de Pencahue, Eº 50.000; construcción local escolar de Pelarco, Eº 50.000; construcción local del Liceo de San Clemente, Eº 1.000.000; construcción de sala múltiple en Pelarco, Eº 150.000; construcción de casa de socorro en Pelarco, Eº 100.000; construcción de edificios públicos en San Rafael, Eº 600.000; construcción de tres vegas modelos en Talca, Eº 1.000.000; construcción de postas de primeros auxilios en Santa Emilia, comuna de Sagrada Familia, y en el sector cuatro de la comuna de Curepto, Eº 50.000 a cada una; construcción del Teatro Municipal de Lebu, Eº 1.000.000; terminación de los mataderos municipales de Lebu y de Cañete, Eº 1.000.000 a cada uno; construcción de gimnasio techado en Lebu, Eº 1.000.000; construcción de edificios públicos en Curanilahue, Eº 1.000.000; ampliación de los internados de Quella y de Sauzal, Eº 100.000 a una uno; construcción de escuela en Cayuranquil, Eº 150.000; construcción de posta en Población Fernández, de Cauquenes, Eº 200.000; ejecución nuevas obras en el hospital de Constitución, Eº 1.000.000; construcción edificios para servicios públicos en Pelarco, Eº 100.000; continuación de edificio de servicios públicos en Molina, Maule y Curepto, Eº 300.000 para cada uno; construcción edificio para servicios públicos en Lontué, Eº 150.000; construcción del cuartel de la Quinta Compañía de Bomberos de Talca, Eº 100.000; continuación obras en gimnasio de Talca, Eº 500.000; construcción multicancha de Cumpeo, Eº 60.000; construcción Liceo Fiscal de Lontué, Eº 500.000; continuación obras en Universidad Técnica de Talca, Eº 1.000.000; construcción del cuartel de Investigaciones en Molina, Eº 100.000; continuación de obras en el Retén La Mina, Talca, Eº 20.000; continuación obras en grupo policial Paso Pehuenche, Eº 500.000; construcción del Retén de Carabineros de Queri, Eº 20.000; construcción del Retén posta en Villa Prat, Eº 100.000; construcción de centro distribuidor agropecuario, Molina, Eº 120.000; construcción de postas en Bella Unión y San Clemente, Eº 50.000 a cada uno; continuación de obras en el hospital de Lontué, Eº 400.000; para la construcción de la Escuela Nº 12 Sila, de Los Andes, Eº 1.000.000; continuación de servicios públicos de Huépil, Eº 60.000; continuación de las obras de la Intendencia de Ñuble, Eº 100.000; continuación de las obras de los servicios públicos de San Ignacio, Eº 40.000; continuación obra en el cuartel del Cuerpo de Bomberos de Yungay, Eº 40.000; continuación de las obras de los gimnasios de Chillán y de Bulnes, Eº 200.000 a cada uno; continuación de las obras de los estadios de Chillán y Quinchamalí, Eº 200.000; a cada uno; construcción del gimnasio de Bulnes, Eº 100.000; continuación de cuatro multicanchas en la provincia de Ñuble, Eº 100.000; continuación de las obras de la Tenencia de Carabineros de Coihueco, Eº 100.000; continuación de las obras en las cárceles de Bulnes y de Yungay, Eº 100.000 a cada una; construcción de sala múltiple en Yungay, Eº 80.000; continuación de las obras en el Teatro de Chillán, Eº 200.000; continuación de las obras del Balneario de Ñuble, Eº 40.000; construcción de albergues en las Termas de Chillán, Eº 200.000; construcción del edificio del Cuerpo de Bomberos de Ovalle, Eº 200.000; para iniciar las obras de construcción del nuevo edificio para el Liceo de Niñas Nº 3 de Santiago, Eº 1.500.000; para expropiación inmueble ubicado en la comuna de Quinta Normal, conforme lo establecido en el artículo 4º de la ley Nº 16.247, predio desinado a la construcción de un estadio, Eº 600.000, y para iniciar la construcción de los hospitales de Rengo y Peumo, a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en la ley Nº 16.624, Eº 2.500.000 a cada uno.
