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El señor EGAS (Secretario subrogante).-
En seguida, corresponde continuar la discusión general del proyecto de ley, iniciado en moción de los Honorables señores Bulnes Sanfuentes, Luengo, Montes, Palma y Sepúlveda, que modifica la ley Nº 14.852, General de Elecciones, con el objeto de autorizar los pactos electorales.
Los antecedentes sobre el proyecto figuran en los Diarios de Sesiones que se indican:
Proyecto de ley (moción de los señores Bulnes Sanfuentes, Luengo, Montes, Palma y Sepúlveda):
En primer trámite, sesión 12ª, en 19 de abril de 1972.
Informe de Comisión:
Legislación, sesión 15ª, en 2 de abril de 1972.
Discusión:
Sesión 15ª, en martes 2 de mayo de 1972.
El señor AYLWIN (Presidente).-
En la primera discusión; quedó con el uso de la palabra el Honorable señor Luengo.
Puede continuar Su Señoría.
El señor LUENGO.-
Señor Presidente, ante todo quiero que se me aclare si efectivamente se pidió la segunda discusión. Porque en la sesión pasada el Honorable señor Duran anunció que la solicitaría, pero no lo hizo. Cuando al término de la sesión se le consultó sobre el particular, el señor Senador manifestó que después decidiría sobre la materia. En esos momentos estaba presidiendo el Honorable señor Pablo.
El señor AYLWIN (Presidente).-
El Honorable señor Durán ha hecho llegar a la Mesa la petición respectiva por escrito, la cual está en poder del Secretario de la Corporación.
En la primera discusión, puede continuar usando de la palabra el Honorable señor Luengo.
El señor LUENGO.-
Señor Presidente, en virtud de la petición que se ha formulado, seré muy breve en mis observaciones, con el objeto de permitir que la primera discusión finalice cuanto antes y que podamos avanzar. Como señalé anteriormente, existe interés en que esta iniciativa legal sea despachada con rapidez, pues mientras más pronto se convierta en ley, de mayor tiempo dispondrán los partidos políticos para conocer exactamente sus alcances y aprovechar las posibilidades que se les presenten de usar las disposiciones legales respectivas para suscribir algunos pactos electorales, los cuales deberán declararse en la Dirección del Registro Electoral en la oportunidad debida.
En sesión anterior me referí a numerosas observaciones que formuló el Honorable señor Durán. Por eso, ahora sólo quiero aludir a dos de ellas, respecto de las cuales no tuve oportunidad de hacerlo en mi intervención anterior.
En primer lugar, el Honorable señor Durán dijo que el problema que en este instante debatimos es esencialmente político, y quizás sea aquí donde radica el más grave de los inconvenientes iniciales de la materia que nos preocupa. Y en seguida agregó: Porque me parece que lo natural, lo lógico y lo moral es plantear estatutos que configuren una fórmula democrática para elegir los representantes del Poder Legislativo, en una hora en que, alejados del enfrentamiento partidario, haya la bastante frialdad para buscar un camino que se acomode más al anhelo común de que los representantes parlamentarios serán efectivamente, como lo manda la Constitución Política del Estado, proporcionales a la fuerza que cada pensamiento ideológico tiene en el país.
Lo que el Honorable señor Durán considera un inconveniente, precisamente, a mi juicio, es la mejor garantía de que éste es un buen proyecto de ley. Porque si se produce un acuerdo político entre las colectividades políticas para resolver un problema también político, como es el de las elecciones, debe hacernos sentir bien el hecho de que todas las colectividades partidarias estén entregando su apoyo a una norma nueva como la que nos ocupa, que permite los pactos entre los partidos políticos. Si todos los sectores concuerdan en que es preciso llevar adelante esta iniciativa legal; si existe consenso generalizado entre ellos sobre el particular, es porque se trata de una norma que da garantías a todas las corrientes ideológicas. En consecuencia, me parece que ésta es precisamente una de las razones por las cuales nosotros deberíamos aprobar el proyecto.
En segundo lugar, el Honorable señor Durán, en su larga intervención, manifestó que con esta iniciativa sobre pactos serían perjudicados los partidos chicos, los cuales no tendrían posibilidad de elegir parlamentarios, porque sus votos serían aprovechados por las colectividades grandes. Y agregó que, por esa razón, él consideraba que el proyecto era inconveniente.
Quiero señalar que, de acuerdo con las normas que actualmente rigen las elecciones de los representantes populares, cada partido tiene que ir separadamente. Para que una colectividad política pueda elegir un parlamentario es necesario que alcance una cifra repartidora completa, situación que muchas veces no están en condiciones de alcanzar los partidos chicos, y que se repite en muchas agrupaciones o provincias. Un partido pequeño puede tener el 90% de la cifra repartidora en cada una de las circunscripciones del país; sin embargo, por disposición de la actual Ley Electoral, no alcanza a obtener ningún representante; a pesar de que su votación repito es de una magnitud tal qué alcanza al 90% de la cifra repartidora en cada provincia o agrupación provincial.
Con las disposiciones de la actual Ley Electoral sí que están perjudicados los partidos chicos. En cambio, mediante las normas de la iniciativa legal que nos ocupa, en virtud de las cuales los partidos pueden ir en pactos, las colectividades pequeñas podrán aprovechar los votos sobrantes de otras colectividades, grandes o pequeñas, pero que, en todo caso, integran grupos afines. Ya tuve oportunidad de destacar que los partidos suscribirían pactos con colectividades ideológicamente afines. En esta forma, es posible que los partidos chicos puedan completar ese 10% que les faltaría para elegir representantes. Y como muchas veces ocurre en la actualidad también que los partidos chicos son más que los grandes, existe una inmensa cantidad de ciudadanos que no cuentan con la posibilidad de tener un representante. En cambio, y suponiendo inclusive que en determinado pacto electoral se agruparan sólo los partidos chicos, de acuerdo con las disposiciones de la iniciativa en debate ellos tendrían oportunidad de elegir a un apreciable número de parlamentarios, lo que con la ley actual, no tendrían posibilidad de lograr.
