. . . . . . . . . . " El se\u00F1or LUENGO.- En realidad, la proposici\u00F3n formulada por los Honorables se\u00F1ores Montes y Pablo es la m\u00E1s conveniente. \nPor mi parte, tan s\u00F3lo deseo decir un par de palabras sobre determinadas disposiciones s\u00F3lo con el objeto de dejar constancia de nuestro criterio, y ni siquiera con el \u00E1nimo de pedir la divisi\u00F3n de la votaci\u00F3n. En consecuencia, podr\u00EDamos dar por aprobado el informe de la Comisi\u00F3n de Constituci\u00F3n. \nPersonalmente, deseo dejar constancia de mi opini\u00F3n respecto del art\u00EDculo relativo a la divisi\u00F3n de las comunidades ind\u00EDgenas, que tuvo origen en una indicaci\u00F3n. \n " .