Además, deberán destinarse las cantidades necesarias para reparar y ampliar el Cuartel de la Primera Compañía de Bomberos de San Vicente de Tagua Tagua; construir una sala de máquinas en el Cuartel de la Quinta Compañía de Bomberos de dicha ciudad; para construir una Casa Consistorial para la Municipalidad de Quilpué; adquirir un terreno para edificar la Casa Consistorial referida, entre las calles Andrés Bello, Vicuña Mackenna y Aníbal Pinto; construir un gimnasio techado en Viña del Mar para los Juegos Panamericanos; ampliar y terminar el Gimnasio Rawson de la Asociación de Básquetbol de Valparaíso; construir un estadio fiscal en Los Andes; construir un teatro municipal en la localidad de Puchuncaví, Provincia de Valparaíso; construir un Cuartel para el Cuerpo de Bomberos de Concón; construir una piscina olímpica y terminar las obras de la Villa Olímpica de Olmué, y reparar la Sede Regional de Valparaíso y Aconcagua de la Cruz Roja Chilena y llevar a cabo las obras necesarias para instalar un banco de sangre.
Item 12/02/01.063
Ejecución de otras obras y estudios que determine el Director General de Obras Públicas, incluyendo obras complementarias en cualquiera parte del territorio.
Con cargo a este ítem, destínase la cantidad de Eº 300.000 para drenaje y desagüe de los ríos Lía y Carampangue y para la habilitación de Vegas Los Patos en la comuna de Arauco.
PROGRAMA 03: Construcción y Conservación de Edificios.
Item 12/02/03.061
Con cargo a este ítem, destínanse a las obras que se indican las siguientes cantidades: para reparación del edificio municipal de la comuna de Curacaví, Eº 200.000; para reparación del Liceo de la comuna de Curacaví, Eº 200.000; para reparación del Hospital Regional de Arica, Eº 1.000.000, y para reparación del Hospital Regional de Iquique, 2 millones de escudos.
PROGRAMA 04: Instalación y Mejoramiento de Servicios de Agua
Potable.
Item 12/02/04.060
Este ítem será excedible en el monto efectivo de los reembolsos que se reciban en la Tesorería General d la República.
PROGRAMA 10: Vialidad Urbana.
Item 12/02/10.056
Con cargo a este ítem, destínanse a las obras que se indican las siguientes cantidades: construcción de carpeta asfáltica en pueblos de Aconcagua que no tengan pavimento, Eº 1.000.000; ejecución paso bajo nivel Santa Rosa, en Temuco, Eº 2.000.000; pavimentación calles en Teno, Rauco, Romeral, La Huerta de Mataquito, Hualañé, Licantén, Iloca y Llico, Eº 1.000.000; pavimentación de calles en operaciones sitios de la ciudad de Curicó, Eº 500.000; construcción paso nivel en el sector sur de la estación de ferrocarriles de Curicó, Eº 200.000; construcción pasarela peatones carretera panamericana sector sur de Curicó, Eº 100.000; construcción nuevo empalme de carretera panamericana con Curicó, 500 mil escudos; para ensanche y pavimentación de la calle Sargento Aldea de Curicó, Eº 500.000; para ensanche de calle Vidal de Curicó, Eº 500.000; terminación paso bajo nivel de Freire, Curicó, Eº 100.000; pavimentación de calzadas principales de la Población de Lago Ranco, Eº 200.000; pavimentación de calle Balmaceda, en comuna de Futrono, Eº 100.000; construcción de puente sobre el río Llollelhue, La Unión, Eº 500.000; para iniciar obras de construcción de un nuevo puente sobre el río Mapocho, frente a la Avenida La Paz, Eº 1.000.000; pavimentación del acceso y calles interiores de la Escuela de Paracaidismo de Peldehue, comuna de Colina, Eº 2.000.000; pavimentación de veredas en las localidades de Empedrado, Sauzal, Nirivilo y Pocillas, provincia de Maule, Eº 200.000 a cada una; pavimentación de calles de Pelarco y San Rafael, Eº 2.000.000; pavimentación de calle