Por lo tanto, las observaciones que sobre el particular formuló el Honorable señor Durán no se compadecen con la realidad de nuestras normas electorales. Es evidente que la actual ley general de Elecciones perjudica a los partidos pequeños. Aún más, ella se elaboró con la intención de fortalecer a los partidos grandes y de que desaparecieran los chicos. Pero como la finalidad perseguida no se ha logrado, porque las colectividades chicas han seguido viviendo escasamente, pero han seguido viviendo y las grandes, por más que se hayan fortalecido, no han hecho desaparecer a las primeras, lo lógico y justo es estatuir una norma legal nueva, como la que estamos proponiendo, que evidentemente cumple mejor con la proporcionalidad que el artículo 25 de la Carta Fundamental exige para las elecciones de parlamentarios, a fin de que todas las corrientes de opinión puedan tener la representación que proporcionalmente les corresponda, de acuerdo con la votación que esa colectividad obtenga a lo largo del país.
Creo innecesario extenderme en mayores consideraciones sobre estos dos aspectos que he analizado. Me parece que lo señalado es más que suficiente para reafirmar, una vez más, que la iniciativa que en estos instantes debatimos favorece a los partidos pequeños. Además, también es justa, porque permite a los grandes que tengan mucho sobrante poder completar éste con el sobrante del otro partido que suscribió pacto con él y obtener una nueva cifra repartidora, aun cuando esa otra colectividad pueda ser chica.
En todo caso, si un partido pequeño no tiene posibilidad de obtener un parlamentario con la ley de pactos, mucho menos la tendrá con la legislación vigente.
He dicho.
El señor PABLO (Presidente accidental).-
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
El señor OCHAGAVIA.-
¿Me permite, señor Presidente?
Aun cuando mi colega el Honorable señor Bulnes, en la oportunidad anterior en que se trató esta materia, ya formuló las objeciones que la iniciativa merecen al Partido Nacional, quiero destacar que ni en la redacción ni en el estudio de aquélla, a pesar de que la moción respectiva lleva la firma de mi compañero de bancas, participó miembro alguno de nuestra colectividad. Y nuestra comisión electoral, después de estudiar e] proyecto, que fue producto de un acuerdo entre la Unidad Popular y la Democracia Cristiana, ha llegado a formular una observación, por intermedio del Senador señor Bulnes, en la Comisión y, después, en la Sala durante la discusión general, que, a nuestro juicio, es de fondo, pese a no tener relación con la posibilidad de que se materialicen los pactos.
Los pactos nos parecen, en principio, un procedimiento conveniente para que las tendencias en que en este momento está dividido el país busquen un cauce que permita que el enfrentamiento no se polarice y que exista una definición en los dos grandes planteamientos en que, a nuestro juicio, está dividida la opinión pública hoy día: el del Gobierno, con la pretensión de imponer un régimen marxista, y el de la Oposición, con distintas tendencias, expresando por distintos caminos sus posiciones dentro del pluripartidismo y del pluralismo ideológico democrático, y que ve frente a ella esta unidad de las fuerzas marxistas, unidad que, como se ha dicho, se produce de hecho, porque ya sabemos, por la experiencia histórica, que, con esta ley de pactos o sin ella, los partidos marxistas que son los que cuentan en la Unidad Popular, porque son los que tienen fuerza electoral de hecho llegan, mediante pactos de compensación, a hacer combinaciones que les permiten aprovechar absolutamente todos sus votos.
La posición de los partidos democráticos de la Oposición en general es muy distinta. Estamos divididos por lo menos en tres partidos políticos. El Partido de Izquierda Radical pasaría a ser el cuarto que no está en la combinación de Gobierno. Y, naturalmente, si los partidos marxistas van unidos a la elección parlamentaria, con el 40% de los sufragios podrían obtener la mayoría absoluta en ambas Cámaras.
Esto no lo podemos dejar pasar como una cosa baladí. Le damos la máxima importancia, y nuestro partido está consciente de que no podemos permitir la dispersión de las colectividades democráticas ante una alternativa tan profunda, importante y definitiva como es la conducción al marxismo. Tenemos nosotros diferencias profundas con los otros partidos democráticos, pero también tenemos, naturalmente, por encima de esas diferencias, el deseo de poder seguir manteniéndolas, lo que no ocurriría si el marxismo llegara a imponerse como sistema, como lo demuestra la experiencia histórica de los países del mundo que han caído en manos del marxismo, donde hay sólo un partido, donde los medios de comunicación y de expresión se controlan por el Estado, donde las fuentes de trabajo están controladas por el único partido político, que se confunde con el Estado y con el Gobierno.
Esa hegemonía de poder, que, por supuesto, impide el ejercicio y el desenvolvimiento de otras fuerzas democráticas, es la que nos hace a nosotros mirar con interés un proyecto como el que en este momento estamos tratando, porque creemos que la opinión del país es mayoritariamente contraria al marxismo. Y ésta es una creencia que no está avalada por una simple apreciación, sino que se basa en los resultados de todas las consultas que el país ha conocido en distintos ámbitos, en distintas regiones, en distintos sectores.
De ahí que nosotros consideraríamos lo más antidemocrático que pudiera producirse en Chile una elección generar parlamentaria en la cual los partidos marxistas, con poco más de un tercio del electorado, o menos de un tercio, pudieran llegar a tener una mayoría en el Parlamento.
El señor PABLO (Presidente accidental).
Por haber llegado el término de la hora, se levanta la sesión.
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