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- rdf:value = " 1.- MOCION DEL HONORABLE SENADOR SEÑOR VALENZUELA, CON LA QUE INICIA UN PROYECTO DE LEY QUE DISPONE QUE EN EL MES DE JULIO DE CADA AÑO, LOS CONTRIBUYENTES AFECTOS AL PAGO DE PATENTES, DEBERAN PRESENTAR SU DECLARACION ANUAL SOBRE EL MONTO DEL CAPITAL CON QUE OPERAN EN LA MUNICIPALIDAD RESPECTIVA.
Honorable Senado:
La Ley de Rentas Municipales Nº 11.704, en sus artículos modificados por la Ley Nº 17.318, de fecha 1º de agosto de 1970, establece que los contribuyentes afectos al pago de patentes deberán presentar una declaración anual en el mes de marzo de cada año, sobre el monto del capital con que operan ante la Municipalidad respectiva, acompañando copia del balance y del cálculo del capital propio, presentado ante Impuestos Internos.
Esto no representaría problema alguno para la recepción de estas Declaraciones, si los contribuyentes tuvieran una fecha única para proceder a ello, lo que no es así, ya que existen contribuyentes que hacen sus Declaraciones al 31 de diciembre, en el mes de marzo y también en el mes de junio a Impuestos Internos.
Esto trae como consecuencia que de acuerdo a lo establecido en la Ley N° 17.318, no pueda ser cumplido ni por el contribuyente ni por los contadores, ya que esta ley establece enfáticamente que se debe presentar dicho balance en el mes de marzo, necesitándose coordinar tales fechas en una sola, para dar una solución definitiva a este problema que afecta a todas las Municipalidades del país, por lo cual vengo en presentar el siguiente
Proyecto de ley:
Artículo único.- En el mes de julio de cada año, los contribuyentes afectos al pago de patente, deberán presentar su declaración anual sobre el monto del capital con que operan ante la Municipalidad respectiva, acompañando copia del balance y del cálculo de capital propio presentado ante Impuestos Internos al 31 de diciembre del año anterior. Estos recargos serán aplicados por la Municipalidad en las confecciones de Roles del Segundo Semestre, para su cobro en el mes de enero próximo.
Santiago, 12 de junio de 1972.
(Fdo.): Ricardo Valenzuela Sáez.
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