principal de la Población Villa Prat, comuna Sagrada Familia, Eº 1.500.000; prolongación de la Alameda y construcción de un paso sobre el nivel de la línea férrea en la ciudad de Talca, Eº 2.000.000; plan de pavimentación en la ciudad de Talca, y en las comunas de San Clemente, Curepto y Molina, Eº 3.000.000 para la primera y Eº 500.000 para cada una de las tres restantes; para las calles Oscar Gajardo y Estadio, de Placilla, San Fernando, Eº 400.000; construcción de puente y muros en Población Ampliación Rodelillo, de Valparaíso, Eº 5.000.000; pavimentación de camino del Diablo, Peñaflor, Eº 1.000.000; ampliación de calle San Pablo, desde Las Rejas hasta Serrano, y construcción de pavimento completo de calle San Pablo, desde Serrano hasta empalmar con carretera que conduce al aeropuerto de Pudahuel, comuna de Las Barrancas, Eº 3.000.000; construcción de aceras en todas las calles de la Población Lo Prado y reparación de las aceras de la comuna de Las Barrancas, E° l.000.000; construcción de calzadas y aceras en la Población Lautaro, comuna de Las Barrancas, Eº 300.000; pavimentación de la variante al camino La Reina, entre Colina y pueblo de Esmeralda, comuna de Colina, Eº 500.000; construcción de un puente de dos vías sobre el estero El Gato, comuna de Isla de Maipo, Eº 250.000; pavimentación de las avenidas Santelices y San Luis, hasta la Avenida Talagante, comuna de Isla de Maipo, Eº 2.000.000; construcción de doble vía en la calle 5 de Abril de Maipú, Eº 3.000.000; ensanche de la Avenida Recoleta, ciudad de Santiago, Eº 3.000.000, y ampliación de la Avenida Dorsal, Conchalí, desde la Avenida Independencia hasta El Salto, 3 millones de escudos.
Además, deberán destinarse las cantidades necesarias para ejecutar las siguientes obras: pavimentación de las calles O'Higgins, Andes, Los Aromos y Estancilla, de Codegua; abovedamiento de la quebrada Vinagran y terminación del camino de circunvalación sector cerro Cordillera; pavimentación de 2 kilómetros de la calle San Vicente de Tagua Tagua, antiguo Longitudinal; asfalto de calles en los pueblos de Panquehue y Corcolén, Malloa, provincia de O'Higgins; pavimentación de 1.500 metros en las calles Centenario, Arturo Prat, Riesco Arriba y Avenida España, de San Vicente de Tagua Tagua; pavimentación de la calle al Cementerio de San Francisco de Mostazal; pavimentación del camino de acceso a Lo Miranda por Pedro Aguirre Cerda, Doñihue, y pavimentación del camino de acceso a la misma ciudad por Paraguay.
PROGRAMA 11: mantención de la Red Vial.
Item 12/02/11.064
Con cargo a este ítem, destínanse a las obras que se indican las siguientes cantidades: pavimentación de 30 kilómetros desde Pichilemu hasta Alcones, de acuerdo con el artículo 17 de la ley Nº 17.169, 30 millones de escudos; para el camino de Freire a Pucón, Eº 1.500.000, y para ripiadura y pequeñas obras en el camino denominado Segunda Faja, hasta Molco, en el departamento de Villarrica, Eº 500.000.
PROGRAMA 12: Recuperación del Patrimonio Vial.
Item 12/02/12.064
Con cargo a este ítem, destínanse a las obras que se indican las siguientes cantidades: reconstrucción parcial del camino Laraquete Tres Pinos, provincia de Arauco, Eº 10.000.000; reparación de caminos de la comuna de Maule, provincia de Talca, Eº 500.000; reparación de puentes y caminos de la comuna de Río Claro, Talca Eº 2.000.000, y reacondicionamiento del túnel Caracoles, Eº 10.000.000.
Programa 15: Estudios de Obras Públicas y Transportes.
Item 12/02/15.054.
Con cargosa este ítem, se destinará la cantidad de Eº 5.000.000 para los estudios del camino de Quellón a Punta Arenas, a través de un transbordo entre Quellón y Aisén.
