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- rdf:value = " El señor GARCIA.-
Haré uso de la palabra con el objeto de dar cuenta a la Sala del resultado de las deliberaciones de la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia, presidida por el Honorable señor Lorca.
En ese organismo se estudiaron las consecuencias que se producirían al elevar los Juzgados de Menor Cuantía de Santiago a Juzgados de Mayor Cuantía. Sobre la base, inclusive, de las explicaciones dadas por el señor Subsecretario de Justicia y las informaciones que proporcionó el señor Presidente de la Excelentísima Corte Suprema, se estimó inadmisible tal medida, por las siguientes razones. En primer lugar, porque Santiago quedaría sin Juzgados de Menor Cuantía, lo que obliga a crear juzgados de distrito y de subdelegación. Y en segundo término, porque se concedería a los jueces de los Juzgados de Menor Cuantía de Santiago un doble ascenso; es decir, subirían de quinta categoría a tercera categoría, postergando a los magistrados que han hecho su carrera a lo largo de todo el territorio.
Basada en esos dos antecedentes principales, la Comisión optó por eliminar los artículos 7º y 8º del proyecto contenidos en el segundo informe, acomodando el resto del articulado de acuerdo con dicha supresión.
En cuanto a las restantes disposiciones, la iniciativa queda tal como la examinó el Senado, el cual, por lo demás, sólo autorizó reabrir el debate enviando, para nuevo estudio a la Comisión, los dos preceptos relacionados con los Juzgados de Menor Cuantía.
Esa es la explicación que deseaba proporcionar.
"
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