Secretaría y Administración General de Transportes.
Programa 02: Fomento y Desarrollo de los Medios de Transportes.
Item 12/03/02.081.001.
Con cargo a esta asignación, destínanse a los fines que se indican las siguientes cantidades: para estudios del proyecto de la unión del tramo ferroviario entre Curanilahue y Tres Pinos, provincia de Arauco, Eº 1.500.000; para instalación de un banderín automático en calle Uruguay, de Temuco, sobre el ramal Temuco-Carahue, Eº 250.000; para completar el cierre del Estadio Ferroviario de Ovalle, Eº 500.000, y para la construcción de la estación de ferrocarriles de La Laja, provincia de Bío-Bío, Eº 1.700.000.
DIRECCION GENERAL DE AGUAS
Programa 01: Administración y aplicación del Código de Aguas.
Item 12/05/01.057.
Para obras de riego, hidráulicas e hidrométricas y Código de Aguas.
Se podrán financiar obras de aprovechamiento en cauces o lagunas naturales o artificiales para fines de recreación.
A este ítem se harán, por el Ministerio de Hacienda, los traspasos de fondos destinados a la Dirección General de Aguas consultados en el artículo 24 transitorio, letra d), de la ley Nº 17.564. Estos traspasos tendrán primera prioridad. Con cargo a estos recursos, la Dirección General de Aguas podrá contratar empréstitos con el Banco del Estado de Chile hasta por Eº 250.000.000.
DIRECCION GENERAL DE OBRAS PÚBLICAS.
Programa 01: Administración y Ejecución de Obras Públicas. En el presupuesto corriente, en moneda nacional, auméntese el ítem que se indica en la cantidad que se señala:
Item 021. Consumos Básicos, Eº 5.000.000.
13) MINISTERIO DE AGRICULTURA
Modifícase este Presupuesto en los siguientes términos:
Subsecretaría de Agricultura.
Programa 02: Fomento y Desarrollo Agropecuario.
Item 13-01-02-029.003.
Subvenciones Varias.
Elimínese en su glosa: De esta cantidad deberá destinarse la suma de Eº 5.000 para el Museo Dilhman Bulock de Angol.
Item 13-01-02-034.001.
Empresa de los Ferrocarriles del Estado.
Elimínase en su glosa, después de las palabras: de cargo fiscal la frase: por flete o bodegaje de maquinarias, mercaderías o animales.
Item 13-01-02-035.001.
Instituto de Desarrollo Agropecuario, sube en Eº 310.680.000
Elimínese la glosa:
Se destinarán hasta Eº ...para realizar un plan piloto de protección de los recursos naturales en una o más comunas de la provincia de Ñuble o Concepción, con el objeto de reducir la erosión.
Repónese la siguiente glosa: Incluye Eº 10.000.000 para Programas de Fomento Lechero.
Item 13-01-02-035.007.
Instituto de Capacitación e Investigación en Reforma Agraria, sube en 7.767,500
Item 13-01-02-035.008.
Corporación de Reforestación.
Elimínese la glosa: Destínase la cantidad de Eº 10.000.000 que se invertirá, en este mismo objeto, en la provincia de Coquimbo. Repónese lo siguiente, con la cantidad que se indica:
Item 13-01-02-080.005.
Fondo de Infraestructura de Reforma Agraria, Comercialización y Producción. Estos fondos serán asignados a las Instituciones del Sector Agrícola, sin sujeción al D. F. L. Nº 47 50.000.000
15) MINISTERIO DEL TRABAJO Y PREVISION SOCIAL
Modifícase este Presupuesto en los siguientes términos:
Subsecretaría del Trabajo.
Programa 01: Dirección Central, Política y Administración del Trabajo.
Item 15-01-01-004.
Remuneraciones Variables, sube en Eº 905.000
Programa 02: Planificación Laboral.
Item 150102004.
Remuneraciones Variables, sube en 300.000
Dirección del Trabajo.
Programa 01: Solución de Problemas Laborales.
Item 15-02-01-004.
Remuneraciones Variables, sube en 8.944.000
Y se repone lo siguiente a su glosa, suprimiéndose el punto final: y 200 personas asimiladas a categoría o grado.
Item 15-02-01-017
Otros Servicios no Personales, sube en 1.200.000
Item 15-02-01-060.
Maquinarias y Equipos, sube en 4.625.000
Item 15-02-01-051.
Vehículos, sube en 2.500.000
Item 15-02-01-053.
Terrenos y Edificios, sube en 1.815.000
16) MINISTERIO DE SALUD PUBLICA
01: Subsecretaría de Salud.
Programa 02: Fomento de la Salud.
Se suprimen las siguientes destinaciones específicas e innovaciones a los ítem que a continuación se indican:
I.- Presupuesto Corriente.
Item 16/01/02-035.001.
Servicio Nacional de Salud.
Con cargo a esta suma deberán destinarse Eº 5.000.000 para la terminación y habilitación de la Maternidad del Hospital San José, Base del Area Norte de Santiago.
II.- Presupuesto de Capital.
Item 16/01/02-070.
Compra de títulos y valores.
Compra de acciones clase F de la Sociedad Constructora de Establecimientos Hospitalarios.
debiendo destinarse los recursos que se indican a continuación:
1) Eº 450.000 para construcción el Hospital de Arauco;
2) Eº 4.750.000 para construir el Hospital de Cabildo;
3) Eº 2.700.000 para reparaciones del Sanatorio de Putaendo;
4) Eº 800.000 para la construcción del Hospital de Bulnes;
5) Eº 250.000 para el Hospital de Paillaco en la provincia de Valdivia;
6) Eº 300.000 para el Hospital de Lago Ranco de la provincia de Valdivia;
7) Eº 2.000 para remodelación regional (Normalización Complejo, Valdivia);
8) Eº 8.000.000 para ampliación regional (Normalizaci��n Complejo Valdivia);
9) Eº 10.000.000 para la ampliación del Hospital Félix Bulnes, de Quinta Normal, Santiago;
10) Eº 5.000.000 para construcción de un Hospital en Barrancas, Santiago;
11) Eº 7.500.000 para la ampliación del Hospital de Los Angeles en la provincia de Bío-Bío;
12) Eº 10.000.000 para construir el Hospital de Nacimiento;
13) Eº 10.000.000 para construcción del Instituto de la Mujer en los terrenos del Hospital Deformes, de Valparaíso, que comprender: Maternidad, Servicio de Ginecología, Servicio de Pediatría e Institutos de Estudios Psicológicos, Sociales, Jurídicos y Antropológicos de la Mujer Chilena;
14) Eº 2.000.000 para la construcción del pabellón de cocina y lavandería del Hospital de Talca;
15) Eº 400.000 para remodelación del Hospital Antiguo de Temuco;
16) Eº 2.000.000 para construcción del Hospital de Cunco;
17) Eº 300.000 para construir Hospital de Vilcún;
18) Eº 360.000 para iniciar construcción nuevo Hospital Regional en Yumbel;
19) Ampliación edificio Hospital, Ambulancia, San Vicente de Tagua-Tagua;
20) Ampliar capacidad Hospital San Vicente da Tagua-Tagua; 21) Ampliación Hospital, cambio de calderas y calefacción en Graneros; y
2) Construcción Hospital en Peumo;
Item 16/01/02.070.
Compra de Títulos y Valores.
Compra de acciones clase F de la Sociedad Constructora de Establecimientos Hospitalarios.
cantidad que se aumentará hasta el total rendimiento de la disposición legal referida.
18) MINISTERIO DE LA VIVIENDA Y URBANISMO
Subsecretaría y Dirección General de Planificación y Presupuesto.
Programa 01: Administración y Planificación General de la Vivienda.
Se suprimen las siguientes destinaciones específicas e innovaciones a los ítem que a continuación se indican:
Item 180101.059.001.
Equipamiento Comunitario.
Con cargo a esta asignación, destínanse a las obras que se indican las siguientes cantidades: construcción de guardería infantil en Población Cerro Colorado y terminación de centro comunitario en la misma Población, comuna de Renca, Eº 300.000 a cada una; construcción de cuartel de Boy Scouts en Población Alborada, comuna de Renca, Eº 250.000; construcción de centro comunitario para la Agrupación de Centros de Madres de la Población Illanes, Unidad Vecinal Nº 21, comuna de Renca, Eº 350.000; construcción de sede social para la Unión Comunal de Centros de Madres de la Población Matucana, comuna de Renca, Eº 260.000; construcción de estadio municipal en comuna de Quilicura, Eº 1.000.000; construcción de teatro municipal en la misma comuna, Eº 500.000; terminación de sede social de los pensionados del Servicio de Seguro Social de Purén, Eº 50.000; terminación estadios de Los Sauces y de Purén, Eº 50.000 a cada uno; para cierros de camarines y tribunas del estadio de Renaico, Eº 50.000; para cierro y tribunas del estadio de Huequén, Eº 100.000, y para construcción de sede social para la Junta de Vecinas Vitacura Oriente, Unidad Vecinal Nº 9-E, de la comuna de Las Condes, Santiago, incluyendo su habilitación y equipamiento, Eº 300.000. Además, deberá destinarse la cantidad necesaria para construir una sede social y una piscina para la Unidad Vecinal Nº 71, Población Nueva Miraflores, y el local social y una policlínica en la Población Roosevelt, Valparaíso.
Programa 02: Fomento Habitacional y Urbanístico.
Item 180102.080.002.
Corporación de la Vivienda.
Con cargo a esta asignación, destínanse a las obras que se indican las siguientes cantidades: para construcción de viviendas de tipo popular en la comuna de Talca, Eº 15.000.000, en la comuna de San Clemente Eº 3.000.000, en la comuna de Molina Eº 5.000.000 y en la comuna de Curepto Eº 2.000.000; para la construcción de 40 viviendas en Laraquete, Eº 2.000.000, y para la construcción de 300 viviendas en Curanilahue, Eº 9.000000. Además, deberán destinarse las cantidades necesarias para construir una población en la comuna El Olivar y para continuar las obras en la nueva Población Municipal de Peumo.
ítem 18-01-02.080.004.
Corporación de Servicios Habitacionales.
Con cargo a esta asignación, destínase la cantidad de Eº 1.000.000 para construir un balneario popular junto al río Lebu, para la ciudad del mismo nombre, y Eº 1.000.000 para construir un balneario popular en Playa Blanca (Lago Lanalhue), vecina a la localidad de Contulmo.;
Item 18-01-02.080.005.
Corporación de Mejoramiento Urbano.
Con cargo a esta asignación, destínanse a las obras que se indican las siguientes cantidades: urbanización de los pueblos de Llifén e Ignao, comuna de Lago Ranco, Eº 1.500.000 a cada una; construcción de soleras en la Población La Favorecedora, Antofagasta, Eº 1.000.000; urbanización de la Población Los Sin Casa del personal del Servicio Nacional de Salud, de Antofagasta, Eº 700.000; urbanización del cuarto sector de Playa Brava, Iquique, Eº 700.000; pavimentación de calles en los barrios Tropezón y San Martín, de San Fernando, Eº 650.000; para pavimentar calles de Población Montero, Santa Cruz, Eº 580.000; urbanización de 600 sitios en Curanilahue, Eº 3.500.000; pavimentación de calles y soleras en la comuna de Los Alamos, Eº 250.000; pavimentación de calles y soleras en las localidades de Carampangue y Laraquete, provincia de Arauco, Eº 500.000; pavimentación de calles y soleras en Contulmo, Eº 300.000, y para iniciar la construcción del edificio municipal de Quinta Normal, Santiago, Eº 1.500.000. Además, deberán destinarse las cantidades necesarias para urbanizar las poblaciones Capricornio, Domingo Yáñez, El Parque y El Roble, de Graneros, y para terminar la urbanización en el sector Estadio y Población Municipal de la comuna de El Olivar.
Item 18-01-02.080.007.
Corporación de Obras Urbanas.
Con cargo a esta asignación, destínanse a las obras que se indican las siguientes cantidades: pavimentación de calles Jaime Repullo, en Huertos Familiares Perales, comuna de Talcahuano, Eº 800.000; para extensión de red de agua potable y pavimentación de calles y soleras en la ciudad de Arauco y en la localidad de Curanilahue, Eº 3.000.000 y Eº 5.000.000, respectivamente; para instalación de luz, agua potable y alcantarillado y otras obras de equipamiento comunitario en el campamento Che Guevara, de Curanilahue, Eº 800.000; para instalación de luz y agua potable en la Población Chillancito de Curanilahue, Eº Eº 500.000; para la adquisición de terrenos y erradicación de familias en las comunas de Molina, San Clemente, Pelarco y Río Claro, Eº 700.000 a cada una; para operaciones sitio en las comunas de la provincia de Talca, Eº 4.000.000; para urbanización, alumbrado público y domiciliario, agua potable, alcantarillado y desagües de la Población Nº 2 de Batuco, comuna de Lampa, Eº 5.000.000; para alumbrado público de la Avenida Circunvalación de la ciudad de Antofagasta, Eº 1.000.000, y para la ejecución de obra destinadas a dotar de agua potable a la localidad He Domeyko, Eº 5.000.000;
Item 18 01 02.081.001.
Empresa de Agua Potable de Santiago.
Con cargo a estos recursos, la Empresa de Agua Potable de Santiago deberá destinar Eº 1.400.000 para concretar la base del conducto paralelo que impide la pavimentación del sector de Tobalaba comprendido entre Avenida Ossa y el oriente de la comuna de La Reina.
Saluda atentamente a Ud.
(Fdo.): Salvador Allende Gossens.- Américo Zorrilla Rojas.
OFICIO COMPLEMENTARIO DE LAS OBSERVACIONES DEL EJECUTIVO
Nº 60
Santiago, 13 de enero de 1972.
Con Oficio Nº 2248 de fecha 31 de diciembre de 1971, formulé observaciones al Proyecto de Ley que aprueba el Cálculo de Entradas y la Estimación de los Gastos del Presupuesto para el año 1972.
El reestudio de la gratificación de zona, incluida en su artículo 23 permite determinar con mayor precisión los porcentajes para los trabajadores del Departamento de Itata, de la provincia de Ñuble, de la provincia de Aisén y extender el beneficio a la totalidad de los servidores públicos de Yendegaia y Puerto Toro.
En uso de la facultad que me otorga la Constitución Política y el Reglamento de la Honorable Cámara, vengo en:
En el artículo 23.
Agregar: En su inciso primero a continuación del D.F.L. Nº 338, de 1960, lo siguiente:
a contar desde el 1° de enero de 1972.
Sustituir: a) En PROVINCIA DE ÑUBLE.
El personal que preste sus servicios en las comunas de Cobquecura, San Carlos, Ñiquen, San Fabián de Alico, Yungay y Tucapel, tendrá el .. 30%
Por:
El personal que preste sus servicios en el Departamento de Itata y en las comunas de San Carlos, Ñiquen, San Fabián de Alico, Yungay y Tucapel, tendrá el 30%
b) En PROVINCIA DE AISEN.
Desde: El personal que preste sus servicios en Chile Chico... hasta ...
Lago O'Higgins, tendrá el... 180%
Por:
El personal que preste sus servicios en Puerto Aisén, Villa Mañihuales, Coihaique y Coihaique Alto, Balmaceda, Valle Simpson, El Blanco, Criadero Militar Las Bandurrias y Puerto Viejo, tendrá el ... 150%
El personal que preste sus servicios en Chile Chico, Baker, Lago Castor, Puerto IngenieroIbáñez, La Colonia, Río Mayer, Ushuaia, Puerto Aguirre, Puerto Cisnes, Puerto Bonito, Puyuhuapi, Lago Verde, La Tapera, Cochrane, Caleta Tortel, Lago O'Higgins y Lago General Carrera, tendrá el . .. 180%.
c) En la PROVINCIA DE MAGALLANES.
El personal que preste sus servicios en las Islas Evangelistas, Puerto Edén y en los Retenes de Carabineros de Yendegaia y Puerto Toro, tendrá el 150%
Por:
El personal que preste sus servicios en las Islas Evangelistas, Puerto Edén, Yendegaia y Puerto Toro, tendrá el 150%
Asimismo vengo en retirar el tercer artículo nuevo propuesto en el mencionado Oficio Nº 2248.
Saluda atentamente a Ud.
(Fdo.): Salvador Allende Gossens.- Américo Zorrilla Rojas.
OFICIO COMPLEMENTARIO DE LAS OBSERVACIONES DEL EJECUTIVO
Nº 165
Santiago, 27 de enero de 1972.
Con oficio Nº 2248, de 31 de diciembre de 1971, formulé observaciones al proyecto de ley, despachado por el Congreso Nacional, que aprueba el Cálculo de Entradas y la Estimación de los Gastos del Presupuesto de la Nación para el año 1972.
En uso de mis atribuciones constitucionales, vengo en retirar todas las observaciones a la Partida Congreso Nacional.
Además, encontrándome dentro del plazo que me concede la Constitución Política del Estado y como complemento al oficio referido, formulo las siguientes observaciones:
08.- MINISTERIO DE HACIENDA.
Créase, en el Programa 03, Operaciones Complementarias, el siguiente ítem:
08-01-03-041. Economías en los gastos públicos Eº 1.000.
Suma global a incrementarse con economías presupuestarias tanto de los Presupuestos Corrientes y/o de Capital en moneda nacional y/o en moneda extranjera convertida a dólares de las diferentes partidas, sin sujeción a las limitaciones del D.F.L. Nº 47 de 1959. Este ítem no podrá ser disminuido por traspasos y los fondos que lo incrementen no podrán ser girados.
08-01-05/090.0013). Agregarle la siguiente glosa:
Lo dispuesto en el artículo 22 de la presente ley será aplicable a las obligaciones contraídas de acuerdo con el artículo 221 de la ley Nº 16.464.
09.- MINISTERIO DE EDUCACION PUBLICA.
Programa 04 Educación Superior.
Item 09-01-04 - 035.001 Universidad de Chile.
Item 09-01-04 - 080.001 Universidad de Chile.
Retiro, de ambos ítem, la siguiente glosa propuesta en el oficio Nº 2248:.
En este monto se encuentran comprendidos los recursos, de cuentas especiales originados por leyes anteriores a la dictación del D.F.L, Nº 1, de 1971, del Ministerio de Educación Pública. Estatuto Orgánico de la Universidad de Chile.
Item 09-01-04 - 035.002 Universidad Técnica del Estado.
Item 09-01-04 - 080.002 Universidad Técnica del Estado.
Sustituir las glosas de ambos ítem, por las siguientes: Se imputarán a este ítem todos los aportes presupuestarios que corresponda entregarle.
Saluda atentamente a Ud.
(Fdo.): Salvador Allende Gossens.- Américo Zorrilla Rojas.
OFICIO COMPLEMENTARIO DE LAS OBSERVACIONES DEL EJECUTIVO
Nº 166
Santiago, 27 de enero de 1972.
Con oficio Nº 2248, de 31 de diciembre de 1971, formulé observaciones al proyecto de ley que aprueba el Cálculo de Entradas y la Estimación de los Gastos del Presupuesto de la Nación para el año 1972.
En uso de las atribuciones que corresponden, he resuelto retirar las observaciones a los artículos 19, 20, 21, 22, 23, 24, 25, 26, 27, 28, 29, 30, 31, 32, 33, 34, 35, 36, 37, 38, 39, 40, 41, 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48, 49, 50, 51, 52, 53, 54, 55, 56, 57, 58, 59, 60, 61, 62, 63, 64, 65, 66 y 67 del proyecto aprobado por el Congreso. Además, he resuelto retirar los tres artículos nuevos propuestos en el oficio referido.
Atendida la circunstancia que los artículos 24, 25, 26 y 28 a 67 fueron declarados inconstitucionales por el Tribunal Constitucional, y que los artículos 1 y 2 fueron promulgados como ley Nº 17.593, sólo corresponderá promulgar los artículos 3 a 23 y el artículo 27.
Saluda atentamente a Ud.
(Fdo.): Salvador Allende Gossens.- Américo Zorrilla Rojas.
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